Publicaciones de Lizeth Estefanía Cóndor Angos (17)

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Introducción:

Las personas naturales y jurídicas obtendrán del Ministerio de Gobierno, la  autorización para la importación de productos no controlados de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.

Desarrollo:

¿A quién está dirigido?

A toda persona jurídica privada o pública, natural ecuatoriana o extranjera,  que requiera importar sustancias no controladas por el Ministerio de Gobierno, de forma obligatoria debe solicitar en línea, a través del sistema ECUAPASS - VUE  el Certificado de Producto No controlado.

ECUAPASS: Sistema de Aduana.

VUE: Ventanilla Única Ecuatoriana.

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Fuente: SENAE

 Requisitos para el trámite:

  1.  Tener la calificación para el manejo de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización otorgada por el Ministerio de Gobierno.
  2. Solicitud de importación de producto no controlado, generada en la Ventanilla Única Ecuatoriana (ECUAPASS).  
  3. Orden de pago de tasas para producto no controlado,  generada en la Ventanilla Única Ecuatoriana (ECUAPASS).  
  4. Comprobante del Pago  por derecho de importación de productos no controlados por el Ministerio de Gobierno. 
  5. Especificaciones técnicas del ítem no controlado.                                                                                                                                                                         
  6. Factura Proforma de los productos no controlados a importar


En ECUAPASS:

 Ingresar al portal del ECUAPASS: https://ecuapass.aduana.gob.ec/  o también puede acceder  a la opción  “ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página.

  1.  Digitar el usuario y contraseña
  2. Elegir  formulario MDG-122-001-REQ -Solicitud de Autorización Previa de Importación de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización. Escoger en Clasificación del Producto: NO CONTROLADO                                                                                                                                                                                                                                                
  3. Llenar  los datos del exportador, importador de productos no controlados, composición de la sustancia.                                                                                                                                                                                                                                
  4. Generar orden de pago de tasas.
  5. Imprimir orden de pago de tasas.  
  6. Acudir al Banco con la orden de pago de tasas y efectuar el pago
  7. Enviar al  correo electrónico el depósito  y la orden de pago de tasas. 
  8. Recibir la autorización en línea de Importación de productos no controlados, aprobada por el Ministerio de Gobierno, y registrada como Autorización de Control Previo Enviado a la Aduana (AUCP) en el sistema

 Conclusiones:

  • Es obligatorio para las mercancías no sujetas a control obtener este certificado para poder ser admitidas ante el ente de control, SENAE.
  • El certificado tiene una vigencia de 180 días a partir de la fecha de aprobación por el el ministerio de Gobierno.

Recomendación:

  • Este certificado a pesar de lo ágil del sistema ECUAPASS, puede tardar algún tiempo en obtenerse, por lo que, se recomienda tramitar con anterioridad a un embarque para evitar cualquier inconveniente al momento de importar la mercancía.

Referencias:

Servicio nacional de Aduana del Ecuador (SENAE). (2021). Autorización de aprobación electrónica para importación de productos no controlados.

Servicio nacional de Aduana del Ecuador (SENAE). (2021). Instructivo para la elaboración del certificado de importación de productos no controlados. Recuperado de; https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2016/INSTRUCTIVO%20PARA%20LA%20ELABORACION%20DEL%20CERTIFICADO%20DE%20RECONOCIMIENTO%20INEN%20PARA%20LOS%20CASOS%20DE%20PRODUCTOS%20NO%20SUJETO%20A%20CONTROL.pdf

 

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Introducción:

Este régimen aduanero hace referencia a las mercancías importadas que son almacenadas por un periodo determinado bajo el control de la aduana en un lugar habilitado y reconocido para esta finalidad, sin el pago de los derechos e impuestos y recargos aplicables. Estos podrán ser público o privado. Los depósitos aduaneros privados estarán destinados al  uso exclusivo de su titular. Los depósitos aduaneros públicos podrán almacenar mercancías de propiedad de terceros.

Desarrollo:

Este proceso está dirigido a:

  • Operadores de comercio exterior que cumplan con los requisitos.
  • Personas naturales o jurídicas registradas como operadores.

Qué se obtiene si se completa satisfactoriamente este trámite:

  • La mercancía contará con salida autorizada en el tiempo correcto a beneficio del estado y del operador de comercio exterior.

Requisitos:

  1. Registro como operador de comercio exterior en el sistema informático Ecuapass
  2. En caso de requerir los servicios de un auxiliar de la administración aduanera consultar el listado de Agentes de Aduana autorizados en la siguiente ruta: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AGENTES-DE-ADUANA-AUTORIZADOS.pdf
  3. Documento de Transporte.
  4. Factura comercial o documento que acredite la transacción comercial.
  5. Documentos de acompañamiento (según la subpartida arancelaria de la mercancía), necesarios para la nacionalización del bien importado, emitidos por las autoridades competentes.
  6. Declaración Aduanera de Régimen Depósito Aduanero

Requisitos especiales:

  1. Certificado de Origen para obtener la liberación de tributos al comercio exterior en los casos que corresponda, al amparo de convenios o tratados internacionales y normas supranacionales
  2. Para efectos de importaciones de mercancías que no cuenten con factura comercial, presentarán en su lugar, el documento que acredite el valor en aduana de los bienes importados, conforme la naturaleza de la importación. La falta de presentación de este documento de soporte ante la administración aduanera, no impedirá el levante de las mercancías; sin embargo, se descartará la aplicación del primer método de valoración, de acuerdo a lo establecido en la normativa internacional vigente;
  3. Realizar la Administración de relación de OCE y agente de aduana, el procedimiento se encuentra en el siguiente link https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2018/11/SENAE-ISEE-2-2-001-V1.pdf

EN EL SISTEMA ECUAPASS:

  • Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.1 Documentos Electrónicos > Declaración de Importación.
  • Transmitir la Declaración aduanera.
  • Determinar los tributos suspendidos
  • Realizar aforo 
  • Retirar la mercancía.

