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CONTROL ADUANERO EN LA UNION EUROPEA

CONTROL ADUANERO EN LA UNION EUROPEAToda mercancía que entra o sale de un país debe someterse a una serie de normas para poder circular legalmente, siendo necesario cumplir con los llamados Regímenes Aduaneros. Cada uno de estos regímenes requiere una serie de gestiones y documentos específicos, por lo que es necesaria una amplia experiencia y conocimientos sobre ellos para que el transporte de mercancía no sufra ningún tipo de inconveniente ni retraso.El transporte de mercancía internacional requiere de un amplio conocimiento de las diferentes normativas y documentación existente en cada país. Conocer la información necesaria en cada caso así como los plazos exigidos es fundamental para que tanto importadores como exportadores lleven a cabo sus envíos con rapidez y seguridad.La Unión Europea indica que las autoridades aduaneras podrán, en las condiciones establecidas por las disposiciones vigentes, proceder a cualquier medida de control que juzguen necesaria para la correcta aplicación de la normativa aduanera y otra normativa que regule la entrada, salida, tránsito, entrega y uso final de las mercancías que circulen entre el territorio aduanero de la Comunidad y terceros países y la presencia de mercancías que no tienen estatuto comunitario. Cuando un acuerdo internacional así lo prevea, los controles aduaneros con vistas a la correcta aplicación de la normativa comunitaria podrán realizarse en un tercer país.Los controles aduaneros distintos de los controles in situ se basan en un análisis de riesgos que emplee técnicas de tratamiento automatizado de datos, destinado a determinar y cuantificar los riesgos y desarrollar las medidas necesarias para evaluarlos, a partir de criterios definidos a nivel nacional, comunitario y, en caso de que existan, internacional.CONCLUSIONESControl aduanero son las medidas adoptadas para asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera u otras disposiciones cuya aplicación o ejecución aplique a las aduanas.RECOMENDACIONESLas aduanas deben asumir las responsabilidades necesarias para ejercer las acciones de control aduanero con absoluta independencia.FUENTEShttps://www.infotrans.es/el-control-aduanero-en-la-union-europea/http://www.comunidadandina.org/StaticFiles/201165195749libro_atrc_control.pdf - Control aduanero (Armando Garavito Castillo)AUTORKatherinne Vanessa Guerra Velez
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IMPORTANCIA DE LOS ACUERDOS COMERCIALES INTERNACIONALESUna de las principales cuestiones que se debería tomar en cuenta es que el comercio tiene un potencial enorme para el desarrollo económico y la reducción de la pobreza. Sería una estrategia muy inteligente aprovechar el comercio para generar crecimiento económico y generar empleos mejor remunerados, esto se lo podría ver reflejado en los indicadores tanto económicos como sociales. El hecho de que el comercio sea más libre, generado por la reducción multilateral de aranceles y apoyado por los acuerdos comerciales permite que cada nación se encamine a un auge económicoDe igual manera, es muy importante evaluar todos los parámetros para poder diseñar e implementar estrategias que optimicen y aprovechen al máximo los acuerdos existentes. Según Joaquim Tres, en su artículo sobre ¨Cinco razones por las que los acuerdos comerciales son importantes para América Latina y el Caribe¨ indica que las reglas de origen, por ejemplo, establecen las condiciones bajo las cuales un país importador considera un producto como originario de un país exportador que recibe un trato preferencial. Estas reglas muchas veces son sumamente restrictivas y varían no solo según el producto, sino también de un tratado a otro. Esto hace que el comercio se torne más complicado para las empresas y los demás actores involucrados.Además, la liberalización del comercio de servicios, la eliminación de barreras y la creación de mecanismos para proteger a los inversores extranjeros, las políticas de competencia y contratación pública, y las normas laborales y ambientales son factores que muchas veces no se toma en cuenta y estos pueden llegar a tener un impacto enorme en el comercio exterior.CONCLUSIONESLos cambios económicos y políticos recientes abren nuevos escenarios futuros para los acuerdos comerciales.RECOMENDACIONESLos acuerdos existentes deberían incluir temas relacionados con los derechos de propiedad intelectual, el comercio electrónico y las empresas de propiedad estatalFUENTEShttps://blogs.iadb.org/integracion-comercio/es/cinco-razones-por-las-que-los-acuerdos-comerciales-son-importantes-para-america-latina-y-el-caribe/AUTORKATHERINNE VANESSA GUERRA VELEZ
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CONVENIOS INTERNACIONALES SOBRE LUCHA CONTRA EL FRAUDESegún José Armando Garavito Castillo, el Consejo de la OMA a través del Convenio de Nairobi buscó la forma de combatir el Fraude de Aduanero. Dicho convenio tiene como principio básico: “las administraciones de aduanas se prestarán asistencia mutua con miras a prevenir, investigar y reprimir las infracciones de aduanas”.En la Unión Europea, a través de la Decisión 1999/352/CE, CECA, Euratom: Decisión de la Comisión, de 28 de abril de 1999, se crea la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude. Esta Oficina fue creada dada la gran importancia que las instituciones y los Estados miembros de la Comunidad Europea le dan a la protección de intereses financieros de las Comunidades y a la lucha con el fraude. Consideraron que era necesario utilizar todos los medios disponibles para alcanzar dicho objetivo por lo que era necesario la creación de una Oficina de Lucha contra el Fraude- OLAF. Por lo tanto la OLAF viene a ser un instrumento de la comunidad europea en su lucha contra el fraude. Su actividad incluye la prevención, detección y represión del fraude con cooperación con los Estados miembros.CONCLUSIONES• Para la lucha contra el fraude aduanero, en grupos internacionales y regionales, se aborda dicha problemática a través de convenios de lucha contra el fraude o a través de su legislación comunitaria y nacional.• Control aduanero son las medidas adoptadas para asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera u otras disposiciones cuya aplicación o ejecución aplique a las aduanas.RECOMENDACIONES• Las aduanas deben asumir las responsabilidades necesarias para ejercer las acciones de control aduanero con absoluta independencia.FUENTES• http://www.comunidadandina.org/StaticFiles/201165195749libro_atrc_control.pdf - Control aduanero (Armando Garavito Castillo)AUTORKatherinne Vanessa Guerra Velez.
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Memorando de Entendimiento entre aduanas para el control conjunto de carga con el fin de contrarrestar los delitos

