¡ÚLTIMAS INVESTIGACIONES REVELAN LOS SORPRENDENTES BENEFICIOS DEL SUERO DE MANTEQUILLA!

En un reciente estudio científico, se han descubierto fascinantes beneficios asociados al consumo de suero de mantequilla. Este producto lácteo, rico en proteínas y nutrientes esenciales, ha demostrado ser una fuente valiosa para la mejora de la salud. Investigadores señalan que el suero de mantequilla puede contribuir a fortalecer el sistema inmunológico, mejorar la digestión y promover la salud cardiovascular. Además, se ha observado que su contenido en aminoácidos y grasas saludables puede ser beneficioso para el desarrollo muscular y la energía sostenida. Con estos descubrimientos, el suero de mantequilla emerge como un aliado potencial en el mantenimiento de un estilo de vida saludable.

 

Descripción del producto

El suero de mantequilla, un subproducto de la fabricación de mantequilla es una solución acuosa rica en proteínas de suero, grasas, lactosa, vitaminas y minerales. Sus propiedades nutricionales, incluyendo aminoácidos esenciales, lo destacan como un recurso valioso para la salud y la nutrición. Su potencial abarca beneficios inmunológicos y de apoyo muscular.

 

Reglas generales interpretativas

Con la finalidad de determinar una partida arancelaria, se consideran las siguientes reglas interpretativas;

Regla General Interpretativa 1

“Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.”

Regla general interpretativa 6

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, a efecto de esta regla también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición de contrario. Se establece que la clasificación más allá de los 4 dígitos debe de determinarse de acuerdo con la aplicación de todas las reglas interpretativas.”

 

Notas explicativas

Para establecer una subpartida arancelaria se toma en cuenta la nota explicativa de la partida 04.03: Esta partida comprende el suero de mantequilla, la leche y nata (crema) fermentadas o aciduladas de cualquier tipo, en especial la leche y nata (crema) cuajadas, el yogur y el kéfir. Los productos de esta partida se pueden presentar en estado líquido, pastoso o sólido (incluso congelados) y estar concentrados (por ejemplo: evaporados, en bloques, polvo o gránulos) o conservados.

 

Posición arancelaria

Se trata del código numérico asignado a un producto registrado en el Sistema Armonizado, el cual sirve para establecer los impuestos, obligaciones y derechos correspondientes.

SECCIÓN I

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL.

Capítulo 4

Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte.

Partida 04.03

Suero de mantequilla (de manteca), leche y nata (crema) cuajadas, yogur, kéfir y demás leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, incluso concentrados, con adición de azúcar u otro edulcorante, aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao.

Subpartida 04.03.90.10.00

Suero de mantequilla.

 

Tributos arancelarios de la subpartida:

Arancel Ad-Valorem

30%

IVA

12%

FODINFA

0,5%

 

Restricciones y prohibiciones

Código de régimen: importación a consumo.                                                         

Instancia para validación de vigencia de restricción: fecha de cierre de aforo.         

Código de Institución: agencia de regulación y control fito y zoosanitario – agrocalidad.                       

Código de requisito: documento de destinación aduanera.                                     

Descripción: Permiso Zoosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera.

 

Conclusión

Se concluye que los huevos, son clasificadas en la sección I, capítulo 04, partida 04.03, subpartida 0403.90.10.00, se llega a esta conclusión aplicando las reglas generales interpretativas 1 y 6, teniendo en cuenta las reglas generales de la Sección II. Esta información recaudada ayuda a comprobar las certificaciones específicas que se requieren para la importación de este producto.

 

 

Recomendaciones

Para lograr una clasificación arancelaria precisa, resulta fundamental conocer las reglas generales de interpretación y las notas explicativas. Examinar minuciosamente las características del producto, consultar fuentes oficiales y revisar documentos adicionales como certificados, garantiza una correcta clasificación arancelaria, evitando complicaciones en los procedimientos aduaneros.

 

Referencias

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Resolución N°. 020-2017 (República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior, Ministerio de Comercio Exterior.) Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador

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