Publicaciones de Jhon Steve Alvarez Rodriguez (56)

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DESADUANIZACION DE MERCANCÍAS IMPORTADAS

INTRODUCCIÓN

Para desaduanizar  mercancías es necesario haberse registrado como Importador en el sistema ECUAPASS y aprobado por la Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.

Es necesario para  el trámite de desaduanización de mercancías la asesoría y servicio de un Agente Acreditado por el SENAE. El cual será el único autorizado para la desadunizacion.

DESARROLLO

En el caso del aforo deberá estar presente.

Lo tipos de aforo son

Canal de Aforo Automático (Art. 80 RCOPCI)

Canal de Aforo electrónico (Art. 81 RCOPCI)

Canal de Aforo documental (Art. 82 RCOPCI)

Canal de Aforo Físico Intrusivo(Art. 83 RCOPCI)

Canal de Aforo físico No Intrusivo (Art. 83 RCOPCI)

 

Cuando no se cumpliere con el envío de los documentos indicados en el presente articulo dentro del término de los treinta días calendario, contados a partir de la fecha de arribo de la mercancía, acarreara su abandono tácito según lo establecido en el art. 142 del COPCI sin perjuicio de la imposición de la respectiva multa por falta reglamentaria de acuerdo a lo establecido en el literal d) del art. 193 del COPCI. (Art. 67 Reg. COPCI).

Los documentos digitales que acompañan a la DAI a través del ECUAPASS son:

Documentos de acompañamiento: son aquellos que denominados de control previo, deben tramitarse y aprobarse antes del embarque de la mercancía deben presentarse, física o electrónicamente, en conjunto con la Declaración Aduanera, cuando estos sean exigidos. (Art. 72 Reg. COPCI)

Documentos de soporte: Constituirán la base de la información de la Declaración Aduanera a cualquier régimen. Estos documentos originales, ya sea en físico o electrónico, deberán reposar en el archivo del declarante o su Agente de Aduanas al momento de la presentación o transmisión de la Declaración Aduanera, y estarán bajo su responsabilidad conforme a lo determinado en la Ley. (Art. 73 Reg. COPCI)

 

  • Factura Comercial
  • Certificado de Origen (cuando proceda
  • Documentos que el SENAE o el Organismo regulador de Comercio Exterior considere necesarios

Conclusión

Transmitida la Declaración Aduanera, el Sistema le otorgará un número de validación (Refrendo) y el CANAL DE AFORO que corresponda   

En los casos de que a la declaración aduanera se le asigne aforo físico o documental, esta deberá completarse el mismo día con la transmisión digital de los documentos de acompañamiento y de soporte.

Recomendación

Observar el proceso mencionado, optimizando tiempo y costos analizando el proceso de la manera mas eficiente para su elaboración física en el momento justo de una desaduanización de mercancías importadas

Autor:

Jhon Alvarez

Fuentes:

http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?anio=20...

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Introducción:

Para la elaboración de documentos electrónicos simplificados de importación es necesario llenar todos los campos obligatorios que nos exige la autoridad aduanera,

Varias secciones y pestañas que conforman una DAS.

  • Información General
  • Información  de consignatario
  • Información de declarante
  • Información de carga / series /documentos asociados
  • Valores Totales
  • Autoliquidación de común

Desarrollo:

Información General.- cuenta con subsecciones los cuales están conformados  por catálogo en su mayoría, la información tal como su nombre lo indica es general, y está conformado por el codigo de aduana de destino, bajo a que régimen se declarará, el código del declarante y fecha se llenan automáticamente       

  • A.03 Código del declarante.- es un código asignado a una persona natural o jurídica que suscribe y transmite o presenta una Declaración Aduanera de mercancías en nombre propio o de otro, en las formas y condiciones establecidas en el COPCI, 
  • A.01 Código de Aduana.-, conformado por un catálogo, 019 Guayaquil Aéreo o 055 Quito
  • A.02 Fecha de Orden.-   fecha en la que se elaborara el documento electrónico  
  • A.04 Código de Régimen.-, conformado por un catálogo, 91 Courier de importación o 92 importaciones de correos del ecuador  

 

Conclusión 

Al momento de elaborar una declaración aduanera simplificada es necesario acudir a una institución privada o pública enfado al régimen 91 o 92, ya que ellos cuentan con la autorización para realizar DAS, en la primera sección contamos con información general la cual está enfocado en trasmitir datos generales como código de declarante (Courier), a la aduana de destino, fecha de elaboración del e-Doc, y el tipo de régimen 91 para empresas privada y 92 para empresa publica    

Recomendación

Es necesario tener muy en claro todos estos parámetros, para que no existan retrasos o errores de transmisión de datos a la aduana  

Régimen Aduanero.- Es el tratamiento aduanero aplicable a las mercancías, solicitado por el declarante, de acuerdo con la legislación aduanera vigente;

Envíos o Paquetes postales.- Término genérico que designa a cada una de las expediciones efectuadas por el operador público, o por los operadores privados debidamente autorizados, para operar en los regímenes de Tráfico Postal y Mensajería Acelerada o Courier;

Autor: 

Jhon Alvarez

Fuente:

https://portal.aduana.gob.ec

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INTRODUCCIÓN

Según el Artículo 2 correspondiente a la resolución N° 010-2014 del COMEX.- Dispone la creación de códigos suplementarios (TNAN) al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador para las sub partidas mencionadas en el Anexo 1. 

DESARROLLO

Los siguientes productos se exceptúan la presentación del certificado de reconocimiento otorgado por el INEN:

2103.90.20.00  - - Condimentos y sazonadores compuestos.

3208.10.00.00 – A base de poliésteres.

3208.20.00.00 – A base de polímeros acrílicos o vinílicos.

3208.90.00.00 – Los demás.

