Publicaciones de Katherine Toapanta Farinango (29)

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INTRODUCCIÓN

En primer lugar, las muestras sin valor comercial son productos que ingresan o circulan en el país, en cantidades limitadas, con el propósito de ser utilizadas en estudios de mercado o de investigación y desarrollo, siempre que no estén destinadas a fines comerciales lucrativos.

En este sentido, la solicitud de autorización de importación de muestras sin valor comercial, con fines de estudios de investigación y desarrollo, pruebas de laboratorio y ensayos, es un trámite que debe realizarse previo a la importación, en el que a través del análisis documental se verifica que los productos que ingresan al Ecuador como muestras sin valor comercial, cumplen con los requisitos para su respectiva autorización. El objetivo de este documento es certificar que los productos que ingresan al país son aptos tanto para el uso como consumo humano

(ARCSA, s.f.).

DESARROLLO

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (ARCSA, 2019)

CONCLUSIONES

  • La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) establece una serie de condiciones sanitarias y requisitos que se deben cumplir con el objetivo de proteger la salud de los consumidores, y garantizar el suministro de productos inocuos, es así que, el ingreso de muestras sin valor comercial, estarán sujetas a verificación documental para determinar los fines en los que se utilizará el producto objeto de importación.
  • La solicitud de autorización de importación de muestras sin valor comercial, con fines de estudios de investigación y desarrollo, pruebas de laboratorio y ensayos, permite el ingreso de productos al país sin la necesidad de la Notificación Sanitaria; sin embargo, están sujetos a la vigilancia y control sanitario por parte de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA)

 

RECOMENDACIONES

  • Es importante conocer las autorizaciones y permisos que requieren los productos, previo al proceso de importación, es así que, para la obtención de la autorización de importación de muestras sin valor comercial, deberá realizarse la respectiva solicitud adjuntando los documentos mínimos requeridos que servirán para el correspondiente control técnico y legal.
  • Se recomienda detallar los fines en los que va a ser utilizado el producto objeto de importación, para lo cual es relevante, indicar el objetivo, tiempo, lugar en el que se realizará el estudio de mercado, investigación y desarrollo o pruebas de laboratorio, así como el proceso de elaboración del producto, y justificar la cantidad a importar.

 

FUENTES:

 

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     El Certificado de Reconocimiento INEN es el documento que verifica el cumplimiento de los Reglamentos Técnicos Ecuatorianos aplicables a los productos que se importan. Este documento se emite cada vez que el importador realiza un proceso de importación, con el fin de garantizar la seguridad, protección, salud, preservación del medio ambiente y protección del consumidor. En este sentido se considera que un producto no sujeto a control es aquel producto que no está incluido en el campo de aplicación de un reglamento técnico. (Áviles, s.f.)

     Es importante señalar que el Certificado de Reconocimiento INEN correspondiente a Producto No Sujeto a Control puede ser utilizado varias veces en la Declaración Aduanera de Importación de acuerdo al requerimiento del importador, dentro del periodo de vigencia del certificado, el cual es de 12 meses contados a partir de la fecha de emisión. (PUDELECO, 2017)

     A continuación, se detallan los requisitos, y el proceso para la obtención del Certificado de Reconocimiento INEN correspondiente a Producto No Sujeto a Control a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE).

 

DESARROLLO

Consideraciones

     Se debe ingresar al sistema ECUAPASS y verificar a través de las subpartidas arancelarias si el producto:

  • Requiere o no del Certificado.
  • Está dentro del campo de aplicación del RTE.
  • Cumple con el reglamento técnico RTE INEN.
  • Se evalúa como producto no sujeto a control cuenta con fichas técnicas y factura.

 

Trámite en la Ventanilla Única Ecuatoriana

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (SENAE, s.f.)

 

CONCLUSIONES

  • Se denomina producto no sujeto a control a aquel que no está incluido en el campo de aplicación de un reglamento técnico, por lo tanto, la tasa generada por la revisión de la solicitud del Certificado de Reconocimiento para "Producto no sujeto a control" tiene el mismo costo que la solicitud del Certificado de Reconocimiento INEN correspondiente a cualquier reglamento técnico.
  • El Certificado de Reconocimiento INEN correspondiente a Producto No Sujeto a Control puede ser utilizad varias veces en la Declaración Aduanera de Importación según lo que requiera el importador, dentro del periodo de vigencia del certificado, es decir 12 meses a partir de su fecha de emisión.

 

RECOMENDACIONES

  • El importador al realizar los trámites correspondientes para la obtención del Certificado de Reconocimiento INEN 1 en la Ventanilla Única Ecuatoriana debe cumplir con cada uno de los parámetros establecidos y verificar correctamente que el producto sea evaluado como un producto no sujeto a control y presente tanto la ficha técnica como la factura, de lo contrario se deberá ingresar al sistema de la VUE para corregir cualquier observación técnica. Es importante señalar que al importador se le permitirá un máximo de 5 subsanaciones, y se procederá a realizar el cierre de la solicitud.
  • Se recomienda verificar a través de la subpartida arancelaria si el producto requiere o no de este documento, e ingresar la información, de lo contrario el importador deberá realizar un trámite nuevo con el consecuente pago de la tasa correspondiente.

 

FUENTES

 

AUTOR: Toapanta Katherine 

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INTRODUCCIÓN

     Las medidas sanitarias son el resultado del análisis de riesgo de enfermedades, mismas que permiten determinar las condiciones que deben cumplir las mercancías pecuarias. En este sentido, es fundamental conocer el procedimiento tanto administrativo como técnico que deben realizar los usuarios, personal de AGROCALIDAD e inspectores de los puntos fronterizos habilitados a todas las importaciones de mercancías pecuarias, desde los documentos y trámites previos a la importación hasta la autorización de ingreso de la mercancía, a través de la aplicación de la medida sanitaria correspondiente.

     Es así que, el permiso zoosanitario es el documento oficial expedido por AGROCALIDAD en el que se establecen los requisitos sanitarios que deberán cumplir las mercancías pecuarias para ingresar al país. Este tiene como fin prevenir la introducción y/o dispersión de enfermedades exóticas o de control, para asegurar las importaciones de mercancías pecuarias. Este documento es necesario para controlar el riesgo de ingresos de enfermedades de vigilancia y control que existen en el país, partiendo del cumplimiento previo de los requisitos sanitarios  (AGROCALIDAD, 2016).

DESARROLLO

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (AGROCALIDAD, 2016)

 

CONCLUSIONES

  • Los requisitos sanitarios que se establecen en el Permiso Zoosanitario de Importación permiten mitigar el riesgo zoosanitario de introducción de enfermedades, a través del cumplimiento de los requisitos previamente homologados con el país exportador. Es así que las medidas establecidas son el resultado de un análisis de riesgo de enfermedades que determina las condiciones y requerimientos que deben cumplir este tipo de mercancías, para reducir la probabilidad de introducción de enfermedades. Es así que el permiso zoosanitario para la importación emitido por AGROCALIDAD, establece los requisitos sanitarios que deben cumplir las mercancías para ingresar al país.
  • El permiso zoosanitario para la importación de mercancías pecuarias debe ser solicitado por cada embarque y las modificaciones correspondientes deberán solicitarse a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE), adjuntando los documentos de respaldo. En este sentido AGROCALIDAD tendrá un término máximo de 10 días hábiles para emitir el permiso correspondiente, el cual tendrá una vigencia de 90 días calendario contados a partir de la fecha de emisión, durante este período se podrá realizar la importación consignada, por el contrario si el permiso vence por cualquiera de las razones expuestas con anterioridad, el importador o su representante deberá solicitar la ampliación, misma que tendrá una validez de 30 días calendarios adicionales y será realizado a través del sistema ECUAPASS-VUE.

