Publicaciones de Jéssica Maribel Guevara Herdoíza (48)

Ordenar por

EXPORTACION SIMPLIFICADA

Es el documento electrónico por el cual el OCE proporciona al SENAE, la información de las mercancías a ser exportadas, creando un vínculo legal y obligaciones a cumplir con el SENAE.

 

ü  Acceda al navegador de internet, registre la dirección https://ecuapass.aduana.gob.ec, visualice el portal externo Ecuapass e ingrese su usuario y contraseña.

 

ü  Seleccione el menú principal "Servicios Informativos", luego haga clic en la opción "2.11 Servicios Informativo de despacho/carga".

 

ü  En el detalle de la opción se presentas 2 pestañas que incluyen los documentos electrónicos. Se procede a dar clic en la pestaña "DESPACHO ADUANERO".

 

ü  En el detalle de la opción "2.11 Servicios de Información de despacho/carga", las opciones de registro que se presentan están categorizadas como "Despacho Aduanero", "Cargas", seleccione la opción "CONSULTA DE DETALLE DE LA DECLARACIÓN DE EXPORTACIÓN SIMPLIFICADA" que se encuentra en la viñeta "Despacho Aduanero" en la sección "Exportación".

 

ü  Seleccionada la opción "Consulta de detalle de la declaración de exportación-simplificada" mediante el botón seleccionar.

 

ü  Presione la palabra "Consultar" para ver el contenido de la declaración

 

RESUMEN

9241963890?profile=original

CONCLUSIONES

La Das simplifica  la operación, pero no exime al OCE de sus obligaciones y de presentar los documentos de acompañamiento.

RECOMENDACIONES

Tener en cuenta la cantidad comercial en peso y en valor, para no exceder y poder acogernos a esta modalidad de exportación.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2014/SENAE-ISEE-2-2-025-V1.pdf

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-2-001-V1.pdf

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

ALMACENES ESPECIALES

El Almacén Especial, es el régimen liberatorio de tributos destinado al aprovisionamiento, reparación y mantenimiento de naves, aeronaves y vehículos (de transporte terrestre) internacionales.

 

Mercancías Admisibles

Bajo este régimen especial aduanero podrán ingresar repuestos, partes, piezas y provisiones destinados a reparación, aprovisionamiento y mantenimiento de medios de transpones y unidades de carga.

 

Conservación de la Mercancía

La Mercancía ingresada bajo el régimen de almacén especial deberá permanecer en las instalaciones autorizadas hasta su utilización, y no podrá ser objeto de procesos de transformación o elaboración que modifiquen su estado o naturaleza.

Las gestiones de aprovisionamiento, reparación o adecuación a las que hace referencia este régimen, podrán llevarse a cabo en las instalaciones calificadas o en las zonas primarias en las que se encuentren los medios de transporte o unidades de carga.

 

Plazo

La autorización de permanencia de Mercancías que ingresen al país bajo el régimen de almacén especial, será de cinco años.

 

RESUMEN

9241966501?profile=original

 CONCLUSIONES

Las mercancías objeto de este régimen no podrán ser objeto de transformación, únicamente podrán ser reparadas.

RECOMENDACIONES
estar pendiente del plazo y que no exceda del límite para evitar caer en alguna falta y también evitar la sanción.

FUENTE

http://www.google.com.ec/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&ved=0CB4QFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.aduana.gob.ec%2Ffiles%2Fpro%2Fleg%2Ftra%2FR_AlmEspecial.pdf&ei=DmjFVP6JKsGigwTb8IIQ&usg=AFQjCNFExL6vKK1_h_sS6-uGLianpIDQ7A&sig2=lsudjT6m_fFZvervp5o18Q&bvm=bv.84349003,d.eXY

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

ALMACÉN LIBRE

El Almacén Libre, conocido como Dutty Free, es el régimen liberatorio de tributos que permite, en puertos y aeropuertos internacionales, el almacenamiento y venta de mercancías nacionales o extranjeras a pasajeros que salen del país.

