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VUE – PROCESOS: APROBACIÓN

La implementación de la Ventanilla Única Ecuatoriana brinda beneficios al gobierno y al sector privado, con la búsqueda continua de mejorar la eficiencia y efectividad en tiempo, costos y uso de recursos.  Al ser una herramienta con desarrollo tecnológico, tiene un monitoreo continuo por parte de las entidades públicas responsables. Además, permite el proceso de obtención de documentos vinculados a una importación o exportación, documentos que deben ser sometidos a un proceso de aprobación.

El orden de flujo de aprobación puede cambiar de acuerdo con la necesidad del Negocio, especialmente porque las entidades influyen en los lapsos de espera, sin embargo, el proceso común, es el siguiente:

  1. Envío
  2. Pago confirmado
  3. Pago autorizado
  4. Subsanación requerida
  5. Subsanación realizada
  6. Aprobación

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La solicitud es enviada por parte del solicitante a la entidad, también se anexa el pago autorizado perteneciente al trámite. El pago es confirmado, por consiguiente, la solicitud es sometida a una subsanación requerida, y una vez aprobada pasa a ser realizada. Como último paso se aprueba la solicitud pertinente.

 

CONCLUSIÓN

La Coordinación de la Ventanilla Única Ecuatoriana se complementa con el Plan de simplificación de trámite de Gobierno además está sometido  con continuidad a la reingeniería de procesos a las entidades; para facilitar a mayor profundidad los procesos pertinentes en la misma.

 

Portal Único de trámites Ciudadanos (2020). Emisión de Certificados. Obtenido de: https://www.gob.ec/mpceip/tramites/emision-certificados-origen-productos-originarios-ecuador-exportacion.

ALADI(2018). Ecuador y los Antecedentes de la VUE. Obtenido de:  http://www2.aladi.org/sitioAladi/reuniones/AcuerdoSobreFacilitacion/Ecuador_Antecedentes%20de%20la%20VUE.pdf

Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (2020) Manual de Usuario  en Ventanilla Única Ecuatoriana. Obtenido de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2020/10/MANUAL-PARA-LA-EMISION-CERTIFICADO-DE-DECLARACI%C3%93N-DE-PESCA-IMPORTADA-SIN-PROCESAMIENTO.pdf

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VUE PARA OBTENER ORDEN DE PAGO

La institución envía la información de la orden de pago y puede ser consultada al registrar los siguientes datos:

  • Número de identificación de solicitante.
  • Estado de procesamiento (Estado de liquidación de la tasa).
  • Institución.
  • Número de solicitud.  
  • Número de orden de pago de institución.
  • Fecha de recaudación

EJEMPLO:

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El pago puede realizarse en varias formas:


  1. Depósito en efectivo

El solicitante se dirige al banco con la orden de pago y cancele la tasa correspondiente. Presente en la ventanilla de recaudación de la institución la papeleta de depósito original junto con la orden de pago.


  1. Transferencias bancarias
  • Directa: Transcurrido el tiempo mínimo de dos horas, envíe el comprobante de transferencia junto con la orden de pago al correo institucional fac_transferenciasrp@produccion.gob con el asunto de: Facturación por transferencia electrónica.
  • Interbancaria: Incluir en el pago de la tasa el costo de la comisión por transferencia interbancaria.  Transcurrido el tiempo mínimo de 24 horas, envíe el comprobante de transferencia junto con la orden de pago al correo institucional fac_transferenciasrp@produccion.gob con el asunto de: Facturación por transferencia electrónica.

CONCLUSIÓN 

El desarrollo tecnológico y su implementación en los procesos de comercio Exterior, facilita el trámite y reduce costos ya sea, para realizar un pago u obtener la orden de pago.

 

Fuente

https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2020/10/MANUAL-PARA-LA-EMISION-CERTIFICADO-DE-DECLARACI%25C3%2593N-DE-PESCA-IMPORTADA-SIN-PROCESAMIENTO.pdf&ved=2ahUKEwiMudK27-3xAhW3GVkFHYAnB3oQFjASegQIFRAC&usg=AOvVaw3O1f4N_1As5KVbK7g6apzP

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La Solicitud de Registro para Exportación de Productos Agropecuarios Estratégicos es un trámite realizado a través del Ministerio de Agricultura y Ganadería por la Ventanilla Única Ecuatoriana, esta autoriza al usuario la exportación de productos agropecuarios estratégicos entre países de la Comunidad Andina de la cual Ecuador forma parte. En la VUE su código es 133-004-REQ

 

Pasos para la solicitud

Ingresar al ECUAPASS con el usuario y contraseña

Dirigirse a la opción de Ventanilla Única Ecuatoriana

En Elaboración de Solicitud, seleccionar la opción Documentos de Soporte (Listado)

. En Institución escoger MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Solicitar Solicitud de Registro para Exportación de Productos Agropecuarios Estratégicos

Llenar el formulario solicitado.