RECOMENDACIONES

  • Una vez que la mercancía arribe al país, se efectuará la verificación documental y la respetiva inspección zoosanitaria, por lo que se recomienda llenar correctamente los datos y enviar la notificación de inspección, misma que servirá para realizar la verificación en el punto de control de ingreso de la carga. Es así que, el usuario debe solicitar a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) el Documento de Destinación Aduanera (DDA) con un mínimo de 72 horas previo a la inspección.
  • Se recomienda adjuntar los documentos correspondientes en la solicitud, mismo que serán verificados en el punto de control, y de acuerdo al resultado el sistema informará el estado del procedimiento. Esta verificación permitirá comprobar los datos del producto, exportador e importador, medio de transporte, punto de entrada y punto de salida.

FUENTES:

AUTOR: Toapanta Katherine

 

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INTRODUCCIÓN

     El certificado de inscripción de productos alimenticios de fabricación extranjera elaborados en líneas de producción certificadas en Buenas Prácticas de Manufactura permite la importación, exportación y comercialización de productos tanto de uso como consumo humano. Este certificado se otorga una vez que se cumplan con los requisitos de calidad, seguridad y eficacia; para proteger la salud y evitar prácticas que dañen a los consumidores.

     En este sentido para realizar la inscripción se requiere previamente homologar el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), el cual es un documento expedido por los Organismos de Inspección acreditados, al establecimiento que cumple con las disposiciones establecidas en la norma técnica sanitaria correspondiente (ARCSA, s.f.).

DESARROLLO

     La Inscripción de Productos Alimenticios por Líneas de Producción Certificadas en Buenas Prácticas de Manufactura de Fabricación Extranjera está dirigida a todas las personas naturales o jurídicas, nacional o extranjera que cuente con el Registro Único de Contribuyentes (RUC).

Requisitos

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (GOB.EC, 2020)

Trámite en la VUE

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (ARCSA, 2014)

CONCLUSIONES

  • La obtención del certificado de inscripción de productos alimenticios de fabricación extranjera elaborados en líneas de producción certificadas en Buenas Prácticas de Manufactura requiere previamente realizar la homologación del certificado BPM, y una vez registrada la solicitud en el sistema se procederá con el Pago Autorizado, para la posterior emisión del Certificado correspondiente, mismo que será revisado por la ARCSA y se notificará la subsanación para la corrección de información en el caso de que se hayan realizado observaciones.
  • La solicitud para la obtención de Registro Sanitario por línea de BPM es validada automáticamente por el sistema, siempre y cuando se ingrese correctamente el número de Permiso de Funcionamiento de la planta certificada con BPM, según lo que consta en el certificado emitido por la ARCSA y el RUC de la empresa, de esta manera se asegura el cumplimiento de la legislación ecuatoriana y el usuario reconoce que los datos declarados que infrinjan cualquiera de las disposiciones estarán sujetas a sanciones administrativas y de otras índoles de acuerdo al control posterior que realice la ARCSA.

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda consignar los datos y documentos solicitados para realizar el trámite respectivo, con el fin de facilitar la inscripción del producto en la ARCSA, de esta manera el usuario podrá solicitar a la Agencia la revisión de los documentos y requisitos técnicos ingresados, de la misma manera se deberá presentar los documentos técnicos redactados en otro idioma con su respectiva traducción al idioma castellano o inglés.
  • Se recomienda realizar la consulta del Certificado de Inscripción de Producto Alimenticio Extranjero por líneas de producción certificadas en buenas prácticas de manufactura, a través del ECUAPASS, ingresando el Número de Solicitud o el Número de Emisión de Certificado con el fin subsanar los errores en el caso de que existan y proceder con el proceso de inscripción.

FUENTES

AUTOR: Toapanta Katherine

 

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INTRODUCCIÓN

     El Certificado de Notificación Sanitaria de Medicamentos Homeopáticos de Fabricación Nacional se emite cuando se cumple con cada uno de los requisitos tanto de calidad, seguridad, como eficacia; a fin de proteger la salud y garantizar la aplicación de buenas prácticas. Este documento permite la fabricación, distribución, y comercialización de medicamentos homeopáticos nacionales. La inscripción del Certificado de Notificación Sanitaria de Medicamentos Homeopáticos lo realiza toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que cuente con el Registro Único de Contribuyentes (RUC). (GOB.EC, 2020)

DESARROLLO

Requisitos

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (GOB.EC, 2020)

Trámite en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE)

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (GOB.EC, 2020)

CONCLUSIONES

  • Para obtener el Certificado de Notificación Sanitaria de Medicamentos Homeopáticos de Fabricación Nacional, se debe realizar el trámite a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana, registrar los datos en el formulario y cargar los requisitos solicitados, posteriormente se verificará la información, y posteriormente se procederá a realizar el pago correspondiente con el número de liquidación.
  • El usuario del servicio será el titular de la notificación sanitaria o registro sanitario que elabora, comercializa y distribuye productos para el uso y consumo humano, para lo cual deberá cumplir con los requisitos obligatorios y realizar el trámite a fin de obtener el Certificado de Notificación Sanitaria de Medicamentos Homeopáticos de Fabricación Nacional, mismo que detalla las características del producto para su respectiva comercialización.

 

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda realizar el seguimiento al trámite de la Solicitud de Certificado de Notificación Sanitaria de Medicamentos Homeopáticos a través del sistema ECUAPASS, opción Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) con el fin de subsanar cualquier error, y permitir el proceso de verificación por parte del responsable técnico, representante legal y de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA).
  • Se recomienda revisar la legislación relativa a la regulación de medicamentos homeopáticos y cumplir con las disposiciones de las autoridades sanitarias a cargo.

 

FUENTES

 

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     La solicitud del Certificado de Garantía de Lote en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) se otorga a aquellos productos destinados a la exportación, para garantizar el cumplimiento de los parámetros bromatológicos y microbiológicos, así como proteger la salud y evitar las prácticas que dañen o engañen a los consumidores.

     Es así que este certificado permite a las empresas que deseen exportar sus productos al exterior, garantizar la calidad de los mismos a través del cumplimiento de las especificaciones técnicas tanto para el uso como el consumo humano de aquellos productos (Trámites GOB.EC, 2020).

DESARROLLO

     Para obtener el Certificado de Garantía de Lote se debe tomar en cuenta los siguientes requisitos:

Requisitos

  1. Declaración de la Norma Técnica INEN o Norma Internacional bajo la que se elaboró el producto.
  2. Especificación del Tamaño del Lote.
  3. Comprobante de Pago (Trámites GOB.EC, 2020).

 

Certificado de Garantía del Lote de Productos Alimenticios Nacionales a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE)

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (ARCSA, 2015)

 

Ejemplo

9242395687?profile=originalElaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Trámites GOB.EC, 2020)

 

CONCLUSIONES:

  • La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) es la entidad que emite el Certificado de Garantía de Lote para aquellos productos que se exporten, y que sea debidamente solicitado por el titular del Registro Sanitario a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE), para lo cual se realizará el análisis técnico en los laboratorios, y conforme a los resultados se emitirá el certificado.
  • El Certificado de Garantía de Lote avala que los productos de exportación cumplan con los parámetros bromatológicos y microbiológicos, aptos para el uso y consumo humano, para lo cual será necesario declarar la norma técnica INEN o Norma Internacional bajo la que se elaboró el producto, así como especificar el tamaño de lote, incluyendo el número de Registro Sanitario.