Bajo este régimen especial aduanero podrán ingresar todo tipo de bienes terminados posibles de ser vendidos a pasajeros que ingresan o salen del país, los que para su exhibición y venta deberán estar identificados con la leyenda "libre de tributos"

La autorización de permanencia de Mercancías que ingresen al país bajo el régimen de almacén libre, será de dos años.

RESUMEN

9241934478?profile=original

CONCLUSIONES

El pasajero internacional puede realizar sus compras de productos libre del pago de impuestos en los almacenes libres.

RECOMENDACIONES

Los pasajeros deben respetar las cantidades de productos que pueden comprar bajo este régimen, caso contrario deberá pagar por los adicionales.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/reg/normativa/73/2%20-%20SENAE-DGN-2012-0209-RE.pdf

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/tra/R_AlmacenLibre.pdf

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

CORRECCIONES EN LA DAE

La DAE es un formulario que tiene el carácter de Declaración Jurada y constituye el único documento aduanero que acredita la legal exportación, reexportación o exportación temporal de mercancías, cuando lleva registrados los controles realizados por la aduana de salida.

Si el OCE ha notado que cometió un error en el momento de la digitación o algún otro tipo de error entonces el OCE deberá realizar su inmediata corrección y en la opción de corrección sustitutiva o rechazo de la declaración de exportación, deberá selección el campo tipo de entrega la opción 1 que corresponde a solicitud de corrección.

Las correcciones y los rechazos efectuados en las DAEs son por número de entrega y en el sistema del Ecuapass mantiene el mismo número una vez que se realiza la transmisión.

RESUMEN

9241936868?profile=original

 

CONCLUSIONES

La DAE puede ser presentada por el agente de aduanas o por el mismo exportador, siempre y cuando cumpla con las formalidades que dictan la autoridad aduanera y este calificado como operador de comercio exterior.

RECOMENDACIONES

El operador de comercio exterior debe respetar los plazos establecidos para realizar las debidas  correcciones en la DAE, para evitar contratiempos y el mismo debe realizar los cambios o correcciones dentro de los 30 días q exige la ley.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2014/SENAE-MEE-2-2-018-V1.pdf

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-2-001-V1.pdf

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

MAL TIEMPO Y CASOS FORTUITOS

El arribo forzoso de un medio de transporte se podrá dar por razones de mal tiempo, fuerza mayor o caso fortuito que lo obliguen a suspender o cambiar su trayecto, y arribar a un punto del Territorio Aduanero no previsto en su ruta original.

La autoridad naval, aérea o terrestre, según corresponda, autorizará el arribo del medio de transporte, no obstante a la notificación que deba realizar la autoridad de transporte competente, el transportista deberá comunicar el hecho a la Autoridad Aduanera.

En los casos en que el transportista descargue las mercancías y opte por llevarlas a otro punto del territorio aduanero, las mismas deberán someterse a la operación de traslado, cumpliendo todas las formalidades y condiciones establecidas para el efecto. En estos casos, el traslado deberá efectuarse en un plazo no superior a los cinco días, una vez declarado como legítimo el arribo forzoso.

RESUMEN

9241942294?profile=original

CONCLUSION

 Un arribo forzoso es la llegada de un medio de transporte por un lugar no habilitado para el ingreso al país; el arribo forzoso es legítimo cuando obedece a un caso fortuito inevitable; ilegítimo cuando es con dolo o culpa del capitán.

 

RECOMENDACIÓN

En el caso de arribo forzoso se debe informar inmediatamente a la Autoridad aduanera y para efectuar el traslado de las mercancías a otro punto, se debe realizar las correcciones respectivas en el manifiesto de carga, además no debemos sobrepasar el plazo de 5 días que dicta la autoridad aduanera.

FUENTE

http://wikiaduanera.org/index.php?title=Las_Operaciones_Aduaneras

https://prezi.com/cgr7ha4papee/zona-aduanera-arribo-forzoso-descarga-en-una-zona-primaria/

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

Es el Régimen Aduanero que permite la salida temporal del Territorio Aduanero de Mercancías en libre circulación con un fin y plazo determinado, durante el cual deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna, con excepción del deterioro normal por el uso que de ellas se haga.

