Publicaciones de Evelyn Dayana Quintuña Molina (18)

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Cestas de Bambu 

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Introducción

Las cestas de bambú u ollas de bambú, proceden de la cocina oriental, mayoritariamente asiática. Fabricadas en bambú y de manera totalmente artesanal, estas cestas son ideales para cocinar al vapor, ya que no sólo tienden a dar más sabor a los alimentos, sino que, al mantenerlos fuera del agua, hacen que las vitaminas y demás propiedades de los alimentos, sobre todo si son frescos, se mantengan casi intactos, ya que estas no se quedan en el agua de cocción.

En ellas podemos cocer lo que queramos, verduras a pescados, carnes, etc., de manera fácil y sana. También Podemos apilar varias, una encima de la otra, de manera que podamos hacer varias cosas a la vez. Suelen tener como unos 10 cm. de alto.

Notas de capitulo

  1. En este Capítulo, la expresión materia trenzable se refiere a materias en un estado o forma tales que puedan trenzarse, entrelazarse o trabajarse de modo análogo. Se consideran como tales, la paja, mimbre, sauce, bambú, ratán (roten), junco, caña, cintas de madera, tiras de otros vegetales (por ejemplo: tiras de corteza, hojas estrechas y rafia u otras tiras obtenidas de hojas anchas), fibras textiles naturales sin hilar, monofilamentos, tiras y formas similares de plástico y tiras de papel, pero no las tiras de cuero o piel preparados o de cuero regenerado, de fieltro o tela sin tejer, ni el cabello, crin, mechas e hilados de materia textil ni monofilamentos, tiras y formas similares del Capítulo 54.
  2. Este Capítulo no comprende:
  3. los revestimientos de paredes de la partida 48.14;
  4. los cordeles, cuerdas y cordajes, trenzados o no (partida 56.07).
  5. el calzado y los sombreros, demás tocados y sus partes, de los Capítulos 64 y 65;
  6. los vehículos y las cajas para vehículos, de cestería (Capítulo 87);
  7. los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado).
  8. En la partida 46.01 se consideran materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, paralelizados, los artículos constituidos por materia trenzable, trenzas o artículos similares de materia trenzable, yuxtapuestos formando napas por medio de ligaduras, aunque estas últimas sean de materia textil hilada.

Notas explicativas

46.02 ARTICULOS DE CESTERIA OBTENIDOS DIRECTAMENTE EN SU FORMA CON MATERIA TRENZABLE O CONFECCIONADOS CON ARTICULOS DE LA PARTIDA 46.01; MANUFACTURAS DE ESPONJA VEGETAL (PASTE O “LUFA”).

– De materia vegetal:

4602.11 – – De bambú.

4602.12 – – De ratán (roten).

4602.19 – – Las demás.

4602.90 – Los demás.

Salvo las exclusiones que figuran en las Consideraciones Generales de este Capítulo, esta partida comprende:

  1. los artículos obtenidos directamente en su forma a partir de materias trenzables;
  2. los artículos obtenidos a partir de los productos ya ensamblados de la partida 46.01, es decir, a partir de trenzas o de artículos similares o también de materias trenzables tejidas planas o paralelizadas. Sin embargo, esta partida no comprende los artículos terminados de la partida 46.01, a saber, las materias trenzables, las trenzas y los artículos similares de materias trenzables que tengan el carácter de artículos acabados por el hecho de estar tejidos o paralelizados, planos (por ejemplo, esteras, esterillas y cañizos): véase la Nota Explicativa de la partida 46.01, apartado B) 2); y
  3. los artículos de paste o “lufa”, tales como estropajos y guantes de fricción, incluso forrados. Se clasifican en esta partida principalmente:
  4. Las cestas (incluso con ruedas), los cestos y cuévanos de cualquier clase y para cualquier uso, incluidas las cestas para pescado o para frutas.
  5. Las banastas, canastas y envases similares de tablillas o cintas de madera entrelazadas. Sin embargo, estos artículos de tablillas o cintas de madera sin entrelazar se clasifican en la partida 44.15.
  6. Las maletas (valijas) y los baúles de viaje.
  7. Los capachos y bolsos de mano.
  8. Las nasas para pescados, jaulas para bogavantes y artículos similares; las jaulas para pájaros y las colmenas.
  9. Las bandejas, las cestas para servir el vino, sacudidores para limpiar alfombras y los artículos domésticos.
  10. Algunos motivos decorativos para modistas y demás ornamentos de fantasía que no constituyan artículos de la partida 67.02.

Posición arancelaria

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería.

Capítulo 46

Manufacturas de espartería o de cestería

Partida 4602

Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o “lufa”).

Subpartida

4602.11.00.00

- - De Bambú 

Tributos

Arancel Ad valorem

30%

IVA

12%

Fodinfa

0.5%

Prohibiciones y restricciones

El producto no cuenta con restricciones y prohibiciones.

Conclusión

En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que el papel de corcho se encuentran clasificado en la sección IX Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería; Capitulo 46 Manufacturas de espartería o de cestería ; Partida 4602 Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o “lufa”); Subpartida 4602.11.00.00 - - Los demás.

Recomendación

Se puede dejar como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 26 de febrero de 2023, de https://ecuapass.aduana.gob.ec/

(S/f-b). Pudeleco.com. Recuperado el 26 de febrero de 2023, de http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

(S/f-c). Comunidadandina.org. Recuperado el 26 de febrero de 2023, de http://intranet.comunidadandina.org/documentos/dinformativos/sgdi860_2.pdf

 

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PAPEL CORCHO

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Introducción

 El papel de corcho es similar en apariencia al tradicional tablón de corcho donde pinchar notas o fotografías. El corcho, además de ser un material 100% sostenible, es un aliado perfecto para crear espacios diferentes. Imprime sobre corcho las imágenes, dibujos o mensajes que quieras. Es uno de los materiales más nobles de la naturaleza. Su producción, no sólo es sostenible, sino que beneficia al medioambiente. Es un material decorativo muy elegante que dará un toque sofisticado.

El papel de corcho no sólo es aislante térmico y acústico, sino que también es un producto antihumedad inmejorable. Puede tener utilidades para productos con aplicaciones industriales. La impresión sobre corcho revaloriza un material totalmente natural que proviene de la corteza del alcornoque (Quercus suber). Este es un árbol que puede alcanzar los 25 metros de altura y superar los 2 metros de diámetro, pudiendo llegar a vivir 200 años. La función del corcho es proteger las partes vitales del alcornoque del fuego, un elemento común en los bosques mediterráneos. Al solamente quemarse la corteza, el alcornoque puede rebrotar tras el incendio.

Cuando el árbol supera los 25 años de edad se realiza la primera “saca del corcho” y a partir de ese momento y según la velocidad de crecimiento, estas pueden repetirse cada 9 años. Las “sacas de corcho” se realizan de forma manual y se llevan a cabo en los meses de junio y de julio, época del año en que la corteza de corcho se desprende con mayor facilidad.

Notas de capitulo

Este Capítulo no comprende:

  1. a) el calzado y sus partes, del Capítulo 64;
  2. b) los sombreros, demás tocados y sus partes, del Capítulo 65;
  3. c) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).

Notas explicativas

45.02 CORCHO NATURAL, DESCORTEZADO O SIMPLEMENTE ESCUADRADO, O EN BLOQUES, PLACAS, HOJAS O TIRAS, CUADRADAS O RECTANGULARES (INCLUIDOS LOS ESBOZOS CON ARISTAS VIVAS PARA TAPONES).

Esta partida comprende las planchas de corcho natural:

  • con la superficie externa despojada de la totalidad de la corteza por aserrado o de otro modo (corcho descortezado); o
  • con las superficies externa e interna cortadas con sierra o de otro modo para conseguir un paralelismo aproximado de las caras (corcho escuadrado).

Esta partida comprende también los productos más elaborados, como bloques, placas, hojas o tiras de corcho, cuadradas o rectangulares, obtenidos por corte de placas de corcho en bruto de la partida 45.01, cuyas caras y bordes se han enderezado. Estos productos se clasifican aquí, aunque consistan en capas de corcho superpuestas y encoladas.

Los bloques, placas, hojas y tiras cortados en forma distinta de la cuadrada o rectangular se clasifican como manufacturas (partida 45.03). Están también comprendidas aquí las hojas de corcho reforzadas con papel o tejido, así como las tiras de corcho muy delgadas para boquillas de cigarrillos. Las hojas y tiras muy delgadas de corcho, incluso sin revestir con papel, se llaman a veces papel corcho. Esta partida comprende igualmente los esbozos para tapones presentados en forma de cubos o prismas con aristas vivas, incluso cuando están compuestos de dos o más partes encoladas. Los cubos y prismas con las aristas redondeadas se clasifican en la partida 45.03.

Posición arancelaria

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería

Capítulo 45

Corcho y sus manufacturas

Partida 4502

Corcho natural, descortezado o simplemente escuadrado, o en bloques, placas, hojas o tiras, cuadradas o rectangulares (incluidos los esbozos con aristas vivas para tapones).

Subpartida

4502.00.00.00

Corcho natural, descortezado o simplemente escuadrado o en bloques, placas, hojas o tiras, cuadradas o rectangulares (incluidos los esbozos con aristas vivas para tapones).

Tributos

IVA

12%

Ad Valorem

5%

Fodinfa

0.5%

Prohibiciones y restricciones

Código de régimen

Transfronterizo

Tipo de restricción

Presentación de requisito

Código de institución

Agencia de regulación y control Fito, Zoosanitario y Agrocalidad

Código de requisito

DCP

Fecha vigencia

1-Oct-2022

Tipo de ámbito de aplicación

Inclusión

Descripción

Permiso fitosanitario de importación y documento de destinación aduanera

Código de norma

20170920

Conclusión

En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que el papel de corcho se encuentran clasificado en la sección IX Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería; Capitulo 45 Corcho y sus manufacturas; Partida 4502 Corcho natural, descortezado o simplemente escuadrado, o en bloques, placas, hojas o tiras, cuadradas o rectangulares (incluidos los esbozos con aristas vivas para tapones); Subpartida 4502.00.00.00 Corcho natural, descortezado o simplemente escuadrado o en bloques, placas, hojas o tiras, cuadradas o rectangulares (incluidos los esbozos con aristas vivas para tapones).

