Publicaciones de Jackeline Andrea Becerra Anchala (31)

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PRODUCTOS EXCLUIDOS DE SALVAGUARDIAS

INTRODUCCIÓN:

Las salvaguardias son recargos aplicados a la importaciones. El Ecuador esta aplicando estas medidas a los países de Perú y Colombia pero en el anexo 1 de la resolución de 002 del 2015 del COMEX. Este resolución fue emitida el 20 de enero pasado se encuentran productos como: atún fresco, follajes para animales, mezclas y pastas para la preparación de productos de panadería, premezclas para alimentos balanceados, gases industriales, medicinas de uso veterinario, pigmentos y barnices, adhesivos, herbicidas, insecticidas y fungicidas, alcoholes grasos, productos semielaborados de plástico, etiquetas, algodón, sacos para embalar, frascos de vidrio, envases metálicos y las herramientas manuales. 

DESARROLLO:

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RESUMEN

En el anexo 1 del 002 del COMEX donde están contenidas las subpartidas que no estarán sujetas a la aplicación de la salvaguardia para Colombia y Perú.

CONCLUSIÓN

La aplicación de la resolución de 50 del COMEX de salvaguardias no aplica para todos los productos del arancel para el comercio con Perú y Colombia.

RECOMENDACIÓN

Se debe revisar si los productos a importar están contenidos en la lista de exclusión de productos, y no pagar el recargo de salvaguardia con la importaciones de Perú y Colombia

FUENTE

http://www.eluniverso.com/noticias/2015/01/28/nota/4490166/ecuador-...

https://www.comercioexterior.gob.ec/wp-content/uploads/2015/01/Reso...

AUTOR

Jackeline Becerra

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ETIQUETAS FISCALES EN LICORES

 

INTRODUCCIÓN

La etiquetas fiscales son adhesivos especiales no reutilizables luego de su primera colocación, que cuenta con medidas de seguridad que permitirán la identificación, registro de la mercancía como son el whisky, ron, tequila, vodka.  

DESARROLLO

La regulación de las etiquetas fiscales será aplicable para todas las mercancías que arriben al país después de la entrada en vigencia de la resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0185-RE, las botellas de whisky, vodka, tequila y ron, que hayan arribado al país

Los pasos del registro de las etiquetas fiscales para  los licores como whisky,ron, tequila, vodka que se encuentran en las subpartidas y se detallan a continuación:

Whisky: 2208300090-0000-0001; 2208300090-0000-0003 
Vodka: 2208600000-0001- 0002-0003
Tequila: 2208902000-0002-0003
Ron:      2208400090-0000-0001

Para el registro del de etiquetas fiscales por daño, perdida, robo y sobrante en el portal externo del sistema Ecuapass se deben seguir los siguientes pasos:

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CONCLUSIÓN

Cuando los importadores se encuentran que su mercadería que requiere etiquetas fiscales esta rota, robada, perdida, o existen sobrantes deben realizar un registro adicional de las etiquetas fiscales e indicar el motivo. 

RECOMENDACIÓN

Registrar todas las etiquetas, y los motivos para realizar el mismo para no tener problemas en el futuro con las aduana. 

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2015/SENAE-ISEE-2-2-030-...

http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?anio=20...

AUTOR

Jackeline Becerra

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INTRODUCCIÓN:

El proceso de reinicio de clave del portal externo del Ecuapass se lo realiza por medio de 3 pasos sin tener que llenar el la pregunta clave registradas inicialmente por el Operador de Comercio Exterior.

Si los datos coinciden con los del sistema, el mismo enviará al usuario mediante correo electrónico una clave temporal para que luego sea cambiada por el usuario

DESARROLLO

El proceso para reinicio de clave e el portal externo del Ecuapass es mas sencillo que antes porque no se necesita responder la pregunta clave registradas inicialmente por el Operador de Comercio Exterior.

