Publicaciones de Paola Lizeth Borja Burbano (21)

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Introducción

Es la persona natural o jurídica involucrada en el movimiento internacional de mercancías, cualquiera que sea la función que haya asumido, que cumpla con las normas equivalentes de seguridad de la cadena logística establecidas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, para acceder a facilidades en los trámites aduaneros.

Los Operadores Económicos Autorizados incluyen, entre otros, a fabricantes, importadores, exportadores, transportistas, consolidadores, desconsolidadores, agentes de carga internacional, puertos, aeropuertos, depósitos aduaneros, depósitos temporales, courier, operadores de terminales, y se regularán conforme las disposiciones que para el efecto emita la Directora o el Director General (Art. 231. COPCI).

Desarrollo

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador ofrece un programa voluntario y gratuito en el cual el Operador de Comercio Exterior (OCE) cumple con normas de seguridad en la cadena logística establecidas por el Marco de Estándares para Asegurar y Facilitar el Comercio (SAFE) de la Organización Mundial de Aduanas y que le permitirá obtener beneficios por parte de la Administración Aduanera y otras entidades del estado.

La vigencia de la calificación, como Operador Económico Autorizado, es de 3 años de acuerdo a lo establecido en el Art. 268.- Calificación y Evaluación, del REGLAMENTO AL TÍTULO DE LA FACILITACIÓN ADUANERA PARA EL COMERCIO, DEL LIBRO V DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES, pudiendo ser renovada por un período igual.

Para presentar su postulación OEA, debe:

  1. Ingresar el sistema informático Ecuapass y acceder con su RUC, Id de Usuario y Clave https://ecuapass.aduana.gob.ec/
  2. Dirigirse a la sección Trámites Operativos e ingresar a la opción 1.12 “Formulario para obtener o renovar la calificación como Operador Económico Autorizado”
  3. Llenar la solicitud, el formulario y firmarlo electrónicamente.

Beneficios de calificarse como OEA

  • Reconocimiento nacional e internacional
  • Reducción de tiempos, a través de las inspecciones simultáneas entre las diferentes entidades del estado.

  • Beneficios a nivel internacional recibidos por los acuerdos de reconocimiento mutuo.

  • Asignación de un oficial para atención personalizada por parte del SENAE. 
  • Prioridad en temas de capacitaciones institucionales.
  • Capacitaciones en lugar designado por oea sobre temas relacionados al comercio exterior y seguridad en la cadena logística.

  • Uso de sello distintivo para reconocimiento internacional
  • Difusión de calificación
  • Coordinación con más entidades.

Condiciones Generales

Para calificar como OEA, se debe cumplir con las siguientes condiciones:

https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2019/10/SENAE-OEA-CI-001-V1.pdf ;
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Conclusión

Calificarse como Operador Económico Autorizado, permite gozar de beneficios que crean competitividad en el mercado. 

Esta calificación garantiza que el OCE se encuentra operando en el marco de la legislación del país en el que se encuentra domiciliado y que posee solvencia financiera.

Recomendación

Es importante cumplir las condiciones que se estipulan legalmente para calificarse como OEA y mantenerse actualizado a los cambios que puedan generarse.

Fuentes: 

https://www.aduana.gob.ec/oea/

https://www.aduana.gob.ec/servicios-para-oces/procedimientos-para-oces/

https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2019/10/SENAE-OEA-CI-001-V1.pdf

https://www.aduana.gob.ec/oea/informacion-oea/

Autora: Paola Borja

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Salida del medio de transporte

El zarpe del medio de transporte internacional requiere la aplicación, cumplimiento y realización del procedimiento correspondiente por parte de los transportistas efectivos operadores (marítimos, aéreos y terrestres), agentes de carga, depósitos temporales marítimos, directores de Control de Zona Primaria, directores de Despacho y Zona primaria, jefes de Procesos Aduaneros y técnicos operadores de zona primaria.

Definiciones

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Procedimiento

Salida del medio de transporte marítimo, excepto para carga de hidrocarburos.

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Salida del medio de transporte aéreo, fluvial y terrestre.

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Consideraciones

  • El registro de informe de salida se lo debe realizar de forma inmediata a la salida de los medios que transportan mercancías de exportación y a las mercancías movilizadas por sus propios medios.
  • La fecha y hora que se debe colocar en el Registro de informe de salida, debe ser cuando el medio de transporte zarpe de muelle, despegue de plataforma o realice el cruce de frontera.

Conclusión

La salida del medio de transporte internacional ya sea vía marítima, aérea o terrestre, exige cumplir con el proceso correspondiente, el cual permite el registro de las actividades de salida de los medios de transporte.

Recomendación

Es importante cumplir con los procesos respectivos en todas las etapas y niveles que intervienen en la exportación de mercancías, a fin de evitar sanciones y multas.

Fuente: 

SENAE (2013). Manual Específico para la salida del medio de transporte 

https://www.aduana.gob.ec/servicios-para-oces/procedimientos-para-oces/ ;

Autora: Paola Borja

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Introducción

Es necesaria una autorización generada por parte de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA), la misma que se deben conseguir previo a cada embarque, ya sea para exportación o importación de medicamentos que contengas sustancias catalogadas sujetas a fiscalización. Además, deberán obtener la calificación para el manejo de estos medicamentos otorgada por la ARCSA.

Sustancias sujetas a fiscalización:

Son sustancias catalogadas sujetas a fiscalización las que constan en el anexo de la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas, se clasifican en:

  1. Estupefacientes
  2. Psicotrópicas
  3. Precursores químicos; y, sustancias químicas específicas.

Desarrollo

Las personas naturales y jurídicas calificadas como importadores / exportadores o que tengan una autorización ocasional, previo a cada embarque, solicitarán a la ARCSA, la autorización para la importación (a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana – VUE) o la autorización para la exportación de medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, adjuntando los siguientes requisitos:

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Procedimientos

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Conclusión

Las licencias y autorizaciones establecidas para la exportación o importación de mercancías específicas, contribuye al control de las operaciones de comercio exterior, fomentando el cumplimiento de las normativas y regulación legal de las mercancías.