3209.10.00.00 – A base de polímeros acrílicos o vinílicos.

3209.90.00.00 – Los demás.

0209.10.10.00 - - tocino sin partes magras

0209.10.90.00 - - Los demás  

0209.90.90.00 – Las demás

2005.70.00.00 – Aceitunas

Estos productos no se encuentran dentro del campo de aplicación de los respectivos reglamentos técnicos del Instituto ecuatoriano de normalización aplicables en cada caso, no siéndoles exigible la presentación del documento de control para su nacionalización.

La funcionalidad es poder identificar que productos serán importados como bienes finales y cuales como insumos de materia prima.

Conclusión: Existen diversos factores que alimentan la aplicación de medidas para arancelarias como el déficit de la balanza comercial, la calidad de los productos que se importan y las exigencias que el consumidor demanda en el mercado ecuatoriano. Ciertamente  dichos certificados retrasan los procesos aduaneros.

Recomendación:

Sería bueno cuestionar que reglamentos técnicos son necesarios.

La verdad es que el control es minucioso y la Matriz Productiva del País tiene que sacar provecho lo más breve posible.

Autor:

Jhon Alvarez

Fuentes:

http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?anio=20...

http://www.eluniverso.com/noticias/2014/04/04/nota/2585386/aduana-i...

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INTRODUCCIÓN

Según Boletín 132-2014 de la Aduana, el plazo máximo para regularizar sus DAE es hasta el 2 de junio del 2014, caso contrario la Aduana revisará el perfil de riesgo con el fin de controlar los valores de exportación y coordinar con entidades de control.

DESARROLLO

Por este motivo es necesario conocer el procedimiento a seguir para que la carga contenerizada sea regularizada a través del Ecuapass.

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Conclusión:

La tecnología avanza cada día y facilita los procesos aduaneros, de la misma manera es primordial actualizar los conocimientos constantemente para estar a la par de los cambios que se producen en la Aduana del Ecuador. 

Autor:

Jhon Alvarez

Fuentes:

http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?pg=1&am...

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2014/SENAE-MEE-2-2-001-V...

 

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Mensaje de datos

Introducción:

Los mensajes de datos son mensajes enviados o recibidos por medios electrónicos, lo cual contribuye a la aduana a la eliminación del uso de papel y de procesos que necesitaban la presencia de la persona; de modo que se agiliten y mejoren los procedimientos y operaciones aduaneras con el sistema ECUAPASS.

Desarrollo:

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Conclusión:

Un punto importante dentro de la Ley de Comercio Electrónico, en lo que se refiere a mensajes de datos, es que para la elaboración, transferencia o utilización de bases de datos, obtenidas directa o indirectamente del uso o transmisión de mensajes de datos, se requerirá el consentimiento expreso del titular de éstos, quien podrá seleccionar la información a compartirse con terceros.

Recomendación:

Es necesario señalar que cada mensaje de datos será considerado diferente; y en caso de duda, las partes pedirán la confirmación del nuevo mensaje y tendrán la obligación de verificar técnicamente la autenticidad del mismo, por tal motivo antes de firmar cualquier acuerdo se debe estar al dia en todo e incluso revisar la ley de comercio electrónico para cualquier inquietud.

Autor:

Jhon Alvarez

Fuente:

http://ecuador.justia.com/nacionales/reglamentos/reglamento-de-comercio-electronico-firmas-y-mensajes-de-datos/gdoc/

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¡CERTIFICADO DE GARANTÍA DE LOTE!

INTRODUCCIÓN

Las empresas que requieran exportar productos garantizando la calidad de los mismos y el cumplimiento de las especificaciones técnicas para el uso y consumo humano de dichos productos deben cumplir con un procedimiento a través de un análisis documental el cual verifica que los productos que van a ser exportados cumplen parámetros bromatológicos, microbiológicos y químicos, además se garantiza que estos sean aptos para el uso y consumo humano.

DESARROLLO

Bromatológicos: Se refiere a los alimentos en cuanto a su producción, manipulación, conservación, elaboración y distribución, así como su relación con la sanidad.

Microbiológicos: Define la aceptabilidad de un proceso, producto o lote de alimento basada en la ausencia o presencia, o cantidad de microorganismos, y/o cantidad de sus toxinas, por unidad o unidades de masa, volumen, superficie o lote.

Químicos: Se refiere al pH, densidad, puntos de fusión y ebullición, solubilidad, presión, temperatura, etc.

Requisitos

Solicitud ingresada por Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE): Los usuarios, tanto Representante Legal, como Responsable Técnico previo al proceso de solicitud de Inscripción, Reinscripción y Modificación del Registro Sanitario de Productos a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE), deberá haber obtenido previamente el Certificado de Firma Electrónica (TOKEN) respectivo, instrumento que le servirá para ingresar su firma electrónica en todos los trámites que se realicen a través del sistema ECUAPASS.

Documento con datos para factura: Es el documento que contiene la información necesaria a nombre de quien se requiere se emita la factura (nombre o razón social, RUC, dirección y teléfono).

Declaración de la Norma Técnica INEN o la Norma Internacional bajo la cual se elaboró el producto: Debe adjuntar un documento en el que declare la norma técnica nacional que aplica al producto y bajo la cual está sujeto a cumplimiento, con nombre y firma del técnico responsable en Ecuador. De no existir una norma técnica nacional, se presentará la declaración basada en normativa internacional o en su defecto especificaciones del fabricante. En caso de tratarse de una norma internacional o interna deberá adjuntar dicha norma.

Especificaciones de calidad o inocuidad del producto.

Copia de Registro Sanitario vigente

 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Los trámites concernientes al Registro Sanitario se los realiza a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) en el portal web ECUAPASS; para lo cual, tanto el REPRESENTANTE LEGAL, como el RESPONSABLE TÉCNICO deben poseer su respectiva Identificación de Usuario (ID) y Contraseña, a fin de completar la información respectiva solicitada a través de la VUE, para el trámite correspondiente.

