Publicaciones de Yesenia Celina Velasco Caiza (29)

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INTRODUCCIÓN

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DESARROLLO

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 701

Nota explicativa de Subpartida:

Subpartida 6115.10

Para la aplicación de la subpartida 6115.10, se entiende por calcetería de compresión progresiva la calcetería en la cual la mayor compresión se encuentra en el tobillo y se reduce gradualmente a lo largo de la pierna para estimular la circulación de la sangre.

 

61.16 GUANTES, MITONES Y MANOPLAS, DE PUNTO.

 

6116.10 – Impregnados, recubiertos o revestidos con plástico o caucho.

Los demás:

6116.91 – – De lana o pelo fino.

6116.92 – – De algodón.

6116.93 – – De fibras sintéticas.

6116.99 – – De las demás materias textiles.

Esta partida comprende los guantes y similares de punto, sin hacer distinción entre los de mujeres o niñas, y los de hombres o niños. Se trata aquí tanto de los guantes en los que todos los dedos están separados unos de otros como de las manoplas que tienen como máximo una separación para el pulgar y de los mitones, que dejan al descubierto la punta de los dedos. Los guantes pueden ser cortos y llegar hasta la muñeca o semilargos o largos de modo que recubran el antebrazo e incluso algunas veces una parte del brazo.

 

DOCUMENTOS DE CONTROL_ RESOLUCIÓN 450 – CAPITULO 61

Prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto.

  • Registro de importador

Entidad actual: Ministerio de Industrias y Productividad

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

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CONCLUSIÓN

 

Las fibras sintéticas se elaboran mediante síntesis químicas, a través de un proceso denominado polimerización, los productos elaborados a través de este proceso tienden a ser más resistentes por lo cual su uso frecuente es en industrias como automotriz, construcción además de usos generales. Al encontrarse en el capítulo 61, las prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto deben presentar el registro de importador como documento de control. Además de cancelar una tarifa arancelaria de USD 10 más USD 5.5 por cada kilogramo, considerando que este tipo de mercadería se comercializa en pares, es decir 2 unidades.

 

RECOMENDACIÓN

 

Se debe tener en cuenta que los títulos de las secciones y capítulos son solo indicativos, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y de esta manera elegir la Subpartida arancelaria correspondiente.  

 

FUENTES

Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Notas explicativas del Sistema Armonizado. Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

AUTORA

Velasco Caiza Yesenia

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INTRODUCCION

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DESARROLLO

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 49 - 52

 

CONSIDERACIONES GENERALES

Este capítulo comprende:

1) El café, té y yerba mate.

2) Las especias, es decir, un grupo de productos vegetales ricos en aceites esenciales y principios aromáticos, utilizados principalmente como condimentos a causa de su sabor peculiar.

Estos productos pueden presentarse enteros, triturados o pulverizados.

En lo relativo a la clasificación de las mezclas de productos de las partidas 09.04 a 09.10, véase la Nota 1 de este Capítulo. De acuerdo con las disposiciones de esta Nota, el hecho de que se añadan otras sustancias a los productos de las partidas 09.04 a 09.10 (incluidas las mezclas citadas en los apartados a) y b) de dicha

Nota) no afecta su clasificación, siempre que las mezclas así obtenidas conserven el carácter esencial de los productos citados en cada una de estas partidas.

09.08 NUEZ MOSCADA, MACIS, AMOMOS Y CARDAMOMOS.

0908.10 – Nuez moscada.

0908.20 – Macís.

0908.30 – Amomos y cardamomos.

Esta partida comprende:

  1. a) La nuez moscada redonda o larga, incluso sin cáscara.

DOCUMENTOS DE CONTROL_ RESOLUCIÓN 450

NUEZ MOSCADA

  • Permiso fitosanitario de importación

Entidad:

Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (Agrocalidad)

EXCEPTO: Nuez Moscada, partida, triturada o molida en proceso de CRF 1 (P1)

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

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CONCLUSION

 

Según datos de Veritrade la nuez moscada suma 486, 828 importaciones en los últimos cinco años en nuestro país vecino, Colombia, provenientes de países de origen como Estados Unidos, India y España, a pesar de esto, en el último año se demuestra una baja significativa en estos datos debido a la inestabilidad económica, sanitaria y social que se vivió a nivel mundial desde finales del año 2019, este producto es reconocido debido a su versatilidad dentro de la gastronomía. Al pertenecer a la sección II es decir, productos del reino vegetal y en especial al ser un producto que se utiliza para la alimentación, debe cumplir con ciertos requerimientos y documentos para su importación, comercialización y posterior consumo del cliente final. 

 

RECOMENDACION

 

En primer lugar, realizar un investigación a fondo sobre el producto objeto de clasificación, realizar pruebas, examinar fichas técnicas y recurrir a expertos en caso de ser necesario, esto con el objetivo de establecer su naturaleza, composición, funcionalidad, transformaciones entre otros aspectos que nos puedan ayudar a establecer una correcta partida arancelaria y de esta forma las tarifas de importación correspondientes que contribuyen a la facilitación del comercio exterior.

 

FUENTES

Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Notas explicativas del Sistema Armonizado. Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

Veritrade 82020). 090812: NUEZ MOSCADA: TRITURADA O PULVERIZADA. Obtenido de: https://www.veritradecorp.com/es/colombia/importaciones-y-exportaciones/nuez-moscada-triturada-o-pulverizada/090812

 

AUTORA

Velasco Caiza Yesenia

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Subpartida arancelaria del almidón de arroz

INTRODUCCIÓN

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DESARROLLO

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 56; 60

 

CAPITULO 11

PRODUCTOS DE LA MOLINERIA; MALTA; ALMIDON Y FECULA;

INULINA; GLUTEN DE TRIGO

 

CONSIDERACIONES GENERALES

 

Este Capítulo comprende:

1) Los productos de la molienda de los cereales del Capítulo 10 y del maíz dulce del Capítulo 07, excepto los residuos de la molienda de la partida 23.02. A este respecto, los productos de la molienda del trigo, centeno, cebada, avena, maíz (incluidas las mazorcas enteras con olote (zuro, tusa) o sin él), sorgo de grano (granífero), arroz, alforfón, se distinguen de los residuos de la partida 23.02 según los criterios de contenido de almidón y de cenizas estipulados en la Nota 2 A) de este Capítulo.

Para la aplicación este Capítulo, en lo relativo a los cereales citados anteriormente, la harina de las partidas 11.01 u 11.02 se distingue de los productos de las partidas 11.03 u 11.04 según el porcentaje que pasa a través del tamiz indicado en la Nota 2 B) del Capítulo. Asimismo, los grañones y sémola de cereales de la partida 11.03 deben satisfacer la condición de paso a través del tamiz indicado en la Nota

3 del Capítulo.

 11.08 ALMIDON Y FECULA; INULINA.

Almidón y fécula:

1108.11 – – Almidón de trigo.

1108.12 – – Almidón de maíz.

1108.13 – – Fécula de papa (patata).

1108.14 – – Fécula de yuca (mandioca).

1108.19 – – Los demás almidones y féculas.

1108.20 – Inulina.

El almidón y la fécula se encuentran en los órganos de reserva de un gran número de vegetales.

Químicamente estos productos son carbohidratos. Se llama especialmente fécula al producto obtenido de los órganos subterráneos de plantas (raíces y tubérculos de papa (patata), yuca (mandioca), arrurruz, etc.) o de médula de sagú y almidón el que se extrae de los órganos aéreos y principalmente de los granos (por ejemplo, de maíz, trigo, arroz) o de determinados líquenes.

 

DOCUMENTOS DE CONTROL_ RESOLUCIÓN 450

  • Permiso fitosanitario de importación

ENTIDAD:

  • Antes: SESA;
  • Actualidad: Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (Agrocalidad)

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

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CONCLUSIÓN

 

El almidón de arroz es bastante digerible y además hipoalergénico, tiene color blanco y un sabor suave, presenta buena resistencia a los ácidos y es más estable al proceso de congelación y descongelación que el almidón de otros cereales. Al pertenecer a la sección II es decir, productos del reino vegetal y en especial al ser un producto que se utiliza para la alimentación, debe cumplir con ciertos requerimientos y documentos para su importación, comercialización y posterior consumo del cliente final. 

