Publicaciones de Dayanara Monserrathe Hernández R (49)

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ENVÍOS COURIER O POSTAL DE MEDICINAS

INTRODUCCION

Es el envío de paquetes y/o bultos a través del Servicio Postal Oficial del Ecuador o de una Empresa Courier, cuyo valor no exceda del límite que se establece en el Reglamento y que serán despachados mediante formalidades simplificadas, conforme los procedimientos que establezca la Aduana del Ecuador.

DESARROLLO

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RESUMEN

Son los paquetes sin fines comerciales que contengan medicina, equipos ortopédicos, órganos, tejidos y células; fluidos humanos y otros elementos requeridos para procesos médicos y quirúrgicos de emergencia; equipos y aparatos para personas con discapacidad, libre del pago de tributos justificando su necesidad, ya sea a través de la presentación de una receta médica.

CONCLUSIONES

Esta categoría no contempla limitaciones de peso y valor, de igual manera no se exigirán documentos de control previo y según lo indicado en el Art. 125 del COPCI están exentos del pago de tributos al comercio exterior.

  • Los aparatos médicos, herramientas especiales y prótesis que utilicen las personas con discapacidades para su uso o las personas jurídicas encargadas de su protección.
  • Fluidos, tejidos y órganos biológicos humanos, para procedimientos médicos a realizarse conforme la legislación aplicable para el efecto.

RECOMENDACIONES

En el caso de que las mercancías excedan las limitaciones de peso y valor establecidos para el régimen de Courier y postal, éstas deberán pagar todos los tributos y cumplir con todas las formalidades aduaneras correspondientes a una importación común.

FUENTEServicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae)

http://www.aduana.gob.ec/pro/courier.action

AUTOR

Dayanara Hernández

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INTRODUCCION

El patrimonio cultural es la herencia cultural propia del pasado de una comunidad, con la que esta vive en la actualidad y que transmite a las generaciones presentes y futuras.

Las entidades que identifican y clasifican determinados bienes como relevantes para la cultura de un pueblo, de una región o de toda la humanidad, velan también por la salvaguarda y la protección de esos bienes, de forma tal que sean preservados debidamente para las generaciones futuras y que puedan ser objeto de estudio y fuente de experiencias emocionales para todos aquellos que los usen, disfruten o visiten.

Estos bienes estan tipificados en el Art. 7 de la Ley de Patrimonio Cultural y por lo tanto no pueden ser comercializados hacia el exterior.

DESARROLLO

Para realizar el envío de este tipo de bienes, es necesario obtener la Autorización de salida de bienes no patrimoniales, para lo cual se deben seguir los siguientes pasos:

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En caso que se realice el envío del bien por medio de Exporta Fácil, necesario además realizar el siguiente procedimiento:

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RESUMEN

Patrimonio cultural es el conjunto de bienes culturales que constituyen la expresión de una cultura o siciedad, por lo tanto se desctacan por ser únicos y son dignos de ser conservados por las naciones y los pueblos para el disfrute de las posteriores generaciones. Estos bienes culturales son las huellas materiales de nuestra identidad.

CONCLUSIONES

La inspección técnica garantiza que los bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación no salgan del país de manera ilegal. Por mayor seguridad los técnicos una vez terminada la verificación de los productos culturales a ser exportados, colocan sobre los sistemas de embalaje cintan adhesivas y sellos holográficos de seguridad.

RECOMENDACIONES

Es importante tener en cuenta que el único documento que hablita la salida o exportación de este tipo de productos es la autorizaicón emitida por el INPC (Instituto Nacional de Patrimonio Cultural). Este debe ser presentado como documento de acompañamiento en el trámite aduanero.

