Publicaciones de Azaria Luna (18)

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Generación del Coeficiente de Devolución Condicionada

A continuación se describirá de forma sencilla. Ordenada y simplificada, las actividades a las que son sometidos los trámites de Devolución Condicionada de tributos en el sistema informatico del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, ECUAPASS.

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Resumen

Devolución Condicionada de tributos.- Es el régimen por el cual, se permite obtener la devolución automática total o parcial de los tributos al comercio exterior pagados por la importación de las mercancías que se exportan definitivamente y que además, cumplan con los tres puntos que indica el Art.157 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones,  mismas que son:

a. las utilizadas en el país para proceso de trasformación

b. las incorporadas a la mercancía

c. los envases y acondicionamientos

Los tributos al comercio exterior que se devuelven por concepto de Devolución Condicionada son las siguientes:

  • Derechos arancelarios
  • ICE
  • FODINFA     

Términos

Régimen aduanero: es el conjunto de operaciones orientadas a darle un destino aduanero específico a una mercancía, de acuerdo con la declaración presentada por el interesado enla forma prescrita por las normas.

Conclusión

Las DAE pueden ser utilizadas solo una vez, es decir, no pueden ser declaradas en varias DAS-DC.

Recomendación

 

Las DAS-DC no pueden ser modificadas, solo en casos de errores en el registro de las cuentas bancarias.

Fuente: http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-4-001-V1.pdf

Autora: Azaria Alejandra Luna G.

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CÓDIGOS LIBERATORIOS

Son códigos numéricos establecidos por el SENAE, con el objeto de que sean aplicables en las DAI para el goce de exención parcial o total de tributos al comercio exterior.

Se han establecido dos tipos de códigos liberatorios identificados con las letras I para las liberaciones derivadas de acuerdos o convenios internacionales; y L, para las liberaciones establecidas en la normativa nacional. Y estos podrán ser aplicados únicos y exclusivamente a las declaraciones aduaneras presentadas al amparo de los regímenes aduaneros que impliquen la importación de mercancías.

La aplicación de los códigos liberatorios en las DAI, deberán estar sustentadas con los documentos exigibles para el efecto

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CONCLUSIÓN

El manejo correcto de los códigos liberatorios al importador a la hora de aplicar alguna exención es importante debido a que libera de tributos a mercancías específicas según dicta la normativa a través del COPCI, pero al no saber utilizar estos códigos el importador no lograra utilizar estos beneficios o los hará de una forma incorrecta.

RECOMENDACIÓN

En los casos en las que las mercancías importadas se clasifiquen dentro del capítulo 98 "Disposiciones de Tratamientos Especiales" del Arancel Nacional de Importaciones y que por su naturaleza tengan liberación en el pago de los tributos al comercio exterior, a más de la partida específica debe declararse el código liberatorio correspondiente.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?anio=2011&codigo=23&proceso=&estado=&boletinNum=&ano=2011&desc=31&fromFecha=&toFecha=

AUTORA: AZARIA ALEJANDRA LUNA G.

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ABANDONO TÁCITO FLUJOGRAMA

El abandono tácito operará de pleno derecho, cuando se configure cualquiera de las siguientes causales:

a. Falta de presentación o transmisión de la Declaración Aduanera dentro del plazo previsto en el reglamento al presente Código;

b. Falta de pago de Tributos al Comercio Exterior dentro en el término de veinte días desde que sean exigibles, excepto cuando se hayan concedido facilidades de pago.

c. Cuando se hubiere vencido el plazo de permanencia de la mercancía en los depósitos aduaneros.

En caso de incurrir en una de estas causales, el sujeto pasivo o su agente de aduana podrán, dentro de un plazo de veinticinco días hábiles, subsanar dichos incumplimientos, con lo que quedará levantado el abandono tácito sin necesidad de resolución administrativa, debiendo imponerse una multa por falta reglamentaria al Sujeto Pasivo.

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RESUMEN

Las sanciones establecidas para los casos de abandonos son de aplicación y conforme a lo dispuesto en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y su reglamento.

Luego de recibir la notificación electrónica de generación de multa por abandono, el operador de Comercio Exterior debe realizar el pago de forma inmediata, o se aplicara el cobro por acción Coactiva

TÉRMINOS

Operador de Comercio Exterior (OCE): Para la presente publicación, se refiere al agente de aduana o importador.

