Clasificación Arancelaria "Pierna de cerdo deshuesada"
La pierna de cerdo deshuesada es un corte de carne proveniente de la extremidad trasera de un cerdo, que ha sido separada del hueso para facilitar su preparación y cocinado. Este corte es conocido por su sabor rico y jugoso, así como por su versatilidad en la cocina. Al estar deshuesada, la carne se vuelve más fácil de manejar y puede ser rellena, marinada o cocida de diversas maneras.
La carne de la pierna de cerdo deshuesada suele ser magra y tierna, con una combinación de músculos que la hace ideal para asados, horneados, estofados y hasta para cortar en filetes para chuletas de cerdo.
Reglas Generales Interpretativas De La Nomenclatura Arancelaria
Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.
Por lo que se puede identificar a la partida:
02.03 | Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada. |
Notas Explicativas
-Nota de Sección
En esta Sección, cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie.
-Nota de capítulo
Este Capítulo no comprende:
- respecto de las partidas 02.01 a 02.08 y 02.10, los productos impropios para la alimentación humana;
- las tripas, vejigas y estómagos de animales (partida 05.04), ni la sangre animal (partidas 05.11 ó 30.02);
- las grasas animales, excepto los productos de la partida 02.09 (Capítulo 15).
-Nota de partida
Esta partida comprende la carne fresca, refrigerada o congelada de los cerdos de las especies domésticas o salvajes (por ejemplo, jabalíes). Esta partida comprende el tocino entreverado de panza (panceta) y el tocino con una capa de carne adherida
Tomando en cuenta lo propuesto, y a fin de definir la correspondiente subpartida arancelaria (10 dígitos), se analiza la regla interpretativa 6, la cual indica lo siguiente:
Regla 6.- La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Se puede identificar las siguientes subpartidas de la partida 02.03:
- Fresca o refrigerada:
0203.11.00.00 - - En canales o medias canales
0203.12.00.00 - - Piernas, paletas, y sus trozos, sin deshuesar
0203.19 - - Las demás:
0203.19.10.00 - - - Carne deshuesada
0203.19.20.00 - - - Chuletas, costillas
0203.19.30.00 - - - Tocino con partes magras
0203.19.90.00 - - - Los demás
Clasificación Arancelaria
Sección | I Animales Vivos Y Productos Del Reino Animal |
Capítulo | 2 Carne y despojos comestibles |
Partida | 02.03 Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada. |
Subpartida | 0203.19.10.00 - - - Carne deshuesada |
Información arancelaria
Ad valorem | 45% |
Arancel Externo Común | 20% |
Porcentaje Techo Consolidado SAFP | 45% |
FODINFA | 0,5% |
IVA | 12% |
Información para arancelaria
Requisitos:
-Permiso Zoosanitario de Importación emitido por Agrocalidad, (DCP) y se debe presentar en la fecha de embarque.
-El Documento de Destinación Aduanera es un documento de control previo emitido por Agrocalidad, se debe presentar a la fecha de cierre del aforo.
-Licencia No Automática de Importación por el Ministerio De Agricultura, Ganadería, Acuacultura Y Pesca en caso de importar de países de la CAN, presentada en la fecha de embarque.
Conclusión
Una pierna de cerdo deshuesada es un corte de carne proveniente de la extremidad trasera de un cerdo, que ha sido separada del hueso para facilitar su preparación y cocinada, se encuentra dentro del capítulo 2 “Carne y despojos comestibles ”, en la partida 02.03 “Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada.” y finalmente se clasifica en la subpartida arancelaria 0203.19.10.00 - - - Carne deshuesada.
Recomendación
Es importante que cada producto cuente con una ficha técnica o descripción para conocer más a fondo sobre el mismo, además de revisar previamente las reglas generales de interpretación y notas explicativas, ya que en ellas se detallan el alcance que tiene cada capítulo, partida y subpartida, logrando una visión más exacta y llegar a la subpartida correcta. Por último, revisar los documentos previos o de acompañamiento que necesita para tener todo claro al momento de importar un producto.
Referencias Bibliográficas
Resolución N°. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/