Recomendación

Se puede dejar como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

del Sistema Armonizado, N. E. Q. I. L. A. C. E. (s/f). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA). Gov.co. Recuperado el 12 de febrero de 2023, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 12 de febrero de 2023, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

ECUAPASS. (s/f). Gob.ec. Recuperado el 20 de febrero de 2023, de https://ecuapass.aduana.gob.ec/

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Esfera de bambú

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Introducción

El bambú es una planta que ha desempeñado un papel importante en el desarrollo de determinadas culturas con las que ha convivido mutuamente.  El Bambú en todas sus variedades constituye una de las familias botánicas más extensas e importantes para el hombre, con miles de usos y aplicaciones descritos en diferentes culturas. Son el único grupo de gramíneas adaptado para crear bosques y demuestran una enorme adaptabilidad a diferentes suelos y ambientes.

Están presentes de manera natural en una amplia distribución geográfica que abarca principalmente tres grandes regiones; gran parte de América, el África subsahariana y una amplia zona de Asia. En Europa se pueden encontrar fósiles de hojas y polen de Bambú, pero en la actualidad ya no queda ninguna especie endémica de este continente.

Notas de capitulo

  1. En este Capítulo, la expresión materia trenzable se refiere a materias en un estado o forma tales que puedan trenzarse, entrelazarse o trabajarse de modo análogo. Se consideran como tales, la paja, mimbre, sauce, bambú, ratán (roten), junco, caña, cintas de madera, tiras de otros vegetales (por ejemplo: tiras de corteza, hojas estrechas y rafia u otras tiras obtenidas de hojas anchas), fibras textiles naturales sin hilar, monofilamentos, tiras y formas similares de plástico y tiras de papel, pero no las tiras de cuero o piel preparados o de cuero regenerado, de fieltro o tela sin tejer, ni el cabello, crin, mechas e hilados de materia textil ni monofilamentos, tiras y formas similares del Capítulo 54.
  2. Este Capítulo no comprende:
  3. los revestimientos de paredes de la partida 48.14;
  4. los cordeles, cuerdas y cordajes, trenzados o no (partida 56.07).
  5. el calzado y los sombreros, demás tocados y sus partes, de los Capítulos 64 y 65;
  6. los vehículos y las cajas para vehículos, de cestería (Capítulo 87);
  7. los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado).
  8. En la partida 46.01 se consideran materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, paralelizados, los artículos constituidos por materia trenzable, trenzas o artículos similares de materia trenzable, yuxtapuestos formando napas por medio de ligaduras, aunque estas últimas sean de materia textil hilada.

Notas explicativas

46.01 TRENZAS Y ARTICULOS SIMILARES, DE MATERIA TRENZABLE, INCLUSO ENSAMBLADOS EN TIRAS; MATERIA TRENZABLE, TRENZAS Y ARTICULOS SIMILARES DE MATERIA TRENZABLE, TEJIDOS O PARALELIZADOS EN FORMA PLANA, INCLUSO TERMINADOS (POR EJEMPLO: ESTERILLAS, ESTERAS Y CAÑIZOS).

  1. A) Trenzas y artículos similares, de materia trenzable, incluso ensamblados en tiras.

Este grupo comprende:

1) Las trenzas. Se consideran trenzas los artículos sin urdimbre ni trama constituidos por elementos entrelazados a mano o mecánicamente en sentido longitudinal. Variando la naturaleza, el color y el número de cabos, y también el entrecruzamiento, se obtienen efectos decorativos muy variados. Estas trenzas pueden yuxtaponerse y ensamblarse por costura o de otro modo para formar tiras.

2) Los artículos similares, es decir, para los mismos usos que las trenzas o para usos similares, obtenidos por procedimiento distinto del trenzado, hechos también con materias trenzables ensambladas longitudinalmente en forma de cables o de tiras. Se clasifican principalmente aquí:

  1. a) Las tiras de formas diversas compuestas de dos o más elementos torcidos unidos o ensamblados, con exclusión de los motivos decorativos que se clasifican en la partida 46.02.
  2. b) Los productos (por ejemplo, los conocidos comercialmente con el nombre de cuerda de China o China cord) que consisten en una especie de cuerda de materia vegetal sin desfibrar, simplemente torcida o retorcida. Los artículos que preceden se destinan principalmente a la fabricación de sombreros, pero se utilizan también en la fabricación de muebles y calzado, la confección de artículos de espartería o cestería fina, etc.

Posición arancelaria

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería

Capítulo 46

Manufacturas de espartería o de cestería

Partida 4601

Trenzas y artículos similares, de materia trenzable, incluso ensamblados en tiras; materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, tejidos o paralelizados en forma plana, incluso terminados (por ejemplo: esterillas, esteras y cañizos).

Subpartida

4601.21.00.00

- - De Bambú

Tributos

Arancel ad Valorem

30%

IVA

12%

Fodinfa

0.5%

Prohibiciones y restricciones

El producto no tienes prohibiciones ni restricciones para su importación.

Conclusión

En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que los cañizos de bambú se encuentran clasificado en la sección IX Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería; Capitulo 46 Manufacturas de espartería o de cestería; Partida 4601 Trenzas y artículos similares, de materia trenzable, incluso ensamblados en tiras; materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, tejidos o paralelizados en forma plana, incluso terminados (por ejemplo: esterillas, esteras y cañizos). ; Subpartida 4601.21.00.00 - - De Bambú.

Recomendación

Se puede dejar como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

ECUAPASS. (s/f). Gob.ec. Recuperado el 12 de febrero de 2023, de https://ecuapass.aduana.gob.ec/

Del Sistema Armonizado, N. E. Q. I. L. A. C. E. (s/f). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA). Gov.co. Recuperado el 12 de febrero de 2023, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 12 de febrero de 2023, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

 

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Placas de corcho de grano grueso

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Introducción

Las planchas de corcho grano grueso, son un excelente aislante acústico y aislamiento térmico. La plancha de corcho grano grueso, tiene una densidad bastante mayor en comparación con las láminas grano fino o grano medio. Montada directamente en la pared o techo como una capa de aislamiento de sonido, elimina los ruidos que nos llegan desde detrás de la pared.

Este tipo de placa tiene mayor rigidez que las de grano fino. Son muy adecuadas para manualidades, pizarras, recubrimiento de paredes y cualquier aplicación en general donde se precise una cierta resistencia a la curvatura.

Notas explicativas

45.04 CORCHO AGLOMERADO (INCLUSO CON AGLUTINANTE) Y MANUFACTURAS DE CORCHO AGLOMERADO.

4504.10 – Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos.

4504.90 – Las demás.

La gama de artículos de corcho aglomerado es casi la misma que la de los productos de corcho natural enumerados en la Nota Explicativa de la partida 45.03. Sin embargo, aunque se utilice raramente para fabricar tapones, el corcho aglomerado se emplea más frecuentemente que el corcho natural para discos de fondos de cápsulas. El corcho aglomerado se emplea también ampliamente, con preferencia al corcho natural, para fabricar materiales de construcción, tales como paneles, ladrillos, baldosas y piezas moldeadas (cilindros, incluso huecos, etc.) destinándose estas últimas al aislamiento térmico, para la protección de conducciones de agua caliente o de vapor o como guarnición interna en los oleoductos para productos petrolíferos. El corcho aglomerado puede utilizarse además como junta de dilatación en la industria de la construcción y en la fabricación de filtros.

Notas de capitulo

  1. Este Capítulo no comprende:
  2. a) el calzado y sus partes, del Capítulo 64;
  3. b) los sombreros, demás tocados y sus partes, del Capítulo 65;
  4. c) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).

Posición arancelaria

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería

Capítulo 45

Corcho y sus manufacturas

Partida 4504

Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de

corcho aglomerado.

Subpartida S.A.

4504.10.00.00

Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos

Tributos

Fodinfa

0.5%

Arancel advalorem

10%

IVA

12%

Prohibiciones y restricciones

El producto no cuenta con alguna restricción y prohibición para su importación.

Conclusión

En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que los cañizos de bambú se encuentran clasificado en la sección IX Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería; Capitulo 45 Corcho y sus manufacturas; Partida 4504 Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado; Subpartida 4504.10.00.00 Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos.

Recomendación

Se puede dejar como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

SENAE. (s/f-b). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 9 de enero de 2023, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f). Gov.co. Recuperado el 24 de diciembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 5 de febrero de 2023, de https://ecuapass.aduana.gob.ec/

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Cañizos de bambú

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Introducción

 Cañizo conjunto de cañas dispuestas paralelamente y amarradas entre sí, con las cuales se construye desde la antigüedad cubiertas, techos, empalizadas y armazones. Puede estar hecho de caña de bambú o común de río, si es para cubierta del sol puede ser hecha de mitades aligerando la estructura. La caña común como la de bambú son materiales muy longevos, resistentes a la humedad y a la intemperie, la estructura de sus fibras largas y laminadas para absorber el agua por capilaridad de abajo arriba y que los rayos solares no la deshidraten son las características que hacen un material natural idóneo para aislar y reforzar techos y tabiques.

La persona que se dedica de forma profesional a la construcción de cañizos se denomina cañicero.

Notas explicativas

  1. B) Materias trenzables, trenzas y artículos similares de materias trenzables, tejidos o paralelizados en forma plana, incluso terminados (por ejemplo, esterillas, esteras, cañizos). Los artículos de este grupo se obtienen directamente con las materias trenzables definidas en las Consideraciones Generales de este Capítulo o con trenzas y artículos similares de materias trenzables descritos en el anterior apartado A).

Los obtenidos directamente con materias trenzables tienen forma plana, resultado bien de un tejido realizado con elementos o tiras, como las telas de trama y urdimbre, bien de elementos o tiras yuxtapuestos, dispuestos paralelamente y mantenidos planos con ligaduras o elementos transversales que sujetan los elementos paralelos sucesivos. Los artículos tejidos con urdimbre y trama aquí incluidos pueden estar constituidos por una urdimbre de materias trenzables y una trama de textiles hilados, o viceversa, con tal que los textiles hilados constituyan principalmente elementos de unión, admitiéndose que además puedan contribuir a la consecución de un simple efecto de colorido.