Ecuador y Estados Unidos firmaron hace varios meses un Memorando de Entendimiento entre aduanas para el control conjunto de carga con el fin de contrarrestar los delitos de contrabando, lavado de activos, narcotráfico, fraude fiscal, corrupción y otros. La finalidad de firmar dicho memorando es mejorar la relación de los dos países en materia de seguridad y aduana, permite mejorar la seguridad de ambas naciones y fortalecer la relación comercial.

La meta es facilitar el comercio legítimo, pero a la vez se va a continuar construyendo barreras con el uso del comercio legítimo. EE.UU. tiene diferentes mecanismos legales para investigar y sancionar a las personas que se dedican a delinquir en este ámbito: investigaciones criminales y financieras, cancelación de las visas, acusaciones criminales en las Cortes y acuerdos como el firmado hoy. Mientras que en Ecuador hay un sistema de fortalecimiento de la inteligencia aduanera y de la Policía Nacional para ser absolutamente estrictos, con mucha más eficiencia en los controles.

Adicional, el Memorando permite saber en tiempo real lo que se declara en los dos países, con la firma se logró reducir de seis días promedio de despacho de mercancías a tres, de 18 horas promedio de despacho de mercancías currier a tres, la homologación de un solo código para los operadores internacionales de comercio.

CONLUSIONES

  • Los delitos aduaneros puede ser cometido en cualquiera de las etapas (antes, durante o después) en una transacción comercial.
  • En este punto se involucran a las Administraciones Aduaneras, con la finalidad de que establezcan controles fijos y así evitar el fraude aduanero en cualquier etapa de una transacción comercial.
  • Lo más frecuente dentro del fraude aduanero son la incorrecta declaración aduanera, cantidades falsas, traspaso y origen de los bienes importados o exportados o cambios en subpartida arancelaria declarada, entre otros.

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda que las autoridades puedan establecer un control continuo a todos los operativos del comercio exterior que realizan transacciones comerciales.
  • Educar a los futuros involucrados en el comercio exterior, con la finalidad de evitar fraudes aduaneros.


FUENTES

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DECISIÓN 574 SOBRE CONTROL ADUANERO

DECISIÓN 574 SOBRE CONTROL ADUANERO

Según José Armando Garavito Castillo, esta decisión tiene como objetivo tener conceptos y competencias comunes a todas las aduanas, las cuales deben asumir las responsabilidades para ejercer las acciones de control aduanero con absoluta independencia.

Control aduanero es el conjunto de medidas adoptadas por la administración aduanera con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera o de cualesquiera otras disposiciones cuya aplicación o ejecución es de competencia o responsabilidad de las aduanas.

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El control aduanero podrá realizarse en las fases:

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El control anterior se efectuará mediante:

  1. Acciones de investigación de carácter general
  2. Acciones de investigación directa
  3. Acciones de comprobación, vigilancia y control

 

Las mercancías que lleguen o salgan del territorio aduanero comunitario deberán estar amparadas por un Manifiesto de Carga que será presentado ante la aduana por el transportista o por su representante legal, antes de la llegada o a la partida del medio de transporte.

En la importación, el control durante el despacho es el ejercido por la administración aduanera desde el momento de la admisión de la declaración hasta el momento de la autorización del levante de la mercancía.

En la exportación, el control durante el despacho es el ejercido por la administración aduanera desde el momento de la admisión de la declaración hasta el momento del embarque y salida de la mercancía y del medio de transporte del territorio aduanero.

 

CONCLUSIONES

 

  • Control aduanero son las medidas adoptadas para asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera u otras disposiciones cuya aplicación o ejecución aplique a las aduanas.
  • La Decisión 574 establece las normas que los Países Miembros de la Comunidad Andina deben aplicar para el control de las operaciones de comercio exterior.