 

RECOMENDACIONES:

  • Se recomienda que aquellas empresas que requieran exportar productos al exterior tramiten la Solicitud del Certificado de Garantía de Lote a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) para agilizar el proceso, y dar cumplimiento a los parámetros y especificaciones técnicas de los productos, que certifiquen la inocuidad para su uso y consumo humano.
  • Se recomienda realizar este trámite dando cumplimiento a los requisitos obligatorios para obtener el Certificado de Garantía de Lote, y realizarlo con tiempo, puesto que este proceso puede prolongarse dependiendo de las subsanaciones que se realicen.  

FUENTES:

 

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     El Certificado de Libre Venta (CLV) es un documento que certifica la libre venta del producto, el cual será solicitado al exportador por diversos motivos, por ejemplo, este es un documento obligatorio que faculta el ingreso del producto al mercado de destino, mismo que facilitará la inscripción del registro de alimentos, por pedido del importador. 

     Es así que, el Certificado de Libre Venta es un documento emitido por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA),el cual ampara que el producto cumple con el registro sanitario en Ecuador, que proviene de una empresa legalmente establecida en el país, y que el producto no solo es fabricado para su exportación. (Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria , 2019)

DESARROLLO

Solicitud del Certificado de Libre Venta en la VUE

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Coordinación Técnica de Certificaciones y Autorizaciones y Buenas Prácticas Sanitarias, 2018)

Ejemplo

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria, 2019)

 

CONCLUSIONES

El Certificado de Libre Venta (CVL) es un documento emitido por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) que ampara que el producto cumple con el registro sanitario en Ecuador, y que el producto que proviene de una empresa legalmente constituida en el país, razón por la cual el producto no solo es fabricado para su exportación. Es así que el CVL será entregado en tres días, después de haber cancelado el valor correspondiente que está determinado por la Autoridad, y cuya vigencia es de 1 año.

RECOMENDACIONES

Se recomienda cumplir con de los documentos exigidos en los distintos trámites tanto de importación como exportación, los mismos que están normados en la legislación nacional e internacional de cada país, a fin de permitir a los operadores de comercio exterior agilizar los procesos y no incurrir en sanciones, multas o contravenciones durante el proceso de las operaciones. Es así que se recomienda cumplir con el Certificado de Libre Venta, con el cual el producto se sujeta a los requisitos y normas establecidas, para garantizar que ha pasado por un proceso de vigilancia y control sanitario, y por lo tanto es recomendable para el consumo humano.

FUENTES

 

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     El Acuerdo Comercial Multipartes entre Ecuador y la Unión Europea que se encuentra vigente desde enero del 2017 faculta al sector floricultor y Agencias Consolidadoras de Carga relacionadas realizar sus certificados de origen de forma masiva o lotes, tomando en cuenta lo siguiente: los OCEs pueden realizar el registro o elaborar solicitudes de certificado de circulación de mercaderías EUR1, a través del Formulario Certificados de Origen Masivos en la Ventanilla Única Ecuatoriana (SENAE, 2016).

     Es así que el exportador podrá generar solicitudes de certificados de circulación de mercancías, a través de la inclusión del formato en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE), interconectada con el Sistema de Gestión de Certificados de Origen, a fin de cumplir con el flujo de solitud, revisión y posterior aprobación del certificado de origen.

 

DESARROLLO

Emisión del Certificado de Circulación de Mercancías EUR 1 mediante lotes masivos en VUE para el sector floricultor

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Ministerio de Comercio Exterior, 2016)

 

Proceso a través de la VUE

  1. Ingresar al portal ECUAPASS; y escoger la opción Ventanilla Única Ecuatoriana- Certificados de Origen y DJO.
  2. Llenar los campos solicitados en la DJO.
  3. Solicitud de emisión del CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS.
  • Propietario: Información del exportador como el RUC.
  • Información: Entidad Habilitada con la que se va a solicitar el certificado de origen.
  • Productos: Información inherente a la mercancía, descripción de la mercancía de exportación (Sub-partida, Marcas, Tipos de Embalaje, Criterio de Origen, etc.).
  • Localización: Información Complementaria como País Exportador, provincia y ciudad del exportador y la fecha de solicitud del certificado de origen.
  • Enviar: Adjuntar la factura comercia.
  1. Registrar y firmar con el TOKEN la respectiva solicitud. 

EJEMPLO9242391683?profile=original

Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: ( Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, 2020)

 

CONCLUSIONES

  • A partir de la puesta en vigencia el Acuerdo Multipartes Unión Europea-Países Andinos del cual el Ecuador es parte, se incluyó un formato en la VUE con el cual el exportador puede generar las solicitudes de certificados de circulación de mercancías y posteriormente obtener el mismo, a través de la interconexión con el Sistema de Gestión de Certificados de Origen.
  • El certificado de circulación de mercancías es un documento de soporte que se realiza en el momento de la exportación de las mercancías, y que constituye un documento fundamental para acogerse a los beneficios derivados de origen preferencial.

RECOMENDACIONES

  • El certificado de circulación de mercancías EUR 1 debe llenarse en uno de los idiomas en los que se ha redactado el Acuerdo Comercial Multipartes entre Ecuador, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, y de conformidad con las disposiciones de la legislación nacional del país de Exportación.
  • En la Ventanilla Única Ecuatoriana es muy importante elaborar la DJO puesto que algunos campos de esta sección son extraídos de dicho formulario, y debe ser llenado previo a la emisión de los certificados de origen, el cual es validado por la entidad habilitada previo a la aprobación del certificado.

FUENTES:

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     El Documento de Destinación Aduanera (DDA) es un documento de control previo emitido por AGROCALIDAD, el cual indica si los productos importados en puntos de control cumplen con la normativa, reglamento y requisitos fitosanitarios y zoosanitarios correspondientes.

     Es así que la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario es la institución encargada de regular y controlar la sanidad del sector agropecuario, así como la inocuidad de los alimentos en la producción primaria (Agrocalidad, 2021).

     AGROCALIDAD emite documentos de control previo y realiza la inspección fitosanitaria y zoosanitaria a los productos que llegan al país, en el caso de no existir inconvenientes en el proceso se genera de forma electrónica el documento de destinación aduanera que faculta la nacionalización de los productos bajo control de esta institución.

DESARROLLO

Solicitud de Documentos de Destinación Aduanera a través de la VUE

  1. Ingresar a la dirección: “portal.aduana.gob.ec”.
  2. Ingresar el “ID. USUARIO” y “CONTRASEÑA” para iniciar sesión.
  3. Seleccionar Ventanilla Única Ecuatoriana.
  4. Clic en “ELABORACIÓN DE SOLICITUD” > “DOCUMENTOS DE SOPORTE” > “LISTADO DE DOCUMENTO DE SOPORTE”.
  5. En Institución seleccionar “AGROCALIDAD” y Click al botón “CONSULTAR”.
  6. Seleccionar “SOLICITUD DE DOCUMENTO DE DESTINACIÓN ADUANERA” y Click al botón “SOLICITAR”.
  7. Estructura de la Solicitud
  • Datos de Solicitud: Número de Solicitud, Propósito, Categoría del Producto, Fecha de Solicitud, Tipo de Solicitud.