El ingreso de trámites relacionados con el Registro Sanitario de Productos se los realiza a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana del portal web ECUAPASS; para lo cual usuario deberá registrarse previamente en el portal del ECUAPASS

La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria - ARCSA emitirá el certificado de garantía de lote a los productos alimenticios, para su exportación cuando el titular del Registro Sanitario lo solicite, a través del sistema informático.

FUENTE 

http://www.controlsanitario.gob.ec/certificado-de-garantia-de-lote/

 

AUTOR

JHON ALVAREZ R,

 

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¡DONACIÓNES EXENTAS DEL PAGO DE TRIBUTOS!

INTRODUCCIÓN

Las donaciones que estarán exentas del pago de tributos las Donaciones provenientes del exterior, a favor de las instituciones del sector público o del sector privado sin fines de lucro, destinadas a cubrir servicios de salubridad, alimentación, asistencia técnica, beneficencia, asistencia médica, educación, investigación científica y cultural, siempre que tengan suscritos contratos de cooperación con instituciones del sector público.

DESARROLLO

Las donaciones exentas del pago de tributos deben obligatoriamente tener algún tipo de contrato de cooperación con instituciones con el sector público.

No habrá exención de impuestos en las donaciones de vehículos, excepto cuando se trate de aquellos necesarios para usos especiales, tales como: Ambulancias, vehículos clínicos o radiológicos, coches biblioteca, carros de bomberos y similares,

Siempre que su función sea compatible con la actividad de la institución beneficiaria.

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RESUMEN

Las donaciones que estarán exentas del pago de tributos las Donaciones provenientes del exterior, a favor de las instituciones del sector público o del sector privado sin fines de lucro, destinadas a cubrir servicios de salubridad, alimentación, asistencia técnica, beneficencia, asistencia médica, educación, investigación científica y cultural, siempre que tengan suscritos contratos de cooperación con instituciones del sector público.

CONCLUSIONESY RECOMENDACIONES

Para poder estar exenta de pago la mercadería que nos van ayudar a prestar servicios como son: servicios de salubridad, alimentación, asistencia técnica, beneficencia, asistencia médica, educación, investigación científica y cultural, siempre y cuando mantengan convenios de cooperación suscritos con instituciones del sector público, debemos tomar en cuenta cómo funciona el proceso para no pagar los tributos ya que no todas las instituciones pueden contar con esta facilidad que nos ofrece el SENAE.

Es muy importante que el trámite se lleve a cabo cumplen todo el proceso establecida por la aduana y cumplir con todos los requerimos.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/pro/donations.action

AUTOR

JHON ALVAREZ R.

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INTRODUCCION

El sistema Ecuapass ofrece a los importadores que registren en promedio más de $1,275,000.00 agilitar el proceso de despacho de sus mercancías mediante el pago garantizado después que las mercancías hayan cumplido el proceso de aforo destinado.

DESARROLLO

El pago garantizado permite a los Operadores de Comercio Exterior calificados por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, obtener el levante de las mercancías una vez cerrado el aforo de las declaraciones aduaneras que apliquen a esta modalidad, permitiendo realizar el pago de la obligación tributaria aduanera el quinto día hábil del mes calendario siguiente, esto se encuentra sustentado en el reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, en los artículos 86, 87 y 88

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Los requisitos que se deben cumplir son los siguientes:

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RESUMEN

El pago garantizado permite a los Operadores de Comercio Exterior calificados por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, obtener el levante de las mercancías una vez cerrado el aforo de las declaraciones aduaneras.

Los importadores deben cumplir con los requerimientos exigidos para aplicar al pago garantizado.

Este procedimiento permite al importador obtener sus mercancías de forma inmediata y oportuna.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Los importadores deben aplicar a este benéfico para obtener sus mercancías en un tiempo oportuno y sobre todo para poder pagar los tributos al comercio exterior de forma inmediata

El pago garantizado se lo debe realizar el quinto día hábil del mes calendario siguiente.

El pago garantizado sin duda beneficia a los importadores que mantengan importaciones promedio de un periodo de 5 años por un valor de $ 1, 275,000.00.

 

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/news/pago_garantizado.action

Resolución No. SENAE-DGN-2012-0327-RE (ver aquí Resolución) de fecha 9 de octubre de 2012.

AUTOR

JHON ALVAREZ R.

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INTRODUCCIÓN

El reembarque de las mercancías es un proceso muy importante al que debe acogerse el operador de comercio exterior (importador) para evitar sanciones en el caso de que las mercancías no cumplan con los requerimientos establecidos para ingresar al país es por ello que el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador facilita realizar el proceso mediante el portal de ECUAPASS.

DESARROLLO
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador estableció 20 días hábiles para que los operadores de comercio exterior puedan reembarcar sus mercancías desde la notificación de la providencia; si es a solicitud del Operador de Comercio Exterior, la contabilización del plazo será a partir del cierre de aforo correspondiente de la Declaración Aduanera Simplificada de Reembarque (DAS-R) con su código numero 83.
Para realizar el reembarque se requiere realizar lo siguiente: disponer del número de carga de importación o de separación, la factura de importación y realizar la solicitud de reembarque.

Procedimiento
1. Generación de la solicitud:

Los Operadores de Comercio Exterior deberán generan la solicitud de autorización de reembarque a través del Portal de  la Aduana realizando los siguientes pasos:

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2.- Generación de la DAS (Declaración Aduanera Simplificada) de Reembarque:
Una vez que se obtenga el número de solicitud, el OCE deberá generar la Declaración Simplificada de Reembarque, realizando los siguientes pasos:

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3.- Informe de Entrada a Depósito:
Los Operadores de Comercio Exterior coordinarán con el depósito temporal (en donde se encuentra ubicada la mercancía), con su respectivo registro electrónico del ingreso a zona primaria de la DAS-R, o con la Zona Primaria en Aduana en los casos que no exista depósito temporal. Luego del ingreso de la mercancía a zona primaria, se asigna a la DAS el canal de aforo correspondiente con cual cumplirá.