  1. Dar clic en la opción "Buscar ID/ Reinicio de clave" que se encuentra en la página principal del portal del Ecuapass. 9241915895?profile=original
  2. En la parte  de "Reinicio de clave de acceso" ingresar información como: 
  • Ingresar en el campo "ID.usuario".
  • El tipo y número de identificación del usuario en el campo "Doc. Identificación".
  • El correo electrónico que el usuario posee registrado en el sistema en el campo "Correo Electrónico".

     3.  Luego dar clic sobre el botón "Recibir la clave por e-mail".

Si los datos coinciden con los registrados en el sistema para el ID del Usuario, el sistema enviará al correo electrónico proporcionado por el OCE colocó al momento de registrarse en el Ecuapass, una clave temporal de acceso para que luego el usuario la cambie.

CONCLUSIÓN

El facilitamiento de lo proceso en el portal del Ecuapass permite a los usuarios realizar sus tramites en el menor tiempo.

RECOMENDACIÓN

Es necesario que los OCE tengan mayor control de su información porque ya no se pide responder las preguntas claves para el acceso al cambio de la contraseña y puedan ser objeto de suplantación e incurrir en faltas con el SENAE.

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?pg=3&am...

http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?pg=1&am...

AUTOR:

Jackeline Becerra

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DESARROLLO

En el sistema Ecuapass desde el día 19/12/2014 se implemento la pantalla de "Registro y Aceptación de Anexos Compensatorios" para regularizar los desperdicios de los importadores bajo el régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo y  el régimen de Transformación Bajo Control Aduanero

Se ha creado un nuevo tipo de compensación "[J] Reexportación de desperdicios" que utiliza el tipo de anexo ACINOT documento donde se detallan los insumos trasformados exportados, previo a  registrar el Anexo Compensatorio que debe estar asociado a una Declaración de Reexportación con "código  61" detallando en el campo “No de DAE” del AC, la declaración que conste con salida autorizada y que tenga ítems relacionados a insumos importados con suspensión de impuestos, que consten en el inventario de quien genera el AC.

Las cantidades de desperdicios se detallan en el campo “cantidad transformado”.

RESUMEN 

El sistema de Ecuapass incluye el Registro y Aceptación de Anexos Compensatorios" y crea un nuevo tipo de compensación "[J] Reexportación de desperdicios" que requiere un anexo  ACINOT previo al presente registro y debe estar asociado a la Declaración de Reexportación con "código  61" 

Conclusión 

Permite dar una nueva alternativa a los desperdicios derivados de los régimenes como el régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo y  el régimen de Transformación Bajo Control Aduanero.

Recomendación 

Considerar esta opción para desperdicios transformados y que pueden ser exportados

Fuente:

http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?pg=1&am...

Autor

Jackeline Becerra

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Tributación Aduanera

INTRODUCCIÓN

En el ámbito del comercio exterior, se generan varias obligaciones que el importador o exportador tienen cuando realizan una negación internacional, es así que una de las obligaciones más importantes que contrae el importador al momento de ingresar una mercancía al país, es el de cancelar todo los tributos al comercio exterior que se generan por la importación a la cual se la denomina obligación tributaria aduanera.

DESARROLLO:

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RESUMEN

La obligación tributaria aduanera es el vínculo jurídico personal que se genera entre el Estado y las personas que operan en el tráfico internacional de mercancías, es decir en la compra-venta internacional y la cual recae completamente en el importador para que posteriormente, la obligación tributaria aduanera se extinga por una de las 7 opciones; Pago, compensación, prescripción, aceptación del abandono expreso, declaratoria del abandono definitivo de las mercancías, perdida o destrucción total de la mercancías, y/o decomiso administrativo o judicial de las mercancías.

 

CONCLUSIONES

La obligación tributaria aduanera se genera con la finalidad de que todo importador cumpla con todas las obligaciones y requisitos tributarios que impone el estado mediante la SENAE, y de esa manera cumplir con el Estado Ecuatoriano, ya que en virtud de esto las mercancías que importamos al país quedan sometidas a la potestad aduanera y su respectivo proceso.