FUENTE

ProEcuador

http://www.proecuador.gob.ec/pubs/pasos-previos-para-exportar-bienes-culturales-no-patrimoniales/

Wikipedia

http://es.wikipedia.org/wiki/Patrimonio_cultural

AUTOR

Dayanara Hernandez

http://www.proecuador.gob.ec/pubs/pasos-previos-para-exportar-bienes-culturales-no-patrimoniales/

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INTRODUCCION

Los repuestos que ingresen al país para ser instalados o reemplazados en un medio de transporte aéreo o marítimo, de bandera extranjera o hayan ingresado al país bajo el régimen de admisión temporal, podrán ser descargados y trasladados para la reparación de los mismos y esta operación no requerirá de  Declaración Aduanera.


Esta operación deberá realizarse dentro de zona primaria o entre zonas primarias distintas bajo el control aduanero, en el plazo previsto en la autorización otorgada por el funcionario aduanero a cargo.

DESARROLLO

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La consulta y registro de material emergente sigue el siguiente proceso.

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RESUMEN

Las mercancías que se consideren material de uso emergente deben estar debidamente manifestadas y deben estar consignadas a los transportistas efectivos aéreos y marítimos, almacenes especiales o agentes de carga internacional.

Finalizado el traslado y cuando el operador de almacenamiento de destino haya registrado el ingreso electrónico de la mercancía objeto de traslado, el OCE debe realizar el Registro de material de uso emergente.

CONCLUSIONES

El registro de material de uso emergente debe ser realizado en el Ecuapass previo o posterior al registro de informe de llegada del medio de transporte; su autorización del registro es de manera automática, por lo que no es necesaria la aprobación electrónica del registro de un servidor aduanero.

RECOMENDACIONES

Es importante saber que este registro se debe realizar en el sistema de Ecuapass, todo esto previo o posterior al registro de informe de llegada del medio de transporte al país destino.

FUENTE

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador - SENAE

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-3-007-V1.pdf

AUTOR

Dayanara Hernández

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PERITAJES DE MERCANCIAS

INTRODUCCION:

El peritaje es el acto de verificación física que recoge la condición, cantidad, valor, set de fotografias, y otras características que permitan obtener un detalle de la mercancía con un número de identificación para cada ítem, misma que es realizada por un perito especializado

DESARROLLO:

Peritaje de mercancías excepto los envíos postales de Correos del Ecuador

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Peritaje de envíos postales de Correos del Ecuador

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RESUMEN:

Todos los informes de peritajes deben ser registrados obligatoriamente en el Ecuapass. El perito debe ser designado tomando en consideración el grado de conocimiento sobre la mercancía que requiere el peritaje, asimismo debe estar debidamente registrado en el  Ecuapass.

CONCLUSIONES:

El peritaje de la mercancías debe ser realizado en las bodegas del Senae, sin embargo, en casos justificados y autorizados, puede ser realizado en depósitos temporales o aduaneros, mismos que deben prestar las facilidades necesarias para llevar a cabo el procedimiento.

RECOMENDACIONES:

Se debe tener en cuenta cual es el destino final que van a tener estas mercancías el cual esta establecido en el informeentregado por el perito debidamente aprobado, para que en el caso de que el importador quiera recuperar su mercancía pueda realizar los procedimientos correctos.

FUENTE:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE)

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-MEE-2-3-011-V1.pdf

AUTOR:

Dayanara Hernández

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INTRODUCION:

Los certificados de calidad son todavía opcionales al momento de exportar un producto, pero sin duda el poseer una certificación de calidad emitida por un ente público o institución privada de acreditaciónfacilita el acceso a un mercado. Sin embargo, lo que sí es obligatorio para exportar son las verificaciones y registros realizados por los diferentes entes de control sanitario, los cuales, involucran inspecciones en los establecimientos y permiten la emisión de certificados sanitarios de exportación.

DESARROLLO:

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RESUMEN:

Salvo que sea exigida su emisión por un organismo oficial, puede ser emitido por el propio fabricante. Su contenido, por regla general, estipula que la mercancía detallada reúne las condiciones de calidad estipuladas en el contrato de compraventa que existen mercados que cada día exigen la presencia de certificados de calidad para permitir el acceso de productos.