 

RECOMENDACIONES

 

  • Las aduanas deben asumir las responsabilidades necesarias para ejercer las acciones de control aduanero con absoluta independencia.

FUENTES

 

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

 

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LA DECISIÓN 478- ASISTENCIA MUTUA Y COOPERACIÓN ENTRE LAS ADMINISTRACIONES ADUANERAS DE LOS PAÍSES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ANDINA

Según José Armando Garavito Castillo, esta decisión tiene como objetivo la cooperación, la asistencia mutua e intercambio de información entre las administraciones aduaneras nacionales para prevenir, investigar y combatir los ilícitos aduaneros.

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Las Aduanas deben cooperarán en las siguientes áreas:

  • En el establecimiento y mantenimiento de canales expeditos de comunicación entre sus Administraciones Aduaneras a fin de facilitar el intercambio rápido y seguro de la información, propiciando la implementación de un sistema informático interconectado en línea que agilice el intercambio de datos;
  • En el inicio, desarrollo y mejoramiento de programas de capacitación y el intercambio de personal a través de pasantías en los países miembros
  • En el intercambio de personal y expertos en materias o tareas específicas

 

CONCLUSIONES

 

  • La comunidad Andina tiene una normativa que permite fortalecer la cooperación y el intercambio de información entre los países miembros, estando pendiente la tarea de impulsar la lucha contra el fraude a través de la implementación del Comité de Lucha contra el Fraude.
  • La asistencia podrá ser utilizada en aquellos procedimientos administrativos de investigación o procesos judiciales relativos a multas, comisos, decomisos o cualquier tipo de sanción.

 

RECOMENDACIONES

 

  • Cualquier otro asunto de carácter administrativo que, de común acuerdo entre las administraciones aduaneras involucradas, debería ser tratado según se considere necesario para el logro de los fines perseguidos por esta Decisión.

 

FUENTES

 

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

 

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MARCO NORMATIVO PARA ASEGURAR Y FACILITAR EL COMERCIO GLOBAL (2005) – OBJETIVOS Y PRINCIPIOS

Según José Armando Garavito Castillo, El Marco Normativo de la OMA es un documento que busca la seguridad de la carga y la facilitación de la misma. Contiene disposiciones relacionadas a la gestión de riesgos.

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El Marco Normativo de la OMA tiene en cuenta dos elementos, la capacitación y las competencias legales pertinentes. Aunque ciertos aspectos del Marco pueden aplicarse sin la capacitación, muchas necesitarán asistencia para aplicar las normas.

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OBJETIVOS Y PRINCIPIOS

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CONCLUSIONES

 

  • El Marco Normativo de la OMA, tiene dos pilares de colaboración Aduanas-Aduanas y Aduanas-Empresas, la cual tiene muchas ventajas. La finalidad es que la Aduana deja de ser un guardián que verifica cada movimiento, sino que se encarga solamente de los movimientos seleccionados que presentan mayores riesgos.
  • El Marco se inspira directamente en medidas y programas existentes sobre seguridad y facilitación de la OMA que han sido desarrollados por Administraciones miembros.

 

RECOMENDACIONES

 

  • La OMA es la plataforma apropiada para desarrollar esta iniciativa ya que cuenta con la participación de 166 Administraciones Miembros, que representan a su vez el 99 por ciento del comercio global.
  • Las Administraciones de Aduanas pueden pedir información sobre las mercancías objeto de importación y a menudo la piden también sobre las mercancías objeto de exportación. Con una legislación apropiada, pueden exigir que esa información se suministre anticipada y electrónicamente.

 

FUENTES

 

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

 

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MEDICIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DENTRO DE LA ADUANA

 

Según José Armando Garavito Castillo, las aduanas han instituido un enfoque moderno cuya finalidad es lograr el cumplimiento de la ley. El éxito se mide con respecto al total cumplimiento de las leyes comerciales por parte de los comerciantes y de las referidas a las mercancías importadas y exportadas.

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La medición del cumplimiento de la ley puede ser utilizada como una herramienta de diagnóstico para identificar áreas de incumplimiento.

La medición del cumplimiento de la ley como herramienta de diagnóstico debería ser empleada por las administraciones aduaneras junto con la evaluación de riesgo, los procesos de definición de perfiles de riesgo y de detección de infracciones.

 

CONCLUSIONES

 

  • Dentro de la gestión de riesgo estratégica en el contexto aduanero se pueden incluir temas sociales, prohibiciones y restricciones respecto a las importaciones/exportaciones, salud pública, medio ambiente, medidas sobre políticas comerciales, cuotas y asuntos relativos a derechos e impuestos.
  • Dentro de la gestión de riesgo operacional un claro ejemplo es determinar la aplicación de controles por auditoría a un importador, o cómo disponer de personal y equipamientos limitados eficazmente. De este modo, la Aduana deja de ser un “guardián” que verifica cada movimiento, sino que se encarga solamente de los movimientos seleccionados que presentan mayores riesgos.
  • Utilizada estratégicamente, la medición del cumplimiento de la ley y la detección de objetivos pueden proporcionar el equilibrio necesario para asignar los recursos eficazmente a aquellas áreas que presentan problemas a la Aduana.