4.- Aforo (Inspección):
Se realizará el aforo según el canal asignado; el funcionario de exportaciones de cada distrito realizará esta tarea y Los Operadores de Comercio Exterior deberán esperar al cierre de aforo (Salida Autorizada) para poder realizar el reembarque.


5.- Reembarque de la mercancía:
Se deberá asociar el número de DAS-R en el documento de trasporte correspondiente.
Particular que se comunica para los fines pertinentes.

 

CONCLUSIÓNES Y RECOMENDACIONES

El proceso de reembarque de mercancías en el sistema Ecuapass es un proceso muy importante al cual debe acogerse el operador de comercio exterior para evitar sanciones.

Es muy importante verificar los requisitos para que la mercancías puedan ser exportadas en el caso de que no cumplan la Aduana establecerá el proceso de nacionalización de la misma aplicando las sanciones correspondientes.

Hay que tomar muy en cuenta el proceso de la carga y realizar las consultas para que no se proceda con el reembarque de las mercancías perdiendo tiempo y dinero.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-MEE-2-2-013-V1.pdf

AUTOR

Jhon Alvarez R.

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!PROCESO DE APRENSION DE MERCANCIAS!

INTRODUCCIÓN

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Senae ha establecido un proceso para la aprehensión de mercancías que sobre las cuales se presume la comisión de una infracción aduanera.

DESARROLLO

El objetivo de la aprensión de mercancías consiste en describir las actividades a seguir para el control de las mercancías, medios de transporte o cualquier otro bien, sobre la cual se presuma la comisión de una infracción aduanera, y se requiera realizar su aprehensión, permitiendo a las autoridades del SENAE obtener un proceso de control que se asegure la correcta cadena de custodia de mercancías, bienes y demás elementos aprendidos.

Su normativa es fundamentada en el  Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones Copci, Registro Oficial Suplemento 351, 29 de diciembre de 2010.

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El guardalmacén jefe debe suscribir de ingreso de las mercancias aprendidas distribuidos en la siguiente forma:

Un ejemplar para la unidad que ha efectuados la aprehensión.

Un ejemplar para la bodega de aduana

Un ejemplar para la Dirección Nacional de Capitales y Servicios Administrativos.

9242062290?profile=originalEsta es el formato del acta del parte de aprehensión utilizado en este tipo de mercancias

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RESUMEN

El objetivo de la aprensión de mercancías consiste en describir las actividades a seguir para el control de las mercancías, medios de transporte o cualquier otro bien, sobre la cual se presuma la comisión de una infracción aduanera, y se requiera realizar su aprehensión, permitiendo a las autoridades del SENAE obtener un proceso de control que se asegure la correcta cadena de custodia de mercancías, bienes y demás elementos aprendidos.

Su normativa es fundamentada en el  Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones Copci, Registro Oficial Suplemento 351, 29 de diciembre de 2010.

Aprehensión es la toma forzosa por parte de la unidad operativa del Senae responsable del control posterior de las mercancías, medios de transporte o cualquier otro bien que se pueda constituir elemento de convicción o evidencia de la comisión de una infracción aduanera acorde a lo previsto a los artículos 177, 178 y 180 del Copci.

 

El guardalmacén jefe debe suscribir de ingreso de las mercancías aprendidas distribuidas en la siguiente forma:

Un ejemplar para la unidad que ha efectuados la aprehensión.

Un ejemplar para la bodega de aduana

Un ejemplar para la Dirección Nacional de Capitales y Servicios Administrativos.

 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

 Aprehensión es la toma forzosa por parte de la unidad operativa del Senae responsable del control posterior de las mercancías, medios de transporte o cualquier otro bien que se pueda constituir elemento de convicción o evidencia de la comisión de una infracción aduanera acorde a lo previsto a los artículos 177, 178 y 180 del Copci.

 

El SENAE puede recurrir a la aprehensión de las mercancías en cualquier momento para determinar si existe algún tipo de infracción o delito aduanero.

Es muy importante que realicemos el procedimiento respectivo para la determinar el motivo de la aprensión de nuestras mercancías.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-MEE-2-3-023-V1.pdf

AUTOR

Jhon Alvarez R.

 

 

 

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INTRODUCCIÓN

Los Operadores de Comercio Exterior pueden ejecutar los pagos de tributos al comercio exterior mediante plataformas de las diferente entidades bancarias del Ecuador, por ejemplo existe la plataforma SAT en la cual se autoriza el pago y se realiza el pago de los tributos al comercio exterior para que la mercancías estén listas para ser revisadas y transportadas hasta el lugar acordado, después de haber cumplido con todos los procedimientos de importación.

DESARROLLO

Debido a la tecnología y la versatilidad del mercado, las mercancías que son exclusivamente importadas en el régimen a consumo deben ser entregadas a tiempo y de acuerdo a los requerimientos del cliente es por ello que el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador ha establecido un procedimiento para realizar el pago de los tributos al comercio exterior que se aplican a las mercancías mediante diferentes sistemas electrónicos de pago que sin duda agiliza el procedimiento y las nacionalización de las mercancías.

Ingresar a la página web de banco corresponsal donde tenga una cuenta de ahorros o corriente.

El sistema SAT de Banco Bolivariano le proporciona la opción pago de tributos/impuestos/aranceles al comercio exterior

Ingrese el número de la liquidación aduanera proporcionada por la Aduana, este número consta de 8 dígitos.