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  • Datos de Fito y/o Zoosanitario: Número de permiso, Número de Certificado de Exportación, País de Origen, Medio de Transporte, Puerto de Destino.

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  • Datos del solicitante: Datos cargados a excepción de “Parroquia de la Empresa Solicitante”.
  • Datos del Exportador: Nombre, Dirección.
  • Datos de Importador
  • Datos Generales: Número de Carga, Número de Documento de transporte, Subpartida Arancelaria, Código del Producto, Número de Unidades.
  • Datos de Inspección: Lugar de Inspección, Observaciones de Solicitante.

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  • Documento adjunto: Agregar los archivos .pdf solicitados.

      8. TOKEN

      9. Constatar que la solicitud se ha enviado (AGROCALIDAD, 2015).

Ejemplo

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario , 2020)

CONCLUSIONES

  • El proceso de importación de productos bajo control de AGROCALIDAD inicia con el registro de los operadores de importación, emisión de los documentos de control previo e inspección fito y zoosanitaria de los productos que ingresan al país, cuando no existen inconvenientes en el proceso se generará de forma electrónica el Documento de Destinación Aduanera (DDA) necesario para la nacionalización de dichas mercancías.
  • Los productos reglamentados en todos los puntos de ingreso habilitados por los funcionarios de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitaria (AGROCALIDAD) deben sujetarse a los trámites previos a la importación hasta la autorización definitiva de ingreso de la mercadería o su rechazo.

 

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda conocer las restricciones para la importación de ciertos productos que por su naturaleza son susceptibles de transportar plagas o enfermedades, y deben someterse a una inspección fitosanitaria y zoosanitaria previo a la importación, así como con el cumplimiento del proceso de emisión de Documentos de Destinación Aduanera (DDA).
  • Se recomienda realizar los trámites correspondientes previo a la importación, de lo contrario no se podrá continuar con el proceso de nacionalización de la mercancía, por lo cual es importante cumplir con los requisitos previos para la obtención de Documentos de Destinación Aduanera que facultan que el producto cumple con las características fitosanitarias y zoosanitarias para la expedición de la autorización correspondiente.

 

 FUENTES

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     Las solicitudes de Registro para productores, comercializadores, importadores y exportadores se realiza a través del formulario electrónico 133-002-REQ Solicitud de Certificado de Registro de Operadores de Semillas, a raíz de lo cual los distintos tipos de trámites relacionados con sus actividades exigen menos requisitos y en consecuencia un tiempo de respuesta que no supere los 3 días, para así contribuir a la facilitación aduanera a través de la eliminación de trámites engorrosos (Ministerio de Agricultura y Ganadería , 2020).

     Tanto para la importación como exportación de semillas u otro órgano de propagación vegetal es necesario amparar la operación con una solicitud tramitada ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), quien emitirá el certificado de solicitud de Importación y/o exportación de semillas y demás requisitos previos a este proceso.

 

DESARROLLO

Registro de Importadores de Semillas

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: ( Ministerio de Agricultura y Ganadería , 2020)

Solicitud de certificado de registro de operadores de semillas a través de la VUE

     Elaboración de la Solicitud

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  • Menú de: Elaboración de solicitud / documentos de soporte / listado de documentos de soporte.
  • Consulta de la lista de formularios: Escoger la institución de MAG, clic en el botón de consultar, escoger el formulario deseado, clic en el botón “Solicitar”.

     Solicitud del Certificado

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Fuente: (MANUAL DE VUE PARA OCEs)

     

     Estructura de la Solicitud

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (MANUAL DE VUE PARA OCEs)

CONCLUSIONES

  • El Certificado de Registro de Operadores de Semillas está dirigido a las personas naturales, jurídicas y extranjeras que se dediquen a actividades agropecuarias que requieren obtener la autorización a través de la VUE, en cumplimiento de los reglamentos técnicos de control y certificación de semillas establecido por el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP).
  • La inclusión y uso de este formulario en la VUE ha permitido la automatización y por ende se redujo el número de requisitos y el tiempo en cada uno de los trámites, tales como, ampliación del registro del productor de semillas; solicitud de registro de comercializadores; registro de importadores, entre otros. Estas acciones se efectúan para promover la facilitación aduanera y la simplificación de trámites dando cumplimiento a los reglamentos técnicos de control.

 

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda a los productores, comercializadores, importadores y exportadores conocer la reglamentación técnica, misma que debe ser clara, concisa y simplificada, y que contemple los procedimientos a realizar y plazos en los trámites para facilitar las operaciones.
  • Se recomienda a los operadores realizar la revisión de formulario de la solicitud correspondiente para iniciar con el proceso de emisión del Certificado de Registro de Operadores de Semillas, por lo que, la información ingresada debe realizarse conforme a las directrices emitidas, caso contrario será rechazado y se informará las observaciones al usuario para su posterior corrección.

FUENTES:

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     El trámite de emisión del Certificado Fitosanitario de Exportación para granos en general, no contempla granos de cacao, y se realiza a través de inspecciones que garanticen el cumplimiento de los requisitos fitosanitarios de importación del país de destino.

     Este documento certifica que los productos son aptos para el consumo humano y que no presentan ningún tipo de plaga, bacteria, y otros que son perjudiciales para la salud. El trámite está dirigido a personas naturales, empresas públicas y privadas dedicadas al sector agrícola, entidades gubernamentales y ONGs dedicadas al sector agrícola (Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, 2019).

     En este sentido, la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario es la institución encargada de regular y controlar la sanidad del sector agropecuario y la inocuidad de los mismos. A continuación, se detallan los aspectos principales para realizar la Solicitud del Certificado Fitosanitario a través de la VUE.

DESARROLLO

Requisitos Obligatorios y Especiales

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario , 2019)

Solicitud de Certificado Fitosanitario de Exportación

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (AGROCALIDAD)

 

Certificado Fitosanitario de Exportación inválido

     Las razones para que un país invalide un Certificado Fitosanitario o solicite información extra son:

  • Incompletos o contienen información incorrecta, falsa o engañosa, contradictoria o discrepante.
  • Contienen una redacción o información que no sea constante con los modelos de certificados fitosanitarios.
  • Contienen información que ha sido agregada por personas no autorizadas
  • Contienen modificaciones o supresiones no autorizadas.
  • Su tiempo de validez ha expirado salvo si se ha utilizado como copia certificada para reexportación.
  • Es ilegible.
  • Son copias no certificadas.
  • Otorgan la certificación fitosanitaria de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados prohibidos para importación (Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, 2014).

CONCLUSIONES

  • La certificación fitosanitaria avala que los envíos cumplen con los requisitos fitosanitarios, contribuyendo a la facilitación del comercio internacional de productos reglamentados proporcionando un documento convenido en el ámbito internacional y los procedimientos relacionados.
  • La emisión del Certificado Fitosanitario de Exportación para granos en general contempla inspecciones para el cumplimiento de los requisitos fitosanitarios de importación del país de destino.

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda verificar si el país de destino ha levantado restricciones fitosanitarias de acceso a los productos de origen vegetal ecuatorianos (granos en general) antes de iniciar el trámite correspondiente.
  • Se recomienda analizar los requisitos del país de destino con el fin de cumplir tanto con los requisitos obligatorios como especiales para el proceso de exportación del producto, como es el caso de la emisión de la Solicitud del Certificado Fitosanitario para Exportación de granos en general como un documento de control previo que avala y garantiza la sanidad e inocuidad del producto.