Del mismo modo, en los tejidos de materias trenzables paralelizadas, las ligaduras transversales pueden estar compuestas por materias trenzables, por textiles hilados o por otras materias. Para obtener artículos planos con trenzas o artículos similares de materias trenzables descritos en el anterior apartado A), se utilizan procedimientos análogos de ligadura o de tejido. Los artículos de este grupo, que pueden estar reforzados o forrados con tejidos textiles o con papel, incluyen:

1) Artículos semimanufacturados: tejidos de rafia, de roten y similares, así como productos más finos presentados en forma de tiras para sombrerería, tapicería, etc.

2) Ciertos artículos terminados, por ejemplo:

  1. a) Las esteras (cubresuelos, etc.), en especial las esteras de China o de la India, de forma rectangular u otra, obtenidos por tejido o por yuxtaposición paralela de tiras de materia trenzable (o de trenzas o artículos similares de materias trenzables) que se ligan con otras materias trenzables, con cordeles, cuerdas, etc.
  2. b) Los cañizos, como los utilizados en agricultura.
  3. c) Las esterillas o paneles de mimbre etc., paneles de construcción de materias trenzables (paja, caña, etc.) paralelizados, comprimidos y atados a intervalos regulares con alambre. Estos paneles de construcción pueden estar recubiertos con cartón Kraft en todas sus caras y cantos.

Se excluyen de esta partida las alfombras de coco, sisal y similares que presenten un fondo o cañamazo de cordel, cuerda o de tejido (Capítulo 57).

Notas de capitulo

  1. En este Capítulo, la expresión materia trenzable se refiere a materias en un estado o forma tales que puedan trenzarse, entrelazarse o trabajarse de modo análogo. Se consideran como tales, la paja, mimbre, sauce, bambú, ratán (roten), junco, caña, cintas de madera, tiras de otros vegetales (por ejemplo: tiras de corteza, hojas estrechas y rafia u otras tiras obtenidas de hojas anchas), fibras textiles naturales sin hilar, monofilamentos, tiras y formas similares de plástico y tiras de papel, pero no las tiras de cuero o piel preparados o de cuero regenerado, de fieltro o tela sin tejer, ni el cabello, crin, mechas e hilados de materia textil ni monofilamentos, tiras y formas similares del Capítulo 54.
  2. Este Capítulo no comprende:
  3. los revestimientos de paredes de la partida 48.14;
  4. los cordeles, cuerdas y cordajes, trenzados o no (partida 56.07).
  5. el calzado y los sombreros, demás tocados y sus partes, de los Capítulos 64 y 65;
  6. los vehículos y las cajas para vehículos, de cestería (Capítulo 87);
  7. los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado).
  8. En la partida 46.01 se consideran materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, paralelizados, los artículos constituidos por materia trenzable, trenzas o artículos similares de materia trenzable, yuxtapuestos formando napas por medio de ligaduras, aunque estas últimas sean de materia textil hilada.

Posición Arancelaria

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería

Capítulo 46

Manufacturas de espartería o de cestería

Partida 4601

Trenzas y artículos similares, de materia trenzable, incluso ensamblados en tiras; materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, tejidos o paralelizados, en forma plana, incluso terminados (por ejemplo: esterillas, esteras, cañizos).

Subpartida

4601.21.00.00

- - De Bambú

Tributos

Arancel advalorem

30%

IVA

12%

Fodinfa

0.5%

Prohibiciones y restricciones

El producto no cuenta con alguna prohibición o restricción para su importación.

Conclusión

En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que los cañizos de bambú se encuentran clasificado en la sección IX Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería; Capitulo 46 Manufacturas de espartería o de cestería; Partida 4601 Trenzas y artículos similares, de materia trenzable, incluso ensamblados en tiras; materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, tejidos o paralelizados, en forma plana, incluso terminados (por ejemplo: esterillas, esteras, cañizos); Subpartida 4601.21.00.00 – Los demás.

Recomendación

Se puede dejar como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

SENAE. (s/f-b). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 9 de enero de 2023, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f). Gov.co. Recuperado el 24 de diciembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf 

ECUAPASS. (s/f). Gob.ec. Recuperado el 29 de enero de 2023, de https://ecuapass.aduana.gob.ec/

 

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PISOS DE CORCHO

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Introducción

El corcho es un material aislante, muy agradable al tacto, resistente y fácil de instalar en el suelo. Sus propiedades como aislante térmico se suman a su procedencia natural y su característica de aislante ecológico para ofrecer un producto único.

Los suelos de corcho se fabrican con la corteza del alcornoque. Se trata de un material sostenible dado que se regenera solo, el proceso de fabricación no es lesivo para el árbol (ya que no hay que talarlo, basta con pelarlo), y además es un material biodegradable.

Notas de capitulo

1.– Este Capítulo no comprende:

  1. a) el calzado y sus partes, del Capítulo 64;
  2. b) los sombreros, demás tocados y sus partes, del Capítulo 65;
  3. c) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).

Notas explicativas

45.04 CORCHO AGLOMERADO (INCLUSO CON AGLUTINANTE) Y MANUFACTURAS DE CORCHO

AGLOMERADO.

4504.10 – Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos.

4504.90 – Las demás.

Los productos de esta partida se obtienen a partir de corcho triturado, granulado o pulverizado, por aglomeración, generalmente con calentamiento y presión, bien:

1) con aglomerante (caucho sin vulcanizar, adhesivo, plástico, alquitrán, gelatina, etc.);

2) sin aglomerante, a temperaturas del orden de 300 °C; en este último caso, la resina natural contenida en el corcho actúa como aglomerante. El corcho aglomerado de esta partida puede estar simplemente impregnado, principalmente con aceite, o reforzado con papel o tejido, siempre que no presente el carácter del linóleo o de los productos similares de la partida 59.04.

Posición arancelaria

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería

Capítulo 45

Corcho y sus manufacturas

Partida 4504

Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado.

Subpartida

4504.10.00.00

Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos.

Tributos

Fodinfa

0.5 %

Ad valorem

10 %

IVA

12 %

Prohibiciones y restricciones

El producto es libre de prohibiciones y restricciones.

Conclusión

En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que las láminas de corcho natural se encuentran clasificado en la sección IX Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería; Capitulo 45 Corcho y sus manufacturas; Partida 4504 Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado; Subpartida 4504.10.00.00 Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos. Y que además no cuenta con restricciones y prohibiciones para su debida importación.

Recomendación

Se puede dejar como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

SENAE. (s/f-b). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 9 de enero de 2023, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f-b). Gov.co. Recuperado el 24 de diciembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

ECUAPASS. (s/f). Gob.ec. Recuperado el 22 de enero de 2023, de https://ecuapass.aduana.gob.ec/

 

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PANELES DE CAÑA GUADUA

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Introducción

La guadua es un bambú leñoso que pertenece a la familia de las gramíneas, taxonómicamente a las Poaceae de la cual existen realmente en el mundo cerca de 1.000 especies, 500 de ellas en América.

La caña guadua (Guadua Angustifolia) es una especie, de la familia del bambú, que es cultivada en regiones tropicales y subtropicales de nuestro país, siendo esta originaria de nuestra región e identidad aborigen.  Para la construcción, cumple la función de ser regulador térmico y acústico y al convertirse en un sustituto de la madera, ayuda a la preservación de maderas finas, escasas o que están en vías de extinción.

Notas explicativas

  1. B) Materias trenzables, trenzas y artículos similares de materias trenzables, tejidos o paralelizados en forma plana, incluso terminados (por ejemplo, esterillas, esteras, cañizos). Los artículos de este grupo se obtienen directamente con las materias trenzables definidas en las Consideraciones Generales de este Capítulo o con trenzas y artículos similares de materias trenzables descritos en el anterior apartado A).

Los obtenidos directamente con materias trenzables tienen forma plana, resultado bien de un tejido realizado con elementos o tiras, como las telas de trama y urdimbre, bien de elementos o tiras yuxtapuestos, dispuestos paralelamente y mantenidos planos con ligaduras o elementos transversales que sujetan los elementos paralelos sucesivos.

Los artículos tejidos con urdimbre y trama aquí incluidos pueden estar constituidos por una urdimbre de materias trenzables y una trama de textiles hilados, o viceversa, con tal que los textiles hilados constituyan principalmente elementos de unión, admitiéndose que además puedan contribuir a la consecución de un simple efecto de colorido.

Del mismo modo, en los tejidos de materias trenzables paralelizadas, las ligaduras transversales pueden estar compuestas por materias trenzables, por textiles hilados o por otras materias. Para obtener artículos planos con trenzas o artículos similares de materias trenzables descritos en el anterior apartado A), se utilizan procedimientos análogos de ligadura o de tejido. Los artículos de este grupo, que pueden estar reforzados o forrados con tejidos textiles o con papel, incluyen:

1) Artículos semimanufacturados: tejidos de rafia, de roten y similares, así como productos más finos presentados en forma de tiras para sombrerería, tapicería, etc.

2) Ciertos artículos terminados, por ejemplo:

  1. a) Las esteras (cubresuelos, etc.), en especial las esteras de China o de la India, de forma rectangular u otra, obtenidos por tejido o por yuxtaposición paralela de tiras de materia trenzable (o de trenzas o artículos similares de materias trenzables) que se ligan con otras materias trenzables, con cordeles, cuerdas, etc.
  2. b) Los cañizos, como los utilizados en agricultura.
  3. c) Las esterillas o paneles de mimbre etc., paneles de construcción de materias trenzables (paja, caña, etc.) paralelizados, comprimidos y atados a intervalos regulares con alambre. Estos paneles de construcción pueden estar recubiertos con cartón Kraft en todas sus caras y cantos.

Se excluyen de esta partida las alfombras de coco, sisal y similares que presenten un fondo o cañamazo de cordel, cuerda o de tejido (Capítulo 57).

