DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:
La goma arábiga es un polisacárido natural que se obtiene de la savia de algunos árboles del género Acacia, especialmente de la Acacia senegal y la Acacia seyal. Se trata de una sustancia soluble en agua, que tiene la capacidad de formar soluciones altamente viscosas. Químicamente está compuesta de carbohidratos complejos como la arabinosa, galactosa, ramnosa y ácido glucurónico. Es un excelente estabilizante y emulsionante, puede evitar que componentes en una fórmula se separen o precipiten. También sirve para preparar y estabilizar emulsiones.Se utiliza como aditivo alimentario (E414) para modificar la textura, palatabilidad y evitar cristalizaciones en alimentos como gaseosas, caramelos, helados, etc.
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
Regla 1
Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.
Regla 6
La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutantis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario.
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
Sección
- SECCIÓN II PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL
Capítulo
- Capítulo 13: Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales
Partida
- 13.01 GOMA LACA; GOMAS, RESINAS, GOMORRESINAS Y OLEORRESINAS (POR EJEMPLO: BALSAMOS), NATURALES.
Subpartida
1301.20 – Goma arábiga.
Nota del Capítulo correspondiente al producto
1.– La partida 13.02 comprende, entre otros, los extractos de regaliz, piretro (pelitre), lúpulo o áloe y el opio.
Por el contrario, se excluyen:
- a) el extracto de regaliz con un contenido de sacarosa superior al 10% en peso o presentado como artículo de confitería (partida 17.04);
- b) el extracto de malta (partida 19.01);
- c) los extractos de café, té o yerba mate (partida 21.01);
- d) los jugos y extractos vegetales que constituyan bebidas alcohólicas (Capítulo 22);
- e) el alcanfor natural, la glicirricina y demás productos de las partidas 29.14 o 29.38;
- f) los concentrados de paja de adormidera con un contenido de alcaloides superior o igual al 50% en peso (partida 29.39);
- g) los medicamentos de las partidas 30.03 o 30.04 y los reactivos para determinación de los grupos o de los factores sanguíneos (partida 30.06);
- h) los extractos curtientes o tintóreos (partidas 32.01 o 32.03);
- ij) los aceites esenciales (incluidos los “concretos” o “absolutos”), los resinoides y las oleorresinas de extracción, así como los destilados acuosos aromáticos y disoluciones acuosas de aceites esenciales y las preparaciones a base de sustancias odoríferas de los tipos utilizados para la elaboración de bebidas (Capítulo 33);
- k) el caucho natural, batata, gutapercha, guayule, chicle y gomas naturales análogas (partida 40.01).
Notas explicativas partida 13.01
- Gomas, resinas, gomorresinas y oleorresinas, naturales. Las gomas, resinas, gomorresinas y oleorresinas, naturales, son secreciones vegetales que se solidifican al contacto con el aire. Estos términos se utilizan indiscriminadamente. Estos productos presentan las características siguientes:
- A) Las gomas verdaderas son inodoras, insípidas y más o menos solubles en agua con la que forman una materia mucilaginosa. Arden sin fundirse y sin producir olor.
1) La goma arábiga, producida por diversas especies de acacias (goma del Nilo, goma de Aden, goma del Senegal, etc.); la goma tragacanto, producida por ciertos arbustos de la familia de las leguminosas (Astragalus); la goma de Basora; la goma de marañón (merey, cajuil, anacardo, “cajú”), producida por el árbol llamado Anacardium; la goma elefantina, que procede principalmente de la India; las gomas llamadas indígenas, procedentes de diversos árboles de la familia de las rosáceas (cerezos, ciruelos, durazneros (melocotoneros, albaricoqueros ) o almendros).
TRIBUTOS DEL PRODUCTO
FONDINFA: 0.5%
IVA: 12%
ADVALOREM 0%
RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES
No existen restricciones ni prohibiciones para este producto en la página del SENAE
CONCLUSIONES
- Con la especificación de las reglas generales interpretativas 1 y 6, se puede afirmar que el producto mencionado se clasifica de manera asertiva en la subpartida específica 1301.20.00.00 - goma arábiga, y en base a la información existente en las páginas oficiales de Comercio Exterior, no cuenta con prohibiciones ni restricciones dentro del país.
RECOMENDACIONES
Se debe revisar a fondo los textos estipulados en los capítulos correspondientes a las partidas que pertenecen al producto seleccionado, para dejar en claro los requisitos necesarios para ubicar al producto en su partida perteneciente.
REFERENCIAS
- Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf%C2%A0
- Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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