Recomendación

Es importante conocer todos los requisitos previos a exportar o importar, ya que este tipo de autorizaciones deben ser obtenidas previo el embarque, a fin de poder reunir los requisitos, evitar contra tiempos y agilizar la gestión aduanera.

Autor: Paola Borja

Fuente:

https://www.controlsanitario.gob.ec/autorizacion-para-importar-exportar-medicamentos-que-contengan-sustancias-catalogadas-sujetas-a-fiscalizacion/

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Introducción

Procedimiento a que deben cumplir los turistas y servidores aduaneros para realizar el registro y control de ingreso y salida del vehículo de uso privado del turista al territorio ecuatoriano.

Definiciones

9242251096?profile=originalRégimen

El régimen de vehículo de uso privado del turista es aquel régimen de excepción por el cual se permite el ingreso del vehículo de uso privado de la persona en calidad de turista dueño o legalmente apoderado del vehículo de turismo, en cualquiera de sus modalidades, al territorio nacional, de acuerdo a los procedimientos y condiciones dispuestos por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en concordancia con lo establecido en el Art. 219 del Reglamento al título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

Procedimientos

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Consideraciones

  • El vehículo solo puede ser utilizado para uso particular del turista a cuyo nombre se extiende el título respectivo.
  • El conductor que desee ingresar al territorio ecuatoriano, un vehículo particular o rentado, deberá presentar los siguientes documentos:
    • Documento de identidad o pasaporte
    • Licencia de conducir vigente
    • Matrícula de vehículo
    • Tarjeta de migración
  • La fecha desde que inicia el permiso de ingreso del vehículo de turismo a territorio ecuatoriano es la misma fecha en la que se presenta el turista en oficina de aduana para registrar la DJT (Declaración Juramentada de Turista).

Conclusión

Movilizarse a un país extranjero como turista, con un vehículo propio o rentado, requiere de cumplir con el procedimiento y documentación requerida que le permita la libre circulación en el país, además de otorgarle los beneficios de movilización, se crea la responsabilidad y obligaciones respectivas.

Recomendación

Es importante investigar los requerimientos del país extranjero que se pretende visitar, previo el viaje, con el fin de asegurarse de contar con los documentos respectivos y evitar contratiempos.

Fuente: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-MEE-2-2-020-V3.pdf ;

Autora: Paola Borja

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Introducción

El riesgo es un efecto inherente de todas las actividades, una medida de la magnitud de los daños frente a una situación peligrosa; no se puede evitar la vulnerabilidad frente a cada tipo de peligro, pero es posible generar sistemas de gestión de riesgo que eviten o a su vez ayuden a disminuir el daño que se pueda generar.

La Administración de las aduanas requiere de sistemas de manejo de riesgo que disminuyan la posibilidad de sufrir daños. La gestión del riesgo puede ser estratégico, operacional o táctico, sin embargo, es necesario que se cumpla transversalmente en todos los niveles.

Desarrollo

Es imprescindible planificar, previa investigación, las actividades que se ejecutarán con el fin de gestionar el riesgo que se puede ocasionar en las aduanas.

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Conclusión

La etapa de planificación es indispensable, puesto que es ahí, donde se analiza toda la información disponible que permite generar estrategias, procesos y acciones que disminuyan el riesgo al que están sometidas las actividades diarias de las aduanas.

Recomendación

Es importante mantener sistemas de gestión de riesgo dentro de las aduanas, que se ajusten a las necesidades y realidad de las mismas. 

Autor: Paola Borja

Fuente: Convenio de Kyoto, Control Aduanero. Obtenido de http://www.wcoomd.org/-/media/wco/public/es/pdf/topics/facilitation/instruments-and-tools/tools/conventions/kyoto-convention/cap6.pdf?la=en

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¿Cómo consultar el estado de una DAE?

Introducción

Una exportación es un régimen aduanero que permite la salida definitiva de mercancías en libre circulación, fuera del territorio aduanero ecuatoriano o a una Zona Especial de Desarrollo Económico, y para efecto es necesario tener en cuenta que toda exportación se realiza mediante la Declaración Aduanera de Exportación (DAE) sujeta a las disposiciones establecidas en la normativa legal vigente.

Desarrollo

La Declaración Aduanera de Exportación (DAE), es  un formulario en el cual se registran las exportaciones. Es el el único documento aduanero legal que corrobora la exportación de las mercancías. Todas las exportaciones deben presentar una DAE la cual se obtiene mediante la transmisión electrónica a través del sistema ECUAPASS. 

A continuación se describirá en forma secuencial las tareas para agilitar la consulta del estado de la declaración de exportación a través del sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, ECUAPASS, dentro de la opción Consulta del Estado de la Declaración de Exportación.

Proceso

  1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección https://portal.aduana.gob.ec/, visualice el portal externo ECUAPASS e ingrese con su usuario y contraseña.9242406089?profile=original
  2. Seleccione el menú principal "Servicios Informativos", luego haga clic en la opción "2.11 Servicios de información de despacho/carga".9242406658?profile=original
  3. En el detalle de la opción "2.11 Servicios de información de despacho/carga", las opciones de registro que se presentan están categorizadas como “Despacho Aduanero", “Cargas"; seleccione la opción: “Consulta de estado de declaración de exportación" que se encuentra en la viñeta “Despacho Aduanero" en la sección “Exportación".9242406698?profile=original
  4. Seleccionada la opción "Consulta de estado de declaración de exportación" mediante el botón Seleccionar, se presenta la siguiente pantalla:9242407692?profile=original
  5. Dentro de la pantalla “Consulta de estado de declaración de exportación" se presentan los siguientes criterios de búsqueda:
    1. Número de declaración: Digite el número de la DAE a consultar.
    2. Búsqueda de resultados: Seleccione el término de búsqueda en el combo.
    3. Fecha de declaración: Seleccione el periodo de fecha en el combo o escoja un rango de fecha usando el botón de calendario dd/mm/aaaa.9242408666?profile=original
  6. Una vez registrado los criterios de búsqueda se debe dar clic en el botón Consultar, los campos a presentarse posterior a la consulta son:9242409054?profile=original
  7. De los resultados de la consulta realizada, se puede obtener información adicional relacionada a las DAE, al dar clic en el número de la declaración correspondiente, la cual se muestra en formato de color azul y al hacer clic en el número respectivo, se desplegará la pantalla emergente "Información de la DAE".9242409669?profile=original