 

RECOMENDACIONES

 

Al el momento de realizar la clasificación arancelaria revisar detenidamente el arancel de importaciones y los documentos de refuerzo como notas explicativas, resolución 450, principios de clasificación del sistema armonizado, entre otros.

 

Estudiar las fichas técnicas de la mercancía objeto de importación incluyendo la procedencia, composición, elementos, características generales, entre otros aspectos del mismo. Para de esta forma, entregar una correcta clasificación arancelaria y posterior pago de tributos, con lo cual aportamos a la facilitación del comercio exterior y sus diferentes etapas de control (anterior, concurrente, posterior).  

 

FUENTES

Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Notas explicativas del Sistema Armonizado. Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

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Velasco Caiza Yesenia

 

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Subpartida arancelaria del semen de cabra

Introducción

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Desarrollo

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 35

CONSIDERACIONES GENERALES

Este Capítulo comprende un conjunto de materias de origen animal, en bruto o con una simple preparación, que generalmente no se destinan a la alimentación (con excepción de cierta sangre, y de las tripas, vejigas y estómagos de animales) ni están comprendidas en otros Capítulos de la Nomenclatura.

 

05.11 PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; ANIMALES MUERTOS DE LOS CAPITULOS 01 O 03, IMPROPIOS PARA LA ALIMENTACION HUMANA.

0511.10 – Semen de bovino.

– Los demás:

0511.91 – – Productos de pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos; animales muertos del Capítulo 03.

0511.99 – – Los demás.

Esta partida comprende principalmente:

.

  • El semen animal.

DOCUMENTOS DE CONTROL_ RESOLUCIÓN 450

  • Permiso zoosanitario de importación

ENTIDAD: Antes: SESA; Actualidad: Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (Agrocalidad)

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

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CONCLUSIONES

 

La importación de semen caprino se realiza con el objetivo de mejorar la raza de ejemplares en un determinado país, de esta forma se mejora la producción y la calidad de leche obtenida de estos animales, lo que conlleva a una mejor rentabilidad para el ganadero pues a través de la inseminación, los niveles de proteína y cantidad de leche obtenida como resultado del ordeño incrementan considerablemente y por consecuencia los productos derivados de la misma representan una ventaja competitiva en el mercado.

El comercio de este producto es menos complicado que la exportación de animales vivos a pesar de esto cuenta también con sus trabas e inconvenientes. El semen viaja congelado y en unas estrictas condiciones sanitarias y de control del origen de las cabras donde incluso se necesita el árbol genealógico de estos ejemplares.

 

RECOMENDACIONES

 

En el caso de optar por la importación de semen de cualquier tipo de animales ya sea terrestre o acuático, considerar antes que nada aquellos países que cuentan con ejemplares de primera clase, además de las ventajas que este cruce de animales podría representar para la producción y posterior cadena de comercialización.

 

Finalmente discurrir que el sistema logístico de transporte es primordial para asegurar el traslado de origen a destino de este producto en las mejores condiciones. Por esta razón, se debe realizar la búsqueda y contratación de una empresa de transporte que nos asegure que sus unidades se encuentran acondicionadas con diferentes elementos que los productos pudieran requerir (tubos de oxígeno, refrigerantes, difusores, manguera, acoples) además del control y prueba de equipamiento.

 

FUENTES

Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Notas explicativas del Sistema Armonizado. Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

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INTRODUCIÒN.- 

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DESARROLLO.-

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 471 - 472

 

38.08 INSECTICIDAS, RATICIDAS Y DEMAS ANTIRROEDORES, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INHIBIDORES DE GERMINACION Y REGULADORES DEL CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS, DESINFECTANTES Y PRODUCTOS SIMILARES, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR, O COMO PREPARACIONES O ARTICULOS TALES COMO  TINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS Y PAPELES MATAMOSCAS.

 

3808.50 –Productos mencionados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo

Los demás.

3808.91 – – Insecticidas.

.

Esta partida comprende un conjunto de productos (excepto los que tengan carácter de medicamentos para medicina humana o veterinaria comprendidos en las partidas 30.03 o 30.04) concebidos para destruir o rechazar los gérmenes patógenos, los insectos (mosquitos, polilla, doríforas, cucarachas, etc.), los musgos y mohos, las malas hierbas, los roedores, los pájaros, etc. Los productos cuya finalidad es repeler los parásitos o la desinfección de las semillas se hallan también comprendidos en esta partida.

La aplicación de estos insecticidas, fungicidas, herbicidas, desinfectantes, etc., se efectúa por pulverización, espolvoreo, riego, embadurnado, impregnación, etc.; en algunos casos es necesaria la combustión. Estos productos actúan, según los casos, por envenenamiento de los sistemas nervioso o digestivo, por asfixia, por el olor, etc.

.

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue:

  1. I) Los insecticidas

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos).

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir:

  • los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos
  • los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa
  • los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos.
  • los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida.
  • los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados.

 

DOCUMENTOS DE CONTROL_ RESOLUCIÓN 450

  • Registro de producto o
  • Registro sanitario

ENTIDAD: Antes: SESA; Actualidad: Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (Agrocalidad)

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

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CONCLUSIONES

 

     Las piretrinas son compuestos naturales que tienen propiedades de insecticidas y se encuentran en el extracto de piretro de ciertas flores de crisantemos, estas se usan a menudo en insecticidas para uso doméstico y en productos para controlar insectos en animales domésticos o en el ganado debido a su bajo nivel de toxicidad en animales de sangre caliente.

     La clasificación de insecticidas, fungicidas, herbicidas, reguladores y sus semejantes es amplia, debido a las diferencias en origen, componentes, sustancias, envases, pesos y demás aspectos que conforman parte del todo de cada producto para que el mismo actué de forma adecuada y cumpla con su función principal.  

 

RECOMENDACIONES

 

    Elegir bienes que constituyan beneficios ambientales y en lo posible, económicos en especial cuando se trata de productos cuyo uso es repetitivo y son reemplazados de forma continua en las diferentes etapas de la cadena de producción para llegar al mercado con un producto de calidad.

    Analizar las fichas técnicas de la mercancía objeto de importación la procedencia, composición, elementos, características generales, entre otros aspectos del mismo. Para de esta forma, entregar una correcta clasificación arancelaria y posterior pago de tributos, con lo cual aportamos a la facilitación del comercio exterior y sus diferentes etapas de control; además de no retrasar el proceso de importación.

 

FUENTES

Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Notas explicativas del Sistema Armonizado. Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

AUTORA

Velasco Caiza Yesenia

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INTRODUCCION.-

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DESARROLLO.- 

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 410

30.02 SANGRE HUMANA; SANGRE ANIMAL PREPARADA PARA USOS TERAPEUTICOS, PROFILACTICOS O DE DIAGNOSTICO; ANTISUEROS (SUEROS CON ANTICUERPOS), DEMAS FRACCIONES DE LA SANGRE Y PRODUCTOS INMUNOLOGICOS MODIFICADOS, INCLUSO OBTENIDOS POR PROCESO BIOTECNOLOGICO; VACUNAS, TOXINAS, CULTIVOS DE MICROORGANISMOS (EXCEPTO LAS LEVADURAS) Y PRODUCTOS  SIMILARES.

3002.10 – Antisueros (sueros con anticuerpos), demás fracciones de la sangre y productos inmunológicos modificados, incluso obtenidos por proceso biotecnológico.

3002.20 – Vacunas para uso en medicina.

3002.30 – Vacunas para uso en veterinaria.

3002.90 – Los demás.

Esta partida comprende:

.

.

D) Vacunas, toxinas, cultivos de microorganismos (excepto las levaduras) y productos similares.

Están comprendidos aquí:

1) Las vacunas. Son preparaciones de origen microbiano que contienen los virus o las bacterias emulsionadas en agua salada, en aceite (lipovacunas), etc.; estas preparaciones se han sometido generalmente a algunos tratamientos para hacerlas inofensivas conservando las propiedades inmunizantes.

Esta partida comprende también las mezclas constituidas por vacunas y toxoides, tales como la vacuna antidiftérica, antitetánica y antitosferina (trivalente).

2) Las toxinas (venenos), así como las anatoxinas, criptotoxinas y las antitoxinas.