CONCLUSIÓN

Cualquier incumplimiento de los procedimientos establecidos en este proceso será sancionado conforme a lo establecido en la norma vigente.

RECOMENDACIÓN

En caso de presentarse retrasos por razones debidamente justificadas y aprobadas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador que ocasionen demoras en los plazos establecidos en la salida de las mercancías y que obliguen a caer en abandono definitivo, el Importador o Agente de Aduana puede solicitar al Director Distrital o su delegado una prórroga de hasta 30 días calendarios de permanecía en el deposito temporal, procediendo con el desbloqueo del abandono definitivo.

 

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/pro/for_oces.action

AUTORA: AZARIA ALEJANDRA LUNA G.

 

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REGISTRO DE INGRESO DE DECLARACIÓN JURAMENTADA DE TURISMO

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A continuación se da a conocer el procedimiento que deben seguir los turistas y los servidores aduaneros para realizar el registro y control de ingreso y salida del vehículo de uso privado del turista al territorio ecuatoriano.

El régimen de vehículo de uso privado del turista es aquel régimen de excepción por el cual se permite el ingreso del vehículo de turismo, en cualquiera de sus modalidades, al territorio nacional, de acuerdo a los procedimientos y condiciones dispuestos por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en concordancia con lo establecido en el Art. 219 del Reglamento al título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio en Inversión.

RESUMEN

El régimen de vehículo de uso privado del turista es aquel régimen de excepción por el cual se permite el ingreso del vehículo de turismo, en cualquiera de sus modalidades, al territorio nacional, de acuerdo a los procedimientos y condiciones dispuestos por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en concordancia con lo establecido en el Art. 219 del Reglamento al título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio en Inversión.

TÉRMINOS

Declaración Juramentada De Turista (DJT): documento electrónico que tiene como objetivo verificar y registrar el ingreso y salida del vehículo de uso privado de turista en el territorio aduanero ecuatoriano, autorizando el ingreso de un vehículo libre de derechos y gravámenes de importación pero condicionado a la salida obligatoria, según el tiempo máximo otorgado al turista, de conformidad con el registro migratorio.

CONCLUSIÓN

En caso de que existan observaciones que no sean justificadas por el turista y sus acompañantes, la Dirección Distrital negará el ingreso del vehículo de uso privado del turista al territorio ecuatoriano hasta que el turista subsane las mismas si es el caso.

RECOMENDACIÓN

La fecha desde que inicia el permiso de ingreso del vehículo de turismo a territorio ecuatoriano será la misma fecha en la que se registra la DJT, siendo está determinada por el sistema.

FUENTE: http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2014/SENAE-MEE-2-2-020-V2.pdf

AUTORA: AZARIA ALEJANDRA LUNA G.

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PROCESO DE VALORACIÓN ADUANERA DE MERCANCÍAS

A continuación se detalla de forma sencilla y simplifica el proceso a seguir para realizar la correcta aplicación y determinación de la valoración de mercancías sujetas a este tipo de control, haciendo uso del Sistema Nacional de Aduana del Ecuador, a través del ECUAPASS

PROCESO DE VALORACIÓN ADUANERA DE MERCANCÍAS

RESUMEN

 

El proceso inicia con la revisión del valor FOB unitario declarado, comprende actividades de notificación del inicio de duda razonable a través del portal ECUAPASS ,por parte TÉCNICO OPERADOR,  la revisión de los documentos de soporte presentador, correcciones del valor FOB unitario y culmina con la generación de la liquidación complementaria

TÉRMINOS

Duda razonable: son los motivos expuestos y fundamentados por la administración aduanera para dudar de la documentación o información, ya sea en relación a la veracidad, exactitud o integridad del valor declarado por el operador de comercio exterior u otra circunstancia, en relación a la importación de las mercancías y en aplicación del acuerdo de valor de la Organización Mundial del Comercio OMC y normas complementarias.

Alerta de valor: es una recomendación proporcionada por el perfilador de riesgo al aforador para realizar la revisión de los valores declarados por el operador de comercio exterior.

Operador de Comercio Exterior (OCE): Para la presente publicación, se refiere al agente de aduana o importador.