CONCLUSIONES:

Estos sellos o certificaciones responden a los requerimientos del cliente y no son exigidos por las autoridades del país de destino.

RECOMENDACIONES:

Se recomienda obtener certificados de calidad ya que las certificaciones internacionales son una alternativa cada día mas utilizada por las empresas, con la finalidad de mejorar la productividad, conquistar mercados y generar confianza entre los clientes.

FUENTE:

ProEcuador

http://www.proecuador.gob.ec/pubs/guia-de-certificaciones-internacionales/

AUTOR:

Dayanara Hernández

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INTRODUCCION:

Documento en el cual se especifica que la mercancía a exportarse cumple con la normativa de origen establecida en los Acuerdos Comerciales suscritos por Ecuador y en aquellos que unilateralmente conceden preferencias arancelarias al Ecuador.

DESARROLLO:

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RESUMEN:

La DJO tendrá un tiempo de validez de dos años o el plazo que señale el Acuerdo Comercial o régimen preferencial correspondiente En caso de cualquier cambio o variación en cuanto a procesos productivos, porcentajes de insumos y materias prima etc., se deberá actualizar cada trimestre la DJO. (tomando en cuenta una tolerancia de hasta un máximo de 10 %).

La DJO Simplificada deberá ser impresa , suscrita por la persona natural o representante legal y
presentada en las oficinas del MIPRO a nivel nacional.

CONCLUSIONES:

La DJO deberá ser presentada por cada subpartida arancelaria y producto y será requisito previo para emisión de Certificados de Origen.

RECOMENDACIONES:

Si va a crear por primera vez un Certificado de Origen, debe elaborar necesariamente en forma

previa la Declaración Juramentada de Origen.

FUENTE:

ProEcuador

http://www.proecuador.gob.ec/wp-content/uploads/2014/11/GuiaExportador.pdf

AUTOR:

Dayanara Hernández

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APLICACION DE CODIGOS LIBERATORIOS

INTRODUCCION:

Los codigos liberatorios se aplican en importaciones que son de la Comunidad Andina o de ALADI, esto permite liberar o no pagar la tarifa arancelaria que se le impone a la mercancía que va a ingresar al país. Para acogerse a una liberación siempre es necesario el Certificado de Origen, esta liberación es del 100% del derecho si proviene de la CAN y para todos los productos, y en forma variable o porcentual y para algunos productos, si provienen de ALADI.

DESARROLLO:

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RESUMEN:

Los códigos liberatorios son códigos numéricos establecidos por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, con el objeto de que sean aplicados en las DAI para el goce de exención parcial o total de tributos al comercio exterior.

CONCLUSIONES:

Los códigos liberatorios son aplicados únicamente en las declaraciones aduaneras presentadas al amparo de los regímenes aduaneros que impliquen la importación de mercancías.

RECOMENDACIONES:

Se debe tener en cuenta el los códigos plazo que se tiene para la utilización de estos códigos liberatorios ya que aquellos que no tienen fecha de fin de vigencia, se entiende que el periodo de su vigencia es indefinida.

FUENTE:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador - SENAE

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-2-009-V1.pdf

AUTOR:

Dayanara Hernández

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CARGAS NO EXPORTADAS

INTRODUCCIÓN:

Las cargas no exportadas corresponden a aquellos productos que al ser parte de un proceso de exportación no fueron embarcados y se quedaron en el país de origen, o aquellos porductos perecibles que no registran los estandares de calidad o requisitos fitosanitarios que determina la autoridad.

DESARROLLO:

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RESUMEN:

El proceso inicia con el registro de la solicitud de autorización de salida de carga no exportada, comprende actividades de selectividad de carga, registro de informe de inspección, entre otras, y finaliza en el caso de que el informe de inspección no tenga novedades.

