Queroseno

2710.19.14.00  - - - - Queroseno

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Introducción

El queroseno, también llamado petróleo lampante, es una mezcla líquida inflamable de productos químicos que se producen en la destilación del petróleo crudo. Para producir queroseno, el petróleo crudo se destila en una torre de destilación en un proceso similar al que se usa para producir diésel y gasolina.

Es típicamente de color amarillo pálido o incoloro y tiene un olor característico no desagradable. Se usa para quemar en lámparas de queroseno y calentadores u hornos domésticos, como combustible o componente de combustible para motores a reacción, y como solvente para grasas e insecticidas.  

Es un combustible no corrosivo y menos volátil, en comparación con otros combustibles como el diésel rojo y la gasolina. Tiene un punto de inflamación de 38°C en comparación con la gasolina, que es de -40 °C, lo que lo hace considerablemente seguro para almacenar y manipular. 

Reglas Generales Interpretativas (RGI)

Las seis Reglas Generales Interpretativas son la principal herramienta para la aplicación diaria del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, y forman parte integral del Convenio del Sistema Armonizado. A continuación se detallan las RGI que nos permitirán la correcta clasificación del Queroseno, a saber son:

  • Regla General Interpretativa 1

La mayoría de los bienes son clasificables bajo la regla 1, establece que la clasificación está determinada principalmente por los términos de las partidas y las correspondientes notas de sección o capítulo. Esta primera regla exige que la clasificación se determine según los términos de las partidas del Sistema Armonizado, que son las descripciones a nivel de cuatro dígitos.

Los títulos de las secciones, capítulos y subcapítulos se proporcionan únicamente para facilitar la referencia, si no se puede determinar la clasificación, se deberá aplicar las RGI 2 a RGI 6 en orden consecuente.

  • Regla General Interpretativa 6

La regla 6 prescribe que, para efectos legales, las RGI 1 a 5 rigen mutatis mutandis (o con los cambios necesarios), es decir que la clasificación se determinará por los niveles de subtítulo dentro de un mismo título.

Se deberá volver a aplicar los RGI 1 a 5 para determinar la clasificación de los bienes a nivel de subpartida. Los productos deben clasificarse en niveles de subtítulos iguales (es decir, en el mismo nivel de dígito) dentro del mismo encabezado bajo el subtítulo que los describe o identifica más específicamente (o según lo exijan o indiquen los RGI 1 a 5).

Solo las subpartidas del mismo nivel dentro de la misma partida son comparables (es decir, no se deben considerar los términos de cualquier subpartida dentro de otra subpartida al considerar la clasificación adecuada de mercancías en la subpartida de nivel superior).

Las Reglas Generales de Interpretación establecen los principios de clasificación de las mercancías en el Sistema Armonizado. En el caso de la clasificación del Queroseno se determina sobre la base de RGI 1 en combinación con RGI 6, de acuerdo con los términos de los subtítulos y las notas de sección y capítulo relacionadas.

Notas Explicativas del Capítulo 27

Las Notas Explicativas son la interpretación oficial del Sistema Armonizado y proporcionan un comentario sobre el alcance de cada partida, junto con descripciones técnicas de los productos en cuestión (su apariencia, propiedades, método de producción y usos) y orientación práctica para su identificación.

Con base en la Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA), la Nota 2 del Capítulo 27, establece que: 

“El término aceites de petróleo o de mineral bituminoso, empleados en el texto de la partida 27.10, se aplicará también a los aceites análogos y a los aceites constituidos principalmente por mezclas de hidrocarburos insaturados en los que predominan en peso los constituyentes no aromáticos,  independientemente del proceso de producción”.

El aceite a base de petróleo o de mineral bituminoso describe una amplia gama de sustancias a base de hidrocarburos naturales y productos derivados del petróleo o de mineral bituminoso, cada uno con una composición química diferente, los cuales, son utilizados principalmente como lubricantes.

Cabe destacar que este capítulo no comprende aquellas poliolefinas sintéticas líquidas que destilan menos del 60 % en volumen a 300 °C en base a 1013 milibares en un proceso de destilación a baja presión, entiéndase por poliolefinas sintéticas líquidas a la textura aceitosa o cerosa de resinas plásticas, las cuales, se encontrarán clasificadas en el Capítulo 39.

  • Notas Complementarias NANDINA del Capítulo 27

Ecuador al ser uno de los países miembros de la Comunidad Andina, ha adoptado un sistema de clasificación y codificación de mercancías denominada Nomenclatura Arancelaria Común de los Países Miembros de la Comunidad Andina (NANDINA).

Con base en la Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA), la Nota 5 de las Notas Complementarias NANDINA del Capítulo 27, señala que: 

"El queroseno se clasifica en la subpartida 2710.19.14 si tiene un punto de inflamación superior a 21 °C según el método "Abel-Pensky" (norma DIN 51755) o el método ASTM D 56".

La  NANDINA se basa en un sistema de designación y una estructura de codificación de mercancías del Consejo de Cooperación Aduanera. Y al igual que las notas explicativas, las Notas Complementarias NANDINA proporcionan ciertos lineamientos para poder determinar aquellas mercancías que serán comprendidas y excluidas en una partida arancelaria. 