CONCLUSIÓN

Únicamente las declaraciones aduaneras de importación, DAI que de acuerdo al sistema de perfil de riesgo, hayan sido determinadas con el canal verificación física aduana, y con alertas de valor, pueden ser objeto del proceso de Duda Razonable durante el despacho de la mercancía (etapa recurrente), siempre que el aforador físico o universal tenga dudas sobre el valor declarado.

RECOMENDACIÓN

Es responsabilidad de los agentes de aduanas e importadores presentar las justificaciones del caso al presentarse duda razonable dentro del plazo establecido.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-MEE-2-2-007-V1.pdf

AUTORA: AZARIA ALEJANDRA LUNA G.

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PROCESO DE SOLICITUD DE CORRECCIÓN DE DOCUMENTO DE DECLARACIÓN ADUANERA DE IMPORTACIÓN

RESUMEN

El OCE (a) puede utilizar la solicitud de corrección de Declaración Aduanera de Importación para subsanar observaciones realizadas por el técnico operador, para adjuntar documentos que por alguna razón no son invisibles y para corregir errores de digitación.

Según el art. 68 del reglamento al CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN COMERCIO E INVERSIONES el OCE (a) puede presentar la solicitud de corrección para corregir inconsistencias en la DAI considerando los tributos aduaneros y demás obligaciones tributarias aplicables a la fecha de aceptación de las DAI

Si el OCE (a) necesita corregir una DAI que tiene canal de aforo automático, posterior al pago de la liquidación inicial, primeramente debe elaborar una solicitud de acción de control conforme lo indicado en el procedimiento “SENAE-GOE-2-2-003 comercio exterior para la modalidad de despacho con canal de aforo automático”, posteriormente, puede trasmitir la solicitud de corrección o rechazo de la DAI, según corresponda.

Las observaciones o correcciones que se deban subsanar o aplicar a la DAI deben registrarse mediante una SOLICITUD DE CORRECCIÓN, al ser aprobadas las correcciones por parte del técnico operador, el número de identificación de la DAI se mantiene.

Previo al cierre De aforo, el técnico operador debe aprobar o rechazar en el ECUAPASS la solicitud de corrección de la DAI.

Las solicitudes de corrección de la DAI se receptan en el sistema informático si no se encuentran errores en la trasmisión; de esta manera el técnico operador recibe la solicitud de corrección en su inbox (bandeja de tramites en el sistema informático) y puede visualizarlos cambios solicitados.

TÉRMINOS

OPERADOR DE COMERCIO EXTERIOR (OCE): para efecto de la publicación se entiende como operador de comercio exterior a:

OCE (a): Agentes de aduanas e importadores debidamente calificados como declarantes de mercancías.

OCE (b): Operadores de almacenamiento tales como: depósitos temporales, couries particulares, Correos del Ecuador, zonas de distribución y técnicos operadores de zona primaria del distrito que realizaron los ingresos y salidas de depósito temporal.

TÉCNICO OPERADOR (TO): para efecto de la publicación es el servidor aduanero que interviene en el proceso de aforo y pertenece a la dirección de despacho o a la dirección de despacho y control de la zona primaria.

CONCLUSIÓN

Existen en el sistema informático, tres solicitudes electrónicas que el OCE puede aplicar a la DAI según sea el caso, una de ella es la Solicitud de corrección de la Declaración Aduanera de Importación, esta se realiza para subsanar algún error cometido por el declarante a la hora de digitación o al adjuntar un documento de acompañamiento que fue emitido. Pero esta solicitud se debe realizar dentro del plazo establecido por el Código Orgánico De La Producción Comercio E Inversiones.

RECOMENDACIÓN

En los caos que el OCE no pudiere registrar la solicitud de corrección en el ECUAPASS siempre y cuando exista error justificado, éste debe informar al encargado del trámite dentro del plazo establecido en Código Orgánico De La Producción Comercio E Inversiones, para que proceda con las correcciones respectivas.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-MEE-2-2-006-V1.pdf

AUTOR: AZARIA ALEJANDRA LUNA G.

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Describir en forma secuencial las tareas para agilitar la consulta de corrección de datos que se presenten en la Declaración Aduanera a través del portal externo de ECUAPASS, opción NRCE — Notificación de Resultado de Corrección-Exportación.

