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Cerezo enano “Bonsai”

El cerezo enano, conocido científicamente como Prunus mume, es un árbol de hoja caduca originario de Asia, particularmente de China y Japón. A pesar de su nombre, no es un verdadero cerezo, pero se le llama así debido a sus flores similares a las de los cerezos verdaderos. El cerezo enano es apreciado tanto por sus flores fragantes como por su madera y frutos.

Descripción de la mercancía:

Las flores del cerezo enano, también conocidas como "ume", son una característica distintiva. Florecen en invierno o a principios de la primavera, lo que los convierte en una fuente de color y fragancia en una época del año en que la mayoría de los otros árboles están en reposo. Las flores pueden variar en color desde el blanco hasta el rosa y el rojo, y son apreciadas en muchas culturas asiáticas por su simbolismo y belleza.

Los cerezos enanos también producen pequeños frutos comestibles que se parecen a las ciruelas. Estos frutos se utilizan en la fabricación de productos como mermeladas, licores y medicinas tradicionales. La madera del cerezo enano es dura y se utiliza en la fabricación de muebles y otros objetos artesanales.

Dado su valor ornamental y cultural, el cerezo enano es una opción popular para el arte del bonsái. Debido a su tamaño reducido, sus flores y su capacidad para adaptarse a técnicas de cultivo en macetas, el cerezo enano se presta bien para crear bonsáis que capturan la belleza y la esencia de los cerezos en pleno florecimiento, incluso en espacios limitados.

En este caso el cerezo enano tiene la destinación de ser una planta ornamental mas no utilizar sus frutos para la producción de cualquier tipo de alimento de consumo humano.

Sección II

Productos del reino vegetal.

Notas de sección:

  1. En esta Sección, el término «pellets» designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3% en peso.

Nota complementaria:

  1. Con excepción de lo señalado en la Nota 3 del Capítulo 12, en esta Sección, la expresión para siembra comprende solamente los productos considerados como tales por las autoridades competentes de los Ministerios de Agricultura de los Países miembros.

Notas de capítulo:

Capítulo 6
Plantas vivas y productos de la floricultura

  1. Salvo lo dispuesto en la segunda parte de la partida 06.01, este Capítulo comprende únicamente los productos suministrados habitualmente por los horticultores, viveristas o floristas para la plantación o la ornamentación. Sin embargo, se excluyen de este Capítulo las papas (patatas), cebollas hortenses, chalotes, ajos y demás productos del Capítulo 7.
  2. Los ramos, cestas, coronas y artículos similares se asimilan a las flores o follajes de las partidas 06.03 ó 06.04, sin tener en cuenta los accesorios de otras materias. Sin embargo, estas partidas no comprenden los collages y cuadros similares de la partida 97.01

Análisis arancelario

Sección II:

PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL

Capítulo 6:

Plantas vivas y productos de la floricultura

Texto de partida:

06.02 . Plantas vivas y productos de la floricultura

Texto de subpartida

0602.20.00   - Arboles, arbustos y matas, de frutas o de otros frutos comestibles, incluso injertados

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 10%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP (Permiso fitosanitario de importación)

Preferencia arancelaria

Entre los países que tienen un 100% de rebaja en el arancel ad valorem cuando se trate bajo el régimen de importación a consumo son chile, en los otros casos cuando existe una rebaja total en todos los aranceles es cuando existe un reimportacion de mercancias en el mismo estado.

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0602.20.00

Notas Explicativas Sub Partida 0602.20.00

Esta partida comprende: 

1) Los árboles, arbustos y matas de todas clases (forestales, frutales, ornamentales, etc.), incluidas las plantas para injertar. 

2) Las plantas de todas clases para transplantar, con excepción de los productos de la partida 06.01.

3) Las raíces vivas de plantas. 

4) Los esquejes sin enraizar y los injertos, incluidos estolones, acodos, planchas y renuevos. 

5) Micelios: masas de filamentos de micelio, mezcladas o no con tierra o materia vegetal. 

Los árboles, arbustos, matas y demás plantas de esta partida, se pueden presentar con la raíz desnuda o en cepellón, o plantados en macetas, cestas, cubetas u otros envases usuales. 

Se excluyen de esta partida las raíces tuberosas (por ejemplo, las dalias de la partida 06.01) y las raíces de achicoria de las partidas 06.01 o 12.12

Nota explicativa de subpartida 0602.20

En la subpartida 0602.20 la expresión árboles, arbustos y matas se refiere en especial a la viña, serbal, moral, kiwi, cuyos tallos son leñosos y sus esquejes enraizados. 

Esta Subpartida no comprende el escaramujo (subpartida 0602.40).

Subpartidas 0602.20, 0602.30, 0602.40 y 0602.90. 

Las raíces vivas se clasifican en las subpartidas correspondientes a las plantas.

 

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

El cerezo enano es una planta viva, una especie de árbol ornamental que se cultiva por sus flores y, en ocasiones, por sus frutos. La partida 0602 abarca las "demás plantas vivas (incluidas sus raíces), esquejes e injertos," lo que engloba una variedad de especies vegetales que son cultivadas y comercializadas en forma de plantas vivas.

El cerezo enano es una especie de árbol que se cultiva como planta ornamental. Al tratarse de una especie vegetal viva, entra dentro del ámbito de la partida 0602, que se refiere a varias especies de plantas, incluyendo árboles y arbustos.

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

La subpartida 0602.20.00 abarca "Los demás árboles y arbustos de hoja caduca," y engloba especies de plantas vivas que se encuentran en una categoría general de árboles y arbustos con hojas que caen en ciertas estaciones. El cerezo enano, como especie de árbol ornamental, comparte similitudes con otras especies que se encuentran en esta subpartida en términos de su ciclo de vida y uso ornamental.

En consecuencia, basándonos en la Regla Interpretativa 6 y considerando que el cerezo enano es una planta ornamental de hoja caduca que comparte similitudes con otras especies de la subpartida 0602.20.00, es razonable argumentar que podría ser clasificado en esta subpartida del Sistema Armonizado. No obstante, siempre es recomendable verificar la clasificación con las autoridades aduaneras o expertos en clasificación arancelaria para garantizar la precisión y conformidad en tu contexto específico.

Conclusiones

En conclusión, la clasificación del cerezo enano (Prunus mume) en el Sistema Armonizado es un proceso que implica evaluar cuidadosamente sus características botánicas y su uso ornamental. Si bien existe cierta flexibilidad en la interpretación de las subpartidas arancelarias, es razonable argumentar que el cerezo enano podría ser clasificado en la subpartida 0602.20.00, que abarca "Los demás árboles y arbustos de hoja caduca." Esta clasificación se fundamenta en la Regla Interpretativa 6, que permite asignar una clasificación en una partida que incluya productos similares o relacionados cuando no hay una partida específica.

La elección de esta subpartida se basa en la naturaleza de planta ornamental del cerezo enano, su ciclo de vida de hoja caduca y su relevancia en la categoría de árboles y arbustos de características similares. Sin embargo, como la clasificación arancelaria puede variar según el país y las interpretaciones específicas de las autoridades aduaneras, se recomienda consultar con expertos en clasificación arancelaria o autoridades competentes para confirmar la clasificación correcta en el contexto local.

 

En última instancia, la clasificación precisa del cerezo enano en el Sistema Armonizado es esencial para el comercio internacional y la regulación aduanera, asegurando que se apliquen los aranceles y regulaciones adecuados, y que se cumplan con las normativas específicas para este tipo de productos.

Recomendaciones

Para asegurar una clasificación precisa y cumplir con las regulaciones arancelarias y aduaneras, se recomienda seguir los siguientes pasos al clasificar el cerezo enano (Prunus mume) en el Sistema Armonizado:

Investigación exhaustiva: Realiza una investigación detallada sobre las características botánicas del cerezo enano, su ciclo de vida, usos ornamentales y cualquier otra información relevante.

Revisión de la partida 0602: Examina cuidadosamente la descripción de la partida 0602 del Sistema Armonizado, que abarca "Los demás árboles y arbustos de hoja caduca." Compara las características del cerezo enano con los productos contemplados en esta subpartida.

Etiquetado adecuado: Si planeas importar o exportar cerezos enanos, asegúrate de que los documentos y etiquetas cumplan con los requisitos de clasificación y regulaciones locales.

Mantén actualizada la información: Dado que las regulaciones y directrices pueden cambiar con el tiempo, es importante mantenerse informado sobre cualquier cambio en la clasificación o normativas.

En última instancia, la clasificación precisa del cerezo enano en el Sistema Armonizado es esencial para evitar problemas en el comercio internacional y garantizar un cumplimiento adecuado de las regulaciones. Siempre es aconsejable contar con asesoramiento profesional y autoridades competentes para garantizar que la clasificación sea correcta y conforme a las regulaciones vigentes.

Fuente:

Bonsái de Cerezo (Prunus) - Bonsai Empire. (2023). Bonsaiempire.es. https://www.bonsaiempire.es/especies/bonsai-cerezos

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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Cochinilla seca

La cochinilla seca, también conocida como "Dactylopius coccus", es una especie de insecto escama que se encuentra en regiones cálidas y tropicales. Estos insectos son especialmente conocidos por su capacidad para producir un pigmento rojo intenso llamado "carmín", que se extrae de su cuerpo. La cochinilla seca se adhiere a las plantas, en particular a los nopales (cactus), donde se alimenta de su savia.

Una vez recolectadas, las cochinillas se someten a un proceso de secado y molienda para producir un polvo que se utiliza como colorante natural en alimentos, textiles y cosméticos. El carmín obtenido de la cochinilla seca es valorado por su durabilidad y su tono rojo brillante.

Descripción de la mercancía:

El proceso de cría y secado de cochinilla implica el cultivo y la recolección de estos insectos para aprovechar sus pigmentos naturales, especialmente el carmín. A continuación, te proporciono una descripción de este proceso:

Preparación del hospedero: Se eligen plantas adecuadas como hospederos para las cochinillas, siendo los nopales (cactus) los más comunes. Estas plantas proporcionarán el sustento necesario para que las cochinillas se desarrollen y produzcan pigmentos. Los nopales se cultivan en condiciones óptimas, asegurando un ambiente favorable para el crecimiento de las cochinillas.

Cosecha de cochinillas: A medida que las cochinillas se desarrollan y se alimentan de la savia del cactus, aumentan de tamaño y acumulan los pigmentos en su cuerpo. En el momento adecuado, se recolectan manualmente los nopales. Las cochinillas pueden ser separadas cuidadosamente de las plantas o sacudidas de los cactus para recogerlas.

Lavado y limpieza: Las cochinillas recolectadas pueden tener residuos y suciedad en su cuerpo. Para garantizar la calidad del pigmento, las cochinillas se lavan suavemente para eliminar impurezas, polvo y residuos de la planta.

Secado: Una vez limpias, las cochinillas se colocan en una superficie plana y se someten a un proceso de secado. Esto puede realizarse al sol o en ambientes controlados con buena circulación de aire. El secado es esencial para reducir la humedad en los insectos y evitar la degradación de los pigmentos.

Clasificación y selección: Después del secado, las cochinillas se clasifican según su calidad y color. Las cochinillas más oscuras generalmente contienen pigmentos más concentrados. La selección cuidadosa ayuda a obtener un pigmento de alta calidad.

Almacenamiento: Las cochinillas secas se almacenan en condiciones adecuadas para mantener su calidad y color. Se puede utilizar posteriormente para la extracción de los pigmentos o para elaborar tinturas y productos que requieran coloración.

Usos.

El proceso de cría y secado de cochinilla es un paso esencial en la obtención de pigmentos naturales, como el carmín. Este pigmento se utiliza en diversas aplicaciones, incluyendo la industria alimentaria, la cosmética y la textil, debido a su intensidad y durabilidad en los colores que produce.

Sección I

Animales vivos y productos del reino vegetal.