 

El formulario se encuentra conformado por 9 partes:

 

  1. Datos de solicitud: El mismo que contiene número de solicitud, fecha de solicitud, ciudad de solicitud, nombre de institución de solicitud.
  2. Datos de solicitante: Esta parte se encuentra llena con la información del usuario con la que se inició sesión en ECUAPASS, contiene información de la razón social, provincia, número de identificación, cantón, ciudad, parroquia, dirección, nombre y teléfono.
  3. Datos de productor: Esta información puede ser la misma que el solicitante o puede ser llenada manualmente con la misma información anteriormente mencionada.
  4. Datos de exportador: Esta información puede ser la misma que el solicitante o puede ser llenada manualmente con la misma información anteriormente mencionada, especificando también las actividades principales del exportador (Exportador, Exportador-Comercializador, Exportador-Productor).
  5. Datos de importador: Esta parte del formulario se llena con información del nombre del importador, número de identificación, país, ciudad, dirección, teléfono y correo electrónico.
  6. Datos de producto: Se especifica la subpartida arancelaria, el código de producto, nombre, variedad, cantidad y cantidad en toneladas métricas.
  7. Datos de origen de producto: Se requiere completar la información de la provincia, cantón, parroquia, dirección y hectáreas de área de cosecha del producto a exportar.
  8. Datos de destino de producto: Nombre de país de destino, ciudad de destino.
  9. Documento adjunto: Adjuntar requisitos y permisos fitosanitarios/zoosanitarios del país de destino y por el país importador respectivamente.

Conclusiones

Para la exportación de productos agropecuarios estratégicos es importante que el productor/exportador/usuario solicite su respectiva autorización para ejecutar dicha actividad.

 

 

Inter-American Development Bank. (2018). Análisis de políticas agropecuarias en Ecuador. Recuperado de: https://publications.iadb.org/publications/spanish/document/analisis-de-politicas-agropecuarias-en-ecuador.pdf

Ministerio de Agricultura y Ganadería. (2020). Plan Estratégico Institucional. Recuperado de: https://www.agricultura.gob.ec/wp-content/uploads/2020/09/AM_068_PEI2.pdf

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BENEFICIOS DE LA VUE EN EL COMERCIO EXTERIOR

La Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) es un elemento de vital importancia para el comercio exterior, ya que es el sistema mediante el cual se agilitan los procesos del ECUAPASS, para que de esta manera se realicen los diferentes trámites que requiere un operador de comercio exterior, para la libre importación y exportación de bienes.

Es una herramienta electrónica por medio de la cual todos los usuarios u Operadores de Comercio Exterior, presentan los requisitos para la obtención de los documentos vinculados a una importación o exportación.

Beneficios:

  • Reducir significativamente el tiempo y los costos de transacción en la realización de actividades de comercio exterior.
  • Facilitar la tramitación de autorizaciones y certificaciones en un sólo punto de acceso vía internet.
  • Reducción de probabilidad de información diferente entre registros.
  • Inclusión del 100% de las entidades planificadas en VUE
  • Reforzamiento de la disponibilidad y abastecimiento eléctrico de Ecuapass/VUE
  • Se mejoraron las condiciones de disponibilidad y almacenamiento de forma en que puedan prevenirse eventualidades futuras
  • Analizar procesos y propuestas de mejoras normativas.
  • Mejora la atención al usuario/canal de comunicación.

Pago electrónico en la VUE

  • Agilita el proceso para la recaudación rubros necesarios para la aprobación de documentos de control.
  • Pago por ventanilla o banca electrónica.
  • Optimizar los tiempos de aprobación.
  • Disminución de posibles fallas al momento de la verificación de los cobros.

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Conclusiones

La Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) para el Comercio Exterior es la herramienta que aporta a la facilitación del comercio y control aduanero. Como plan de acción ante una separación y descoordinación entre la empresa pública y privada, el actual Gobierno Nacional realizó la investigación de los procesos del comercio exterior en donde detectó costos innecesarios, trabas y pérdida de tiempo para realizar las transacciones (sobre todo en las importaciones) y falta de transparencia en los trámites.

Recomendaciones

Existen mejoras y correcciones por hacer, tanto en los procedimientos como en el sistema para mejorar el servicio. De acuerdo a una de las dificultades que se ha detectado para el desarrollo normal de las actividades es el levante de información en las instituciones públicas, lo cual impedía una inmediata integración a la VUE.

 

Bibliografía:

http://repositorio.uees.edu.ec/handle/123456789/842

http://www.sela.org/media/3212127/ruben-montesdeoca-facilitacion-vue-2015-montevideo.pdf

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El 02 de septiembre de 2019 la Dirección de Mejora Continua y Normativa emitió el Boletín Nro. 94-2019 con la finalidad de comunicar a los Operadores de Comercio Exterior la publicación de la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2017-0298-RE, misma que expide el documento “SENAE-ISEV-2-2-069-V2 Instructivo de Sistemas para Elaborar, Subsanar y Consultar estados de los certificados de origen enviados masivamente por medio de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE)”.

El instructivo tiene como finalidad describir de tareas de manera ordenada que permitan al usuario agilitar la elaboración, corrección y consulta de los Certificados de Origen que hayan sido enviados masivamente por medio de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE).