Documento Adjunto: 

USO%20DEL%20SISTEMA%20NRCE.pdf

RESUMEN

Anteriormente se describir en forma secuencial las tareas para agilitar la consulta de corrección de datos que se presenten en la Declaración Aduanera de Exportación a través del portal externo de ECUAPASS, opción NRCE — Notificación de Resultado de Corrección-Exportación. Este procedimiento es muy sencillo

TÉRMINOS

Usuario: Solicitantes de corrección de manifiesto, corrección de declaración aduanera, corrección de informe de ingreso y salida.

NRCE: Notificación del Resultado de Corrección-exportación

Transportista: Aquel autorizado por el organismo competente de su país de origen, para ejecutar o hace ejecutar el transporte de mercancías.

CONCLUSIÓN

Describir en forma secuencial las tareas para agilitar la consulta de corrección de datos que se presenten en la Declaración Aduanera a través del portal externo denominado ECUAPASS, opción NRCE — Notificación de Resultado de Corrección-Exportación. Además este procedimiento está dirigido a los solicitantes de corrección de manifiesto, corrección de declaración aduanera, corrección de informe de ingreso y salida. 

 

RECOMENDACIÓN

Como usuarios de ECUAPASS al realizar este procedimiento es sencillo, la aplicación del procedimiento antes descrito  lo es responsabilidad del usuario o solicitante de corrección de manifiesto, corrección de declaración aduanera, corrección de informe de ingreso y salida.

FUENTE: http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-ISEE-2-3-020-V1.pdf

 

AUTORA: AZARIA ALEJANDRA LUNA G

 

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FLUJO DE LA DECLARACIÓN ADUANERA POR EL CANAL DE AFORO

A continuación se describe el flujo de la declaración aduanera por el canal de aforo y como este se desarrolla por cada una de las partes que intervienen.

El proceso inicia con el usuario cuando hace el registro de  la declaración aduanera de importación a través del portal  ECUAPASS en el menú Trámites Operativos, sub-menú “Elaboración de e-Docs Operativo” y luego en la opción Documentos Electrónicos.

El portal recibe la Declaración Aduanera de Importación, una vez que se hayan validado todos los parámetros solicitados por el sistema el usuario recibe una notificación de aceptación o de error. En este caso es de aceptación y además el sistema solicita los documentos de acompañamiento los cuales serán verificados por un funcionario de la aduana a través del sistema y se realizara un aforo para un control.

La aplicación, cumplimiento, y realización de lo descrito en la Declaración Aduanera de Importación es responsabilidad del usuario que firma el documento.

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RESUMEN

El proceso inicia con el usuario, el cual ingresa los datos correspondientes a la importación en la Declaración Aduanera de Importación, el sistema es el encargado de la recepción de este documento electrónico y se confirma esta recepción al usuario a través de  notificación. En el despacho se realiza el aforo dependiendo de qué tipo de aforo le fue designado al usuario. En este paso se ve3rifica la consistencia de los datos entregados por el importador.

TÉRMINOS

Documentos de acompañamiento: Constituyen documentos de acompañamiento aquellos que denominados de control previo deben tramitarse y aprobarse antes del embarque de la mercancía de importación.

DAI: Declaración Aduanera de Importación.

Aforo: Operación n que el servicio a través del funcionamiento designado, verifica y determina al examinar la declaración y la mercancía correspondientes hayan sido correctamente propuestas por el declarante.

CONCLUSIÓN

En la Declaración Aduanera de Importación se detalla la información respectiva de la mercadería que se está importando basada en la información que proporciona del documento de transporte, el mismo que ha sido debidamente procesado y aceptado por la aduana; sin embargo es nuestra responsabilidad como OCE's verificar que lo que se ha declarado sea lo correcto, y así podemos evitar futuras sanciones y multas por no hacer las cosas como las determina la ley. Además es responsabilidad de la Aduana a través del portal aceptar correcciones, sustitución y rechazo de la Declaración Aduanera de la Importación para gestionar de forma eficientemente los diferentes necesidades del usuario.

RECOMENDACIÓN

Gracias al portal implementado  por la aduana el registro de la Declaración Aduanera de Importación es más fácil, es responsabilidad del usuario manejar de forma correcta esta herramienta.