Notas de sección:

  1. En esta Sección, cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie.

Notas de capítulo:

Capítulo 5
Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte

  1. Este Capítulo no comprende: 
  2. a) los productos comestibles, excepto las tripas, vejigas y estómagos de animales, enteros o en trozos, y la sangre animal (líquida o desecada); 
  3. b) los cueros, pieles y peletería, excepto los productos de la partida 05.05 y los recortes y desperdicios similares de pieles en bruto de la partida 05.11 (Capítulos 41 ó 43); 
  4. c) las materias primas textiles de origen animal, excepto la crin y los desperdicios de crin (Sección XI); 
  5. d) las cabezas preparadas para artículos de cepillería (partida 96.03).

Análisis arancelario

Sección I:

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL

Capítulo 5:

Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte

Texto de partida:

05.11 . Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte; animales muertos de los  Capítulos 1 ó 3, impropios para la alimentación humana.

Texto de subpartida

0511..99   -  Los demás

0511.99.10  – - - Cochinilla

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 0%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP (Permiso fitosanitario de importación)

Preferencia arancelaria

Entre los países que tienen un 100% de rebaja en el arancel ad valorem cuando se trate bajo el régimen de importación a consumo únicamente es Chile 

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0511.99.10

4) La cochinilla e insectos similares. La cochinilla es un insecto que vive en ciertos cactus (cactos). En el comercio se encuentran tres clases de cochinillas: la negra, la gris o plateada y la rojiza. La cochinilla, que proporciona una materia colorante roja, sirve para preparar el carmín (partida 32.03) y la laca acarminada (partida 32.05).

Entre los insectos similares a la cochinilla, el más importante es el quermés animal, que vive en una variedad de encina enana. Se emplea para teñir de rojo. El color que produce es vivo y muy sólido; se clasifica en la partida 32.03.

El quermés animal no debe confundirse con el quermés mineral (partida 38.24). 

Las cochinillas e insectos similares se presentan secos, enteros o pulverizados.1

 

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

Aunque la cochinilla es un insecto y no un animal en el sentido tradicional, se clasifica en la partida 0511 debido a su origen biológico y su inclusión dentro del reino animal. A pesar de su diferencia en tamaño y estructura corporal en comparación con animales más grandes, la cochinilla seca aún es una forma de vida animal.

La cochinilla seca es un ejemplo de un producto que puede no encajar perfectamente en una partida específica debido a su naturaleza particular. La partida 0511 actúa como una categoría de "residuo" para productos de origen animal que no se ajustan a otras partes del sistema de clasificación.

En resumen, la cochinilla seca se clasifica en la partida 0511 del Sistema Armonizado debido a su origen biológico como insecto, su utilización para extraer pigmentos naturales y la falta de una categoría más adecuada dentro del sistema de clasificación. La clasificación precisa es esencial para el comercio internacional y la regulación aduanera, y en casos como este, se asigna una partida que mejor se ajuste a las características del producto en cuestión.

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

La partida 0511.99.10 se considera una partida residual que abarca "Otros productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte". Cuando no se puede encontrar una partida específica que describa con precisión el producto, esta partida residual brinda una opción de clasificación que evita la omisión de productos no convencionales o únicos en el sistema de clasificación.

En virtud de la Regla Interpretativa 6, la cochinilla seca se puede clasificar en la partida 0511.99.10 como una solución que refleja su origen animal y su uso general, cuando no es posible encontrar una partida más específica que describa con precisión sus características y aplicaciones.

Conclusiones

En conclusión, la clasificación de la cochinilla seca en la partida 0511.99.10 del Sistema Armonizado es una solución pragmática y coherente que responde a la necesidad de categorizar productos únicos o inusuales en el sistema de clasificación. La Regla Interpretativa 6 brinda una herramienta valiosa para asignar una clasificación adecuada cuando no existe una partida más específica que describa el producto con precisión.

La partida 0511.99.10, que abarca "Otros productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte", sirve como una categoría residual que asegura que productos como la cochinilla seca no sean pasados por alto en el comercio internacional. A pesar de su naturaleza especializada y sus aplicaciones diversas, esta partida proporciona un lugar adecuado para la cochinilla seca, permitiendo su identificación y clasificación en un contexto global.

Recomendaciones

Antes de clasificar la cochinilla seca en la partida 0511.99.10, es fundamental llevar a cabo una evaluación exhaustiva de las características y usos del producto, así como revisar y entender completamente las pautas de clasificación del Sistema Armonizado. Asegúrate de seguir estos pasos:

Investigación detallada: Realiza una investigación detallada sobre las propiedades y aplicaciones de la cochinilla seca, especialmente en relación con sus componentes y usos en la industria textil, alimentaria y cosmética.

Consultar fuentes oficiales: Consulta las directrices y documentos emitidos por las autoridades aduaneras y de comercio internacional para comprender las pautas de clasificación específicas para productos como la cochinilla seca.

Cumplimiento de regulaciones nacionales e internacionales: Asegúrate de que la clasificación propuesta cumpla con las regulaciones y normativas nacionales e internacionales en materia de comercio, aduanas y seguridad alimentaria, en caso de aplicar.

En última instancia, la correcta clasificación de la cochinilla seca en la partida 0511.99.10 garantiza el cumplimiento legal y normativo en el comercio internacional y contribuye a la fluidez en la cadena de suministro, facilitando la identificación y regulación adecuada del producto en cuestión.

Fuente:

Salas, D. (2020, June 20). Cochinilla y Carmín de Cochinilla | Proyectos Peruanos. Proyectos Peruanos | Información Para Proyectos de Inversión. https://proyectosperuanos.com/cochinillas/

 

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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Almizcle ámbar

El almizcle es una sustancia aromática natural que se obtiene de las glándulas de ciertos animales, como el ciervo almizclero. En su forma sólida, el almizcle suele presentarse como pequeños gránulos o cristales de color amarillento a marrón claro. Su apariencia es similar a la de pequeñas pepitas o trozos de resina. El aroma característico del almizcle es cálido, terroso y amaderado, con matices dulces y seductores, lo que lo convierte en un ingrediente valioso en la perfumería y la aromaterapia.

Descripción de la mercancía:

Composición Química:

El almizcle contiene una mezcla compleja de compuestos orgánicos volátiles, incluyendo cetonas, lactonas y otras moléculas odoríferas. Entre los componentes químicos comunes se encuentran la muscona y la civetona, las cuales contribuyen al perfil aromático característico del almizcle.

Obtención:

El proceso de obtención del almizcle implica la extracción de las glándulas preputiales de los ciervos almizcleros. Las secreciones obtenidas son tratadas mediante destilación u otros métodos para separar y concentrar los componentes aromáticos. Es importante destacar que, debido a preocupaciones de conservación y bienestar animal, la extracción de almizcle de ciervos almizcleros está regulada en muchos lugares y se han desarrollado alternativas sintéticas para su uso en la industria de la perfumería.

Usos:

El almizcle natural se utiliza principalmente en la industria de la perfumería para crear fragancias cálidas y duraderas. Además, sus propiedades aromáticas lo hacen valioso en la aromaterapia y la elaboración de productos cosméticos y de cuidado personal.

Precauciones:

Dada la controversia y las regulaciones en torno a la obtención de almizcle natural de ciervos almizcleros, se recomienda el uso de alternativas sintéticas que sean éticas y sostenibles. Antes de incorporar almizcle natural en productos, se deben verificar las regulaciones y restricciones locales para asegurar el cumplimiento legal y ético.

Sección I

Animales vivos y productos del reino vegetal.

Notas de sección:

  1. En esta Sección, cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie.

Notas de capítulo:

Capítulo 5
Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte

  1. Este Capítulo no comprende: 
  2. a) los productos comestibles, excepto las tripas, vejigas y estómagos de animales, enteros o en trozos, y la sangre animal (líquida o desecada); 
  3. b) los cueros, pieles y peletería, excepto los productos de la partida 05.05 y los recortes y desperdicios similares de pieles en bruto de la partida 05.11 (Capítulos 41 ó 43); 
  4. c) las materias primas textiles de origen animal, excepto la crin y los desperdicios de crin (Sección XI); 
  5. d) las cabezas preparadas para artículos de cepillería (partida 96.03).

 

Análisis arancelario

Sección I:

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL

Capítulo 5:

Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte

Texto de partida:

05.10 . Ambar gris, castóreo, algalia y almizcle; cantáridas; bilis,incluso desecada; glándulas y demás sustancias de origen animal utilizadas para la preparación de productos
farmacéuticos, frescas, refrigeradas, congeladas o conservadas provisionalmente de otra forma.

Texto de subpartida

0510.00.90   -  Los demás

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 10%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP (Permiso fitosanitario de importación)

Preferencia arancelaria

Entre los países que tienen un 100% de rebaja en el arancel ad valorem cuando se trate bajo el régimen de importación a consumo son: Argentina, Chile, Paraguay, Uruguay  Colombia, Perú y Bolivia por tema de tratados comerciales y negociaciones por parte de bloque comercial. Sobre todo enfocados en aranceles de ámbito específico así como advalorem.

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0510.00.90

Notas Explicativas Sub Partida 0510.00.90

El almizcle segregado por una especie de cabra, está contenido de forma natural en bolsas que son, por un lado, planas y desprovistas de pelo y, por el otro, convexas y cubiertas de pelos blanquecinos. Esta secreción es de color pardo oscuro y de olor fuerte. No se debe confundir este almizcle con los artificiales (almizcle xileno, almizcle ámbar, etc.) que se clasifican en el Capítulo 29

También se clasifican en esta partida: 

1) Las glándulas y demás órganos de origen animal utilizados para la preparación de productos opoterápicos e impropios, por su naturaleza o forma de presentación, en la alimentación humana (tales como, en su caso, el páncreas, testículos, ovarios, vesículas biliares, tiroides, hipófisis), que se presenten frescos, refrigerados, congelados, o conservados provisionalmente de otra forma (por ejemplo: en glicerina, acetona, alcohol) por necesidades de transporte o almacenamiento, antes de su utilización definitiva. Cuando se presentan desecados o en forma de extracto, estos productos se clasifican en la partida 30.01. (Para los productos comestibles, véase la Nota 1 a) del presente Capítulo). 

2) La bilis, incluso desecada (los extractos de bilis se clasifican en la partida 30.01). Los venenos de serpientes o abejas, que se presenten en forma de partículas, contenidos en ampollas se incluyen en la partida 30.01

 

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

La partida 0510 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) se refiere a los "Productos de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte". Dentro de esta partida, la subpartida 0510.00.90 incluye productos como el ámbar gris, castóreo, algalia y almizcle, entre otros. Esta clasificación se basa en la Regla General Interpretativa 1 (RGI 1) del Sistema Armonizado

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

En el caso del almizcle, que es una sustancia aromática natural de origen animal utilizada en la perfumería y la preparación de productos farmacéuticos, no existe una disposición específica en las Reglas Generales Interpretativas ni en las notas de sección o capítulo que lo clasifiquen de manera directa en una partida específica. En esta situación, la RGI 6 indica que la clasificación se debe realizar considerando la partida que incluya una mercancía que se le asemeje más.

 

Dentro de la partida 0510 del SA, que engloba los "Productos de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte", la subpartida 0510.00.90 agrupa productos como el ámbar gris, castóreo, algalia y almizcle. Estos productos comparten la característica de ser sustancias de origen animal utilizadas en la preparación de productos farmacéuticos y perfumería. Dado que no existe una partida más específica que engloba directamente al almizcle y productos similares, la partida 0510.00.90 es la que mejor se ajusta y se asemeja a la naturaleza y el uso del almizcle.

Por lo tanto, en base a la Regla General Interpretativa 6, el almizcle se clasifica en la partida 0510.00.90 debido a su similitud con otros productos de origen animal utilizados en la preparación de productos farmacéuticos, tal como lo describe esta subpartida.