Además dentro de la publicación se detalla la ruta en que el usuario puede descargar el documento: www.aduana.gob.ec > Servicios para OCE´s > Procedimientos para OCE´s > Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) > Ministerio de Comercio Exterior (MCE) > Instructivo de Sistemas > Para elaborar, subsanar y consultar estados de los certificados de origen enviados masivamente por medio de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE). (Dirección de Mejora Continua y Normativa, 2019)

  • El conocimiento y utilización de este tipo de guías permiten al usuario agilitar el proceso de creación, corrección y consulta de diferentes tipos de documentos necesarios dentro del Comercio Exterior.
  • La aplicación, cumplimiento y realización de lo descrito dentro de los documentos publicados por el SENAE es responsabilidad de los usuarios de Ecuapass.

Recomendaciones

  • Mantenerse informado sobre avances, cambios y mejoras relacionadas a procesos que ayuden a agilizar la elaboración de la documentación pertinente.
  • Estudiar los documentos que hayan sido publicados a través de entidades relacionadas con el Comercio Exterior para evitar posibles errores dentro de la realización de la documentación necesaria y garantizar un correcto desarrollo del proceso.

Fuente

Dirección de Mejora Continua y Normativa. (02 de Septiembre de 2019). Instructivo de Sistemas para Elaborar Subsanar y Consultar estados de los certificados de origen enviados masivamente por medio de la Ventanilla Única Ecuatoriana VUE. Obtenido de Servicio Nacional de Aduana del Ecuador: https://www.aduana.gob.ec/boletines/instructivo-de-sistemas-para-elaborar-subsanar-y-consultar-estados-de-los-certificados-de-origen-enviados-masivamente-por-medio-de-la-ventanilla-unica-ecuatoriana-vue/

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DESARROLLO DE LA VENTANILLA UNICA ECUATORIANA - VUE

El Ecuador en el año 2012, implementó un nuevo sistema informático llamado ECUAPASS, en el cual se crea una link vinculante como es la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE), con el cual se avizora en un mediano plazo la gestión y emisión digital de documentos como certificados de diversas instituciones relacionadas con las operaciones de comercio exterior, especialmente en la emisión de certificados y autorizaciones que requieren las mercancías que van a ser exportadas a los diversos mercados internacionales.

El nombre del proyecto de la creación del sistema fue “Desarrollar la Ventanilla Única Ecuatoriana para la simplificación y modernización de los procesos de Comercio Exterior” su fecha de inicio fue 26 de Septiembre de 2011 el presupuesto establecido $15,824,189

La VUE inicia sus operaciones en noviembre de 2012 fue desarrollado por KCingle-Cupia como parte de un convenio con la aduana de corea del sur

Respaldo normativo

  1. Ley de comercio electrónico , firmas electrónicas y mensajes de datos, expedida el 10 de abril de 2002.
  2. Decreto Ejecutivo 953 del 30 de noviembre de 2011 Decreto Ejecutivo No. 312, 02 de Febrero de 2018.

Base Legal 

  •  Decreto Ejecutivo 285 del 18 de marzo del 2010, publicado en el Registro Oficial 162 del
    31 de marzo de 2010

VENTANILLA ÚNICA ECUATORIANA Y SU RELACIÓN CON EL GOBIERNO

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Recomendaciones

  • Mantenerse informado sobre avances, cambios y mejoras relacionadas a procesos que ayuden a agilizar la elaboración de la documentación pertinente.
  • Estudiar los documentos que hayan sido publicados a través de entidades relacionadas con el Comercio Exterior para evitar posibles errores dentro de la realización de la documentación necesaria y garantizar un correcto desarrollo del proceso.

Fuentes

https://www.aduana.gob.ec/boletines/instructivo-de-sistemas-para-elaborar-subsanar-y-consultar-estados-de-los-certificados-de-origen-enviados-masivamente-por-medio-de-la-ventanilla-unica-ecuatoriana-vue/

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Antes de empezar los trámites de importación, el personal técnico del SAE que gestiona diariamente decenas de certificados recomienda tomar las siguientes medidas:

  1. Revisar con detenimiento el reglamento técnico del Servicio Ecuatoriano de Normalización (RTE INEN) para el producto que deseas importar. En la sección del RTE denominada “Procedimiento para la evaluación de la conformidad” se determinan los requisitos que el INEN acepta en cada caso para verificar que el producto a importar sea de calidad. Estos requisitos varían de producto a producto y el SAE no siempre está involucrado.
  2. Hablar con su proveedor y pregúntale si el producto ha sido certificado o se ha sometido a un ensayo de laboratorio conforme los requisitos establecidos en el respectivo reglamento. Luego, verifica que este certificado o informe sea reconocido por los acuerdos internacionales de SAE.
  3. Tomar en cuenta que puede haber una limitación adicional al proceso que no depende del SAE. Un determinado certificado o reporte de ensayo siempre se otorga de acuerdo con una norma técnica específica. Puede que el SAE sí acepte un certificado, pero en cambio el INEN no reconozca la norma bajo la cual se lo otorgó. Luego de hacer las averiguaciones pertinentes, elegir cómo va a demostrar la conformidad de su producto. Solo usted puede tomar la decisión; el SAE no lo puede decir.