CONCLUSIONES:

Son productos de exportación que no fueron embarcados por aspectos inherentesa la operación o productos perecibles que no cumplieron con los estandares de calidad o requisitos determinados por la autoridad.

RECOMENDACIONES:

Se debe tener en cuenta el perfil que se meneja en la aduana para la asignación de riesgo que se realiza de forma automática, si se lleva un buen perfil se puede realizar de manera más ágil el proceso y mientras el perfil va disminuyendo el procedimiento toma más tiempo y se vuelve complejo.

FUENTE:

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador - SENAE

http://www.aduana.gob.ec/pro/for_oces.action

AUTOR:

Dayanara Hernández

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APRENHENSIÓN DE MERCANCÍAS

INTRODUCCIÓN:

La aprehensión tiene por objeto impedir que la mercancía ingrese al comercio o sea negociada, ocultada, transformada o que la misma se realice cualquier actividad que impida la actividad del Estado sobre la misma.

DESARROLLO:

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RESUMEN:

Es la toma forzaosa por parte de la unidad operativa del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, responsable del control posterior de las mercancías, medios de transporte o cualquier otro bien que pueda costituir elemento de convicción o evidencia de la comisión de una infracción aduanera.

CONCLUSIONES:

Launidad operativa del SENAE puede aprehender mercancías y objetos que puedan constituir elementos de convicción o evidencia de la comisión de una infracción aduanera y ponerlas a disposición de la Dirección Distrital correspondiente.

RECOMENDACIONES:

Siempre se debe tener en cuenta cuales son las mercancías que podemos o no podemos importar, para evitar todo tipo de problemas al momento de la nacionalización o demas procesos de la importación.

FUENTE:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador - SENAE

http://www.aduana.gob.ec/pro/for_oces.action

AUTOR:

Dayanara Hernández

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INTRODUCCIÓN:

Régimen aduanero que permite almacenar las mercancías que llegan al territorio aduanero bajo control de Aduana, en lugares autorizados, sin el pago de los tributos de importación siempre que no hayan sido solicitadas a ningún régimen aduanero ni se encuentren en situación de abandono.Podrán destinarse a este régimen mercancías provenientes del exterior o de una feria internacional.Se podrá solicitar este Régimen, dentro de los 30 días hábiles contados a partir del día siguiente del término de la descarga.

DESARROLLO:

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RESUMEN:

Es el régimen de importación según el cual las mercancías importadas son almacenadas por un período determinado bajo el control de la aduana en un lugar habilitado y reconocido para esta finalidad, son el pago de los derechos e impuestos y recargos.

CONCLUSIONES:

El régimen de importación de depósito aduanero tanto privado como plúblico pertenecen a la misma codificación deltro del Ecuapass, el código uq identifica a este régimen es 70. Se puede almacenar bajo este régimen toda clase de mercancías, con restricciones de las mercancías mencionadas en el art. 147 al Reglamento del Libro V del Copci.

RECOMENDACIONES:

Se debe tener en cuenta el plazo de permanencia que tienen las mercancías en el depósito, ya que el incumplimiento conlleva al abandono tácito de las mercancías.

FUENTE:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador - SENAE

http://www.aduana.gob.ec/pro/for_oces.action

Wiki Aduanera Ecuatoriana

http://wikiaduanera.org/index.php?title=COPCI_LIBRO_V_por_Art%C3%ADculos

DePeru.com

http://www.deperu.com/abc/importacion/4319/regimen-de-deposito-de-aduanas

AUTOR:

Dayanara Hernández

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AFORO DOCUMENTAL O ELECTRÓNICO

INTRODUCCIÓN:

El canal de aforo documental consiste en la verificación de la decalración aduanera y sus documentos de soporte, contrastados con la información que conste registrada en el sistema informático del SENAE, con el objeto de determinar la correcta liquidación de tributos al comercio exterior y el cumplimiento de las disposiciones aduaneras exigidas según el régimen aduanero declarado.