 

RECOMENDACIONES

 

  • Es recomendable que la aduana revise los antecedentes del importador, exportador, del transportista, del despachante, etc., el origen y la ruta de las mercancías y las prohibiciones o restricciones para tener una gestión de riesgos eficiente.
  • La definición de perfiles de riesgo es el medio mediante el cual la Aduana pone en práctica la gestión de riesgo ya que sustituye a los controles aleatorios de documentos y mercancías por un método de trabajo planificado y con un objetivo definido, utilizando al máximo los recursos aduaneros.
  • Los resultados de las mediciones de cumplimiento de la ley iniciales pueden aportar información importante con la finalidad de mejorar las metodologías de evaluación de riesgo, proteger la recaudación, mejorar su rentabilidad y eficiencia, así como desarrollar estrategias para mejorar el cumplimiento de la ley.
  • La aduana debería brindan asistencia a los comerciantes y a la industria con respecto a la comprensión y aplicación de reglamentos comerciales y a la superación de los procesos internos de sus empresas a los efectos de cumplir con los requisitos de importación y de exportación.

 

FUENTES

 

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

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GESTIÓN DE RIESGO DENTRO DE LA ADUANA

GESTIÓN DE RIESGO DENTRO DE LA ADUANA

 

Según José Armando Garavito Castillo, el facilitar y permitir la circulación de mercancías y personas siempre constituye un elemento de riesgo. Hoy en día se exige a las administraciones aduaneras que proporcionen mayores facilidades y que al mismo tiempo mantengan el control sobre el movimiento internacional de mercancías, medios de transporte y personas. La gestión de riesgo dentro de la Aduana puede ser estratégica, operacional o táctica.

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CONCLUSIONES

  • Dentro de la gestion de riesgo estratégica en el contexto aduanero se pueden incluir temas sociales, prohibiciones y restricciones respecto a las importaciones/exportaciones, salud pública, medio ambiente, medidas sobre políticas comerciales, cuotas y asuntos relativos a derechos e impuestos.
  • Dentro de la gestión de riesgo operacional un claro ejemplo es determinar la aplicación de controles por auditoría a un importador, o cómo disponer de personal y equipamientos limitados eficazmente. De este modo, la Aduana deja de ser un “guardián” que verifica cada movimiento, sino que se encarga solamente de los movimientos seleccionados que presentan mayores riesgos.

RECOMENDACIONES

 

  • Es recomendable que la aduana revise los antecedentes del importador, exportador, del transportista, del despachante, etc., el origen y la ruta de las mercancías y las prohibiciones o restricciones para tener una gestión de riesgos eficiente.
  • La definición de perfiles de riesgo es el medio mediante el cual la Aduana pone en práctica la gestión de riesgo ya que sustituye a los controles aleatorios de documentos y mercancías por un método de trabajo planificado y con un objetivo definido, utilizando al máximo los recursos aduaneros.

FUENTES

 

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

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CONVENIO DE KYOTO

DIRECTIVAS DEL ANEXO GENERAL (RECOMENDACIONES Y CONCEPTOS SOBRE CONTROL ADUANERO)

Dentro del Convenio de Kyoto se sugieren prácticas que las administraciones aduaneras con programas de control aduanero, deberían tener en cuenta, con la finalidad de simplificar y aumentar la eficiencia en los procesos:

1. No centrarse exclusivamente en controles de movimientos

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2. La gestión de riesgo es un punto clave para aumentar la eficiencia

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3. Implementar medidas para evaluar los procedimientos de control

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4. Cooperación entre la Aduana y el sector comercial

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CONCLUSIONES

  • Los controles aduaneros deberían ser los mínimos indispensables y deberían llevarse a cabo selectivamente, empleando técnicas de gestión de riesgo.
  • Estas modificaciones permitirían a la Aduana manejar adecuadamente el crecimiento del comercio internacional, así como la creciente demanda respecto a la reducción de recursos, y la necesidad de ofrecer mayores facilidades al comercio.

RECOMENDACIONES

  • Un programa de control aduanero moderno requiere de un permanente respaldo por parte de la gerencia ejecutiva de las empresas, así como de un personal debidamente entrenado, motivado y remunerado y también de una legislación, organización y procedimientos adecuados.
  • Las administraciones aduaneras deberían hacer extensivo el uso de la tecnología de la información y del comercio electrónico, especialmente en los procedimientos de desaduanamiento. Estas técnicas son indispensables para que el control aduanero sea eficaz y rentable, y contribuyen además a facilitar el intercambio comercial.