 

RECOMENDACIONES

Para que una importación sea exitosa y que el importador no tenga ninguna dificultad al momento de desaduanizar la mercancía es importante que cumpla con todas las obligaciones que se generan en una importación, una de las más importantes es la obligación tributaria aduanera es decir el pago de los tributos al comercio exterior.

 

FUENTE

www.aduanadelecuador.gob.ec

COPCI (Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones)

AUTOR:

Jackeline Becerra

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Seguro de transporte de mercadería

Introducción:

Contar con un sistema de transporte confiable, seguro y eficiente es determinante para la dinámica comercial a nivel global. El traslado de mercaderías es primordial para el correcto funcionamiento del mercado de bienes. El proceso de transporte, incluye también, los procesos de cargue y descargue, embalaje y almacenamiento temporal, entre otros servicios. Sin embargo, esta actividad enfrenta peligros de causas internas y/o externas que pueden impedir su óptimo funcionamiento. Para prevenir pérdidas totales existen los seguros de transporte, un mecanismo financiero que compensa a quienes se ven afectados por la materialización de los riesgos existentes.

DESARROLLO:

Un seguro de transporte es un contrato entre dos partes mediante el cual una compañía aseguradora asume los riesgos inherentes al transporte a cambio de una prima. Así brinda la posibilidad de proteger las mercancías durante todo su proceso de movilización, ya sea por vía terrestre, aérea o marítima.

“El objetivo del seguro es cubrir el riesgo que pueda suceder sobre cualquier elemento que sea transportable. Dicho riesgo puede repercutir sobre los bienes, el medio de transporte o, en el caso de la cobertura por responsabilidad civil, sobre el patrimonio del asegurado con el que tendría que hacer frente a eventuales indemnizaciones”.

9242113865?profile=original9242113887?profile=original

9242114297?profile=originalEn el caso de que el exportador no seleccione ningún tipo de Póliza de Seguro, según el Art 76 Reglamento COPCI, Costo Presuntivo por Concepto de Seguro de Transporte en caso de que la Mercancía no estuviese cubierta al momento de presentar la Declaración Aduanera por una póliza de seguro, total o parcialmente, se deberá declarar por concepto de seguro un valor presuntivo, mismo que será del 1% (uno por ciento) del valor de las mercancías no cubiertas que ingresen al país.

 

Resumen

 Los importadores ecuatorianos día a día se encuentran realizando más operaciones de comercio exterior desde distintos destinos del mundo por ello, se considera necesario proteger las mercancías durante el transporte para de esta manera ellos podrán estar protegidos en caso de siniestro o de algún imprevisto y garantizar que la mercancía llegue al país. Esta póliza de seguro que se recomienda puede hacerse con cualquier agencia de seguro privado y pueden ser de distintos tipos especiales o por viajes, pólizas abiertas, pólizas de abono o flotantes y pólizas término. En el caso de no haber elegido ninguna de estas pólizas de seguro, en el reglamento del COPCI en su Art. 76 se establece que el importador deberá un seguro presuntivo, monto que corresponde al 1% (uno por ciento) del valor de las mercancías no cubiertas que ingresen al país.

 

Recomendaciones

 

  • Es importante que los importadores tomen medidas de protección de las mercancías que transportan desde otros destinos, puesto que de este modo van a poder garantizar la llegada segura de sus productos al país.

 

Conclusiones

 

  • Las exportaciones desde Ecuador han aumentado considerablemente en los últimos años, por lo que es importante que los exportadores aprendan técnicas de protección de los productos que envían entre estas técnicas podríamos agrupar a las pólizas de seguro que pueden ser de distintos tipos y que van a proteger a su mercancía durante su transporte, además de actividades derivadas del movimiento de las mismas.