FUENTE: http://www.lacamaradequito.com/uploads/tx_documents/Presentaci_n_ECUAPASS.pdf

AUTOR: AZARIA ALEJANDRA LUNA G.

 

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PROCEDIMIENTOS DE TRÁMITE DE E-DOCS

eDOCS  elimina ineficiencias causadas por la incapacidad para gestionar y organizar la explosión de contenidos electrónicos mediante la creación de una sola biblioteca, altamente escalable para toda el manejo de la información.

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RESUMEN

El procedimiento de trámites de e-DOCs son responsabilidad del usuario, todo este proceso es realizado por el usuario a traves del portal el cual va validando de forma secuencial cada parametro de confirmación.
El primer proceso principal se lo realiza a traves del software del usuario, en el cual existen dos subprocesos:

1. Elaboracion de e-Docs
2. Notificacion del Portal

El siguiente proceso principal es el que se realiza a través del Portal de ECUAPASS, el cual realiza el proceso de validación de los documentos dento de esta proceso:

1. Resultado de recepción
2. Lista de Notificación

El tercero y ultimo proceso dentro de los tramites de e-DOCs, es el que realiza internamente la Aduana, en el cual se realiza la validación de la informacion entrega y de los parametros requeridos, este proceso es secuencial. Una vez que la Aduana haya verificado aca uno de los parámetros elviara al portal una notifcacion de aceptacion con el número de trámite,  o caso contraio la notificación sera de error.

TÉRMINOS

DB: Documentos Electrónicos

XML: Especificación para diseñar lenguajes de marcado, que permite definir etiquetas personalizadas para descripción y organización de datos.

Cifrado: un método que permite aumentar la seguridad de un mensaje o de un archivo mediante la codificación del contenido, de manera que sólo pueda leerlo la persona que cuente con la clave de cifrado adecuada para descodificarlo.

CONCLUSIÓN

El procedimiento de trámites de e-DOCs son responsabilidad del usuario, todo este proceso es realizado por el usuario a traves del portal el cual va validando de forma secuencial cada parametro de confirmación.

RECOMENDACIÓN

Como usuarios de ECUAPASS debemos cumplir con los requisitos y parametros que nos da la Aduana para el envio, recepción y aceptación. Para no tener notificaciones de error.

FUENTE

http://www.lacamaradequito.com/uploads/tx_documents/Presentaci_n_ECUAPASS.pdf

AUTOR AZARIA ALEJANDRA LUNA G

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ESTRUCTURA DE LA PANTALLA PRINCIPAL DEL PORTAL DE VUE

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RESUMEN

La ventanilla única es una herramienta electrónica a través de la cual todo usuario de los servicios aduaneros  presentarán los requisitos, trámites y documentos necesarios para la realización de operaciones de comercio exterior. Además se busca optimizar e integrar procesos de comercio exterior, los usuarios de esta herramienta deben conocer su funcionamiento AzArIa?I199

Para acceder al portal de VUE, existen 2 modos diferentes:

1) Acceder seleccionando VUE en el Quick menú de la pantalla principal del ECUAPASS

2) Acceder seleccionando VUE que está en la parte superior de la pantalla de menús del ECUAPASS

La estructura del portal web es la siguiente:

  • Gestión de datos del usuario y sesiones
  • Portal de ECUAPASS
  • Menú de funciones de la VUE
  • Servicios adicionales
  • Área de contenido

CONCLUSIÓN

Como usuarios debemos conocer bien la estructura de la Ventanilla Única, para hacer un uso correcto de la misma.  Además la ventanilla única, es una herramienta fundamental a la hora de cargar los documentos de soporte y  de realizar los documentos de acompañamiento con las diferentes instituciones públicas.

RECOMENDACIÓN

Los usuarios que manejan continuamente la Ventanilla Única deben estar familiarizados con ella y deben recurrir a los diferentes manuales de usuario para su correcto uso.

AUTOR: AZARIA ALEJANDRA LUNA G.

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Figura 1 SafeNet CIP Utilities

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Figura 2 - CIP Utilities - Change PIN

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Figura 3 - Cambio Clave

Conclusión

El proceso para cambiar la clave del Token en Windows XP es muy sencillo, solo es necesario que se instalen todos los controladores del dispositivo Token, los cuales están disponibles en la Pagina web del Banco Central y ademas se puede obtener mas información a través de los manuales que se encuentran en la sección de descargas de la misma página web.