3) Los cultivos de microorganismos (excepto las levaduras). Estos cultivos comprenden los fermentos, tales como los fermentos lácticos utilizados para la preparación de derivados de la leche (kefir, yogur, ácido láctico), los fermentos acéticos para la elaboración del vinagre y los hongos para la obtención de penicilina y de otros antibióticos, así como los cultivos de microorganismos para usos técnicos (por ejemplo, para favorecer el crecimiento de las plantas).

La leche o el lactosuero que contengan pequeñas cantidades de fermentos lácticos se  clasifican en el Capítulo 4.

4) Los virus humanos, animales o vegetales, así como los antivirus.

5) Los bacteriófagos.

Esta partida comprende también los reactivos de origen microbiano para diagnóstico, excepto los previstos en la Nota 4 d) del Capítulo, véase la partida 30.06. No comprende, sin embargo, las enzimas (cuajo, amilasas, etc.) incluso de origen microbiano (estreptoquinasa, estreptodornasa, etc.) (partida 35.07) ni los microorganismos monocelulares muertos (excepto las vacunas) (partida 21.02).

DOCUMENTOS DE CONTROL.- DISPOSITIVOS MÉDICOS DE NIVEL DE RIESGO III (PRUEBAS RÁPIDAS COVID-19 Y REACTIVOS PCR)

  • Registro sanitario emitido por el ARCSA
  • Otros documentos:

Certificado de cumplimiento por parte del fabricante, pudiendo ser alguna de las certificaciones indicadas a continuación:

  1. Certificado de cumplimiento de la Norma IEC aplicable.
  • Para productos importados:
  1.  Certificado de Libre Venta (CLV) o su equivalente, emitido por la Autoridad Competente.
  2. Autorización debidamente legalizada del titular del producto, en la cual se autorice al solicitante a obtener el Registro Sanitario en el Ecuador, en donde se exprese de forma clara las facultades que le otorga.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

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CONCLUSIONES

     La reciente pandemia provocada por el SARS-COV-2 causante del Covid-19, afecto a varias áreas productivas, económicas e industriales a nivel mundial, además obligo a las mismas a la creación, producción y comercialización en masa de insumos y reactivos médicos con el objetivo de enfrentar a la nueva enfermedad, entre estos se encuentran las pruebas rápidas para la detección de anticuerpos o antígenos en los pacientes, mismos que emiten indicadores de infecciones activas y su respectiva respuesta inmunitaria.

     

     Una vez determina la clasificación arancelaria de las pruebas rápidas, el comercio exterior presencio el alcance y crecimiento repentino en el nivel de importaciones correspondientes a la subpartida 3002.15 20.00 pues aquí se encuentran los productos inmunológicos dosificados o acondicionados para la venta al por menor con una tarifa arancelaria del 0% por la naturaleza de la misma.

 

RECOMENDACIONES

     Al adquirir las pruebas rápidas de detección de Covid-19 o acudir a un sistema medico a realizarse la misma, procurar que estas cumplan con los requisitos sanitarios emitidos por la autoridad de salud pública del Ecuador en conjunto con las instituciones de control, vigilancia y seguridad, con el objetivo de precautelar el bienestar de los ciudadanos además de la correcta aplicación de la prueba y emisión de resultados reales.

 

     Por lo que, lo ideal sería realizar la prueba rápida de detección de anticuerpos a partir de los primeros siete días de presentación de síntomas para disminuir la probabilidad de resultados falsos negativos.

 

FUENTES

Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Notas explicativas del Sistema Armonizado. Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Ministerio de Salud Pública. (2020). Protocolo de uso de Pruebas Rápidas para  Detección de Anticuerpos Contra Sars- Cov-2/Covid-19. Obtenido de: https://www.salud.gob.ec/wp-content/uploads/2020/04/Protocolo-de-uso-de-pruebas-r%C3%A1pidas-para-detecci%C3%B3n-de-anticuerpos-contra-Sars-Cov-2Covid-19_v2_20_04_2020.pdf

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

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Velasco Caiza Yesenia

 

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Introducción

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Desarrollo

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos son solo indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 526 -527

 

40.12 NEUMATICOS (LLANTAS NEUMATICAS) RECAUCHUTADOS O USADOS, DE CAUCHO; BANDAJES (LLANTAS MACIZAS O HUECAS), BANDAS DE RODADURA PARA NEUMATICOS (LLANTAS NEUMATICAS)   PROTECTORES (“FLAPS”), DE CAUCHO.

– Neumáticos (llantas neumáticas) recauchutados:

.

4012.12 – – De los tipos utilizados en autobuses o camiones.

Esta partida comprende los neumáticos (llantas neumáticas) de caucho recauchutados, así como los neumáticos (llantas neumáticas) de caucho usados,  que puedan todavía utilizarse como tales o recauchutarse.

Nota Explicativa de subpartidas

Subpartidas 4012.11, 4012.12, 4012.13, 4012.19 y 4012.20.

En el contexto de las subpartidas 4012.11, 4012.12, 4012.13 y 4012.19, la expresión “neumáticos (llantas neumáticas) recauchutados” comprende los neumáticos usados a los que se les ha sustituido la banda de rodadura por una nueva siguiendo alguno de los dos métodos siguientes: 1º) moldeando con caucho sin vulcanizar directamente la banda de rodadura sobre la carcasa del neumático (llanta neumática) o 2º) fijando una banda de rodadura vulcanizada a la carcasa del neumático (llanta neumática) mediante una banda de caucho vulcanizable. Estos pueden haber sufrido un recauchutado de la capa superior (reemplazo de la banda de rodadura), un recauchutado de la capa superior con sobreposición (reemplazo de la banda de rodadura con nuevo material que recubre parte del costado) o un recauchutado talón a talón (reemplazo de la banda de rodadura y renovación del costado que incluye toda o parte de la zona base del neumático (llanta neumática)).

DOCUMENTO DE CONTROL PREVIO - RESOLUCIÓN 450

  • Sin documento registrado en la Resolución 450.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

3HN3yhvhsomqtQcsqO33Zyc9O07a_PF_BXbxF-jRZTnHOIeMlF8wrj1CaOtNFVFIQZ-JIFmS0JWsH1a616uhOv3t-j-vbZN2TNFgkqz0bx7-2XjrBs7zGvavkekm225jYj0smkpaEhpFeBjsySi3kPJVLSN5z1kr9JTDsSHV37krowV3XYA-JJ3BPFfBXbOsUDaGjLN1dajaBp3Q8i8wlsqrtQ3Nrv7hRVIlnyeKqP3igUy7AVZiCnD67HUOp2ztwR90vcU2tj8c55eX3V-vazl-LYXzctKMJY76lxmC8VfX-sDxQ8zva2MIC5Z8ZPXJojcS_fUXPoe9EZuWSOx0d2apJshcBBEHQrMcIkdDHFZ9DCn1oZTy_0-MhQ8A8s2ctHnGhxVke1N6aXBfjpcGMtNLc3fzP7A5ZT8TewZYDnKdnVQfHR6D2wKa-iBABoOxS9QHb0MJ_07xcXPS50CCdU2swc8lvK8rdEuUgaxTa_fNAymwwoPFexX2OVttXzCpKpcYfJmgQ-KNwb73swKsb-vuSNoKfGuOGwzrnmbVXeu03PVmv31lonw2iEfEnTucYdxnH1oOLyEE3rLSZgeUCMeA3jRkha2gBuAYELNms7LiNgtNVAM1UzhHN8lYMosAGR3rwSPHkt9-RMPgHjCiBzRyGWJWem1Z5rYMoKLqfhIxX3W7qm5PqC7PnoucdQ=w696-h380-no?authuser=0&profile=RESIZE_710x

CONCLUSIONES

Los reencauchados representan casi la mitad de todos los neumáticos de reemplazo en el mercado de neumáticos para los camiones de las diferentes empresas de transporte en Norteamérica, uno de los más importantes de la región.

 

El comercio de neumáticos reencauchados ha ido en constante evolución y crecimiento en los últimos años, es por esto que en la actualidad es uno de los más asequibles y ecológicos por sus bajos precios y beneficios ambientales que ofrece.

 

La tarifa arancelaria que maneja este bien es de 1 + USD 0.63 por cada Kg, un costo relativamente cómodo, pues el pvp en el mercado considerando los costos que se incurren en el proceso de remanufactura e importación representan entre un 30 y 50 por ciento del precio de un neumático nuevo.

