Publicaciones de Alison Anayeli Velasco Zurita (19)

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INTRODUCCIÓN
El camarón de río (Macrobrachium borellii) es una especie de crustáceo decápodo paleomónido integrante del género Macrobrachium. Habita en ambientes de agua dulce en el centro de América del Sur, es una especie de tamaño mediano a pequeño, posee un estómago sencillo, el que se compone de una cámara cardíaca y otra denominada pilórica, la cual exhibe paredes delgadas que conforman un bolso con numerosos repliegues.
REGLAS DE CLASIFICACIÓN
Regla 1
Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).
Regla 6
La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.
POSICIÓN ARANCELARIA
SECCION I: Animales vivos y productos del reino animal
Capítulo 3: Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos
Partida 03.06: Crustáceos, incluso pelados, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustáceos ahumados, incluso pelados o cocidos, antes o durante el ahumado; crustáceos sin pelar, cocidos en agua o vapor, incluso refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; harina, polvo y «pellets» de crustáceos, aptos para la alimentación humana.
Subpartida 0306.17.91.00: Camarones de río de los géneros Macrobrachium
INFORMACIÓN ARANCELARIA
Salvaguardia: 0 %
Iva: 12%
Arancel Advalorem: 0%
Fodinfa: 0%
MEDIDAS NO ARANCELARIAS
- Ninguna
CONCLUSIÓN
Se puede concluir que las marsopas estan clasificadas en la sección I de animales vivos y reino animal, en el capítulo 3 que se refiere a Pescados y crustáceos, con la partida 03.06 donde se refiere a Crustáceos, incluso pelados, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustáceos ahumados, incluso pelados o cocidos, antes o durante el ahumado; crustáceos sin pelar, cocidos en agua o vapor, incluso refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; harina, polvo y «pellets», y la subpartida 0306.17.91.00 que se refiere Camarones de río de los géneros Macrobrachium.
RECOMENDACIÓN
Se recomienda tener muy en cuenta al momento de realizar la consulta que la información que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria, ya que cada producto es diferente, estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.
BIBLIOGRAFÍA
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.
https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *
https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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INTRODUCCIÓN
Las marsopas son los cetáceos más pequeños y su cabeza es redondeada, sin el pico característico de los delfines, a diferencia de éstos, su aleta dorsal es más ancha, más pequeña y tiene forma triangular, nadan más despacio y no saltan nunca por encima del agua.
REGLAS DE CLASIFICACIÓN
Regla 1
Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).
Regla 6
La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.
POSICIÓN ARANCELARIA
SECCION I: Animales vivos y productos del reino animal
Capítulo 1: Animales vivos
Partida 01.06: Los demás animales vivos.
Subpartida 0106.12.00.00: Ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del orden Cetacea); manatíes y dugones o dugongos (mamíferos del orden Sirenia); otarios y focas, leones marinos y morsas (mamíferos del suborden Pinnipedia)
INFORMACIÓN ARANCELARIA
Salvaguardia: 0 %
Iva: 12%
Arancel Advalorem: 6%
Fodinfa: 0%
MEDIDAS NO ARANCELARIAS
- Ninguna
CONCLUSIÓN
Se puede concluir que las marsopas estan clasificadas en la sección I de animales vivos y reino animal, en el capítulo 1 con la partida 01.06 donde se refiere a Los demás animales vivos. Y la s subpartida 0106.12.00.00 que se refiere a Ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del orden Cetacea); manatíes y dugones o dugongos (mamíferos del orden Sirenia); otarios y focas, leones marinos y morsas (mamíferos del suborden Pinnipedia).
RECOMENDACIÓN
Se recomienda tener muy en cuenta al momento de realizar la consulta que la información que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria, ya que cada producto es diferente, estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.
BIBLIOGRAFÍA
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.
https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
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INTRODUCCIÓN
Pato es un término con antecedentes etimológicos en el persa y el árabe, el concepto suele emplearse para nombrar a una clase de animal que tiene alas y el cuerpo cubierto de plumas. El pato es un ave que pertenece a la familia de las anátidas y que, por lo general, vive cerca del agua (los patos son palmípedos: cuentan con los dedos unidos para nadar con mayor facilidad).
REGLAS DE CLASIFICACIÓN
Regla 1
Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).
Regla 6
La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.
POSICIÓN ARANCELARIA
SECCION I: Animales vivos y productos del reino animal
Capítulo 1: Animales vivos
Partida 01.05: Caballos, asnos, mulos y burdéganos, vivos
Subpartida 0105.13.00.00: Patos
INFORMACIÓN ARANCELARIA
Salvaguardia: 0 %
Iva: 12%
Arancel Advalorem: 0%
Fodinfa: 0.5%
MEDIDAS NO ARANCELARIAS
- Ninguna
CONCLUSIÓN
Se puede concluir que los patos está clasificado en la sección I de animales vivos y reino animal, en el capítulo 1 con la partida 01.05 donde se refiere a Caballos, asnos, mulos y burdéganos, vivos, con la subpartida 0105.13.00.00, que se refiera a patos.
RECOMENDACIÓN
Se recomienda tener muy en cuenta al momento de realizar la consulta que la información que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria, ya que cada producto es diferente, estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.
BIBLIOGRAFÍA
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.
https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *
https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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INTRODUCCIÓN