9241938285?profile=original

Cambio de obra

9241938672?profile=original

RESUMEN

9241939090?profile=original

CONCLUSIÓN

Este régimen permite la salida temporal de la mercancía con un fin y un plazo determinado, las mismas que deberán ser reimportadas una vez cumplido el plazo y sin haber sufrido ninguna modificación.

RECOMENDACIÓN

Este régimen exige que las mercancías que salieron del país cumplan con un plazo para ser devueltas, por lo que el exportador deberá importarlas antes de haber cumplido el plazo establecido, para evitar sanciones o a su vez realizar el cambio de obra.

FUENTE

http://wikiaduanera.org/index.php?title=Exportaci%C3%B3n_Temporal_para_Reimportaci%C3%B3n_en_el_Mismo_Estado

http://wikiaduanera.org/index.php?title=Exportaci%C3%B3n_Temporal_para_Reimportaci%C3%B3n_en_el_Mismo_Estado_%26_Reglamento

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

Con el objetivo de garantizar la inocuidad de los productos vegetales, es necesario obtener el certificado fitosanitario que deberá ser enviado antes de la mercancía, este certificado es obligatorio y sirve para exportación importación.

Los requisitos para la obtención del certificado son:

  • Solicitud de inspección
  • Informe de inspección fitosanitaria del envío
  • Copia de la factura comercial
  • Pago de tasa por la extensión del CFE (cuatro dólares por certificado).
  • Resultados de análisis de laboratorio sí el país importador lo establece.

RESUMEN

9241919688?profile=original

CONCLUSION

El certificado fitosanitario debe contener solo información fitosanitaria y declara el cumplimiento de los requisitos del producto que este se encuentra libre de plagas y está en perfectas condiciones para el consumo.

RECOMENDACIÓN

El exportador debe acudir al organismo que acredita la certificación fitosanitaria este procedimiento es obligatorio y es recomendable realizarlo con anticipación para que si se encuentra algún tipo de bacteria o plaga en el producto el exportador no quede mal con el importador.

FUENTE

http://www.agrocalidad.gob.ec/requisitos-para-la-emision-de-certificado-fitosanitario-de-exportacion-cfe/

AUTOR

Maribel Guevara H.

 

Leer más…

CERTIFICACION INTERNACIONAL

Las certificaciones son el sistema establecido para identificar un  producto con ciertas características específicas. Existen un sin número de agencias gubernamentales, internacionales y empresariales dedicadas a certificar que los procesos de producción y comercialización sean de acuerdo a lo establecido.

Certificaciones obligatorias

Verifican que el producto cumple con las normas necesarias para que puedan salir del país o ingresar a un nuevo mercado con sus propias regulaciones.

Certificaciones voluntarias

Son aquellas normas exigidas por el comprador que otorgan garantía escrita de que un producto, proceso o servicio está en conformidad con los requisitos especificados.

RESUMEN

9241912076?profile=original

CONCLUSION

Las certificaciones cada día adquieren más valor ya que esta es la única constancia de que el producto cumpla con los requerimientos que debe cumplir el producto, todo esto genera que el cliente tenga más confiabilidad.

RECOMENDACIÓN

El exportador debe informarse acerca del lugar a donde va a exportar y de los certificados que sin ser obligatorios, el importador los solicita, para que no existan inconvenientes en el momento de la exportación.

FUENTE

http://www.proecuador.gob.ec/pubs/guia-de-certificaciones-internacionales/

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

DEPOSITOS TEMPORALES Y GARANTÍAS

Las mercancías que no pueden ser cargadas o descargadas directamente desde o hacia el medio de transporte que las llevaran hacia su destino final, deberán permanecer en un depósito temporal que es un servicio de almacenaje que presta la autoridad aduanera o terceros autorizados por la misma.

La persona jurídica que desee hacer de sus actividades como depósito temporal éstas deberán presentar una garantía general cuyo monto será calculado en base a la fórmula establecida por la administración aduanera mediante resolución emitidas por el Director General del Servicio Nacional de Aduana.

RESUMEN

9241902499?profile=original

CONCLUSIÓN

El importador puede elegir a que deposito aduanero ingresa  su mercancía y El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador podrá regular los procedimientos para el otorgamiento de la autorización, las tarifas y regalías.