FUENTES

AUTOR

  • Katherinne Guerra
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FRAUDE ADUANERO

FRAUDE ADUANEROFraude aduanero según José Armando Garavito Castillo en su libro Control Aduanero, lo define como "toda violación, o tentativa de violación, de la legislación aduanera o de cualesquiera otras disposiciones cuya aplicación o ejecución es competencia o responsabilidad de las aduanas". Con base a lo anteriormente mencionado podemos deducir que el fraude aduanero enfocado en un punto comercial comprenderá a todos los rubros relacionados exceptuando aquellos supuestos de ingreso y salida de mercancías del territorio aduanero en los que no se realiza la presentación de la mercancía ante la autoridad aduanera.CONLUSIONES-El fraude aduanero puede ser cometido en cualquiera de las etapas (antes, durante o después) en una transacción comercial.-En este punto se involucran a las Administraciones Aduaneras, con la finalidad de que establezcan controles fijos y así evitar el fraude aduanero en cualquier etapa de una transacción comercial.-Lo más frecuente dentro del fraude aduanero son la incorrecta declaración aduanera, cantidades falsas, traspaso y origen de los bienes importados o exportados o cambios en subpartida arancelaria declarada, entre otros.RECOMENDACIONES-Se recomienda que las autoridades puedan establecer un control continuo a todos los operativos del comercio exterior que realizan transacciones comerciales.-Educar a los futuros involucrados en el comercio exterior, con la finalidad de evitar fraudes aduaneros.FUENTES- comunidadandina.org/StaticFiles/201165195749libro_atrc_control.pdfAUTORKatherinne Guerra
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CERTIFICADO DE INSPECCIÓN DE ETIQUETADO

Según el Servicio Ecuatoriano de Normalización INEN, el Certificado de Inspección de Etiquetado es aquel documento que corrobora que, en la inspección, los productos cumplen con la normativa y reglamentos aplicables. Esta certificación permite dar fe de que el producto es confiable y de buena calidad para los usuarios o consumidores permitiendo así una diferenciación en las mercancías a comercializarse.

Este certificado está dirigido para personas jurídicas privadas, públicas, naturales, extranjeras o nacionales, de tal manera que, permita obtener beneficios para los fabricantes, productores, la industria ecuatoriana, el sector productivo y todo tipo de empresas.

Para poder realizar el trámite se necesitan ciertos requisitos obligatorios como la solicitud de Certificado de Inspección (documento que el usuario entrega al INEN para iniciar el proceso y se debe ingresar al sistema para poder elaborarla), el comprobante de depósito o transferencia realizada al INEN y la etiqueta presentada al INEN. El costo del trámite para obtener el certificado es de USD $18,00 por composición. Finalmente, es importante mencionar que el certificado es válido únicamente para la muestra inspeccionada.

CONCLUSIONES

Las normas técnicas aplicables y obligatorias permiten brindar mayor confianza en los productos, garantizan un mejor control de calidad, mejoran la satisfacción del cliente, evidencian una mejora continua en los procesos y productos.

RECOMENDACIONES

La reglamentación técnica es una herramienta adoptada con el objeto de proteger la seguridad o la salud de las personas además sirven para prevenir prácticas que puedan inducir a error o engaño al consumidor y, que esto no se convierta en un obstáculo técnico innecesario al comercio.

FUENTES

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

 

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RTE INEN 089 – SEGURIDAD DE LOS JUGUETES

El Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 089 de “Seguridad de los juguetes”, de conformidad a lo establecido por la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y su Reglamento General, establece los lineamientos que permitirán verificar que los juguetes importados sujetos a control, cumplen con los debidos requisitos. La finalidad del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 089 es delimitar los requisitos que deben cumplir los juguetes; para proteger la salud de las personas y prevenir prácticas que puedan inducir a error a los usuarios.

Este Reglamento comprende únicamente a ciertas partidas relacionadas a los juguetes nuevos de producción nacional o importados que se comercialicen en el Ecuador, destinados a ser usados por niños menores a 14 años. Los cuales deben cumplir con ciertas propiedades mecánicas y físicas, inflamabilidad, migración de ciertos elementos, entre otros.

En lo relacionado a los requisitos del envase, embalaje y rotulado, los juguetes deben aplicar ciertas advertencias, marcado e instrucciones según las normas específicas de este reglamento. Además, obligatoriamente deben contener lo siguiente:

  • Nombre o denominación del producto
  • Marca comercial
  • Razón y dirección completa de la empresa fabricante
  • Razón social y dirección completa del importador
  • País de fabricación del producto
  • Lote o fecha de fabricación (año-mes)
  • Declarar en caso de contener algún insumo o materia prima que represente riesgo o peligro
  • Advertencia del riesgo o peligro de la naturaleza y empleo del producto
  • No hacer alusión falsa, equívoca o engañosa del producto
  • Presentar la información de manera clara, legible, veraz,con frases cortas, simples, palabras sencillas y de uso cotidiano.

 

CONCLUSIONES

  • El Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 089 de “Seguridad de los juguetes”, establece los lineamientos que permitirán verificar que los bienes importados son seguros para los usuarios.
  • La finalidad del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 089 es prevenir los riesgos para la salud, seguridad, la vida de las personas y del medio ambiente.

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda que para la importación y posterior comercialización de juguetes se cumplan con todos los requisitos en la parte técnica y de rotulado, con la finalidad de proteger al consumidor.