Conclusión

El portal del SENAE permite obtener información de la declaración de exportación, por medio de la opción “servicios de información de despacho/carga", como: Número de la declaración, fecha de declaración, fecha de aceptación, fecha de asignación, datos del exportador y del declarante, país de destino, aforador asignado, canal de aforo y entre otros que detallan el estado de la DAE, además también permite acceder, a información relativa a declaraciones de importaciones y documentación necesaria.

Recomendación

Es importante conocer las facilidades que proporciona el portal del SENAE, ya que permite tener acceso no sólo a información relativa al comercio exterior sino también permite acceder a los manuales de las operaciones que se deben llevar a cabo en él; como declaraciones, transmisión de la información, actualizaciones y consultas.

Autor: Paola Borja

Fuentes: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-ISEE-2-2-019-V3.pdf ;

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Introducción

Los Emiratos Árabes Unidos son uno de los mercados más atractivos para las empresas exportadoras, esto se debe a su modelo de mercado abierto y al hecho de que son acreedores de uno de los PIB per cápita más altos del mundo, además gozan de una economía abierta y un crecimiento sostenido y acelerado.

Los EAU poseen limitaciones de producción alimentaria que genera una ausencia de la producción local, por lo que existe una fuerte y bien establecida competencia. Los grandes productores a nivel mundial se encargan de suministrar productos, operando a través de socios bien establecidos como importadores o agentes propios de la región. Por tal motivo es esencial contar con un socio local, que haciendo uso de sus buenas relaciones con las autoridades sanitarias y aduaneras, conocimiento del mercado y una sólida red de distribución, logré posicionar a la empresa exportadora en el mercado.

Desarrollo

Los EAU han simplificado los procedimientos de tramitación de documentos y han reducido los plazos necesarios para el despacho de aduana, principalmente mediante la introducción de procedimientos de despacho totalmente electrónicos y de un sistema de evaluación de riesgos. Sin embargo, sigue siendo necesario que las importaciones sean procesadas por un agente comercial local designado. Dichos agentes comerciales deben poseer una licencia que los faculte a ejercer en el territorio, la misma que solo se otorga a nacionales de los EAU o empresas suya titularidad corresponde al menos del 51% a nacionales de los EAU.

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Conclusión

Los EAU es un mercado con grandes oportunidades para exportar productos alimenticios dadas las condiciones propias de su territorio y la capacidad adquisitiva de la población, sin embargo es necesario que se tome contacto con un agente comercial local, ya que la legislación exige que quienes distribuyan y comercialicen los productos en el territorio deberán ser nacionales.

Recomendación

La mayor parte de condiciones a cumplir se basa en los certificados de inocuidad del producto y los de certificación Halal. Es importante cumplir con los requisitos que dichos certificados exigen, mucho antes de iniciar el proceso de contacto con un agente comercial, aumentando así las posibilidades de ingreso y posicionamiento en el mercado de los EAU.

Fuentes:

https://issuu.com/pro-ecuador/docs/gu__acomercialeau14

https://www.diariodelexportador.com/2016/08/consejos-para-exportar-emiratos-arabes.html

https://www.poderyfinanzas.com/noticias/emiratos-arabes-unidos-requisitos-para-exportar/#:~:text=Copia%20de%20la%20licencia%20comercial,exenci%C3%B3n%20de%20derechos%20de%20aduana.

Autor: Paola Borja

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Drawback es un régimen aduanero mediante el cual se restituyen en forma total o parcial los importes abonados en concepto de tributos pagados en la importación de insumos utilizados en la producción del producto final exportado

El objetivo de este régimen es evitar que el pago de los derechos arancelarios de los productos importados para confeccionar otro producto a exportar, incremente su costo y su precio final, afectando así su competitividad. Es decir, el fin de este mecanismo es evitar la exportación de impuestos.

Definiciones

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Consideraciones Generales

  • El exportador puede aplicar al proceso de devolución en cada una de sus Declaraciones Aduaneras de Exportación (DAE).
  • El monto correspondiente a la devolución únicamente será acreditado a través de transferencias bancarias.
  • Para que el exportador se encuentre calificado, debe cumplir las siguientes condiciones.
    • No tener deudas pendientes con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
    • No tener deudas pendientes con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
    • No tener deudas pendientes con el Servicio de Rentas Internas
  • La declaración de Devolución Condicionada Simplificada debe ser firmada por un usuario exportador que sea el representante legal.
  • Las declaraciones aduaneras de Devolución Condicionada Simplificada pueden ser consultadas desde Ecuapass: Portal Externo > Servicios Informativos > Devolución Condicionada > Consulta de Declaración Aduanera de Devolución Condicionada Simplificada.

Procedimiento

Registro de la Declaración Aduanera de Devolución Condicionada Simplificada

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Conclusión

La Declaración Aduanera de Devolución Condicionada Simplificada permite obtener una devolución de los valores pagados como concepto de tributos al comercio exterior, siempre que los exportadores presenten una declaración aduanera simplificada en la que harán referencia a la declaración aduanera regularizada bajo el régimen de exportación definitiva, excepto aquellas que tengan asociados regímenes precedentes que no sean de transformación.