DESARROLLO:

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RESUMEN:

El procedimiento inicia con la asignación de la DAI/DAE al técnico operador de la Dirección de Despacho, continúa con el acto de aforo documental o electrónico de las mercancías y culmina con el cierre de la DAI/DAE. El técnico operador es el funcionario que revisa los documentos adjuntados electrónicamente en el sistema Ecuapass.

CONCLUSIONES:

Cuando se efectúe el levante y se registre la salida del depósito temporal o depósito aduanero de mercancías sobre las cuales se presuma alguna infrección aduanera, el Senae ejercerá el control posterior de las mismas. Una vez salida la mercancía del almacén temporal, no se aceptarán reclamos administrativos en los que se aduzca haber pagado tributos por mercancías declaradas pero no arribadas al país.

RECOMENDACIONES:

En este proceso se debe tener muy en cuenta que los documentos de acompañamiento y de soporte según el producto estén declarados de la manera correcta, ya que si se encuentra algún error en la documentación, se procedera al cambio de aforo documental a aforo físico, y esto puede traer demoras en todo el proceso.

FUENTE:

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador - SENAE

http://www.aduana.gob.ec/pro/for_oces.action

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2011/01-2011-R1.PDF

AUTOR:

Dayanara Hernández

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ARRIBO FORZOSO DE LOS MEDIOS DE TRANSPORTE

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RESUMEN:

Una vez efectuado el arribo forzoso del medio de transporte al territorio aduanero, se puede autorizar la realización de las operaciones aduaneras pertinentes, en los que corresponde a presentación de las declaraciones aduaneras, efectuar el transbordo de las mercancías o continuar con el trayecto planificado inicialmente una vez superado el incidente.

CONCLUSIONES:

Previo al arrivo del medio de transporte, el transportista efectivo, operador o agente de carga internacional, debe comunicar el particular a las autoridades competentes para su autorización y recepción del medio en la zona primaria del distrito de ingreso.

RECOMENDACIONES:

La aduana debe tener mucho cuidado con las mercancías que arriban al territorio aduanero ecuatoriano, ya que pueden ser mercaderías ilicitas o de contrabando, para evitar esto debe tener reglas estrictas y validar que efectivamente se trate de mercancías legalmente exportadas y cuenten con todos los documentos necesarios para el trámite.

FUENTE:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-MEE-2-3-001-V1.pdf

AUTOR:

Dayanara Hernández

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REESTIBA DE MERCANCÍAS

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RESÚMEN:

Es la operación en donde se reestiba mercanciás de exportación e importación, con el fin de reubicar las mismas, ya sea dentro denl mismo contenerod, fuera de este o en una unidad de carga distinta al original, en las zonas primarias del territorio ecuatoriano, durante su almacenamiento temporal. Si la mercancía reestibada se reubicara en uno o varios contenedores vacios, el ECUAPASS verifica que estos se encuentren dentro del inventario de contenedores vacios que disponga en deposito temporal.

CONCLUSIONES:

La operación de reestiba de mercancías para el caso de la importación es realizada bajo control del técnico operador de zona primaria designado para el efecto, en la Dirección Distrital donde se encuentren las mercancías a ser reestibadas. Para tal diligencia, se debe contar con la presencia de un delegado de depósito temporal.

RECOMENDACIONES:

Se debe tomar en cuenta que si la reestiba se realiza en la misma unidad de carga, el depósito temporal debe mantener el ingreso realizado.

FUENTE:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-3-011-V1.pdf

AUTOR:

Dayanara Hernández

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DESPACHO CON CANAL DE AFORO FÍSICO INTRUSIVO

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RESUMEN:

El aforo físico, es el reconocimiento de las mercancías, para comprobar su naturaleza, orígen, condición, cantidad, peso, medida, valor en aduana, en relación con los datos contenidos el la Declaración Aduanera y sus documentos de acompañamiento y de soporte, con el objetivo de determinar la correcta liquidación de tributos a comercio exterior y el cumplimiento de las disposiciones aduaneras exigidas según el régimen aduanero y mercancías declaradas.