 

RECOMENDACIONES

Optar por bienes que constituyan beneficios ambientales, además de los económicos, sobre todo cuando se trata de productos cuyo uso es desgastante y son reemplazados de forma continua en las diferentes etapas de la cadena de suministro.

Al momento de clasificar en el arancel de importaciones considerar el estado del bien, el material del cual está constituido, su uso y demás consideraciones dentro de las notas explicativas.

 

FUENTES

Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Notas explicativas del Sistema Armonizado. Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

AUTORA

Velasco Caiza Yesenia

 

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Introducción

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Desarrollo

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos son solo indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 29

 

Nota Explicativa de ubpartida.

Subpartidas 0402.10, 0402.21 y 0402.29.-  Estas subpartidas no comprenden la leche y nata (crema) concentradas, presentadas en forma de pasta (subpartidas 0402.91 y 0402.99).

04.03 SUERO DE MANTEQUILLA, LECHE Y NATA (CREMA) CUAJADAS, YOGUR, KEFIR Y DEMAS LECHES Y NATAS (CREMAS), FERMENTADAS O ACIDIFICADAS, INCLUSO CONCENTRADOS, CON ADICION DE AZUCAR U OTRO EDULCORANTE, AROMATIZADOS O CON FRUTAS U OTROS FRUTOS O CACAO.

0403.10 – Yogur.

0403.90 – Los demás.

Esta partida comprende el suero de mantequilla, la leche y nata (crema) fermentadas o aciduladas de cualquier tipo, en especial la leche y nata (crema) cuajadas, el yogur y el kéfir. Los productos de esta partida se pueden presentar en estado líquido, pastoso o sólido (incluso congelados) y estar concentrados (por ejemplo: evaporados, en bloques, polvo o gránulos) o conservados.

DOCUMENTO DE CONTROL PREVIO – RESOLUCIÓN 450

  • Registro sanitario
  • Institución.- Ministerio de Salud Pública/ MAGAP
  • Observaciones.- Autorización previa del MAGAP, excepto para las importaciones provenientes de Países Miembros de la Comunidad Andina.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

9242389455?profile=original 

CONCLUSIONES

 

  • Es importante potenciar los sectores productivos del país, ya que el consumo de productos orgánicos ha ido en incremento en los últimos a nivel mundial. Ecuador al ser un país agricultor y encontrarse en una posición privilegiada, con 4 regiones naturales se le permite la producción de bienes de origen tanto animal como vegetal así como el procesamiento de sus derivados.
  • Desde hace algunos años, los mercados Asiáticos presentan una creciente tendencia a la urbanización, sumado al poder adquisitivo de la clase media y la compra e instalación de equipos de refrigeración en los hogares, factores que han aumentado el consumo de lácteos y sus derivados generando una tendencia por los alimentos saludables. Sin embargo las empresas locales no cuentan con la capacidad instalada para abastecer la fuerte demanda por estos productos, lo cual en términos generales, representa una oportunidad para los países de occidente.

 

RECOMENDACIÓN

  • Tener en cuenta las notas de sección, capitulo, notas explicativas y complementarias. Pues una transformación en la composición natural, estado o presentación de los productos puede ser objeto de cambio de partida arancelaria, lo que consecuentemente puede provocar una variación en la tarifa arancelaria del bien.

FUENTES

Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Notas explicativas del Sistema Armonizado. Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

SIPAE. (2007). Libre Comercio y Lácteos: La Producción de Leche en el Ecuador entre El Mercado Nacional y La Globalización. Obtenido de: https://biblio.flacsoandes.edu.ec/libros/digital/42275.pdf

 

AUTORA

Velasco Caiza Yesenia

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Introducción

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Desarrollo

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos son solo indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 31

CONSIDERACIONES GENERALES

Este Capítulo comprende un conjunto de materias de origen animal, en bruto o con una simple preparación, que generalmente no se destinan a la alimentación (con excepción de cierta sangre, y de las tripas, vejigas y estómagos de animales) ni están comprendidas en otros Capítulos de la Nomenclatura.

05.11 PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; ANIMALES MUERTOS DE LOS CAPITULOS 01 O 03, IMPROPIOS PARA LA ALIMENTACION HUMANA.

0511.91 – – Productos de pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos; animales muertos del Capítulo 03.

  1. Las huevas y lechas de pescado no comestible y en particular:

1°) Las huevas fecundadas vivas destinadas a la reproducción, que se reconocen por la presencia en su superficie de dos pequeñas manchas negruzcas que corresponden a los ojos del futuro alevín.

2°) Las huevas saladas de bacalao, caballa y similares, que constituyen la raba o cebo para la pesca. Se distinguen de los sucedáneos de caviar (partida 16.04) por su olor desagradable y por el hecho de presentarse en barricas.

Las huevas y lechas comestibles de pescado están comprendidas en el Capítulo 03.

DOCUMENTOS DE CONTROL PREVIO - RESOLUCIÓN 450

  • Permiso Ictiosanitario de Importación o Registro Sanitario Unificado
  • Institución.- Instituto Nacional de Pesca (INP)
  • Observaciones.- En forma documental al momento de la nacionalización conforme literal b) del Art. 1 de la Resolución 370.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

 9242382679?profile=original

CONCLUSIONES

 

  • La demanda de semilla de peces de buena calidad es particularmente grande en la industria moderna de cultivo intensivo y superintensivo. Por otro lado, el empleo de sistemas de policultivo ha hecho aumentar la demanda de semilla de peces de hábitos alimentarios diversos.
  • Al realizar el estudio de la ficha técnica de la mercadería objeto de importación (descripción, origen, características, entre otros) sus notas explicativas y su clasificación arancelaria a través de la Regla 1 la cual establece que los títulos de las secciones y capítulos son solo indicativo, se evitó determinar una Subpartida arancelaria errónea pues las huevas y lechas de pescado comestibles se encuentran en el Capítulo 03.

 

RECOMENDACIÓN

  • Considerar que dentro de la comercialización de huevas de pescado fecundadas y destinadas a la reproducción, el sistema logístico de transporte es primordial para asegurar su traslado de origen a destino en las mejores condiciones. Por esta razón, se debe realizar la búsqueda y contratación del vehículo adecuado para el traslado y en caso de ser necesario, del equipamiento requerido  para acondicionar la carga (tubos de oxígeno, difusores, manguera, acoples) además del control y prueba del equipamiento.

 

FUENTES

Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Notas explicativas del Sistema Armonizado. Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

FAO. Propagación Artificial De Peces De Aguas Templadas: Manual Para Extensionistas. Obtenido de:http://www.fao.org/3/AC908S/AC908S04.htm

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

 

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Introducción

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Desarrollo

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos son solo indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 174, 175, 222

 

CONSIDERACIONES GENERALES

Salvo disposiciones en contrario, el Capítulo 28 comprende los elementos químicos aislados y los compuestos de constitución química definida presentados aisladamente

.

  1. A) Elementos químicos y compuestos de constitución química definida

(Nota 1 del Capítulo)

Quedan comprendidos en el Capítulo 28 los elementos químicos aislados y los  compuestos de constitución química definida presentados aisladamente, aunque contengan impurezas y los mismos en disolución acuosa.

.

  1. B) Distinción entre los compuestos de los Capítulos 28 y 29

(Nota 2 del Capítulo)

Entre los compuestos que contienen carbono, sólo se clasifican en el Capítulo 28, y en las partidas que se indican, los siguientes:

Partida 28.36 – Carbonatos y peroxocarbonatos de bases inorgánicas

.

28.36 CARBONATOS; PEROXOCARBONATOS (PERCARBONATOS); CARBONATO DE AMONIO COMERCIAL QUE CONTENGA CARBAMATO DE AMONIO.

2836.40 – Carbonatos de potasio.

Esta partida comprende, salvo las exclusiones citadas en la introducción a este Subcapítulo:

Carbonatos de potasio.