Notas de capitulo

  1. En este Capítulo, la expresión materia trenzable se refiere a materias en un estado o forma tales que puedan trenzarse, entrelazarse o trabajarse de modo análogo. Se consideran como tales, la paja, mimbre, sauce, bambú, ratán (roten), junco, caña, cintas de madera, tiras de otros vegetales (por ejemplo: tiras de corteza, hojas estrechas y rafia u otras tiras obtenidas de hojas anchas), fibras textiles naturales sin hilar, monofilamentos, tiras y formas similares de plástico y tiras de papel, pero no las tiras de cuero o piel preparados o de cuero regenerado, de fieltro o tela sin tejer, ni el cabello, crin, mechas e hilados de materia textil ni monofilamentos, tiras y formas similares del Capítulo 54.
  2. Este Capítulo no comprende:
  3. los revestimientos de paredes de la partida 48.14;
  4. los cordeles, cuerdas y cordajes, trenzados o no (partida 56.07).
  5. el calzado y los sombreros, demás tocados y sus partes, de los Capítulos 64 y 65;
  6. los vehículos y las cajas para vehículos, de cestería (Capítulo 87);
  7. los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado).
  8. En la partida 46.01 se consideran materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, paralelizados, los artículos constituidos por materia trenzable, trenzas o artículos similares de materia trenzable, yuxtapuestos formando napas por medio de ligaduras, aunque estas últimas sean de materia textil hilada.

Posición arancelaria

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería

Capítulo 46

Manufacturas de espartería o de cestería

Partida 4601

Trenzas y artículos similares, de materia trenzable, incluso ensamblados en tiras; materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, tejidos o paralelizados, en forma plana, incluso terminados (por ejemplo: esterillas, esteras, cañizos).

Subpartida S.A.

4601.99.00.90

- - - Los demás

Tributos

Ad valorem

30%

Fodinfa

0.5%

IVA

12%

Prohibiciones y restricciones

Tipo de restricción

Presentación de requisito

Código de institución

Agencia de control y regulación Fito y Zoosanitario – Agrocalidad

Código de requisito

DCP

Fecha de inicio de Vigencia

01/10/2022

Descripción

Permiso Fitosanitario de importación y documento de Destinación Aduanera

Conclusión

En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que las láminas de corcho natural se encuentran clasificado en la sección IX Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería; Capitulo 46 Manufacturas de espartería o de cestería; Partida 4601 Trenzas y artículos similares, de materia trenzable, incluso ensamblados en tiras; materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, tejidos o paralelizados, en forma plana, incluso terminados (por ejemplo: esterillas, esteras, cañizos); Subpartida S.A. 4601.99.00.90 - - - Los demás. Y que además no cuenta con restricciones y prohibiciones para su debida importación.

Recomendación

Se puede dejar como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

SENAE. (s/f-b). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 9 de enero de 2023, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f-b). Gov.co. Recuperado el 24 de diciembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

ECUAPASS. (s/f). Gob.ec. Recuperado el 16 de enero de 2023, de https://ecuapass.aduana.gob.ec/

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Láminas de corcho natural

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Introducción

 El corcho es un material con unas características innatas únicas: resistente y ligero, aislante térmico y acústico, impermeable a líquidos, elástico y compresible, ignífugo e hipoalergénico. Pero, sobre todo, el corcho es un material 100% natural, renovable y biodegradable.

Las láminas de corcho natural Es un producto completamente natural, renovable y biodegradable. Por ello, su recolección no produce ninguna contaminación ni perjuicio al ecosistema del que se extrae, ya que se obtiene por descortezamiento del alcornoque, sin cortar el árbol.

Notas de capitulo

  1. Este Capítulo no comprende:
  2. a) el calzado y sus partes, del Capítulo 64;
  3. b) los sombreros, demás tocados y sus partes, del Capítulo 65;
  4. c) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).

Notas explicativas

45.04 CORCHO AGLOMERADO (INCLUSO CON AGLUTINANTE) Y MANUFACTURAS DE CORCHO

AGLOMERADO.

4504.10 – Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos.

4504.90 – Las demás.

Los productos de esta partida se obtienen a partir de corcho triturado, granulado o pulverizado, por aglomeración, generalmente con calentamiento y presión, bien:

1) Con aglomerante (caucho sin vulcanizar, adhesivo, plástico, alquitrán, gelatina, etc.);

2) Sin aglomerante, a temperaturas del orden de 300 °C; en este último caso, la resina natural contenida en el corcho actúa como aglomerante.

El corcho aglomerado de esta partida puede estar simplemente impregnado, principalmente con aceite, o reforzado con papel o tejido, siempre que no presente el carácter del linóleo o de los productos similares de la partida 59.04.

El corcho aglomerado conserva la mayor parte de las cualidades del corcho natural y principalmente la de ser un excelente aislante térmico o acústico. Pero en muchos casos, la adición de aglutinantes para la aglomeración modifica algunas de sus características y principalmente la densidad, la resistencia a la tracción o al aplastamiento. Además, el corcho aglomerado tiene la facultad de poder moldearse directamente en formas y dimensiones muy diversas.

El corcho aglomerado se emplea también ampliamente, con preferencia al corcho natural, para fabricar materiales de construcción, tales como paneles, ladrillos, baldosas y piezas moldeadas (cilindros, incluso huecos, etc.) destinándose estas últimas al aislamiento térmico, para la protección de conducciones de agua caliente o de vapor o como guarnición interna en los oleoductos para productos petrolíferos. El corcho aglomerado puede utilizarse además como junta de dilatación en la industria de la construcción y en la fabricación de filtros.

Posición arancelaria

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería

Capítulo 45

Corcho y sus manufacturas

Partida 4504

Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado.

Subpartida

4504.10.00.00

-- Los demás

Tributos

IVA

12%

Fodinfa

0.5%

Arancel advalorem

10%

Prohibiciones y restricciones

El producto no presenta ninguna prohibición para su respectiva importación.

Conclusión

En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que las láminas de corcho natural se encuentran clasificado en la sección IX Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería; Capitulo 45 Corcho y sus manufacturas; Partida 4504 Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado; Subpartida S.A. 4504.10.00.00 – Los demás. Y que además no cuenta con restricciones y prohibiciones para su debida importación.

Recomendación

Se puede dejar como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f). Gov.co. Recuperado el 24 de diciembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 9 de enero de 2023, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 9 de enero de 2023, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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Cuévano10923332259?profile=RESIZE_400x

Introducción

Un cuévano es un cesto, con cierta mayor anchura en su parte superior que en la inferior, y que habitualmente se utilizaba como apero en las labores del campo, siendo un cesto portátil relativamente grande y más hondo que ancho. Los materiales que se usaban tradicionalmente para hacer cuévanos eran el mimbre y la caña entrelazados. También se hacen mediante trabajos de pleitas de esparto. En las zonas donde abundan los castaños se hacen con tiras de la corteza del castaño entrelazadas. Mucho más modernos son los hechos de plástico.

Los cuévanos siempre suelen llevar asas; cuando se transportaban encima de la cabeza se utilizaba un rodete intermedio entre la cabeza y el cesto, que era un círculo hecho de paño o de otro material blando.

Notas de capitulo

  1. En este Capítulo, la expresión materia trenzable se refiere a materias en un estado o forma tales que puedan trenzarse, entrelazarse o trabajarse de modo análogo. Se consideran como tales, la paja, mimbre, sauce, bambú, ratán (roten), junco, caña, cintas de madera, tiras de otros vegetales (por ejemplo: tiras de corteza, hojas estrechas y rafia u otras tiras obtenidas de hojas anchas), fibras textiles naturales sin hilar, monofilamentos, tiras y formas similares de plástico y tiras de papel, pero no las tiras de cuero o piel preparados o de cuero regenerado, de fieltro o tela sin tejer, ni el cabello, crin, mechas e hilados de materia textil ni monofilamentos, tiras y formas similares del Capítulo 54.
  2. Este Capítulo no comprende:
  3. los revestimientos de paredes de la partida 48.14;
  4. los cordeles, cuerdas y cordajes, trenzados o no (partida 56.07).
  5. el calzado y los sombreros, demás tocados y sus partes, de los Capítulos 64 y 65;
  6. los vehículos y las cajas para vehículos, de cestería (Capítulo 87);
  7. los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado).
  8. En la partida 46.01 se consideran materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, paralelizados, los artículos constituidos por materia trenzable, trenzas o artículos similares de materia trenzable, yuxtapuestos formando napas por medio de ligaduras, aunque estas últimas sean de materia textil hilada.

Notas explicativas

Se clasifican en esta partida principalmente:

  • Las cestas (incluso con ruedas), los cestos y cuévanos de cualquier clase y para cualquier uso, incluidas las cestas para pescado o para frutas.
  • Las banastas, canastas y envases similares de tablillas o cintas de madera entrelazadas. Sin embargo, estos artículos de tablillas o cintas de madera sin entrelazar se clasifican en la partida 44.15.
  • Las maletas (valijas) y los baúles de viaje.
  • Los capachos y bolsos de mano.
  • Las nasas para pescados, jaulas para bogavantes y artículos similares; las jaulas para pájaros y las colmenas.
  • Las bandejas, las cestas para servir el vino, sacudidores para limpiar alfombras y los artículos domésticos.
  • Algunos motivos decorativos para modistas y demás ornamentos de fantasía que no constituyan artículos de la partida 67.02.

Posición arancelaria

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería

Capítulo 46

Manufacturas de espartería o de cestería

Partida 4602

Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o “lufa”).

Subpartida S.A.

4602.19.00.00

- - Los demás

Tributos

Arancel advalorem

30%

IVA

12%

Fodinfa

0.5%

Prohibiciones y restricciones

Código de régimen

Importación a consumo

Tipo de restricción

Presentación de requisito

Código de institución

Agencia de regulación y control Fito y zoosanitario - Agrocalidad

Código de requisito

DCP

Fecha de inicio de vigencia

1/10/2022

Descripción

Permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera           

Conclusión

En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que el Cuevano se encuentra clasificado en la sección IX Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería; Capitulo 46 Manufacturas de espartería o de cestería; Partida 4602 Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o “lufa”); Subpartida S.A. 4602.19.00.00 – Los demás.

Recomendación

Se puede dejar como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f-b). Gov.co. Recuperado el 24 de diciembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 24 de diciembre de 2022, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 1 de enero de 2023, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Revestimientos interiores de corcho10918682653?profile=RESIZE_180x180

Introducción

El corcho es un material ampliamente conocido por su capacidad aislante. Escogiendo un revestimiento de corcho natural para paredes, conseguirás mejorar el confort térmico de tu vivienda, además de contribuir a la reducción del ruido.

