CLASIFICACION ARANCELARIA DE AROMANTIZANTE DE AUTO
DESCRIPCION DEL PRODUCTO
Permite mantener un olor fresco y agradable sin la necesidad de una limpieza constante. Si bien es cierto que la higiene dentro del vehículo es importante, muchas veces no tenemos tiempo de cumplir con ello. Es indispensable para los casos en los cuales viajamos en nuestro auto con mascotas.
COMPOSICIÓN
Etanol, Fragancia, Propelente (propano y Butano)
- APARENCIA
Líquido traslúcido
- COLOR
Incoloro
- OLOR
Característico
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
RGI N°1: Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, “Mutatis Mutandis”, por las Reglas anteriores, solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
APLICACIÓN DE NOTA DE SECCIÓN Y PARTIDA
Tomando en cuenta la RGI 1, se selecciona la Sección VI, por la nota 2 de ésta, que dice, “Sin prejuicio de las disposiciones de la Nota anterior, cualquier producto que, por su presentación en forma de dosis o por su acondicionamiento para la venta al por menor, pueda incluirse en una de las partidas 30.4, 30.5, 32.12, 33.04, 33.05, 33.06, 33.07, 35.06, 37.07, 38.08, se clasificarán en dicha partida y no en otra de la Nomenclatura.
Para la partida tomamos esta siguiente nota “En la partida 33.02, se entiende por sustancias odoríferas únicamente las sustancias de la partida 33.01, los ingredientes odoríferos extraídos de estas sustancias y los productos aromáticos sintéticos..”, donde concluimos que nuestro producto es una preparación química aromatizante, no constituida por aceites esenciales, y de igual forma no es una materia básica para la industria por lo que excluimos la partida 33.02 y elegimos la partida 33.07, la cual comprende de la misma composición hablada en la nota 4
APLICACIÓN DE SUBPARTIDA
Considerando RGI 6, el producto se clasifica en la subpartida. En la partida 33.07, la apertura 3307(40) incluye las preparaciones para perfumar o desodorizar locales. La subpartida 3307.49 incluye otras preparaciones, con excepción de las preparaciones descomponibles, que actúan por combustión. No existen vacíos en este subtítulo a nivel NANDINA ni nacional. Por lo tanto, el producto, que es una preparación neutralizante en el automóvil, debe clasificarse en la subpartida nacional 3307.49.00.00 según RGl puntos 1° y 6°.
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
POSICIÓN ARANCELARIA
SECCIÓN | VI | PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS |
Capitulo | 33 | Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética |
Partida | 33.07 | Preparaciones para afeitar o para antes o después del afeitado, desodorantes corporales, preparaciones para el baño, depilatorios y demás preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones desodorantes de locales, incluso sin perfumar, aunque tengan propiedades desinfectantes.
|
Subpartida | 3307.49.00.00 | - - Las demás |
GRAVÁMENES VIGENTES | ||
ADVALOREM | 20% | |
IVA | 12% | |
FODINFA | 0,5% | |
Unidad Física | NUMERO DE UNIDADES | |
INFORMACIÓN PARAARANCELARIA | ||
NO TIENE RESTRICCIONES |
CONCLUSIÓN
Concluimos que la clasificación arancelaria de la “AROMATIZANTE PARA AUTOS” esta sujeta a las RGI1 y a RGI6, ya que cuenta con una subpartida específica y a las notas explicativas de subpartida, de tal forma la Sección a la que pertenece es VI, capítulo 33, partida 33.07 y la subpartida 3307.49.00.00, los demás.
RECOMENDACIONES
Es importante a la hora de clasificar las mercancías aplicar las Reglas Generales Interpretativas para que se tenga un lenguaje común al momento de realizar la clasificación arancelaria además de que esto nos lleva a identificar correctamente la partida arancelaria de las mercancías a importar por su composición, utilización, uso, procedimiento de fabricación etc.
REFERENCIAS
chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://brillogroup.com.bo/brillotintas/wp-content/uploads/sites/8/2022/08/Ficha-tecnica-Ambientador-de-Autos.pdf
Comentarios