Recomendación

Es importante manejar matrices de cálculo en las importaciones cuyos fines sean transformación, incorporación a la mercancía o envase y acondicionamiento, para definir los valores exactos de los tributos pagados de los que se pretende obtener un Drawback.

Fuente

https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-GOE-2-4-002-V3.pdf ;

Autora: Paola Borja  

 

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Introducción

La Merceología estudia las mercancías objeto del comercio. En el mundo se comercializan millones de diversas mercancías, y cada quien les llama de diferente manera, con lo cual, la comunicación se torna problemática y afecta, entre otros, a todo el proceso logístico y el pago de impuestos, generando confusión y retroceso en el comercio.

La Merceología aporta y otorga bajo reglas claras, una única designación y codificación para cada mercancía, lo cual servirá además para establecer impuestos aduaneros, barreras no arancelarias, permisos, estadísticas, toma de decisiones, firma de acuerdos, convenios y tratados, entre otros usos, que además afectan directamente los costes de las mercancías en cuestión.

Desarrollo

Las Aduanas pueden considerarse la puerta del comercio internacional, son los organismos encargados de aplicar la legislación relativa a la importación y exportación de las mercancías y los regímenes aduaneros, de percibir y hacer percibir los gravámenes que les sean aplicables, de llevar controles estadísticos, de coadyuvar en la seguridad nacional y de cumplir las demás funciones que las leyes le encomienden.

Estas instituciones públicas, cuya finalidad incluye el control y la facilitación del paso de mercancías nacionales, nacionalizadas o extranjeras que, circulan dentro de su territorio geográfico de jurisdicción nacional, desde o hacia otros territorios aduaneros, incluidas las zonas especiales de desarrollo económico; han asumido la labor de recaudar los impuestos establecidos por las política comercial de cada país y vigilar que todas las transacciones se lleven a cabo dentro del marco legal que las rigen.

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Conclusión

La merceología permite establecer la partida arancelaria correcta de las mercancías que ingresan o salen del territorio, de esta manera el valor en aduana y la base imponible sobre la cual se gravan derechos arancelarios, impuestos al comercio exterior y tasas por servicios, permite recaudar todos los valores que se generan de este tipo de transacciones.

Recomendación

Es importante conocer la clasificación arancelaria exacta de una mercancía, para no atentar contra los intereses de los entes de control o de los propios. Si existen dudas que obstaculizan la definición de una mercancía, existe la posibilidad de hacer una consulta de clasificación arancelaria a la aduana correspondiente, con el fin de evitar errores por omisión o desconocimiento.

Referencias:

https://www.aduana.gob.bo/aduana7/sites/default/files/kcfinder/files/presentacionesNA/MerceologiaAduanera.pdf

https://www.imprentanacional.go.cr/editorialdigital/libros/textos%20juridicos/merceologia_lenguaje_edincr.pdf

Autor: Paola Borja

 

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¿Qué requisitos debo cumplir para exportar alimentos a Japón?

Introducción

Las barreras de importación que se aplican a los productos alimenticios dependen de las condiciones y nivel de exigencia de la administración de cada país, por lo que es importante conocer los requerimientos específicos que difieren de un país a otro con el objetivo de estar en capacidad de exportar sin ningún inconveniente.

El importador es el responsable primario del cumplimiento de las condiciones preestablecidas, él mismo que pactará un contrato de compra venta una vez que se haya acordado el cumplimiento de sus requerimientos por parte del exportador.

Desarrollo
Japón es uno de los países más exigentes para permitir el ingreso de productos alimenticios, por lo que antes de exportar con ese destino es imprescindible conocer los siguientes requisitos.
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Conclusión

Los productos alimentarios deben dumplir con rigurosos procesos de calidad y conservación desde la producción, hasta la comercialización, es decir en todos las etapas de la cadena productiva, con el fin de garantizar la inocuidad de los mismos.

Recomendación

Antes de negociar la exportación de productos alimenticios es necesario conocer los requerimientos del país de destino, cumplir con las normas de producción del país de origen y certificar la producción.

Autor: Paola Borja
Fuentes: 
https://connectamericas.com/es/content/requisitos-sanitarios-y-fitosanitarios-para-exportar-jap%C3%B3n
http://repositorio.espe.edu.ec/jspui/bitstream/21000/15793/1/T-ESPE-040726.pdf
http://repositorio.ucsg.edu.ec/bitstream/3317/8635/1/T-UCSG-PRE-ECO-GES-395.pdf

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Introducción

El control aduanero es una herramienta para las aduanas, que les permite vigilar los procesos de importación y exportación. Los procesos de control se aplican en todas las etapas (previo, inmediato y posterior) del ingreso o salida de mercancías del territorio nacional y zonas especial de desarrollo económico. Por su parte la autoridad aduanera tiene como objeto dar cumplimiento a la legislación ejerciendo su competencia y responsabilidad, sometiéndose a diferentes operadores de comercio exterior y en las personas que entren y salga del territorio aduanero.

Desarrollo

El principal fin es, facilitar las operaciones de comercio exterior, a través de procesos aduaneros sistemáticos e integrados que permitan disminuir los tiempos de despacho a fin de incentivar la productividad y competitividad nacional.

Todos aquellos procesos que se instauran para controlar procesos de comercio exterior fundamentalmente buscan fortalecer los sistemas de recaudación de impuestos, además de otorgar seguridad a la industria nacional, importadores y exportadores, fomentando la competencia leal.

Producto del control aduanero se detectan diferentes contravenciones, fraudes e incluso contrabando. La autoridad correspondiente es la encargada del manejo y gestión de este tipo de inconvenientes por lo que la misma se encargará del destino aduanero de las mercancías y la aplicación de la ley a quienes se encuentren inmersos en este tipo de acciones.