 

Fuente

 http://www.plancameral.org/web/portal-internacional/documentos-impo...  

 http://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/rcop/S452_20110519.pdf

http://eloficial.com.ec/seguro-de-transporte-y-su-aplicacion-en-el-sector-de-la-construccion/

Autor

Jackeline Becerra

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Pasos para exportación de cosméticos

Introducción

La intención de convertir al Ecuador en un país exportador de productos en general por parte del Gobierno, ha incrementado la manufactura local de productos cosméticos y ha incentivado a sustituir importaciones, a través de un convenio que firmó el Ministerio de Industrias y Productividad con la Asociación Ecuatoriana de Venta Directa (AEVD) y Procosméticos. Estos sectores se están preocupando constantemente de mantener alta calidad en sus productos, por lo que la implementación del alcohol nacional como materia prima para incrementar el componente ecuatoriano en varios productos cosméticos es una parte esencial de su proceso productivo.

Desarrollo

En base a lo expuesto es fundamental que el Gobierno del Ecuador a través de su portal PROECUADOR represente una guía y apoyo para los productores que tengan motivación de exportar sus productos. Para ello explicaremos los requisitos que deben cumplir los exportadores ecuatorianos para enviar sus productos a distintos destinos del mundo.

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Es así como los productores de cosméticos pueden acceder a su certificado que representará un elemento fundamental para la exportación de sus productos al mundo.

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Resumen

 

La exportación de cosméticos se ha ido evolucionando con incentivos de parte del Gobierno, es por ello que en esta ocasión se ha mencionado el procedimiento para la obtención del Certificado de Notificación Sanitaria Obligatoria para productos cosméticos. Este certificado se obtendrá a través del sistema ECUAPASS. El pago será efectuado de manera electrónica (orden de pago) y luego e manera física. Estos procedimientos son necesarios al momento de exportar al exterior este tipo de productos, ya que solo así se podrá contar con la garantía de la calidad de los mismos. La instrucción que se pueda dar a los exportadores sobre los requisitos necesarios para exportar sus cosméticos incentivarán la exportación de los mismo, tomando en cuenta también al convenio que firmó el Ministerio de Industrias y Productividad con la Asociación Ecuatoriana de Venta Directa (AEVD) y Procosméticos.

 

Recomendaciones

 

  • Es importante conocer los requisitos y procedimientos de exportación que se necesitan para los distintos productos de modo que se faciliten los trámites y los sectores de exportación cada día tomen más fuerza.

 

Conclusiones

 

  • A través de PROECUADOR y  el Ministerio de Salud Pública se han podido analizar los requisitos para la exportación de productos cosméticos ecuatorianos, donde sobresale la obtención del certificado de Notificación Sanitaria Obligatoria, además se ha podido evidenciar el apoyo a las exportaciones que puede representar el contar con un convenio a nivel de Gobierno como es el convenio que firmó el Ministerio de Industrias y Productividad con la Asociación Ecuatoriana de Venta Directa (AEVD) y Procosméticos.

 

Fuente

Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones PRO ECUADOR, Requisitos para exportar Cosméticos. Recuperado de http://www.proecuador.gob.ec/pubs/requisitos-para-exportar-cosmetic...

Autor

Jackeline Becerra

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Regularización de una DAE

INTRODUCCIÓN:

La Declaración Aduanera será presentada de manera electrónicamente de acuerdo al procedimiento y al formato establecido por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Una sola Declaración Aduanera, podrá contener las facturas, documentos de transporte de un mismo manifiesto de carga y demás Documentos de Soporte o de acompañamiento que conformen la importación o exportación, siempre y cuando correspondan a un mismo Declarante y puerto, aeropuerto o paso fronterizo de arribo para las importaciones; y de embarque y destino para las exportaciones.