FUENTES:

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

La Solicitud del Certificado de Requerimiento o no del Registro Sanitario tiene como objetivo verificar que los productos requieran o no registro sanitario, notificación sanitaria o notificación sanitaria obligatoria, mismo que son necesarios para la distribución, comercialización o importación de los productos de uso y consumo humano. La solicitud estará dirigida a La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) para productos sujetos a control y vigilancia sanitaria objeto de importación o exportación y para productos objeto de comercio en todo el territorio nacional.

Estas solicitudes deberán ser ingresadas a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) sin ningún costo y su vigencia será de 12 meses. Una vez ingresada la solicitud, la ARCSA realizará el análisis documental técnico-químico, y de no existir observaciones se procederá a la emisión del Certificado de Requerimiento o no del Registro en el término de 15 días laborales contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud (Dirección Técnica de Registro Sanitario, Notificación Sanitaria Obligatoria y Autorizaciones, 2019).

DESARROLLO

Información que debe contener la Ficha Técnica de los productos

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria)

Solicitud del Certificado de Requerimiento o no del Registro Sanitario a través de la VUE

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Dirección Técnica de Registro Sanitario, Notificación Sanitaria Obligatoria y Autorizaciones, 2019)

Ejemplo

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria , 2020)

 

CONCLUSIONES

  • La Ventanilla Única Ecuatoriana permite a los usuarios de comercio exterior obtener documentos de control previo, como es el caso de la Solicitud del Certificado de Requerimiento o No del Registro Sanitario cumpliendo, para lo cual la ARCSA realizará el análisis de la documentación adjunta y en el caso de no existir observaciones se emitirá el Certificado correspondiente sin ningún costo y con una vigencia de 12 meses a partir de su emisión.  
  • La obtención de la solicitud del certificado de Requerimiento o No del Registro Sanitario está orientando a verificar que los productos requieran o no registro sanitario, notificación sanitaria o notificación sanitaria obligatoria, lo que habilitará la distribución, comercialización o importación de los productos de uso y consumo humano, con el fin de agilizar y optimizar el ingreso de solicitudes.

RECOMENDACIONES

  • En el caso de existir observaciones por parte de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria, se recomienda realizar la corrección en un término de 30 días, si no se subsanan las observaciones en el plazo determinado el proceso se dará por cancelado.
  • Se recomienda realizar el trámite únicamente por una de las dos vías de ingreso de la solicitud, a través de la Secretaría de la ARCSA por medio de Quipux o a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana – VUE, con el objetivo de evitar duplicidad de la información, así como adjuntar los documentos necesarios caso contrario el trámite se dará de baja.

FUENTES

 

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     Los Documentos de Control son documentos emitidos por las entidades de control en materia de Comercio Exterior que están incorporadas en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE). Estos documentos de control pueden ser documentos de acompañamiento denominados de control previo, los cuales deben tramitarse y aprobarse antes del embarque, y los documentos de soporte que constituirán la base de la información de la Declaración Aduanera.

     Es así que a través de la opción Monitoreo del Procesamiento de Documentos de Control se puede identificar y verificar la cantidad de solicitudes generadas a cada entidad. Estas solicitudes pueden presentar los siguientes estados: Solicitud no aprobada, solicitud aprobada, desistimiento aprobado, revocación realizada, y anulación aprobada. (SENAE, 2017)

DESARROLLO

Monitoreo al procesamiento de Documentos de Control

     A continuación, se describe de forma secuencial las tareas y actividades que se realizan para consultar la cantidad de solicitudes de documentos de control generadas a través del sistema ECUAPASS mediante la verificación y monitoreo del procesamiento de Documentos de Control.

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (SENAE, 2017)

Ejemplo

     La Ventanilla Única Ecuatoriana permite a los usuarios del servicio aduanero y aquellos vinculados a las actividades de comercio exterior, realizar los trámites, requerimientos y procedimientos correspondientes. En el gráfico se muestra cómo se realiza la consulta y procesamiento de los Documentos de Control para las distintas entidades incorporadas en la VUE.

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Manual de VUE para OCEs, s.f.)

CONCLUSIONES

  • El monitoreo al procesamiento de Documento de Control permite visualizar el Listado de Documentos de Acompañamiento y Soporte conjuntamente con la Generación de Solicitudes de los Documentos para determinar automática la cantidad de solicitudes de cada institución y de esta manera asegurar que los documentos se preparen, revisen, y aprueben para continuar con los trámites de importación/exportación.
  • Los estados de las solicitudes generadas por la autoridad de control integrada en la Ventanilla Única Ecuatoriana son: Solicitud no aprobada, Solicitud aprobada, Desistimiento aprobado, Revocación realizada, Anulación aprobada.

 

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda conocer el procedimiento para verificar y monitorear el registro de solicitudes de documentos de control a las distintas entidades integradas en la VUE con el fin de facilitar y reducir tiempos en los trámites.
  • Se recomienda ingresar la información solicitada en los campos obligatorios para efecto de funcionalidad, de lo contrario no se podrán continuar con las acciones de registro y modificación de información.

 

FUENTES

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

La Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) es el sistema mediante el cual a través del portal ECUAPASS se realizan los trámites que requieren los Operadores de Comercio Exterior tanto para la importación como exportación de productos específicos controlados por la VUE.

En el país existen veinte Instituciones de Control sujetas a implementación de la VUE, con el objetivo de facilitar el proceso de autorización de documentos de control previo para la importación y exportación, entre ellas, el Instituto Nacional de Pesca (INP).

Es así que los documentos emitidos mediante la VUE se pueden verificar tanto por el usuario como por la autoridad de control, garantizando de esta manera su autenticidad y así facilitar la tramitación en un solo punto de acceso a través de internet. (INEN Reglamentación, 2019)

DESARROLLO

El Instituto Nacional de Pesca (INP) es una entidad de derecho público dedicado a la investigación biológica, tecnológica y económica, orientada al desarrollo del sector pesquero-acuícola (Ministerio de Acuacultura y Pesca , s.f.). En este sentido para obtener un Certificado Sanitario de Importación se debe cumplir con el siguiente procedimiento y presentar los requisitos correspondientes.

Proceso de emisión del Certificado Sanitario

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (INP, s.f.)

Proceso de verificación del Certificado de INP a través de la VUE

La verificación del Certificado Sanitario emitido por el Instituto Nacional de Pesca se realiza a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana de la siguiente manera.

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (VUE, s.f.)

CONCLUSIONES

  • Existen alrededor de 20 instituciones de control que integran la Ventanilla Única Ecuatoriana, entre ellas el Instituto Nacional de Pesca con lo cual se intenta facilitar la autorización de documentos de control previo tanto para la importación como exportación.
  • Los documentos emitidos a través de la VUE se pueden verificar en línea tanto por el usuario como por la autoridad de control para garantizar la autenticidad y validez de los mismos.

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda cumplir con los requisitos para utilizar el sistema, así como estar registrados y contar con la firma electrónica, llenar el formulario electrónico y adjuntar los documentos requeridos para realizar la solicitud y posteriormente cumplir con el proceso de control y verificación.
  • Se recomienda tomar en cuenta los trámites y documentos necesarios que se deben cumplir como requisito previo ante las entidades reguladores al momento de realizar una importación, con el fin de reducir tiempo e incrementar la eficiencia en cuanto al proceso de tramitología.