Animal solípedo, como de metro y medio de altura, de color, por lo común, ceniciento, con las orejas largas y la extremidad de la cola poblada de cerdas, que es muy sufrido y se emplea como caballería y como bestia de carga y a veces también de tiro, su cuerpo es pequeño y robusto, mide entre 190 a 200 cm de longitud, la cola larga y recta de unos 40 a 50 cm, su altura hasta el hombro dependerá mucho de la raza del animal, pero puede ser entre 92 a 150 cm, con un peso aproximado de 450 Kg.

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

 

 

 

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION I: Animales vivos y productos del reino animal

Capítulo 1: Animales vivos

Partida 01.01: Caballos, asnos, mulos y burdéganos, vivos

Subpartida 0101.30.00.00: Asnos

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 0%

Fodinfa: 0.5%

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

  • Ninguna

CONCLUSIÓN

Se puede concluir que  la mayonesa está clasificado en la sección I de animales vivos y reino animal, en el capítulo 1 con la partida 01.01 donde se refiere a Caballos, asnos, mulos y burdéganos, vivos, con la subpartida 0101.30.00.00, que se refiera a asnos.

 

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta que la información  que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria,  ya que cada producto es diferente,  estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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INTRODUCCIÓN

Se utiliza en la cocina como condimento para agregar sabor salado y umami a una gran variedad de platos, desde salteados y guisos, hasta aderezos para ensaladas y salsas para mojar, es un condimento de origen chino, producido al fermentar semillas de soya con los hongos, su uso está muy extendido en las gastronomías del Asia Oriental.

DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION IV: Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

CAPÍTULO 21: Preparaciones alimenticias diversas

 

Partida 21.03: Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.

 

Subpartida 2103.10.00.00: Salsa de soja (soya)

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 30%

Fodinfa: 0.5%

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

  • Ninguna

CONCLUSIÓN

Se puede concluir que  la salsa de soya está clasificado en la sección IV en los Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados, en el capítulo 21 que se refiere a Preparaciones alimenticias diversas con la partida 21.03: Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada y la subpartida 2103.10.00: Salsa de soja(soya)

 RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta que la información  que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria,  ya que cada producto es diferente,  estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

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INTRODUCCIÓN

La piedra pómez es una roca volcánica usada como remedio casero para la exfoliación y depilación.

Normalmente suele ser de color blanco y tiene una gran resistencia, puede soportar el frío extremo, el fuego o estar a la intemperie sin que se vea dañada, es una piedra de dureza media gracias a su alta friabilidad.

Además, cuenta con un poder abrasivo bajo, siendo ideal para trabajar nuestra piel con ella.

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION V: Productos minerales

Capítulo 25: Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos

 

Partida 25.13: Piedra pómez; esmeril; corindón natural, granate natural y demás abrasivos naturales, incluso tratados térmicamente.

 

Subpartida 2513.10.00.00: Piedra pómez.

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 5%

Fodinfa: 0.5%

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

  • Ninguna

CONCLUSIÓN

Se puede concluir que  la mayonesa está clasificado en la sección V en los Productos minerales, en el capítulo 25 que se refiere a sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos con la partida 25.13: Piedra pómez; esmeril; corindón natural, granate natural y demás abrasivos naturales, incluso tratados térmicamente y la subpartida 2513.10.00.00: Piedra pómez.

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta que la información  que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria,  ya que cada producto es diferente,  estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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INTRODUCCIÓN

Absolut Vodka presentación de 750 ml, contiene 40° de alcohol. Se obtenido por medio de un proceso de destilación de grano de trigo.