El destino aduanero se entiende como la destinación que se debe dar a las mercancías introducidas desde el exterior al territorio aduanero nacional, bajo potestad aduanera, y que está regulada por la legislación aduanera, genéricamente designa al tratamiento o finalidad económica. Los principales destinos de las mercancías son:

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Conclusión  

El control aduanero aplica las normativas vigentes en las tres etapas de ingreso o salida de mercancías, se enfoca en un conjunto de medidas adoptadas para controlar el ingreso, permanencia, traslado y salida de mercaderías y medios de transporte, así como proteger la economía del país, fiscalizando, vigilando y controlando el ingreso y la salida de mercancías del país.

Recomendación

Con el objetivo de evitar incurrir en una contravención, fraude o cualquier tipo de incumplimiento de la normativa legal que obligue a generar un destino aduanero bajo la potestad aduanera, es imprescindible que se adquiera toda la información respecto a normativa vigente y procesos.

Autor: Paola Borja

Fuente: https://revistasdigitales.upec.edu.ec/index.php/visionempresarial/article/view/885/958

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Introducción

El cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para permitir a las mercancías, importarlas para el consumo, ser exportadas o ser sometidas a otro régimen aduanero. Para los regímenes de importación, depósito aduanero y tránsito, comprende desde la presentación de la declaración aduanera hasta la culminación del régimen, y para el régimen de exportación, desde el ingreso de la mercancía al lugar de embarque hasta la culminación del régimen.

Desarrollo

Para realizar los trámites de despacho aduanero de mercancías, es fundamental la asesoría y servicio de un Agente Aduanero Acreditado por el SENAE.

La Declaración Aduanera de Importación (DAI) debe ser transmitida por un proveedor de Software o en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Ecuapass), en un período no superior a quince días calendario antes de la llegada del medio de transporte, y hasta treinta días calendarios después de la fecha de su arribo; Si no se cumple este período, la mercancías estarán inmersas en una de las causales del abandono tácito, según lo estipula el literal a) del artículo 142 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

Según el tipo de mercancía que se importará, se deberán adjuntar los siguientes documentos a la DAI:

Documentos de acompañamiento
Constituyen documentos de acompañamiento aquellos que denominados de control previo deben tramitarse y aprobarse antes del embarque de la mercancía de importación. Esta exigencia deberá constar en las disposiciones legales que el organismo regulador del comercio exterior establezca para el efecto.

  • Licencias de importación
  • Permisos
  • Registros: Sanitarios, Fitosanitarios

Documentos de soporte
Son la base de la información de la DAI para cualquier régimen. Estos documentos originales, ya sea en físico o electrónico, deberán descansar en el archivo del declarante o su Agente de Aduanas en el momento de la presentación o transmisión de la Declaración Aduanera, y estarán bajo su responsabilidad según lo dispuesto por la Ley. (Art. 73 del Reglamento al Libro V del Copci).

  • Documento de Transporte.- Constituye ante la Aduana el instrumento que acredita la propiedad de las mercancías. Éste podrá ser endosado hasta antes de la transmisión o presentación de la Declaración Aduanera a consumo según corresponda. El endoso del documento de transporte, implica el endoso de los demás documentos de acompañamiento a excepción de aquellos de carácter personalísimo, como son las autorizaciones del CONSEP.
  • Factura comercial o documento que demuestre la transacción comercial.- La factura comercial será para la aduana el soporte que acredite el valor de transacción comercial para la importación o exportación de las mercancías. Por lo tanto, deberá ser un documento original, aun cuando éste sea digital, definitivo, emitido por el vendedor de las mercancías importadas o exportadas, y contener la información prevista en la normativa pertinente y sus datos podrán ser comprobados por la administración aduanera.
  • Certificado de Origen (cuando corresponda).- Es el documento comercial que tiene por finalidad acreditar y garantizar el origen de las mercancías exportadas, de tal manera que permitan beneficiarse de las preferencias o reducciones arancelarias que otorgan los países en el marco de los tratados o acuerdos comerciales internacionales o regímenes preferenciales. 
  • Documentos que el SENAE o el Organismo regulador de Comercio Exterior consideren fundamentales.

Cuando se transmita la DAI, el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador le otorgará un número de validación (Refrendo) y el canal de aforo que corresponda.

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Conclusiones

Existe un proceso establecido para desaduanizar las mercancías importadas, sin embargo existen variantes dependiendo del tipo de mercancía y su naturaleza.

Recomendación

El tiempo que toma desaduanizar una mercancía tiene relación directa con el cumplimiento de la documentación y plazos establecidos. Al realizar el proceso dentro de la normativa legal y plazos previstos, no existirán demoras, ni inconvenientes que perjudiquen la salida de mercancías de la zona primaria.

Fuentes: 

https://www.aduana.gob.ec/para-importar/ ;

http://www.impoex.ec/blog/procedimiento-para-desaduanizar-mercancias-importadas-en-ecuador#:~:text=La%20Declaraci%C3%B3n%20Aduanera%20de%20Importaci%C3%B3n,treinta%20d%C3%ADas%20calendarios%20despu%C3%A9s%20de

https://www.siicex.gob.pe/siicex/resources/exportaciones/360637008rad4CAED.pdf

Autor: Paola Borja

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INTRODUCCIÓN

Es el reconocimiento físico de las mercancías para comprobar su naturaleza, origen, condición, cantidad, peso, medida, valor en aduana y/o clasificación arancelaria, en relación a los datos contenidos en la declaración aduanera  y sus documentos de acompañamiento y de soporte, contrastados con la información que conste registrada en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (ECUAPASS), con el objeto de determinar la correcta liquidación de tributos al comercio exterior y/o el cumplimiento de las disposiciones aduaneras exigidas según el régimen aduanero, mercancías declaradas y normativa vigente.

DESARROLLO


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CONCLUSIÓN

El canal de aforo se realiza de forma aleatoria, basado en perfiles de riesgo, de esta manera se controla que las mercancías que se exportan sean las que se declaran y no estén incumpliendo ninguna normativa.