Los revestimientos para muro son fabricados utilizando corteza virgen de corcho, natural o aglomerada, en variados tonos y diseños geométricos aleatorios, incorporando altas capacidades de aislamiento térmico y acústico, además de propiedades antiestáticas y antialérgicas.

Notas de capitulo

1.– Este Capítulo no comprende:

  1. a) el calzado y sus partes, del Capítulo 64;
  2. b) los sombreros, demás tocados y sus partes, del Capítulo 65;
  3. c) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).

Notas explicativas

45.04 CORCHO AGLOMERADO (INCLUSO CON AGLUTINANTE) Y MANUFACTURAS DE CORCHO AGLOMERADO.

4504.10 – Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos.

Los productos de esta partida se obtienen a partir de corcho triturado, granulado o pulverizado, por aglomeración, generalmente con calentamiento y presión, bien:

  1. con aglomerante (caucho sin vulcanizar, adhesivo, plástico, alquitrán, gelatina, etc.);
  2. sin aglomerante, a temperaturas del orden de 300 °C; en este último caso, la resina natural contenida en el corcho actúa como aglomerante.

El corcho aglomerado de esta partida puede estar simplemente impregnado, principalmente con aceite, o reforzado con papel o tejido, siempre que no presente el carácter del linóleo o de los productos similares de la partida 59.04.

Posición arancelaria

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; Corcho y sus manufacturas; manufacturas de Espartería o cestería

Capítulo 45

Corcho y sus manufacturas

Partida 4504

Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado.

Subpartida S.A.

4504.10.00.00

Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos

Tributos

IVA

12%

Ad Valorem

10%

Fodinfa

0.5 %

Prohibiciones y restricciones

El producto de esta partida no presenta prohibiciones y restricciones para su importación.

Conclusión

En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que las valijas de ratán están clasificadas en la sección IX madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería; capitulo 45 Corcho y sus manufacturas ; partida 4504 Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado; Subpartida S.A. 4504.10.00.00 Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos.

Recomendación

 Se establece como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 24 de diciembre de 2022, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f). Gov.co. Recuperado el 24 de diciembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 24 de diciembre de 2022, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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Valijas de ratan 

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Introducción

Como ratán se denomina a las 600 especies de palmeras trepadoras que crecen en los bosques tropicales del sur de China, la India, Filipinas, Indonesia y África occidental con un tallo muy delgado y espinoso. Estas palmeras, las cuales tienen muchas similitudes con el bambú, llegan a alcanzar tallos de hasta 40 metros de largo. Más allá de este increíble porte, cuenta con una resistencia y flexibilidad que lo convierte en un material excelente para la elaboración de muebles de alta calidad y durabilidad, además de contar con los atributos necesarios para lograr un producto final estético y de diseños artesanales únicos y muy originales en muchos casos.

Podemos encontrar diferentes variedades de Rattan natural: Rattan Tahiti (Ideal para la elaboración de rejillas), Rattan Manille (usado normalmente para la mayoría de muebles en diversos tamaños), Rattan Sarawacks, Rattan Sampit y Rattan Pasir. Algunos usos alternativos del Rattan son para la elaboración de bastones o palos para diferentes tipos de artes marciales y también para la elaboración de una pelota entretejida que es muy famosa en el sudeste asiático, ya que en muchos países se juega a un deporte conocido con el nombre de Sapak Raga.

Notas explicativas

Salvo las exclusiones que figuran en las Consideraciones Generales de este Capítulo, esta partida comprende:

  1. los artículos obtenidos directamente en su forma a partir de materias trenzables;
  2. los artículos obtenidos a partir de los productos ya ensamblados de la partida 46.01, es decir, a partir de trenzas o de artículos similares o también de materias trenzables tejidas planas o paralelizadas. Sin embargo, esta partida no comprende los artículos terminados de la partida 46.01, a saber, las materias trenzables, las trenzas y los artículos similares de materias trenzables que tengan el carácter de artículos acabados por el hecho de estar tejidos o paralelizados, planos (por ejemplo, esteras, esterillas y cañizos): véase la Nota

Explicativa de la partida 46.01, apartado B) 2); y

  1. los artículos de paste o “lufa”, tales como estropajos y guantes de fricción, incluso forrados.

Se clasifican en esta partida principalmente:

  1. Las cestas (incluso con ruedas), los cestos y cuévanos de cualquier clase y para cualquier uso, incluidas las cestas para pescado o para frutas.
  2. Las banastas, canastas y envases similares de tablillas o cintas de madera entrelazadas. Sin embargo, estos artículos de tablillas o cintas de madera sin entrelazar se clasifican en la partida 44.15.
  3. Las maletas (valijas) y los baúles de viaje.
  4. Los capachos y bolsos de mano.
  5. Las nasas para pescados, jaulas para bogavantes y artículos similares; las jaulas para pájaros y las colmenas.
  6. Las bandejas, las cestas para servir el vino, sacudidores para limpiar alfombras y los artículos domésticos.
  7. Algunos motivos decorativos para modistas y demás ornamentos de fantasía que no constituyan artículos de la partida 67.02.

Notas de capitulo

  1. En este Capítulo, la expresión materia trenzable se refiere a materias en un estado o forma tales que puedan trenzarse, entrelazarse o trabajarse de modo análogo. Se consideran como tales, la paja, mimbre, sauce, bambú, ratán (roten), junco, caña, cintas de madera, tiras de otros vegetales (por ejemplo: tiras de corteza, hojas estrechas y rafia u otras tiras obtenidas de hojas anchas), fibras textiles naturales sin hilar, monofilamentos, tiras y formas similares de plástico y tiras de papel, pero no las tiras de cuero o piel preparados o de cuero regenerado, de fieltro o tela sin tejer, ni el cabello, crin, mechas e hilados de materia textil ni monofilamentos, tiras y formas similares del Capítulo 54.
  2. Este Capítulo no comprende:
  3. los revestimientos de paredes de la partida 48.14;
  4. los cordeles, cuerdas y cordajes, trenzados o no (partida 56.07).
  5. el calzado y los sombreros, demás tocados y sus partes, de los Capítulos 64 y 65;
  6. los vehículos y las cajas para vehículos, de cestería (Capítulo 87);
  7. los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado).
  8. En la partida 46.01 se consideran materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, paralelizados, los artículos constituidos por materia trenzable, trenzas o artículos similares de materia trenzable, yuxtapuestos formando napas por medio de ligaduras, aunque estas últimas sean de materia textil hilada.

Posición arancelaria

Sección IX

MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA.

Capítulo 46

Manufacturas de espartería o de cestería

Partida 4602

Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o «lufa»).

Subpartida S.A.

4602.19.00.00

- - Los demás

Tributos

IVA

12%

Ad Valorem

30%

Fofinfa

0.5%

Conclusión

 En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que las valijas de ratán están clasificadas en la sección IX madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería; capitulo 46 Manufacturas de espartería o de cestería; partida 4602 Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o «lufa»); Subpartida S.A. 4602.19.00.00 – Los demás.

Recomendación

Se establece como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 18 de diciembre de 2022, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (vuenesa) notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. (s/f). Gov.co. Recuperado el 18 de diciembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 18 de diciembre de 2022, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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Granulado de corcho natural

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Introducción

El granulado de corcho se obtiene del triturado del corcho natural y del triturado de los restos de corcho generados en la producción de tapones. Así pues, el granulado de corcho es un producto de reciclaje que aprovecha y reutiliza la materia prima sobrante de otros procesos industriales.

El material se tritura formando el granulado, que mantiene todas las características aislantes de la placa original. Se puede aplicar directamente entre tabiques o bien mezclar con arena y agua para la construcción de soleras aislantes.

Notas de capitulo

1.– Este Capítulo no comprende:

  1. a) el calzado y sus partes, del Capítulo 64;
  2. b) los sombreros, demás tocados y sus partes, del Capítulo 65;
  3. c) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).

Notas explicativas

45.01 CORCHO NATURAL EN BRUTO O SIMPLEMENTE PREPARADO; DESPERDICIOS DE CORCHO; CORCHO TRITURADO, GRANULADO O PULVERIZADO.

4501.90 – Los demás.

3) El corcho triturado, granulado o pulverizado, que se obtiene generalmente del corcho bornizo o de los desperdicios. En su mayor parte, estos desperdicios se emplean para la fabricación de corcho aglomerado o de linóleo. El corcho granulado se utiliza también como aislante térmico o acústico o como materia de acondicionamiento para la protección de algunas frutas. El corcho triturado, granulado o pulverizado queda clasificado en esta partida, aunque esté coloreado, impregnado, tostado o expandido por tratamiento con calor. Sin embargo, se excluye el corcho aglomerado (partida 45.04).

Posición arancelaria

Sección IX

MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA

Capítulo 45

Corcho y sus manufacturas

Partida 4501

Corcho natural en bruto o simplemente preparado; desperdicios de

corcho; corcho triturado, granulado o pulverizado.

Subpartida NATIONAL

4501.90.00.90

- - Los demás

Tributos

Fodinfa

0.5%

Arancel ad Valorem

5%

IVA

12%

Conclusión

 Después del análisis realizado se puede concluir que el granulado de corcho natural se encuentra clasificado en el arancel, en la sección IX madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería, capitulo 45 Corcho y sus manufacturas

Recomendación

Se recomienda establecer las características correspondientes para una correcta clasificación del producto y así poder también establecer los tributos que establece el arancel para su correcta importación, y así también poder determinar los las restricciones que presenta cuando el producto va a ser importado.

Bibliografía

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 12 de diciembre de 2022, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 12 de diciembre de 2022, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f). Gov.co. Recuperado el 12 de diciembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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Cestas de Bambú10899586279?profile=RESIZE_180x180

Introducción

Los bambúes presentan diferentes tipos de hojas según el sector en el cual se originan. Mientras que las hojas del tallo son amarronadas, aquellas que crecen en las ramas presentan una tonalidad verdosa. Su floración, por otra parte, es poco habitual.

La principal particularidad del bambú es que crece muy rápido. Esta capacidad de reproducción hace que se considere como un material ecológico para la fabricación y la construcción ya que se trata de un recurso que se renueva de manera casi constante. El bambú tiene múltiples usos. Uno de los más habituales es el desarrollo de muebles: sillas, mesas, camas, etc. También se pueden construir casas de bambú, con paredes y techos de este material. Sombreros, sandalias y canastos son otros de los productos que se hacen con esta planta.