Se procede la autorización del pago y se cancela los tributos

Después de haber concluido con el anterior proceso el banco muestra un mensaje de transacción realizada con éxito.

LA Aduana confirma el pago de los tributos mediante su plataforma de conexión con los bancos autorizados.

Los siguientes bancos están autorizados para el pago de tributos al comercio exterior:

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RESUMEN

El avance de la tecnología ha permitido que la mercancía importada llega a tiempo a las manos del consumidor y para ello se han establecido mecanismos y procedimientos que faciliten la importación de las mercancías y es por ello que la ADUANA ofrece a todos los Operadores de Comercio Exterior el pago inmediato de los tributos al comercio exterior para la nacionalización de las mercancías. Uno de los sistemas que actualmente se maneja es el SAT del Banco Bolivariano para el pago de los tributos del comercio exterior.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Es muy importante que los OCEs determinen el pago exacto de los tributos al comercio exterior para no tener ningún tipo de problema al momento de la nacionalización de las mercancías

El uso de estas plataformas agilitan la entrega de las mercancías a su destino final.

Los Operadores de Comercio Exterior pueden ejecutar los pagos de tributos al comercio exterior mediante plataformas de las diferente entidades bancarias del Ecuador

Los bancos antes mencionados ofrecen este servicio a todos los OCEs para que puedan efectuar los pagos de los tributos al comercio exterior

FUENTE

http://www.bolivariano.com.ec/es/banca-de-empresas/sat-banca-de-emp...

https://www.pichincha.com/internexo/inicio

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INTRODUCCIÓN

La Notificación de allanamiento tiene como principal es facilitar los procesos de consulta y describir en forma secuencial las tareas que se realizan a través del portal del Ecuapass.

DESARROLLO

Este proceso es importante para el conocimiento de los Importadores y Agentes de Aduana y su responsabilidad de cumplir con aplicaciones que serás descritas.

El procedimiento de notificación de allanamiento se realiza de la siguiente manera:

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Se desplegara una información del trámite con los siguientes datos:

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Después que consultamos la información de notificación de allanamiento seleccionada, se presenta  el siguiente mensaje al dar clic en botón notificación "Aceptar notificación"

En caso de lograr la aceptación de notificación se genera un mensaje donde se explica que se ha generado una liquidación de multa.

Una vez aceptada la aceptación, el usuario puede consultar la liquidación generada en la pantalla "Consulta de liquidación".

RESUMEN

La Notificación de allanamiento tiene como principal es facilitar los procesos de consulta y describir en forma secuencial las tareas que se realizan a través del portal del Ecuapass.

Este proceso es importante para el conocimiento de los Importadores y Agentes de Aduana y su responsabilidad de cumplir con aplicaciones que serás descritas.

Después que consultamos la información de notificación de allanamiento seleccionada, se presenta  el siguiente mensaje al dar clic en botón notificación "Aceptar notificación"

En caso de lograr la aceptación de notificación se genera un mensaje donde se explica que se ha generado una liquidación de multa.

Una vez aceptada la aceptación, el usuario puede consultar la liquidación generada en la pantalla "Consulta de liquidación".

 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
este proceso de notificación nos ayudara para que los usuarios puedan saber si se ha generado una multa o el coste total de la liquidación con esto ayuda a saber más sobre los valores que se debe pagar. Siguiendo un proceso podemos saber las notificaciones que se generan con nuestra importación.

Es importante que conozcamos este procedimiento para determinar posibles multas e infracciones que se comenten al momento de realizar una importación.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-ISEE-2-5-002-V1.pdf

http://e-comex-plus.com/noticias/senae-instructivos-de-sistemas-externos-vigentes-3

AUTOR 

JHON ALVAREZ R.

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INTRODUCCION

El SENAE (Servicio Nacional de Aduana del Ecuador) estableció en su Boletín SENAE-0327 exactamente en el artículo 174.- las clases de garantías aduaneras y el artículo 233.- De la garantía aduanera las disposiciones acerca del cumplimiento de las garantíamos aduaneras exigidas por el SENAE.

DESARROLLO

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador establece en el artículo 174.- las clases de garantías las cuales son generales y específicas y se concederán, aprobarán y ejecutarán en la forma, plazos y monto que se determinen previamente.

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RESUMEN

 

El cumplimiento de las garantías aduaneras afianza nuestra actividad de tráfico internacional. Actualmente la aduana establece dos tipos de garantías las cuales son genérales y específicas. La aduana determinará, aprobara y ejecutara el cumplimiento de las garantías aduaneras acorde al reglamento establecido. La garantía depende del régimen de importación al cual se someten nuestras mercancías, por ejemplo la importación de mercancías con destino a deposito aduanero establece una garantía del 100% de los posibles tributos que se deben pagar a la aduana y establecen un plazo de 2 años como máximo. Normalmente a este tipo de importación se someten los empresarios dedicados a la venta de vehículos en el Ecuador.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Es muy importante que los importadores determinen con exactitud el régimen de importación de las mercancías para que se sometan a un tratamiento especial en la aduana y para que apliquen a la petición de una garantía aduanera la cual debe ser gestionada y sobretodo debe ser sometida a un control que garantice el pago y el cumplimiento para no tener ningún inconveniente al momento de nacionalizar las mercancías.

 

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador establece en el artículo 174.- las clases de garantías las cuales son generales y específicas y se concederán, aprobarán y ejecutarán en la forma, plazos y monto que se determinen previamente.

 

El pago de la garantía aduanera podrá constituirse en dinero en efectivo depositado en la cuenta autorizada de la Aduana, mediante cheque certificado, nota de crédito del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, garantía bancaria o póliza de seguro.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2014/SENAE-DGN-2012-0327-RE.pdf

AUTOR

JHON ALVAREZ R.