FUENTES

 

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

 

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El Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 100 de “Materiales y artículos plásticos destinados a estar en contacto con los alimentos”, de conformidad a lo establecido por la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y su Reglamento General, establece los lineamientos que permitirán verificar que los bienes importados sujetos a control, cumplen con los debidos requisitos. La finalidad del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 100 es delimitar los valores de migración global que deben cumplir los materiales y artículos plásticos destinados a estar en contacto con alimentos; para proteger la salud de las personas y prevenir prácticas que puedan inducir a error a los usuarios.

Este Reglamento comprende únicamente a ciertas partidas relacionadas con materiales y artículos plásticos destinados a estar en contacto con los alimentos que se fabriquen, importen y se comercialicen en el territorio ecuatoriano.

Es importante conocer que para cada tipo de plástico existen códigos internacionales de identificación para los materiales termoplásticos, que se detallan a continuación:

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Ilustración 1

Fuente: Servicio Ecuatoriano de Normalización.

En cuanto al producto, este debe cumplir con ciertos requisitos que se detallan a continuación

  • Los materiales y artículos plásticos destinados a estar en contacto con los alimentos no deben transferir sus componentes a los productos alimenticios dentro de las cantidades permitidas.
  • Para la determinación de la migración en productos alimenticios se hace uso de simuladores de alimentos, de estos existen cuatro tipos.

CONCLUSIONES

  • El Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 100 de “Materiales y artículos plásticos destinados a estar en contacto con los alimentos”, establece los lineamientos que permitirán verificar que los bienes importados, cumplen con los debidos requisitos.
  • La finalidad del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 100 es proteger la salud de las personas y prevenir prácticas que puedan inducir a error a los usuarios.

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda que para la importación y posterior comercialización de productos plásticos destinados a estar en contacto con los alimentos, se tenga un adecuado cumplimiento de las cantidades de migración de sus componentes a los productos alimenticios, con la finalidad de proteger al consumidor.

FUENTES

 

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

 

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RTE INEN 013 - ETIQUETADO DE PRENDAS DE VESTIR, ROPA DE HOGAR Y COMPLEMENTOS DE VESTIR

 

El Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 013 de Etiquetado de prendas de vestir, ropa de hogar y complementos de vestir, de conformidad a lo establecido por el Instituto de Normalización Ecuatoriano permite establecer lineamientos que permitirán verificar que los bienes importados sujetos a control, cumplen con los debidos requisitos. La finalidad del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 013 es prevenir las prácticas que puedan inducir a error o engaño a los consumidores.

Este Reglamento comprende únicamente a ciertas partidas relacionadas con las prendas de vestir, ropa de hogar y complementos de vestir. Las condiciones generales son:

  • La información presentada en las etiquetas no debe ser falsa, equívoca o engañosa, o susceptible de crear una expectativa errónea respecto a la naturaleza del producto.
  • La información debe indicarse en las etiquetas con caracteres claros, visibles, indelebles y fáciles de leer para el consumidor.
  • Para la fabricación de las etiquetas permanentes se debe utilizar cualquier material que no produzca incomodidad al consumidor, sin que se afecte su calidad con los procesos posteriores de lavado y planchado casero o de lavandería.
  • Las dimensiones de las etiquetas permanentes deben ser tales que permitan contener la información mínima requerida en este reglamento técnico ecuatoriano.
  • Las etiquetas no permanentes son opcionales.

Además de las condiciones generales, este Reglamento declara que se deben cumplir los siguientes requisitos de etiquetado:

  • La información debe expresarse en idioma español, sin perjuicio de que además se presente la información en otros idiomas.
  • Previo a la importación o comercialización de productos nacionales, deben estar colocadas las etiquetas permanentes en un sitio visible o de fácil acceso para el consumidor.
  • La etiqueta permanente debe contener la siguiente información mínima, la cual debe estar acorde con lo establecido en la NTE INEN 1875: Talla para prendas y complementos de vestir, dimensiones para ropa de hogar, porcentaje de fibras textiles y/o de cuero utilizados, razón social e identificación fiscal (RUC) del fabricante o importador, país de origen, instrucciones de cuidado y conservación.

CONCLUSIONES

  • El Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 013 de Etiquetado de prendas de vestir, ropa de hogar y complementos de vestir, de conformidad a lo establecido por el Instituto de Normalización Ecuatoriano permite establecer lineamientos que permitirán verificar que los bienes importados sujetos a control, cumplen con los debidos requisitos.
  • La finalidad del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 013 es prevenir las prácticas que puedan inducir a error o engaño a los consumidores.

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda que para la importación y posterior comercialización de prendas de vestir, ropa de hogar y complementos de vestir se tenga una adecuada distribución de la información en el etiquetado, con la finalidad de cumplir con las normas del país referentes al RTE INEN 013.

FUENTES

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

 

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ACUERDO DE INTEGRACION COMERCIAL ENTRE CHILE Y ECUADOR

 

El 13 de agosto del 2020 se firmó el Acuerdo de Integración Comercial entre Ecuador y Chile, el cual es considerado como un acuerdo de Libre Comercio. Es importante destacar que Chile es considerado como un socio comercial muy importante para Ecuador, donde los principales productos de exportación han sido el petróleo, banano, pescado, camarones, cuero, plástico y caucho.