Recomendación

De no aparecer el utilitario tal como se muestra en la Figura 1 debe proceder a instalar los controladores del dispositivo Token.

El usuario solo debe utilizar  la opción Change PIN. No debe utilizar las otras opciones porque puede borrar la información almacenada en el dispositivo.

Fuente:

https://www.eci.bce.ec/documents/10180/28929/Instructivo+para+cambio+de+clave+en+dispositivo+TOKEN+Ikey2032+en+Windows.pdf/9c95e59c-d88f-480d-9432-a0de7fb57047

Autor: Azaria Alejandra Luna G.

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RESUMEN

Una vez que se haya aprobado la solicitud de uso, el usuario podrá saber los siguientes datos:

1) Código OCE otorgado por el SENAE

Los usuarios que ya hayan obtenido el código OCE, podrán verificar en el Portal del ECUAPASS que se les ha otorgado un nuevo código de 8 dígitos, que fuera elaborado re-utilizando los 4 dígitos del código anterior. (Tipo (2 dígitos) + ‘00’ + 4 dígitos del código anterior)

2) Certificado digital emitido por la autoridad certificadora

Permitirá al usuario ingresar al Portal de ECUAPASS y VUE además de firmar los documentos electrónicos.

CONCLUSION

Con el propósito de simplificar los trámites el proceso para registrase como usuario de ECUAPASS  es sencillo y se lo realiza a través del portal web, solo es necesario cumplir con los requisitos y también obtener un certificado de firma electrónica.

RECOMENDACIÓN

Los usuarios deben asegurarse de cumplir con los requisitos y llenar de forma correcta la solicitud para que esta sea acepta de forma rápida y oportuna. Caso contrario el sistema nos negara la solicitud hasta que cumplamos con los  requisitos. Además deben tener en cuenta los usuarios los tiempos de entrega de los certificados de firma electrónica dependiendo de la institución.

FUENTE: http://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/

AUTOR: AZARIA ALEJANDRA LUNA G.

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SUBMENÚS DEL PORTAL DE ECUAPASS

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RESUMEN

El Portal de ECUAPASS es una plataforma creada por el SERVICIO DE ADUANA DEL ECUADOR para permitir a los Operadores de Comercio Exterior realizar tales trámites de despacho aduanero como, la obtención del Certificado de Origen, la presentación de la Declaración de Importación y Exportación, la gestión de solicitudes y obtención de certificados para comercio exterior, entre otros, a través de Internet.

Este Portal de ECUAPASS está compuesto por 4 principales submenús:

1) Trámites de despacho

2) Servicio de Información

3) Soporte al Cliente

4) Portal de Ventanilla Única

Conclusiones

El portal de ECUAPASS es un plataforma que permite no solo realizar los tramites operativos, sino también proporcionar información estadística además de interactuar con las entidades públicas lo que busca simplificar los trámites y reducir tiempos y costos para los Operadores de Comercio Exterior.

Recomendaciones

Los usuarios deben conocer muy bien el sistema para manejarlo de una forma adecuada. Para realizar sus tramites de forma asdecuada, e interactuar y aprovechar al 100% el portal.

Fuente: http://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/

Autor: Azaria Alejandra Luna G.

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INFRAESTRUCTURA DE CLAVE PÚBLICA (PIK)

¿Qué es la Infraestructura de Clave Pública (PKI)?

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Elementos que la componen:

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Objetivos:

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RESUMEN

Una infraestructura de clave pública (PKI) es un conjunto de hardware, software, personas, políticas y procedimientos necesarios para crear, gestionar, distribuir, usar, almacenar y revocar los certificados digitales.

Una PKI es un acuerdo que une las claves públicas con respectivas identidades de usuario por medio de una autoridad de certificación La identidad del usuario debe ser único en cada dominio de Agencia Certificadora. La autoridad de validación pue

La unión se establece a través del proceso de registro y expedición, que, dependiendo del nivel de seguridad de la unión, puede ser llevada a cabo por el software en una Agencia Certificadora. El papel PKI que asegura esta unión se denomina la autoridad de registro, que asegura que la clave pública se une a la persona a la que se asigna de una manera que garantiza el no repudio.