  1. a) Carbonato de dipotasio o carbonato neutro (K2CO3). Se llama impropiamente carbonato de potasa o incluso potasa y no debe confundirse con el hidróxido de potasio (potasa cáustica) de la partida 28.15. Se obtiene a partir de cenizas de vegetales, de bagazo de remolacha o de suarda y sobre todo a partir el cloruro de potasio. Se presenta en masas blancas cristalinas, muy delicuescentes, solubles en agua. Este producto se utiliza en la industria del vidrio o de la cerámica, en la industria textil, para el decapado de pinturas, para la preparación de sales de potasio, de cianuros, de azul de Prusia, como desincrustante, etc

DOCUMENTO DE CONTROL PREVIO - RESOLUCIÓN 450

  • Permiso de importación
  • Institución.- CONSEP
  • Observaciones.- Solo bicarbonato de potasio y carbonato de potasio

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

 9242374290?profile=original

CONCLUSIONES

 

  • El carbonato de potasio o también llamado carbonato potásico, carbonato de potasa o carbonato de dipotasio tiene varios usos dentro de procesos industriales, fabricación de productos cerámicos, regulador de PH en industrias, incluso en cocina (en grado alimenticio); Por lo que, se consideraría como una oportunidad de negocio dentro de las industrias químicas y sus canales de distribución.
  • Al contar con una tarifa arancelaria del 0% y una unidad física representada en kilogramos, misma que facilita su transporte y distribución, se concluye que estos productos pertenecientes a la sección VI del arancel nacional constituyen una oportunidad para los procesos productivos y de transformación de varias industrias.

 

RECOMENDACIÓN

  • Realizar una investigación a fondo sobre la ficha técnica del producto objeto de clasificación con el fin de establecer su procedencia, naturaleza, composición, funcionalidad, entre otros aspectos nos ayuden a conceder una correcta partida y subpartida arancelaria que faciliten el proceso de comercialización de la mercancía.

 

FUENTES

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Notas explicativas del Sistema Armonizado. Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

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Pistolas-de-impacto.jpg?profile=RESIZE_710x

INTRODUCCIÓN

Las llaves de impacto o, dicho más apropiadamente, pistolas de impacto, tal como las conocemos actualmente. Una llave de impacto está diseñada para proporcionar un par de torsión (o torque) elevado a baja velocidad.

FUNCIONALIDAD:

Pistola de impacto para poner-quitar tuercas

BENEFICIOS:

Las tres más importantes son su elevada potencia en un tamaño y peso contenidos, su velocidad y sobre todo, su ausencia de reacción, esa fuerza que tiende a girar la máquina y la muñeca del operario, cuando la máquina entrega potencia.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos son solo indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 999

84.67 HERRAMIENTAS NEUMATICAS, HIDRAULICAS O CON MOTOR INCORPORADO, INCLUSO

ELECTRICO, DE USO MANUAL.

– Neumáticas:

8467.11 – – Rotativas (incluso de percusión).

.

.

Esta partida sólo comprende las herramientas con motor si son de uso manual. La expresión "de uso manual" se refiere a aquellas que han sido concebidas para utilizarse a pulso, así como a aquellas otras más pesadas (como las compactadoras) que son portátiles, es decir, que pueden levantarse y moverse a mano por el usuario, en particular durante el trabajo, y además están concebidas para ser controladas y dirigidas a mano durante la utilización.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

9242361081?profile=original

CONCLUSIONES

  • La pistola de impacto es una herramienta con una larga tradición en sectores tan diversos como el industrial, el petrolífero, el marino o la construcción.
  • La baja tarifa arancelaria que tiene impuesta la pistola de impacto representa una oportunidad para todos estos sectores, en especial para la construcción pues al encontrarse el Ecuador en vías de desarrollo y mejoramiento continuo es común localizar varias construcciones ya sea de carreteras, puentes, departamentos o estructuras públicas en beneficio del pueblo ecuatoriano.

RECOMENDACIÓN

  • Realizar un investigación a fondo sobre el producto objeto de clasificación, realizar pruebas, examinar fichas técnicas y recurrir a expertos en caso de ser necesario, con el fin de establecer su naturaleza, composición, funcionalidad, transformaciones entre otros aspectos que nos ayuden a establecer una correcta partida y subpartida arancelaria y de esta forma aplicar las  tarifas arancelarias correctas.
  • Se debe tener en cuenta al clasificar que los títulos de las secciones y capítulos son solo indicativos, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y de esta manera clasificarlos en la partida correcta para evitar problemas.

 

FUENTES

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

Comunidad Andina. Notas explicativas del Sistema Armonizado. (25 de Julio de 2007). Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Peral, M. (2018). Epidor Technical Distribution. Obtenido de: https://epidor.com/blog/la-pistola-de-impacto-una-de-las-herramientas-mas-versatiles/

 

AUTORA

Velasco Caiza Yesenia

  

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INTRODUCCIÓN

Es una celda galvánica primaria (desechable o no recargable) que tiene el ánodo de metal de litio o compuestos litio. Se distingue de otras baterías en su alta densidad de carga (larga vida) y el alto costo por unidad.

CARACTERÍSTICAS GENERALES

  • Produce voltajes de 1,5 V a aproximadamente 3,7 V.
  • Causa lesiones si se sumerge en agua y tiene contacto con la piel
  • Ofrecen mayor densidad energética

TIPOS DE BATERÍAS DE LITIO:

  • Baterías de óxido de cobalto/litio
  • Baterías de litio/óxido de magneso
  • Baterías de litio/fosfato de hierro

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos son solo indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 1029- 1036

CONSIDERACIONES GENERALES A. - ALCANCE GENERAL Y ESTRUCTURA DEL CAPITULO

Este Capítulo (XVI) comprende el conjunto de máquinas y aparatos eléctricos, así como sus partes.

PARTES

Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las

Consideraciones Generales de la Sección XVI), están igualmente comprendidas aquí las partes de los artículos de la presente partida.

 

85.06 PILAS Y BATERIAS DE PILAS, ELECTRICAS

.

.

.

8506.50 – De litio

Constan en principio de un recipiente que contiene un electrólito alcalino o no alcalino (por ejemplo: hidróxido de potasio o de sodio, cloruro de amonio o una mezcla de cloruro de litio, de cloruro de amonio, de cloruro de zinc y de agua) en el que se sumergen dos electrodos. El ánodo está generalmente constituido por zinc, magnesio o litio y el cátodo (electrodo  espolarizante) está compuesto, por ejemplo, por dióxido de manganeso (mezclado con carbón en polvo), óxido de mercurio u óxido de plata. En las pilas de litio el ánodo es de litio y el cátodo es, por ejemplo, de cloruro de tionilo, de dióxido de azufre, de dióxido de manganeso o de sulfuro de hierro.

 

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

9242345659?profile=original

CONCLUSIONES

  • Las baterías de litio, se caracterizan por cargarse más rápido, durar más, contar con una mayor vida útil y ofrecer más densidad energética, por lo que en menos espacio se puede obtener mayor autonomía y sacarle más partido a las baterías de litio.
  • El litio (Li) es un metal alcalino blando, inflamable, blanco plateado, dúctil y muy poco pesado que se distingue por corroerse con rapidez cuando entra en contacto con el aire y no existe en estado libre en la naturaleza aunque sí se encuentra presente en varios compuestos como en la corteza terrestre.

 

RECOMENDACIÓN

  • Se debe tener en cuenta al clasificar que los títulos de las secciones y capítulos son solo indicativos, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y de esta manera clasificarlos en la partida correcta para evitar problemas.

 

FUENTES

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

Comunidad Andina. Notas explicativas del Sistema Armonizado. (25 de Julio de 2007). Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Autosolar. (2020). Obtenido de: https://autosolar.es/blog/aspectos-tecnicos/que-es-el-litio-que-es-una-bateria-de-litio

 

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Velasco Caiza Yesenia

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INTRODUCCIÓN

El carbón vegetal es un material combustible sólido, frágil y poroso con un alto contenido en carbono. Se produce por calentamiento de madera y residuos vegetales, hasta temperaturas que oscilan entre 400 y 700 °C, en ausencia de aire

CARACTERÍSTICAS GENERALES

  • Color negro o pardo oscuro

APLICACIONES

  • Como combustible doméstico e industrial.
  • Como reductor en la siderurgia.
  • Como combustible en las centrales térmicas.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Valor indicativo de títulos de sección, capítulo y subcapítulo determinado legalmente por los textos de partidas y sus respectivas notas de sección o de capitulo.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 543

 

El carbón vegetal procede de la carbonización de la madera en ausencia de aire. Puede presentarse en forma de bloques, cilindros, gránulos, polvo o aglomerado en briquetas, pastillas, bolas, etc., con alquitrán u otras sustancias. A diferencia del carbón animal y mineral, el carbón vegetal es más ligero que el agua y la textura de la madera es siempre visible cuando se presenta en trozos. Se clasifica también en esta partida un producto análogo al carbón de madera, que se obtiene por carbonización de cáscaras de nuez de coco o productos similares.