En cuanto a las exportaciones, el acuerdo permite que se beneficien en el ámbito arancelario 160 productos ecuatorianos, que son adicionales a los 1000 con los que ya se contaba. Aproximadamente, se estima que cerca de 710 empresas se verán beneficiadas con la firma de dicho Acuerdo. Productos como el aceite de soya, azúcar, pastas alimenticias, maíz, panela, balanceado, carnes de ave y porcina accederán a Chile con un 0% de arancel. Si bien Ecuador y Chile ya contaban con el tratado de Complementación Económica, el cual permitía que el 97% de bienes ecuatorianos enviados a ese mercado no esté gravado con aranceles, el nuevo acuerdo permite que Ecuador tenga una cobertura del 100%.

Para las importaciones, el tratado incluye beneficios arancelarios en insumos chilenos como aceites y grasas vegetales, trigo, harina, pastas, edulcorantes, carnes de bovinos y semillas. Esos insumos entrarán al mercado ecuatoriano con menores impuestos. De Chile se importan frutas, enlatados, productos químicos, cereales y metales.

Para lograr un nivel más profundo de integración el acuerdo también se orientó a temas relacionados con las buenas prácticas regulatorias, comercio electrónico, compras públicas, pymes, género, medio ambiente, asuntos laborales, entendimientos en las áreas financieras y de inversiones, entre otros. El hecho de que se fortalezcan las relaciones comerciales con Chile, permitirá que Ecuador asegure su proceso para pertenecer a la Alianza del Pacífico, bloque comercial conformado por Chile, Perú, Colombia y México. Dicho bloque es un atractivo mercado para Ecuador, especialmente para la diversificación del comercio intrarregional.

CONCLUSIONES

El Acuerdo de Integración Comercial entre Ecuador y Chile abarca 24 capítulos, que fortalecen la relación bilateral, facilitan el comercio, incluyendo aspectos regulatorios, servicios, compras públicas, telecomunicaciones, comercio electrónico, entre otras.

RECOMENDACIONES

Ecuador se encuentra dentro del proceso para ser parte de la Alianza del Pacífico, el cual es considerado como un importante bloque comercial que representa el segundo destino de las exportaciones de bienes nacionales y es una gran fuente de inversiones extranjeras directas; es por tal motivo que, las relaciones entre los países miembros y el Ecuador deben fortalecerse mediante la ratificación y ampliación de los Acuerdos ya existentes.

FUENTES

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

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Tras mucho tiempo invertido en negociaciones, el 27 de julio del 2020, la ratificación del decreto 1110 ha permitido que se establezca el Acuerdo Comercial Multipartes entre Ecuador, Colombia y Perú con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Este acuerdo es primordial para los países involucrados debido a que permite fortalecer los lazos comerciales entre los mismos, además, permiten expandir el intercambio comercial y fomentar una política en la que todas las partes ganen y obtengan beneficios en lo relacionado con el aumento del empleo, producción, y en consecuencia, bienestar de los habitantes.

Tras el brexit, es decir, la salida de Reino Unido de la Unión Europea, los acuerdos entre la Unión Europea con Ecuador se mantienen; pero el caso es diferente con el Reino Unido, pues es necesario un nuevo documento comercial que mantenga los mismos beneficios arancelarios.

Los intercambios entre ambos países suman USD 284 millones al año, con una balanza favorable para Ecuador. Los principales productos que se venden a Reino Unido son banano, atún, camarón, vegetales en conserva y flores. Bebidas espirituosas, automóviles, medicinas y maquinaria industrial son los productos que más envía Reino Unido a Ecuador.

CONCLUSIONES

Este Acuerdo garantiza que más del 95% de los productos ingresen a Reino Unido con cero aranceles, es decir, sin pagar impuestos. Se estima que aproximadamente $25 millones anuales en exportaciones que el Ecuador perdería si no hubiese firmado el Acuerdo Comercial con Reino Unido, junto con las condiciones preferenciales.

RECOMENDACIONES

El territorio británico tiene un potencial de más de 66 millones de compradores para nuestros productos. Por ejemplo: los precios del whisky disminuyeron, el aumento de las ventas también viene por el lado de fungicidas, libros, entre otros productos.

FUENTES

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

 

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IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES (ICE)

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Las actividades que gravan ICE son:

Fabricación, producción, elaboración y/o importación de los siguientes bienes:

  • Cigarrillos
  • Productos del tabaco y sucedáneos del tabaco
  • Perfumes, aguas de tocador o similares
  • Video Juegos
  • Armas de fuego y municiones
  • Focos Incandescentes
  • Cocinas, cocinetas, calefones y sistemas de calentamiento
  • Vehículos motorizados inclusive los híbridos o eléctricos
  • Aviones, avionetas y helicópteros
  • Motos acuáticas, tricares, cuadrones, yates y barcos de recreo
  • Alcohol, bebidas alcohólicas, incluida la cerveza industrial y artesanal
  • Bebidas energizantes
  • Bebidas gaseosas con alto contenido de azúcar
  • Bebidas gaseosas con bajo contenido de azúcar
  • Bebidas no alcohólicas con alto contenido de azúcar

Prestación de los siguientes servicios:

  • Televisión pagada
  • Telefonía fija y planes prestado a sociedades
  • Cuotas, membresías, afiliaciones, acciones y similares que cobren los clubes sociales.