La Ley N°. 2007-76 del Sistema Ecuatoriano de la Calidad en su artículo 31 establece que las personas naturales o jurídicas que deseen comercializar un producto en el mercado nacional deben demostrar que este es de calidad “a través del certificado de conformidad expedido por un organismo de certificación acreditado en el país, o por aquellos que se hayan emitido en relación a los acuerdos vigentes de reconocimiento mutuo con el país.”

Para entender este artículo, es necesario tener el contexto de cómo funciona la infraestructura de calidad. Por ejemplo, un fabricante puede garantizar que su producción está conforme con normas, reglamentos y requisitos específicos al certificarse por un organismo de evaluación de la conformidad (OEC).

A su vez, este organismo puede acreditarse por un organismo como el SAE a nivel nacional, el cual verifica que el OEC es competente y procede con imparcialidad y conforme a normas y reglamentos establecidos.

Si este fabricante decidiera exportar, es probable que en varios mercados internacionales no tenga necesidad de certificarse nuevamente para poder comercializar sus productos, ya que SAE es parte de varios acuerdos mediante los cuales los países firmantes reconocen los certificados emitidos por los organismos de acreditación signatarios.

Así, cuando un importador realiza el trámite a través de ECUAPASS para verificar la conformidad, lo que hacemos en SAE es comprobar que el documento que se sube a la plataforma sea emitido por un organismo de acreditación que forme parte de los acuerdos.Los certificados o reportes de ensayo que se aceptan para demostrar la conformidad se determinan en los reglamentos técnicos emitidos por el INEN (RTE INEN), en su apartado denominado “Procedimiento para la evaluación de la conformidad”.

Conforme se establece en los RTE INEN, no siempre el trámite de verificación de la conformidad deberá pasar por el SAE. Por ejemplo, para los colchones, se aceptan dos tipos de certificados de conformidad de producto, emitidos por un organismo de certificación acreditado que sea reconocido por el SAE.

En cambio, si un importador de licuadoras decide demostrar la conformidad a través de un certificado de primera parte —es decir, emitido por el mismo fabricante— junto con el informe de ensayos del laboratorio también del productor, el trámite se gestionará a través de otras instancias, según se establece en el apartado 10.2.3, literal b), para máquinas con motor para uso en la cocina.

Estos requisitos varían de producto a producto y no están sistematizados. Por ello, antes de empezar cualquier gestión, recomendamos a los importadores que verifiquen si el producto a comercializar posee un reglamento técnico y, de ser el caso, lo lean detenidamente para decidircuál es la mejor opción para demostrar la conformidad.

Una buena idea es preguntarle al proveedor si el producto ha sido certificado o se ha sometido a un ensayo de laboratorio, conforme los requisitos establecidos en el reglamento.

Acuerdos de Reconocimiento Internacional

Los Acuerdos de Reconocimiento tienen como propósito facilitar el comercio regional y global al promover la aceptación internacional de los certificados, registros, informes y resultados emitidos por laboratorios, organismos de certificación u organismos de inspección acreditados por organismos de acreditación signatarios del MLA o MRA y de esta forma remover las barreras técnicas al comercio.

Es importante señalar que los MRA/MLA de IAF, ILAC, IAAC y APAC se encuentran en el sector voluntario. Como tales, no son formalmente vinculantes para los gobiernos. Sin embargo, muchos gobiernos y sus reguladores se apoyan en la acreditación y los MRA/MLA de IAF, ILAC, IAAC y APAC para aceptar los resultados de evaluación de la conformidad provenientes de otros países.

El Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE), entidad técnica oficial de la acreditación en el Ecuador, es signatario de los siguientes Acuerdos de Reconocimiento internacional:

  • Acuerdo de Reconocimiento Multilateral (MLA) de Inter American Accreditation Cooperation (IAAC)
  • Acuerdo de Reconocimiento Multilateral (MLA) de International Accreditation Forum (IAF), y
  • Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (MRA) de International Laboratory Accreditation Cooperation (ILAC)
  • Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (MRA) de Asia Pacific Accreditation Cooperation Incorporated (APAC)

 Pasos para verificar certificado de conformidad

Si vas a demostrar la conformidad del producto a importar con un documento cuya acreditación deba ser verificada por el SAE, debes hacerlo a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) del sistema ECUAPASS.

A través del VUE se debe gestionar con el SAE el trámite de verificación de certificados de conformidad. Se recomienda que leer con atención. Prácticamente todo el proceso es en línea —excepto el pago, que puede hacerse mediante un depósito bancario —; no es necesario en ningún caso hacer un trámite presencial en las oficinas del SAE.

Estos son los pasos a seguir para verificar el certificado de la conformidad:

  1. Registro en ECUAPASS el sistema aduanero mediante el cual se gestionan todas las operaciones aduaneras. Para ello, necesitarás tener el certificado digital de firma electrónica y el token.
  2. Llenar la solicitud que se encuentra en el portal ECUAPASS y adjunta la documentación necesaria, conforme estas instrucciones:

Si el certificado de conformidad de producto está en otro idioma que no sea español, debe hacerse la traducción certificada del documento en su totalidad. Además, el certificado debe obligatoriamente estar subido a la página web del organismo emisor del certificado; adjunta el respectivo URL.