Conclusiones

La clasificación del almizcle en la partida 0510.00.90 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) se justifica por varias razones fundamentales. La partida 0510.00.90 está diseñada para englobar "Productos de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte", lo que hace que sea un encaje adecuado para el almizcle debido a su origen animal y a su naturaleza aromática. Aquí está la conclusión del por qué el almizcle debe clasificarse en esta partida:

  1. Naturaleza animal y uso similar: El almizcle es una sustancia de origen animal, obtenida de las glándulas preputiales del ciervo almizclero. Esta partida agrupa productos que no tienen una clasificación específica en otras partes del sistema arancelario. Al ser una sustancia animal utilizada en perfumería y productos farmacéuticos, el almizcle comparte similitudes con otros elementos clasificados en esta partida.
  2. Aplicación en la preparación de productos: El almizcle se utiliza ampliamente en la perfumería y la preparación de productos farmacéuticos. La partida 0510.00.90 comprende productos utilizados en la elaboración de productos farmacéuticos y cosméticos, lo que se alinea con el uso tradicional del almizcle.
  3. Cumplimiento con las regulaciones: Al clasificar el almizcle en la partida 0510.00.90, se asegura que su comercio y uso estén en conformidad con las regulaciones y restricciones relacionadas con los productos de origen animal. Esta clasificación respeta la necesidad de proteger la biodiversidad y el bienestar animal, alineándose con las preocupaciones de conservación

Recomendaciones

Es importante destacar que los procedimientos pueden variar según el origen del producto  y sus características con relación al nivel de cambio en su estructura, los requisitos del país importador y las regulaciones fitosanitarias específicas. Por lo tanto, es crucial investigar y cumplir con los requisitos legales y sanitarios de cada país, especialmente cuando se trata de productos sujetos a prohibiciones de importación.

Para obtener una clasificación arancelaria precisa, se debe consultar la nomenclatura arancelaria del país de importación o exportación específico. Las plumas de ave destinadas para decoración pueden estar clasificadas bajo diferentes subpartidas arancelarias según los criterios de cada país. Por lo tanto, se recomienda verificar la nomenclatura arancelaria aplicable para asegurarse de obtener la clasificación correcta y cumplir con las regulaciones aduaneras correspondientes.

Fuente:

Caorsi, L. (2021, December 13). Fragancia de almizcle: qué es, de dónde se extrae y para qué sirve | EROSKI Consumer. Consumer |; EROSKI Consumer. https://www.consumer.es/medio-ambiente/que-es-almizcle-para-que-sirve.html

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Garbanzos partidos secos

Los garbanzos partidos secos son una variedad de garbanzos que han sido procesados para dividirse en mitades. A diferencia de los garbanzos enteros, que son redondos y de forma más uniforme, los garbanzos partidos tienen una apariencia más plana y alargada debido a su división. Tienen una textura seca y rugosa en su superficie debido al proceso de secado.

El color de los garbanzos partidos secos varía, pero generalmente es similar al de los garbanzos enteros, con tonos que pueden ir desde el beige claro hasta el marrón claro. Estas mitades de garbanzos tienen un tamaño más pequeño en comparación con los garbanzos enteros y se utilizan comúnmente en la cocina para reducir el tiempo de cocción y mejorar la facilidad de preparación en diversos platillos.

Descripción de la mercancía:

  • Descripción Física:
  • Forma: Los garbanzos partidos secos son una variedad de garbanzos que han sido procesados para dividirse en mitades, lo que les da una apariencia más plana y alargada en comparación con los garbanzos enteros.
  • Tamaño: Los garbanzos partidos tienen un tamaño más pequeño en comparación con los garbanzos enteros, con un diámetro aproximado de 5 a 7 mm y un largo de 8 a 10 mm en promedio.
  • Color: Su color varía, pero generalmente es similar al de los garbanzos enteros, con tonos que pueden ir desde el beige claro hasta el marrón claro.
  • Textura: Los garbanzos partidos secos tienen una textura seca y rugosa en su superficie debido al proceso de secado.
  • Humedad: La humedad del producto se encuentra en un rango muy bajo, generalmente entre el 10% y el 12%, lo que garantiza su conservación a largo plazo.

 

Usos y Aplicaciones:

Los garbanzos partidos secos son utilizados ampliamente en la industria culinaria como ingrediente en diversos platillos, como sopas, guisos, ensaladas, platos de curry y otros productos procesados.

Su forma partida permite que absorban más rápidamente los sabores y las especias, lo que resulta en una textura más suave y una cocción más rápida en comparación con los garbanzos enteros.

Son una excelente fuente de proteínas, fibra, vitaminas y minerales, lo que los convierte en un ingrediente nutritivo y versátil en la preparación de alimentos.

Está destinado para el  consumo humano.

Sección II

Productos del reino vegetal.

Notas de sección:

1.– En esta Sección, el término “pellets” designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3% en peso.

Notas de capítulo:

Capítulo 7
HORTALIZAS, PLANTAS, RAICES Y TUBERCULOS ALIMENTICIOS

Consideraciones generales

Este Capítulo comprende las hortalizas de cualquier clase (incluso “silvestres”), incluidos los productos comprendidos en la Nota 2 del Capítulo, frescos, refrigerados, congelados (sin cocer o cocidos en agua o vapor), o conservados provisionalmente o secos (incluso deshidratados, evaporados o liofilizados). Conviene precisar que alguno de estos vegetales, secos, triturados o pulverizados, suelen utilizarse para sazonar alimentos, pero no dejan, por ello, de clasificarse en la partida 07.12.

También se clasifican en este Capítulo algunos tubérculos o raíces con gran contenido de fécula o de inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en “pellets”.

Análisis arancelario

Sección I:

PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL

Capítulo 7:

Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios

Texto de partida:

07.13 . Hortalizas de vaina secas desvainadas, aunque estén mondadas o partidas.

Texto de subpartida

0713.20.90   -  Los demás

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 15%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Prohibición:

Importación desde Corea del Norte

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP (Permiso fitosanitario de importación)

Preferencia arancelaria

Entre los países que tienen un 100% de rebaja en el arancel ad valorem cuando se trate bajo el régimen de importación a consumo son: Chile, Colombia, Perú y Bolivia por tema de tratados comerciales y negociaciones por parte de bloque comercial.

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0713.20.90

Notas Explicativas Sub Partida 0713.20.90

La Partida 0713 del Sistema Armonizado abarca los "Legumbres secas, incluso mondadas o partidas". La subdivisión específica 0713.20 se refiere a los "Garbanzos secos, incluso mondados o partidos". En este caso, los garbanzos partidos secos son considerados como una subclase dentro de la categoría más amplia de garbanzos secos.

El código 0713.20.90 es una subdivisión más específica que se utiliza para clasificar aquellos garbanzos secos que han sido desvainados o descascarillados, y además, han sido divididos en mitades. La inclusión de estos garbanzos partidos en la Partida 0713.20.90 permite diferenciarlos de los garbanzos secos enteros que se clasificarían en otras subdivisiones dentro de la Partida 0713 que están destinadas sobre todo a la siembra donde se aplica otra partida

 

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

En este caso, los garbanzos partidos secos podrían ser considerados tanto en la Partida 0713.20 como en otras posibles partidas que abarquen garbanzos o legumbres secas. Sin embargo, al analizar las Notas de Capítulo y las Notas de Subpartida, se determina que la partida 0713.20 se ajusta mejor a la descripción del producto, ya que hace referencia específica a los "garbanzos secos, incluso mondados o partidos".

Por lo tanto, aplicando la RGI 1, los garbanzos partidos secos deben clasificarse en la Partida 0713.20.90 del Sistema Armonizado, que corresponde a los "Garbanzos secos, incluso mondados o partidos". Esta partida es la más específica y adecuada para este tipo de producto, teniendo en cuenta la descripción y características de los garbanzos partidos secos.

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

Para sustentar la aplicación de la RGI 6 en este caso, se debería argumentar que los garbanzos partidos secos, al ser una variedad de garbanzos secos divididos en mitades, no encajan de manera clara en ninguna de las partidas específicas de la Subpartida 0713.20 o cualquier otra partida.

Luego, se compararía con otras partidas relevantes del Sistema Armonizado, como las de otras legumbres secas o productos similares. Se buscaría la partida que comprenda la mercancía más afín a los garbanzos partidos secos, considerando su forma, procesamiento y características específicas.

En este análisis, se debería demostrar que la partida 0713.20.90 sigue siendo la más apropiada para los garbanzos partidos secos, incluso considerando la aplicación de la RGI 6, ya que ninguna otra partida ofrece una clasificación más precisa y afín para este producto en particular.

Conclusiones

En conclusión, los garbanzos partidos secos se clasifican de manera precisa y adecuada en la Partida 0713.20.90 del Sistema Armonizado. Esta clasificación se justifica por ser una variedad específica de garbanzos secos, que han sido desvainados o descascarillados y luego divididos en mitades. La Partida 0713.20.90 es la clasificación más adecuada y específica para este producto, ya que refleja sus características físicas y su proceso de preparación, asegurando una correcta aplicación de aranceles y regulaciones aduaneras en el comercio internacional.

Recomendaciones

Cuando se trabaja con productos para importación o exportación, es crucial contar con un equipo especializado en clasificación arancelaria y conocer en detalle las regulaciones aduaneras del país de origen y destino. La clasificación correcta de los productos en el Sistema Armonizado es fundamental para evitar problemas en la aduana, asegurar una correcta determinación de los aranceles y facilitar el proceso de importación o exportación. Por lo tanto, es recomendable consultar con expertos en comercio internacional y mantenerse actualizado sobre las regulaciones y cambios arancelarios para garantizar una operación comercial exitosa y sin contratiempos.

Además, se recomienda que, antes de realizar cualquier clasificación, se consulten las Notas Explicativas del Sistema Armonizado y las disposiciones legales vigentes para asegurarse de que la descripción y características del producto se ajusten adecuadamente a la subpartida correcta. La correcta clasificación del rábano negro facilitará el comercio internacional y asegurará el cumplimiento de las regulaciones y normativas aplicables a este tipo de productos.

 

Fuente:

Garbanzos Partidos – Ambrosía. (2023). Ambrosiand.cl. https://www.ambrosiand.cl/producto/garbanzo-partido

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Rabano Negro

El rábano negro (Raphanus sativus var. niger) es una variedad de rábano que se caracteriza por tener una raíz de forma alargada y cilíndrica. Su piel es de color negro o marrón oscuro, lo que le da su nombre distintivo. La textura de la piel es rugosa y puede presentar pequeñas protuberancias o irregularidades. La raíz puede tener un tamaño que varía desde unos pocos centímetros hasta varios centímetros de longitud, dependiendo del cultivo y la variedad específica.

Por dentro, el rábano negro tiene una pulpa de color blanco o blanquecino con un sabor picante y amargo. A diferencia del rábano común, que tiene una pulpa de color blanco a rosa, el rábano negro tiene una pulpa más oscura y una intensidad de sabor más pronunciada.

Descripción de la mercancía:

Propiedades nutricionales:

El rábano negro es una hortaliza rica en nutrientes y compuestos bioactivos beneficiosos para la salud. Aunque las cantidades pueden variar según el cultivo y la variedad, generalmente es una buena fuente de:

  • Fibra dietética: Contribuye a la salud digestiva y puede ayudar a mantener un adecuado funcionamiento intestinal.

 

  • Vitamina C: Un antioxidante esencial que favorece el sistema inmunológico y la salud de la piel.

 

  • Potasio: Importante para el equilibrio de fluidos y el funcionamiento adecuado del sistema nervioso y muscular.

 

  • Compuestos fitoquímicos: Contiene glucosinolatos y otros fitoquímicos que se asocian con posibles beneficios antioxidantes y antiinflamatorios.

 

Usos culinarios:

 

El rábano negro se utiliza en la cocina como condimento y en ciertas preparaciones culinarias. Su sabor picante y amargo lo convierte en un ingrediente interesante para ensaladas, aderezos, salsas, guisos y marinadas. También se puede rallar y mezclar con otros ingredientes para crear rábanos negros encurtidos. Además, su raíz seca puede utilizarse para la elaboración de infusiones o tés.En pocas palabras esta destinado para el  consumo humano.

Sección II

Productos del reino vegetal.

Notas de sección:

1.– En esta Sección, el término “pellets” designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3% en peso.