RECOMENDACIÓN

La persona jurídica deberá estar al día con las garantías ya que de lo contrario estará impedido para cumplir sus actividades como depósito temporal sin perjuicio de la sanción por falta reglamentaria por la presentación tardía.

FUENTE

http://wikiaduanera.org/index.php?title=Garant%C3%ADas_Aduaneras

http://wikiaduanera.org/index.php?title=Las_Operaciones_Aduaneras#Dep.C3.B3sito_Temporal

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

En el momento del aforo físico se encuentran faltantes de la mercancía, se presumirá que el faltante ocurrió antes de que el embarque arribé en territorio nacional, para lo cual se deberá realizar las correcciones de la declaración aduanera de importación y no existirá sanción alguna, pero en el caso de que existan sobrantes se aplicara lo que dice el literal c) del artículo 178 del COPCI.

En el caso de que en el mismo embarque se encuentren sobrantes y faltantes, primero se deberá realizar la constatación de que existen sobrantes y faltantes, luego se realizara la corrección de la declaración aduanera de importación y por último la reliquidación de la misma.

RESUMEN

9241907262?profile=original

CONCLUSIÓN

En cualquiera de los casos ya sea en sobrante, faltante o en las dos juntas, se deberá realizar la corrección de la declaración aduanera de importación y en el caso necesario la reliquidación de la misma.

RECOMENDACIÓN

Si existe el caso de dudas acerca de la mercancía o si se sospecha de que existe  sobrantes el importador deberá asegurarse de que esto no le perjudique ya que existe una sanción privativa de la libertad por el presunto caso de evadir impuestos.

FUENTE

http://wikiaduanera.org/index.php?title=Mercanc%C3%ADas_no_Declaradas,_Faltantes_y_de_Prohibida_Importaci%C3%B3n

COPCI art: 95, 96, 97

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

AGENTES DE ADUANAS IMPEDIMENTOS

Es agente es una persona natural o jurídica, quien por sus facultades aduaneras puede realizar el despacho de las, estos están sujetos de control de la autoridad aduanera.

Además el agente de aduana deberá cumplir con los requisitos para obtener su licencia y obtener un título universitario o superior otorgada por entidades reconocidas legalmente.

No podrán ser Agentes de Aduana a título personal, ni socios de personas jurídicas, ni sus representantes legales, dedicados a esta actividad, las siguientes personas:

  • a) Quienes hayan sido condenados mediante sentencia ejecutoriada en materia penal aduanera o tributaria.
  • b) Quienes mantengan obligaciones en mora con la Autoridad Aduanera o que consten en los registros de la Contraloría General del Estado como contratista incumplidos.
  • c) Quienes hayan sido declarados insolventes o en quiebra, mientras no hayan sido rehabilitados.
  • d) Quienes ocupen cargos públicos con excepción la docencia universitaria.
  • e) Quienes no cuenten con la Garantía General vigente acorde a lo establecido en este reglamento y las disposiciones del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
  • f) Aquellas personas naturales o jurídicas que sean Operadores de Comercio Exterior autorizados por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o en calidad de concesionarios de servicios aduaneros de aforo, valoración, control y vigilancia.
  • g) Aquellos a quienes la Autoridad Aduanera les haya cancelado o revocado la licencia de agentes de aduana
  • h) El cónyuge, los parientes hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, y/o la pareja en unión de hecho de los funcionarios y trabajadores del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, al momento de otorgar la licencia.
  • i) Los ex - servidores públicos, ex - funcionarios y ex - trabajadores del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador que por cualquier causa legal hayan sido destituidos de su cargo o función.

Además de estos impedimentos, no podrá ejercer la actividad individual de agente de aduana, la persona que ostente el cargo de representante legal de una persona jurídica que opere como agente de aduana. En estos casos, la licencia de Agente de Aduana a título personal quedará suspendida por el tiempo que dure el nombramiento, la misma que no constituirá causal de sanción administrativa.

