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¿Cuáles son los Otros regímenes aduaneros?

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Este régimen se denomina devolución condicionada, en vista de que, para obtener la devolución de impuestos pagados en la importación de ciertas mercancías, el importador demostrará al Estado que dichas mercancías fueron exportadas, es decir, que el objeto de la importación o compra local no era para consumo interno del país, sino para generar divisas en el exterior, que después de un proceso industrial o de ser envasadas o acondicionadas, aquellas mercancías fueron exportadas a consumo (vendidas) al exterior. Básicamente las mercancías importadas, antes de su exportación definitiva, pueden ser transformadas, incorporadas a otras mercancías o actuar como envases o acondicionamientos de las mercancías exportadas. La devolución de los impuestos aduaneros, con excepción del IVA que será devuelto por el SRI, será realizada íntegramente por el SENAE, quien luego cruzará dichos valores contablemente con las autoridades administradoras de los tributos devueltos, para cuyo fin estas últimas deben encontrarse interconectadas al sistema electrónico de ventanilla única. Esta disposición resulta positiva en el plano del comercio exterior porque los exportadores no deben invertir recursos humanos o económi - cos para lograr la devolución en cada una de las instituciones titulares de los tributos que se han cancelado dentro de una importación.

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El régimen aduanero especial de almacén libre constituye un régimen liberatorio: libre del pago de tributos y con el permiso para almacenar y la vender mercancías tanto nacionales como extranjeras -todas libres de impuestos–, en puertos y aeropuertos internacionales a personas que ingresen o salgan del país. Estos almacenes se conocen como Duty Free y se encuentran en las salas de espera dentro de los aeropuertos o a bordo de las naves. A decir de Burbano (1996), el almacén libre, consiste en uno de los regímenes aduaneros especiales de carácter liberatorio que permite el almacenamiento y venta de mercancías nacionales y extranjeras a los viajeros internacionales (incluso en tránsito) que entran o salen del país, en los puertos o aeropuertos internacionales autorizados legalmente por la autoridad competente.

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Los almacenes especiales son aquellos que se dedican a la internación temporal de mercancías para el aprovisionamiento, reparación y mantenimiento de naves, aeronaves, unidades de carga y vehículos que presten el servicio público de transporte internacional de pasajeros y carga. Estos podrían in - gresar al país libres de tributos repuestos y piezas de recambio para reparación, acondicionamiento y adecuación. En este tipo de régimen, entonces, no se venden mercancías a pasajeros internacionales, sino más bien se pretende aprovisionar de mercancías destinadas al mantenimiento de las naves y aeronaves, unidades de carga cuya función es el transporte público internacional.

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El régimen aduanero de ferias internacionales es también suspensivo del pago de tributos, y operará únicamente sobre mercancías de permitida importación, ya que las de prohibida importación no podrán declararse en este régimen aduanero especial. El régimen de feria internacional es un evento declarado oficialmente así por un país en el cual, en todo tiempo y en un solo lugar, varios países están en capacidad de mostrar su oferta exportable, las empresas pueden negociar sus productos, los empresarios negocian y conocen de frente oferentes o demandantes eventualmente competidores y los consumidores pueden analizar la competitividad de bienes y servicios de su interés. El país anfitrión generalmente autoriza el ingreso de productos extranjeros con suspensión del pago de derechos aduaneros de toda clase y obliga a reexportar los productos internados, en un plazo perentorio. Algunas ferias muestran toda clase de productos, otras son especializadas: autos, flores, informática. En algunos casos, los países anfitriones permiten la entrega a los consumidores de muestras sin valor comercial; en otros, autorizan ventas en cantidades reducidas por cliente.

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Este régimen se perfecciona a través del cumplimiento de formalidades distintas, de las exigidas para los regímenes comunes. Este se caracteriza por ser suspensivo: las mercancías pueden permanecer en el país por determinado tiempo, destinarse a la realización de trabajos o ser transformadas, reparadas, calibradas, etc., sin pagar impuestos; es también liberatorio, ya que permite que ciertas mercancías, bajo ciertas condiciones se comercialice dentro del país, exentas del pago de tributos; y, finalmente, es devolutivo y compensatorio porque, una vez cumplidas ciertas formalidades, el importador puede obtener la devolución directa de los tributos o la compensación de aquellos.

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El reembarque se deberá efectuar siempre desde la zona primaria por donde arribó la mercancía hacia cualquier lugar de destino en el exterior, salvo el caso de que una vez llegada la mercancía al país hubiera habido un traslado de las mercancías, ahí el reembarque se llevaría a cabo desde la zona primaria de arribo. Si la mercancía consiste en prendas de vestir, material educativo o perecibles no será reembarcada, sino directamente donada a la Secretaria de Estado encargada de la política social. En cualquier caso, se prohíbe el reembarque de mercancías con presunción de delito aduanero o que hayan caído en abandono tácito.

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De acuerdo con la nueva normativa, este régimen aduanero deberá ser presentado mediante Declaración Aduanera Simplificada, es decir cumpliendo menos requisitos que una declaración a consumo, pero por el agente de carga no por el propietario de la mercancía. Esto quiere decir que en este régimen aduanero quien asume el vínculo jurídico personal no es el propietario o importador de la mercancía sino el transportista. Básicamente esta figura jurídica permite que las mercancías que ingresan al país desde el exterior en un medio de transporte se transfieran a otro medio de transporte que las conducirá fuera del país.

Por principio, de acuerdo con la regulación actual, el transbordo solo operará para mercancías que ingresan del exterior y deben dirigirse también al exterior, de ese modo Ecuador cumple la función de aduana de paso, pues recepta las mercancías, comprueba que se encuentren manifestadas y autoriza el transbordo o cambio de transporte, con la única finalidad de que la mercancía abandone el país con destino al extranjero, razón por la que no puede existir un acuerdo con la normativa sobre el transbordo nacional.

CONCLUSIÓN

Los otros régimenes aduaneros incluyen cierto tipo de actividades aduaneras que ya no corresponden específicamente a las importaciones o exportaciones, sino, por ejemplo, actividades que se pueden realizar dentro de la zona primaria como podría ser el funcionamiento de los almacenes libres o también conocidos como Dutty Free, por otro lado, también incluso actividades fuera de la zona primaria como vendrían siendo las ferias internacionales, sea cual sea el régimen cada uno cumple una función en específico.

RECOMENDACIÓN

Es recomendable conocer a profundidad a que se somete cada régimen y se puede lograr con ayuda del reglamento al copci ya que solo con la información del Código Orgánico de Producció, Comercio e Inversiones no es suficiente, dentro del reglamento podremos encontrar información más detalla, en cuanto a plazos, montos, cantidades, entre otra información dependiendo el régimen.

REFERENCIA

COPCI. Obtenido de: https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf

 

 

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Los regímenes aduaneros de exportación son los tratamientos aduaneros aplicables a las mercancías que se trasladarán desde territorio nacional hacia el exterior, solicitado por el declarante, de acuerdo con la legislación aduanera vigente.

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Las exportaciones de mercancías en nuestro país en la actualidad no se encuentran gravadas con tributos debi - do a que ese impuesto encarecería su valor y evitaría que las mercancías sean competitivas en el exterior, salvo el caso del petróleo y sus derivados.

Las exportaciones deberán realizarse máximo dentro del término de 30 días hábiles contados a partir de su embarque, conforme lo prescribe el artículo 12 del Código Tributario. El plazo se puede prorrogar hasta por 30 días más si existe justificación como causas de fuerza mayor. Además, la norma reglamentaria de manera enfática regula que solo se podrán exportar las mercancías que hayan sido objeto de una Declaración Aduanera de Exportación, pero, según el COPCI, las mercancías exportadas a los países del pacto andino no requieren declaración aduanera alguna. Aquí existe contradicción que se ahonda si revisamos el artículo 425 de la Carta Magna: nos arroja el preocupante resultado que, a pesar de que el reglamento dispone lo adecuado, no se lo puede aplicar porque impera lo prescrito en el COPCI, que es justamente el que contiene la norma errática.