AUTOR: Paola Borja

FUENTE: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2017/11/SENAE-MEE-2-2-040-V1.pdf

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Es necesario reconocer que las mercancías que ingresan por la zona de arribo Internacional Fronteriza Terrestre tiene un trato diferenciado por lo que es importante que se apliquen los términos y definiciones relativos al proceso, de manera correcta. 
9242269494?profile=originalConsideraciones Generales

  • Los viajeros deben cumplir con todos los controles obligatorios por ley antes de ingresar al área donde empieza el control aduanero.
  • En los distritos donde no se hayan implementado los semáforos o equipos para realizar inspecciones por medios no intrusivos, se procede directamente con inspecciones por medios intrusivos.
  • Si el viajero ingresa con mercancías que requieran de la presencia de otra institución pública se debe informar al delegado para que proceda con los controles necesarios.

  • Los técnicos operadores deben realizar la inspección intrusiva de los vehículos particulares y de los transportes con pasajeros, con la finalidad de determinar si existen bienes tributables.

  • Cuando se realice el aforo físico de las mercancías, los técnicos operadores deben revisar todo el equipaje del viajero, incluido bolsas de mano, en el área destinada para el efecto y contabilizar cada uno de los bienes tributables existentes excluyendo los bienes que se consideran efectos personales de viajero de acuerdo a la normativa vigente.

  • El viajero no debe movilizarse con ninguno de sus equipajes o mercancías hasta que se haya concluido el aforo.

  • En caso de que en un mismo aforo se detecten mercancías de prohibida importación y/o no autorizada importación combinadas con mercancías de permitida importación, el director de Despacho y Zona Primaria o su delegado es quien autoriza la separación de las mercancías para que se proceda de acuerdo a la normativa vigente.

Procedimiento

Despacho de mercancías en el ZAIF

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Conclusión

Al ingresar bienes tributables al país, independientemente del medio de transporte que se haya utilizado, es necesario declarar las mercancías y pagar los tributos correspondientes a los que este sujeto, a fin de evitar contratiempo o incluso decomisos.

Recomendación

Es importante investigar que tipo de mercancías pueden ingresar al país, cuales son los tributos que se deben pagar y todas las características relativas a la importación de los bienes que se pretendan ingresar al país de esta manera se facilitaran los procesos.

Fuente: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-MEE-2-2-023-V1.pdf ;

Autora: Paola Borja

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Control posterior: Aprehensión de licores sujetos a etiquetado fiscal.

Introducción
Aquellos licores que, durante el proceso de control posterior, sean sujetos al sistema de gestión y verificación, serán sometidos a un proceso de etiquetado fiscal en las botellas de licor, que garantice el cumplimiento de la normativa vigente.

Definiciones
Aprehensión: Es la toma forzosa por parte de la unidad operativa del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE, responsable del control posterior de las mercancías, medios de transporte o cualquier otro bien que pueda constituye elemento de convicción o evidencia de la comisión de una infracción aduanera acorde a los establecido en la normativa vigente.
Etiquetas Fiscales: Son etiquetas no reutilizables luego de su primera colocación, que cuentan con medidas de seguridad que permite la identificación, el registro y la trazabilidad de la mercancía a la cual se adhiera, en forma electrónica y a través de un sistema informático de verificación que será utilizado por la autoridad.

Consideraciones
• Si producto de los controles realizados por la Dirección Nacional de Intervención se detectare el cumplimiento a la disposición transitoria de la quinta resolución, el interventor debe hacer constar en el recibo provisional de aprehensión, acta de entrega y recepción, acta de aprehensión e informe de aprehensión el motivo por el cual la mercancía es aprehendida, además se debe incluir el detalle de botellas que se encuentren abiertas de darse el caso.
• El informe de aprehensión debe ser enviado en un plazo de hasta 5 días hábiles posteriores a la aprehensión.
• La multa por falta reglamentaria debe ser generada por cada acta de aprehensión realizada.

Procedimiento
1. Aprende mercancía sin etiquetado fiscal, dichas mercancías son presunción de una infracción aduanera.
2. Ingreso de la mercancía, con su respectivo registro de aprehensión.
3. Elaboración de acta de aprehensión, mediante Quipux, en un plazo de 48 horas posteriores a la aprehensión.
4. Envía memorando con el acta de aprehensión hacia la Dirección Distrital correspondiente.
5. Elabora el informe de aprehensión
6. Envío memorando con el informe de aprehensión al Director Nacional de Intervención
7. Generación de multa por falta reglamentaria
8. Genera tasa de etiquetas fiscales
9. Envío oficio de notificación de multa por falta reglamentaria y tasa de etiquetas, se liquida la multa y la tasa.
10. Paga liquidación de multa y tasa
11. Elabora memorando para emisión de etiquetas fiscales
12. Procesa y entrega orden de pedido de etiquetas fiscales
13. Etiqueta la mercancía
14. Elabora informe de cumplimiento
15. Dispone salida de mercancía, una vez que se haya enviado el informe de cumplimiento al Director Distrital
16. Entrega y registra la salida de mercancía

Conclusiones
Los licores que ingresen al país obligatoriamente deben obtener un etiquetado fiscal por parte de la Aduana, que garantice su procedencia e inocuidad.

Recomendaciones
Es importante informarse sobre la normativa vigente que regule el ingreso de ciertas mercancías y establezca un tratamiento diferente en cuanto a sus características y etiquetado.

Fuente: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-MEE-2-5-001-V2.pdf

Autora: Paola Borja

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Garantías en Comercio Exterior

Introducción

Las transacciones internacionales (importación – exportación), diariamente se realizan en un entorno muy competitivo en el que las dos partes intervinientes (comprador – vendedor) son muy insistentes en que se fijen obligaciones mediante bonos y garantías.

Desarrollo

¿Qué es un bono o garantía en comercio exterior?