 

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

9242340473?profile=original

CONCLUSIONES

  • El carbón es un combustible fósil, resultado final de una serie de transformaciones sobre restos vegetales acumulados en lugares pantanosos, lagunas y deltas fluviales, principalmente durante el período carbonífero de la Era primaria.
  • Existen cuatro tipos de carbones diferentes, debido a las distintas clases de vegetal del que proceden y sobre todo a la duración y condiciones naturales como la presión y temperatura del proceso de carbonización; estos son: antracita, hulla, lignito, turba.
  • La exportación principalmente, es poco significativa. Los desperdicios de madera han sido vendidos al exterior, sin superar en ningún año las 20 toneladas. El carbón vegetal se inició a exportar hace poco, y aunque en su segundo año fue exportado una cifra 25 veces superior a la inicialmente exportada, el volumen comercializado es poco más que 400 toneladas.

RECOMENDACIÓN

  • Antes de realizar una clasificación arancelaria en el Sistema Armonizado se debe determinar el concepto, características, aplicaciones y usos de la mercancía objeto de importación. Con el objetivo de otorgarle la Subpartida correspondiente y calcular los tributos que serán liquidados una vez la Aduana dé el visto bueno al proceso de importación del OCE.

FUENTES

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

Comunidad Andina. Notas explicativas del Sistema Armonizado. (25 de Julio de 2007). Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Meza J. (2000). Estado actual de la información sobre madera para energía. Obtenido de: http://www.fao.org/3/AD394S/AD394s07.htm

 

AUTORA

Velasco Caiza Yesenia

 

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INTRODUCCIÓN

 Es un líquido combustible incoloro con un bajo nivel de toxicidad y un olor suave. Es totalmente soluble en agua y miscible con muchos solventes orgánicos, y tiene buena solvencia para un gran número de sustancias.

ESTRUCTURA

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CARACTERÍSTICAS GENERALES

  • Solvente volátil

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Valor indicativo de títulos de sección, capítulo y subcapítulo determinado legalmente por los textos de partidas y sus respectivas notas de sección o de capitulo.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 275

 

SUBCAPITULO IV

ETERES, PEROXIDOS DE ALCOHOLES, PEROXIDOS DE ETERES, PEROXIDOS DE CETONAS, EPOXIDOS CON TRES ATOMOS EN EL CICLO, ACETALES Y SEMIACETALES, Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS 29.09 ETERES, TERES-ALCOHOLES, ETERES-FENOLES, ETERES-ALCOHOLES-FENOLES, PEROXIDOS DE ALCOHOLES, PEROXIDOS DE ETERES, PEROXIDOS DE CETONAS (AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA), Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.

 

A.– ETERES

Por eteres se entenderá los compuestos que pueden considerarse como alcoholes o fenoles en los que el átomo de hidrógeno del grupo hidroxilo se ha sustituido por un radical hidrocarbonado (alquílico o arílico); se pueden representar por la fórmula esquemática siguiente: (R-O-R'), en la que R y R' pueden ser idénticos o diferentes.

Estos compuestos son sustancias neutras y muy estables.

 Si los radicales pertenecen a la serie acíclica se obtiene los eteres acíclicos; si pertenecen a la serie cíclica, se obtienen los ésteres cíclicos, etc.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

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CONCLUSIONES

  • Forma parte de la sección VI, Productos Químicos orgánicos, éteres, se emplea principalmente como disolvente de la cola de fotograbado con base de aceite y tinta de impresión flexográfica.
  • El DPM puede utilizarse como agente de limpieza para uso doméstico e industrial, removedor de grasa, pintura y el agente de acoplamiento y solvente superficial del metal.

 

RECOMENDACIÓN

  • Estudiar las fichas técnicas de la mercancía objeto de importación, su procedencia, composición, características generales, entre otros aspectos. Con el fin de otorgar una correcta clasificación arancelaria y posterior pago de tributos, con lo cual aportamos a la facilitación de comercio exterior y sus diferentes etapas de control.

FUENTES

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

Comunidad Andina. Notas explicativas del Sistema Armonizado. (25 de Julio de 2007). Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

Haofei Chemical. Éter monometílico de dipropilenglicol glicol (DPM). (28 de Junio de 2018). Obtenido de: http://m.haofeichemical.com/info/dipropylene-glycol-monomethyl-ether-dpm-28575639.html

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Velasco Caiza Yesenia

 

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¿Cuál es la partida arancelaria del Gas Flúor?

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INTRODUCCIÓN

 

Es una forma Microcristalina en que se encuentra el carbón naturalmente en depósitos en la tierra.  Su peculiaridad es que no funde en condiciones normales (presión  atmosférica), sublimando a temperaturas del orden de 3.725 °C, por lo que es extremadamente refractario.

 

CARACTERÍSTICAS GENERALES

  • Gas corrosivo de alta electronegatividad
  • Alta reactividad
  • Tonalidad amarillenta

 

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Valor indicativo de títulos de sección, capítulo y subcapítulo determinado legalmente por los textos de partidas y sus respectivas notas de sección o de capitulo.

 

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. 180

 Capitulo 28 

28.01 FLUOR, CLORO, BROMO Y YODO.

2801.10 – Cloro.

2801.20 – Yodo.

2801.30 – Flúor; bromo.

Excepto el astato (partida 28.44), esta partida comprende los elementos no metálicos que se designan con el nombre de halógenos.

1.– FLUOR

El flúor es un gas ligeramente coloreado de amarillo verdoso, de olor picante, peligroso al respirarlo porque irrita las mucosas y es corrosivo. Se presenta comprimido en recipientes de acero. Es un elemento muy activo que inflama las materias orgánicas, especialmente la madera, la grasa y los textiles. Se utiliza para la preparación de algunos fluoruros y derivados fluorados orgánicos.

 

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

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CONCLUSIONES

  • El principal uso del gas flúor es dentro de la odontología cosmética para emplearlo en tratamientos como blanqueamiento dental, adhesión dental, carillas, implantes, ortodoncia entre otros.
  • Se encuentra dentro de la sección VI Productos de las industrias químicas y su tarifa arancelaria es del 0%, lo que facilita su importación hacia el país, se impulsa su comercialización y reduce los costos de los diferentes tratamientos dentales.

 

RECOMENDACIÓN

  • Dentro de las notas explicativas del sistema armonizado de clasificación arancelaria encontramos consideraciones generales correspondientes al subcapítulo 1 de elementos químicos, aquí se explica su denominación, propiedades, clasificación y excepciones; por lo que se recomienda el estudio previo a la determinación arancelaria.

 

FUENTES

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: http://www.impoex.ec/images/easyblog_articles/57/Resolucin-No.-020-2017.pdf

Comunidad Andina. Notas explicativas del Sistema Armonizado. (25 de Julio de 2007). Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

 

AUTORA:

Velasco Caiza Yesenia

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INTRODUCCION

El white spirit, también denominado gasolina blanca, aguarrás mineral, mineral spirits, esencias minerales, trementina mineral o solvente Stoddard, es un disolvente extraído del petróleo, incoloro o muy levemente amarillento. Es útil para la reducción de barnices y tintes alquídicos y poliuretanos de un componente.

 

CARACTERISTICAS GENERALES

  • Olor a queroseno
  • Muy poco soluble en agua
  • Rango de ebullición de entre 130 y 231

 

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (R.G.I.)

Regla 1.- Valor indicativo de títulos de sección, capítulo y subcapítulo determinado legalmente por los textos de partidas y sus respectivas notas de sección o de capitulo.

DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. (166)

La primera parte de esta partida comprende aquellos productos que han sufrido un tratamiento distinto de los mencionados en la Nota Explicativa de la partida 27.09.

Esta partida comprende:

  1. El aceite de petróleo o de mineral bituminoso del que se han eliminado algunas fracciones ligeras por una primera destilación más o menos avanzada (topping), así como los aceites ligeros, medios o pesados, que procedan de la destilación de fracciones más o menos amplias o del refinado de aceites brutos de petróleo o de mineral bituminoso. Estos aceites, más o menos líquidos o semisólidos, según los casos, están constituidos principalmente por hidrocarburos no aromáticos, tales como los parafínicos o ciclánicos (nafténicos). Entre los que proceden de la destilación fraccionada, se pueden citar: 1) Los eteres de petróleo y la gasolina. 2) El white spirit. 3) El petróleo lampante (queroseno). Entre otros.