  • El informe de ensayo normalmente tiene varias hojas. Debes enviar todo el documento, sin importar en qué idioma esté o cuán largo sea. De encontrarse en otra lengua que no sea español, la traducción certificada debe hacerse solamente de las cinco (5) primeras páginas del documento. Si el reporte de ensayo está publicado en una página web, envía al SAE el respectivo URL; de no estarlo, adjunta una carta con la firma y sello del laboratorio y fecha actualizada en la que se explique por qué el documento no está subido a la web —por ejemplo, por motivos de confidencialidad—.
  1. Con una orden de pago que recibirás a través del mismo sistema ECUAPASS, debes hacer el depósito de $ 82,29 en la cuenta corriente del Banco del Pacífico 7656270, sublínea 130108, a nombre del Servicio de Acreditación Ecuatoriano, RUC 1768141520001 (esta información la encontrarás también en la orden de pago).
  2. Cuando ya has hecho el pago, envía la orden de pago más el comprobante de depósito (ambos documentos en un mismo archivo PDF) a través de la página web del SAE, en la barra de inicio accede a Programas y servicios, Comprobantes de pago—. Uno de los errores más comunes entre los importadores es que creen que luego del pago el trámite es automático, pero este no es el caso. Solo cuando los técnicos del SAE han recibido este PDF pueden confirmar el pago y proceder a la revisión de la documentación.
  3. Técnicos del SAE verifican que el certificado o reporte sea válido. Para ello, comprueban que el laboratorio o el organismo certificador que emitió el documento esté acreditado por un OA que forme parte de los acuerdos de reconocimiento, en la norma específica bajo la cual se emitió el informe o certificado. Además, se cercioran de que la misma información que hayan presentado al SAE esté publicada en la página web del organismo evaluador de la conformidad y que se refieran al producto a importar.
  4. De acuerdo con los errores técnicos que haya en el documento, los técnicos del SAE podrán solicitar que corrijas la solicitud (subsanación requerida); si hay problemas serios —por ejemplo, si el certificado o informe estuviera adulterado o no vigente—se negará la solicitud. Si se revisó los documentos satisfactoriamente, la solicitud será aprobada. Podrás consultar el estado de tu solicitud en la página de ECUAPASS.

 

Fuentes:

https://www.acreditacion.gob.ec/para-los-importadores-recomendaciones-previas/

https://www.acreditacion.gob.ec/cuando-ciertos-importadores-deben-hacer-tramites-con-sae/

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Guía rápida: Funcionamiento del Sistema VUE

Se ha establecido previamente las funciones que presenta esta herramienta proporcionada por el Servicio Nacional de Aduana, en esta publicación se hará una breve guía del funcionamiento de la plataforma. Inicialmente se establecen algunos requerimientos del sistema, se especifica que el equipo en el cual se acceda debe tener un procesador superior a Intel Pentium y una memoria RAM superior a 1 gb. Las versiones de los navegadores web se recomienda para Internet Explorer versión igual o superior a 8.0, para Google Chrome la versión 17.0 o superior y para Firefox la versión mínima 9.0.

Una vez revisados los requerimientos mínimos para un correcto funcionamiento de la plataforma, se establecerá el procedimiento de ingreso a ECUAPASS, ingresando a la pagina web se encontrarán los siguientes campos: de contenido común, donde están los trámites operativos, servicios formaticos y entre otros; está el área de registro, donde se ingresan los datos del RUC, usuario y contraseña; finalmente se encuentra el área de contenido de usuario en donde existe la opción de acceder director al servicio principal o documentos electrónicos de uso frecuente.

La pantalla principal del portal de VUE está compuesta por 5 áreas.

1) Gestión de datos del usuario y sesiones: Datos del usuario ingresado desde el ECUAPASS, botón de cerrar sesión.

2) Portal de ECUAPASS: Botón para ir al portal de ECUAPASS.

3) Menú de funciones de la VUE: Elaboración de solicitud, proceso de solicitud y soporte al usuario.

4) Servicios adicionales: Avisos, repositorio, HelpDesk, banner (link de las páginas web de las entidades involucradas)

5) Área de contenido: Sección de información del estado actual de tramitación (Formularios principales, listado de trámites pendientes, actualidad de tasas pendientes de pago, listado de certificados por vencer), visualización de los detalles y el estado del trámite de cada contenido.

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La consulta de la pantalla de elaboración de solicitud se realiza de la siguiente manera: Escoja el menú de: elaboración de solicitud / documentos de soporte / Generación de solicitudes de soporte.

Búsqueda del formulario:

  • En la pantalla de Generación de solicitudes de documentos de soporte, se escoge:
  • institución:[SRP-MPCEIP] SUBSECRETARÍA DE RECURSOS PESQUEROS
  • Documento: se escoge el formulario [143-012-REQ] Declaración de Pesca Importada sin Procesamiento
  • Subpartida arancelaria: Escoja la subpartida arancelaria

 

En la sección de Información del documento seleccione el formulario [143-012-REQ] Declaración de Pesca Importada sin Procesamiento y presione el botón [Solicitar] Se ingresan los datos al formulario de solicitud para la Declaración de Pesca Importada sin Procesamiento. La estructura del mismo se describe a continuación: datos de solicitud, datos del solicitante, datos del exportador, datos del importador, datos de exportación, datos de descarga, datos de trasbordo, datos de producto exportado, datos de certificado sanitario, observaciones y documentos adjuntos.