DESARROLLO:


- Exportación Definitiva.- Es el régimen aduanero que permite la salida definitiva de Mercancías en libre circulación, fuera del Territorio Aduanero ecuatoriano o a una Zona Especial de Desarrollo Económico, con sujeción a las disposiciones establecidas en la normativa legal vigente.


Solicitud de Correctiva.- Si presentada y aceptada la Declaración Aduanera, se detectasen inconsistencias en razón a lo declarado, se podrán realizar correcciones a la Declaración Aduanera previamente presentada. Para tal efecto, el sistema informático aduanero registrará cada uno de los cambios que se efectúen, así como la identificación del operador de comercio exterior o funcionario interviniente en dicho proceso.


Regularización de DAE.- Una vez que se ha realizado la DAE y la mercancía sale del Territorio Nacional es necesario proceder a realizar la Regularización de la misma.

Procedimiento:

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1. Una vez que se recibe el AWB, CPI, BL se procede a verificar si generó algún cambio en lo correspondiente a pesos o bultos, etc. y si los existió se procede a solicitar una correctiva para esta DAE.

2. Dichos cambios ser proceden a corregir.

3. Al terminar con esta correctiva se debe enviar un correo al funcionario encargado del distrito por el cual salió la mercancía, este correo deberá ser escrito de manera cordial solicitando la aprobación de las correcciones realizadas, para lo que se debe enviar datos del refrendo y número de carga.

4. Cuando el funcionario de la SENAE nos contestará confirmando la aprobación de dichas correcciones se procede a realizar la REGULARIZACIÓN.

5. Para realizar este paso se debe ingresar con el usuario del cliente (Exportador) al portal de ECUAPASS. Y proceder a dar click e REGULARIZAR.Cabe destacar que si no hay cambios que realizar, tan solo se debe seguir este paso, directamente se realiza la REGULARIZACIÓN.

CONCLUSIONES:

Es muy importante recordar que para realizar la Regularización de una DAE se cuenta con un plazo de 30 días.
- Si no se procede a realizar este proceso en el plazo establecido se podrá incurrir en una falta reglamentaria. (Literal e del Art. 193)

RECOMENDACIONES:

- Estar atenta al tiempo que se debe realizar la Regularización de la DAE.
- Tener en mente que se pueden realizar las correcciones que sean necesarias durante este plazo.
- Verificar si existen cambios para solicitar la corrección o si no existen cambios proceder directamente con la Regularización.

AUTOR:

Jackeline Becerra

FUENTE:

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2014/SENAE-ISEE-2-2-020-V5.pdf

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Desarrollo

Vigencia de la Autorización:

La autorización como Consolidador o Desconsolidador de carga otorgada por la SENAE será de un año renovable automáticamente hasta por 4 años seguidos al finalizar la última renovación se procederá a renovar la vigencia de la misma en base a la petición de parte. 

 

Requisitos para acceder a la autorización:

  1. Documentación y Requisitos Legales:

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Obligaciones:

  1. Cumplir con lo establecido en el COPCI y demás disposiciones emitidas por la Dirección de la SENAE.

 

-       Emitir documentos de transporte tales como: conocimiento de embarque.

-       Elaborar el manifiesto de carga de las mercancías desconsolidadas.

-       Tramitas las justificaciones de los manifiestos de carga que deba presentar la compañía de transporte.

 

  1. Realizar operaciones de agenciamiento de carga solamente con las empresas del extranjero que se encuentren registradas dentro de la respectiva resolución de funcionamiento.
  2. Pedir autorización para efectuar cualquier cambio.
  3. Mantener de manera física y electrónica los registros de las actas de entrega de cada uno de los documentos de transporte para cada trámite.

 

 

Conclusiones

Las Direcciones Distritales del SENAE serán las responsables de vigilar que se dé cumplimiento a las obligaciones que deben cumplir las consolidadoras-desconsolidadoras que actúen en los diferentes distritos, así como en imponer las faltas reglamentarias a que hubiere lugar y de comunicar las mismas de manera oportuna a la Dirección Nacional de Intervención

 

Recomendaciones

Una empresa consolidadora o Desconsolidadora que haya sido inhabilitada durante su funcionamiento por haber incurrido en faltas reglamentarias no será autorizada sus solicitudes para la renovación de operaciones.