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Fuente: ECUAPASS

Conclusión:

Cada proceso aduanero cuenta con un manual dónde se especifican paso a paso hasta completar el trámite, de esta manera para este régimen el operador de comercio exterior debe cumplir con lo que el ente de control pide a cambio de una ordenada operación y satisfacción de ambos.

Recomendación:

Se recomienda realizar con anticipación este trámite, es decir, antes de traer la mercancía, de esta manera no habrá inconvenientes al momento de la operación.

 

Referencias:

Servicio nacional de Aduana del Ecuador (SENAE). (2021). Autorización de ingreso de mercancías acogidas al Régimen de Depósito Aduanero y sus compensaciones.

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Atención de Incidentes sistema ECUAPASS

Introducción:

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) cuenta con un canal de atención para los operadores de comercio exterior y usuarios en general que hacen uso del sistema informático ECUAPASS y otras opciones de la página web que el SENAE haya puesto a disposición del público, que durante la interacción con estas herramientas presenten errores o requieran soporte o asesoría respecto a procesos aduaneros.

 

Desarrollo:

Pueden hacer uso de esta herramienta todos los Operadores de Comercio Exterior (OCE) entre los que se encuentran (Agente De Aduana, línea naviera, línea aérea, transportista terrestre, depósito temporal, depósito aduanero, agente de carga internacional, empresa de tráfico postal internacional y correos rápidos o Courier, consolidadora de carga, operador portuario, verificadoras, instalación industrial, zedes, almacén libre, Imp/Exportador, Maquilador, Organismo de Control, Almacén Especial, Correos del Ecuador, Paletizadora, etc.) y usuarios en general que hacen uso del sistema informático ECUAPASS y otras opciones de la página web que el SENAE haya puesto a disposición del público se benefician con la absolución del incidente reportado.


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Fuente: SENAE

 

Requisitos:

Llenar el formulario según la necesidad y remitir al buzón mesadeservicios@aduana.gob.ec

* Formulario de Reporte de Incidentes en el Sistema Aduanero de Gestión para las Operaciones de Comercio Exterior – ECUAPASS.

*Formulario para la Atención de Consultas Realizadas por los Usuarios Externos e Internos.

 

Conclusión:

Es de suma importancia estar al tanto de todos los procesos al momento de realizar las operaciones de comercio exterior, de esta manera, el operador, puede asegurar la movilización y salida correcta y oportuna de sus mercancías.

Recomendación:

Para obtener información adicional se debe tener en cuenta que existen varios canales de atención que tendrán opciones la cual el ciudadano o los Operadores de Comercio Exterior podrán hacer uso, dependiendo del tipo de consulta, las mismas serán absueltas de manera inmediata, sin embargo, para consultas de mayor complejidad, se indica al usuario que la misma la debe remitir al buzón de Mesa de Servicios (mesadeservicios@aduana.gob.ec) incluyendo los formularios antes mencionados.

Referencias:

Servicio nacional de Aduana del Ecuador (SENAE). (2021). Atención de incidentes en el sistema aduanero y consultas de procesos aduaneros. 

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Introducción:

Las operaciones de comercio exterior están sometidas al estricto control aduanero de los países a los cuales ingresan o de los que salen, por lo tanto conocer todo el camino que está recorre es importante en especial cuando llega a las aduanas y empieza el control por parte de la entidad competente y es ahí donde los técnicos operadores encargados de esta función proceden a informar al operador de comercio exterior, cada detalle de dicho control mediante el sistema informático ECUAPASS.

Desarrollo:

Para poder rastrear la carga durante este proceso, se necesita el MRN y se empieza ingresando al ECUAPASS desde el perfil del importador.

  

  • TRÁMITES OPERATIVOS/ 1.1 ELABORACIÓN DE E-DOCS 
  • 1.1.2 FORMULARIO DE SOLICITUD DE CATEGORÍA9428628663?profile=RESIZE_710x

    Imagen 1

    Fuente: ECUAPASS

  

  • APARTADO- CARGAS- INFORMACIÓN DEL PROCESO DE CARGA DE IMPORTACIÓN9428629486?profile=RESIZE_710x

    Imagen 2

    Fuente: ECUAPASS

 

  • CON EL MRN DE LA CARGA SE DA BÚSQUEDA AL ESTADO DE LA IMPORTACIÓN QUE HA LLEGADO A LA ADUANA Y ESTÁ SOMETIDA AL CONTROL.

 

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Imagen 3

Fuente: ECUAPASS


Conclusión:

 Cabe recalcar que la aduana emitirá por este medio todo tipo de notificaciones, mediante las cuales el importador o su agente de aduana tendrá conocimiento de todo y podrá darle solución en el caso de existir inconveniente a la salida de la mercancía.

Recomendación:

Se recomienda que todos los operadores de comercio exterior estén siempre atentos a todo lo que el SENAE remita mediante el sistema, para evitar retrasos, multas o costos adicionales.

Referencias:

Servicio nacional de Aduana del Ecuador (SENAE). (2021). Aprobación de Registro de operador de comercio exterior en el sistema informático Ecuapass para realizar transacciones de comercio exterior (importador/exportador). Recuperado de; https://www.gob.ec/senae/tramites/aprobacion-registro-operador-comercio-exterior-sistema-informatico-ecuapass-realizar-transacciones-comercio-exterior-importadorexportador

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Introducción:

La acción de ingresar mercancías o mandarlas fuera del país cumpliendo con las formalidades y obligaciones aduaneras, dependiendo del Régimen de Importación o exportación al que se haya sido declarado forman  parte de las operaciones de comercio exterior y para ser supervisadas por el ente competente se maneja las operaciones por el sistema informático oficial del SENAE, el ECUAPASS.