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Este régimen aduanero de exportación temporal con reimportación en el mismo estado suspende el pago de tributos de las mercancías nacionales o nacionalizadas, que son exportadas al exterior para ser utilizadas en el extranjero durante determinado plazo, después del cual reingresarán al país a través de la correspondiente declaración aduanera y sin haber sufrido transformación alguna, salvo el deterioro por el uso.

La suspensión de los tributos aduaneros en la aplicación de este régimen ocurre en el momento en que retornan las mercancías, nacionales o nacionalizadas del exterior, pues su egreso no se encuentra gravado con tributos, sino con tasas aduaneras. Esta aclaración es válida debido a que en el Ecuador las exportaciones de todo tipo de productos (a excepción de los hidrocarburos) se encuentran libres de impuestos. Las mercancías, para poder ser exportadas, deberán ser susceptibles de identificación, tanto en el momento de su salida como de ingreso.

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El régimen aduanero de exportación temporal para perfeccionamiento pasivo suspende el pago de tributos de las mercancías nacionales o nacionalizadas, que son exportadas al exterior para ser transformadas, reparadas o elaboradas en el extranjero durante determinado plazo, después de lo cual reingresarán al país a través de la correspondiente declaración aduanera, como productos compensadores y pagando los tributos tal y como lo prescribe el reglamento.

La suspensión de los tributos aduaneros en la aplicación de este régimen, ocurre cuando retornan del exterior las mercancías, nacionales o nacionalizadas, pues su egreso no se grava con tributos, sino solo con tasas aduaneras. En el presente régimen se pagarán los tributos sobre el bien incorporado o agregado, pero no sobre el bien originalmente exportado.

CONCLUSIÓN

Una principal diferencia entre los regímenes aduaneros de importación con los de exportación se basa básicamente en los tributos, ya que las exportaciones en nuestro país no pagan ningún tributo ya que eso haría que se frene el comercio y no podríamos expandirnos a nivel internacional, por otro lado, de igual manera que los regímenes de importación, los de exportación cuentan con plazos, mercancías específicas, autorización, entre otra variables que deben cumplirse.

RECOMENDACIÓN

Se debe conocer de manera detallada en que consiste cada régimen ya que si bien no se pagan tributos a las exportaciones, hay un régimen que es de exportación temporalpara perfeccionamiento pasivo en el que si se deberá pagar un monto a los tributos al comercio exterior por causa de las partes y piezas agregadas o incorporadas a los productos que han sido reparados en el exterior.

REFERENCIA

Jaime Mise (1 enero, 2021). Regímenes Aduaneros de Exportación. Obtenido de: https://www.acavir.com/comercio-exterior/regimenes-de-exportacion/

 

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Los regímenes aduaneros son la forma en que van a ser tratadas las mercancías ya sean para su exportación o importación, en el Ecuador las importaciones ocupan un papel muy importante dentro del estado en que su economía se encuentra, es por eso que usar uno u otro régimen incide mucho en el impacto final de los productos motivos de importación. El régimen de importación de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo es uno de los tantos regímenes que marcan diferencia en comparación a los demás regímenes utilizados, puesto que este permite el ingreso al territorio aduanero ecuatoriano, con suspensión del pago de los derechos e impuestos a la importación, a las mercancías que después de haber cumplido su operación de perfeccionamienta, dará como resultado un producto compensador que finalmente será exportado.

RÉGIMENES DE IMPORTACIÓN

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Las sanciones derivadas del proceso de despacho se sustanciarán e impondrán conforme al procedimiento establecido para el efecto. Bajo ninguna circunstancia, ninguna funcionaria o funcionario del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador podrá detener el despacho de mercancías por la sustanciación, imposición, impugnación, recurso o cobro de una sanción administrativa, salvo en los casos en que el procedimiento sancionatorio que se sustancie persiga la imposición y sanción de alguna de las contravenciones contempladas en el artículo 180 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; para tal efecto, dicho procedimiento sancionatorio constituye parte del proceso despacho.
Las mercancías declaradas al régimen aduanero de importación para el consumo se considerarán mercancías nacionalizadas, una vez satisfecha la obligación tributaria aduanera.

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Se entiende que el Régimen de Internación Temporal con reexportación en el mismo estado consiste en un régimen suspensivo de tributos, lo que significa que los tributos que se deberían pagar por dicha importación no se pagan, quedan suspensos hasta que se cumpla con el fin autorizado en el plazo determinado, llegado el cual el dueño podrá consignar, reexportar, nacionalizar o cambiar el destino la mercancía, de ser el caso. En este régimen aduanero existe, además, la obligación de pagar la depreciación anual del bien y los intereses sobre los tributos internacionales superiores a un año.

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El régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo es un régimen suspensivo: suspende el pago de tributos durante el plazo autorizado y para el fin admitido por la Dirección Distrital que ejerce el control del régimen. De esta forma, admite el ingreso de mercancía extranjera con la finalidad de que sea sometida a un proceso de transformación, elaboración, reparación, restauración, acondicionamiento, así como también de materias primas, insumos, envases, embalajes, partes y piezas que se encuentren materialmente incorporados a un producto terminado, siempre que se obtenga un producto compensador. La declaración aduanera a este régimen se la presentará en el distrito en el que se encuentren las mercancías o, si la mercadería se encuentra en varios distritos, en el lugar en el que se realice primero el proceso productivo. Para entenderlo mejor, aclararé algunos conceptos.

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Este régimen de reposición con franquicia arancelaria consiste en que el Estado procede a devolver los tributos que pagó el exportador en la importación de mercancías y que luego de ser transformadas o utilizadas para producir, envasar o acondicionar mercancías se exportaron. En este caso, la devolución no se la efectúa a través de una nota de crédito o en dinero en efectivo, sino mediante la permisión del ingreso de mercancías idénticas o similares por su especie, calidad y sus características técnicas, libres de tributos. Hay que dejar sentado que, tanto en este régimen aduanero como en el resto de regímenes especiales, las tasas aduaneras no se encuentran exentas de pago por lo que siempre se las deberá sufragar. Las mercancías ingresadas bajo este régimen especial aduanero, como sustitución de las mercancías exportadas definitivamente, una vez nacionalizadas se encontrarán libres de circulación. La única prohibición es que deben someterse al mismo régimen aduanero de reposición con franquicia arancelaria, ya que, de ser exportadas a consumo, simplemente ya no tendrán derecho a una nueva importación libre de tributos.

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Este tipo de régimen especial aduanero no admite el encargo a un tercero para tramitar el proceso productivo, pero sí es posible en el régimen de internación temporal para perfeccionamiento pasivo analizado en líneas anteriores. Para el funcionamiento de este régimen aduanero es indispensable que una determinada persona cuente con una autorización expresa del director general del SENAE, donde se indique la instalación física en la que opera, instalación que ha sido aprobada para tal efecto según las normas de la Dirección General. Puede aprobarse hasta por un plazo de 5 años y es susceptible de renovación cuantas veces se requiera.

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El depósito aduanero es el régimen suspensivo de tributos que permite que determinadas mercancías sean guarda das en bodegas autorizadas por el SE NAE en un plazo determinado, en espera de su destino ulterior. Esta clase de depósito puede ser público o privado:
1. Depósito aduanero público: cuando las mercancías que se guardarán pertenecen a terceras personas, distintas al concesionario del régimen de depósito; y,
2. Depósito aduanero privado cuando las mercancías que se guardarán son de propiedad exclusiva del concesionario del régimen de depósito.

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Este régimen aduanero liberatorio de tributos, hasta antes de la expedición del COPCI, era tratado en la Ley Orgánica de Aduanas, no como un régimen aduanero, sino como una exención tributaria. Dicha legislación resultaba pertinente al tratarse de mercancías nacionales que fueron exportadas definitivamente al exterior y que son devueltas al Ecuador por no satisfacer las exigencias del importador en el extranjero o por tratarse de mercancías exportadas a consignación, que no se lograron comercializar dentro del plazo de un año, siempre y cuando no se hubiera operado transfor - mación alguna en ellas y no exista, por tanto, tributo alguno, solo tasas aduaneras.