Notas de capítulo:

Capítulo 7
HORTALIZAS, PLANTAS, RAICES Y TUBERCULOS ALIMENTICIOS

Consideraciones generales

Este Capítulo comprende las hortalizas de cualquier clase (incluso “silvestres”), incluidos los productos comprendidos en la Nota 2 del Capítulo, frescos, refrigerados, congelados (sin cocer o cocidos en agua o vapor), o conservados provisionalmente o secos (incluso deshidratados, evaporados o liofilizados). Conviene precisar que alguno de estos vegetales, secos, triturados o pulverizados, suelen utilizarse para sazonar alimentos, pero no dejan, por ello, de clasificarse en la partida 07.12.

También se clasifican en este Capítulo algunos tubérculos o raíces con gran contenido de fécula o de inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en “pellets”.

Análisis arancelario

Sección I:

PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL

Capítulo 7:

Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios

Texto de partida:

07.14 . Raíces de yuca (mandioca), arrurruz o salep, aguaturmas (patacas), camotes (batatas, boniatos) y raíces y tubérculos similares ricos en fécula o inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en «pellets»; médula de sagú.

Texto de subpartida

0714.20.90   -  Los demás

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 15%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP (Permiso fitosanitario de importación)

Preferencia arancelaria

Entre los países que tienen un 100% de rebaja en el arancel ad valorem cuando se trate bajo el régimen de importación a consumo son: Chile, Colombia, Perú y Bolivia por tema de tratados comerciales y negociaciones por parte de bloque comercial.

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0714.20.90

Notas Explicativas Sub Partida 0714.20.90

Es decir, el rábano negro se clasifica en la subpartida 071410 porque se trata de una raíz comestible, y en esta subpartida se incluyen específicamente las raíces de rábanos y tubérculos afines con alto contenido de inulina, que es un tipo de carbohidrato que se encuentra en ciertas plantas y puede tener beneficios para la salud. La subpartida 071410 también abarca el rábano negro cuando está rallado o en láminas, lo que indica que se incluyen diferentes formas de presentación del producto.

 

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

Cualquier referencia a un material en una partida determinada alcanza a ese material incluso mezclado o asociado con otros materiales. Sin embargo, los productos presentados en surtidos acondicionados para la venta al por menor, que contengan mezclas de materias diferentes, y productos compuestos de materias diferentes o constituidos por la superposición de capas de materias diferentes, se clasifican según la materia o componente que les confiera el carácter esencial, siempre que sea posible determinarlo."

En el caso del rábano negro, la RGI 1 nos dice que la clasificación se determina principalmente por los textos de la partida 0714. Por lo tanto, al ser una raíz comestible, el rábano negro se clasificará en la partida 0714.

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

La subpartida más específica para el rábano negro es la 071410: "Raíces de rábanos y tubérculos afines, con alto contenido de inulina, incluso rallados o en láminas". Esta subpartida describe las características particulares del rábano negro, incluyendo su alto contenido de inulina y las diferentes formas de presentación, como rallado o en láminas.

Por lo tanto, aplicando la RGI 6, el rábano negro (Raphanus sativus var. niger) se clasifica en la subpartida 071410 del Sistema Armonizado. Esta subpartida es más específica que la partida 0714 y proporciona detalles adicionales sobre el producto, lo que permite una clasificación más precisa.

Conclusiones

La clasificación del rábano negro (Raphanus sativus var. niger) se determina de acuerdo con el Sistema Armonizado bajo la subpartida 0714.20.90. Esta subpartida específica considera que el rábano negro es una raíz comestible, que pertenece al grupo de "raíces de rábanos y tubérculos afines" y se caracteriza por su alto contenido de inulina, pudiendo presentarse incluso rallado o en láminas.

Recomendaciones

Cuando se realice la clasificación del rábano negro en operaciones de comercio internacional o para fines aduaneros, se debe asegurar que se utilice la subpartida 0714.20.90 como la más adecuada para describir este producto. Es importante tener en cuenta que una clasificación precisa y correcta es fundamental para determinar los aranceles y requisitos de importación y exportación, así como para fines estadísticos y regulatorios.

Además, se recomienda que, antes de realizar cualquier clasificación, se consulten las Notas Explicativas del Sistema Armonizado y las disposiciones legales vigentes para asegurarse de que la descripción y características del producto se ajusten adecuadamente a la subpartida correcta. La correcta clasificación del rábano negro facilitará el comercio internacional y asegurará el cumplimiento de las regulaciones y normativas aplicables a este tipo de productos.

 

Fuente:

Dieti Natura. (2014). Dieti Natura. https://www.dieti-natura.es/plantas-y-activos/rabano-negro.html

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Plumas de avestruz para decoración 

Estas plumas se utilizan principalmente con fines ornamentales y decorativos en diversas aplicaciones artísticas y artesanales. Generalmente, son plumas de colores llamativos y variados, que se seleccionan por su belleza y atractivo estético.

Descripción de la mercancía:

Las plumas de ave para decoración presentan una amplia variedad de colores, desde tonalidades vibrantes y brillantes hasta colores más suaves y naturales. También pueden variar en tamaño, dependiendo de la especie de ave y el tipo de pluma.Estas plumas son livianas y flexibles, lo que las hace fáciles de manipular y adaptar a diferentes proyectos de decoración, aunque se utilizan con fines ornamentales, las plumas deben estar en buenas condiciones y mantener su integridad estructural para garantizar su atractivo visual y durabilidad.

Sección I

Animales vivos y productos del reino vegetal.

Notas de sección:

  1. En esta Sección, cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie.

Notas de capítulo:

Capítulo 5
Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte

  1. Este Capítulo no comprende: 
  2. a) los productos comestibles, excepto las tripas, vejigas y estómagos de animales, enteros o en trozos, y la sangre animal (líquida o desecada); 
  3. b) los cueros, pieles y peletería, excepto los productos de la partida 05.05 y los recortes y desperdicios similares de pieles en bruto de la partida 05.11 (Capítulos 41 ó 43); 
  4. c) las materias primas textiles de origen animal, excepto la crin y los desperdicios de crin (Sección XI); 
  5. d) las cabezas preparadas para artículos de cepillería (partida 96.03).

Análisis arancelario

Sección I:

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL

Capítulo 5:

Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte

Texto de partida:

05.05 . Pieles y demás partes de ave, con sus plumas o plumón, plumas y partes de plumas (incluso recortadas) y plumón, en bruto o simplemente limpiados, desinfectados o preparados para su conservación; polvo y desperdicios de plumas o de partes de plumas.

Texto de subpartida

0505.90.00   -  Los demás

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 10%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Este es un caso particular, porque existe una partida determinado para el ingreso de este producto a territorio Ecuatoriano, este país de origen son los EEUU, hay que tener en cuenta que solo proviene de dos estados de este país, mientras que de los demás existe una prohibición de importación, además se prohíbe su importación de: Ucrania, Taiwán, Vietnam del sur, Turquía, Camboya, Corea del Norte, Rusia, Tailandia, Nigeria, Pakistán, Rumanía, Reino UNido, Grecia, Egipto, Croacia, Italia, canada y Japon. 

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0505.90.00

Notas Explicativas Sub Partida 05.05

Las "Plumas de ave destinadas para decoración" son elementos naturales obtenidos de diferentes especies de aves, seleccionados específicamente por su atractivo estético y colorido. Estas plumas son utilizadas principalmente con fines ornamentales en diversas aplicaciones artísticas y artesanales.

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

En este punto nos basamos en las características generales del producto que se denomina como  plumas de avestruz para decoración,, hay que tener en cuenta que  considerando la amplitud de estas subpartidas y la variedad de los tipos de presentaciones o modos en que se expende este producto limita su ubicación en el arancel, por tanto hay que tener muy presentes las características del productos en esta partida.En este caso se presenta como producto terminado del proceso de obtención que no existe ningún cambio o agregado que altere la naturaleza del producto por tanto se posiciona en la partida  05.05 (Pieles y demás partes de ave, con sus plumas o plumón, plumas y partes de plumas (incluso recortadas) y plumón, en bruto o simplemente limpiados, desinfectados o preparados para su conservación; polvo  y desperdicios de plumas o de partes de plumas. )

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición de lo contrario,  una vez identificamos el capítulo en base a la  destinación que va tener este producto , que en este caso debemos basarnos en las características de producto y ciertos rasgos que hayan generado grandes cambios en el producto así como su procedencia , se toma muy en cuenta este dato para su clasificación, además en términos generales la finalidad que va tener dicho producto,  por tanto se decidió en clasificar en esta partida por medio de la RGI 6 para poder ajustarse a la partida de los ( - Los demás).

Conclusiones

Al concluir con el análisis de la clasificación arancelarias de Plumas de avestruz para fines decorativos  se determina que esta se clasifica en la subpartida arancelaria 0505.90.00 - Los demás

Recomendaciones

Es importante destacar que los procedimientos pueden variar según el origen del producto  y sus características con relación al nivel de cambio en su estructura, los requisitos del país importador y las regulaciones fitosanitarias específicas. Por lo tanto, es crucial investigar y cumplir con los requisitos legales y sanitarios de cada país, especialmente cuando se trata de productos sujetos a prohibiciones de importación.

Para obtener una clasificación arancelaria precisa, se debe consultar la nomenclatura arancelaria del país de importación o exportación específico. Las plumas de ave destinadas para decoración pueden estar clasificadas bajo diferentes subpartidas arancelarias según los criterios de cada país. Por lo tanto, se recomienda verificar la nomenclatura arancelaria aplicable para asegurarse de obtener la clasificación correcta y cumplir con las regulaciones aduaneras correspondientes.

 

Fuente:

Natrual teñido Plumas grandes de avestruz para la decoración de la fiesta de bodas en casa Sombrero de vestir DIY Scrapbooking Crafting 18-19.6 "/ 45-50 cm de longitud. (2022). Etsy.com; Etsy. https://www.etsy.com/mx/listing/1238225074/natrual-tenido-plumas-grandes-de

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Queso fresco con orégano

El queso fresco con orégano es un delicioso queso de textura suave y cremosa, elaborado con leche fresca y con la adición de hojas de orégano fresco o seco. Esta combinación resulta en un sabor único y aromático que combina la frescura del queso con el distintivo aroma y sabor herbal del orégano.

Descripción de la mercancía:

La obtención de este queso proveniente de la leche de vaca es por medio de lactosuero con un contenido de lactosa de 60%  en peso se obtiene después de la coagulación de la leche, este tiene un alto contenido de lactosa, proteínas y otros componentes solubles, cabe destacar que este producto no está sometido a ningún proceso de maduración.

El queso fresco en sí es un queso de tipo blanco, sin madurar y con un contenido de grasa moderado. Es conocido por su textura tierna y ligeramente húmeda

Sección I

Animales vivos y productos del reino vegetal.

Notas de capítulo:

Capítulo 4
Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte 

Este capítulo  no comprende: 

  1. a) los productos obtenidos del lactosuero, con un contenido de lactosa superior al 95% en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre materia seca (partida 17.02); 
  2. b) las albúminas (incluidos los concentrados de varias proteínas del lactosuero, con un contenido de proteínas del lactosuero superior al 80% en peso, calculado sobre materia seca) (partida 35.02) ni las globulinas (partida 35.04)

Este Capítulo comprende: 

  1. Los productos lácteos:
  2. Los huevos de ave y sus yemas. 

III. La miel natural. 

  1. Los productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte. 

Análisis arancelario

Sección I:

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL

Capítulo 4:

Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte

Texto de partida:

04.06 . Quesos y requesón.

Texto de subpartida

0406.10.00  - Queso fresco (sin madurar), incluido el del lactosuero, y requesón

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 2,0%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

En el caso de provenir de Colombia, Perú, Bolivia se necesita de una licencia de importación no automática para su ingreso y nacionalización en el país

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0406.10.00

Notas Explicativas Sub Partida 04.06

Queso fresco (incluido el queso obtenido a partir de lactosuero o de suero de mantequilla (manteca) (“babeurre”)) y el requesón. El queso fresco es un queso que no ha sufrido ninguna maduración y que puede ser consumido poco después de su elaboración (por ejemplo: Ricotta, Broccio, queso “cottage”, queso de nata (queso crema), Mozzarella).