  • Notas Explicativas de la Partida 27.10

Según las Notas Explicativas de la partida arancelaria 27.10 de la Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA), esta partida contempla:

“Aquellos productos que no hayan sufrido ningún tratamiento como la decantación, el desalado, la destilación pirogénica de mineral bituminoso, la deshidratación, entre otros mencionados en la Nota Explicativa de la partida 27.09. Asimismo se clasificarán en esta partida aquellos productos que no se transformen en productos de constitución química definida, aislados, puros o comercialmente puros”.

  1. – PRODUCTOS PRIMARIOS

El literal A) nos indica que en esta partida se clasificarán aquellos aceites de mineral bituminoso o de petróleo, de los que se hayan sido extraído algunas fracciones ligeras mediante una primera destilación (topping) más o menos avanzada, así como los aceites ligeros, medios o pesados ​​resultantes de la destilación de fracciones más o menos grandes o refinación de petróleo crudo o minerales bituminosos.

En otras palabras, en la partida 27.10 referente a los productos primarios se clasificarán solo aquellos aceites de mineral bituminoso o de petróleo que hayan sido obtenidos mediante el  proceso de la “destilación fraccionada”. Entre los productos del aceite de petróleo o de mineral bituminoso que hayan sido obtenidos mediante la destilación fraccionada se encuentran los éteres de petróleo y la gasolina, el white spirit, el petróleo lampante (queroseno), los gasóleos, el fuel, el aceite para husillos y los aceites de engrase y los aceites blancos llamados de vaselina o de parafina.  

Químicamente, el queroseno o petróleo lampante se compone de una mezcla de hidrocarburos, llamados alcanos. Su composición varía según su fuente, pero normalmente contiene alrededor de 10 hidrocarburos diferentes, cada uno con 10-16 átomos de carbono por molécula. Sus componentes principales son parafinas saturadas de cadena lineal, cadena ramificada y cicloparafinas en forma de anillo (naftenos).

Actualmente, la industria del queroseno es un proceso sencillo, ya que el queroseno se produce separando los compuestos que componen el petróleo crudo. Este proceso se conoce como “destilación fraccionada” y deja un aceite claro y delgado con un espesor de alrededor de 0,81 gramos por centímetro cúbico. Se puede producir como "queroseno de funcionamiento estable", que se separa físicamente de otras fracciones de petróleo crudo por destilación, o se puede producir como "queroseno craqueado", por descomposición química o craqueo de fracciones de petróleo más pesado a temperaturas elevadas.

Posición arancelaria

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Información arancelaria 

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Medidas de restricción y prohibición

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Conclusión

La clasificación arancelaria del Queroseno cae en la sección VI Productos minerales; capítulo 27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales; partida 27.10 Aceites de petróleo o de mineral bituminoso, excepto los aceites crudos; preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base; desechos de aceites y su subpartida aplicable es 2710.19.14.00 - - - - Queroseno, por las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6.

En cuanto a la posición arancelaria del Queroseno tiene su unidad física de metro cúbico real y en el caso de que se realice una importación se tendrá que pagar tributos al Comercio Exterior del 0% de Ad valorem, 0,5% de Fodinfa, 12% de IVA y 0% de ICE.  

Recomendación

Almacenar el queroseno en recipientes nuevos, limpios y sellados claramente marcados para el almacenamiento del petróleo lampante. Se pueden usar contenedores de metal porque el queroseno no es un gas y no requiere recipientes de almacenamiento presurizados, pero su inflamabilidad requiere que se trate como sustancia peligrosa.

Puede también ser almacenado en contenedores de plástico azul certificados, los recipientes inadecuados, como tambores usados, jarras de plástico o recipientes de gasolina, entre otros contaminarán el queroseno.

Referencias

Boluda, C.  (2019). La complejidad química de las gasolinas de automoción. Revistas Ciencia, Ingenierías y Aplicaciones, 2(2), 53-73. https://revistas.intec.edu.do/index.php/cite/article/view/1569

Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Resolución No. 020-2017. Pág, 82-84. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Comunidad Andina. (2017). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA). Pág, 162-166. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Díaz, L., Vera, A., Marín, J., Aiello, C., Beltrán, B., y Morales, E. (2020). Efecto del queroseno y de la concentración de nutrientes en el crecimiento de un cultivo mixto de microalgas (Chlorophyta). Revista De La Universidad Del Zulia, 3(6), 102-118. https://produccioncientificaluz.org/index.php/rluz/article/view/31185

ECUAPASS

García, E., Ferrera, R., Almaráz, J., Rodríguez, R., y García, E.  (2013). Biodegradación de queroseno en la rizósfera de gramíneas en condiciones de invernadero. Revista Agronomía Costarricense, 37(2), 125-134. https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=43630132011

Mora, D. y Marbot, R. (2010). Determinación de las fracciones del petróleo crudo con el empleo de la destilación simulada por cromatografía gaseosa como método alternativo. Revista CENIC, 41(2), 105-112.    https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=181620526004

Pereira, S., Mancio, A., y Machado, M. (2021). Influencia de la destilación fraccionada en el rendimiento y la calidad de los biocombustibles obtenidos mediante el craqueo térmico catalítico del aceite de palma crudo. Revista de la Facultad de Minas, 88(218), 62-71.    https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=8406915

 

 

 

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