CONCLUSIONES:

En el canal de afor físico intrusivo, la revisión se realiza de forma aleatoria y queda en potestad del técnico operador la forma de aperturar la carga, para constatar la mercancía, según sea la característica de la mercancía a nacionalizar.

RECOMENDACIONES:

Se debe tener presente las mercancías que son declaras ya que si como resultado del aforo físico se encuentran mercancías que no han sido detalladas en la DAI, se puede incurrir en infracciones aduaneras según el caso.

FUENTE:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

http://www.aduana.gob.ec/pro/for_oces.action

AUTOR:

Dayanara Hernández

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FACILIDADES DE PAGO

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RESUMEN:

Para la aplicación de facilidades de pago por parte de los importadores, se debe iniciar con la solicitud de registro, comprende actividades de elaboración de oficios, resoluciones, aprobaciones o rechazos, y esta finaliza con el pago de la liquidación de oferta y presentación de la garantía específica o con el pago total de la DAI, según corresponda.

CONCLUSIONES:

Las mercancías que se acojen a este tipo de tratamiento, pueden ser declaradas como prenda especial a favor de la administración aduanera, durante el plazo que se autorice la solicitud de facilidades de pago o el importador puede rendir una garantía específica por la diferencia del valor cancelado por concepto de oferta de pago inmediato.

RECOMENDACIONES:

Se debe tener muy en cuenta el estado de cada importador, ya que este beneficio de facilidades de pago solo se es atribuido a quienes no tienen procesos coactivos vigentes o a quienes tienen pagadas sus garantías ejecutadas.

FUENTE:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

http://www.aduana.gob.ec/pro/for_oces.action

AUTOR:

Dayanara Hernández

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DEPOSITOS ADUANEROS

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RESUMEN:

Los depósitos temporales o aduaneros se consideran como una zona primaria aduanera, destinada al almacenaje de mercancías bajo control aduanero, antes de ser sometidas al régimen aduanero correspondiente a su importación. Estas mercancías pueden someterse a procedimientos como empaque, clasificación, vigilancia, análisis de laboratorio, separación de bultos, etc.

CONCLUSIONES:

Los depositos aduaneros sirven para el control, inspección y vigilancia de las mercancías importadas, antes de ser desaduanizadas en los distintos destinos. Estos almacenes pueden ser públicos o privados pero siempre deben ser habilitados por la aduana.

RECOMENDACIONES:

Los depósitos deben tener un buen control por parte de la aduana respecto a los precios que se utilizan en las mercaderías que son almacenadas, esto para evitar problemas o estafas a las personas que importan productos ya sea frecuentemente o casualmente.

FUENTE:

Universidad del Rosario

http://www.urosario.edu.co/urosario_files/fa/fa09c0dc-4d67-4ff1-a760-dd46a5d3ae5a.pdf

AUTOR:

Dayanara Hernández

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RESUMEN:

La exportación temporal de mercaderías para perfeccionamiento pasivo, es el régimen que permite la salida de mercancías del territorio aduanero por un plazo determinado de tiempo, para que estas puedan ser sometidas en el exterior a las operaciones de transformación,reparación u otras permitidas, con suspensión del pago de los derechos e impuestos a la exportación para ser reimportadas dentro del plazo establecido en el Reglamento.

CONCLUSIONES:

Las mercancías exportadas bajo este régimen deben ser identificables y estas pueden permanecer fuera del territorio aduanero por un plazo de seis meses contados a partir de la aceptación de la declaración. Para el retorno de las mercancías si fueron reparadas sin costo alguno o sustituidas por encontrarse dentro del plazo de garantía de funcionamiento se efectuará una exención total de derechos e impuestos.