CONCLUSIÓN 

Existen varios régimenes de importación cada uno cumple con una función en específico según el papel o función que las mercancías van a realizar una vez que entren a la zona primaria, las mismas que deberán tener un seguimiento según el régimen que hayan aplicado, y cumplir con las específicaciones y plazos de ser el caso, de que las mercancías salgan de nuevo de la zona primaria.

RECOMENDACIÓN

Es necesari conocer a profundidad y de forma detallada lo que incluye cada régimen de importación para no tener ningún problema al momento de presentar la declaración aduanera ya que podría haber complicaciones y retrasos por no haber aplicado de forma correcta el régimen.

Autor: Vanessa Paredes

REFERNCIA.

COPCI. Código Órganico de la Producción Comercio e Inversions. Obtenido de: https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf

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Uno de los principales personajes que se involucra dentro de una actividad de comercio exterior como son las exportaciones y las importaciones, es el agente de aduana que es una persona natural o jurídica cuya licencia, otorgada por la Directora o el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, le faculta a gestionar de manera habitual y por cuenta ajena, el despacho de las mercancías, debiendo para el efecto firmar la declaración aduanera en los casos que establezca el reglamento, estando obligado a facturar por sus servicios de acuerdo a la tabla de honorarios mínimos que serán fijados por la Directora o el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (Según el artículo 227 del COPCI)

¿Cuáles son sus derechos y deberes?

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¿Cuáles son las sansiones de los agente de aduana?

1. Suspensión de la licencia.- Los agentes de aduana serán sancionados con una suspensión de su licencia hasta por sesenta (60) días calendario cuando incurran en una de las siguientes causales:

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2. Cancelación de la licencia.- Los agentes de aduana serán sancionados con la cancelación de su licencia cuando incurra en una de la las siguientes causales:

a. Por reincidencia en la suspensión de la licencia dentro de un período de 12 meses

b. En caso de haber sido sentenciado por delitos contra la administración aduanera

c. No conservar el archivo de los despachos en que ha intervenido por el plazo establecido en el reglamento al presente Código; o, d. Por fallecimiento del titular o disolución de la persona jurídica

AUXILIARES DE LOS AGENTES DEADUANA

Los Agentes de Aduana podrán contar con auxiliares para el ejercicio de su actividad, los cuales serán calificados por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador de conformidad con las disposiciones que para el efecto dicte la Directora o el Director General. Los auxiliares de los agentes de aduana podrán actuar en representación del agente de aduanas en los actos que correspondan a éste ante la administración aduanera, excepto en la firma de la declaración.

¿En que casos puede ser cancelada la credencial del auxiliar del agente?

a. En caso de haber sido sentenciado por delitos contra la administración aduaner

b. Por fallecimiento del titular

c. Las demás que establezca este Código.

CONCLUSIÓN

Los agente de aduanas son uno de los principales personajes dentro del mundo del comercio exterior ya que él es el encargado de realizar todo el proceso de forma correcta hasta llegar al despacho de las mercacnías, estos agentes pueden tener de apoyo a auxiliares quienes tendrán ciertas facultades iguales a las de los agentes de aduanas excepto el de firmar una declaración, eso deberá hacerlo específicamente los agentes de aduana.

RECOMENDACIÓN

Los agentes de aduanas deben tener mucho cautelo y realizar su trabajo moral y eticamente bien ya que si no lo hacen y no mantienen un muy buen comportamiento van a conseguir una sanción y en el peor de los casos hasta pérdida de la licencia con lo cual ya no podrán operar, de igual forma contar con un auxiliar es de gran ayuda ya que hará varias cosas que toca hacer al agente de aduana pero este delega las tareas. 

AUTOR: Vanessa Paredes

REFERENCIA

Código orgánico de la producción, comercio e inversiones. Obtenido de: https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf

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Dentro de las operaciones del comercio exterior en las importaciones existe una obligación tributaria que se da a partir del hecho generador que es el momento en el que las mercancías ingresan al territorio aduanero ecuatoriano depiendo del régimen con el que hayan aplicado, el Código orgánico de la producción Comercio e Inversiones establece en el Art. 107 que la Obligación Tributaria Aduanera es "La obligación tributaria aduanera es el vínculo jurídico personal entre el Estado y las personas que operan en el tráfico internacional de mercancías, en virtud del cual, aquellas quedan sometidas a la potestad aduanera, a la prestación de los tributos respectivos al verificarse el hecho generador y al cumplimiento de los demás deberes formales." 

¿Cuando es exigible?

  1. En la liquidación y en la declaración sustitutiva de importación o exportación, desde el día en que se autoriza el pago.
  2. En las tasas, desde la petición del servicio.
  3. En los demás casos desde el día hábil siguiente al de la notificación de la liquidación complementaria, rectificación o acto administrativo correspondiente. 

¿En qué situaciones se extingue la obligación tributaria aduanera?

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¿Cuáles son los plazos de pago?

En la liquidación y declaración sustitutiva dentro de los dos días hábiles siguientes a la autorización del pago.

En las tasas, dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha en que se autoriza el pago en la liquidación.

En los demás casos, dentro de los veinte hábiles posteriores al de la notificación del respectivo acto de determinación tributaria aduanera o del acto administrativo correspondiente. En el caso de no pagarse los tributos dentro de los plazos previstos se generarán intereses, calculados desde la fecha de la exigibilidad  de la obligación tributaria. Cuando se trate de determinaciones realizadas en control posterior, el cálculo de los intereses se efectuará desde la fecha de exigibilidad de la obligación aduanera objeto de la determinación. 

CONCLUSIÓN

Para que dentro de una importación la obligación tributaria se extinga depende de ciertas circunstancias específicas, de no ser ninguna de las situaciones estipuladas en el COPCI como por ejemplo por prescripción que básicamente significa que una obligación tributaria es exigible dentro de un plazo de 5 años, de no ser niguna de las razones expuestas no se podrá extinguir la obligación tributaria.

RECOMENDACIÓN

Uno de los métodos para que se extinga la obligación tributaria es a través del pago de los derechos e impuestos, sin embargo, dentro de está categoría es recomendable revisar las diferentes medios de pago como son el dinero en efectivo, transferencias bancarias, tarjetas de crédito o débito, entre otros métodos que hay. Lo recomendable es escoger el mejor método y de ser el caso el método más rápido para que el proceso de despacho de mercancía sea más rápido de la misma forma.

AUTOR: Vanessa Paredes

REFERENCIA

Código orgánico de la producción, comercio e inversiones. Obtenido de: https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf

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Hay que tener en conocer ciertos conceptos para saber si nuestro producto objeto de importación o exportación requiere realizar este trámite, entre esos son:

  • VUE:Ventanilla Única Ecuatoriana
  • Alimento:Alimento es cualquier sustancia normalmente utilizada por seres vivos con fines nutricionales, sociales, físicos, salud y psicológicos: Nutricionales: Proporciona materia y energía para el anabolismo y mantenimiento de las funciones fisiológicas, como el calentamiento corporal.
  • Plaguicidas de uso doméstico.-Es el plaguicida que se utiliza para prevenir o combatir infestaciones por plagas en el ambiente de las viviendas, ya sea tanto dentro de la casa como afuera de ésta. No son aplicados directamente sobre la piel humana o de animales domésticos, mascotas o animales de compañía.
  • Plaguicida de uso industrial.-Formulación que contiene uno o varios ingredientes activos, para que sean aplicados en grandes edificaciones, áreas verdes ornamentales y de recreo como parques y jardines, autopistas para evitar que en estos se desarrollen plagas.
  • Producto cosmético.-Es toda sustancia o formulación de aplicación local a ser usada en las diversas partes superficiales  del cuerpo humano.
  • Producto  de higiene  doméstica.- Es aquella formulación  cuya función principal  es remover la suciedad,  desinfectar,  aromatizar  el ambiente  y propender  el cuidado  de utensilios, objetos, ropas o áreas que posteriormente  estarán en contacto con el ser humano  independiente   de  su  presentación   comercial.  

¿QUÉ SE NECESITA PARA REALIZAR EL TRÁMITE?

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¿CÓMO REALIZO EL TRÁMITE?