 

Finalmente se firma la solicitud y se prosigue con las metodologías de pago. La institución envía la información dela orden de pago, la misma que se podrá consultar realizando el siguiente procedimiento:

Seleccione Proceso de Solicitud > Pago electrónico > Consulta de estado de Orden de pago

 

Para consultar la orden de pago deberá registrar los siguientes datos:

  • Número de identificación de solicitante: Seleccione RUC, CI o Pasaporte.
  • Estado de procesamiento: Seleccione el estado de liquidación de la tasa en la lista desplegable.
  • Institución: Seleccione el nombre de la institución en la lista desplegable.
  • Número de solicitud: Ingrese el número de solicitud que desea ver. También es posible hacer la búsqueda parcial en caso de no saber el número completo.
  • Número de orden de pago de institución: Introduzca el número de la orden de pago. También es posible hacer la búsqueda parcial en caso de no saber el número completo.
  • Fecha de recaudación: Seleccione la fecha abonada a través del calendario.

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Conclusiones

La VUE es una herramienta para que los usuarios de servicios aduaneros y los operadores del comercio exterior en general puedan presentar las documentaciones necesarias para la realización de las operaciones del comercio exterior de manera electrónica, eficiente y rápida. En este caso se ha expuesto un resumen del manual o guía de uno de los varios procedimientos que se pueden realizar por esta plataforma.

Recomendaciones

Se recomienda mantenerse al tanto de las actualizaciones, resoluciones y normativas emergentes en materia de comercio exterior emitidas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador para la facilitación de las actividades de comercio exterior, así como también para la optimización de tiempo y recursos en cuanto a los trámites y procedimientos en aduana.

 

Fuentes

Servicio Nacional de Aduana

https://www.aduana.gob.ec/manual-de-usuario-vue

 

Autor

Nicole Del Salto

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Ventanilla Única Ecuatoriana: Guía del exportador

Es importante iniciar con las bases para las exportaciones, es así que se ha establecido que pueden realizar exportaciones tanto los ecuatorianos como los extranjeros residentes en el país, como personas naturales o jurídicas. Quienes deseen realizar la actividad exportadora deben: contar con el Registro Único del Contribuyente (RUC) otorgado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) indicando la actividad económica que va a desarrollar. Obtener el certificado de firma digital o TOKEN, otorgado por las entidades autorizadas, registrarse como exportador en Ecuapass

Registro del exportador en el Ecuapass

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Declaración juramentada de origen

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El proceso de exportación se inicia con la transmisión electrónica de una Declaración Aduanera de Exportación (DAE) en el sistema ECUAPASS, la misma que podrá ser acompañada de una factura o proforma y documentación con la que se cuente previo al embarque. Dicha declaración no es una simple intención de embarque, sino una declaración que crea un vínculo legal y obligaciones a cumplir con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador por parte del exportador o declarante.

Los principales datos que se consignarán en la DAE son:

  • Del exportador o declarante
  • Descripción de mercancía por ítem de factura
  • Datos del consignatario
  • Destino de la carga
  • Cantidades
  • Peso
  • Demás datos relativos a la mercancía

Los documentos digitales que acompañan a la DAE a través del ECUAPASS son:

  • Factura comercial original
  • Lista de empaque
  • Autorizaciones previas (cuando amerite)

Cabe indicar que dependiendo del tamaño de su empresa y de la actividad económica de la misma, donde se involucren más de un encadenamiento productivo, se sugiere contratar los servicios de un agente de aduanas para que lo asesore en la apertura y cierre de la exportación. Reiteramos que usted no está en la obligación de contratarlo.

Regularizar las Declaraciones Aduaneras de Exportación (DAE): Finalmente, usted podrá regularizar Declaraciones Aduaneras de Exportación ante el SENAE y obtener el definitivo DAE, mediante un registro electrónico que permite dar por finalizado el proceso de exportación para consumo (régimen 40). Una vez que se realiza este registro, la DAE obtiene la marca REGULARIZADA. Para poder completar este proceso cuenta con un plazo de 30 días luego de realizado el embarque. Este trámite requiere de los siguientes documentos:

  • Copia de la factura comercial
  • Copia de la lista de embarque
  • Copia del certificado de origen
  • Copias no negociables de documentos de transporte multimodal

 

Conclusiones

La VUE es una herramienta para que los usuarios de servicios aduaneros y los operadores del comercio exterior en general puedan presentar las documentaciones necesarias para la realización de las operaciones del comercio exterior de manera electrónica, eficiente y rápida.

Recomendaciones

Se recomienda mantenerse al tanto de las actualizaciones, resoluciones y normativas emergentes en materia de comercio exterior emitidas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador para la facilitación y eficiencia de las actividades relacionadas a la materia.

 

Fuentes

Servicio Nacional de Aduana

https://www.aduana.gob.ec/guia-del-exportador/

 

Autor

Nicole Del Salto

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Ventanilla Única Ecuatoriana, Importaciones

Como es de conocimiento general, la VUE es una herramienta que permite conocer trámites en materia de comercio exterior, en este texto describiremos todo sobre las importaciones en el Ecuador.