 

RESUMEN

9241899066?profile=original

CONCLUSION

El agente de aduana puedes ser una persona natural o jurídica, siempre que esté autorizado como tal por la autoridad aduanera, además no todas las personas pueden ejercer este cargo como por ejemplo los que laboren en un cargo público excepto la docencia y los conyugues hasta un grado cuarto de consanguinidad de las personas que ocupan cargos públicos en la SENAE.

RECOMENDACIÓN

El agente de aduana debe cumplir con todas las formalidades que dicte la autoridad aduanera para evitar sanciones y este está en su libre derecho de suspender sus actividades cuando lo desee pero el deberá informar su decisión previamente a la suspensión.

FUENTE

http://wikiaduanera.org/index.php?title=Agentes_de_Aduana

ART. 256, 257, 258, 259, 260 COPCI

AUTOR

Maribel Guevara H

Leer más…

Este régimen permite la salida de las mercancías fuera del territorio aduanero para transformación, elaboración o reparación.

Para acogerse a este régimen las mercancías deberán ser nacionales o estar nacionalizadas, además el exportador debe estar nacionalizado o a su vez ser ecuatoriano y presentar los documentos que acrediten el proceso.

El plazo que las mercancías pueden permanecer fuera del país es de un año e incluyendo las prórrogas no podrá ser mayor a dos años, si excede este plazo la mercancía será considerada como exportación definitiva, a menos que la mercancía sea de prohibida exportación y obligatoriamente debe ser regresada al país de origen.

En el caso de transformación de las mercancías la autoridad aduanera cobrara los tributos sobre el producto final.

RESUMEN

9241892687?profile=original

CONCLUSION

Este régimen permite la salida de la mercancía para un fin determinado y posteriormente regresar al país de origen, con un plazo máximo de dos años, de lo contrario se considerara exportación definitiva.

RECOMENDACIÓN

El dueño de la mercancía debe estar pendiente de los plazos establecidos recordando que incluido la prorroga no puede exceder de los dos años y que estos no venzan para evitar acciones correspondientes al delito conforme lo dicta el art. 177  COPCI.

FUENTE

http://wikiaduanera.org/index.php?title=Reg%C3%ADmenes_Aduaneros#SUBSECCION_III_Exportaci.C3.B3n_Temporal_Para_Perfeccionamiento_Pasivo

COPCI ART.  165, 166, 167, 168, 169

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

Pueden importar las personas nacionales y extranjeras, mayores de 18 años, personas naturales y jurídicas y deben estar registrados como tales en la SENAE.

Registro de importador

  1. Tener No. RUC, que esté habilitado por el SRI.
  2. Registrarse como importador en la SENAE, para ello debe iingresar a la página web de la Aduana.
  3. Autorización de la clave

Proceso de nacionalización de las mercancías

  1. Registro de firmas
  2. Llenado de la declaración

Documentos de Acompañamiento.- A la declaración aduanera se acompañarán los siguientes documentos:

  • Original o copia negociable del conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte;
  • Original de la Declaración Andina de Valor –DAV-
  • Factura comercial y póliza de seguro expedida de acuerdo con la Ley General de Seguros
  • Certificado de inspección en origen o procedencia cuando sea del caso;
  • Los demás exigibles por regulaciones expedidas por el Directorio del Banco Central del Ecuador.

 

  1. Aceptación de la declaración
  2. Aforo
  3. Liquidación o pago
  4. Entrega de la mercancía

Condiciones de acceso a mercado

  1. Medidas arancelarias
  2. Medidas no arancelarias
  3. Medidas para-arancelarias

 

RESUMEN

9241892696?profile=original

CONCLUSIONES

Los documentos de acompañamiento constituyen un eje importante en la importación y son también llamados los documentos de control previo, los mismos que deben ser tramitados antes del embarque la mercadería y deben presentarse junto con la declaración aduanera.

RECOMENDACIONES

El importador debe fijarse en los documentos tanto de acompañamiento como de soporte para evitar algún inconveniente y que la mercancía no se quede detenida en la aduana por desconocimiento.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/pro/to_import.action

http://www.ecomint.com.ec/sintesis.htm

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

FORMULARIO UNICO DE EXPORTACION

Este documento lo obtiene el exportador en cualquier banco corresponsal del banco Central del Ecuador, en la ventanilla de comercio exterior actualmente este documento ya lo tenemos en forma electrónica.