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

En este punto nos basamos en las características generales del producto que se denomina como  queso fresco con orégano para consumo humano, hay que tener en cuenta que  considerando la amplitud de estas subpartidas y la variedad de los tipos de presentaciones o modos en que se expende este producto limita su ubicación en el arancel, por tanto hay que tener muy presentes las características del productos en esta partida.En este caso se presenta como producto terminado del proceso de obtención de queso sin ningun agregado mas que el orégano por tanto de ubica en la partida 04.06 (Quesos y requesón. )

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición de lo contrario,  una vez identificamos el capítulo en base a la  destinación que va tener este producto , que en este caso debemos basarnos en las características del contenido de lactosa así como el nivel de humedad del producto así como su procedencia , se toma muy en cuenta este dato para su clasificación, además en términos generales la finalidad que va tener dicho producto,  por tanto se decidió en clasificar en esta partida por medio de la RGI 6 para poder ajustarse a la partida de los ( - Queso fresco (sin madurar), incluido el del lactosuero, y requesón)

Conclusiones

Al concluir con el análisis de la clasificación arancelarias de Queso fresco con oregano se determina que esta se clasifica en la subpartida arancelaria 0406.10.00 - Queso fresco (sin madurar), incluido el del lactosuero, y requesón

Recomendaciones

Es importante destacar que los procedimientos pueden variar según el queso y sus características con relación al nivel de lactosa que contiene y su humedad, los requisitos del país importador y las regulaciones fitosanitarias específicas. Por lo tanto, es crucial investigar y cumplir con los requisitos legales y sanitarios de cada país, especialmente cuando se trata de productos sujetos a prohibiciones de importación.

Es fundamental tener en cuenta los documentos necesarios, como los Certificados Fitosanitarios, que son requisitos indispensables para la importación. Además, es necesario verificar las restricciones y prohibiciones de importación para consumo, así como otros requisitos, con el fin de evitar contratiempos durante el proceso de control y aduanas.

 

Fuente:

Queso andino fresco oregano Salinerito 1kg. (2023). FUNCONQUERUCOM. https://www.salineritotqb.com/shop/product/sl040006-queso-andino-fresco-oregano-salinerito-1kg-12860?category=1

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Huevos de gallina para fines médicos

Los huevos de gallina tiene una forma ovalada, el color tiende a variar en su cascarón, ya sea un color durazno o uno totalmente blanco y viene en cubetas para asegurar su protección durante su transporte.

En este caso si bien este producto puede ser utilizado para consumo humano, o con fines de incubación, tiene otro uso que en estos últimos años ha generado una gran diferencia entre la vida y la muerte de toda la humanidad como es el caso de ser utilizados para el desarrollo y pruebas de vacunas.

Por tanto se define que su uso es para fines médicos.

Descripción de la mercancía:

Entre las características principales para que se pueda seleccionar un huevo para fines médicos como los son el desarrollo y pruebas de vacunas tenemos: 

  • Debe provenir de una fuente confiable y saludable
  • Ser frescos para asegurar la viabilidad del embrión de pollo presente dentro del huevo 
  • Los huevos utilizados en la producción de vacunas generalmente tienen un tamaño y peso estándar para garantizar la uniformidad en el proceso de cultivo
  • Es crucial que los huevos utilizados en las pruebas de vacunas no estén infectados con enfermedades aviares, como la influenza aviar.
  • La cáscara del huevo debe estar intacta y sin fisuras para evitar la entrada de contaminantes o la pérdida de cultivo durante el proceso de producción de la vacuna.
  • Deben estar libres de cualquier residuo químico o contaminante que pueda afectar la seguridad y eficacia de la vacuna

Notas de la sección:

Este Capítulo no comprende: 

  1. a) los productos obtenidos del lactosuero, con un contenido de lactosa superior al 95% en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre materia seca (partida 17.02); 
  2. b) las albúminas (incluidos los concentrados de varias proteínas del lactosuero, con un contenido de proteínas del lactosuero superior al 80% en peso, calculado sobre materia seca) (partida 35.02) ni las globulinas (partida 35.04) 

Notas de capítulo:

Capítulo 4
Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte 

Este Capítulo comprende: 

  1. Los productos lácteos:
  2. Los huevos de ave y sus yemas. 

III. La miel natural. 

  1. Los productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte. 

Análisis arancelario

Sección I:

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL

Capítulo 4:

Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte

Texto de partida:

04.07 . Huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos, conservados o cocidos.

Texto de subpartida

0407.21.10  - - Los demás

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 0%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Prohibido:

  • Vietnam de sur
  • Tailandia
  • Rusia
  • Ucrania
  • Vietnam
  • Cambodia
  • Corea de norte
  • Nigeria 
  • Pakistan
  • Japón
  • Grecia
  • Reino Unidos
  • Iran
  • Indonesia
  • Croacia
  • Indonesia
  • Brunei
  • Italia

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0407.21.10

Notas Explicativas Sub Partida 04.07

Esta partida comprende los huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos (incluidos los huevos para incubar), conservados o cocidos. 

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

En este punto nos basamos en las características generales del producto que se denomina como Huevo de gallina para fines medicos, la presentación del producto que se describe como huevos frescos que no tiene más que un proceso de selección y embalaje especial para su protección que no otorga agregados que disponen su ubicación en esta subpartida, hay que tener en cuenta que  considerando la amplitud de estas subpartidas y la variedad de huevos de aves que se pueden posicionar en esta, por tanto hay que tener muy presentes las características del productos en esta partida..

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición de lo contrario,  una vez identificamos el capítulo en base a la  destinación que va tener este producto , que en este caso para fines medicos, en especifico para el desarrollo y la prueba de vacunas , se toma muy en cuenta este dato para su clasificación, además en términos generales la finalidad que va tener dicho producto,  por tanto se decidió en clasificar en esta partida por medio de la RGI 6 para poder ajustarse a la partida de los ( - - -  - Para la producción de vacunas (libres de patógenos específicos)

Conclusiones

Al concluir con el análisis de la clasificación arancelarias de Huevos de gallina destinados para fines médicos se determina que esta se clasifica en la subpartida arancelaria 0407.21.10 - - - Para la producción de vacunas (libres de patógenos específicos)

Recomendaciones

Es importante tener en cuenta que los procedimientos exactos pueden variar según el tipo de planta, los requisitos del país importador y las regulaciones fitosanitarias específicas. Por lo tanto, es esencial investigar y cumplir con los requisitos legales y sanitarios de cada país sobre todo en este caso donde existe una lista de países de los que es prohibida su importación.

Hay que tener muy en cuenta los documentos DCP pertinentes ya que son parte de aquellos requisitos indispensables para poder realizar nuestra importación, así como la restricción de prohibición de importación a consumo y no solo bajo este régimen también se debe verificar   los demás con el fin de evitar contratiempos a la hora de su control.

 

Fuente:

Cómo se hacen las vacunas contra la influenza | CDC. (2022, November 3). Cdc.gov. https://espanol.cdc.gov/flu/prevent/how-fluvaccine-made.htm

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Calceolaria o Zapatitos de 

La calceolaria o zapatitos venus es una planta con apariencia única y colorida, la Calceolaria es muy apreciada como planta decorativa en interiores y en macetas. También se utiliza ocasionalmente como planta de jardín en climas adecuados, en 

Es una planta relativamente delicada y requiere de cuidados adecuados para mantenerla sana. Se recomienda regarla regularmente, evitando el encharcamiento, y proporcionarle un ambiente con niveles de humedad adecuados.

Cabe recalcar que la planta está viva y  tiene el fines ornamentales

Descripción de la mercancía:

La Calceolaria, comúnmente conocida como "Zapatitos de Venus", se caracteriza por su peculiar forma de flores, que se asemejan a pequeños zapatitos o bolsas. Las flores son de colores brillantes y llamativos, como el amarillo, naranja, rojo y morado, lo que le confiere un gran atractivo ornamental.

Proceso de selección y preparación del producto

Se eligen cuidadosamente las plantas que cumplen con los estándares de calidad y salud requeridos para la exportación. Se inspeccionan para detectar cualquier signo de enfermedad, plagas u otros problemas, una vez que es seleccionada se  colocan en una maceta de plástico que brinde la  protección para mantener las raíces seguras y prevenir daños durante el transporte y por último se procede con la fumigación, desinfección o cualquier otro método requerido para eliminar o prevenir la propagación de plagas o enfermedades.

Notas de la sección:

1.– En esta Sección, el término “pellets” designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3% en peso. 

Nota complementaria de la sección:

Con excepción de lo señalado en la Nota 3 del Capítulo 12, en esta Sección, la expresión para siembra comprende solamente los productos considerados como tales por las autoridades competentes de los Ministerios de Agricultura de los países miembros.

Notas de capítulo:

Capítulo 6
Plantas vivas y productos de la floricultura

  1. Salvo lo dispuesto en la segunda parte de la partida 06.01, este Capítulo comprende únicamente los productos suministrados habitualmente por los horticultores, viveristas o floristas para la plantación o la ornamentación. Sin embargo, se excluyen de este Capítulo las papas (patatas), cebollas hortenses, chalotes, ajos y demás productos del Capítulo 7. 

Análisis arancelario

Sección III:

HORTALIZAS, PLANTAS, RAICES Y TUBERCULOS ALIMENTICIOS

Capítulo 6:

Plantas vivas y productos de la floricultura

Texto de partida:

06.02 . Las demás plantas vivas (incluidas sus raíces), esquejes e injertos; micelios.

Texto de subpartida

0602.90.90  - - Los demás

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 0%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0602.90.90

Notas Explicativas Sub Partida 06.02

Esta partida comprende: 

1) Los árboles, arbustos y matas de todas clases (forestales, frutales, ornamentales, etc.), incluidas las plantas para injertar. 

2) Las plantas de todas clases para transplantar, con excepción de los productos de la partida 06.01. 

3) Las raíces vivas de las plantas. 

4) Los esquejes sin enraizar y los injertos, incluidos estolones, acodos, planchas y renuevos. 

5) Micelios: masas de filamentos de micelio, mezcladas o no con tierra o materia vegetal. Los árboles, arbustos, matas y demás plantas de esta partida, se pueden presentar con la raíz desnuda o en cepellón, o plantados en macetas, cestas, cubetas u otros envases usuales. 

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

En este punto nos basamos en las características generales del producto que se denomina como Calceolaria o Zapatitos de Venus, la presentación del producto que se presenta como una planta viva por medio de un macetero especificaciones que disponen su ubicación en esta subpartida, hay que tener en cuenta que  considerando la amplitud de estas subpartidas y la variedad de plantas que se pueden posicionar en esta, por tanto hay que tener muy presentes las características del productos en esta partida..

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición de lo contrario,  una vez identificamos el capítulo en base a la  destinación que va tener este producto , por un lado el estado en que se en que se presentan estos productos que a términos generales se dice como “plantas vivas” para su clasificación, además en términos generales la finalidad que va tener dicho producto,  por tanto se decidió en clasificar en esta partida por medio de la RGI 6 para poder ajustarse a la partida de los ( - - Los demás

Conclusiones

Al concluir con el análisis de la clasificación arancelarias de Calceolaria o Zapatitos de Venus se determina que esta se clasifica en la subpartida arancelaria 0602.90.90 - - Los demás.

Recomendaciones

Es importante tener en cuenta que los procedimientos exactos pueden variar según el tipo de planta, los requisitos del país importador y las regulaciones fitosanitarias específicas. Por lo tanto, es esencial investigar y cumplir con los requisitos legales y sanitarios de cada país antes de exportar plantas para decoración.

Hay que tener muy en cuenta los documentos DCP pertinentes ya que son parte de aquellos requisitos indispensables para poder realizar nuestra importación, así como la restricción de prohibición de importación a consumo y no solo bajo este régimen también se debe verificar   los demás con el fin de evitar contratiempos a la hora de su control.