Desarrollo:

Las personas naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país que requieran realizar importaciones y/o exportaciones. A fin de obtener el Registro de OCE se debe contar con firma electrónica.

Y posteriormente seguir los siguientes pasos:

  1. Contar con el  Registro Único de Contribuyentes – RUC ante el Servicio de Rentas Internas - SRI
  2. Adquirir el Certificado Digital para la firma electrónica y autenticación otorgado por las siguientes entidades:

Banco Central del Ecuador: http://www.eci.bce.ec/web/guest/

Security Data: http://www.securitydata.net.ec/

  1. Instalación del sistema Ecuapass, para tal efecto se cuenta con un navegador basado en Mozilla Firefox, permite instalar y configurar complementos necesarios de JAVA, Flash Player y PKI automáticamente, el cual puede ser descargado desde el link:www.aduana.gob.ec/senae-browser-descargas/
  2. Asociar cédula del representante legal
  3. Asociar nombramiento del representante legal

Ahora en el ECUAPASS:

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Elaborado por: La autora

 

Conclusión:

  • El sistema ECUAPASS es una herramienta que maneja todas las competencias que actualmente tiene el SENAE en el ámbito de control aduanero y el correcto registro del importador/exportador con los datos adecuados, ayuda a realizar mejor una mejor gestión.

Recomendación:

  • El proceso de registro en el ECUAPASS no es bien conocido y existen dudas, por ello es necesario informarse para poder realizar desde el principio todo adecuadamente.

Referencias:

Servicio nacional de Aduana del Ecuador (SENAE). (2021). Aprobación de Registro de operador de comercio exterior en el sistema informático Ecuapass para realizar transacciones de comercio exterior (importador/exportador). Recuperado de; https://www.gob.ec/senae/tramites/aprobacion-registro-operador-comercio-exterior-sistema-informatico-ecuapass-realizar-transacciones-comercio-exterior-importadorexportador

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Introducción:

Cuando el operador de comercio exterior importa mercancía debe asegurarse de toda la documentación requerida para presentar ante el SENAE, para ello el ECUAPASS se presenta como una herramienta idónea para que en el caso que se presenta hoy consultar las restricciones y prohibiciones que tiene una mercancía que vendrá al país.

Esto sirve para principalmente conocer qué DCP (Documentos de Control Previo) deben presentarse según el país de origen de las mercancías y su naturaleza

A continuación un ejemplo.

Desarrollo:

Se ingresa con el perfil de Operador de Comercio Exterior al portal ECUAPASS y en apartado de consulta arancelaria se verifican las restricciones y prohibiciones de la mercancía para ello se requiere:

 

  • La Partida Arancelaria lo más específica posible
  • Realizar la consulta con la fecha presente

 

SEGÚN LA PARTIDA APARECERÁ LA SIGUIENTE INFORMACIÓN QUE DEBE CONSIDERARSE PARA CONOCER LA RESTRICCIÓN O PROHIBICIÓN

 

 

  • CAMPO CÓDIGO DE ORIGEN DE CADA PAÍS

 

Se puede visualizar los países con quienes el Ecuador tiene acuerdos que le beneficiarán al momento de presentar los DCP y también presentará un espacio en blanco que significa que los países que no estén incluidos en dichos acuerdos requieren obligatoriamente DCP como es el caso a continuación:

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Imagen 1

Fuente: ECUAPASS

 

  • DESPLAZAR HACIA LA DERECHA PARA REVISAR EL CAMPO CÓDIGO DE RÉGIMEN

 

Esto hará referencia a bajo qué tipo de régimen se trae la mercancía y a que restricciones y prohibiciones está sujeto el mismo, en este caso será regimen 10 (A consumo).

  • CAMPO TIPO DE RESTRICCIÓN

 En este apartado se encuentra que acción tomar en cuanto a la restricción será entonces presentación de requisito.

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Imagen 2

Fuente: ECUAPASS

 

 

 

  • CAMPO TIPO DE ÁMBITO DE APLICACIÓN

 

Saldrán dos opciones; Exclusión o Inclusión en el caso de Incluir, significa que obligatoriamente esta mercancía, bajo ese régimen y de origen de ese país está sujeto a incluir en sus trámites la presentación de requisito DCP

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Imagen 3

Fuente: ECUAPASS

 

 

  • POR ÚLTIMO EL CAMPO COMENTARIOS DE APERTURA

 

Indicará el ente competente de remitir el DCP al cuál el importador deberá recurrir para obtenerlo


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Fuente: ECUAPASS


Conclusión:

Es necesario conocer con exactitud el manejo de esta función del ECUAPASS ya que será de indispensable ayuda al momento de presentarnos ante la autoridad competente de revisión con nuestra mercancía, el SENAE.

Recomendación:

Se recomienda mantenerse al día con las actualizaciones del Arancel para evitar inconvenientes al momento de clasificar la mercancía y consultar las restricciones y prohibiciones.

Referencias:

Guayasamín F. Guayasamín W. (2016). Correlación entre el código Orgánico de la producción Comercio e Inversiones y sus reglamentos.

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Introducción:

A lo largo de los años, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador cumple su competencia de control aduanero a través de las herramientas proporcionadas por el gobierno del Ecuador y mediante las cuáles los importadores y exportadores registran sus operaciones, en este caso; el ECUAPASS, es el sistema informático que cumple con la función de permitir a los Operadores de Comercio Exterior poder realizar todas sus operaciones aduaneras de importación y exportación.

Por ello es necesario conocer cuáles son los objetivos para los cuales trabaja el sistema informático.