Se hace exclusivamente a partir de ingredientes naturales y no contiene azúcar añadida. De cuerpo complejo, suave y maduro con el carácter distintivo del grano de trigo, seguido de un toque a frutas secas.

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION IV: Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

Capítulo 22: Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre

Partida 22.08: Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior a 80% vol; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas.

Subpartida 2208.50.00.90: Los demás

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Iva: 16%

Arancel Advalorem: 6%

Fodinfa: 0.5%

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

  • Ninguna

CONCLUSIÓN

Se puede concluir que  la mayonesa está clasificado en la sección IV en los productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados, en el capítulo 22 con la partida 22.08 donde se refiere a alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior a 80% vol., aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas, con la subpartida 2208.50.00.90 que se refiere a los demás.

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta que la información  que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria,  ya que cada producto es diferente,  estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

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INTRODUCCIÓN

El agua mineral natural aporta minerales esenciales y oligoelementos que ayudan al organismo a satisfacer las necesidades diarias de forma saludable, el agua mineral natural procede de manantiales subterráneos que están protegidos de cualquier tipo de contaminación y no necesitan someterse a ningún tratamiento desinfectante ni filtrado doméstico para su consumo.

Por eso, cuando se bebe un agua mineral natural se está bebiendo agua en su estado puro, por el contrario, el agua del grifo está tratada para garantizar su consumo seguro.

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION IV: Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

Capítulo 22: Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre

Partida 22.01: Agua, incluidas el agua mineral natural o artificial y la gaseada, sin adición de azúcar u otro edulcorante ni aromatizada; hielo y nieve.

Subpartida 2201.10.00.00: Agua mineral y agua gaseada

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 6%

Fodinfa: 0.5%

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

  • Ninguna

CONCLUSIÓN

Se puede concluir que  la mayonesa está clasificado en la sección IV en los productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados, en el capítulo 22 con la partida 22.01 donde se refiere a Agua, incluidas el agua mineral natural o artificial y la gaseada, sin adición de azúcar u otro edulcorante ni aromatizada; hielo y nieve, con la subpartida 2201.10.00.00 que se refiere a Agua mineral y agua gaseada.

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta que la información  que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria,  ya que cada producto es diferente,  estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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INTRODUCCIÓN

Más conocida como cerveza “SIN” tipo lager con un contenido alcohólico de 0,0% vol, su bebida es suave, refrescante, de cuerpo ligero, color dorado con reflejos brillantes, espuma blanca consistente y ligeramente amarga, conservando todo el sabor y aroma cerveceros.

Es perfecta para acompañar platos como ensaladas, arroces, pescados fritos, a la plancha o cocinados al horno, también acompañan muy bien a quesos tipo Burgos o suaves cremosos, panachés de verduras, arroces salteados, carnes blancas o con notas ahumadas.

 

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

 

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION IV: Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

Capítulo 22: Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre

Partida 22.02: Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizada, y demás bebidas no alcohólicas, excepto los jugos de frutas u otros frutos o de hortalizas de la partida 20.09.

Subpartida 2202.91.00.00: Cerveza sin alcohol.

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 30%

Fodinfa: 0.5%

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

  • Ninguna

CONCLUSIÓN

Se puede concluir que  la mayonesa está clasificado en la sección IV en los productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados, en el capítulo 22 con la partida 22.02 donde se refiere a Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizada, y demás bebidas no alcohólicas, excepto los jugos de frutas u otros frutos o de hortalizas de la partida 20.09, con la subpartida 2202.91.00.00 que se refiere a cerveza sin alcohol.

 

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta que la información  que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria,  ya que cada producto es diferente,  estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

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INTRODUCCIÓN

La mayonesa es uno de los aderezos que más se utilizan para mejorar el sabor de las ensaladas, la pasta y otras deliciosas recetas. Se caracteriza por tener una textura suave y cremosa que facilita su inclusión en muchos platos, ya que les brinda un toque especial y diferente, es una salsa emulsionada fría elaborada principalmente a base de huevo entero y aceite vegetal batidos, de origen menorquín, o creada por un cocinero francés en Menorca,​ generalmente se la sazonar con sal, zumo de limón o vinagre.

 

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

 

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION IV: Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

Capítulo 21: Preparaciones alimenticias diversas

Partida 21.03: Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.

Subpartida 2103.90.10.00: Salsa mayonesa.