 

Fuente:

Consulta Plantas. (2023). Calceolaria o Zapatitos de Venus | Cuidados. Consultaplantas.com. http://www.consultaplantas.com/index.php/es/plantas-por-nombre/plantas-de-la-a-a-la-c/152-cuidados-de-la-planta-calceolaria-o-zapatitos-de-venus

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Aprende a clasificar Yuca congelada

Yuca Congelada (500gr)

La yuca congelada conserva las características nutricionales de la yuca fresca. Es una fuente de carbohidratos, fibra dietética, vitaminas y minerales. La yuca es conocida por ser una buena fuente de energía y puede formar parte de una dieta equilibrada.

Al utilizar yuca congelada, es importante seguir las instrucciones de cocinado del fabricante para obtener los mejores resultados. Es posible que se requiera ajustar los tiempos de cocción según la receta y el tamaño de los trozos de yuca congelada utilizados.

Cabe recalcar que tiene un alto contenido de almidón 

Descripción de la mercancía:

La yuca congelada se obtiene a través de un proceso de congelación que preserva su frescura y calidad. La yuca se pela, lava y corta en trozos antes de ser sometida a una rápida congelación. Esta forma de presentación permite que la yuca se conserve durante largos periodos de tiempo sin perder su sabor ni sus propiedades nutritivas.

Al adquirir yuca congelada, se puede disfrutar de su versatilidad en la cocina. Los trozos de yuca congelada se pueden utilizar directamente sin necesidad de descongelar previamente, lo que agiliza el proceso de preparación de las comidas. La yuca congelada se puede hervir, cocinar al vapor, freír o utilizar en la preparación de guisos y otros platos.

Notas de la sección:

1.– En esta Sección, el término “pellets” designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3% en peso. 

Notas de capítulo:

Capítulo 7
Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios

  1. Este Capítulo no comprende los productos forrajeros de la partida 12.14. 

Consideraciones Generales

También se clasifican en este Capítulo algunos tubérculos o raíces con gran contenido de fécula o de inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en “pellets”. Las hortalizas presentadas en un estado que no corresponda a ninguna de las partidas de este Capítulo, se clasifican en el Capítulo 11 o en la Sección IV. Tal es el caso de la harina, sémola y polvo de las hortalizas de vaina secas y la harina, sémola, polvo, copos, gránulos y “pellets” de papa (patata) (Capítulo 11) y las hortalizas preparadas o conservadas por procedimientos distintos a los previstos en este Capítulo (Capítulo 20).

Análisis arancelario

Sección III:

HORTALIZAS, PLANTAS, RAICES Y TUBERCULOS ALIMENTICIOS

Capítulo 7:

Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios

Texto de partida:

07.14 . Raíces de yuca (mandioca), arrurruz o salep, aguaturmas (patacas), camotes (batatas, boniatos) y raíces y tubérculos similares ricos en fécula o inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en «pellets»; médula de sagú.. 

Texto de subpartida

0714.10.00 -  Raíces de yuca (mandioca)

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 25%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Prohibicion de importacion

  • República popular democrática de Corea del Norte

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0714.10.00

Notas Explicativas Sub Partida 07.14

Esta partida comprende la médula de sagú, así como los tubérculos y raíces con un elevado contenido de fécula o inulina y que, por tanto, se utilizan en la fabricación de productos alimenticios o industriales. En algunos casos, estos tubérculos y raíces se utilizan tanto para la alimentación humana como en la alimentación de los animales. 

Esta partida comprende a estos productos frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso cortados en trozos o en “pellets” (cilindros, bolitas, etc.) obtenidos de fragmentos de raíces o tubérculos de la presente partida o de su harina, sémola o polvo de la partida 11.06. (...)

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

En este punto nos basamos en las características generales del producto que se denomina como  yuca congelada, presentación del producto que es de 1 kg pero sobre todo nos fijamos en el contenido de almidón que resulta importante en las condiciones dispuesta para su ubicación en una subpartida, hay que tener en cuenta que  considerando la amplitud de estas subpartidas y la variedad de raíces que se pueden posicionar en estas por tanto hay que tener muy presentes las características del productos en esta partida..

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición de lo contrario,  una vez identificamos el capítulo en base a la  destinación que va tener este producto , por un lado el es la concentración de fécula que se dan en estos productos que a términos generales se dice como “insectos” para su clasificación, además en términos generales las dimensiones o características específicas que debe tener este producto,  por tanto se decidió en clasificar en esta partida por medio de la RGI 6 para poder ajustarse a la partida de los (-Raíces de yuca (mandioca)).

Conclusiones

Al concluir con el análisis de la clasificación arancelarias de  Yuca congelada para consumo humano se determina que esta se clasifica en la subpartida arancelaria 0714.10.00   - Raíces de yuca (mandioca)

Recomendaciones

En este caso se debe tener muy en cuenta, si es para consumo alimenticio o está destinado a otros fines, y en este caso tener muy presente las características alimenticias del  del producto en sí, ya que la incorrecta determinación de su finalidad puede ocasionar que terminen clasificadas en otras partidas y si bien podemos terminar pagando un valor menor a la hora del control nos puede generar contratiempos, además que hay que tener muy en cuenta la presentación del producto sobre todo cuando no existe un nombre como tal  ya que ello va definir la posición a ocupar en una subpartida.

Hay que tener muy en cuenta los documentos DCP pertinentes ya que son parte de aquellos requisitos indispensables para poder realizar nuestra importación, así como la restricción de prohibición de importación a consumo y no solo bajo este régimen también se debe verificar   los demás con el fin de evitar contratiempos a la hora de su control.

 

Fuente:

GOYA Europa. (2023). https://goya.es/productos/congelados/preparados/yuca-trozos-cong-goya

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Miel de mielato o miel de encino (Frascos de 150 kg)

Miel de mielato o también conocida como miel de encino, tiene un consistencia espesa muy similar a la miel denominada como común, además de tener otras propiedades y ser considerada como un miel muy rara por las condiciones que se necesitan para su producción que le otorgan su color particular.

Descripción de la mercancía:

La miel de rocío, también llamada miel de encina, se diferencia de otras mieles porque el azúcar no proviene del néctar, sino de las dulces gotas que se rocían sobre la corteza de ciertos robles. La producción de este dulce néctar y las complejas interacciones que se dan entre los organismos involucrados. Todo inicia cuando el insecto de escamas hemípteras Stigmacoccus garmilleri inserta sus fauces en el tronco de un árbol y absorve la savia de un roble. La corteza de estos árboles se vuelve negra porque alberga un hongo llamado fumagina, que crece y oculta la presencia de insectos formando esteras negras continuas y acolchadas. La savia es el alimento del árbol y contiene sus propios azúcares y otros compuestos. Los insectos se alimentan de él y luego eliminan el exceso de gotas de azúcar en forma de gotas de azúcar, un líquido llamado melaza. Gotas de miel cuelgan de los hilos blancos de los insectos y como finos cabellos blancos sobresalen de la corteza negra de los árboles. Las gotas de miel son descubiertas por las abejas, que son recolectadas y llevadas a la colmena para convertirlas en miel. Además de las abejas, esta melaza también es utilizada por diversos organismos, como aves de corral y migratorias, hormigas, avispas, moscas y garrapatas. (Gamper, 2012)

Algunas granjas de apicultores se han mudado a este tipo de hábitat con el fin de que sus abejas produzcan este tipo de miel que se caracteriza por tener una tonalidad oscura, de color ámbar, un sabor aromático leñoso, una textura espesa que no cristaliza; es rica en magnesio y contiene propiedades bioactivas como las otras mieles que benefician la salud humana, se ha detectado que es un potente antiséptico contra bacterias como Escherichia coli, Salmonella enterica y otros microrganismos. (Gamboa, 2014)

Notas de la sección:

1.– En esta Sección, cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie. 

2.– Salvo disposición en contrario, cualquier referencia en la Nomenclatura a productos secos o desecados alcanza también a los productos deshidratados, evaporados o liofilizados. 

Notas de capítulo:

Capítulo 4
Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte 

  1. Este Capítulo no comprende: 
  2. a) los productos obtenidos del lactosuero, con un contenido de lactosa superior al 95% en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre materia seca (partida 17.02); 
  3. b) las albúminas (incluidos los concentrados de varias proteínas del lactosuero, con un contenido de proteínas del lactosuero superior al 80% en peso, calculado sobre materia seca) (partida 35.02) ni las globulinas (partida 35.04). 

Consideraciones Generales

Este Capítulo comprende: 

  1. Los productos lácteos: 
  2. Los huevos de ave y sus yemas. 

III. La miel natural. 

  1. Los productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte. 

Análisis arancelario

Sección II:

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL

Capítulo 4:

Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte 

Texto de partida:

04.09 . Miel Natural. 

Texto de subpartida

0409.00.90 -  Los demás

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 30%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0409.00.90

Notas Explicativas Subpartida 04.09

Esta partida comprende la miel de abejas (Apis mellifera) o demás insectos, centrifugada, en panales o con trozos de panales, sin adición de azúcar ni de otras materias. La miel puede designarse con el nombre de la flor de la que procede o teniendo en cuenta el origen o incluso el color. Los sucedáneos de la miel y las mezclas de miel natural con sucedáneos de la miel se clasifican en la partida 17.02. 

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

En este punto nos basamos en las características generales del producto que se denomina como  miel de encino, sobre todo en la presentación del producto que en este no supera los 300 kg que son necesarios para su ubicación en una subpartida, hay que tener en cuenta que  considerando la amplitud de especies productoras de miel no esta bien definida, y no se especifica muy bien las características del producto en la partida, por tanto se ubica en esta partida de carácter general.

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición de lo contrario,  una vez identificamos el capítulo en base a la  destinación que va tener este producto , por un lado el es la especie que produce este productos que a términos generales se dice como “insectos” para su clasificación, además en términos generales las dimensiones o características específicas que debe tener este producto,  por tanto se decidió en clasificar en esta partida por medio de la RGI 6 para poder ajustarse a la partida de los (-Los demás).

Conclusiones

Al concluir con el análisis de la clasificación arancelarias de  Miel de mielato para consumo humano se determina que esta se clasifica en la subpartida arancelaria 0409.00.90   - -Los demás

Recomendaciones

En este caso se debe tener muy en cuenta, si es para consumo alimenticio o está destinado a otros fines, y en este caso tener muy presente el peso del producto en si ya que la incorrecta determinación de su finalidad puede ocasionar que terminen clasificadas en otras partidas y si bien podemos terminar pagando un valor menor a la hora del control nos puede generar contratiempos, además que hay que tener muy en cuenta la presentación del producto sobre todo cuando no existe un nombre como tal  ya que ello va definir la posición a ocupar en una subpartida.

Hay que tener muy en cuenta los documentos DCP pertinentes ya que son parte de aquellos requisitos indispensables para poder realizar nuestra importación, así como la restricción de prohibición de importación a consumo y no solo bajo este régimen también se debe verificar   los demás con el fin de evitar contratiempos a la hora de su control.

 

Fuente:

Gallo, G. (2022). Esta miel no es como las otras. Inecol.mx. https://www.inecol.mx/inecol/index.php/es/ct-menu-item-25/ct-menu-item-27/17-ciencia-hoy/1801-esta-miel-no-es-como-las-otras

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Huevos de Codorniz cocidos en agua sin cáscara

Huevos de cornisa cocidos en agua sin cáscara que tiene una consistencia gelatinosa, su característico color blanco, y en su interior su yema que presentan una consistencia más suave en comparación con su exterior.

Descripción de la mercancía:

ESte producto procede de la ave conocida comúnmente como codorniz (Coturnix coturnix), el huevo de codorniz una es recolectado y seleccionado, con el fin de que sea apto para el consumo humano y sobre todo pueda ser cocido en agua para obtener el producto final, estos huesos de codorniz se caracterizan por ser un eleva fuente de proteínas, pero también poseen un alto grado de grasas y colesterol, por tanto se recomienda una dieta equilibrada para su consumo.