 

Desarrollo:

 

Los objetivos del sistema informático son los siguientes:

 

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Fuente: Imagen Elaborada por el Autor utilizando información del SENAE

 

  1. Según la decisión 778 de la CAN el control aduanero se aplica al ingreso, traslado, circulación, almacenamiento y salida de mercancías y sobre unidades de transporte de carga y sobre las personas que intervienen en las operaciones de comercio exterior, por lo tanto, el ECUAPASS es una las herramientas que ayudan al cumplimiento de este objetivo general y específico.
  2. Cumplir con este objetivo no es tan sencillo como parece, para ello el SENAE trabaja día a día y depende también del apoyo y el presupuesto que el estado designe para esta área estratégica, sin embargo, el ECUAPASS ha sido fiel a este objetivo, para mencionar un ejemplo, los canales de aforo, que antes no eran igual de eficientes, ahora los plazos y las modalidades se adaptan a los perfiles de los importadores y el sistema administra esto con eficiencia.
  3. Corea ha brindado al Ecuador este ventajoso acuerdo bilateral, reemplazando al SICE por un sistema renovado y capaz de administrar a la vez gran cantidad de información en tiempo real, tanto para la administración aduanera como para los operadores de comercio exterior.
  4. La VUE ha sido un gran paso para unificar esfuerzos en pro de la facilitación del comercio internacional, otorgando licencias, permiso y demás documentos de acompañamiento sin lo complicado de las filas de manera presencial y la larga espera de turnos, por supuesto que se trabaja en las mejoras constantes, no obstante es un valioso valor agregado para las operaciones pertinentes.

 

Conclusión:

 

En el aspecto del cumplimiento de los objetivos es evidente que sí se logra como por ejemplo el ahorro del tiempo, costos y el uso del papel, este ha sido un sistema efectivo que ha permitido que se realice todos estos aspectos ayudando de esta manera a que los OCE´s realicen sus trámites desde cualquier parte y en cualquier momento, ahorrándoles el tiempo suficiente que antes era muy complicado ya que necesitaba de su presencia en ventanillas para la realización de los trámites aduaneros y estos se demoraban largos periodos de tiempo.

 

Recomendación:

 

Como recomendación se debería de realizar más capacitaciones al personal involucrado de SENAE y OCES involucrados en los procesos aduaneros, para recordar los objetivos ya que existe aún desconocimiento de ciertos lineamientos en el sistema y que darían más soluciones efectivas a los problemas presentes.

 

Referencias:

 

SENAE. (2012). Preguntas frecuentes. Recuperado de; https://www.aduana.gob.ec/archivos/Ecuapass/faqs_ECUAPASS.pdf

 

Decisión 778 Comunidad Andina de Naciones. Régimen andino sobre control aduanero. Recuperado de;http://www.comunidadandina.org/StaticFiles/DocOf/DEC778.pdf


Tacuri K. (2017). Análisis del impacto generado en ecuador por la implementación del sistema ecuapass frente al sistema interactivo de comercio exterior (SICE). Recuperado de; http://repositorio.utmachala.edu.ec/bitstream/48000/10093/1/ECUACE-2017-CI-DE00125.pdf

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Introducción:

En el artículo 139 del COPCI textualmente dice lo siguiente: Del Despacho y sus Modalidades.- 

Despacho es el procedimiento administrativo al cual deben someterse las mercancías que ingresan o salen del país, dicho proceso inicia con la presentación de la DAU y culmina con el levante. Sus modalidades y formalidades serán las establecidas en el reglamento al presente Código.

El sistema de perfiles de riesgo del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador determinará las modalidades de despacho aplicable a cada declaración, conforme a las disposiciones que dicte para su aplicación la Directora o el Director General, a base de la normativa internacional.

En los casos de mercancías que se transporten bajo el régimen particular de correos rápidos o courier, su declaración y despacho se regirá conforme el reglamento que el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador establezca para el efecto.

Desarrollo:

Entonces, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en su competencia de control aduanero utiliza lo mencionado anteriormente como los perfiles de riesgo para determinar el canal de aforo al que se someterá la mercancía en cuestión, recordando que como lo menciona el COPCI en el Art. 140 Aforo.- Es el acto de determinación tributaria a cargo de la Administración Aduanera y se realiza mediante la verificación electrónica, física o documental del origen, naturaleza, cantidad, valor, peso, medida y clasificación arancelaria de la mercancía.

Y para ello se remite todo por el ECUAPASS, entonces en el módulo sistema de Despacho de importación en el caso de las importaciones.

Pestaña:

Estado de Derivación.

De esta manera se encuentra lo que está en la siguiente imagen:

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Imagen 1

Fuente: ECUAPASS

 

En esta pestaña se encuentran las importaciones que han sido seleccionadas para el aforo físico intrusivo y que el técnico operador revisa para comenzar con sus actividades de inspección física en los depósitos a los que llega la mercancía.

Una vez realizado el aforo físico, se lleva a cabo el proceso de alimentar el sistema con la información de la inspección de aforo y constatar con la documentación de soporte y acompañamiento entregada por el importador.

Siempre y cuando todo esté en orden, se procede a dar la salida autorizada.

Conclusión:

 

  • La competencia de control aduanero que tiene el SENAE, es materializada cada día en cada una de las actividades que se realizan en los diferentes departamentos que lo conforman, de tal manera este caso del estado de derivación de declaración aduanera, que llevará a cabo el proceso de despacho de la mercancía.


Recomendación:

 

  • Se recomienda que para realizar un correcto control aduanero por parte del SENAE, es necesario el constante conocimiento en materia de comercio exterior. 


Referencias:

Guayasamín F. Guayasamín W. (2016). Correlación entre el código Orgánico de la producción Comercio e Inversiones y sus reglamentos. 