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CONCLUSIÓN:

Si el producto que deseamos importar o exportar está dentro de los productos antes expuesto es decir, los alimentos procesados, los plaguicidas o productos cosméticos o higiénicos debemos tener en cuenta que debemos realizar este trámite obligatorio para la obtención de este certificado ya que sin este certificado ya sea que importamos la mercadería no vamos a poder nacionalizarla y por ende no vamos a poder comercializarla dentro del país. 

RECOMENDACIÓN:

Todos los documentos que se requieren para realizar este trámite deben estar presentados en español y si  es que estuvieran en otro idioma debemos acompañarlo con la debida traducción al español y también deben estar debidamente legalizados en el país de origen por lo que debemos tener en cuenta si el producto que importamos es de un país que su lengua es diferente al español.

Autor: Vanessa Paredes

Referencias:

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Dentro de las operaciones de comercio exterior de exportaciones existen varios regímenes a los cuales se someten las mercancías uno de los regímenes es la de devolución condicionada que consiste en permitir obtener la devolución automática  total o parcial de los tributos al comercio exterior pagados por la importación de las mercancías que se exporten dentro de los plazos y porcentajes que señale el reglamento del código orgánico de la producción comercio e inversiones que a suceder en los casos siguientes:

a) Las utilizadas en el país en un proceso de transformación

b) Las incorporadas a la mercancía 

c) Los envases o acondicionamientos 

Según el artículo 157 del Libro V del Copci.

¿Cuáles son los requisitos para realizar el trámite?

Obligatorios 

1) Registrarse como Operador de Comercio Exterior en el sistema aduanero Ecuapass.

2) obtener la asesoría y el servicio de un agente de aduana autorizado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. El listado de Agentes de Aduana autorizados se encuentra en la siguiente ruta: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AG...

3) El exportador o beneficiario podrá obtener la devolución condicionada de tributos de aquellos bienes, comprados a importadores directos, siempre y cuando estos importadores hayan cedido los derechos de devolución de tributos por la transacción de venta.

4) El Operador de Comercio Exterior deberá generar un Coeficiente de Devolución Condicionada previo a la presentación de una Declaración Aduanera Simplificada la cual tendrá como documento de soporte una matriz insumo producto. Este Coeficiente de Devolución Condicionada no podrá exceder al 5% del valor de
transacción de las mercancías exportadas, y será aplicado para realizar el cálculo del monto a devolver por concepto de Ad-valorem.

5) En el caso de existir una compra local a un importador directo, este último deberá generar un Certificado de Compras Locales a favor del exportador que representará la
cesión de los derechos de devolución de tributos por la transacción de venta.

6) Declaración Aduanera de Importacion con código de régimen 10

7) Documento de transporte de la importación y exportación

8) Declaración aduanera de exportación con código de régimen 40

9) Declaración de Devolución Condicionada Ordinaria

Requisito especial

Realizar la Administración de relación de OCE y agente de aduana, el procedimiento se encuentra en el siguiente link https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2018/11/SENAE-ISEE-2-2...

¿Cuál es el procedimiento?

El procedimiento en cuanto a la Transmisión de la Declaración Aduanera de Exportación

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El procedimiento en cuanto a la Transmisión del Coeficiente de devolución

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El procedimiento en cuanto a la Declaración Aduanera de Devolución Condicionada Ordinaria

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MPORTADOR

El procedimiento en cuanto al Certificado de compras locales de insumos no procesados:

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El procedimiento en cuanto al Certificado de compras locales de insumos procesados:

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CONCLUSIÓN

Aquellas mercancías sujetas al régimen de devolución condicionada que consiste en obtener total o parcialmente la devolución de los tributos al comercio exterior siempre y pertenezcan a los casos establecidos deberán cumplir una serie de requisitos y tanto los importadores como exportadores deberán seguir el debido procedimiento correspondiente para poder ser acreedor a la devolución.

RECOMENDACIÓN

Es recomendable que antes de empezar a realizar el procedimiento para la devolución condicionada de los tributos al comercio exterior, conocer todos los requisitos que se necesitan e incluso aquellos requisitos especiales para que durante el procedimiento no tengamos ningún inconveniente de que nos hace falta algún documento que impida continuar con el procedimiento y está a la vez retrasar toda la actividad.

AUTOR: Vanessa Paredes

REFERENCIAS

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Los operadores de comercio exterior, son las personas naturales o jurídicas que interactúan de forma informática y operativamente de la mano de la administración aduanera, quiénes tienen como responsabilidad garantizar la seguridad de los procesos y operaciones que se realicen en las actividades de Comercio Exterior.

¿Cuáles son las principales obligaciones de los operadores de comercio exterior?

  • Cumplir y mantener los requisitos y condiciones establecidos por la administración aduanera para operar.
  • Cautelar la integrar de las medidas de seguridad colocadas o verificadas por la autoridad aduanera.
  • Conservar la documentación y los registros que establezca la administración aduanera en formato físico y digital, durante cinco años.
  • Proporcionar, exhibir o entregar la información o documentación requerida, dentro el plazo establecido legalmente u otorgado por la autoridad aduanera.
  • Facilitar a la autoridad aduanera las labores de reconocimiento, inspección o fiscalización, proporcionando los elementos logísticos necesarios para esos fines.

OPERADORES DE TRANSPORTE

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OPERADORES DE TRÁFICO POSTAL Y COURIER

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IMPORTADORES- EXPORTADORES

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OTROS OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

Aquellas organizaciones que participan en el tratamiento, traslado y demás operaciones relacionadas al tráfico internacional de mercancías.

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CONCLUSIÓN

Las personas que intervienen dentro de una operación de comercio exterior son varias, sin embargo, no todos estos operadores son comúnmente conocidos ya que cuando pensamos cuales son los operadores de comercio exterior pensamos enseguida que son solamente los agentes de aduanas, pero en realidad los operadores son muchos, incluyendo a los operadores de courier o tráfico postal hasta las empresas de transporte como las  navieras, así mismo, como los depósitos temporales, las estibadores y entre otros operadores.

RECOMENDACIÓN

Es necesario conocer cada una de las responsabilidades de los operadores de comercio exterior ya que son diferentes unas de otras, para que dentro de nuestra operación de comercio exterior ya sea una importación o exportación no cometer ningún error y también saber cuales son nuestros deberes como operadores de comercio exterior.

REFERENCIAS

Autor: Vanessa Paredes

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Documentos de acompañamiento, ejemplos.

Son aquellos documentos que se denominan de control previo, deben tramitarse y controlarse antes del embarque de la mercancía de importación. Es una exigencia que constan en las disposiciones legales del organismo regulador del comercio exterior o del ente competente para el efecto. 

Los documentos de acompañamiento se deben presentar ya sea física o electrónicamente, en conjunto con la declaración declaración aduanera.

Estos documentos son lo que habilitan ante la administración aduanera el ingreso de determinadas mercancías al territorio aduanero.

Notificaciones Sanitarias 

El control  sanitario de la producción, importación, distribución, almacenamiento, transporte, comercialización así como también los procedimientos garanticen su inocuidad, seguridad y calidad.

Los sujetos de la obtención de la notificación sanitaria previamente su comercialización son: los alimentos procesados, aditivos alimentarios, cosméticos productos higiénicos, productos neumáticos, producto de uso humano según lo establezca la autoridad sanitaria nacional, ya sean fabricados en el país o en el extranjero, para su comercialización, importación y expendio.

En las importaciones, no se puede autorizar una importación de los productos sujetos a registro sanitario, ni aun con fines promocionales, si previamente no han obtenido la notificación sanitaria obligatoria.

La autoridad competente de otorgar, suspender, cancelar o reinscribir el certificado de registro sanitario, previo al cumplimiento de los trámites requisitos y plazos establecidos en la Ley es el Instituto Nacional de investigación en Salud Pública.

Certificado de Requerimiento o No. de Registro Sanitario

Servicio que tiene como objeto verificar que los productos requieren o no, registro sanitario, notificación sanitaria, la misma que habilita al ciudadano para la distribución, comercialización o importación de los productos de uso y consumo humano.

-Procedimiento

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El documento será entregado:

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Notificaciones Fitosanitarias 

La entidad encargada de controlar el material vegetal de propagación y viveros, el estado fitosanitario de plantas, productos vegetales y artículos reglamentados que se movilizan dentro del territorio ecuatoriano y/o ingresan al país para evitar la ocurrencia y diseminación de plagas, es La Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario AGROCALIDAD.