FUENTES

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     Las sustancias catalogadas sujetas a fiscalización son aquellas que constan en el anexo de la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas, las cuales se dividen en, estupefacientes, psicotrópicas, precursores químicos y sustancias químicas específicas. (GOB.EC, 2019)

     Las personas naturales y jurídicas calificadas como importadores, previo a cada embarque, deberán solicitar a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) la autorización para la importación de medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE). (ARCSA, 2017)

DESARROLLO

Requisitos

  1. Nota de pedido o factura proforma de la importación.
  2. Especificaciones técnicas de orden cualitativo y cuantitativo.
  3. Pago cancelado por los valores correspondientes.

Procedimiento para solicitar la autorización de importación

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (ARCSA, s.f.)

Aspectos importantes para llenar el formulario

  • El sistema generará el número de solicitud secuencial y el usuario deberá elegir la ciudad en dónde realizará el trámite.
  • Seleccionar "Datos de Importador" y si el importador es el mismo que el solicitante la información será igual en el recuadro siguiente.
  • Al seleccionar el Código de Empresa, este se enlaza con los medicamentos que han sido aprobadas por la ARCSA, en la Calificación o Renovación del presente año.

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Fuente: (ARCSA, 2017)

  • Ingresar los datos correspondientes al tema de logística, valores FOB y CIF.
  • Los Tipos de Recipiente autorizados son únicamente: Ampollas, Frascos, Cajas y Viales.
  • La opción "Cantidad Neta (ARCSA)" es la cantidad del principio activo.
  • La opción "Unidad (ARCSA)" se carga automáticamente según la información establecida en la calificación.
  • La opción "Número de Recipiente" es a la unidad física.
  • Elegir en la opción "Subpartida" únicamente las subpartidas controlada por ARCSA.

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Fuente: (ARCSA, 2017)

  • En "Tipo de Producto" la opción disponible es Medicamentos.
  • Adjuntar los documentos de acuerdo a su condición: Obligatorio (*), Condicional (+) u Opcional (O).

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Fuente: (ARCSA, 2017)

  • Para finalizar y generar la solicitud en la VUE, el sistema le solicitará el TOKEN. (ARCSA, s.f.)

Consideraciones

  1. Las solicitudes ingresadas tendrán una vigencia de 10 días laborales para realizar la generación de la orden de pago.
  2. En el caso de no presentar Cupo Disponible de la sustancia contenida en el medicamento a importar, la solicitud será rechazada, y se procederá a realizar una solicitud de ampliación de cupo.
  3. Cuando la solitud se encuentre en estado "AUCP ENVIADO A LA ADUANA" los únicos cambios a realizarse serán:
  • Partida arancelaria
  • Registro Sanitario
  • Número de Recipiente. (ARCSA, 2017)

CONCLUSIONES

  • Las personas naturales y jurídicas calificadas y autorizadas como importadores previo al embarque, obtendrán de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria, la autorización para la importación de medicamentos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.
  • Los documentos necesarios para obtener la solicitud a través de la VUE son: la nota de pedido o factura proforma de la importación; y especificaciones técnicas de fórmula cualitativa y cuantitativa.

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda capacitar a los usuarios para que tengan conocimiento de estos trámites y de esta forma agilizar la obtención de la autorización correspondiente.
  • Se recomienda tomar en cuenta las consideraciones generales para llenar el formulario y evitar realizar subsanaciones (correcciones) que retrasen el trámite.

FUENTES

 

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     La Ventanilla Única Ecuatoriana forma parte de la política de comercio exterior y de la estrategia nacional de simplificación de trámites, a través de la cual los Operadores de Comercio Exterior (OCE´s) gestionan los documentos de control previo, tales como, registros, permisos, autorizaciones, notificaciones, certificados, entre otros. En este sentido el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) tiene el deber de emitir disposiciones complementarias para que las entidades tanto públicas como privadas implementen en la VUE los trámites relacionados al comercio exterior, con el fin de optimizar tiempos y costos en los procesos de importación y exportación. (Noboa, Peña, & Torres, s.f.)

     Es así que la implementación de la VUE ha permitido reducir significativamente el tiempo y los costos de transacciones en cuanto a actividades de comercio exterior; así como facilitar y agilizar los trámites, autorizaciones y certificaciones desde un solo punto de acceso, lo cual contribuye a la facilitación del comercio exterior y al control real de las operaciones. 

DESARROLLO

     La implementación de la VUE contribuye a la facilitación y control de las operaciones de comercio exterior como una herramienta electrónica que permite a los Operadores de Comercio Exterior (OCE´s) presentar los requisitos y documentación exigible para la obtención de los permisos, registros, notificaciones, entre otros, que son necesarios para los procesos tanto de importación como de exportación. Es por este motivo que se deben tomar en cuenta los siguientes parámetros. 

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Decreto No. 312, 2018)

Ejemplo

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (SENAE, s.f.)

 

CONCLUSIONES

  • La VUE es parte de la política de facilitación del comercio exterior y de la estrategia de simplificación de trámites, mediante una gestión óptima de los documentos de control previo, tales como, registros, permisos, autorizaciones, notificaciones, certificados, entre otros.
  • El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) es la autoridad encargada de coordinar y emitir disposiciones complementarias para que las distintas entidades públicas y privadas implementen en la VUE los trámites relacionados a las operaciones de comercio exterior.

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda estar constantemente en un proceso de mejora respecto a la herramienta VUE, para facilitar los trámites con respecto a las autorizaciones y certificados, y de esta manera reducir tiempo y costos relacionados a las transacciones de comercio exterior.
  • Se recomienda brindar información y capacitar a los Operadores de Comercio Exterior sobre el manejo de la VUE con el fin de aprovechar las ventajas que ofrece el uso de esta herramienta en cuanto a reducción, agilidad y transparencia de la tramitología y así mantener un control real sobre las importaciones.

FUENTES

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     La Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) es el sistema mediante el cual a través del portal ECUAPASS se realizan los trámites requeridos por los Operadores de Comercio Exterior (OCES´s) para la importación de productos sujetos al cumplimiento de requisitos, documentos y reglamentos.

     Es así que, los Certificados de Conformidad son documentos emitidos de acuerdo con las reglas de un Sistema de Evaluación de la Conformidad a través del que se reconoce que un producto cumple con un reglamento técnico o procedimiento de evaluación (Servicio de Acreditación Ecuatoriano, 2020). El organismo que desarrolla actividades de evaluación y que permite demostrar que se cumplen con los requisitos especificados para cada producto, procesos o sistema es el Organismo de Evaluación de la Conformidad (OEC) conjuntamente con el Organismo de Acreditación (OA).

DESARROLLO

     El proceso de revisión y verificación de certificados de conformidad comprende el proceso de ingreso de la solicitud a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana, la recepción y pago, la verificación, subsanación y aprobación de los certificados y demás documentos establecidos en la Normativa Técnica para la importación de bienes sujetos a Reglamentos Técnicos Ecuatorianos.

Fases del Proceso de Verificación

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (Servicio de Acreditación Ecuatoriano, 2020)

     El importador puede realizar el seguimiento del estado de la solicitud a través del Sistema ECUAPASS mediante la opción “Proceso de Solicitud” e ingresar el número de solicitud para desplegar el estado del procedimiento.

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Fuente: (ECUAPASS, 2020)

Ejemplo

     Cuando un importador realiza el trámite a través del sistema ECUAPASS mediante la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) para verificar la conformidad, el Servicio de Acreditación Ecuatoriana (SAE) se encarga de comprobar que los documentos proporcionados sean emitidos por un organismo de acreditación reconocido y que forme parte de los acuerdos. Es importante tener en cuenta que no siempre el trámite de verificación deberá pasar por el SAE. 