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Introducción:

En el artículo 139 del COPCI textualmente dice lo siguiente: Del Despacho y sus Modalidades.- 

Despacho es el procedimiento administrativo al cual deben someterse las mercancías que ingresan o salen del país, dicho proceso inicia con la presentación de la DAU y culmina con el levante. Sus modalidades y formalidades serán las establecidas en el reglamento al presente Código.

El sistema de perfiles de riesgo del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador determinará las modalidades de despacho aplicable a cada declaración, conforme a las disposiciones que dicte para su aplicación la Directora o el Director General, a base de la normativa internacional.

En los casos de mercancías que se transporten bajo el régimen particular de correos rápidos o courier, su declaración y despacho se regirá conforme el reglamento que el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador establezca para el efecto.

Desarrollo:

Entonces, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en su competencia de control aduanero utiliza lo mencionado anteriormente como los perfiles de riesgo para determinar el canal de aforo al que se someterá la mercancía en cuestión, recordando que como lo menciona el COPCI en el Art. 140 Aforo.- Es el acto de determinación tributaria a cargo de la Administración Aduanera y se realiza mediante la verificación electrónica, física o documental del origen, naturaleza, cantidad, valor, peso, medida y clasificación arancelaria de la mercancía.

Y para ello se remite todo por el ECUAPASS, entonces en el módulo sistema de Despacho de importación en el caso de las importaciones.

Pestaña:

Estado de Derivación.

De esta manera se encuentra lo que está en la siguiente imagen:


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Imagen 1

Fuente: ECUAPASS

En esta pestaña se encuentran las importaciones que han sido seleccionadas para el aforo físico intrusivo y que el técnico operador revisa para comenzar con sus actividades de inspección física en los depósitos a los que llega la mercancía.

Una vez realizado el aforo físico, se lleva a cabo el proceso de alimentar el sistema con la información de la inspección de aforo y constatar con la documentación de soporte y acompañamiento entregada por el importador.

Siempre y cuando todo esté en orden, se procede a dar la salida autorizada.

Conclusión:

  • La competencia de control aduanero que tiene el SENAE, es materializada cada día en cada una de las actividades que se realizan en los diferentes departamentos que lo conforman, de tal manera este caso del estado de derivación de declaración aduanera, que llevará a cabo el proceso de despacho de la mercancía.




Recomendación:

  • Se recomienda que para realizar un correcto control aduanero por parte del SENAE, es necesario el constante conocimiento en materia de comercio exterior. 



Referencias:

Guayasamín F. Guayasamín W. (2016). Correlación entre el código Orgánico de la producción Comercio e Inversiones y sus reglamentos. 

SENAE. (2013). Instructivo para el uso del sistema estado de la derivación de la declaración. Recuperado de; https://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-ISIE-2-2-089-V1.pdf

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Introducción

Como es de conocimiento, existen ciertas circunstancias en las cuáles una mercancía es aprehendida y el SENAE toma posesión de aquellas y les da ciertos destinos según los diferentes criterios, es por lo tanto, indispensable conocerlos para que los procesos a seguir sean los correctos y cumplan con los objetivos y las competencias al servicio del país.

Desarrollo

Ahora, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en especial el departamento de Zona Primaria, Peritajes, tiene como competencia el control aduanero y los procesos comentados anteriormente tienen su fundamento legal en la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2018-0187-RE, la cuál tendrá el objetivo de determinar el trato de dicha mercancía aprehendida para que cumpla con los destinos correspondientes, adjudicación, donación, subasta o destrucción, todos estos pasos deben ser registrados en el sistema informático ECUAPASS y en este apartado se hablará del registro de una destrucción en el sistema.

Para ello se utilizará el módulo SISTEMA DE CARGAS DE IMPORTACIÓN:

  • Administración de Abandonos
  • Destrucción
  • Registro de destrucción de mercancías 

Como lo indica la siguiente imagen:


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Imagen 1 

Fuente: ECUAPASS

Una vez dentro de todas las pestañas el sistema pedirá las evidencias de haber realizado la destrucción de la mercancía, de esta manera se lleva el control y se evita malos entendidos, para ello se registran, fotografías y/o videos de la respectiva destrucción, memorandos que la facultan, lugar y hora de la destrucción y los informes de los técnicos operadores que supervisan dicha operación.

Conclusión

  • Al ser el control aduanero competencia del SENAE, el registro documental que sirva de evidencia en el sistema informático oficial de la Aduana, ECUAPASS, de todas las operaciones es un requisito indispensable para cumplir con ello.

Recomendación

  • Se recomienda que para mayor conocimiento de los diferentes destinos que puede tener una mercancía aprehendida se realice una capacitación en las leyes que lo respaldan de esta manera los procesos de agilizaran y se volverán más eficientes con el sustento legal correspondiente.

Referencias

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2018). Resolución Nro. SENAE-SENAE-2018-0187-RE.

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Introducción:

Una de las modalidades de despacho en las que se requiere la revisión de los DCP es el Aforo físico Intrusivo para ello, una vez que se ha realizado el aforo se procede al registro de la información constatada en la inspección y la presentación de documentos para ello se verifica en el sistema que los documentos presentados tanto de soporte como de acompañamiento sean verídicos. 




Desarrollo:

En el Manual proporcionado por el SENAE en el numeral 5.3.5 expresa lo siguiente “Aforo físico.- Es el reconocimiento físico de las mercancías, para comprobar su naturaleza, origen, condición, cantidad, peso, medida, valor en aduana y/o clasificación arancelaria, en relación a los datos contenidos en la Declaración Aduanera de Importación (DAI) y sus documentos de acompañamiento y de soporte, contrastados con la información que conste registrada en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), con el objeto de determinar la correcta liquidación de tributos al comercio exterior y/o el cumplimiento de las disposiciones aduaneras exigidas según el régimen aduanero y mercancías declaradas…” Recordamos entonces que el DCP valida la entrada autorizada de la mercancía en el siguiente apartado del ECUAPASS;


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Imagen 1

Fuente: ECUAPASS



Conclusión:

Una vez certificada la veracidad del DCP a través de la VUE en el sistema ECUAPASS se procede a la entrada autorizada de las mercancías y es competencia del técnico operador asegurarse de estos aspectos antes de proceder a la salida de la mercancía desde las aduanas. 