Tiene una validez indefinida si es que el producto no cuenta con ninguna restricción, de lo contrario su validez es de 15 días a partir de la emisión, además se pueden realizar cambios o  modificaciones en su estructura hasta 10 días antes de realizar la exportación.

 No se requiere FUE para:

ü  Efectos personales, equipaje no acompañado

ü  Envíos de socorro por catástrofes naturales o siniestros

ü   Féretros y ánforas con restos humanos.

ü  Admisión temporal con reexportación en el mismo estado.

ü  Mensaje de casa y equipo de trabajo, pudiéndose hacer este tipo exportaciones una vez cada tres años

ü  Obsequios no comerciales, cuyo valor FOB no excedan los USD 200.

ü  Exportaciones al amparo de la Ley de Inmunidades, Privilegios y Franquicias diplomáticas

ü  Exportaciones en envíos de paquetes postales o carga a través de la Empresa Nacional de Correos, empresas privadas, Courier.


RESUMEN

9241884682?profile=original

 

CONCLUSION

El formulario único de exportación es un documento expedido en la ventanilla de comercio exterior del Banco Central, tiene una validez de 15 días y se pueden realizar modificaciones, algunos productos exigen precios referenciales como el cacao y el banano.

RECOMENDACIÓN

El exportador tiene 10 días antes de realizar la exportación para realizar modificaciones, el mismo que debe fijarse si los datos han sido llenados correctamente y si los datos coinciden con los de la factura comercial, para evitar inconvenientes.

FUENTE

http://www.buenastareas.com/ensayos/Formulario-Unico-De-Exportacion/1023229.html

http://www.miliarium.com/paginas/leyes/internacional/Ecuador/Aguas/L147-92.asp

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

CERTIFICADOS INTERNACIONALES

Los certificados son utilizados para reducir  los riesgos en las operaciones de comercio exterior, los certificados de calidad son opcionales y por supuesto este documento asegura o facilita el acceso a mercado.

Los certificados que si son indispensables y obligatorios son los sanitaritos que aseguran la inocuidad de la mercancía que son por ejemplo el fitosanitario y zoosanitario.

Además cada día los mercados son más exigentes y por consiguiente requieren de más certificados para el ingreso de las mercancías a su territorio, por ejemplo EE. UU solicita un certificado para el ingreso de alimentos procesados HACCP como resultados de la nueva ley de modernización.

RESUMEN

9241875254?profile=original

CONCLUSION

A nivel mundial existen certificados obligatorios y no obligatorios y cada país está en capacidad de solicitar ciertos certificados antes de realizar la importación.

RECOMENDACIÓN

Antes de realizar una exportación a cualquier país debemos informarnos antes, para saber qué tipo de documentos necesitamos o nos solicitan los importadores, para evitar inconvenientes.

FUENTE

http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/documentos-importacion-exportacion/-/documentos-importacion-exportacion/2ba9fe06-fe9c-4208-ada3-c8b57fa07bc5

http://koneggui.com.ec/blogiso/certificados-de-calidad-para-exportacion.html

http://koneggui.com.ec/escalera-de-calidad-de-la-industria-alimenticia/haccp-analisis-de-peligros-y-control-de-puntos-criticos

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

Es un documento o instrumento emitido por un banco a petición del importador en el que el banco, está obligado a pagar a un beneficiario contra la entrega, de los documentos exigidos siempre que se cumpla con las condiciones de la carta de crédito.

La principal ventaja de la carta de crédito es que otorga a las dos partes un grado de seguridad alto, en el pago como en la entrega de las mercancías, el pago se realiza contra los documentos que presenten las mercancías.

Así como encontramos las ventajas también encontramos las desventajas como por ejemplo las cláusulas que se vuelven imposibles o las modificaciones y las discrepancias en algunos documentos, generan problema.

RESUMEN

 

Ventajas

Desventajas

Importador

Asegurar la operación

 

El banco no asegura la mercancía.

Exportador

Asegura el pago

La mercancía no está asegurada.

