3401.11.00.00 DE TOCADOR (INCLUSO LOS MEDICINALES)

Introducción:

En la actualidad el Ecuador no cuenta con un sector que se dedique específicamente a elaborar jabones de tocador inclusive medicinales de manera industrial o artesanal, debido a que uno de los motivos es no tener el apoyo suficiente por parte de las entidades gubernamentales encargadas de la promoción nacional e internacional.

Por otro lado, se tiene la falta de recursos económicos para la adquisición de maquinaria y tecnología para la producción de los mimos por este motivo las empresas inversionistas recurren a importar este producto para comercializarlos en el mercado ecuatoriano.

 

Identificación del producto:

Jabón de tocador

 

Descripción:

El jabón (del latín tardío sapo, -ōnis, y este del germánico *saipôn) es un producto que sirve para la higiene personal y para lavar determinados objetos. En nuestros tiempos también es empleado para decorar el cuarto de baño. Se encuentra en pastilla, en polvo o en crema. En sentido estricto, existe una gran diferencia entre lo que es un jabón, un detergente y un champú.

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Clasificación arancelaria:

Seccíon VI: Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas

Capítulo 34: Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, «ceras para odontología» y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable.

Partida 3401: - Jabón, productos y preparaciones orgánicos tensoactivos, en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, y papel, guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes:

Subpartida 3401.11.00.00: - - De tocador (incluso los medicinales)

 

Definición notas explicativas Pag 442:

Esta partida sólo comprende los jabones solubles en agua, es decir, los jabones propiamente dichos.

Constituyen un tipo de agentes de superficie aniónicos con reacción alcalina que, en disolución acuosa, producen abundante espuma.

  • El jabón de tocador, que suele estar coloreado o perfumado y que comprende: el jabón ligero o flotante para el baño y el jabón desodorante, así como el de glicerina, el de afeitar, el medicinal y algunos jabones desinfectantes o abrasivos mencionados más adelante.
  1. d) El jabón medicinal, que contiene sustancias medicamentosas tales como ácido bórico, ácido salicílico, azufre o sulfonamidas.

 

Mecanismos arancelarios:

Ad-valorem            20%

ICE                          0%

FODINFA              0.5%

IVA                        12%

 

Mecanismos Para arancelarios:

Licencia de importación.

Medidas sanitarias

Requisitos de etiquetado

Requisitos de certificación

Requisito de inspección en origen

 

Marco legal en Ecuador para la importación de productos de la subpartida arancelaria:

Resolución N° 116
Articulo 1.- Reformar el Anexo I de la Resolución 450 del COMEX, que contiene la Nómina de productos sujetos a controles previos a la Importación, incluyendo la presentación del “Certificado de Reconocimiento”, conforme el Anexo 1 de la presente Resolución.

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Fuente: Anexo I Resolución N° 116 adoptada por el Pleno del COMEX

TOP 10 Empresas importadoras en Ecuador:

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 Fuente: Veritrade (2019)

Elaborado por: Andrés Morales

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Fuente: Veritrade (2019)

Elaborado por: Andrés Morales

Conclusiones:

 

  • La mayor cantidad de importaciones del jabón de tocador se las realiza desde países americanos en gran parte Colombia, favoreciendo en transporte y en tramites por convenios en los bloques económicos de la CAN.
  • Uno de los mayores medios de transporte que se utiliza para la importación es el medio marítimo por costos en cantidades y pesos.
  • La empresa que mayor importa el producto es Colgate Unilever S.A debido a que es la empresa que tiene gran cantidad de mercado en productos de limpieza e higiene personal.

Referencias:

  • COMEX, C. d. (19 de noviembre de 2013). Resolución No 116. Resolución No 116.
  • COMEX, E. P. (5 de marxo de 2010). DE LAS MEDIDAS ARANCELARIAS Y NO ARANCELARIAS PARA REGULAR EL COMERCIO EXTERIOR. CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES.
  • COMEX, E. p. (15 de junio de 2017). Resolución No. 20-2017. Resolución No. 20-2017, pág. 2.
  • Sixcam. (27 de julio de 2010). Taringa. Obtenido de jabon de tocador: https://www.taringa.net/+salud_bienestar/jabon-de-tocador_illyt
  • Veritrade. Base de Datos. 2019

 

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