Recomendación:

Se encomienda a los operadores de comercio exterior asegurar la validez de los DCP requeridos para la importación y salida autorizada de mercancías conforme lo expresa la ley y los acuerdos internacionales.





Referencias:

Guayasamín F. Guayasamín W. (2016). Correlación entre el código Orgánico de la producción Comercio e Inversiones y sus reglamentos. 

SENAE. (2017). Manual específico para modalidad de despacho con canal de aforo físico intrusivo de Importación.

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Introducción:

Según el COPCI en el Art. 108 Tributos al comercio exterior se exprese que como parte de ellos estarán contempladas las tasas por servicios aduaneros y textualmente en el siguiente apartado “El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador mediante resolución creará o suprimirá las tasas por servicios aduaneros, establecerá exenciones,

fijará sus tarifas y regulará su cobro…” por lo tanto, las tasas de almacenaje forman parte de este grupo.

Desarrollo:

Una vez que la mercancía llega a los depósitos de la aduana, comienza a correr la prestación del servicio aduanero de almacenaje que se cobrará una vez que la mercancía abandone la bodega aduanera, para ello la resolución 18 de la CAE, cuya última modificación fue hecha en el 2009 y cuya aplicación sigue vigente y expresa lo siguiente “Que es necesario regular el procedimiento, tarifa y cobro de tasas por los servicios prestados por la Administración Aduanera; Que al tenor del Art. 109, numeral 3, en concordancia con el Art. 9 de la Ley Orgánica de Aduanas, es atribución del Directorio de la CAE la creación, fijación y regulación del cobro de las tasas por servicios aduaneros; y, En uso de las atribuciones que le confiere la ley…”

Ahora para el registro en ECUAPASS de la tasa de almacenaje y proceder a dar salida de bodega a la mercancía se utiliza el módulo de DESPACHO GENERAL DE IMPORTACIÓN, pestaña RECAUDACIÓN:

Subpestaña: Registro de liquidación Manual

Subpestaña: Registro de liquidación Manual de Tasas

Como lo muestra la siguiente imagen:


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Imagen 1

Fuente: ECUAPASS

Se procede al registro de los datos que pide el sistema y se hace el cálculo conforme a la resolución mencionada anteriormente y se llena la liquidación conforme a los datos establecidos y se procede a dar salida del almacén.

Conclusión:

  • Las leyes que amparan y regulan este ejemplo de prestación de servicios aduaneros, que son las tasas de almacenaje, son el COPCI y la resolución 18 de la CAE.

  • Se debe tener certeza de los datos que se requieren llenar en el ECUAPASS como tipo de mercancía, fecha de entrada al almacén, y demás datos personales del dueño de la mercancía.


Recomendación:

Las tasas de almacenaje al ser administradas por la administración aduanera, son la responsabilidad de los funcionarios el correcto cálculo de las mismas, por lo tanto se debe estar seguros antes de registrar los valores en el sistema ECUAPASS para evitar cometer algún perjuicio.

Referencias:

Guayasamín F. Guayasamín W. (2016). Correlación entre el código orgánico de la producción comercio e inversiones y sus reglamentos.

CAE. (2009). Tasas por la prestación de servicios aduaneros. Recuperado de; http://www.pudeleco.com/files/a17044b.pdf

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Introducción:

El Ecuapass es un sistema informático integral, es decir, es un apoyo concreto en cada proceso de las operaciones del comercio exterior, ahora bien, en un ejemplo concreto para saber el uso de este módulo hablaremos de las aprehensiones.


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Desarrollo:

Cómo lo menciona el Art.- 37 Del COPCI acerca del control aduanero al que están sometidas las mercancías y cuya competencia es del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador tanto en zona primaria como secundaria, ahora, muchas personas que por medios ilegales traen la mercancía se sujetan a la aplicación de las leyes en cuestión de multas o sanciones, conocemos que la ley es explícita acerca de la tenencia ilegal de mercancías, entonces se procede a la aprehensión de las mismas, dicha mercancía aprehendida sigue un proceso hasta llegar al punto en el que los funcionarios del SENAE deben realizar un informe técnico de valoración en el cual como su nombre lo indica deben realizar la valoración de la mercancía aprehendida y darle un destino entonces, para proceder a obtener un valor y a partir de aquel se proceda a realizar una liquidación por multa es la utilización del módulo de BASE DE VALOR de esta manera obtenemos una referencia, un listado de valores de mercancía para tener el sustento legal que respaldará el informe de técnico de valoración.

Conclusiones:

  • Para los debidos procedimientos jurídicos se debe tener los respaldos para todas las operaciones de comercio exterior.

  • El módulo Base de Valor nos permite verificar precios referenciales en tiempo real para respaldar en el caso de este ejemplo el proceso de valoración en la aprehensión de mercancías. 

Recomendaciones:

En muchos casos se toma como respaldo de valor otras fuentes alternas, como los sitios de comercio electrónico, pero se debe tener en cuenta que para elaborar los informes técnicos que en este caso de las aprehensiones tendrán validez legal, se debe obtener prioritariamente la información que el SENAE proporciona a través de las herramientas como lo es el módulo Base de Valor.

Referencias:


Guayasamín F. Guayasamín W. (2016). Correlación entre el código Orgánico de la producción Comercio e Inversiones y sus reglamentos.