Por otra parte, cuando se procesa y se obtiene su pulpa, el bambú puede emplearse para la producción de cartón, papel y fibras textiles. Esta versatilidad llevó al hombre a cultivar bambú en ambientes artificiales, como invernaderos y laboratorios.

Notas de capitulo

1.– En este Capítulo, la expresión materia trenzable se refiere a materias en un estado o forma tales que puedan trenzarse, entrelazarse o trabajarse de modo análogo. Se consideran como tales, la paja, mimbre, sauce, bambú, ratán (roten), junco, caña, cintas de madera, tiras de otros vegetales (por ejemplo: tiras de corteza, hojas estrechas y rafia u otras tiras obtenidas de hojas anchas), fibras textiles naturales sin hilar, monofilamentos, tiras y formas similares de plástico y tiras de papel, pero no las tiras de cuero o piel preparados o de cuero regenerado, de fieltro o tela sin tejer, ni el cabello, crin, mechas e hilados de materia textil ni monofilamentos, tiras y formas similares del Capítulo 54.

2.– Este Capítulo no comprende:

  1. a) los revestimientos de paredes de la partida 48.14;
  2. b) los cordeles, cuerdas y cordajes, trenzados o no (partida 56.07).
  3. c) el calzado y los sombreros, demás tocados y sus partes, de los Capítulos 64 y 65;
  4. d) los vehículos y las cajas para vehículos, de cestería (Capítulo 87);
  5. e) los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado).

3.– En la partida 46.01 se consideran materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, paralelizados, los artículos constituidos por materia trenzable, trenzas o artículos similares de materia trenzable, yuxtapuestos formando napas por medio de ligaduras, aunque estas últimas sean de materia textil hilada.

Notas explicativas

46.02 ARTICULOS DE CESTERIA OBTENIDOS DIRECTAMENTE EN SU FORMA CON MATERIA TRENZABLE O CONFECCIONADOS CON ARTICULOS DE LA PARTIDA 46.01; MANUFACTURAS DE ESPONJA VEGETAL (PASTE O “LUFA”).

4602.90 – Los demás.

Salvo las exclusiones que figuran en las Consideraciones Generales de este Capítulo, esta partida comprende:

1°) los artículos obtenidos directamente en su forma a partir de materias trenzables;

2°) los artículos obtenidos a partir de los productos ya ensamblados de la partida 46.01, es decir, a partir de trenzas o de artículos similares o también de materias trenzables tejidas planas o paralelizadas. Sin embargo, esta partida no comprende los artículos terminados de la partida 46.01, a saber, las materias trenzables, las trenzas y los artículos similares de materias trenzables que tengan el carácter de artículos acabados por el hecho de estar tejidos o paralelizados, planos (por ejemplo, esteras, esterillas y cañizos): véase la Nota

Explicativa de la partida 46.01, apartado B) 2); y

3°) los artículos de paste o “lufa”, tales como estropajos y guantes de fricción, incluso forrados.

Se clasifican en esta partida principalmente:

1) Las cestas (incluso con ruedas), los cestos y cuévanos de cualquier clase y para cualquier uso, incluidas

las cestas para pescado o para frutas.

2) Las banastas, canastas y envases similares de tablillas o cintas de madera entrelazadas. Sin embargo,

estos artículos de tablillas o cintas de madera sin entrelazar se clasifican en la partida 44.15.

3) Las maletas (valijas) y los baúles de viaje.

4) Los capachos y bolsos de mano.

5) Las nasas para pescados, jaulas para bogavantes y artículos similares; las jaulas para pájaros y las colmenas.

6) Las bandejas, las cestas para servir el vino, sacudidores para limpiar alfombras y los artículos domésticos.

7) Algunos motivos decorativos para modistas y demás ornamentos de fantasía que no constituyan artículos de la partida 67.02.

Posición arancelaria

Sección IX

MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA

Capítulo 46

Manufacturas de espartería o cestería

Partida 4602

Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con

materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida

46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o «lufa»).

Subpartida S.A.

4602.19.00.00

- - Los demás

Tributos

IVA

12%

Arancel Advalorem

30%

Fodinfa

0.5%

Restricciones y Prohibiciones

Código de régimen

Reposición de mercancías con franquicia arancelaria

Tipo de restricción

Presentación de requisito

Código de requisito

DCP

Fecha de inicio de vigencia

01/10/2022

Descripción

Permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera  

Conclusión

Después del análisis realizado aplicando correctamente las notas explicativas de VUENESA y el uso del sistema Ecuapas, se puede concluir que el mango de cuchillo flotador hecho de corcho se encuentra clasificados en la partida 4602 Manufacturas de espartería o cestería 4602.19.00.00 – Los demás.

Recomendación

Se recomienda que, para la clasificación, evaluar las características correspondientes la composición, estructura del producto y con la ayuda las notas explicativas de VUENESA determinar la partida correcta para así poder aplicar sus respectivos tributos y también así dar a conocer si el producto presenta algunas restricciones y prohibiciones para su importación.

Bibliografía

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 5 de diciembre de 2022, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f). Gov.co. Recuperado el 5 de diciembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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Mango de cuchillo para pescar hecho de corcho
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Introducción

Cuchillo de hoja de acero inoxidable largo total 225 mm, hoja de 125 mm con un espesor de 1,5 mm y un ancho de 28 mm. El filo de la hoja presenta vaciados cóncavos de 10 mm a ambos lados. La hoja presenta un vaciado central de 6 x 50 mm, seguramente con la intención de alivianar el peso pero que puede utilizarse como llave de grilletes hasta 6 mm. En la parte superior la hoja cuenta con un abridor de tapas tipo corona y un aserrado descamador.

El mango está conformado por dos gruesas placas de corcho (unos 14 mm de espesor c/u) montadas sobre un hueco en la hoja lo que permite también que el peso sea lo suficientemente bajo para que las placas de corcho le den flotabilidad. Un resalte en el extremo del mango permite la colocación de una anilla para colocar una rabiza.

Notas de capítulo

1.– Este Capítulo no comprende:

  1. a) el calzado y sus partes, del Capítulo 64;
  2. b) los sombreros, demás tocados y sus partes, del Capítulo 65;
  3. c) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).

CONSIDERACIONES GENERALES

El corcho procede casi exclusivamente de la parte exterior de la corteza del alcornoque (Quercus suber), que crece en el sur de Europa y en el norte de Africa.

El corcho de la primera cosecha (corcho bornizo), se llama corcho macho o virgen, es duro, quebradizo, poco elástico, de calidad mediocre y de poco valor. Presenta en la cara externa abultamientos, rugosidades y grietas, en la cara interna una coloración amarillenta salpicada con manchas rojas.

Las cosechas siguientes producen el corcho hembra (corcho de reproducción), que tiene más importancia en los intercambios comerciales. Su estructura es compacta y homogénea y la superficie exterior, aunque rugosa y agrietada, está sin embargo menos abultada que la del corcho macho.

El corcho es ligero, elástico, comprimible, flexible, impermeable, imputrescible y mal conductor del calor y del sonido. Este Capítulo comprende el corcho natural y el corcho aglomerado en todas las fases de elaboración, así como los artículos acabados de esta materia, salvo las exclusiones previstas en la Nota Explicativa de la partida 45.03.

Notas explicativas

45.03 MANUFACTURAS DE CORCHO NATURAL.

4503.10 – Tapones.

4503.90 – Las demás.

Esta partida comprende entre otros:

1) Los tapones de cualquier clase de corcho natural, incluidos los esbozos con las aristas redondeadas. Los tapones de corcho pueden tener simples arandelas, placas o adornos accesorios de metal, plástico, etc.

Sin embargo, los tapones vertedores, los tapones dosificadores y demás artículos en los que el corcho sólo constituya un elemento secundario se clasifican en otra parte y siguen el régimen de la materia constitutiva que confiera al objeto el carácter esencial.

2) Los discos y juntas para recipientes, las arandelas para fondos de cápsulas, los manguitos interiores para cuellos de botella y demás artículos para taponado de corcho natural.

3) Los bloques, placas, hojas o tiras de corcho cortadas de forma distinta de la cuadrada o rectangular, las boyas de salvamento, los flotadores para redes de pesca, las alfombras de baño, los salvamanteles, soportes de máquinas de escribir u otros.

4) Los mangos de cuchillos o de otros artículos, las juntas de máquinas (con exclusión de las incluidas en un surtido de la partida 84.84).

Se excluyen de esta partida:

  1. a) El calzado y sus partes, principalmente las plantillas amovibles, del Capítulo 64.
  2. b) Los artículos de sombrerería y sus partes, del Capítulo 65.
  3. c) Las cápsulas de sobre taponado de metal común con arandelas de corcho en el interior (partida 83.09).
  4. d) Los tacos y separadores para cartuchos de caza (partida 93.06).
  5. e) Los juegos, juguetes y artefactos deportivos y sus partes, en particular los flotadores para la pesca con caña (Capítulo 95).

Posición arancelaria

Sección IX

MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA

Capítulo 45

Corcho y sus manufacturas

Partida 45 03

Manufacturas de corcho natural.

Subpartida

4503.90.00.00

- Las demás

Tributos

IVA

12%

FODINFA

0.5%

AD VALOREM

10%

Restricciones y Prohibiciones

Código de régimen

REPOSICION DE MERCANCIAS CON FRANQUICIA ARANCELARIA  

Tipo de restricción

Presentación de requisito

Código de requisito

DCP

Fecha de inicio de vigencia

1/110/2022

Descripción

Permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera

Conclusión

Después del análisis realizado aplicando correctamente las notas explicativas de VUENESA y el uso del sistema Ecuapas, se puede concluir que el mango de cuchillo flotador hecho de corcho se encuentra clasificados en la partida 45.03 Manufacturas de corcho natural y la subpartida 4503.90.00.00 – Los demás.

Recomendación

Se recomienda que, para la clasificación, evaluar las características correspondientes la composición, estructura del producto y con la ayuda las notas explicativas de VUENESA determinar la partida correcta para así poder aplicar sus respectivos tributos y también así dar a conocer si el producto presenta algunas restricciones y prohibiciones para su importación.