Importar se refiere a la acción de ingresar mercancías extranjeras al país cumpliendo con las formalidades y obligaciones aduaneras, dependiendo del RÉGIMEN DE IMPORTACION al que se haya sido declarado. Existen varios regímenes de importación, sin embargo, el más común es el Régimen 10, importación a consumo.

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Pueden importar todas las Personas Naturales o Jurídicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país que hayan sido registrados como importador en el sistema ECUAPASS y aprobado por la Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.

Para obtener el Registro de Importador se requiere haber gestionado previamente el RUC en el Servicio de Rentas Internas, posteriormente prosigue el certificado digital para la firma electrónica y autenticación otorgado por las siguientes entidades autorizadas: Security Data o el Registro Civil. Finalmente se debe hacer el registro en el portal de ECUAPASS en donde se podrá actualizar bases de datos, crear usuario y contraseña, aceptar las políticas de uso y el registro de la firma electrónica.

Para realizar los trámites de desaduanización de mercancías es necesario la asesoría y el servicio de un Agente acreditado por el SENAE. La Declaración Aduanera de Importación (DAI) deberá ser transmitida por un proveedor de Software o en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en un período no superior a quince días calendario previo a la llegada del medio de transporte, y hasta treinta días calendarios siguientes a la fecha de su arribo; de no cumplirse en ese plazo, la mercancías estarán inmersas en una de las causales del abandono tácito, según lo estipula el literal a) del artículo 142 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

De acuerdo al tipo de mercancía a importar, se deberán adjuntar los siguientes documentos a la DAI:

Documentos de acompañamiento: Se constituyen documentos de acompañamiento aquellos que denominados de control previo, deben tramitarse y aprobarse antes del embarque de la mercancía de importación.

Documentos de soporte:

  • Documento de Transporte
  • Factura comercial o documento que acredite la transacción comercial
  • Certificado de Origen (cuando proceda)
  • Documentos que el SENAE o el Organismo regulador de Comercio Exterior considere necesarios.

Transmitida la DAI, el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador le otorgará el número de la declaración aduanera de importación y el canal de aforo que corresponda.

Para el despacho de las mercancías que requieran Declaración Aduanera, se utilizará cualquiera de las siguientes modalidades de aforo:

  • Canal de Aforo Automático;
  • Canal de Aforo Electrónico;
  • Canal de Aforo Documental; o
  • Canal de Aforo Físico.

Los tributos al comercio exterior son derechos arancelarios, impuestos establecidos en leyes orgánicas y ordinarias y tasas por servicios aduaneros.

AD-VALOREM (Arancel Cobrado a las Mercancías) Son los establecidos por la autoridad competente, consistentes en porcentajes según el tipo de mercancía y se aplica sobre la suma del Costo, Seguro y Flete (base imponible de la importación).

FODINFA (Fondo de Desarrollo para la Infancia) Se aplica el 0.5% sobre la base imponible de la importación.

ICE (Impuesto a los Consumos Especiales) Porcentaje variable según los bienes y servicios que se importen. (Consulte en la página del SRI: www.sri.gob.ec, link: Impuestos)

IVA (Impuesto al Valor Agregado) Corresponde al 12% sobre: Base imponible + ADVALOREM + FODINFA + ICE.

Conclusiones

La VUE es una herramienta para que los usuarios de servicios aduaneros y los operadores del comercio exterior en general puedan presentar las documentaciones necesarias para la realización de las operaciones del comercio exterior de manera electrónica, eficiente y rápida.

Recomendaciones

Se recomienda mantenerse al tanto de las actualizaciones, resoluciones y normativas emergentes en materia de comercio exterior emitidas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador para la facilitación y eficiencia de las actividades relacionadas a la materia.

 

Fuentes

Servicio Nacional de Aduana

https://www.aduana.gob.ec/para-importar/

 

Autor

Nicole Del Salto

 

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Según el Acuerdo de Facilitación al Comercio, en el artículo 10 se estipulan las formalidades en relación con la importación, exportación y el tránsito. Con miras a reducir al mínimo los efectos y la complejidad de las formalidades de importación, exportación y tránsito y a reducir y simplificar los requisitos de documentación para la importación, la exportación y el tránsito y teniendo en cuenta los objetivos legítimos de política y otros factores como el cambio de las circunstancias, las nuevas informaciones pertinentes, las prácticas comerciales, la disponibilidad de técnicas y tecnologías, las mejores prácticas internacionales y las contribuciones de las partes interesadas, cada Miembro examinará tales formalidades y requisitos de documentación y, sobre la base de los resultados del examen, se asegurará, según proceda, de que esas formalidades y requisitos de documentación se adopten y/o apliquen con miras al rápido levante y despacho de las mercancías, en particular de las mercancías perecederas; se adopten y/o apliquen de manera que se trate de reducir el tiempo y el costo que supone el cumplimiento para los comerciantes y operadores; sean la medida menos restrictiva del comercio elegida, cuando se disponga razonablemente de dos o más medidas alternativas para cumplir el objetivo o los objetivos de política en cuestión; y no se mantengan, total o parcialmente, si ya no son necesarios.