 

CONCLUSIÓN

Al usar la carta de crédito como medio de pago este se vuelve un poco más seguro ya que al parecer tanto el importador como el exportador están asegurados cada uno de su forma.

RECOMENDACIÓN

Cualquiera que sea el medio de pago en la negociación va a generar duda, mi recomendación seria al momento de negociar, quedar de acuerdo en todos los términos posibles y aclarar dudas acerca de los documentos.

FUENTE

http://www.ehowenespanol.com/carta-credito-ventajas-desventajas-info_467897/

http://www.monografias.com/trabajos35/carta-de-credito/carta-de-credito.shtml#ventajas

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

CONVENIOS PARA SUSTITUIR A LAS IMPORTACIONES

El objetivo clave del régimen en el proceso  cambio de la matriz productiva es la sustitución de las importaciones, según el gobierno, la resolución 116 del Comex ha sido clave para el cumplimiento de lo dicho

 

Un mes después y en medio de las críticas de varios sectores, el Régimen firmó convenios con empresas y gremios para alivianar su peso. A cambio, las firmas debían producir más, comprar a proveedores nacionales e impulsar las exportaciones. Según el Ministerio Coordinador de la Producción, el sector privado ha firmado con el Ministerio de Industrias más de 900 convenios. Como efecto de ellos se han realizado inversiones de varias compañías.

 

Los actuales convenios incrementaran las exportaciones y a su vez hará que el país sea mas competitivo e ingrese al mercado con productos de alta calidad, además de que estos productos se comercializaran en el mercado Ecuatoriano brindándoles la misma calidad de producto.

 

RESUMEN

9241871075?profile=original

CONCLUSIÓN

Las restricciones nos benefician en el sector de la industria nacional además de que al firmar los convenios aseguramos la calidad de los productos y la posibilidad de exportar.

 

RECOMENDACION

Se deben cumplir los convenios e incentivar a que los productos sean cada vez mejor y así además de venderlos en el mercado interno también estos sean exportados.

 

FUENTE

http://www.elcomercio.com.ec/actualidad/900convenios-sustituir-importaciones-ecuador.html

 

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

PRIMEROS MANGOS EN HOLANDA SON ECUATORIANOS

Los primeros mangos en llegar a los países bajos son Provenientes de Ecuador , este producto fue exportado via aérea.

Nuestro país ha sido el primero en exportar mango en esta temporada ya que sus competidores atraviesan una crisis climática y su producto no cumple con estándares de calidad requeridos, por su parte Ecuador ha cumplido con las exigencias del consumidor, pues en este caso los mangos fueron exportados en un cartón diferente y cada mango dentro del cartón está en una malla.

El gobierno ha brindado apoyo y capacitación para que este proyecto se lleve a cabo, además de esto el importador en este caso Holanda se siente satisfecho con su compra ya que asegura que el sabor de la fruta es diferente y está libre de fibra.

RESUMEN

9241869270?profile=original

CONCLUSIÓN

Existe escases de mangos en el mercado, ya que los cambios climáticos han hecho que la maduración del fruto no se dé, los pocos mangos encontrados son brasileños pero no cumple con los requerimientos que Ecuador si los cumple.

RECOMENDACIÓN

Esta una oportunidad de posicionamiento para Ecuador, el gobierno debe seguir incentivando a la exportación con su apoyo y financiamiento, los exportadores deben buscar nuevos mercados para dar a conocer nuestro producto de alta calidad.

FUENTE

http://www.proecuador.gob.ec/2014/11/29/primeros-mangos-ecuatorianos-exportados-v%C3%ADa-a%C3%A9rea-hacia-holanda/

http://www.freshplaza.com/article/131751/Total-Exotics-first-Ecuadorian-Kent-Mangoes

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

INTERCAMBIO COMERCIAL ECUADOR –MEXICO

México ha sido para Ecuador tanto exportador como importador, pero en cantidades y productos muy diferentes por ejemplo Ecuador importa principalmente vehículos, televisores, electrodomésticos y materiales provenientes del acero, ya que este país es más especializado que nosotros en estos temas, por su parte ecuador exporta hacia el país del norte principalmente productos agroindustriales como el cacao, extractos, esencias, combinados y productos del mar como sardina, atún, camarón y filete de pescado.