Notas de la sección:

1.– En esta Sección, cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie. 

2.– Salvo disposición en contrario, cualquier referencia en la Nomenclatura a productos secos o desecados alcanza también a los productos deshidratados, evaporados o liofilizados. 

Notas de capítulo:

Capítulo 4
Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte 

  1. Este Capítulo no comprende: 
  2. a) los productos obtenidos del lactosuero, con un contenido de lactosa superior al 95% en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre materia seca (partida 17.02); 
  3. b) las albúminas (incluidos los concentrados de varias proteínas del lactosuero, con un contenido de proteínas del lactosuero superior al 80% en peso, calculado sobre materia seca) (partida 35.02) ni las globulinas (partida 35.04). 

Consideraciones Generales

Este Capítulo comprende: 

  1. Los productos lácteos: 
  2. Los huevos de ave y sus yemas. 

III. La miel natural. 

  1. Los productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte. 

Análisis arancelario

Sección II:

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL

Capítulo 4:

Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte 

Texto de partida:

04.08 . Huevos de ave sin cáscara (cascarón) y yemas de huevo,  frescos, secos, cocidos en agua o vapor, moldeados, congelados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.. 

Texto de subpartida

0408.99.00 -  Los demás

 Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 30%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Requisitos:

  • Documentos de destinación aduanera
  • DCP

Prohibición de importación (País origen)

Vietnam del sur, Taiwan, Corea del norte, Corea de sur, Italia, Hong Kong, Vietnam, Croacia, Cambodia, Brunei darussalam, Turquía, Nigeria, Pakistan, Iraq, Indonesia, Japón, Canadá, Ucrania, Rusia y Grecia.

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0408.99.00

Notas Explicativas Subpartida 04.18.

Esta partida comprende los huevos enteros sin cáscara (cascarón) y las yemas de huevo, de cualquier ave. Los productos de esta partida pueden estar frescos, secos, cocidos al vapor o en agua, moldeados (por ejemplo, los huevos con forma cilíndrica llamados “huevos largos”), congelados o conservados de otra forma. Todos estos productos, aunque se les haya añadido azúcar u otro edulcorante, corresponden a esta partida, tanto si se destinan a fines alimenticios como a usos industriales (por ejemplo, la curtición).

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

En este punto nos basamos en las características generales del producto que se denomina como  huevo de codorniz, sobre todo en la presentación del producto que en este caso es cocido en agua y sin cascara, hay que tener en cuenta que no se especifica muy bien la partida, por tanto se ubica en esta partida de carácter general.

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición de lo contrario,  una vez identificamos el capítulo en base a la  destinación que va tener este producto , por un lado el punto clave de que esté cocido y sin cáscara es clave para su clasificación, cabe destacar que si no se nombra la especie de la ave o en términos generales las dimensiones o características específicas que debe tener este producto,  por tanto se decidió en clasificar en esta partida por medio de la RGI 6 para poder ajustarse a la partida de los (-Los demás).

Conclusiones

Al concluir con el análisis de la clasificación arancelarias de Huevo de codorniz conciso en agua sin cáscara para consumo humano se determina que esta se clasifica en la subpartida arancelaria 0408.99.00   - -Los demás

Recomendaciones

En este caso se debe tener muy en cuenta por un lado la finalidad del producto, sobre todo si es para consumo alimenticio o está destinado a otros fines ya que la incorrecta determinación de su finalidad puede ocasionar que terminen clasificadas en otras partidas y si bien podemos terminar pagando un valor menor a la hora del control nos puede generar contratiempos, además que hay que tener muy en cuenta la presentación del producto sobre todo cuando no existe un nombre como tal  ya que ello va definir la posición a ocupar en una subpartida.

Hay que tener muy en cuenta los documentos DCP pertinentes ya que son parte de aquellos requisitos indispensables para poder realizar nuestra importación, así como la restricción de prohibición de importación a consumo y no solo bajo este régimen también se debe verificar   los demás con el fin de evitar contratiempos a la hora de su control.

 

Fuente:

Escalante, J. L. (2018, December 20). Huevos de codorniz: propiedades, beneficios y valor nutricional. La Vanguardia; La Vanguardia. https://www.lavanguardia.com/comer/materia-prima/20181220/453640451105/huevos-codorniz-propiedades-beneficios-valor-nutricional-alimentos.html

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Cáscara de huevo de gallina en polvo para abono

Polvo procedente de los residuos de la cáscara de huevo de gallina destinado para su uso como fertilizante de aplicación directa o para mezclarse con otros compuestos.

Descripción de la mercancía:

Un vez extraída el componente interior de huevo como lo es la clara y la yema, procede con un proceso de almacenamiento de esta cáscara en un lugar fresco y seco, todo ello con el fin de posteriormente molerlo en finas partículas para terminar en forma de polvo para abono, este se caracteriza por un alto contenido de calcio, magnesio, fosfato de calcio, minerales y otras proteínas que además de proteger a plantas otorga una fuente de .suplementos que aceleran  su crecimiento en base a compuestos naturales. 

Notas de la sección:

1.– En esta Sección, cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie. 

2.– Salvo disposición en contrario, cualquier referencia en la Nomenclatura a productos secos o desecados alcanza también a los productos deshidratados, evaporados o liofilizados. 

 

Notas de capítulo:

Capítulo 5
Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte

1.– Este Capítulo no comprende: 

  1. a) los productos comestibles, excepto las tripas, vejigas y estómagos de animales, enteros o en trozos, y la sangre animal (líquida o desecada); 
  2. b) los cueros, pieles y peletería, excepto los productos de la partida 05.05 y los recortes y desperdicios similares de pieles en bruto de la partida 05.11 (Capítulos 41 o 43); 
  3. c) las materias primas textiles de origen animal, excepto la crin y los desperdicios de crin (Sección XI); 
  4. d) las cabezas preparadas para artículos de cepillería (partida 96.03).

Análisis arancelario

Sección II:

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL

Capítulo 5:

Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte

Texto de partida:

05.06 . Huesos y núcleos córneos, en bruto, desgrasados, simplemente preparados (pero sin cortar en forma determinada), acidulados o desgelatinizados; polvo y desperdicios de estas materias. 

Texto de subpartida

0506.90.00 -  Los demás

Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 10%

Porcentaje consolidado: 0%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

Información Para Arancelaria:

Importación a consumo:

Requisitos:

  • Documentos de control previo

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0602.10.90.00

Notas Explicativas Subpartida 07.14.

Los productos de esta partida se utilizan principalmente como materias de talla, para la fabricación de colas, gelatina, o como abono. Corresponden a esta partida:

5) El polvo y desperdicios de huesos, incluidos los huesos quebrantados y en especial los desperdicios resultantes del trabajo de los huesos

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

En este punto nos basamos en las características generales del producto polvo de cáscara de huevo, sobre todo en la categoría que procede de origen animal, hay que tener en cuenta que no se especifica muy bien la partida, por tanto se ubica en esta partida de carácter general.

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición de lo contrario,  una vez identificamos el capítulo en base a la  destinación que va tener este producto además de la composición química de este material sobre todo  por el alto contenido de calcio por el que si bien en la partida planteada no se especifica el cascarón de huevo, se hace referencia a la composición general de estos materiales por tanto se decidió en clasificar en esta partida por medio de la RGI 6 para poder ajustarse a la partida de los (-Los demás).

Conclusiones

Al concluir con el análisis de la clasificación arancelarias de Cáscara de huevo en polvo para abono se determina que esta se clasifica en la subpartida arancelaria 0506.90.00  -Los demás

Recomendaciones

En este caso se debe tener muy en cuenta por un lado la finalidad del producto, sobre todo si es para consumo alimenticio o está destinado a otros fines ya que la incorrecta determinación de su finalidad puede ocasionar que terminen clasificadas en otras partidas y si bien podemos terminar pagando un valor menor a la hora del control nos puede generar contratiempos, además que hay que tener muy en cuenta la composición química sobre todo cuando no existe un nombre como tal  ya que ello va definir la posición a ocupar en una subpartida.

Hay que tener muy en cuenta los documentos DCP pertinentes ya que son parte de aquellos requisitos indispensables para poder realizar nuestra importación.

Fuente:

Canto, R. (2023). Cáscara de huevo molida como abono para huertas y jardines. Infoagro. https://infoagro.com.ar/cascara-de-huevo-abono-ideal-para-huertas-y-jardines/

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Oca Fresca para consumo humano

Tuberculo de forma cilindrica, presente en diversos colores de los cuales destacan el color rojizo, amarillo y naranja, este crece entre los 2800 y 4000 msm, tambien es conocida como papa oca, su contenido de hierro depende de las caracteristicas del suelo, en este caso su uso esta destinado para su consumo, por tanto no es necesario ningun proceso adicional mas que preparalo para su transporte bajo un control de calidad acorde a las disposiciones dadas en el país.

Descripción de la mercancía:

Un vez extraída el tubérculo Oca (Oxalis Tuberosa), procede con un proceso de selección minuciosa con el fin de identificar que los tubérculos no posea ningún parásito o alguna enfermedad que pueda degenera la semilla, todo ello con el fin de garantizar su sanidad y su consumo seguro para el ser humano, este se caracteriza por un alto contenido de almidón (fécula), minerales y ácidos orgánicos, además de una amplia gama de vitaminas. 

Notas de la sección:

1.– En esta Sección, el término “pellets” designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3% en peso. 

Notas de capítulo:

Capítulo 6
Plantas vivas y productos de la floricultura

La subpartida 0711.90 no comprende las papas (patatas) que hayan sido simplemente peladas o ralladas en la cáscara y adicionadas de ácidos u otros conservadores (subpartida 0701.90); ni aquéllas que hayan sido procesadas por cualquier otro tratamiento que altere sus características orgánicas, por ejemplo, las papas (patatas) que hayan sido lavadas, peladas y precocidas o escaldadas (subpartida 2005.20).

Consideraciones generales NANDINA:

Este Capítulo comprende las hortalizas de cualquier clase (incluso “silvestres”), incluidos los productos comprendidos en la Nota 2 del Capítulo, frescos, refrigerados, congelados (sin cocer o cocidos en agua o vapor), o conservados provisionalmente o secos (incluso deshidratados, evaporados o liofilizados). Conviene precisar que alguno de estos vegetales, secos, triturados o pulverizados, suelen utilizarse para sazonar alimentos, pero no dejan, por ello, de clasificarse en la partida 07.12. 

“También se clasifican en este Capítulo algunos tubérculos o raíces con gran contenido de fécula o de inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en “pellets”.”

Análisis arancelario

Sección II:

PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL

Capítulo 7:

Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios

Texto de partida:

07.14 . Raíces de yuca (mandioca), arrurruz o salep, aguaturmas (patacas), camotes (batatas, boniatos) y raíces y tubérculos similares ricos en fécula o inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en «pellets»; médula de sagú. 

Texto de subpartida

0714.90.90 - - Los demás

 

Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 15%

Porcentaje consolidado: 0%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

ICE: 0%

Información Para Arancelaria:

Prohibida importación con los siguientes países:

  • República de Corea del Norte

Importación a consumo:

Requisitos:

  • DCP, Permiso Zoosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0602.10.90.00

Notas Explicativas Subpartida 07.14.

Esta partida comprende la médula de sagú, así como los tubérculos y raíces con un elevado contenido de fécula o inulina y que, por tanto, se utilizan en la fabricación de productos alimenticios o industriales. En algunos casos, estos tubérculos y raíces se utilizan tanto para la alimentación humana como en la alimentación de los animales. 

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

En este punto nos basamos en las características generales del producto (Oca) que se denomina como tubérculo, por tanto se ajusta a las características planteadas por el capítulo 7.

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. 

A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición de lo contrario,  una vez identificamos el capítulo en base a la clasificación hay que tener en fuente aspectos como la familia a la que pertenece, ya que por el nombre de papa oca podemos confundirla con otra partida, esto se debe a que no pertenecen a la misma familia, por tanto se procede con la identificación del grado de composición del producto en si bien encontramos una partida que se ajusta a la descripción por el alto contenido de fécula, debemos aplicar la RGI 6 para poder ajustarse a la partida de los (--Los demás).