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Introducción:

Cómo es de nuestro conocimiento, el sistema informático de la Aduana es el Ecuapass, que está conformado actualmente por 14 módulos que permiten la facilitación de los trámites de las operaciones de comercio exterior, en este apartado se verá una de las funciones de las pestañas del módulo de despacho de importación indispensable para la correcta clasificación arancelaria de las mercancías.

Desarrollo:

Es importante reconocer una de las partes fundamentales de las operaciones del comercio exterior se basan en la correcta clasificación arancelaria de la mercancía que entra o sale del territorio, ya que, de esta manera el estado (sujeto Activo) a través del SENAE calcula y recauda los respectivos tributos al comercio exterior y el importador o exportador (sujeto Pasivo) clasifica su mercancía y entrega la debida documentación para dichos efectos. 

Es por ello, que tanto cuando la mercancía entra legalmente al país como cuando lo hace de manera ilegal, se procede a la valoración de las mismas para a partir de ello darle el valor a una multa y para dicha valoración se procede a clasificar en el arancel la mercancía con sus respectivos códigos complementarios y suplementarios, para ello el ECUAPASS posee la actualización del Arancel de la 6ta enmienda, para que los funcionarios tengan una guía que les permita clasificar la mercancía involucrada correctamente en el siguiente apartado:

Entrar en el MÓDULO DESPACHO DE IMPORTACIÓN y en la primera pestaña DESPACHO GENERAL DE LA IMPORTACIÓN:


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Imagen 1

Fuente: ECUAPASS 

Ahora Basta con insertar la subpartida arancelaria y los códigos complementarios y suplementarios se presentarán de esta manera:

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Imagen 2

Fuente: ECUAPASS 

Conclusión: 

  • Los códigos complementarios y suplementarios tienen la función de caracterizar a la mercancía para su debido tratamiento.

  • La correcta clasificación agiliza las operaciones de comercio exterior. 

Recomendaciones:

  • Tanto los funcionarios, técnicos operadores , como los usuarios ( importadores, exportadores) están en la tarea de familiarizarse con la clasificación arancelaria para al momento de realizar las operaciones de comercio exterior no tener inconvenientes que retrasen o dificulten la entrada o salida de mercancías. 

Referencias:

Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones. (2010).

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Introducción:

El sistema ECUAPASS entra en operación oficialmente en octubre del 2012, El Ecuador al encontrarse ante una situación fuera de control con los trámites aduaneros y que la dicha facilitación al comercio exterior que el país había adquirido con los acuerdos y tratados internacionales, se veían en conflicto al no tener un sistema informático adecuado.

 El Sistema ECUAPASS - JS Cargo Logistic

Imagen 1

Fuente: JS cargo Logistic

Desarrollo:

El COPCI nos indica algunas de las acciones que se realizan a través del ECUAPASS:

Art. 195.- Procedimiento y sanción. - El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, previo el procedimiento que se establecerá en el reglamento, sancionará las contravenciones y faltas reglamentarias. El Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador, podrá notificar a través de su sistema informático todos los actos emitidos dentro de este procedimiento.

Art. 219.- De las notificaciones. - Las notificaciones efectuadas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador a través de su sistema informático surtirán plenos efectos jurídicos.

En el transcurso de los años, la integración, la globalización y por ende el comercio exterior se han visto en una tendencia creciente exponencialmente, de tal manera que, los usuarios se inmiscuyeron cada vez más en las operaciones de comercio internacional, es por ello que el país se vio obligado a brindar un servicio más óptimo en el control aduanero y en 2012 se hace la inversión de 21 millones de Dólares para adquirir el sistema hoy oficial de la Aduana, el ECUAPASS, basado en el sistema informático aduanero de Corea del Sur, UNI-PASS. Su funcionamiento se concretó con asesoría de la aduana de Corea y se esperaba en aquel entonces que funcionara de la manera extraordinaria para registrar el despacho de mercancías todos los días del año.

Ahora, actualmente al cumplirse 9 años del funcionamiento del ECUAPASS la realidad es que sí se ha dado un desarrollo del comercio internacional donde la información ya no es manipulable y todo lleva un registro, tanto los importadores, exportadores y los técnicos operadores del SENAE, gestionan las operaciones de una manera más eficiente y el control aduanero en cuanto a registros se vuelve transparente.

Conclusiones:

  • El sistema anterior al ECUAPASS, SICE, en el año 2011 quedó casi obsoleto debido al gran manejo de información que debía llevar.
  • En 2012 se invierte una gran suma de dinero para integrar a las Aduanas del Ecuador un sistema que permita el eficaz manejo de las operaciones de comercio exterior.
  • La implementación del ECUAPASS permite al país cumplir con el principio de facilitación al comercio exterior.

Recomendaciones:

  • Se debe capacitar a las personas externas para el correcto uso del sistema ECUAPASS de tal manera que para la Aduana sea también un apoyo el encontrar la información ordenada y poder cumplir de mejor manera con su competencia en el control Aduanero.

 

Referencias:

Embajada de Corea del Sur. (2012). Relaciones Bilaterales, implementación del ECUAPASS. Recuperado de; https://overseas.mofa.go.kr/ec-es/brd/m_6350/view.do?seq=688379&srchFr=&srchTo=&srchWord=&srchTp=&multi_itm_seq=0&itm_seq_1=0&itm_seq_2=0&company_cd=&company_nm=&page=20

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2021). Sistema Informático ECUAPASS, guía de uso. Recuperado de; https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2015/Manual%20-%20130-032.pdf

Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones (2010).