México es un potencial mercado consumidor de snacks al cual Ecuador puede entrar con facilidad ya que tenemos empresas de primer nivel, además de esto México no es especializado en la industria láctea y está precisamente es otra oportunidad de mercado para Ecuador.

México y Ecuador analizan eliminar aranceles para algunos productos, lo que se busca con esto no es igualar la balanza comercial que actualmente está en exportaciones de Ecuador hacia México 120 millones de dólares y las exportación de México hacia Ecuador 910 millones de dólares, pero si minimizar la diferencia que hay, es cierto que las exportaciones de Ecuador hacia Mexico han aumentado en un 8% del 2012 al 2013 pero aún se nota la diferencia.

RESUMEN

9241854260?profile=original

CONCLUSIÓN

No podemos llegar a igualar en la balanza comercial ente importaciones y exportaciones con México, por la extensión del país y además su grado de industrialización, pero si llegar a un equilibrio aprovechando las oportunidades exportables que este país nos brinda.

RECOMENDACIÓN

México brinda una oportunidad de mercado, por lo cual los exportadores deberían aprovecharla y además ponerle valor agregado a sus productos especialmente en la confitería y en los lácteos.

FUENTE

http://www.proecuador.gob.ec/exportadores/sectores/agroindustria/

http://www.informador.com.mx/economia/2014/552295/6/mexico-y-ecuador-analizan-eliminar-aranceles-a-diversos-productos.htm

AUTOR

Maribel Guevara H.

Leer más…

LAS RESTRICCIONES BAJAN IMPORTACIONES

Las restricciones a la importación de productos tiene un objetivo específico que es, proteger la industria nacional, pero que pasa con los productos que no se hacen en el país y que deben ser necesariamente importados, estos productos deben ingresar al país con un certificado de reconocimiento que pide el INEN, el mismo que garantiza que el producto cumple con todas las normas de calidad, en el ecuador el único laboratorio autorizado para emitir el certificado de conformidad es el Organismo de Acreditación Ecuatoriano.
Los importadores encuentran que encuentran una traba al momento de importar porque algunas mercancías están sujetas a controles previos y además la obtención del certificado de conformidad, esto les afecta en materia de tiempo y recursos puesto que ahora están invirtiendo más tiempo y por lo tanto esto genera más utilización de recursos económicos.
Por otro lado los productos que eran importados de la CAN, no están ingresando al país y en su sustitución están ingresando productos de la UE, a pesar de que la Comunidad Andina pide un trato igualitario a Ecuador y la misma podrá tomar acciones legales ya que Ecuador está violando el Acuerdo de Cartagena, la respuesta de Ecuador es que el Gobierno tiene el legítimo derecho de aplicar una política regulatoria de calidad, cuyo objetivo es garantizar la salud, la seguridad, el orden público, la protección del medio ambiente y los derechos del consumidor.

RESUMEN

9241865088?profile=original

CONCLUSION
Ecuador ha tomado la medida de restringir las importaciones para proteger la industria nacional y para los productos importados pedir el certificado de conformidad con el afán de que el usuario obtenga un producto de calidad y garantice su salud y seguridad.

RECOMENDACIÓN
Los importadores al conocer como es el proceso de importación, deben tener todos los documentos previos a la importación para que así el proceso de desaduanización no se alargue y evite que llegue a los 30 días y caiga en abandono tácito.

FUENTE
http://www.explored.com.ec/noticias-ecuador/importadores-las-reglas-del-inen-son-una-traba-601595.html
http://www.explored.com.ec/noticias-ecuador/sustitucion-de-importacion-la-prioridad-son-10-sectores-600350.html
http://www.explored.com.ec/noticias-ecuador/las-restricciones-bajan-importaciones-de-2014-600279.html
http://www.explored.com.ec/noticias-ecuador/las-normas-inen-generan-mas-dudas-que-certezas-599991.html
http://www.explored.com.ec/noticias-ecuador/ecuador-no-acepta-el-pedido-de-la-can-611998.html

AUTOR
MARIBEL Guevara H.

Leer más…