Bibliografía

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 28 de noviembre de 2022, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f). Gov.co. Recuperado el 28 de noviembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 28 de noviembre de 2022, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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Cajas Matrioskas

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Introducción

Las cajitas matrioskas son cestería hecha a mano de bambú. La base y la tapa de la caja están conectadas a través de un cordel. Múltiples usos según sus dimensiones (p. ej. costurero, maceta).

Tradicionalmente lo usaban como tartera para llevar al trabajo guardando el arroz preparado en casa. El diseño permite que el vapor de agua del arroz salga a través de las paredes internas de la primera capa, pero a su vez la segunda capa o capa exterior retenga el calor dentro del cesto. Así el arroz se conserva caliente y húmedo. El bambú aporta un sabor particular y auténtico al arroz.

Notas de capitulo

  1. En este Capítulo, la expresión materia trenzable se refiere a materias en un estado o forma tales que puedan trenzarse, entrelazarse o trabajarse de modo análogo. Se consideran como tales, por ejemplo: la paja, mimbre, sauce, bambú, roten (ratán), junco, caña, cintas de madera, tiras de otros vegetales (por ejemplo: tiras de corteza, hojas estrechas y rafia u otras tiras obtenidas de hojas anchas), fibras textiles naturales sin hilar, monofilamentos, tiras y formas similares de plástico y tiras de papel, pero no las tiras de cuero o piel preparados o de cuero regenerado, de fieltro o tela sin tejer, ni el cabello, crin, mechas e hilados de materia textil ni monofilamentos, tiras y formas similares del Capítulo 54.
  2. Este Capítulo no comprende:
  3. a) los revestimientos de paredes de la partida 48.14;
  4. b) los cordeles, cuerdas y cordajes, trenzados o no (partida 56.07);
  5. c) el calzado y los sombreros, demás tocados, y sus partes, de los Capítulos 64 y 65;
  6. d) los vehículos y las cajas para vehículos, de cestería (Capítulo 87);
  7. e) los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado).
  8. En la partida 46.01, se consideran materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, paralelizados, los artículos constituidos por materia trenzable, trenzas o artículos similares de materia trenzable, yuxtapuestos formando napas por medio de ligaduras, aunque estas últimas sean de materia textil hilada.

Notas explicativas

46.02 ARTICULOS DE CESTERIA OBTENIDOS DIRECTAMENTE EN SU FORMA CON MATERIA TRENZABLE O CONFECCIONADOS CON ARTICULOS DE LA PARTIDA 46.01; MANUFACTURAS DE ESPONJA VEGETAL (PASTE O “LUFA”).

– De materia vegetal:

4602.11 – – De bambú.

4602.12 – – De ratán (roten).

4602.19 – – Las demás.

4602.90 – Los demás.

Salvo las exclusiones que figuran en las Consideraciones Generales de este Capítulo, esta partida

comprende:

  • los artículos obtenidos directamente en su forma a partir de materias trenzables;
  • los artículos obtenidos a partir de los productos ya ensamblados de la partida 46.01, es decir, a partir de trenzas o de artículos similares o también de materias trenzables tejidas planas o paralelizadas. Sin embargo, esta partida no comprende los artículos terminados de la partida 46.01, a saber, las materias trenzables, las trenzas y los artículos similares de materias trenzables que tengan el carácter de artículos acabados por el hecho de estar tejidos o paralelizados, planos (por ejemplo, esteras, esterillas y cañizos): véase la Nota

Explicativa de la partida 46.01, apartado B) 2); y

  • los artículos de paste o “lufa”, tales como estropajos y guantes de fricción, incluso forrados.

Se clasifican en esta partida principalmente:

  • Las cestas (incluso con ruedas), los cestos y cuévanos de cualquier clase y para cualquier uso, incluidas las cestas para pescado o para frutas.
  • Las banastas, canastas y envases similares de tablillas o cintas de madera entrelazadas. Sin embargo, estos artículos de tablillas o cintas de madera sin entrelazar se clasifican en la partida 44.15.
  • Las maletas (valijas) y los baúles de viaje.
  • Los capachos y bolsos de mano.
  • Las nasas para pescados, jaulas para bogavantes y artículos similares; las jaulas para pájaros y las colmenas.
  • Las bandejas, las cestas para servir el vino, sacudidores para limpiar alfombras y los artículos domésticos.
  • Algunos motivos decorativos para modistas y demás ornamentos de fantasía que no constituyan artículos de la partida 67.02.

Posición arancelaria

Sección IX

MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA

Capítulo 46

Manufacturas de espartería o cestería

Partida 46.01

Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con

materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida

46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o «lufa»).

Subpartida S.A.

4602.19.00.00

- Los demás

Restricciones y Prohibiciones

Código de régimen

Importación a consumo

Tipo de restricción

Presentación de requisito

Código de institución

Agencia de regulación y control Fito y zoosanitario-Agrocalidad

Código de requisito

DCP

Descripción

Permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera

Tributos

Ad Valorem

30%

IVA

12%

Fodinfa

0.5%

Conclusión

Con el análisis correspondiente realizado se concluye que las cajas matrioskas elaboradas a base de bambú se clasifica en la subpartida 4602.19.00.00 del sistema armonizado en la sección IX, se llega a esta conclusión después de haber leído las notas explicativas de VUENESA y haber tomado los datos que proporciona el sistema Ecuapas.

Recomendación

Se recomienda leer las notas explicativas de VUENASA para una correcta clasificación del producto ya que en ella esta las características correspondientes, composición y estructura que permitirán ubicar de manera correcta sus respectivos tributos y restricciones para su importación.

Bibliografía

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 21 de noviembre de 2022, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f). Gov.co. Recuperado el 21 de noviembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 21 de noviembre de 2022, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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Tapones de Corcho Aglomerado Cilíndricos

 

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Introducción

El corcho aglomerado es corcho natural que ha pasado por un proceso de triturado, y prensado mediante calor y ligantes. Este tipo de corcho es el más habitual en el mercado y el que tiene mayor ámbito de aplicaciones. Hay varias razones para ello.

El tapón de corcho es una pieza de corcho que se pone en la boca de la botella. Es especialmente importante en la industria vinícola para conseguir una adecuada conservación del vino y el cava.

El corcho es un material poroso e impermeable que se extrae de la corteza del alcornoque, una especie originaria del Mediterráneo occidental. La industria española es líder mundial en la producción de tapones de corcho de calidad.

Notas de capitulo

  1. Este Capítulo no comprende:
  2. a) el calzado y sus partes, del Capítulo 64;
  3. b) los sombreros, demás tocados, y sus partes, del Capítulo 65;
  4. c) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).

Notas explicativas

45.04 CORCHO AGLOMERADO (INCLUSO CON AGLUTINANTE) Y MANUFACTURAS DE CORCHO AGLOMERADO.

4504.10 – Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos.

4504.90 – Las demás.

Los productos de esta partida se obtienen a partir de corcho triturado, granulado o pulverizado, por aglomeración, generalmente con calentamiento y presión, bien:

1) con aglomerante (caucho sin vulcanizar, adhesivo, plástico, alquitrán, gelatina, etc.);

2) sin aglomerante, a temperaturas del orden de 300 °C; en este último caso, la resina natural contenida en el corcho actúa como aglomerante. El corcho aglomerado de esta partida puede estar simplemente impregnado, principalmente con aceite, o reforzado con papel o tejido, siempre que no presente el carácter del linóleo o de los productos similares de la partida 59.04.

El corcho aglomerado conserva la mayor parte de las cualidades del corcho natural y principalmente la de ser un excelente aislante térmico o acústico. Pero en muchos casos, la adición de aglutinantes para la aglomeración modifica algunas de sus características y principalmente la densidad, la resistencia a la tracción o al aplastamiento. Además, el corcho aglomerado tiene la facultad de poder moldearse directamente en formas y dimensiones muy diversas.

La gama de artículos de corcho aglomerado es casi la misma que la de los productos de corcho natural enumerados en la Nota Explicativa de la partida 45.03. Sin embargo, aunque se utilice raramente para fabricar tapones, el corcho aglomerado se emplea más frecuentemente que el corcho natural para discos de fondos de cápsulas.

El corcho aglomerado se emplea también ampliamente, con preferencia al corcho natural, para fabricar materiales de construcción, tales como paneles, ladrillos, baldosas y piezas moldeadas (cilindros, incluso huecos, etc.) destinándose estas últimas al aislamiento térmico, para la protección de conducciones de agua caliente o de vapor o como guarnición interna en los oleoductos para productos petrolíferos. El corcho aglomerado puede utilizarse además como junta de dilatación en la industria de la construcción y en la fabricación de filtros.

En cuanto a las exclusiones, véase la Nota Explicativa de la partida 45.03.

Posición arancelaria

Capítulo IX

MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA

Sección 45

Corcho y sus manufacturas

Partida 45.04

Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado.

Subpartida NATIONAL(ARIAN)

4504.90.10.00

 

-- Tapones

Tributos

Fodinfa

0.5%

IVA

12%

  • El producto no presenta restricciones y prohibiciones para la importación

Conclusión

Después del análisis realizado aplicando correctamente las notas explicativas de VUENESA y el uso del sistema Ecuapas, se puede concluir que Los tapones de corcho aglomerado se encuentran clasificados en la partida 45.04 Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado, y la subpartida 4504.90.10.00 – Tapones.

Recomendación

Se recomienda que, para la clasificación, evaluar las características correspondientes la composición, estructura del producto y con la ayuda las notas explicativas de VUENESA determinar la partida correcta para así poder aplicar sus respectivos tributos y también así dar a conocer si el producto presenta algunas restricciones y prohibiciones.

Bibliografía

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 12 de noviembre de 2022, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. (s/f). Gov.co. Recuperado el 12 de noviembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

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¿Conocía sobre la clasificación arancelaria de las Esteras de Carrizo?

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Introducción

El carrizo es una planta perenne, con un rizoma rastrero con capacidad para crecer en la superficie buscando agua. Puede alcanzar los 4 m de altura y 2 cm de diámetro, presentando una gran inflorescencia al final del tallo. Las Esteras de Carrizo son piezas gruesas y ásperas, elaboradas de manera artesanal en base a carrizo seco. Son utilizadas para cubrir techos, como paredes o también, como alfombras.