Para el ingreso de productos que requieran de permiso fitosanitario el importador deberá:

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Notificación Zoosanitaria

El ente encargado de controlar el estado sanitario de animales, productos y subproductos de origen animal que se movilizan dentro del territorio ecuatoriano  y/o ingresan al país para evitar la ocurrencia y diseminación de enfermedades exóticas y erradicar enfermedades animales de interés para la salud pública y la economía nacional, es a Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario AGROCALIDAD.

Para el ingreso de productos que requieren de permiso zoosanitario el importados deberá:

  1. Registrarse en el sistema guía.
  2. Adjuntar a la solicitud de importación de productos agropecuarios en el sistema VUE los siguientes documentos:

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CONCLUSIÓN 

Los documentos de acompañamiento son documentos de control previo a la importación de específicas mercancías, entre los más comunes, tenemos los registros sanitarios, notificaciones fitosanitarias y zoosanitarias, que deberán presentarse para poder importar y comerciar productos de esta índole, cada documento tiene su propio proceso y requerimientos específicos según el producto, de no contar con todos los requisitos, no se nos otorga el certificado o registro y no podremos importar.

RECOMENDACIÓN

Es muy importante que dependiendo del producto que deseemos importar y que necesite de un documento de control previo, contar con todos los requisitos que se necesita dentro del proceso para poder solicitar un registro o certificado sanitario, fito o zoosanitario, ya que si no contamos por ejemplo con una ficha técnica del producto no podremos solicitar y por ende no podremos importar.

Autor: Vanessa Paredes

Fuentes:

http://www.siicex.gob.pe/siicex/resources/exportaciones/360637008ra...

https://www.acavir.com/comercio-exterior/documentos-de-acompanamiento/

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Cuando se realiza alguna transacción comercial de compra y venta, en la que se quiere adquirir alguna mercancía extranjera que se quiera importar. cuando la mercancía arriba al país de destino se necesita realizar un procedimiento específico para poder circular o comercializar o más bien poder sacar la mercancía de la aduana, al que se denomina el proceso de desaduanizar, el cual es necesario tener asesoría o el servicio de algún agente de aduana acreditado por el SNAE que pueda realizar los trámites de despacho aduanero. 

La DAI (declaración aduanera de importación) va a ser transmitida por un proveedor de software o por el sistema informático del SNAE y debe ser en un período que no sea superior a 15 días calendarios previo a la llegada del medio de transporte y hasta 30 días calendarios después de la fecha de su arribo, si no se cumpliese dentro de los plazos, la mercancía podrán caer dentro de las causales de abandono tácito según lo estipula el artículo 142 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

Art.142: El abandono tácito operará en pleno derecho, cuando se configure cualquiera de las siguientes causales:

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En caso de incurrir en una de estas causales, el sujeto pasivo o su agente de aduana podrán, dentro de un plazo de veinticinco días hábiles, subsanar dichos incumplimientos, con lo que quedará levantado el abandono tácito sin necesidad de resolución administrativa, debiendo imponerse una multa por falta reglamentaria al sujeto pasivo.

Para poder desaduanizar se debe presentar los documentos de acompañamiento que son aquellos que denominados de control previo, deben tramitarse y aprobarse antes del embarque de la mercancía de importación. (Art. 72 del Reglamento al Libro V del Copci).

Y también deben presentarse los documentos de soporte que son los documentos que constituirán la base de la información de la Declaración Aduanera a cualquier régimen. Estos documentos
originales, ya sea en físico o electrónico, deberán reposar en el archivo del declarante o
su Agente de Aduanas al momento de la presentación o transmisión de la declaración
aduanera, y estarán bajo su responsabilidad conforme a lo determinado en la Ley.

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Una vez que se transmite la DAI, el sistema informático del SNAE se le otorgará un número de validación que es conocido como Refrendo y el canal de aforo que corresponda y si mediante el aforo todo está correcto se procede a desaduanizar y después se liberará la liquidación la misma que deberá ser cancelada. 

CONCLUSIÓN

Desaduanizar las mercancías es un proceso que se debe realizar bajo la asesoría de algún agente de aduana que sea acredita por el SNAE el mismo que nos dirá en que plazos se debe entregar tanto ls documentos de acompañamiento y cuales van a ser dependiendo del tipo de la mercancía y de igual forma en que momento se debe presentar los documento de soporte y una vez que se ha realizado eso sólo se deberá esperar que nos designen el canal de aforo y proceder a cancelar la liquidación.

RECOMENDACIÓN

Dependiendo de la mercancía que deseemos importar, es importante saber los documento de control previo que se necesitarán para poder importar dicha mercadería ya que de no ser así tendremos inconvenientes al momento de importar y se retrasará todo el proceso.

REFERENCIAS

SNAE. Obtenido de: https://www.aduana.gob.ec/para-importar/

COPCI. Obtenido de: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2019/05/COPCI-21-02-2019.pdf

https://www.siicex.gob.pe/siicex/resources/exportaciones/360637008rad4CAED.pdf

Autor: Vanessa Paredes


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La obligación tributaria en el Comercio Exterior es lazo que existe entre la administración aduanera y los sujetos pasivos ante la realización de diversas operaciones aduaneras en las cuales están obligados a tributar, sin embargo, está obligación puede extinguirse en diferentes casos específicos que están detallados dentro del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, son los siguientes:

  1. Pago
  2. Compensación
  3. Prescripción 
  4. Aceptación del abandono expreso
  5. Declaratoria del abandono definitivo de las mercancías
  6. Pérdida o destrucción total de las mercancías y
  7. Decomiso administrativo o judicial de las mercancías

Pago

La obligación aduanera se puede extinguir al momento de pago de los tributos dentro de los plazos establecidos como son, en la declaración aduanera de importación o exportación dentro de los 2 días hábiles siguientes a la autorización del pago, en las tasas por servicios aduaneros dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha en que se autoriza el pago de la liquidación y por último, en los demás casos dentro de los 20 días hábiles posteriores a la notificación tributaria aduanera. 

Compensación

Según el Copci, se compensará total o parcialmente de oficio o a petición de parte, las deudas tributarias de los sujetos pasivos con el SNAE, con créditos tributarios que estén reconocidos por cualquier administración tributaria central.

Prescripción

Cobrar las obligaciones aduanera prescribe en el plazo de cinco años contados desde la fecha en que fueron exigibles.

El derecho para interponer un reclamo de pago indebido o pago en exceso prescribe en cinco años
contados desde la fecha en que se verificó el pago; la prescripción se interrumpirá con la
presentación del correspondiente reclamo

Abandono Expreso

Es la renuncia escrita de la propiedad de las mercancías hechas en favor del Estado por quien tiene la facultad legal de hacerlo. Su aceptación por parte de la servidora o servidor a cargo de la dirección distrital extingue la obligación tributaria aduanera.

Pérdida o Destrucción total de las mercancías

Cuando las mercancías sufran daños totales o se pierdan antes de su arribo, durante el depósito temporal o en instalaciones industriales autorizadas, siempre y cuando se produzca por caso fortuito o fuerza mayor que sea aceptado por la administración aduanera.

Decomiso Administrativo

El decomiso administrativo significa que se pierde la propiedad de las mercancías por declaratoria de la servidora o servidor debido a que sucede los siguientes caso.

  1. Mercancías rezagadas
  2. Mercancías náufragas 
  3. Mercancías que hayan sido objeto de hurto o robo en los recintos aduaneros
  4. Mercancías que se haya ordenado el reembarque y no se hubiere realizado dentro del plazo

CONCLUSIÓN

La extinción de la obligación tributaria si puede ser posible dentro de la realización de las operaciones de comercio exterior, sin embargo, va a extinguirse en casos específicos como es la pérdida o destrucción de las mercancías ya que una vez que las mercancías han sido destruidas en casos fortuitos no hay mercancía alguna que se vea en la obligación de tributar, así mismo como es el caso de prescripción aquí en cambio una vez que ha transcurrido el plazo de 5 años, la obligación tributaria se extingue por completo.