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 30%

Fodinfa: 0.5%

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

  • Ninguna

CONCLUSIÓN

Se puede concluir que  la mayonesa está clasificado en la sección IV en los productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados, en el capítulo 21 con la partida 21.03 donde se refiere a Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada, con la subpartida 2103.90.10.00. de alza de mayonesa.

 

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta que la información  que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria,  ya que cada producto es diferente,  estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

 

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INTRODUCCIÓN

El polvo de hornear es un producto para cocinar que ayuda a esponjar la mezcla de pastelería o pasta, no se considera tóxico cuando se utiliza en la cocina y la repostería.

Es un agente leudante con bicarbonato de sodio y un agente que absorbe la humedad (por lo general es fécula). Este ingrediente actúa de forma más rápida que proporciona los mismos beneficios: da volumen y esponja las preparaciones.

 

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

 

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION IV: Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

Capítulo 21: Preparaciones alimenticias diversas

Partida 21.02: Levaduras (vivas o muertas); los demás microorganismos monocelulares muertos (excepto las vacunas de la partida 30.02); polvos para hornear preparados.

Subpartida 2102.30.00.00: Polvos preparados para esponjar masas

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 15%

Fodinfa: 0.5%

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

  • Ninguna

CONCLUSIÓN

Se puede concluir que  el polvo de hornear  está clasificado en la sección IV en los productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados, en el capítulo 21 con la partida 21.02 donde se refiere a las levaduras (vivas o muertas); los demás microorganismos monocelulares muertos (excepto las vacunas de la partida 30.02); polvos para hornear preparados, con la subpartida 96.09.20.00.00. de polvos preparados para esponjar masas.

 

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta que la información  que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria,  ya que cada producto es diferente,  estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

 

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INTRODUCCIÓN

Los portaminas es una barra muy delgada de grafito que se utilizan con frecuencia porque son fiables, los trazos se pueden borrar, el recambio de las minas sale muy rentable y, por lo tanto, son un producto muy sostenible.

 Los portaminas se pueden usar para abocetar, dibujar y escribir.

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION XX: Mercancías y productos diversos

Capítulo 96: Manufacturas diversas.

Partida 96.09: Lápices, minas, pasteles, carboncillos, tizas para escribir o dibujar y jaboncillos (tizas) de sastre.

Subpartida 9609.20.00.00: Minas para lápices o portaminas

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Antidumping: 0%

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 6%

Fodinfa: 0.5%

 

 

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

República de Corea prohibición

CONCLUSIÓN

Se puede concluir que  las minas está clasificado en la sección XX en las mercancías y productos diversos, en el capítulo 96 con la partida 96.09 donde se refiere a los lápices, minas, pasteles, carboncillos, tizas para escribir o dibujar y jaboncillos (tizas) de sastre, con la subpartida 96.09.20.00.00.

 

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta de la información arancelaria ya que cada producto es diferente,  estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

 

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INTRODUCCIÓN

Las colecciones biológicas son un conjunto de organismos o partes de éstos, preservados siguiendo estándares de curaduría que permiten la identificación taxonómica de los ejemplares biológicos, sus componentes son preparados y organizados de un modo que informen la procedencia e identificación taxonómica de cada uno de los especímenes, lo que le confiere status científico.

Tales acervos, además de servir como repositorios de material biológico para la investigación científica, son un valioso material de importancia histórica y ayudan en actividades de enseñanza y transferencia de conocimiento. Resumir, organizar, calificar y diseminar la información taxonómica y biogeográfica, además de promover la conservación ex situ de ejemplares de la biodiversidad y apoyar las medidas de manejo de las especies, son los mayores objetivos de una colección biológica.

 

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION XX: Objetos de arte o colección y antigüedades

Capítulo 97: Objetos de arte o colección y antigüedades

Subpartida 97.05.00.00.00: Colecciones y especímenes para colecciones de zoología, botánica, mineralogía o anatomía o que tengan interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o numismático.

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Antidumping: 0%

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 30%

Fodinfa: 0.5%

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

República de Corea prohibición

CONCLUSIÓN

El instrumento musical es un producto muy eficiente, en la cal se usan las reglas generales 1 y 6 se lo clasifico en la subpartida 97.05.10.00.00.

 

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta de la información arancelaria ya que cada producto es diferente ya que estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

 

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INTRODUCCIÓN

Las colecciones biológicas son un conjunto de organismos o partes de éstos, preservados siguiendo estándares de curaduría que permiten la identificación taxonómica de los ejemplares biológicos, sus componentes son preparados y organizados de un modo que informen la procedencia e identificación taxonómica de cada uno de los especímenes, lo que le confiere status científico.