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Por otro lado, el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones en el artículo 81 establece que se reconocerán como válidos los procedimientos electrónicos para la aprobación de solicitudes, notificaciones y trámites relacionados con el comercio exterior y la facilitación aduanera. El Estado promoverá el sistema electrónico de interconexión entre todas las instituciones del sector público y privado, que tengan relación con el comercio exterior, para facilitar y agilitar las operaciones de importación y exportación de mercancías, el que se ejecutará por parte de la autoridad aduanera nacional. La autoridad aduanera estará a cargo de la implementación y desarrollo de este sistema.

De igual manera en el artículo 99, respecto a la simplificación de los trámites administrativos, indica que las entidades, instituciones y organismos del Estado, en el ámbito de sus competencias, deberán simplificar los trámites administrativos que se realicen ante los mismos. Dentro de este contexto, las entidades, instituciones y organismos públicos deberán implementar bases de datos automatizadas y no podrán exigir la presentación de copias certificadas o fotocopias de documentos que esas entidades, instituciones y organismos tengan en su poder o de los que tenga posibilidad legal y operativa de acceder. Las entidades, instituciones y organismos públicos procurarán limitar al mínimo, la exigencia de presentación de copias certificadas actualizadas de documentos públicos que puedan obtenerse por vía legal u operativa, a través de la interconexión de bases de datos del Sector Público.

 

Conclusiones

Se busca la facilitación al comercio exterior y que los procesos aduaneros serán rápidos, simplificados, expeditos y electrónicos, procurando el aseguramiento de la cadena logística a fin de incentivar la productividad y la competitividad nacional.

Recomendaciones

Capacitación continua para todos los operadores del comercio exterior, que se mantengan al tanto de las resoluciones publicadas por el SENA con respeto a actualización de dichos documentos o de cualquier actualización para la facilitación de la actividad.

 

Fuentes

https://www.aduana.gob.ec/gaceta-proceso/vue/12/

Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

Acuerdo Facilitación del Comercio

 

Autor

Nicole Del Salto

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Introducción a la Ventanilla Única Ecuatoriana – VUE

La Ventanilla Única Ecuatoriana de Comercio Exterior es una herramienta electrónica por medio de la cual todo usuario de los servicios aduaneros y, en general, todos los operadores de comercio exterior presentarán los requisitos, trámites y documentos necesarios para la realización de operaciones de marzo de s de comercio exterior. La base para la implementación de la VUE es en Decreto Ejecutivo 285 del 18 de marzo de 2010, publicado en el Registro Oficial 162 del 31 de marzo de 2010.

El Objetivo General de la Ventanilla Única Ecuatoriana de Comercio Exterior es optimizar e integrar los procesos del Comercio Exterior. Existen múltiples beneficios de su implementación, primero se encuentra la reducción significativa del tiempo y los costos de transacción en la realización de actividades de comercio exterior, por otro lado también encontramos que facilita la tramitación de autorizaciones y certificaciones en un solo punto de acceso vía internet.

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De igual manera se busca brindar a los operadores del comercio exterior la información sobre los requisitos vigentes y el estado de los trámites en curso, de esta manera se produce un fomento a la cooperación entre las instituciones públicas involucradas y finalmente se pone a disposición de las instituciones públicas la información suficiente para realizar un control de la manera más óptima posible.  

Las Entidades de la Ventanilla Única Ecuatoriana de Comercio exterior son:

  • Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad (MCPEC);
  • Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE);
  • Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP) con sus

entidades adscritas como la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del

Agro (Agrocalidad) y el Instituto Nacional de Pesca (INP);

  • Ministerio de Salud Pública e Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical
  • "Leopoldo Izquieta Pérez" (INH);
  • Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO), Organismo de Acreditación

Ecuatoriano (OAE) e Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN);

  • Banco Central del Ecuador (BCE); y,
  • Ministerio de Gobierno, la Dirección Nacional de Antinarcóticos, y la Dirección

Nacional de Migración de la Policía Nacional.

También serán parte de la Ventanilla Unica Ecuatoriana para el comercio exterior los trámites de permiso de importación de productos regulados por el Consejo Nacional de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, por la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica, el Ministerio de Turismo y toda otra entidad de la Administración Pública Central e Institucional que tenga relación con el comercio exterior. La entidad del estado ecuatoriano que administra la VUE es el Servicio Nacional de Aduana.

 

Conclusiones

La VUE es una herramienta para que los usuarios de servicios aduaneros y los operadores del comercio exterior en general puedan presentar las documentaciones necesarias para la realización de las operaciones del comercio exterior de manera electrónica, eficiente y rápida.

Recomendaciones

Se recomienda mantenerse al tanto de las actualizaciones, resoluciones y normativas emergentes en materia de comercio exterior emitidas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador para la facilitación y eficiencia de las actividades relacionadas a la materia.

 

Fuentes

Servicio Nacional de Aduana

https://www.ecolex.org/details/legislation/decreto-no-285-implementa-la-ventanilla-unica-ecuatoriana-para-el-comercio-exterior-lex-faoc166009/

 

Autor

Nicole Del Salto

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