RECOMENDACIÓN

Es recomendable tener en cuenta los plazo para pagar la liquidación aduanera ya que si no cumplimos con los plazos podrían multarnos o el peor de los casos, la mercancía podría entrar dentro del abandono y perderíamos la total potestad sobre la mercancías.

REFERENCIA

Código orgánico de la producción, comercio e inversiones, COPCI (21 agosto 2018). Obtenido de: https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf

Autor: Vanessa Paredes

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En el Ecuador hay ciertas operaciones de comercio exterior que deben ser tributadas como los que se aplican a los bienes que son objeto de importación. Según el Copci define a la obligación tributaria como: "El vínculo jurídico entre la Administración Aduanera y la persona directa indirectamente relacionada con cualquier formalidad, destino u operación aduanera, derivado del cumplimiento de las obligaciones correspondientes a cada una de ellas, en virtud de lo cual, aquellas mercancías quedan sometidas a la potestad aduanera, y los obligados al pago de los tributos al comercio exterior, recargos y sanciones a las que hubiere lugar."

Los intervinientes en la obligación aduanera son los sujetos:

  • Activo: Es el estado, por intermedio del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
  • Pasivo: Persona natural o jurídica que realiza actividades de comercio internacional la debe satisfacer el respectivo tributo en calidad de contribuyente o responsable.

Los tributos al Comercio Exterior son:

  • Los derechos arancelarios
  • Los impuestos establecidos en leyes orgánicas y ordinarias, cuyos hechos generados guarden relación con el ingreso o salida mercancías
  • Las tasas por servicios aduaneros

Aranceles

  • Ad-Valorem: Términos porcentuales del valor monetario en aduana de la mercancía.
  • Específicos: Recargos fijos que se aplican en base a determinadas condiciones de la mercancía, por ejemplo: peso, unidades físicas, dimensiones, volumen entre otros.
  • Mixtos: La aplicación en conjunto de derechos arancelarios Ad-valorem y específicos.
  • Fodinfa: Fondo de desarrollo para la infancia, tributo que se grava a todas las importaciones un recargo equivalente 0.5% del valor en aduana de las mercancías objeto de importación.

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¿Cómo nace la obligación la obligación aduanera?

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¿Qué es la base imponible?

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¿Cuándo es exigible la obligación aduanera?

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CONCLUSIÓN

En el Ecuador la obligación tributaria para el comercio exterior es aplicada según lo norma el COPCI que es el código orgánico de comercio e inversión, dónde nos detalla cuales van a ser los sujetos involucrados que vienen a ser el Estado como sujeto activo y las personas naturales o jurídicas que realicen actividades de comercio exterior que son los sujetos pasivos, también detalla cuales y como se calculan los aranceles, en que momento se vuelve una obligación y cuando se puede eximirse de la obligación.

RECOMENDACIÓN

Antes de realizar alguna operación de comercio exterior específicamente una importación ya que actualmente en el Ecuador hay que pagar tributos a las importaciones pero no a las exportaciones, entonces dado esa circunstancia hay que tener en cuenta que el producto que vamos a importar que tributos paga y cuanto de tributos paga, si tiene exenciones o no y sin fin de información que podemos encontrar dentro del portal del Ecuapass.

REFERENCIA

Código orgánico de la producción, comercio e inversiones, COPCI (21 agosto 2018). Obtenido de: https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf

Autor: Vanessa Paredes

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Dentro del comercio exterior hay auxiliares encargados de la administración aduanera, uno de los operadores más importantes son los agentes de aduana, que según el COPCI es la persona natural o jurídica posee una licencia que le faculta a gestionar de manera habitual y por cuenta ajena, el despacho de las mercancías, debiendo para el efecto firmar la declaración aduanera en los casos que establezca el reglamento, estando obligado a facturar por sus servicios de acuerdo a la tabla de honorarios mínimos y dicha licencia tendrá un plazo de duración de 5 años, la cual puede ser renovada por el mismo plazo.

El agente de Aduana podrá contratar con cualquier operador que intervenga en el comercio internacional y quedará obligado a responder ante el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador por la información consignada en los documentos.

Derechos y deberes

  • Tienen derecho a que se les reconozca su calidad de tal a nivel nacional. El principal deber del agente de aduanas es cumplir el Código, sus reglamentos y las disposiciones dictadas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y asesorar en el cumplimiento de las mismas a quienes contraten sus servicios.

Sanciones

1. Suspensión de la licencia:

 Los agentes de aduana serán sancionados con una suspensión de su licencia hasta por sesenta (60) días calendario cuando incurran en una de las siguientes causales:

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2. Cancelación de la licencia

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Auxiliares de los agentes de aduana

Los agentes de aduana pueden contar con auxiliares para poder realizar sus actividades, la credencial del auxiliar tendrá vigencia mientras este vigente la credencial del agente de aduana y preste sus servicios.

Los auxiliares pueden actuar en representación de los agentes de aduana en ciertas actividades de la administración aduanera, excepto en la firma de la declaración aduanera.

La credencial de los auxiliares podría ser cancelada en los siguientes casos:

  • En caso de haber sido sentenciado por delitos contra la administración aduanera.
  • Por fallecimiento del titular
  • Las demás que establezca el código.

CONCLUSIÓN

Los agentes de aduana ocupan un papel fundamental dentro de la administración aduanera ya que ellos son los encargados de revisar que todas las mercancías que entren salgan o entren al país, sean las mismas a las que están en la declaración aduanera, en cuanto a descripción del producto, cantidad y demás factores que se encuentran en la declaración, el agente de aduana es el encargado de validar esa información.

RECOMENDACIÓN

Hay que tener en cuenta que el labor de un agente de aduana es muy complejo y hay que realizar ciertas actividades y con mucha responsabilidad ya que de no ser así podríamos correr el riesgo de perder o que nos suspendan la licencia e incluso meternos en conflicto con el COIP por delitos aduaneros.

AUTOR

Vanessa Paredes

REFERENCIA

-COCIP (Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones) (2010). Obtenido de: https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf

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Certificación de origen de mercancías

En el comercio exterior, dentro del transporte de mercancías de país a otro, hay que contar con toda la documentación correspondiente de origen y destino, para evitar la retención de mercancías o problemas con la aduana, dentro de la documentación que se necesita se encuentra la factura, manifiesto de carga o documento de transporte y el certificado de origen. El certificado de origen es el documento que tiene como objetivo determinar el país en el cual ha sido fabricada la mercancía, según el COPCI lo define como: "Constituye un documento físico o electrónico a ser presentado en la
Aduana de destino, el mismo que estará basado en los formularios definidos en los acuerdos
comerciales suscritos por el Ecuador o aquellos formatos determinados por los países que conceden
preferencias arancelarias unilateralmente."

Normas de origen

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Certificación de Origen

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Verificación de Origen

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Discrepancias sobre origen

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CONCLUSIÓN

Los certificación de origen es el proceso por el cual se busca regular y administrar el certificado de origen de las mercancías, todo con el fin de los beneficiarios puedan hacer uso de los beneficios arancelarios que existe dentro de los acuerdo comerciales para aquellas mercancías que cuentan con certificado de origen puedan eximirse parcial o totalmente del pago de ciertos tributos.

RECOMENDACIÓN

Hay que tener muy en cuenta todos los parámetros que son necesarios para poder acceder al certificado, todos los pasos y requisitos que se necesitan según el país al que queremos beneficiarnos del certificado de origen, ya que hay mercancías específicas que tienen que contar con una serie de procedimientos para poder ser considerados de origen, si no, no podrán acogerse a los beneficios del certificado de origen.

AUTOR

Vanessa Paredes

REFERENCIAS

- Copci (Código orgánico de la producción, comercio e inversiones) (2010). Obtenido de: https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf

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El Sistema de Comunicación electrónica entre bancos desarrollado por la Sociedad para las Comunicaciones interbancarias y Financieras Mundiales SWIFT, es una herramienta para la transmisión de mensajes seguros sobre transacciones financieras internacionales, se utiliza tanto para la transferencia de fondos, como para el envío de mensajes informativos y/o compromisos entre bancos (avales, garantías, aceptaciones, aperturas de Créditos Documentarios, entre otros).