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (SENAE, s.f.)

CONCLUSIONES

  • Para demostrar la conformidad de un producto a importar con un documento que deba acreditarse y ser verificado ante el Servicio de Acreditación Ecuatoriano se debe realizar el proceso a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) del sistema ECUAPASS. Mediante esta plataforma se debe gestionar el trámite de verificación de los certificados de conformidad el cual es 100% en línea.
  • Los certificados de conformidad deben registrase bajo las reglas del sistema de evaluación de la conformidad y cumplir con las especificaciones del reglamento técnico o procedimiento de evaluación previo a la importación de los productos.

RECOMENDACIONES

  • Se recomienda a los importadores antes de empezar con cualquier gestión verificar si el producto que se desea traer posee un reglamento técnico, con el fin de decidir la mejor opción para demostrar la conformidad del mismo, es importante conocer si el producto ha sido certificado o se ha sometido a un ensayo de laboratorio conforme a los requisitos establecidos en la Reglamentación Técnica Ecuatoriana.
  • Se recomienda comprobar antes de importar un producto que el organismo certificados que emite el certificado este acreditado por un Organismo de Acreditación, y cerciorarse que la información se encuentre publicada en la página del organismo evaluador para que el Servicio de Acreditación Ecuatoriano revise, evalué, apruebe o rechace la solicitud.

FUENTES:

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     Desde tiempo atrás el tema de propiedad intelectual ha sido considerado por la Aduana desde el punto de vista tributario en razón de los cánones y derechos de licencia que se incluyen para establecer el valor en aduana de las mercancías; sin embargo, hoy en día el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) se ha visto en la necesidad de asumir nuevos compromisos que garanticen la protección de mercancías en materia de propiedad intelectual.

     El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC) obliga a los países miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) a adoptar medidas y mecanismos jurídicos de naturaleza, civil, penal, administrativa y aduanera para brindar protección a la propiedad intelectual en las operaciones de comercio internacional (Ponce, s.f.).

     En este sentido la función de control es un elemento clave en la gestión de riesgo, puesto que facilita las operaciones y asegura a quiénes participan en el marco del comercio exterior desarrollar sus actividades bajo las normas y reglamentos establecidos. 

DESARROLLO

Base legal y organismos de control

     El procedimiento que debe cumplir el titular de un registro de marca o derecho de autor que presuma y tenga evidencia suficiente para suponer que se realizarán importaciones o exportaciones de mercancías que vulneren su derecho sobre su marca o su derecho de autor está contemplado en el Código Orgánico De La Economía Social De Los Conocimientos, Creatividad E Innovación , publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 899 del 9 de diciembre de 2016, en el Capítulo III De Los Procedimientos Administrativos en Materia de Propiedad Intelectual, Sección II De la Observancia Positiva, Apartado II De las medidas en frontera, desde el artículo 575 hasta el artículo 583 (SENAE, 2019).

     Es importante señalar que todo acto de control en materia de Propiedad Intelectual deberá estar autorizado por el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI), así como el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI) que es la entidad competente encargada de promover, fomentar, proteger y resguardar los derechos intelectuales.

Procedimiento Operativo de una medida en frontera

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (SENAE, s.f.)

     Es importante señalar que el importador puede pedir al Distrito la separación de las mercancías que vulneren la Propiedad Intelectual, para proceder con la nacionalización del resto de mercancías.

Ejemplos

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (SENAE, s.f.)

CONCLUSIONES

  • La aplicación práctica de El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio, así como el correcto procedimiento operativo en frontera, son una manera efectiva de proteger los derechos de propiedad intelectual, impedir fraudes y fomentar las medidas de control.
  • La aplicación de medidas de control por parte de la Aduana ha permitido crear una base de datos con el objetivo de mejorar el proceso de detección de casos que atentan contra los derechos de propiedad intelectual a través de la herramienta de perfiles de riesgo.

RECOMENDACIONES

  • Mejorar las medidas adoptadas en frontera en función de la aplicación de controles por parte de la Aduana. Es necesario definir claramente las competencias frente a este tipo de situaciones que ocurren en una operación de comercio internacional.
  • Trabajar conjuntamente con los representantes de marca y realizar capacitaciones para reconocer mercancías que pueden violar los derechos de propiedad intelectual, con lo cual la tendencia en el número de casos será menor.

FUENTES

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     La liquidación de los tributos aduaneros se refiere a la determinación de la cuantía de los tributos procedentes de una operación aduanera (SENAE, 2018). Es así que, una vez transmitida la Declaración Aduanera de Importación (DAI) en el sistema ECUAPASS se genera la liquidación correspondiente a los tributos declarados, así como la liquidación por el valor de la tasa de servicio de control aduanero. 

     La opción Consulta de Liquidación permite a los funcionarios del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) y usuarios en general conocer el estado de la liquidación y la cuantía de los tributos a pagar. Es importante señalar que, el proceso aduanero continuará una vez realizado el pago de dichas liquidaciones.

 

DESARROLLO

Estados de Liquidación

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Fuente: (SENAE, 2018)

Elaborado por: Toapanta Katherine

Procedimiento

     1. Ingresar al portal ECUAPASS https://ecuapass.aduana.gob.ec/

     2. Digitar el usuario y contraseña.

     3. Seleccionar la opción Trámites Operativos.

     4. Dirigirse a "1.1.2 Formulario de solicitud de Categoría".

     5. Seleccionar la opción "Despacho de Importación".

     6. Seleccionar "Consulta de Liquidación" y seguir la ruta "Estado de 

     Liquidación"  >  "Consulta de Liquidación".

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     7. A continuación, se presenta la pantalla “Consulta de Liquidación”.

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     Los criterios de búsqueda son los siguientes:

  • Fecha de Liquidación: Seleccionar el rango de fecha.
  • Distrito Aduanero
  • Número de Liquidación Aduanera a consultar
  • Número de Referencia: Número asociado de Liquidación
  • Estado de Liquidación:

          [A] Pendiente de Pago

          [Z] Anulada

          [C] Pagada

          [D] Confirmada

  • Tipo de Documento de Identificación:

          [001] RUC

          [002] Cédula de Identidad

          [003] Catastro

          [004] Pasaporte

          [005] Otros

  • Forma de Pago: Identificar si las liquidaciones fueron pagadas con tarjeta de crédito o débito.
  • Búsqueda de resultado a través de los siguientes criterios: Número de Liquidación, Número de Referencia, Código de Contribuyente, Contribuyente, o Situación Legal.

     8. Seleccionar la opción "Consultar".

     9. Los campos que se presentan posterior a la Consulta son los siguientes:

  • En la Sección "Resultado" se muestran los ítems registrados bajo los criterios de búsqueda.
  • En la Sección "Detalle de estado de Liquidación" se presenta la información relacionada a uno de los resultados de la búsqueda general o específica.
  • En la Sección "Detalle de Tributos" se presenta información sobre la liquidación consultada, tales como: Tributos, Liquidado, Liberado, y Total a pagar.

     10. Imprimir la Liquidación. (SENAE, 2018)

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Fuente: (SENAE, 2018)

Pago de Liquidaciones con tarjeta de crédito/débito

     Los pagos de las liquidaciones aduaneras se pueden realizar a través de tarjetas de crédito y débito de los operadores de VISA y MASTERCARD para pagos corrientes y definidos.

