2208.30.00.90 Whisky para intereses comerciales

Introducción

El whisky es una bebida alcohólica obtenida por la destilación de la malta fermentada de cereales como cebada, trigo, centeno y maíz, y su posterior envejecimiento en barriles de madera, tradicionalmente de roble blanco. Esta bebida alcohólica se comercializa con un contenido alcohólico de entre 40 y 62 % de volumen. 


En Ecuador, la importación de bebidas alcohólicas está afectada por varios impuestos y una barrera en específico, el timbre fiscal. Las bebidas alcohólicas importadas, como el vino, coñac, brandy, aguardiente, etc., con excepción de la cerveza deben cumplir con el etiquetado fiscal, que desde el 13 de abril de 2015 ya se aplicaba en bebidas como el ron, whisky, tequila y vodka. El objetivo de esta medida es que la etiqueta simbolice un sistema de seguridad que a su vez garantice que los licores ingresaron de manera formal y legal al Ecuador.

Identificación del producto
Whisky para intereses comerciales

Clasificación arancelaria
Arancel
Capítulo 22: Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre
Las bebidas alcohólicas se clasifican, según los casos, en las partidas 22.03 a 22.06 o en
la partida 22.08.


Subpartida: 2208300090
2208.30.00 – Whisky:
2208.30.00.90 - - Los demás


Notas explicativas
Además del alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior a 80% vol., entre estos productos se pueden citar:
2) El whisky y demás aguardientes obtenidos por fermentación y destilación de mostos
de granos de cereales (cebada, avena, centeno, trigo, maíz, etc.).

Marco legal en Ecuador para la importación de Whisky para intereses comerciales
En cuanto a la importación de bebidas alcohólicas en el país, la Aduana del Ecuador estableció las directrices para el etiquetado fiscal de whisky, ron, tequila y vodka por parte de los importadores y distribuidores. Estas permitirán el cumplimiento de la disposición transitoria primera de la Regulación sobre etiquetas fiscales y control de importación de licores, emitida por la entidad el 6 de abril del 2015.

La resolución previamente mencionada es la siguiente:
Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0185-RE

REGULACIÓN PARA LAS ETIQUETAS FISCALES Y CONTROL EN LAS IMPORTACIONES DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
“Artículo 2: Etiquetado: Se dispone la obligatoriedad de adherir la etiqueta fiscal en los
envases de whisky, vodka, tequila y ron importados al territorio nacional, sin perjuicio
del cumplimiento del rotulado exigido por la normativa vigente” (SERVICIO
NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR, 2015).

Empresa con mayor cantidad de importaciones: ALMACENES JUAN ELJURI CIA. LTDA. FOB: 34.003.263,17

Conclusiones

  • El Whisky forma parte del grupo de bebidas alcohólicas importadas por Ecuador, debido a esto es de suma importancia conocer las posibles restricciones o permisos con los que debe cumplir el producto para su ingreso al país.
  • La clasificación arancelaria de un producto permite conocer al importador la correcta operación a seguir para su entrada legal al territorio minimizando errores.
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