El sistema sirve principalmente para identificar la cuenta bancaria en los pagos internacionales. facilitando las transferencias interbancarias en todos los países del mundo, cuando un cliente realiza alguna transferencia internacional a favor de otro, el banco emisor emite un código (Mensaje SWIFT) que indica de qué manera va a hacer llegar los fondos al cliente indicando fechas, divisas y gastos.

CARACTERÍSTICAS

Algunas de las ventajas del sistema a las transferencias interbancarias son:9242448291?profile=original

La seguridad del sistema SWIFT se enfoca en cuatro objetivos principalmente:

9242448865?profile=original

Código SWIFT

Código asignado a los bancos miembros se SWIFT, que se utilizan para realizar o recibir una transferencia internacional, cada banco tiene un código internacional ISO 9632 que lo identifica en el sistema.

Estructura del código SWIFT

9242448495?profile=original

  • Código de la entidad financiera: Son las primeras cuatro letras del nombre del banco.
  • Código del país: Corresponde al quinto y sexto carácter del código SWIFT y lleva las letras identificadoras del país en el que se encuentra la entidad financiera.
  • Código de la localidad: Este corresponde al séptimo y octavo dígito del código SWIFT y representa a la ciudad en la que se encuentra el Banco.
  • Código de la oficina: Son los últimos tres dígitos del código SWIFT, y en algunos casos, pueden ser opcionales, representan a una oficina o agencia específica del banco.

CONCLUSIÓN

El código SWIFT será solicitado todas a aquellas personas que vayan a realizar una transacción monetaria, es decir, realizarán un movimiento de dinero, como por ejemplo, cualquier pago ya se por una importación o exportación  y/o transferencia, en relación con una cuenta de otro país.

RECOMENDACIÓN

Un dato que es importante conocer es que a este código también se le conoce como BIC (Bank Identifier Code), ya que muchos profesionales de la banca utilizan las dos denominaciones, aunque se refieran a lo mismo. Así que, si nos piden el BIC, no hay que preocuparse, nos están pidiendo exactamente lo mismo.

REFERENCIA

Autor: Vanessa Paredes

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El Sistema de Comunicación electrónica entre bancos desarrollado por la Sociedad para las Comunicaciones interbancarias y Financieras Mundiales SWIFT, es una herramienta para la transmisión de mensajes seguros sobre transacciones financieras internacionales, se utiliza tanto para la transferencia de fondos, como para el envío de mensajes informativos y/o compromisos entre bancos (avales, garantías, aceptaciones, aperturas de Créditos Documentarios, entre otros).

El sistema sirve principalmente para identificar la cuenta bancaria en los pagos internacionales. facilitando las transferencias interbancarias en todos los países del mundo, cuando un cliente realiza alguna transferencia internacional a favor de otro, el banco emisor emite un código (Mensaje SWIFT) que indica de qué manera va a hacer llegar los fondos al cliente indicando fechas, divisas y gastos.

CARACTERÍSTICAS

Algunas de las ventajas del sistema a las transferencias interbancarias son:9242448291?profile=original

La seguridad del sistema SWIFT se enfoca en cuatro objetivos principalmente:

9242448865?profile=original

Código SWIFT

Código asignado a los bancos miembros se SWIFT, que se utilizan para realizar o recibir una transferencia internacional, cada banco tiene un código internacional ISO 9632 que lo identifica en el sistema.

Estructura del código SWIFT

9242448495?profile=original

  • Código de la entidad financiera: Son las primeras cuatro letras del nombre del banco.
  • Código del país: Corresponde al quinto y sexto carácter del código SWIFT y lleva las letras identificadoras del país en el que se encuentra la entidad financiera.
  • Código de la localidad: Este corresponde al séptimo y octavo dígito del código SWIFT y representa a la ciudad en la que se encuentra el Banco.
  • Código de la oficina: Son los últimos tres dígitos del código SWIFT, y en algunos casos, pueden ser opcionales, representan a una oficina o agencia específica del banco.

CONCLUSIÓN

El código SWIFT será solicitado todas a aquellas personas que vayan a realizar una transacción monetaria, es decir, realizarán un movimiento de dinero, como por ejemplo, cualquier pago ya se por una importación o exportación  y/o transferencia, en relación con una cuenta de otro país.

RECOMENDACIÓN

Un dato que es importante conocer es que a este código también se le conoce como BIC (Bank Identifier Code), ya que muchos profesionales de la banca utilizan las dos denominaciones, aunque se refieran a lo mismo. Así que, si nos piden el BIC, no hay que preocuparse, nos están pidiendo exactamente lo mismo.

REFERENCIA

Autor: Vanessa Paredes

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En un intercambio de bienes o servicios, tanto los compradores como vendedores son los responsables de asegurar el pago en el contrato de compraventa internacional que suele terminar con el pago del valor que se ha acordado de las mercancías adquiridas por el comprador al vendedor, independientemente de si se emitieron garantías.

Para que se pueda liquidar la operación comercial se puede realizar de varias formas según la forma de pago y el mecanismo. Las entidades financieras es decir los Bancos ocupan un papel indispensable en la ejecución ya que cumple una doble función, soy garantes e intermediarios.

Estas entidades financieras que se ubican en el extranjero pueden clasificarse en:

  • Bancos agentes: Son los encargados de ejecutar las operaciones o servicios que se le ordenan a cambio de una comisión que ha sido aceptada previamente por el Banco local.
  • Bancos corresponsables: Además de ejecutar las órdenes u operaciones que se le confían, se mantiene en el citado banco una cuenta abierta en divisas.

Para dichas transacciones financieras interbancarias se utilizan una serie de códigos estandarizados:

  • Código SWIFT
  • Código IBAN
  • Código ABA

FORMAS DE PAGO

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MEDIOS DE PAGOS NO DOCUMENTALES

Son aquellos en los que sólo existe movimiento de fondos entre comprador y vendedor y los documentos asociados a la operación comercial no están ligados a la forma de liquidación, estos son:

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MEDIOS DE PAGO DOCUMENTALES

Aquellos en los que el movimiento de fondos va ligado al intercambio de documentos comerciales y/o financieros que dan la posesión de las mercancías.

ORDEN DE PAGO DOCUMENTAL

se trata de una operación bancaria en la que el Banco del importador pone a disposición del vendedor una cantidad de dinero pactada, condicionando su entrega al cumplimiento exacto de las condiciones acordadas en la mercancía.

PROCESO

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Las cobranzas son los medios utilizados con mayor frecuencia en las importaciones y exportaciones, es necesario recalcar que la utilización de este medio de pago también exige un cierto grado de confianza entre las partes, debido a que estás no protegen al vendedor de la falta de pago ni del riesgo país, las cobranzas pueden clasificarse en:

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Para aplicar este medio de pago en un contrato de compraventa internacional se exige cierto nivel de confianza entre las partes, debido a que este no protege al vendedor por la falla de pago o el riesgo país, este es uno de los medios de pago que ofrece mayor agilidad en la disposición de fondos y en la cual el cobro por comisión del servicio es menor.

COBRANZA DOCUMENTAL

Es un medio de pago por el cual un exportador contrata el servicio de una entidad financiera para que, en su representación, realice el envío de los documentos comerciales y también el cobro de los mismos mediante el banco del importador. El nivel de riesgo es medio para ambas partes.

PROCESO

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En las cobranzas son los medios utilizados con mayor frecuencia en las importaciones y exportaciones, es necesario recalcar que la utilización de este medio de pago también exige un cierto grado de confianza entre las partes, debido a que éstas no protegen al vendedor de la falta de pago ni del riesgo país, las cobranzas pueden clasificarse en:

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CRÉDITO DOCUMENTAL

Es un mandato de pago que el importador cursa a través de su entidad financiera para que, directamente o a través de otro banco, pague al exportador el importe de la operación, siempre y cuando dicho exportador cumpla, estrictamente, con el condicionado del propio crédito (generalmente la entrega de determinada documentación). 