Son aquellos rubros o valores que dan al importador la seguridad financiera de garantizar en el caso de que el exportador de incumplimiento de las obligaciones de un contrato. Esto es emitido por el garante o aval en nombre del exportador, que es por lo general un banco.

Si el exportador, no puede entregar las mercancías o servicios que se describen en el contrato con el importador, este último puede acudir a las garantías y recibir una compensación financiera del banco. En caso de indemnización, el banco recurre al exportador por el importe total, incluidos los gastos e intereses.

Tipos de bonos y garantías

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Conclusión

Las garantías permiten realizar operaciones con mayor seguridad, aún si no existe un histórico referente a la relación de las partes que intervienen, de esta manera es posible generar operaciones comerciales con principiantes que ofertan el bien o servicio que se requiere disminuyendo los efectos posibles de los riesgos inminentes de este tipo de acciones.

Recomendación

Al realizar un contrato de compra venta internacional es indispensable que se fijen las cláusulas correspondientes a las garantías de la transacción de esa manera se asegura una mejor experiencia y completa seguridad tanto para el comprador como para el vendedor. 

Referencia

https://www.comercioyaduanas.com.mx/comercioexterior/comercioexterioryaduanas/garantias-en-comercio-exterior/ 

Autora: Paola Borja

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Introducción

En Ecuador existen un sinnúmero de beneficios para las personas con algún tipo de discapacidad, los mismos que se componen de porcentajes de disminución y exoneración en el pago de tributos e incluso en las facturas de servicios básicos de empresas públicas, como EPMAPS. Tantos son los beneficios que ciertas personas han optado por conseguir dicho carné, aún si no tienen discapacidad alguna.

Desarrollo

Entre los años 2018 y 2019 fueron importados 6069 vehículos para personas con discapacidad, sin embargo, de este número 304 son de alta gama, sin ninguna adecuación ni modificación. Recientemente se conoció que época de pandemia se emitieron 3000 carnés más, y luego de investigaciones, gran parte no fue legal, este panorama deja patente el nivel de corrupción existe en el país, que ha encontrado formas de beneficiarse incluso en términos de comercio Exterior.

Para las personas con discapacidad existe una exoneración de tributos acorde a su discapacidad para la importación de vehículos, estos van desde el 60% correspondiente a un rango de 30% a 49% de discapacidad, hasta el 100%, con un rango del 85% al 100%. A pesar de que existe un tope máximo del valor del vehículo (60 salarios básicos = $24 000), se importaron autos de alta gama, señalando el poco control y seguimiento que se da a las transacciones de este tipo.

El valor que perdió el fisco a consecuencia de años de omisión de estos actos, alcanza valores muy altos, pero el hecho de que varios de las personas que han obtenido de forma fraudulenta el carné de discapacidad, pertenezca al sector público, obliga a cuestionarse, ¿hasta dónde llega la viveza criolla ecuatoriana?

Conclusión

Las transacciones de comercio exterior, específicamente las importaciones generan grandes ingresos al fisco por concepto de tributos, todas las exoneraciones que se otorguen, al ser bien enfocadas dinamizan la economía y permiten acceder a oportunidades que generen mejores condiciones de vida para los ciudadanos.

Recomendación

Los beneficios que el Estado otorgue a grupos específicos debe mantenerse bajo un estricto control que asegure que dichas facilidades lleguen exactamente a quien lo necesita.

Referencias

https://www.aduana.gob.ec/para-personas-con-discapacidad/#accordion-1-t1

https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/columnistas/15/el-carro-de-alta-gama

Autora: Borja Burbano Paola

 

 

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EXPORTACIÓN DE CHOCOLATE ECUATORIANO

Introducción

Ecuador es uno de los productores de excelencia de cacao fino de aroma, considerado como uno de los mejores del mundo. Sin embargo, la industria manufacturera de cacao es mínima y casi inexistente, los esfuerzos se centran en la producción del cacao y su venta en estado natural; sin ningún valor agregado lo que le quita total protagonismo al país de origen de este producto tan valorado.

Desarrollo

El cacao fino de aroma, cacao Arriba, que produce el país del centro del mundo busca ganar un espacio en el mercado internacional en su forma más elaborada, chocolate de alta calidad. El producto que ingresará al mercado resulta de esfuerzos de empresas privadas enfocadas en obtener mejores beneficios y reconocimiento, es así como con una inversión de USD 4 millones, se inauguró en quito la primera fábrica, como resultado de la alianza entre la marca ecuatoriana República del Cacao, quién mantiene una fábrica propia en la ciudad de Quito, distribuye el producto en sus tiendas y distribuidores aliados en varios países de Sudamérica, y el grupo francés Bongrain, líder en el segmento premium de chocolates.

Como parte de esta cadena productiva, se estima que se verán beneficiados alrededor de 1.200 pequeños productores. La gran calidad de la materia prima y las condiciones propicias para la producción, no garantizan el éxito; las limitaciones comerciales, como aranceles del 10% al 30% en algunos mercados, la necesidad de adquirir maquinaria especializada, la falta de experiencia en este nicho de mercado y el costo que supone exportar, crea barreras para el posicionamiento a nivel mundial.

Es indispensable la promoción que el Estado le proporcioné a este segmento productivo, gracias a que ha estado en un sinnúmero de ferias internacionales, ha obtenido premios que mejoran en esencia la marca país, de esta manera es prioritario que Ecuador establezca políticas que alienten el comercio del producto y de los consumidores locales aumentar su demanda.

Conclusión

Ecuador es uno de los mejores productores de cacao fino de aroma, pero es principiante en la manufactura de dicha materia prima, y requiere de especialización e inversión para lograr que el chocolate ecuatoriano se posicione en el mercado.

Recomendación

Es importante la promoción para ingresar un producto nuevo al mercado, sin embargo, es de vital importancia que se genere un entorno que cree un producto competitivo no solo en calidad, sino también en precio y distribución.