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INTRODUCCION

Las responsabilidades de información se establecen de acuerdo al Artículo 18 del Reglamento de Comercio Electrónico y el Articulo 37 de la ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensaje de Datos c0n la intervención directa del CONATEL (Comisión Nacional de Telecomunicaciones)

DESARROLLO

CONATEL (Comisión Nacional de Telecomunicaciones).- Podrá requerir en cualquier momento de información de la entidad de registro que actué en su nombre o de titular del certificado de firma electrónica

Los documentos de respaldo que confirmen la autenticidad y exactitud de los datos que contiene.

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RESUMEN

La ley de comercio exterior establece condiciones a las entidades certificadoras en las que deben cumplir con todos los requisitos legales y técnicos que exige la normativa vigente, demostrado de esta manera solvencia técnica, logística, veracidad certificado la veracidad de la información para realizar cualquier trámite de comercio exterior que los operadores certificados necesiten realizar.

Las Entidades certificadoras deben realizar su trabajo con responsabilidad debido a que su trabajo será supervisado por los organismos de control y regulación de estas entidades (CONATEL), siendo de esta forma que si no cumplen con lo dispuesto en el reglamento pueden ser sancionadas con su respectivo fundamento que son las Infracciones administrativas leves y graves.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Las Entidades certificadoras son aquellas que dan fe que una clave pública corresponda a un titular determinado mediante la expedición de un certificado. Por lo que la entidad maneja nuestra información  de forma segura sin alteraciones y con veracidad.

Es muy importante que porporciones toda la información necesaria a la entidad certificadora para que mantenga nuestra infromación

 

FUENTE

http://www.conatel.gob.ec/site_conatel/images/stories/resolucionesconatel/2010/TEL-639-21-CONATEL-2010.pdf

AUTOR

JHON ALVAREZ R.

 

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"LA IMPORTACIA DE LA TECNOLOGIA PKI"

INTRODUCCIÓN

La tecnología PKI permite a todos los usuarios identificarse frente a otros usuarios y usar la información de los certificados como las claves públicas de otros usuarios para cifrar y descifrar mensajes, firmar digitalmente en inclusive garantizar el no repudio de un envió.

DESARROLLO

La tecnología PKI interviene a las siguientes partes:

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La tecnología PKI está fuertemente ligada a la llamada clave privada y los procedimientos o políticas de seguridad aplicados en vista de que las operaciones criptográficas de calve publica son procesos que utilizan algoritmos de cifrado conocidos y accesibles para todos.

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La legislación de nuestro país permite el uso de contenedor del certificado electrónico al toen pese a que se puede elegir la ubicación de nuestro certificado electrónico como lo muestra el grafico que técnicamente son factibles y accesibles.

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RESUMEN

La tecnología PKI permite a todos los usuarios identificarse frente a otros usuarios y usar la información de los certificados como las claves públicas de otros usuarios para cifrar y descifrar mensajes, firmar digitalmente en inclusive garantizar el no repudio de un envió.

La tecnología PKI está fuertemente ligada a la llamada clave privada y los procedimientos o políticas de seguridad aplicados en vista de que las operaciones criptográficas de calve publica son procesos que utilizan algoritmos de cifrado conocidos y accesibles para todos.

 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

 

Actualmente la plataforma de comercio exterior Ecuapass ha implementado servicio que permiten al usuario ingresar con mayor seguridad al sistema uno de estos métodos es el ingreso con el certificado electrónico mediante la tecnología PKI que garantiza la validez y veracidad de su usuario más que una un usuario y una contraseña además el usuario para poder ingresar debe estar registrado en Ecuapass como operador.

Se debe conocer esta gran funcionalidad que ofrece la plataforma de comercio exterior para ingresar a realizar todos los trámites en el sistema.

 

FUENTE

http://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=3&ved=0CC0QFjAC&url=http%3A%2F%2Fwww.uv.es%2F~montanan%2Fredes%2Ftrabajos%2FPKI.ppt&ei=tCVZVcf0HoScNveLgbAO&usg=AFQjCNF5o0fOp-d9_CzxVXcBtBXYq0jLCA&sig2=plTRtApvdyGraymfV1ufuA&bvm=bv.93564037,d.eXY

 

http://www.inteliagencia.net/infotica/TK_Seguridad.htm

 

AUTOR

Jhon Alvarez R..

 

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INTRODUCCIÓN

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador ha establecido un procedimiento en el sistema Ecuapass para el despacho de las mercancías bajo el régimen especial de Courier o trafico postal. Este régimen que establece condiciones para  seis categorías divididas por letras desde la A hasta la F.

 

DESARROLLO

La importación de mercancía bajo este régimen son importados sin recargo arancelario el cual fue aplicado desde 11 de marzo del 2015 contemplado en el artículo 147 del código de la producción, la Aduana explicó que el régimen de importación vía Courier o correos rápidos está normado por el artículo 165 de dicho Código, por lo que queda libre de la aplicación de las sobretasas arancelaria siempre que se cumpla con las condiciones establecidas.

La B, por ejemplo, corresponde al denominado 4x4 (cuatro kilos y hasta USD 400), libre de impuestos pero pagando una tasa fija de USD 42. Esta categoría es recomendable cuando se compran varios artículos y se consolidan en un solo paquete, lo que le permitirá pagar una sola vez la tasa, pero no la salvaguardia, en el caso de productos gravados como ropa, computadores, flash memories, discos duros o zapatos. Se considera cinco importaciones o USD 1 200 al año para esta categoría.

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Procedimiento en Ecuapass para el despacho de las mercancías bajo este régimen especial de importación

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RESUMEN

La importación de mercancía bajo este régimen son importados sin recargo arancelario el cual fue aplicado desde 11 de marzo del 2015 contemplado en el artículo 147 del código de la producción, la Aduana explicó que el régimen de importación vía Courier o correos rápidos está normado por el artículo 165 de dicho Código, por lo que queda libre de la aplicación de las sobretasas arancelaria siempre que se cumpla con las condiciones establecidas.