Conclusiones

Al concluir con el análisis de la clasificación arancelarias de "Oca (Oxalis Tuberosa)" se determina que esta se clasifica en la subpartida arancelaria 0714.90.90  --Los demás

Recomendaciones

En este caso se debe tener muy en cuenta por un lado la finalidad del producto, sobre todo en el campo en el caso de la raíces tuberculosas ya que la correcta determinación de su finalidad puede ocasionar que terminen clasificadas en otras partidas y si bien podemos terminar pagando un valor menor a la hora del control nos puede generar contratiempos, además que hay que tener muy en cuenta la familia a la que pertenece nuestra planta a importar ya que ello va definir la posición a ocupar en una subpartida.

Hay que tener muy en cuenta los certificados fitosanitarios y su país de procedencia, así como los documentos DCP pertinentes ya que son parte de aquellos requisitos indispensables para poder realizar nuestra importación.

 

Fuente:

Admin. (2015, December 16). Oca, Ulluco y Mashua. International Potato Center.https://cipotato.org/es/raices-y-tuberculos/oca-ulluco-y-mashua/#:~:text=Oca%20(Oxalis%20tuberosa),hasta%20el%20morado%20oscuro%20gris%C3%A1ceo.

Luis. (2018, May 25). Oca (Ibia, Papa oca) - Beneficios, Propiedades Nutricionales y Más. TUBÉRCULOS; TUBÉRCULOS. https://www.tuberculos.org/oca-ibia/

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

 

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Las plantas decorativas son usadas tanto en eventos como para dar vida a un espacio gris, si bien existen diversas plantas que pueden ayudarnos a cumplir este fin porque no salirnos de la rutina y adquirir una planta carnívora, estas se caracterizan por su llamativo aspecto. Hay que tener muy en cuenta la regulación en temas de importación y exportación de especies vegetales, ya que estas requieren de permisos así como la propia revisión de la legislatura del país para conocer si estas pueden o no ingresar a un país.

Descripción de la mercancía:

Una planta carnívora en específico la venus atrapamoscas (Dionaea muscipula) pertenece a la especie de las Droseraceae, estas plantas son de carolina del norte, sus hojas nacen desde el propio suelo en forma de roseta, su longitud puede variar entre los 3 y 8 (cm), estas tienden a crecer de forma horizontal, en época de primavera se caracteriza por el florecimiento de de un tallo floral, este alcanza los 20 cm de alto. Esta planta se caracteriza por ser pequeña (puede mantenerse en un macetero), tiene un gran atractivo visual y con los cuidados adecuados puede alcanzar una longevidad de 20 años. Estas se presentan en macetas. Tras las características dadas, la planta se detalla que se importa con fines decorativos.

Notas de la sección:

1.– En esta Sección, el término “pellets” designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3% en peso.

 

Notas de capítulo:

Capítulo 6
Plantas vivas y productos de la floricultura

  1. Salvo lo dispuesto en la segunda parte de la partida 06.01, este Capítulo comprende únicamente los productos suministrados habitualmente por los horticultores, viveristas o floristas para la plantación o la ornamentación. 

Consideraciones generales NANDINA:

Este Capítulo comprende todas las plantas vivas de las especies habitualmente suministradas por los horticultores, viveristas o floristas y susceptibles de utilizarse en la plantación u ornamentación, así como las plantas y raíces de achicoria, excepto las raíces de la partida 12.12, aun cuando estos productos no sean suministrados habitualmente por los horticultores, viveristas o floristas. Estos productos comprenden desde los árboles, arbustos y matas hasta las plantas jóvenes de hortalizas o cualquier otro vegetal (incluidos, entre otros, las plantas de especies medicinales). Este Capítulo no comprende las simientes y los frutos, así como ciertos tubérculos, bulbos y cebollas (papas (patatas), cebollas hortenses, chalotes y ajos), que no se pueden diferenciar de los utilizados directamente en la alimentación y los que se utilizan para plantar.

Análisis arancelario

Sección II:

PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL

Capítulo 6:

Plantas vivas y productos de la floricultura

Texto de partida:

06.02 . Las demás plantas vivas (incluidas sus raíces), esquejes e injertos; micelios.

Texto de subpartida

0602.10.90.00. . - - Los demás

 

Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 0%

Porcentaje consolidado: 0%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

Fodinfa: 0.5%

ICE: 0%

Información Parancelaria:

Prohibida importación con los siguientes países:

  • No hay países registrados

Importación Courier:

Requisitos:

  • Permiso Zoosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0602.10.90.00

Notas Explicativas Subpartida 06.02.

Esta partida se refiere a las plantas vivas, en las que se incluyen sus raíces, esquejes e injertos, miscelaneo, Los árboles, arbustos, matas y demás plantas de esta partida, se pueden presentar con la raíz desnuda o en cepellón, o plantados en macetas, cestas, cubetas u otros envases usuales. 

Regla general interpretativa

  • RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.En este punto en base al estado de la planta que está vivo, da pie a al capítulo 2 que se ajusto a ello, continuamos con la identificación del primer nivel, si bien las características mencionadas en las notas explicativas se ajustan a la presentación de la planta, mas no la especia a la que esta pertenece.
  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición de lo contrario, si bien encontramos una partida que se ajusta a la descripción de la planta mas no su género debemos aplicar la RGI 6 para poder ajustarse a la partida de los (--Los demás).

Conclusiones

Al concluir con el análisis de la clasificación arancelarias de "la venus atrapamoscas (Dionaea muscipula)" se determina que esta se clasifica en la subpartida aracelaria 0602.10.90.00  --Los demas

Recomendaciones

En este caso se debe tener muy en cuenta por un lado la finalidad del producto, sobre todo en el campo en el caso de la raíces tuberculosas ya que la correcta determinación de su finalidad puede ocasionar que terminen clasificadas en otras partidas y si bien podemos terminar pagando un valor menor a la hora del control nos puede generar contratiempos, además que hay que tener muy en cuenta la familia a la que pertenece nuestra planta a importar ya que ello va definir la posición a ocupar en una subpartida.

Hay que tener muy en cuenta los certificados fitosanitarios y su destinación ya que son parte de aquellos requisitos indispensables para poder realizar nuestra importación.

 

Fuente:

Redacción EFEverde. (2020, Octubre 6). La venus atrapamoscas, una planta carnívora con “cerebro” de calcio. EFEverde; EFEverde. https://efeverde.com/venus-atrapamoscas-planta-carnivora-con-cerebro-calcio/

Ma Belén Acosta. (2020, septiembre 3). Cuidados de la Venus atrapamoscas. Ecologiaverde.com; Ecologiaverde.com. https://www.ecologiaverde.com/cuidados-de-la-venus-atrapamoscas-3024.html

 

SENAE. (2023). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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El huevo de avestruz es considerado como uno de los mas grandes huevos procedentes de aves y para el consumo en la actualidad, estos equivalen a 20/24 huevos de gallina, su peso oscila entre 1 y 2 kilogramos y el diámetro que alcanza es de 15 a 20 cm, además de su gran tamaño y su particular color blanco, son muy similares a un huevo de gallina, no hay nada singular en ello, en este caso esta destinado para el consumo humano.

Reglas Generales de interpretación

RGI N°1.

“Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo”.

RGI N°6.

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

Posición arancelaria

Capítulo 4. “Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte”

Partida 04.07. “Huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos, conservados o

cocidos.”

Subpartida. 0407.21.90 ---Los demás

Documentos necesarios para importación.

-Permiso Zoosanitario de Importación

-Documento de Destinación Aduanera

Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 30%

Antidumping: 0%

Fodinfa: 0.5%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

ICE: 0%

 

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0407.21.90

Notas Explicativas

“Esta partida comprende los huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos (incluidos los huevos para incubar), conservados o cocidos. “

N.E. Párrafo 2. Pág 30. Tomo I. Sexta edición.

CONCLUSION

En función del análisis realizado a la ficha técnica del comerciante Casa ostrica, se concluye tras la aplicación de las reglas generales interpretativas (Uno y seis), a la mercancía denominada comercialmente con el nombre HUEVO DE AVESTRUZ FRESCO, en su presentación de 1,6 Kg y con su color blanco, destinada para el consumo humano dentro del arancel del Ecuador (Sexta enmienda), en la partida arancelaria 04.07, subpartida 0407.29.90 ---Los demás

RECOMENDACIÓN

En cuanto a la clasificación general de la partida se debe considera que si bien esta partida se ajusta a la demanda internacional, se debería incurrir en una partida específica con relación a productos de origen exótico, ya que si bien estos productos no tienen un gran volumen de comercio es de importancia que se vele por la conservación y la preservación de este tipo de productos sobre todo poder otorgar protección al origen de este tipo de mercancías.

Fuentes

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

https://www.aduana.gob.ec/arancel-nacional/

http://intranet.comunidadandina.org/documentos/dinformativos/sgdi860_2.pdf

https://gastronomiaycia.republica.com/2010/11/30/huevo-de-avestruz/

https://ddd.uab.cat/pub/selavi/selavi_a1995m6v37n6/selavi_a1995m6v37n6p369.pdf

 

 

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El Ambar Gris son un material muy utilizado en diversos campos. Estos son procedentes de los cachalotes y pueden llegar a ser encontrados en las costa de diversas playas al rededor del mundo. Estos pueden tener distintas tonalidades que van desde negro, gris y un blanco, este ultimo considerado como el mas puro.Se considera la pieza mas completa, es delicadamente suave, dulce, aroma marino. Tiene un tiempo de maduración extenso, a menudo se presenta como una pieza brillante y polvorienta. Destinada al campo de la perfumeria.

Reglas Generales de interpretación

RGI N°1.

“Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo”.

 RGI N°6.

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

Posición arancelaria

Capítulo 5.Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte.

Partida 0510. Productos de origen animal no expresados nicomprendidos en otra parte; animales muertos de los Capítulos 1 ó 3, impropios para la alimentación humana.

Subpartida. 0510.00.90. -Los demás

Documentos necesarios para importación.

-Permiso Zoosanitario de Importación

-Documento de Destinación Aduanera

Información Arancelaria

Arancel Advalorem: 10%

Fodinfa: 0.5%

Arancel Específico: 0%

IVA: 12%

ICE: 0%

Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0510.00.00.90

Notas Explicativas

“El ámbar gris, segregado por el cachalote, se presenta en forma de masas redondeadas, formadas por capas concéntricas, que llegan a pesar hasta 100 kilogramos. Posee aproximadamente la consistencia de la cera; cuando se frota, desprende un olor dulce y suave. El color puede variar del gris ceniza al gris muy oscuro; la densidad es inferior a la unidad. El ámbar amarillo (succino), que es una sustancia mineral, corresponde a la partida 25.30”

N.E. Párrafo 4. Pág 34. Tomo I. Sexta edición.

CONCLUSION

En función del análisis realizado del comerciante AmbarGris Connect, se concluye tras la aplicación de las reglas generales interpretativas (Uno y seis), a la mercancía denominada comercialmente con el nombre AMBAR GRIS BLANCO, con tonalidades blancas similares al mármol, destinada para el uso en la perfumería se debe clasificar dentro del arancel del Ecuador (Sexta enmienda), en la partida arancelaria 05.10, subpartida 0510.00.90 -Los demás

RECOMENDACIÓN

En cuanto a la clasificación general de la partida se debe considera sencilla por tanto es recomendable que esta partida tienda a ser más específica en el producto ambar gris, sobre todo con referencia a su color , ya que este define mucho el valor que puede obtener en el mercado, además de políticas con respecto a certificación de origen, ya que este si bien puede obtenerse en playas, existen casos en que la caza de cachalotes es la forma de obtención de este material.

Fuentes

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

https://www.aduana.gob.ec/arancel-nacional/

http://intranet.comunidadandina.org/documentos/dinformativos/sgdi860_2.pdf

https://ambergris.eu/es/content/6-descripcion-ambar-gris

 

 

 

 

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