 

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Introducción:

Como es de conocimiento el sistema informático ECUAPASS cuenta con 14 módulos actualmente en 2021 y cada uno de ellos tiene una función distinta pero integral para todo el proceso de control que es competencia del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, por lo tanto, el módulo de Sistema de Despacho de Importación sirve para registrar las operaciones con relación al despacho de la mercadería que ha llegado a zona primaria en esta ocasión hablaremos específicamente de la pestaña de Recaudación que contienen las siguientes subpestañas:

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Imagen 1

Elaborado por: Lizeth Cóndor

Desarrollo:

En esta ocasión se explicará al respecto de Consulta de Datos para la notificación, recordemos que el COPCI en el Art.219 y Art.81 expresa la legalidad y efecto de las respectivas notificaciones que el Servicio Nacional de Aduana aplique para los procedimientos necesarios, entonces, cuando una liquidación es emitida por las razones pertinentes tiene validez legal para proceder al respectivo proceso de cobranza después de la notificación efectiva emitida por el departamento de Secretaria General de la Aduana, actualmente en 2021 se envía un total de 4 notificaciones previas a la acción coactiva del usuario que tiene pendiente de pago su liquidación.

¿Por qué es tan importante la notificación?

Porque si el usuario no tiene conocimiento de que tiene una deuda con el estado, el SENAE no puede proceder a un cobro, por lo tanto, esta subpestaña de Consulta de Datos indicará los medios para encontrar direcciones, números de teléfono, emails, pertenecientes al usuario registrado en el ECUAPASS, datos a los cuales la autoridad puede remitir la notificación y proceder al proceso de cobranza.

Conclusiones:

  • Los usuarios que son Importadores o Exportadores deben registrarse en el sistema Informático ECUAPASS para realizar las operaciones de comercio exterior
  • El SENAE regula el control aduanero mediante también el cobro de los valores emitidos por la liquidación Aduanera y los usuarios están obligados a cancelar dicho valor

Recomendaciones:

  • Las personas por lo general consideran que la Aduana no tiene un efectivo control aduanero, pero no es por falta de conocimiento o competencia, es debido a que los usuarios muchas veces no registran la información en el sistema o no lo hacen de la manera correcta y la Aduana pierde recursos y tiempo buscando a dicha información para cumplir con el objetivo y eso retrasa los procesos, por lo tanto, los usuarios deben registrar una información fidedigna en el sistema ECUAPASS de tal manera, la Aduana pueda cumplir efectivamente lo requerido con el apoyo de todos los participantes de las operaciones de comercio exterior para el desarrollo del país.

 

Referencias:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2015). Preguntas frecuentes. SENAE. Recuperado de; https://www.aduana.gob.ec/archivos/Ecuapass/faqs_ECUAPASS.pdf

 

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Introducción

Desde 2013 el Sistema Informático ECUAPASS es el sistema oficial de la Aduana, en el cual se registra todos los movimientos que se dan en el proceso de arribo y salida de las mercancías de la Zona Primaria del país, El sistema cuenta en total 14 módulos principales, estos son:

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Imagen 1

Elaborado por: Lizeth Cóndor

Desarrollo

Actualmente el ECUAPASS opera con el debido funcionamiento de los módulos, recordemos que al entrar a las varias pestañas existen campos que se deben llenar de manera obligatoria y los Técnicos Operadores y funcionarios conocen cada detalle de ello, ya que en el sistema queda registrado, firmas, responsables, montos de dinero, entre otra información para la posteridad.

  1. Sistema de Despacho de Importación y Sistema de Despacho de Exportación

En estos módulos se pueden generar declaraciones de importación y exportación de productos y los respectivos procesos de cobranza y notificaciones.

  1. Sistema de Cargas de Importación y Sistema de Cargas de Exportación

Se lleva un registro de la mercancía desde que ingresa a potestad aduanera hasta el levante de las mercancías.

  1. Sistema de DRAWBACK

Describir en forma secuencial las tareas para Consulta de montos de devolución condicionada devueltos por productos exportado y por operador a través del ECUAPASS.

  1. Sistemas de notas de crédito

Las notas de Crédito son aquel monto que se devuelve al usuario cuando el estado adeuda una cantidad de dinero por varios motivos, en este módulo se lleva el registro y se gestiona la nota de crédito.

  1. Sistemas de gestión de riesgos

Se manejan los perfiles de Riesgo.

  1. Sistema de base de valor

Describir en forma secuencial las tareas para la consulta de base de valor.

  1. Sistema legal

A disposición y registro de los expedientes del departamento jurídico.

  1. Sistema de control posterior

Este módulo es creado con el propósito de hacer el control de las mercancías importadas después de su nacionalización; este módulo es administrado exclusivamente por dicha área por la Aduana.

  1. Sistema de data Warehouse

Este módulo es el que permite almacenar los datos ingresados al sistema y es administrada por parte de Aduana, es la base de datos que la misma posee como métodos de control.

  1. Sistema de Administración de conocimiento

En este módulo se encuentran todos los manuales de procedimientos y demás documentación relacionada a los procesos que se realizan en ECUAPASS

  1. Sistema de Gestión Administrativa
  2. Portal Interno

 

Conclusiones:

  • El sistema informático ECUAPASS permite a los Operadores de Comercio Exterior realizar las respectivas operaciones aduaneras de importación y de exportación en todo el proceso.

Recomendaciones:

  • Se recomienda que una vez abiertos los módulos se lleve a cabo un reconocimiento específico de los campos, ya que en cada módulo como se ha visto cumple una función específica pero en gran magnitud y detalle.

Referencias:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2016). Instructivo del sistema para la consulta de valor. SENAE. Recuperado de; https://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2016/senae-isie-2-8-016-v2_instructivo_de_sistemas_para_la_consulta_de_valor.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2015). Preguntas frecuentes. SENAE. Recuperado de; https://www.aduana.gob.ec/archivos/Ecuapass/faqs_ECUAPASS.pdf

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