 

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

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CONCLUSIONES

  • Gracias a la correcta determinación arancelaria sabemos que el White spirit (gasolina blanca/ espíritu de petróleo) mantiene una tarifa arancelaria del 0% por lo que se entiende que se facilita su importación hacia nuestro país.
  • Un mineral es una sustancia sólida inorgánica, formada por uno o más elementos químicos definidos que se organizan en una estructura interna. Dentro de este capítulo no se consideran los aceites crudos, preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte.

 

RECOMENDACIONES

  • Primero se debe realizar un investigación a fondo sobre el producto objeto de clasificación, realizar pruebas, examinar fichas técnicas y recurrir a expertos en caso de ser necesario, esto con el fin de establecer su naturaleza, composición, funcionalidad, transformaciones entre otros aspectos que nos puedan ayudar a establecer una correcta partida arancelaria y de esta forma las tarifas de importación correspondientes que contribuyen a la facilitación del comercio exterior.
  • Tener en cuenta las notas de sección, capitulo, explicativas y Pues una transformación en la composición natural de los productos minerales puede ser objeto de cambio de partida arancelaria.

FUENTES

Resolución No. 020-2017. Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. Obtenido de: https://www.aduana.gob.ec/sexta-enmienda/

Comunidad Andina. Notas explicativas del Sistema Armonizado. (25 de Julio de 2007). Obtenido de: http://appm.aduana.gob.sv/sacelectronico/NOTAS%20EXPLICATIVAS.pdf

AUTORA:

Velasco Caiza Yesenia

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Introducción.-

El sistema armonizado de designación y codificación de mercancías es la nomenclatura polivalente que se conforma de 6 dígitos y se utiliza para bienes o mercancías objeto de importación, de esta forma se satisface las necesidades de la autoridad aduanera, políticas comerciales y estadísticas.  

Desarrollo.-

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Conclusión: 

En caso de no tener el conocimiento pertinente sobre alguna mercancía peligrosa objeto de importación, es importante recurrir a especialistas, análisis de laboratorio, registro internacional de sustancias químicas o normativas internacionales con tal de designar la clasificación arancelaria correspondiente y que de esta forma se otorgue el tratamiento adecuado en el trasporte y manipulación de dicho bien, con lo que se puede evitar posibles daños físicos y ecológicos.

Recomendación:

Se recomienda que los operadores de comercio exterior designados para realizar la clasificación de las mercancías se nutran de toda la información y conocimiento existente de la misma con el fin de denominar la partida arancelaria correspondiente y de esta forma realizar una operación comercial en optimas condiciones, facilitando el control aduanero además del transporte y manipulación de cargas.  

Fuente:

Ibercondor transportes internacionales y aduana. Recuperado de: https://ibercondor.com/blog/clasificacion-arancelaria-de-los-produc...

Autora:

Velasco Caiza Yesenia 

 

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Sistema de fiscalización aduanero

Introducción.- 

El "Sistema de Fiscalización Aduanero" es aquel que tiene como función básica controlar que las operaciones de comercio exterior cumplan todas las disposiciones legales vigentes, cuya  responsabilidad haya sido encomendada por ley al Sistema Nacional de Aduana del Ecuador y asegurar que los agentes facilitadores que se encuentran bajo su control administrativo desarrollen sus operaciones con total apego a las normas y reglamentos que los rigen, y de esta forma den cumplimiento a las obligaciones tributarias aduaneras y obligación formales correspondientes.

Desarrollo.- 

Dentro de la finalidad del sistema de fiscalización encontramos:

  • Evitar la evasión tributaria aduanera debido a una mala clasificación o subvaloración de las mercancías.
  • Evitar contrabando de mercancías bajo regulación o prohibición. En operativos conjuntos con la Unidad de Vigilancia Aduanera (UVA). Unidad administrativa del SENAE que trabaja en la ejecución de operaciones relacionadas con la prevención del delito aduanero y de su investigación en el territorio nacional, como apoyo a la Fiscalía General del Estado.
  • Evitar las prácticas desleales de comercio.
  • Colaborar en la protección del patrimonio cultural, especies en peligro de extinción y substancias que afecten el medio ambiente, en coordinación con los organismos competentes.
  • Asegurar el correcto cumplimiento de los Acuerdos Comerciales en el ámbito aduanero.
  • Asegurar el correcto cumplimiento de la Normativa que regula la actuación administrativa de los agentes facilitadores que están bajo la jurisdicción disciplinaria del Servicio.
  • Colaborar en la lucha contra el narcotráfico, en coordinación con los organismos competentes.

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Conclusión.-

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador aplicara el control aduanero a través del análisis, investigación, fiscalización y supervisión de mercancías objeto de importación y exportación al territorio nacional además de su almacenamiento, traslado y permanencia en las zonas especiales de desarrollo económico. De esta forma se espera garantizar el cumplimiento de lo establecido en el Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones (COPCI) en la parte logística, documental y por los operadores de comercio exterior. 

Recomendación.-

Actuar bajo el principio de buena fe y evitar las practicas desleales de comercio pues el SENAE en conjunto con otras entidades de servicio publico como el Servicio de Rentas Internas y la Fiscalía General del Estado se encargaran del control anterior, concurrente y posterior en conformidad con la normativa internacional y en cumplimiento del COPCI de toda aquella mercancía objeto de importación y exportación, dando lugar, en caso de ser necesario, a las sanciones correspondientes.

Fuente.-

Recuperado 03 de Diciembre del 2020, de: https://www.aduana.gob.ec/quienes-somos-uva/

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador: Sistema de Perfiles de Riesgo. 

Autora.-

Velasco Caiza Yesenia

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Introducción:
La presente pandemia provocada por un Coronavirus ha afectado en gran medida a los principales sectores productivos del país y del mundo, es así que a principios de año se realizaron varias acciones a nivel global, como el cierre de fronteras, despido de empleados y la sobreoferta de productos. Basados en esto y como medida para contrarrestar sus efectos y garantizar el comercio internacional el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador adoptó varias medidas que serán aplicadas durante el presente estado de emergencia para facilitar las operaciones comerciales y su proceso documental.

Desarrollo:


1. El SENAE está operando con normalidad

  • Tanto para importación como para exportación, bajo la modalidad 100% en línea, a través de las siguientes vías:
    • Plataforma tecnológica Ecuapass (ecuapass.aduana.gob.ec)
    • 1800-ADUANA (238262)
    • Correo electrónico: mesadeservicios@aduana.gob.ec
    Está suspendida la atención al usuario en forma presencial.

2. En cuanto a aforo físico
• Para inspecciones físicas de perecibles en zonas primarias y para carga perecible con canal de control aforo físico, se implementa un plan de excepcionalidad, mediante el cual el importador y/o su agente de aduana, al recibir un mail directo del Director Distrital de la zona, suscribirá un anexo que permite realizar el aforo físico sin su presencia.
• Para carga considerada como de necesidad nacional y que tenga canal de aforo físico, se aplicará esta misma fórmula. En cuanto al resto de carga, estará en espera de la reanudación del servicio de Atención al Usuario. Estas cargas tendrán prioridad de inspección en dicho momento.


3. Para cargas con salida autorizada
Pueden salir, tal como lo plantea el Acuerdo No. 011-2020 del Ministro de Transporte y Obras Públicas, que en el artículo 3 señala: (…) “se incluyen en esta disposición a los vehículos que transporten productos desde los puertos hacia las bodegas de destino final”.

4. Garantizas físicas
• Mediante Resolución SENAE-SENAE-2020-0017-RE de 17 de marzo de 2020, en el artículo 3, se señala que usted podrá presentar su garantía por correo electrónico a la mesa de servicio del SENAE, en la dirección electrónica mesadeservicios@aduana.gob.ec, con el asunto “Garantías Aduaneras”. La entrega física de las referidas garantías deberá ser realizada entre los días 6 y 10 de abril de 2020.
• Hemos mantenido el día de hoy conversaciones con las aseguradoras que agrupan más del 80% de las garantías que se presentan a SENAE, las mismas que tienen todos los medios para otorgar garantías vía teletrabajo y nos enviarán la confirmación electrónica de las garantías que se otorguen a favor del SENAE.