Tales acervos, además de servir como repositorios de material biológico para la investigación científica, son un valioso material de importancia histórica y ayudan en actividades de enseñanza y transferencia de conocimiento. Resumir, organizar, calificar y diseminar la información taxonómica y biogeográfica, además de promover la conservación ex situ de ejemplares de la biodiversidad y apoyar las medidas de manejo de las especies, son los mayores objetivos de una colección biológica.

 

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION XX: Objetos de arte o colección y antigüedades

Capítulo 97: Objetos de arte o colección y antigüedades

Subpartida 97.05.00.00.00: Colecciones y especímenes para colecciones de zoología, botánica, mineralogía o anatomía o que tengan interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o numismático.

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Antidumping: 0%

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 30%

Fodinfa: 0.5%

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

República de Corea prohibición

CONCLUSIÓN

El instrumento musical es un producto muy eficiente, en la cal se usan las reglas generales 1 y 6 se lo clasifico en la subpartida 97.05.10.00.00.

 

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta de la información arancelaria ya que cada producto es diferente ya que estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

 

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INTRODUCCIÓN

Es una máquina que reproduce música que está diseñada para sonar como una orquesta o banda ya que los orquestriones son los antecesores de las rocolas o gramolas, populares durante la década de 1950.

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

POSICIÓN ARANCELA

Sección XVIII: Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirurgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos

Capítulo 92: Instrumentos musicales; sus partes y accesorios.

Partida 92.08: Cajas de música, orquestriones, organillos, pájaros cantores, sierras musicales y demás instrumentos musicales no comprendidos en otra partida de este Capítulo; reclamos de cualquier clase; silbatos, cuernos y demás instrumentos de boca, de llamada o aviso.

Subpartida 9208.90.00.00: Los demás

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Arancel Advalorem: 20%

CONCLUSIÓN

Las pelotas de tenis es un producto muy eficiente y ayuda con el estrés, en la cual se usan las reglas generales 1 y 6 se lo clasifico en la subpartida 92.08.90.00.00.

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta de la información arancelaria ya que cada producto es diferente ya que estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

 

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INTRODUCCIÓN

La pelota  de tenis es redonda de color amarillo o blanco, la cual puede rebotar en diversas superficies ya que su color es así para poder verla en un clima muy malo, son descartables ya que con el uso su paño se gasta y pierden presión y así quedan desinfladas

 

CARACTERISTICAS Y CONTENIDO DE LA MERCANCIA

- Tiene un diámetro de 6.35 centímetros y menor de 6.67

-  Ideal para personas que inician el deporte.

- Su construcción es la goma o caucho vulcanizado recubiertas de felpa aptas para cualquier superficie.

- Versátiles y durables.

 

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

POSICIÓN ARANCELA

Sección XX: Mercancías y productos diversos

Capítulo 95: Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios.

Partida 95.06: Artículos y material para cultura física, gimnasia, atletismo, demás deportes (incluido el tenis de mesa) o para juegos al aire libre, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo; piscinas, incluso infantiles.

Subpartida 9506.61.00.00: Pelotas de tenis

CONCLUSIÓN

Las pelotas de tenis es un producto muy eficiente y ayuda con el estrés, en la cual se usan las reglas generales 1 y 6 se lo clasifico en la subpartida 95.06.61.00.00.

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta de la información arancelaria ya que cada producto es diferente ya que estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

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INTRODUCCIÓN

La pelota  de tenis es redonda de color amarillo o blanco, la cual puede rebotar en diversas superficies ya que su color es así para poder verla en un clima muy malo, son descartables ya que con el uso su paño se gasta y pierden presión y así quedan desinfladas

 

CARACTERISTICAS Y CONTENIDO DE LA MERCANCIA

- Tiene un diámetro de 6.35 centímetros y menor de 6.67

-  Ideal para personas que inician el deporte.

- Su construcción es la goma o caucho vulcanizado recubiertas de felpa aptas para cualquier superficie.

- Versátiles y durables.

 

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

POSICIÓN ARANCELA

Sección XX: Mercancías y productos diversos

Capítulo 95: Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios.

Partida 95.06: Artículos y material para cultura física, gimnasia, atletismo, demás deportes (incluido el tenis de mesa) o para juegos al aire libre, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo; piscinas, incluso infantiles.