RECOMENDACIONES:

Se deben describir las actividades que se deben seguir cuando las mercancías se vayan a acoger a este régimen, con el fin de facilitar y garantizar el control del comercio exterior en el país. Esto debe ser responsabilidad del exportador y debe estar consciente de cuales son los procesos por los cuales puede atravesar la mercadería para estar exenta de pago.

FUENTE:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-2-005-V1.pdf

AUTOR:

Dayanara Hernández

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RESUMEN:

Brasil uno de los países más grandes del mundo, mediante políticas de salud busca que su gente consuma pescado el cual es muy nutritivo. Al no tener la cantidad suficiente oferta busca la exportación de este producto entre ellos el Ecuador, el cual aprovecha de esta oportunidad para vender su pescado. La demanda de este producto por parte de Brasil es grande, pero aun Ecuador no es un proveedor mayoritario ocupa el 17vo puesto y entre su competidor directo es Perú que cada año crecen más sus ventas.

 

RECOMENDACIONES:

Las grandes y pequeñas empresas productoras  de atún y pescados procesados deben buscar nuevos mercados y diversificar sus productos, la calidad la tiene pero aún no se exporta productos en la cantidad que requieren otros países como Brasil.

CONCLUSIONES:

El Ecuador es un gran productor de Pescado Procesado y  Atún y tiene gran acogida por su calidad y sabor, no es necesario buscar mercados de otros continentes para encontrar una oportunidad para exporta su producto, en la misma región existe grandes compradores como es el caso de Brasil. solo hay que competir y ocupar su lugar en cada hogar brasileño.

 

FUENTE:

PROECUADOR

AUTOR:

Dayanara Hernández

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RESUMEN:

Todas las personas que importan plantas o productos vegetales que sean destinadas al comercio o industrialización para la venta de productos finales, ahora deben registrarse como Operadores de Importación, previo a la obtención de los Permisos Fito sanitarios, para que su importación pueda ser admitida en el país.

RECOMENDACIONES:

Las nuevas condiciones para la importación de productos de origen vegetal y sus derivados, ayudan a que los productos que ingresan al país sean controlados de mejor manera, para no tener ningún problema que afecte a la economía del país o a la salud de los habitantes. Estas normas se deberían aprobar para otro productos como los de origen animal o productos comestible de importación masiva.

CONCLUSIONES:

Las nuevas leyes favorecen al mercado ecuatoriano, ya que los productos que son importados vienen con mejor calidad que antes y preservan que la salud y la economía del país no están en riesgo, la obtención de estos registros asegura que los importadores son personas que tienen un buen manejo de sus productos e industrias.

FUENTE:

AGROCALIDAD

Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro

AUTOR:

Dayanara Hernández

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EXPORTACION DE LINEA BLANCA A PERU

9241871697?profile=originalRESUMEN:

El gobierno de Perú tiene ciertas dudas con respecto al origen de los productos que son importados desde el Ecuador, por este motivo se requiere un valor de garantía simmilar al valor de la exportación hasta que los certificaods de orígen sean controlados.

RECOMENDACIONES:

Perú no debería implementar esta garantía ante el certificado de origen, debido a que no ha tenido ningún problema con los productos que han ingresado desde el Ecuador, sin embargo los exportadores ecuatorianos ahora deben tener en cuenta las nuevas normas en este país para evitar futuros conflictos.

CONCLUSIONES:

Perú esta buscando maneras de perjudicar al Ecuador en sus exportaciones, debido a lan resolución 116 que entró en vigencia en el país, y por esto incrementa los gastos en las exportaciones implementando la garantia que requiere hasta que se compruebe la legitimidad de los certificados de orígen.

FUENTE:

Explored

http://www.explored.com.ec/tag/1539/exportaciones/

AUTOR:

Dayanara Hernández

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