5. Exportaciones
Las exportaciones son prioridad del SENAE y están siendo atendidas en su totalidad.

6. Facilidades de las navieras:
El SENAE ha mantenido conversaciones con navieras para trasladar la preocupación de nuestros usuarios. Si bien las navieras son parte del sector privado, existe apertura de un buen número de éstas, para flexibilizar y facilitar procesos, como: permitir documentos escaneados, autorización de salidas electrónicas vía correo, impresión de BL en las oficinas del cliente, pagos mediante transferencia y liberación de carga solo con comprobante de transferencia.
Seguiremos informando al respecto.

7. Reclamos administrativos, pruebas dentro del proceso sancionatorio
Mediante Resolución SENAE-SENAE-2020-0017-RE se suspendió desde el 17 de marzo hasta el 3 de abril de 2020 inclusive, el decurso de los siguientes términos o plazos:

• Los de presentación de impugnaciones y recursos administrativos por parte del operador de comercio.
• Los de abandono tácito y/o definitivo de mercancías.
• Los de caducidad y prescripción de todo tipo de acciones administrativas que sean competencia de SENAE.
• Los de todos los procedimientos administrativos, incluido los sancionatorios, que tengan a su cargo el SENAE.
• Los de autorización o prórroga de un régimen aduanero, en los casos que se encuentren vigentes a la fecha de la suscripción de la presente resolución.
En cuanto a las pruebas dentro de reclamos administrativos, mediante Resolución SENAE-SENAE-2020-0016-RE se suspendió del 17 al 31 de marzode 2020 inclusive, todos los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios sustanciados por el SENAE y los plazos de prescripción de las acciones de cobro desde el día 17 hasta el 31 de marzo, inclusive.

8. Solicitud de donación
Toda solicitud, de todo tipo (donación, facilidades de pago, devolución de garantías, inspecciones de transferencias de dominio de vehículos, levantamiento de medidas cautelares, prórrogas, levantamiento de abandono, entre otras), distintas a las que deben realizarse por la plataforma ECUAPASS, se deberá remitir al correo electrónico mesadeservicios@aduana.gob.ec, con el asunto: “Solicitud otros”.

9. Documentos de control previo físicos
Los Documentos de Control que no se encuentren disponibles en la Ventanilla Única Ecuatoriana se deberán remitir al correo electrónico mesadeservicios@aduana.gob.ec, con el asunto “DCP”. Los documentos para control previo deberán presentarse en físico entre los días 6 y 10 de abril de 2020.

10. Nacionalización de carga ingresada al país a un régimen precedente
Se puede realizar, todos los trámites de importación están habilitados

11. Acceder a Despacho Garantizado por poca liquidez 
El Despacho con pago garantizado permite al importador obtener el levante de las mercancías y cancelar los tributos cinco días después.
Los requisitos según el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) son:
a) Estar registrado como Importador en el Ecuapass.
b) Ser Contribuyente Especial según SRI
c) Registrar importaciones a consumo con valor promedio anual de mercancías de los últimos 3 años de 500.000 dólares.
La solicitud se presenta por el correo mesadeservicios@aduana.gob.ec y, si es aprobada, debe constituir la garantía por el 120% de los tributos que proyectan liquidar mensualmente.

Conclusión:
Las medidas adoptadas por la Aduana se realizan con el fin de que las exportaciones (su objetivo fundamental) no se vean muy afectadas por la pandemia del Covid-19, además de facilitar el proceso documental de las importaciones. De esta manera se espera dinamizar el comercio internacional, garantizar el trabajo y sostener la economía.

Recomendación:
Se recomienda que los Operadores de Comercio Exterior se mantengan al tanto de los boletines, información y resoluciones emitidas por el SENAE, de esta forma se garantiza que tanto las exportaciones como importaciones a nuestro país se realicen de forma rápida y segura.

Fuente:
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador: Boletines. Dirección General. https://www.aduana.gob.ec/boletines/senae-al-dia/

Autor:
Velasco Caiza Yesenia
 

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Introducción:
El comercio internacional es un motor fundamental para la prosperidad económica. El sistema de comercio mundial puede ser utilizado con fines terroristas, que provocarían graves trastornos a toda la economía mundial. Las Administraciones Aduaneras, en su calidad de organismos gubernamentales encargados de controlar y administrar el movimiento internacional de mercaderías, pueden ofrecer más seguridad a la cadena logística mundial y pueden ayudar a lograr el desarrollo socio-económico a través de la recaudación impositiva y de la facilitación del comercio.
Con el objetivo de fortalecer y mejorar los programas y prácticas existentes, los Miembros de la OMA han desarrollaron un sistema para mejorar la seguridad y la facilitación del comercio internacional. Se trata del Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Mundial (en adelante El Marco SAFE). El cual establece principios y normas y para que los Miembros de la OMA los adopten como fundamentos básicos

Desarrollo:
El marco SAFE descansa en dos pilares fundamentales: acuerdos entre las redes de las administraciones aduaneras y asociaciones entre las Aduanas y las empresas. Además, está complementada por programas de construcción de capacidad, por ejemplo, el llamado Programa Columbus.

Los elementos centrales del Marco SAFE son:
• Gestión de la cadena logística
• Aplicación de tecnología moderna en los equipos de inspección
• Armonización de información anticipada sobre la carga
• Establecimiento de una estrategia de administración de riesgos
• Envío de reconocimientos aduaneros sobre contenedores de alto riesgo a las autoridades aduaneras de un país
• Programa de beneficios a comerciantes cumplidos

El Marco de Estándares SAFE es un conjunto de recomendaciones para las organizaciones aduaneras, que incluye aspectos como:

• Procedimientos de control aduanero integrado para la Administración de la Cadena de Suministro Integrada
• Autoridad para inspeccionar cargamentos con el uso de tecnología moderna.
• Sistema de administración de riesgos para identificar envíos de alto riesgo potencial
• Identificación de carga y contenedores de alto riesgo.
• Envíos anticipados de información electrónica sobre la carga y los contenedores
• Identificación y revisión conjunta.

En muchos países se han introducido medidas nacionales basadas en el marco SAFE, y se trabaja conjuntamente a través del reconocimiento mutuo de sus programas respectivos. Un ejemplo del mismo es el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, que lanzó un programa voluntario y gratuito en el cual el Operador de Comercio Exterior (OCE) cumple con normas de seguridad en la cadena logística establecidas por el Marco de Estándares para Asegurar y Facilitar el Comercio (SAFE) de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y que le permitirá obtener beneficios por parte de la Administración Aduanera y otras entidades del estado. Basados en esto, se le otorga una calificación que tiene una vigencia de 3 años y podrá ser renovada por un periodo igual de acuerdo a lo establecido en el Art. 268.- Calificación y Evaluación, del REGLAMENTO AL TÍTULO DE LA FACILITACIÓN ADUANERA PARA EL COMERCIO, DEL LIBRO V DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES.

CONCLUSIÓN:
Se concluye que El Marco SAFE además consta de cuatro elementos. Primero, el Marco armoniza los requisitos de la información electrónica avanzada sobre los envíos destinados al interior, al exterior o que están en tránsito. Segundo, cada país que adopte el Marco SAFE se compromete a aplicar un enfoque de análisis de riesgo para resolver las amenazas de la seguridad. Tercero, estipula que, a pedido del país de destino, la Administración Aduanera del país de despacho realizará una inspección de los contenedores y de la carga de alto riesgo con destino al exterior. Cuarto, el Marco SAFE define los beneficios que las Aduanas ofrecerán a las empresas que cumplan con las normas de seguridad de la cadena logística y que apliquen las mejores prácticas.

RECOMENDACIÓN:
La OMA debe capacitar e informar a sus países miembros sobre las actualizaciones, cambios y modificaciones que se realicen respecto a la aplicación del Marco SAFE y su alcance para con las aduanas, empresas y organismos institucionales, de esta manera se garantiza la facilitación del comercio internacional y por ende el dinamismo de la economía mundial.

FUENTE:
Organización Mundial de las Aduanas. Marco normativo SAFE de la OMA. https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=ht...

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Operador económico autorizado. https://www.aduana.gob.ec/oea/

AUTOR:
Velasco Caiza Yesenia

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