El precedimiento de importación de mercancías bajo el régimen Courier cumple el siguiente procedimiento:

  • Declaración Aduanera Simplificada de Importación
  • Portal Externo "Ecuapass"
  • Documentos Electrónicos Factura comercial
  • Aforo delas mercancías según el canal de aforo y categoría que presente la DAS
  • Registro de observaciones en el resultado de aforo
  • Notificación de justificaciones a las empresas Courier o Correo del Ecuador
  • Presentación de justificaciones por parte de empresa Courier vía correo electrónico o en archivos digitalizados
  • Justificativos aceptados se procede el cierre de aforo
  • Courier realiza el pago de tributos en las entidades bancarias
  • Despacho aduanero de importación

 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

La presentación de la declaración aduanera de importación debe ser gestionada de forma inmediata para que los productos de importación cumplan con todos los requerimientos exigidos y no tengan ningún problema en el sistema Ecuapass.

El sistema Ecuapass brinda la posibilidad de realizar esta declaración simplificada de forma inmediata para que nuestras mercancías puedas ser nacionalizada en el nuestro país

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/pro/courier.action

http://www.eluniverso.com/noticias/2014/08/15/nota/3415831/6-opciones-ingreso-paquetes-courier

AUTOR

JHON ALVAREZ R.

 

 

 

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INTRODUCCIÓN

Existen documentos de acompañamiento de gran importancia que necesitan los importadores  para que las mercancías ingresen al país sin ningún inconveniente a su vez estos documentos deben ser previamente gestionados y registrados en el sistema ECUPASS y uno de los documentos de mayor importancia es el certificado de conformidad, el cual debe seguir un procedimiento establecido por la ADUANA.

DESARROLLO

Para la verificación del certificado de conformidad ingresamos la solicitud por parte del importador en el sistema Ecuapass.

En primer lugar el importador debe estar registrado en  el sistema Ecuapass y estar certificado con su firma electrónica para realizar los procedimientos necesarios como la solicitud del certificado de conformidad.

Posteriormente debe ingresar a la Ventanilla Única Ecuatoriana para realizar el procedimiento

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PROCEDIMIENTO:

  • Para la elaboración y registro de la solicitud:
  • En la barra de menú ingresa a Elaboración de solicitud /Documentos de Acompañamiento /Listado de Documentos de Acompañamiento.
  • Escoge la Institución [OAE] Organismo de Acreditación Ecuatoriano y da clic en consultar.
  • Al seleccionar en la información Resultado OAE se activa la barra inferior y da clic en Solicita

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RESUMEN

La verificación del certificado de conformidad en el sistema Ecuapass debe cumplir un procedimiento establecido por la ADUANA:

Una vez que se han llenado los campos se adjunta el certificado de conformidad y procede a su envío dando clic en Traer.

El OAE recibe la información de la solicitud e impone la tasa para que sea cancelada por el importador. La vigencia de la papeleta tiene una validez máxima de 15 días a partir de realizado el depósito

El importador debe subir la orden de pago y el comprobante de depósito en el link enviado a su correo electrónico para el efecto.

El importador será el responsable de realizar las consultas internacionales pertinentes para demostrar la veracidad de los documentos y salvar las dudas o inconsistencias relacionadas con la validez o alcance de los certificados de conformidad.

El OAE dará respuesta al trámite del solicitante en un tiempo no mayor a 5 días hábiles.

En los casos en los que los requisitos de validación no se hayan cumplido, el trámite quedará abierto hasta que la información necesaria para resolverlo sea proporcionada al OAE.

 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

La verificación del certificado por medio de la OAE quien al traer los documentos recibe la información de la solicitud e impone la tasa que debe ser cancelada por el importador en los bancos autorizados. La papeleta tendrá una duración máximo de 15 días a partir de ese tiempo se debe realizar un nuevo pago.

La OAE dará respuesta al trámite del solicitante en un tiempo no mayor a 5 días hábiles.

En los casos en los que los requisitos de validación no se hayan cumplido, el trámite quedará abierto hasta que la información necesaria para resolverlo sea proporcionada al OAE.

Es muy importante que el importador gestione la documentación antes de que la mercancía ingrese al país es decir que esta documentación ya debe estar lista al momento del ingreso de la mercancía a la Aduana para que pueda ser nacionalizada en cualquier momento.

FUENTE

http://www.normalizacion.gob.ec/certificacion-de-conformidad-inen-esquema-5/

http://www.normalizacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2014/04/certificado-de-conformidad-de-primera-parte1.pdf

http://www.normalizacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2013/11/VC_RE_67_Solicitud_esquema_5.pdf

 

AUTOR

JHON ALVAREZ R.

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INTRODUCCIÓN

Regularizar la Declaración Aduanera de Exportación es una de las etapas finales y de mayor importancia que debe cumplir el exportador después de haber concluido con el proceso de exportación de la mercancía. El sistema Ecuapass entrega al exportador o agente de aduana dependiendo el caso lo que se denomina como definitivo DAE, y para ello exige la presentación de documentación de soporte y acompañamiento después del embarque de las mercancías.

DESARROLLO

Para regularizar la Declaración Aduanera de Exportación se debe cumplir el siguiente procedimiento:

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RESUMEN

Regularizar Declaraciones Aduaneras de Exportación (RDAE): Finalmente, usted podrá regularizar Declaraciones Aduaneras de Exportación ante el SENAE y obtener el definitivo DAE, mediante un registro electrónico que permite dar por finalizado el proceso de exportación para consumo (régimen 40).