Subpartida 9506.61.00.00: Pelotas de tenis

CONCLUSIÓN

Las pelotas de tenis es un producto muy eficiente y ayuda con el estrés, en la cual se usan las reglas generales 1 y 6 se lo clasifico en la subpartida 95.06.61.00.00.

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta de la información arancelaria ya que cada producto es diferente ya que estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

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INTRODUCCIÓN

El cubrepiés de cama es un elemento decorativo y funcional que se coloca al final de la cama. Suele ser una cobertura textil, como una manta o una colcha más ligera, diseñada para añadir estilo y proteger la parte inferior de la cama.

Este accesorio puede tener propósitos estéticos, ofreciendo una capa adicional de decoración para el dormitorio, y también puede servir para brindar calor adicional durante las noches, su elección puede depender del estilo de decoración y del clima.

 

CARACTERISTICAS Y CONTENIDO DE LA MERCANCIA

- Tamaño de 60 x 220 cm

- Esta hecho de una variedad de materiales, como algodón, lino, poliéster o incluso materiales más lujosos como la seda o la lana, dependiendo de la preferencia y el clima.

- Se elige por su valor estético, ya que puede agregar estilo y personalidad a la decoración del dormitorio.

- Están diseñados para proporcionar calor adicional, mientras que otros son más livianos y se utilizan principalmente con fines decorativos.

 

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCION XX: Mercancías y productos diversos

Capítulo 94: Muebles; mobiliario medicoquirurgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas

Partida 94.04: Somieres; artículos de cama y artículos similares (por ejemplo: colchones, cubrepiés, edredones, cojines, pufs, almohadas), con muelles (resortes), rellenos o guarnecidos interiormente con cualquier materia, incluidos los de caucho o plástico celulares, recubiertos o no.

Subpartida 94.04.40.00.00: Cubrepiés, colchas, edredones y cobertores

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Antidumping: 0%

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 30%

Fodinfa: 0.5%

 

 

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

República de Corea prohibición

CONCLUSIÓN

Se puede concluir que los cubrepiés de cama está clasificado en la sección X en las mercancías y productos diversos, en el capítulo 94 con la partida 94.04 donde se refiere a los artículos de cama como bien lo dice cubrepiés, con la subpartida 94.04.40.00.00.

 

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta de la información arancelaria ya que cada producto es diferente,  estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *

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INTRODUCCIÓN

La trompeta es un instrumento de viento  más popular y antigua que permite hacer música gracias al paso de aire por su interior. Su estructura consiste en un tubo extenso que se ensancha y que emite un sonido diferente de acuerdo a cómo se sople.

Para producir los sonidos, el trompetista debe soplar en la boquilla del instrumento. El aire avanza a través del tubo y sale por un sector conocido como campana. A través de tres pistones, el músico puede crear diferentes afinaciones.

 

CARACTERISTICAS Y CONTENIDO DE LA MERCANCIA

- El instrumento mide aproximadamente 50 cm

-  Tiene la boquilla que es la responsable de que el sonido se escuche bien.

- Las válvulas son cilindros de metal que tienen agujeros que hacen cambiar el flujo del viento, alterando la nota resultante.

- Los pistones son la parte con “llaves” que se pueden presionar y liberar para producir diferentes notas.

- La bomba movible, que permite ajustar levemente la afinación de la trompeta.

 

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Regla 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

 

Regla 6

La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.

 

POSICIÓN ARANCELARIA

Sección XVIII: Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos

Capítulo 92: Instrumentos musicales; sus partes y accesorios.

Partida 92.05: Instrumentos musicales de viento (por ejemplo: órganos de tubos y teclado, acordeones, clarinetes, trompetas, gaitas), excepto los orquestriones y los organillos.

Subpartida 92.05.10.00.00: Instrumentos llamados “metales”

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Salvaguardia: 0 %

Antidumping: 0%

Iva: 12%

Arancel Advalorem: 20%

Fodinfa: 0.5%

 

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

República de Corea prohibición

CONCLUSIÓN

El instrumento musical es un producto muy eficiente, en la cal se usan las reglas generales 1 y 6 se lo clasifico en la subpartida 92.05.10.00.00.

 

RECOMENDACIÓN

Se recomienda  tener muy en cuenta al momento de realizar  la consulta de la información arancelaria ya que cada producto es diferente ya que estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.

 

BIBLIOGRAFÍA

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

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