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¿Qué es?

Un gorro de cocinero, también conocido como "toque" o "gorro de chef", es un elemento tradicional del uniforme utilizado por chefs y cocineros en todo el mundo. Suele ser de forma cilíndrica y alto, con pliegues en la parte superior que le dan su característico aspecto abombado.

Está diseñado para mantener el cabello del cocinero alejado de la comida y para proporcionar una capa adicional de higiene en la cocina. Además de su función práctica, el gorro de cocinero también es un símbolo de autoridad y profesionalismo en el ámbito culinario.

Puede estar hecho de tela blanca tradicional, aunque también hay versiones en diferentes colores y materiales para adaptarse a las preferencias individuales y los estándares de cada cocina.

Reglas Generales Interpretativas Utilizadas

Con la finalidad de clasificar este producto y obtener la subpartida arancelaria correcta, es necesario hacer uso de las reglas generales interpretativas.

En primer lugar, se hace uso de la primera regla general interpretativa con el objetivo de encontrar la sección y el capítulo en el cual podría clasificarse el producto.

Regla 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Con esta regla, se puede determinar que el artículo “Gorro de cocinero” puede ubicarse en:

  • Sección XII: Calzado, Sombreros Y Demás Tocados, Paraguas, Quitasoles, Bastones, Látigos, Fustas, Y Sus Partes; Plumas Preparadas Y Artículos De Plumas; Flores Artificiales; Manufacturas De Cabello
    • Capítulo 65: Sombreros, demás tocados y sus partes
      • Partida 65.05: Sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fieltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas.

Después, con la finalidad de encontrar la subpartida del producto, se hace uso de la sexta regla general interpretativa.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Haciendo uso de esta regla, se puede determinar que la subpartida del producto es la siguiente:

 6505.00.90.00 - Las Demás

 Se escogió dicha subpartida puesto que al comparar las subpartidas por niveles se encontró la subpartida de primer nivel (- Las demás), en donde es más probable que se clasifique puesto que este artículo no entra dentro de ninguna de las otras subpartidas mencionadas dentro de la partida.

 Notas Explicativas

Con la finalidad de justificar la selección de dicha subpartida y siguiendo lo que dice la sexta regla general interpretativa, se analiza lo que dicen las notas explicativas:

 Esta partida comprende los sombreros y otros artículos de sombrerería de punto (batanados o no) o confeccionados con encajes, fieltro, u otros productos textiles en pieza, incluso encerados, aceitados, cauchutados o recubiertos de otro modo.

Las formas (cascos) confeccionadas por costura se clasifican también en esta partida. Sin embargo, los artículos confeccionados con tiras o trenzas se clasifican en la partida 65.04. Esta partida también comprende, siempre que se hayan obtenido a partir de cascos o de platos (discos de fieltro) de la partida 65.01, los sombreros y otros artículos de sombrerería de fieltro, incluidos los cascos de fieltro ahormados o torneados.

 Estos artículos siguen clasificados aquí estén o no guarnecidos.

 Entre los sombreros y artículos de sombrerería fabricados como se describe anteriormente, se pueden citar:

6) Los artículos de sombrerería de tejido, encaje, tul, etc., tales como los gorros de cocinero, las tocas de religiosas, los tocados de novia o de primera comunión, las cofias de enfermeras, camareras de restaurantes o similares que tengan claramente el carácter de artículos de sombrerería.

Después de analizar las características del artículo que se desea clasificar, así como las notas explicativas y notas de subpartida, se puede concluir que el “gorro de cocinero” se clasifica en la subpartida arancelaria escogida puesto que este es un tipo de sombrero utilizado como artículo de sombraría por los chefs y esta elaborado de diversos materiales diferentes al fieltro.

 Tributos Aduaneros

IVA

12%

ARANCEL ADVALOREM

30%

FODINFA

0.5%

 Restricciones y prohibiciones

Prohibición: La República Popular Democrática de Corea, Corea del Norte.

 Conclusión

Después de haber realizado un análisis detallado para el producto “gorro de cocinero” mediante el uso de la primera y sexta regla general interpretativa, así como de las notas explicativas y de subpartida, se puede concluir que el mismo se clasifica en la sección XII: “Calzado, Sombreros Y Demás Tocados, Paraguas, Quitasoles, Bastones, Látigos, Fustas, Y Sus Partes; Plumas Preparadas Y Artículos De Plumas; Flores Artificiales; Manufacturas De Cabello.”, Capítulo 65: “Sombreros, demás tocados y sus partes.”,  Partida 65.05: “Sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fieltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas.”, subpartida 6505.00.90.00 - Las Demás.

Recomendaciones

  • Comprender la estructura del arancel y cómo se organizan las subpartidas ayuda a identificar la categoría más adecuada para el gorro de cocinero, teniendo en cuenta los detalles específicos mencionados en las notas explicativas que podrían influir en su clasificación.
  • Es importante analizar y comparar por niveles cada una de las posibles subpartidas, así como sus respectivas notas explicativas con la finalidad de encontrar la subpartida arancelaria adecuada para el producto en cuestión.
  • Es imperativo realizar una correcta clasificación arancelaria con la finalidad de encontrar cualquier restricción a la importación que pueda tener el producto o artículo.

Referencias

Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf%C2%A0

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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