CONCLUSIONES

Una PKI es una infraestructura de clave pública que permite a los usuarios de forma segura y privada el intercambio de documentos electrónicos mediante el uso de un público y un par de claves criptográficas privadas, que se obtiene y se comparte a través de una autoridad de confianza.

RECOMENDACIÓN

Los usuarios deben utilizar e informase acerca del uso correcto y seguro de la PIK. Ademas deben tener en cuenta el uso responsable de esta herramienta.

FUENTE:

www.uv.es/~montanan/redes/trabajos/PKI.doc

AUTOR: Azaria Alejandra Luna G.

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SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL QUIPUX (SGDQ)

¿Qué es Sistema de Gestión Documental QUIPUX SGDQ?

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RESUMEN

QUIPUX es un servicio web que permite el registro, control, circulación y organización de los documentos digitales que  se envían y reciben en una Institución Pública de los usuarios. Las instituciones públicas buscan mejorar el manejo de la información a través de este sistema con el objetivo del cero manejo de papeles, buscando la agilidad en el trámite de documentos y además integrando a todas las instituciones del sector público en búsqueda de seguridad y manejo adecuado de la información.

TÉRMINOS

Institución Pública: Entidad del Sector Público perteneciente a cualquier función del Estado.

SGDQ: Sistema de Gestión Documental QUIPUX que permite el envío de cartas a las Instituciones Públicas.

Usuario: Servidor Público Persona perteneciente a alguna de las Instituciones Públicas registradas en el sistema y que utiliza el SGDQ.

 

CONCLUSIÓN

En búsqueda de un mejor manejo de la información se implanto este Sistema de Gestión Documental QUIPUX, con el principio de interacción con los usuarios y además garantizando la seguridad de la información. También se da un manejo de las solicitudes siguiendo un órgano regular y tiempos de recepción y entrega de forma inmediata.

RECOMENDACIÓN

El uso del sistema debería tener una capacitación y difusión adecuada para que los usuarios del mismo, se relacionen de mejor manera con la herramienta informática.

AUTOR: Luna Gordón Azaria A.

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Pueden registrarse como Productores Orgánicos:

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El proceso para registrarse como Productor Orgánico que se debe seguir es el siguiente:

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El registro se lo debe realizar en presentando directamente la documentación  en AGROCALIDAD o vía Agencia Certificadora.

RESUMEN

Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del AGRO (AGROCALIDAD) para garantizar el origen orgánico de los productos exige a los fabricantes registrarse como PRODUCTORES ORGANICOS. Además para garantizar la innocuidad de estos alimentos a través de la protección y mejoramiento de la calidad alimentaria de los productos nacionales y otorgar la certificación de los mismos.

AGROCALIDAD garantiza la inocuidad de los alimentos en la fase primaria, mediante la regulación y control de los sistemas de gestión de la inocuidad y la certificación orgánica de los productos de origen agropecuario.

TÉRMINOS

Inocuidad de los alimentos: la garantía de que los alimentos no causarán daño al consumidor cuando se preparen y/o consuman de acuerdo con el uso a que se destinan.

CONCLUSIÓN

AGROCALIDAD a través del registro y certificación de productores orgánicos garantiza la inocuidad de estos alimentos. Además de certificar estos productos de forma más efectiva gracias a que se cuenta con un control de estos productos anterior y posterior.

RECOMENDACIÓN

Para registrarse como un productor orgánico todavía de debe acudir a entregar los papeles en las oficinas de AGROCALIDAD o en una agencia certificadora. Este trámite debería ser realizado de forma electrónica.

FUENTE

http://www.agrocalidad.gob.ec/

http://agrocalidad.gob.ec/agrocalidad/images/pdfs/InocuidadAlimentaria

AUTOR: Luna Gordón Azaria A.

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FUNCIONAMIENTO DE LA VENTANILLA ÚNICA ECUATORIANA

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RESUMEN

La Ventanilla Única es una herramienta electrónica a través del cual las partes involucradas en el comercio exterior entregan de forma  electrónica a una sola ventanilla, los documentos y procedimientos para cumplir con todos los requisitos de la administración pública para los trámites aduaneros.