     Las liquidaciones sujetas a esta forma de pago son aquellas que se encuentren en estado NO PAGADO o EMITIDA. Esto se realiza para promover la recaudación de los tributos al comercio exterior y facilitar el pago de obligaciones pendientes de los OCE´s.

     En este sentido el SENAE ha habilitado Dispositivos para el cobro con tarjetas de crédito (POS) en los distintos Distritos, y en las salas de arribo de aeropuertos internacionales y pasos fronterizos. Por ejemplo: Puerto Marítimo, Tulcán, Puerto Bolívar, Subdirección de Zona de Carga Aérea, Plataforma Gubernamental, Aeropuerto Tababela, Aeropuerto José Joaquín de Olmedo, Aeropuerto Esmeraldas, y Huaquillas. (SENAE, 2018)

Cobro de tasas por servicios aduaneros

     Las tasas por servicios aduaneros se fijan en proporción al costo de los servicios prestados a nivel nacional y local. El SENAE fijará las tarifas y regulará su cobro. A continuación, se presentan la lista de las tasas en Aduana.

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Fuente: (SENAE, 2015)

Elaborado por: Toapanta Katherine

     Procedimiento

  1. Se solicita el servicio aduanero requerido en la Dirección General o en la Dirección Distrital a nivel nacional.
  2. Se genera la liquidación manual por tasas.
  3. Se entrega al Operador de Comercio Exterior la liquidación manual impresa o por correo electrónico.

Ejemplo

     En este caso para Consultar el Estado de Liquidación se requiere del número de liquidación, y el rango de la fecha. Posterior se procede a seleccionar la opción “Consultar”.

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FUENTE: (Topology, s.f.)

     Se puede observar el detalle del estado de la liquidación y de los tributos a pagar.

CONCLUSIONES

     El sistema ECUAPASS al momento de la transmisión de la Declaración Aduanera de Importación (DAI), generará la liquidación correspondiente por el valor de los tributos y la liquidación manual de tasa por el valor de la tasa de servicio de control aduanero correspondiente. El proceso de importación continuará una vez pagadas dichas liquidaciones.

     Además brinda facilidades a los Operadores de Comercio Exterior para acceder al estado de sus trámites, y permite a los usuarios agilizar la consulta de liquidaciones por concepto de Declaración de Importación, multas, tasas, intereses entre otros. 

RECOMENDACIONES

     Se recomienda al Operador de Comercio Exterior mantenerse al día con sus obligaciones tributarias para evitar contratiempos en el proceso de desaduanización de mercancías.

     Así mismo, es necesario conocer en detalle los procesos subyacentes a sus obligaciones con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador a través del sistema ECUAPASS.

FUENTES:

AUTOR: Toapanta Katherine

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INTRODUCCIÓN

     El proceso de exportación inicia con la trasmisión electrónica de la Declaración Aduanera de Exportación (DAE) a través del sistema ECUAPASS, acompañado de la factura o proforma y la documentación necesaria previa al embarque. Los datos que se consignan en la DAE son la información correspondiente al exportador o declarante, descripción de la mercancía por ítem de factura, datos del consignante o importador, destino de la carga, cantidades, peso, entre otros. Por otra parte, los documentos digitales que acompañan a la DAE y que se gestionan a través del sistema ECUAPASS son la factura comercial, autorizaciones previas y certificados de origen del ser el caso (SENAE, 2020).

     En este contexto, la plataforma informática del Servicio de Rentas Internas (SRI) mantiene una interconexión con el sistema aduanero ECUAPASS, y permite verificar los números de clave de acceso de las facturas electrónicas autorizadas en Declaraciones Aduaneras de Exportación (DAE). Es así que, el usuario externo puede generar la DAE únicamente con el número de factura proforma sin la necesidad de adjuntar digitalmente la factura para dar inicio al proceso de transmisión y presentación de declaraciones de exportación en el sistema aduanero ECUAPASS.

DESARROLLO

Uso de facturas físicas y electrónicas

     Los exportadores pueden utilizar como documento de acompañamiento para la transmisión, corrección o declaración sustitutiva de sus Declaraciones Aduaneras de Exportación (DAE), tanto la factura comercial como la factura electrónica. Es importante tener en cuenta las consideraciones siguientes:

     Factura Comercial

  • Digitar el número de la factura en el campo “Número de documento de acompañamiento”. Ejemplo: 001-001-000000002

     Factura Electrónica

  • Digitar el número de clave de acceso (49 dígitos) de la factura electrónica autorizada por el SRI. (SENAE, 2015)

Interconexión del sistema ECUAPASS con el SRI para verificación de Facturas Electrónicas

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (SENAE, 2015)

Representación Impresa del Documento Electrónico (RIDE)

     El Servicio de Rentas Internas (SRI) promueve la facturación electrónica en Ecuador desde el año 2012. Es así que la Representación Impresa de un Documento Electrónico (RIDE) se aplica a facturas, comprobantes de retención, notas de crédito y débito, así como guías de remisión (García, 2015).

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Fuente: (Servicio de Rentas Internas, 2020)

     En este sentido, para generar la Declaración Aduanera de Exportación es necesario digitar el número de la factura comercial, sin adjuntar la factura definitiva autorizada por el SRI, mismo que no es un documento de soporte necesario para continuar con el proceso de despacho de las mercancías exportadas. Sin embargo, el funcionario aduanero podrá requerir la presentación de los documentos originales de ser necesario como medida de control (SENAE, 2015).

     Para el caso de facturas electrónicas, el exportador debe adjuntar el respectivo archivo RIDE. Es importante señalar, que las representaciones de los comprobantes electrónicos tienen validez tributaria y jurídica.

     Se debe tener en cuenta lo siguiente:

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (García, 2015)

Ejemplo: Directrices para la aplicación de facturación electrónica

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Elaborado por: Toapanta Katherine

Fuente: (PREGUNTAS FRECUENTES e-BILLING, s.f.)

 

CONCLUSIONES

  • Cuando se seleccione el tipo de documento de acompañamiento “116-Factura Electrónica” se debe ingresar el número de clave de acceso de la factura electrónica autorizada por el Servicio de Rentas Internas, mismo que se compone de 49 dígitos; y adjuntar el archivo RIDE de la factura electrónica. Adicionalmente, se debe agregar el detalle de todas las facturas que amparan la DAE con los respectivos números de claves de acceso.
  • Cuando se seleccione el tipo de documento de acompañamiento “010-Factura Comercial” se debe ingresar el número de la factura correspondiente y continuar con el procedimiento regular referente a la modalidad de factura pre impresa.

RECOMENDACIONES

  • Es recomendable verificar que el archivo de la Representación Impresa de Documentos Electrónicos (RIDE) cuente con un número de autorización, mismo que acredita su validez tributaria y jurídica, de lo contrario el sistema ECUAPASS mostrará un mensaje de error. De esta forma, los comprobantes electrónicos deben ser transmitidos previamente al SRI y constar en la base de datos de comprobantes autorizados.
  • Es recomendable verificar los requisitos correspondientes al esquema de emisión de comprobantes electrónicos que se realiza a través de la plataforma informática del SRI, por lo cual es necesario contar con el certificado digital de firma electrónica adquirido en las Entidades de Certificación Autorizadas, de esa forma se podrá adjuntar facturas electrónicas en la Declaración Aduanera de Exportación necesarios para la trasmisión, solicitud de corrección y declaración sustitutiva.

FUENTES:

AUTOR: Toapanta Katherine

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