PROCESO

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DENTRO DE LAS CARTAS DE CRÉDITO SE PUEDEN ENCONTRAR LAS SIGUIENTES MODALIDADES:

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CONCLUSIÓN

Los medios de pago internacional se dividen en pagos no documentales y en pagos documentales, en los no documentales encontramos los billetes, los cheques personales, cheques bancarios y transferencias bancarias, mientras que en los medios de pagos documentales encontramos la orden de pago documental, la cobranza documental y el crédito documental, que aunque suenen iguales, son diferentes y cada uno mantiene un proceso distinto.

RECOMENDACIÓN

Para poder realizar un pago internacional hay que conocer todos los medios y formas para poder elegir entre todos el que más nos convenga según el tipo de intercambio comercial que estemos realizando ya que todos son diferentes y unos son más beneficiosos que otros, por lo que conocer los procesos de estos también nos va a ayudar a elegir el medio de pago más adecuado.

REFERENCIAS

Autor: Vanessa Paredes. 

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Tanto como el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SNAE) como el Comité de Comercio exterior son los organismos nacionales encargados de regular y controlar las actividades de comercio exterior.

Comité de Comercio Exterior (COMEX)

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El comité de Comercio Exterior es el organismo que aprueba las políticas públicas nacional en materia de la política comercial (el manejo del conjunto de instrumentos al alcance de un estado para mantener, alterar o modificar sustantivamente las relaciones comerciales de un país con el resto del mundo). es un cuerpo colegiado de carácter intersectorial público que se encarga de la regulación que corresponde  a los procesos y asuntos en relación a esta materia, y está conformado por miembros o titulares o delegados que son las siguientes entidades:

CON VOZ Y VOTO:

  • Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.
  • Ministerio de Agricultura y Ganadería
  • Ministerio de economía y finanzas
  • Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables
  • Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
  • Secretaria Nacional de planificación y desarrollo

CON VOZ Y SIN VOTO:

  • Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

Son deberes y atribuciones del COMEX:

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SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS DEL ECUADOR

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Es un organismo al que se le atribuye las competencias técnico administrativas, necesarias para llevar adelante la planificación y ejecución de la política aduanera del país y para ejercer las facultades de determinación de resolución, de sanción y reglamentaria en materia aduanera, de conformidad con el Código Orgánico de Producción Comercio e Inversiones y sus reglamentos.

Principios fundamentales del SENAE:

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CONCLUSIÓN

En Ecuador los organismos encargados de regular y controlar el comercio exterior son el SNAE (servicio nacional de aduanas del Ecuador) y el COMEX (Comité de Comercio exterior) estos de igual forma están conformado por otros organismos algunos quienes tienen voz y voto en materia de comercio exterior, como son el ministerio de producción, comercio exterior, inversión y pesca, entre otros, así como organismo quienes tienen voz pero no tienen voto. 

RECOMENDACIÓN

Para realizar cualquier actividad de comercio exterior ya sea importaciones o exportaciones o alguna otra, hay que tener en cuenta cuáles son los distintos organismos que regulan y controlan estas operaciones por lo que debemos cumplir con los requisitos que estos requieran, como por ejemplo, si importamos productos o mercancías pecuarias que tengan que ver con animales necesitaremos un permiso específico o certificado zoosanitario por lo que deberemos solicitar a Agrocalidad. 

REFERENCIAS

Autor: Vanessa Paredes

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La firma electrónica es documento virtual que certifica la vinculación de la firma electrónica con una persona determinada; es decir que equivale a la firma manuscrita ya que tiene la misma validez legal y está amparada en la Ley de Comercio Electrónico. Dentro del área del comercio exterior la firma electrónica o también conocida como "token" nos sirve para firmar la declaración aduanera que se transmite a través del sistema del Ecuapass para dar paso al comienzo del trámite aduanero ya sea para la importación o exportación de mercancías.

FIRMA ELECTRÓNICA EN EL BANCO CENTRAL

Pasos a seguir en el portal

1. Ingrese la solicitud en: https://www.eci.bce.ec/web/guest/solicitud-de-certificado-requisitos

2. Dar Clic en la pestaña Firma Electrónica.

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3. Ingrese la "solicitud de certificado". Llene el formulario y adjunte los requisitos solicitados.

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4. Aprobada la solicitud realizar el pago del certificado en las ventanillas de Registro Civil de la ciudad donde solicitó el servicio.

5.Retire su certificado en la oficina que eligió portando su cédula o pasaporte. 

FIRMA ELECTRÓNICA  SECURITY DATA

Pasos a seguir en el portal: 

1. Ingresamos al portal: https://www.securitydata.net.ec/firma-electronica-en-ecuador/

2.Seleccionamos persona natural o representante legal (persona jurídica)

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3. Ingresamos la información en los casilleros según corresponda.

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4. Subir los datos correspondientes y dar click en registrar.

5.Revise el correo electrónico que registro para solicitar la firma.

6.Continúe con el registro, le asignarán un lugar, fecha, y valor a pagar, por concepto de la emisión de su firma electrónica.

CONCLUSIÓN

A pesar de que cada portal es diferente, tienen sus funciones similares, el proceso para ingresar la solicitudes es básicamente el mismo, la única diferencia serían los plazos de entrega del token ya que en el banco central se suelen demoran un poco más de tiempo que en security data y también varia lo que vendría a ser el pago correspondiente al token ya que aunque los precios están casi en el mismo en security data es un poco más costoso.

RECOMENDACIÓN

Por la época en la que vivimos debido a la pandemia, es importante chequear las fechas en que la firma electrónica o token va a ser entregada ya que se ha extendido el plazo de entrega de lo que normalmente antes era, por lo que si necesitamos para hacer algún tipo de trámite o documento específico en cierta fecha hay que saber cuando nos otorgarán el token.

REFERENCIAS

Autor: Vanessa Paredes

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DESPACHO ADUANERO

El despacho aduanero es el procedimiento administrativo al cual deben someterse las mercancías que ingresan o salen del país, y este proceso inicia con la presentación de la DAU y culmina con el levante.

El sistema de perfiles de riesgo del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador determinará las modalidades  de despacho aplicable a cada declaración, conforme a las disposiciones que dicte para su aplicación la Directora o el Directo General, a base de la normativa internacional.

AFORO

Es el acto de determinación tributaria a cargo de la administración aduanera, para realizar el despacho de las mercancías que requieran Declaración Aduanera, se deberá utilizar cualquiera de las siguientes modalidades de aforo: automático, electrónico, documental o físico. (Intrusivo o no intrusivo)

Procesos para el trámite operativo del Despacho

  1. Resumen de los principales documentos electrónicos
  2. Flujo de la Declaración Aduanera por el canal de aforo
  3. Unificación de la información de los ítems de la DAV con la serie de DAI
  4. Se modifica la instancia para presentar la Declaración de Exportación
  5. Se modifica la instancia para realizar el pago
  6. Proceso de corrección para la Declaración de Exportación e Importación
  7. Mejora el procedimiento para tramitar la solicitud de Régimen Especial
  8. Facilidades de Pago y Pago Garantizado

Resumen de los principales documentos electrónicos

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LEVANTE DE MERCANCÍAS

Una vez que se cumple con todos los procedimientos del despacho previos a la autorización del pago, se autorizará la liquidación respectiva de la declaración aduanera y se podrá autorizar la salida de las mercancías amparadas en aquellas declaraciones aduaneras que accedan a la modalidad de despacho garantizo, cuando el mondo de la liquidación aduanera sea imputada y descontada de la garantía general rendida para el efecto.

CONCLUSIÓN

Para poder despachar la mercancía se necesita cumplir una serie de requisitos y posteriormente realizar el debido procedimiento, una vez que hayamos cumplido con todo eso y haya ninguna novedad se procede a realizar el despacho de la mercancía previamente del pago de la liquidación aduanera para que posteriormente se proceda al levante de la mercancía.

RECOMENDACIÓN

Cuando las mercancías deban someterse a un control por otras autoridades que incluya el reconocimiento físico de estas, las autoridades aduaneras procurarán que los controles se realicen de forma coordinada, como es en el caso de las mercancías perecederas y animales vivos u otras mercancías, por lo que hay que tenerlo en cuenta.

AUTOR: Vanessa Paredes

REFERENCIAS

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