 

De acuerdo con lo que establece la norma tributaria se debe cumplir con sus obligaciones ICE de la siguiente manera:

  • Declaración MENSUAL del ICE.
  • Anexo ICE MENSUAL.
  • Anexo PVP

 

Para pagar el ICE primero se debe determinar la base imponible de los productos o servicios.

  1. Bienes gravados con tarifa ad-valorem

Para los bienes gravados con tarifa ad-valorem, el sujeto pasivo debe calcular dos bases imponibles: en función del Precio de Venta al Público (PVP) y del precio ex fábrica o ex aduana. Además, debe escoger la base imponible de mayor valor, a la cual se le aplicará la tarifa correspondiente.

           a) Base imponible en función del PVP

 

Base imponible1 =  PrecioDeVentaalPúblicoSugerido

                                ----------------------------------------

                                 (1+%IVA) * (1+%ICEVigente)

           b) Base imponible en función de precio ex fábrica o ex aduana.

 

Base imponible2 = (PrecioExFábricaoExAduana) * (1,25)

 

  1. Bienes gravados con tarifa específica

 

           a)Cigarrillos.- En este caso la base imponible será igual al número de cigarrillos producidos o importados, a la que se aplicará la tarifa específica.

           b)Bebidas no alcohólicas y gaseosas con contenidos de azúcar mayor a 25 gramos por litro de bebida.- La base imponible se establecerá en función de los gramos de azúcar que contenga cada bebida no alcohólica, multiplicado por la sumatoria del volumen neto de cada producto y por la correspondiente tarifa específica.

 

  1. Bienes gravados con tarifa mixta

 

           a)Alcohol, bebidas alcohólicas y cerveza.- La base imponible se establecerá en función de los grados de alcohol y precios de ex fábrica o ex aduana.

 

  1. Servicios gravados con ICE

 

La base imponible sobre la que se calculará y cobrará el impuesto en el caso de servicios gravados, será el valor que conste en el comprobante de venta respectivo, por los servicios prestados al usuario final excluyendo los valores correspondientes al IVA y al ICE.

CONCLUSIONES

El ICE es un impuesto que se aplica a bienes y servicios que no son imprescindibles para las personas y son considerados como suntuosos, con la finalidad de restringir el consumo de bienes con elevados costos sociales y el de gravar consumos y bienes considerados de lujo.

RECOMENDACIONES

Se deben realizar campañas de capacitación para todos los contribuyentes, con la finalidad de fomentar una cultura tributaria correcta y se pueda evitar sanciones por el incumplimiento de las leyes.

FUENTES

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez. 

 

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LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS Y MENSAJES DE DATOS

 

CAPITULO III

DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS O CONSUMIDORES DE SERVICIOS ELECTRONICOS

 

Art. 48.- Consentimiento para aceptar mensajes de datos

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Es importante mencionar que al otorgar o confirmar electrónicamente el consentimiento, el usuario o consumidor debe demostrar razonablemente que puede acceder a la información objeto de su consentimiento.

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Si con posterioridad al consentimiento del consumidor o usuario existen cambios de cualquier tipo, incluidos cambios en equipos, programas o procedimientos, necesarios para mantener o acceder a registros o mensajes electrónicos, de forma que exista el riesgo de que el consumidor o usuario no sea capaz de acceder o retener un registro electrónico o mensaje de datos sobre los que hubiera otorgado su consentimiento, se le deberá proporcionar de forma clara, precisa y satisfactoria la información necesaria para realizar estos cambios, y se le informará sobre su derecho a retirar el consentimiento previamente otorgado sin la imposición de ninguna condición, costo alguno o consecuencias. En el caso de que estas modificaciones afecten los derechos del consumidor o usuario, se le deberán proporcionar los medios necesarios para evitarle perjuicios, hasta la terminación del contrato o acuerdo que motivó su consentimiento previo.

CONCLUSIONES

Es fundamental conocer que los usuarios o consumidores de servicios electrónicos cuentan con derechos que los protegen ante varias situaciones, uno de ellos se expresa en el artículo 48, donde se hace mención al consentimiento para aceptar mensajes de datos. Este artículo se refiere a que una vez que el consumidor o usuario ha expresado su consentimiento para aceptar registros electrónicos o mensajes de datos, debe ser informado sobre los equipos y programas que requiere para acceder a dichos registros o mensajes.

RECOMENDACIONES

Es importante tener en cuenta que en caso de que existan cambios de cualquier tipo, de forma que exista el riesgo de que el consumidor o usuario no sea capaz de acceder o retener un registro electrónico o mensaje de datos, se le deberá proporcionar información necesaria para realizar estos cambios y tendrá derecho a retirar el consentimiento previamente otorgado, sin costo alguno.

FUENTES

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

 

 

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