Referencias

http://www.anecacao.com/index.php/es/noticias/el-chocolate-representa-el-1-de-las-exportaciones-de-cacao-y-derivados.html

https://perfectdailygrind.com/es/2018/10/12/conoce-los-diferentes-origenes-de-cacao-fino-en-todo-el-mundo/#:~:text=En%20las%20Am%C3%A9ricas%2C%20los%20diferentes,Nicaragua%2C%20Costa%20Rica%20y%20otros.

Autora: Paola Borja

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Introducción

El certificado de firma electrónica es un documento electrónico expedido por una institución acreditada para ese fin (Banco Central, Security Data), que identifica a una persona (física o jurídica) con dos claves, la pública y la privada. Su función es validar y certificar que una firma electrónica corresponde a una persona o entidad concreta, de está forma todos los e-docs que sean firmados tendrán la misma validez que un documento físico firmado de forma manuscrita.

Desarrollo

La extinción del certificado de firma electrónica se producirá desde el momento de su comunicación a la entidad de certificación de información, excepto en el caso de fallecimiento del titular de la firma electrónica, en cuyo caso se extingue a partir de que acaece el fallecimiento.

Tratándose de personas secuestradas o desaparecidas, se extingue a partir de que se denuncie ante las autoridades competentes tal secuestro o desaparición.

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Conclusión

La extinción del certificado de firma electrónica no exime a su titular de las obligaciones previamente contraídas derivadas de su uso, por lo que es de vital importancia tener control total de todos los documentos que se firmen bajo esta modalidad.

Recomendación

Es recomendable tener en cuenta el tiempo de validez del certificado de firma electrónica a fin de evitar contratiempos por el tiempo de renovación del certificado.

Fuente

Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos. https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/Ley-de-Comercio-Electronico-Firmas-y-Mensajes-de-Datos.pdf 

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Regímenes Aduaneros de Importación

El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, en el capítulo VII, sección I, describe los regímenes aduaneros de Importación que se reconocerán en el territorio ecuatoriano (Art. 147 – Art. 153).

Régimen 10: Importación para el consumo (Art. 147). Implica que las mercancías importadas desde el extranjero o desde una Zona Especial de Desarrollo Económico pueden circular libremente en el territorio aduanero, con el fin de permanecer en él de manera definitiva, luego del pago de los derechos e impuestos a la importación, recargos y sanciones, cuando hubiere lugar a ellos, y del cumplimiento de las formalidades y obligaciones aduaneras.

Régimen 20: Admisión temporal para re exportación en el mismo estado (Art. 148). Este régimen permite la introducción al territorio aduanero de determinadas mercancías importadas, para ser utilizadas en un fin determinado, con suspensión total o parcial del pago de los derechos e impuestos a la importación y recargos, con excepción de la depreciación normal originada por el uso que se haya hecho de las mismas, para ser reexportadas en un plazo determinado sin experimentar modificación alguna.

Régimen 21: Régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo (Art. 149). Permite el ingreso al territorio aduanero ecuatoriano, con suspensión del pago de los derechos e impuestos a la importación y recargos aplicables, de mercancías destinadas a ser exportadas luego de haber sido sometidas a una operación de perfeccionamiento, bajo la forma de productos compensadores.

Los productos compensadores que se obtengan aplicando este régimen podrán ser objeto de cambio de régimen a importación para el consumo, pagando tributos sobre el componente importado de dicho producto compensador.

Régimen 11: Reposición de mercancías con franquicia arancelaria (Art. 150). Permite importar, con exoneración de los derechos e impuestos a la importación y recargos con excepción de las tasas aplicables, mercancías idénticas o similares por su especie, calidad y sus características técnicas, a las que estando en libre circulación, hayan sido utilizadas para obtener las mercancías exportadas previamente con carácter definitivo.

Régimen 72: Transformación bajo control aduanero (Art. 151). Permite introducir en el territorio aduanero mercancías para someterlas a operaciones que modifiquen su especie o estado, con suspensión del pago de los derechos e impuestos a la importación y recargos aplicables, para la posterior importación para el consumo de los productos resultantes obtenidos de esas operaciones, con la aplicación de los derechos e impuestos a la importación y recargos que les correspondan con arreglo a la naturaleza arancelaria del producto terminado.

Régimen 70: Depósito aduanero (Art. 152). Implica que las mercancías importadas sean almacenadas por un periodo determinado bajo el control de la aduana en un lugar habilitado y reconocido para esta finalidad, sin el pago de los derechos e impuestos y recargos aplicables.

Régimen 32: Re importación en el mismo estado (Art. 153). Permite la importación para el consumo con exoneración de los derechos e impuestos a la importación, recargos aplicables de las mercancías que han sido exportadas, a condición que no hayan sido sometidas a ninguna transformación, elaboración o reparación en el extranjero y a condición que todas las sumas exigibles en razón de un reembolso o de una devolución, de una exoneración condicional de derechos e impuestos o de toda subvención u otro monto concedido en el momento de la exportación, se hayan pagado.

Tabla Resumen

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Conclusión

La importación de mercancías sujetas a la reglamentación del Ecuador, tiene siete opciones de ingreso al territorio aduanero, que comprendes el destino o trato que se le pretende dar a las mismas, de esta forma crea un conjunto de regímenes a los cuales se pueden acoger según los intereses del importador ya sea persona natural o jurídica.

Recomendación

Es importante conocer a detalle los regímenes de importación, si se está planificando realizar una transacción de este tipo, con el fin de obtener todas las opciones posibles para optimizar la inversión que se pretende realizar y generar el mayor retorno, dentro de la normativa vigente y sujeto a sus leyes.

Referencias

Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones, publicado en el R.O. No. 351 – 29 de diciembre 2010.

Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del libro V del COPCI, publicado en el R.O. No. 452 – 19 de mayo de 2011.

Regímenes Aduaneros. Regímenes de importación. https://www.aduana.gob.ec/regimenes-aduaneros/

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