El usuario de los servicios aduaneros optimiza tiempo y dinero a través de la interrelación de las instituciones públicas y la documentación que se maneja para los trámites aduaneros.

TÉRMINOS

OCE’s: Los operadores de Comercio Exterior son los usuarios que interactúan informática y operativamente con el Servicio Nacional de Aduana de Ecuador.

Instituciones Públicas: Son instituciones que según su naturaleza desempeñan una labor de control de acuerdo a la ley, las cuales están administradas y controladas por el Estado.

Control previo: es aquel ejercido sobre las mercancías previo a que se sometan a un régimen aduanero.

CONCLUSIÓN

La Ventanilla Única Ecuatoriana para el comercio exterior busca optimizar e integrar procesos de comercio exterior a través del mejoramiento de la comunicación y colaboración entre los organismos gubernamentales vinculados con el comercio exterior

RECOMENDACIÓN

Las instituciones públicas que forman parte de las operaciones de comercio exterior deben integrar y mejorar los procesos con la simplificación de los requisitos, procedimientos, formularios y plazos de los trámites que se efectúan. Además de reducir tiempos en la documentación.

FUENTE

http://www.produccion.gob.ec/ventanilla-unica-ecuatoriana-vue/

AUTOR Luna Gordón Azaria A.

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VENTANILLA ÚNICA ECUATORIANA

La ventanilla única ecuatoriana para el comercio exterior (VUE) es una herramienta electrónica por medio de la cual todo usuario de los servicios aduaneros y los operadores de comercio exterior, presentarán los requisitos, trámites y documentos necesarios para la realización de operaciones de comercio exterior.

El objetivo general de la VUE es optimizar e integrar procesos de comercio exterior.

Los principales beneficios que presenta la VUE son:

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La base legal de la Ventanilla Única Ecuatoriana para el Comercio Exterior es el Decreto Ejecutivo No. 285 suscrito el 18 de Marzo de 2010 y el Decreto Ejecutivo 953 del 30 de Noviembre de 2011.

Previo al ingreso de la  solicitud por VUE debe solicitar la emisión del certificado digital (token). Una vez que cuente con el token se deberá realizar el registro respectivo en ECUAPASS a través del portal https://portal.aduana.gob.ec/, este registro se realiza una sola vez.

RESUMEN

La Ventanilla Única es el sistema a través del cual las partes involucradas en el comercio exterior entregan electrónicamente a una sola ventanilla, los documentos y datos estandarizados para cumplir con todos los requisitos de la administración pública relacionados con la importación, exportación y transporte de la mercadería.

El objetivo es reducir a 3,5 días los trámites aduaneros para la importación y exportación de mercaderías a través de la sistematización de todo el proceso en las aduanas del país. Interrelacionando todas los organismos de control que participan para el levantamiento de información optima y veraz.

TÉRMINOS

OCE’s: Los operadores de Comercio Exterior, que pueden ser personas naturales o jurídicas, son los usuarios que interactúan informática y operativamente con el Servicio Nacional de Aduana de Ecuador, estos comprenden agentes de aduana, líneas navieras, líneas aéreas, agencias de carga, almacenes temporales, depósitos, consolidadoras, importadores, exportadores, zonas francas, ministerios, entre otros.

Organismos de Control: Son instituciones que según su naturaleza desempeñan una labor de control de acuerdo a la legislación vigente, las cuales están administradas y controladas por el estado.

CONCLUSIONES

  • La Ventanilla Única Ecuatoriana para el comercio exterior busca optimizar e integrar procesos de comercio exterior.
  • Mejorar la colaboración entre los organismos gubernamentales vinculados con el comercio exterior, así como aumentar la competitividad del Sector Comercio Exterior.

RECOMENDACIONES

  • Las instituciones públicas que forman parte de las operaciones de comercio exterior deben integrar y mejorar los procesos, a través de la simplificación e integración de los procedimientos, formularios y plazos de los trámites que se efectúan.
  • Por parte de las instituciones públicas que conforman la Ventanilla Única Ecuatoriana deben manejar una gestión compartida y distribuida de los servicios y medios electrónicos.

FUENTE

http://www.produccion.gob.ec/ventanilla-unica-ecuatoriana-vue/

AUTOR Luna Gordón Azaria A.

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