Una vez que se realiza este registro la DAE obtiene la marca REGULARIZADA. Para poder completar este proceso cuenta con un plazo de 30 días luego de realizado el embarque. Éste trámite requiere de los siguientes documentos:

Copia de la Factura Comercial

Copia de la Lista de empaque

Copia del Certificado de Origen

Copias negociables de documento de transporte multimodal

El exportador debe mantener un registro de todas sus regularizaciones de DAE para que no incurra en impedimentos para exportar que actual mente la Aduana del Ecuador exige a los exportadores.

 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

El exportador debe cumplir con esta formalidad ya que la aduana mantiene actualmente un registro de la culminación del proceso de exportación de todas las mercancías por eso es muy importante que el exportador realice el procedimiento de finalización de la exportación frente a la aduana.

El proceso final de exportación finaliza con el registro electrónico que nos entrega la Aduana mediante la presentación de los documentos de soporte y de acompañamiento después del embarque de las mercancías, el exportador tiene un tiempo de 30 días para la presentación de estos documentos para dar por finalizado el proceso de exportación

FUENTE

http://www.proecuador.gob.ec/wp-content/uploads/2013/10/GuiaExportador

http://www.aduana.gob.ec/pro/for_oces.action

AUTOR

JHON ALVAREZ R.

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INTRODUCCIÓN

El número de carga es uno de los principales números de identificación que maneja la Aduana del Ecuador para determinar la carga de una importación, es un numero de verificación especifico que maneja la Aduana.

DESARROLLO

El número de carga es una identificación única de la carga de importación esta sincronizado con el número de trámites que realice el operador de comercio exterior.

Se determina y se verifica:

Peso manifestado vs Peso recibido

Cantidad de bultos manifestados vs Cantidad de bultos recibidos

Flete manifestado vs Flete estimado

Compuesto por los siguientes dígitos:

MRN     +             MSN      +             HSN

MRN (Manifest Reference Number): Número de referencia de manifiesto de carga

MSN (Número Secuencial de Máster): Secuencial del número de transporte madre o línea naviera “Ecuapass”

HSN (Número Secuencial de House): Secuencial del número de transporte hijo empresa consolidadora “Ecuapass”

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RESUMEN

El número de carga es una identificación única de la carga de importación esta sincronizado con el número de trámites que realice el operador de comercio exterior.

Se determina:

Peso manifestado vs Peso recibido

Cantidad de bultos manifestados vs Cantidad de bultos recibidos

Flete manifestado vs Flete estimado

Compuesto por los siguientes dígitos:

MRN     +             MSN      +             HSN

Ejemplo:

CEC        -              2015      -              MSKU0010         -              0001         -       0002

 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

El número de carga es la identificación única de nuestra carga en aduana sincronizado conjuntamente con nuestro número de trámites y el medio de transporte que utilizamos para nuestra importación.

En el número de carga se determina información de gran importancia debido a que va conjuntamente sincronizado con la información del documento de transporte en el cual se aclara la información como el peso, cantidad de bultos y flete.

FUENTE

file:///C:/Users/USUARIO/Desktop/CD%20Importaciones/modulo-ii/m2-Numero-de-Carga.pdf

http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informao/romamenu.htm

 

AUTOR

JHON ALVAREZ R.

FECHA: 2015/04/19

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INTRODUCCIÓN

Debido al desarrollo tecnológico que actualmente se incrementa en el mundo y exclusivamente a la tecnológica 4G de conexión mundial el gobierno incrementara los cupos de importación de los teléfonos celulares debido a que la tecnología debe ser accesible para todos los ecuatorianos y más aún cuando la empresa estatal posee esta tecnología en sus manos.

DESARROLLO

El ministro coordinador de la Producción ha decido incrementar los cupos de importación de  teléfonos celulares esta decisión motiva al Gobierno a tomar esta decisión al reciente cierre de negociaciones entre Movistar y Claro con el Estado, para la asignación de mayor espectro que les permita contar con la tecnología 4G.

Con el objetivo de saber exactamente qué tipo de dispositivo se deben impulsar y fomentar para que se consuman en el Ecuador, fundamentalmente los teléfonos de alta tecnología que vienen con 4G, aprovechando que ya la empresa pública CNT (Corporación Nacional de Telecomunicaciones) tiene y que Movistar y Claro recién están adquiriendo esta tecnología.

La restricción a la importación de estos productos rige desde junio del 2012, a través de la resolución 66 del Comité de Comercio Exterior (Comex).

A Claro se le fijó un cupo de 1,08 millones de unidades o su equivalente a $ 70,50 millones; mientras que a Movistar se le asignaron 328.000 unidades o $ 24 millones. La medida que estará vigente hasta marzo próximo.

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RESUMEN

El ministro coordinador de la Producción incrementará los cupos de importación de  teléfonos celulares esta decisión motiva al Gobierno a tomar esta decisión al reciente cierre de negociaciones entre Movistar y Claro con el Estado, para la asignación de mayor espectro que les permita contar con la tecnología 4G. La resolución que se tomara cumple con el objetivo de determinar los teléfonos que serán de mayor consumo en el país y generen mayor rentabilidad a la empresa estatal

 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

El gobierno nacional debería tomar decisiones y establecer resoluciones concretas que no afecten drásticamente a la ciudadanía.

El gobierno no debe velar solo x intereses comunes como generar mayor ingresos en sus empresas estatales, al contrario debe establecer normativas que beneficien al país.

Flexibilizar las importaciones de teléfonos genera mayor consumo y mayor acceso a la tecnología.

FUENTE

http://www.eluniverso.com/noticias/2015/02/04/nota/4520191/gobierno-flexibilizara-cupos-importar-celulares-marzo

Resolución No. 66 - Aduana del Ecuador

 

AUTOR

Jhon Alvarez R.

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