Notas de capítulo

  1. En este Capítulo, la expresión materia trenzable se refiere a materias en un estado o forma tales que puedan trenzarse, entrelazarse o trabajarse de modo análogo. Se consideran como tales, por ejemplo: la paja, mimbre, sauce, bambú, roten (ratán), junco, caña, cintas de madera, tiras de otros vegetales (por ejemplo: tiras de corteza, hojas estrechas y rafia u otras tiras obtenidas de hojas anchas), fibras textiles naturales sin hilar, monofilamentos, tiras y formas similares de plástico y tiras de papel, pero no las tiras de cuero o piel preparados o de cuero regenerado, de fieltro o tela sin tejer, ni el cabello, crin, mechas e hilados de materia textil ni monofilamentos, tiras y formas similares del Capítulo 54.
  2. Este Capítulo no comprende:
  3. a) los revestimientos de paredes de la partida 48.14;
  4. b) los cordeles, cuerdas y cordajes, trenzados o no (partida 56.07);
  5. c) el calzado y los sombreros, demás tocados, y sus partes, de los Capítulos 64 y 65;
  6. d) los vehículos y las cajas para vehículos, de cestería (Capítulo 87);
  7. e) los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado).
  8. En la partida 46.01, se consideran materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, paralelizados, los artículos constituidos por materia trenzable, trenzas o artículos similares de materia trenzable, yuxtapuestos formando napas por medio de ligaduras, aunque estas últimas sean de materia textil hilada.

Notas explicativas

  1. B) Materias trenzables, trenzas y artículos similares de materias trenzables, tejidos o paralelizados en forma plana, incluso terminados (por ejemplo, esterillas, esteras, cañizos).

Los artículos de este grupo se obtienen directamente con las materias trenzables definidas en las Consideraciones Generales de este Capitulo o con trenzas y artículos similares de materias trenzables descritos en el anterior apartado A).

Los obtenidos directamente con materias trenzables tiene forma plana, resultado bien de un tejido realizado con elementos o tiras, como las telas de trama y urdimbre, bien de elementos o tiras yuxtapuestos, dispuestos paralelamente y mantenidos planos con ligaduras o elementos transversales que sujetan los elementos paralelos sucesivos.

Los artículos tejidos con urdimbre y trama aquí incluidos pueden estar constituidos por una urdimbre de materias trenzables y una trama de textiles hilados, o viceversa, con tal que los textiles hilados constituyan principalmente elementos de unión, admitiéndose que además puedan contribuir a la consecución de un simple efecto de colorido.

Del mismo modo, en los tejidos de materias trenzables paralelizadas, las ligaduras transversales pueden estar compuestas por materias trenzables, por textiles hilados o por otras materias.

Para obtener artículos planos con trenzas o artículos similares de materias trenzables descritos apartado A), se utilizan procedimientos análogos de ligadura o de tejido.

Los artículos de este grupo, que pueden estar reforzadas o forrados con tejidos textiles o con papel, incluyen:

  • Artículos semimanufacturados: tejidos de rafia, de roten y similares, así como productos mas finos presentados en forma de tiras para sombrerería, tapicería, etc.
  • Ciertos artículos terminados, por ejemplo:
  1. Las esteras (cubre suelo, etc.), en especial las esteras de China o de la India, de forma rectangular u otra, obtenidos por tejido o por yuxtaposición paralela de tiras de materia trenzable (o de trenzas o de artículos similares de materias trenzables) que se ligan con otras materias trenzables, con cordeles, cuerdas, etc.
  2. Los cañizos, como los utilizables en agricultura.
  3. Las esterillas o paneles de mimbre etc., paneles de construcción de materias trenzables (paja, caña, etc.) paralelizados, comprimidos y atados a intervalos regulares con alambre, Estos paneles de construcción pueden estar recubiertos con cartón Kraft en todas sus caras y cantos.

Se excluyen de esta partida las alfombras de coco, sisal y similares que presenten un fondo o cañamazo de cordel, cuerda o de tejido (Capitulo 57).

Posición arancelaria

Sección IX

MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA

Capítulo 46

Manufacturas de espartería o cestería

Partida   46.01

Trenzas y artículos similares, de materia trenzable, incluso ensamblados en tiras; materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, tejidos o paralelizados, en forma plana, incluso terminados (por ejemplo: esterillas, esteras, cañizos).

Subpartida S.A. 4601.29.00.00

- - Los demás

 Tributos

Ad Valorem

30%

Fodinfa

0.5%

IVA

12%

 Restricciones y Prohibiciones

Código de régimen

Importación a consumo

Tipo de restricción

Presentación de requisito

Código de institución

Agencia de regulación y control Fito y zoosanitario - Agrocalidad

Código de requisito

DCP

Fecha de inicio de vigencia

01/10/2022

Descripción

Permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera

Conclusión

El producto esteras de carrizo se encuentra clasificado en la subpartida 4601.29.00.00 después de haber hecho el analices correspondiente, según el arancel el producto paga tributos como el ad Valorem del 30%, fodinfa 0.5% y IVA de 12%, este producto según el arancel para una importación a consumo se debe presentar un requisito (DCP) con permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera emitido por la agencia de regulación y control Fito y zoosanitario – Agrocalidad, toda la información apoyada en las notas explicativas del SISTEMA ARMONIZADO VUENESA.

Recomendación

Se recomienda que para una correcta clasificación del producto y establecer sus respectivos tributos, basarse en las notas explicativas del Sistema Armonizado VUENESA y el arancel.

Bibliografía

Ecuador, I. (2022, mayo 3). 46.01 Trenzas y artículos similares, de materia trenzable, incluso ensamblados en tiras; materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, tejidos o paralelizados, en forma plana, incluso terminados (por ejemplo: esterillas, esteras, cañizos). Importaciones Ecuador. https://www.importacionesecuador.com.ec/notas-explicativas/madera-carbon-vegetal-y-manufacturas-de-madera-corcho-y-sus-manufacturas-manufacturas-de-esparteria-o-cesteria/manufacturas-de-esparteria-o-cesteria/trenzas-y-articulos-similares-de-materia-trenzable-incluso-ensamblados-en-tiras-materia-trenzable-trenzas-y-articulos-similares-de-materia-trenzable-tejidos-o-paralelizados-en-forma-plana-incluso-term/

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 6 de noviembre de 2022, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

 

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Corcho Natural en Bruto

10859505671?profile=RESIZE_710xIntroducción

El corcho es la corteza del alcornoque, árbol que se encuentra esencialmente en el Mediterráneo occidental. Durante su crecimiento, estos árboles van engrosando su tallo, acumulando hacia el exterior de la madera células muertas y huecas: el propio corcho. Esta capa aísla y protege las zonas más sensibles del árbol.

La corteza del alcornoque tiene una propiedad extraordinaria: la regeneración. El corcho vuelve a crecer una vez extraído, sin perjudicar al árbol.

Notas de capitulo

  1. Este capítulo no comprende:
  2. El calzado y sus partes, del Capítulo 64;
  3. Los sombreros, demás tocados, y sus partes, del Capítulo 65;
  4. Los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).

Notas explicativas

Esta partida comprende:

1.- El corcho natural en bruto o simplemente preparado. El corcho en bruto se presenta tal como se saca del árbol, es decir, en plancha naturalmente curvadas. El corcho natural simplemente limpiado en la superficie, en el que subsisten aun las grietas (corcho raspado o carbonizado superficialmente) o con los bordes limpios para eliminar las partes inutilizables. Quedan clasificados aquí el corcho simplemente tratado con fungicidas y las planchas simplemente aplanadas con agua hirviendo o con vapor; por le contrario, las planchas descortezadas, escuadradas se clasifican en la partida 45.02.

2.- Los desperdicios de corcho natural o aglomerado, constituidos por los recortes, raspaduras y restos de manufacturas, que se utilizan principalmente en la fabricación de corcho triturado, granulado o pulverizado. También están comprendidos de corcho en forma de lana de corcho, que se utilizan a veces como relleno.

3.- El corcho triturado, granulado o pulverizado, que se obtienen generalmente del corcho bornizo o de los desperdicios. En su mayor parte, estos desperdicios se emplean para la fabricación de corcho aglomerado o de linóleo. El corcho granulado se utiliza también como aislante térmico o acústico o como materia de acondicionamiento para la protección de algunas frutas. El corcho triturado, granulado o pulverizado queda clasificado en esta partida, aunque este coloreado, impregnado, tostado o expandido por tratamiento con calor. Sin embargo, se excluye el corcho aglomerado (partida 45.04).

Posición arancelaria

Sección IX

MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA

Capítulo 45

Corcho y sus manufacturas

Partida 45.01

Corcho natural en bruto o simplemente preparado; desperdicios de corcho; corcho triturado, granulado o pulverizado.

Subpartida S.A. 4501.10.00.00

Corcho natural en bruto o simplemente preparado

 Tributos

Ad Valorem

5 %

Fodinfa

0.5 %

IVA

12 %

Restricción y prohibiciones

Código de régimen

Importación a consumo

Tipo de restricción

Presentación de requisito

Código de institución

Agencia de regulación y control Fito y zoosanitario – Agrocalidad

Código de requisito

DCP

Fecha de inicio de vigencia

01/10/2022

Descripción

Permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera

 

Conclusión

El corcho natural es un producto que se encuentra clasificado en la subpartida 4501.10.00.00, en la partida 45.01, capitulo 45, sección IX, y para una mayor explicación se basó en las notas explicativas del Sistema Armonizado VUENESA. El corcho natural cuenta también con tributos como es el ad Valorem de 5%, fodinfa de 0.5% y el IVA del 12%, todos estos datos extraídos del arancel, el producto se importa con un permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera.

Recomendación

Se recomienda que para una correcta clasificación de productos y correcta aplicación de tributos el uso del arancel y guiarnos también por las notas explicativas del sistema armonizado VUENESA.

Bibliografía

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 1 de noviembre de 2022, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Ecuador, I. (2022, mayo 3). 45.03 Manufacturas de corcho natural. Importaciones Ecuador. https://www.importacionesecuador.com.ec/notas-explicativas/madera-carbon-vegetal-y-manufacturas-de-madera-corcho-y-sus-manufacturas-manufacturas-de-esparteria-o-cesteria/corcho-y-sus-manufacturas/manufacturas-de-corcho-natural/

 

 

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