 

Autor:

Jackeline Becerra

Fuente

COPCI. (2014). Código Orgánico de Producción Comercio e Inversión. Obtenido de http://wikiaduanera.org

SSENAE. (2013). Obtenido de SENAE: file://SENAE-DGN-2013-0488-RE.pdf

SENAE. (2014). Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Obtenido de Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:http://www.aduana.gob.ec

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Introducción

El objetivo del etiquetado de los productos alimenticios es garantizar a los consumidores una información completa sobre el contenido y la composición de dichos productos, a fin de proteger su salud y sus intereses. La etiqueta puede contener también información relativa a una característica determinada, como el origen del producto o el método de producción. El objetivo general de la ley alimentaria de la Unión Europea es el de alcanzar altos niveles de protección a la vida humana, la salubridad y la protección de los intereses del consumidor, inclusive de prácticas justas en el comercio de alimentos, considerando también la protección de la salud y el bienestar animal, vegetal y del medioambiente. 

DESARROLLO:

Requisitos de etiquetado de los alimentos “pre-envasados”

Las palabras utilizadas en el etiquetado de los alimentos “pre-envasados” deberán estar en condiciones normales de caracteres chinos, que no incluye marca registrada, es decir debe estar escrito correctamente y fácilmente legible, incluidos los caracteres de escritura a mano, personajes artísticos, carácter, caracteres anamorfosis, sello clerical, la escritura y el estilo de la caligrafía cursiva, etc. De la misma manera los caracteres chinos, el chino pinyin y/o las lenguas de los grupos étnicos minoritarios también pueden utilizarse en el etiquetado de los alimentos “pre-envasados”, pero el tamaño de las palabras no debe ser más grande que los caracteres chinos correspondientes.

Las lenguas extranjeras también pueden utilizarse correspondientemente a los caracteres chinos (excepto el nombre y la dirección del fabricante de los alimentos importados, el nombre y la dirección del distribuidor en el extranjero, y dirección del sitio web). Las letras extranjeras no podrán ser mayores que los correspondientes caracteres chinos (excepto para las marcas registradas).

Los requisitos para el etiquetado de los alimentos “pre-envasados”, e ingresar al mercado de la República Popular de China son:

  • Nombre, especificación
  • Contenido neto
  • Fecha de producción
  • Tabla de componentes o formulación
  • Nombre del productor, dirección e información de contacto
  • Periodo de validez
  • Código de las normas de producto
  • Los requisitos de almacenamiento
  • El nombre genérico de los aditivos alimentarios que se utiliza en la norma nacional
  • Número de la licencia de producción
  • País de origen
  • Nombre y dirección del distribuidor chino
  • Identificación de lote (si fuera necesario)
  • Instrucciones de uso (si fuera necesario)

Las etiquetas de los alimentos básicos y complementarios dedicados a los bebés y otras poblaciones específicas deben indicar también los principales ingredientes nutricionales y su contenido, cuando el área de las superficies del recipiente de los alimentos “pre-envasados” es más grande que 35 cm2, el tamaño mínimo de las palabras, símbolos y números en el etiquetado obligatorio no deberá ser inferior a 1,8 mm de altura, de igual forma cuando el área de superficie de los alimentos “pre-envasados” es menor que 10 cm2, se considerara lo siguiente:

  • Nombre del producto
  • Peso neto
  • Nombre y dirección del productor o distribuidor
  • Nombre del país de origen
  • Nombre y dirección del agente, importador y distribuidor registrado en la República Popular de China

DISPOSICIONES EN REFERENCIA A LA LISTA DE INGREDIENTES:

  • La lista de ingredientes deberá llevar el título de “ingredientes” o “Lista de ingredientes”.
  • Deben listarse en orden decreciente de acuerdo al peso, a excepción de aquellos ingredientes que constituyen menos del 2% de los alimentos.
  • Cuando el etiquetado de un alimento destaque la presencia o adición de uno o más valiosos y/o caracterización de ingredientes o componentes, el porcentaje de los componentes al que se ha hecho hincapié deberán ser declarados.
  • Si las materias primas utilizadas en el proceso de preparación se convierten a otros ingredientes (se refiere a los productos fermentados, como el vino, o el, vinagre, etc.), las “materias primas” y “materiales suplementarios” se puede utilizar para sustituir ingredientes y lista de ingredientes.

DISPOSICIONES EN REFERENCIA AL PESO NETO:

El peso neto del alimento envasado deberá ser declarado de acuerdo con la unidad oficial de medición, de la siguiente manera:

      I.        Para los alimentos líquidos, en volumen - L (l) o ml (ml)

    II.        Para los alimentos sólidos, en peso – g o kg;

   III.        Para los alimentos semi-sólidos o viscosos, ya sea en peso o en volumen.

EN REFERENCIA A LA FECHA

La codificación de datos se marcará en el orden de (año/mes/día) 

  • Ejemplo: (2012 11 15), (2012/11/15), (20121115).

Así mismo puede ser (día/mes/año)

  • Ejemplo: (15 11 2012), (15/11/2012), (15112012).

Requisitos de etiquetado para productos agroalimentarios

La siguiente información es la requerida por las autoridades chinas para los productos agroalimentarios comercializados en el país:

  • Nombre del producto
  • Lista de ingredientes
  • Contenido neto y contenido sólido
  • Nombre y dirección del fabricante
  • Nombre y dirección del distribuidor
  • Indicaciones de fechas e instrucciones de almacenaje.
  • Fecha de producción, periodo de validez o de almacenaje
  • La fecha deberá de ser indicada en el formato AA/MM/DD
  • Se podrá indicar de la siguiente manera la fecha de caducidad:
    • De preferencia consumir antes de XXX
    • A consumir antes de XXX
    • Validez hasta XXX
    • Conservación hasta XXX
    • Periodo de validez XXX meses
    • Periodo de conservación: XXX meses
    • Si el periodo de validez o de conservación del producto está relacionado a las condiciones de almacenaje, se deberá de indicar en el etiquetado.

RESUMEN

Para ingresar al mercado de la República Popular de China, se debe tomar en cuenta varios aspectos importantes como es el etiquetado de los productos alimenticios y por ende sus requisitos, por lo cual es esencial que el exportador ecuatoriano tome como base las principales normas, es decir la presentación del producto y sus etiquetados para lo cual las palabras utilizadas en el etiquetado de los alimentos “pre-envasados” deberán estar en condiciones normales de caracteres chinos, que no incluye marca registrada.

CONCLUSIONES

Los productos ecuatorianos son muy requeridos a nivel internacional, sin embargo existen normas y requisitos que se deben cumplir con el etiquetado de productos alimenticios, en el cual se deben especificar varios requisitos que se mencionaron anteriormente, todo esto con el objetivo de ingresar al mercado de la República Popular de China.

RECOMENDACIONES

Para realizar una exportación de productos alimenticios ya sea pre-envasados o agroalimentarios a la República Popular de China se necesitan varios requisitos y normas de Etiquetado que las empresas ecuatorianas deben tener muy claras y que deben cumplirlas para que su exportación sea exitosa en el mercado Chino.

FUENTE

www.proecuador.gob.ec

AUTOR

Jackeline Becerra

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Normas de etiquetado para productos textiles

INTRODUCCIÓN:

EL reglamento Técnico Ecuatoriano INEN 013: 2006 aplica a todos los productos textiles, prendas de vestir, calzado y accesorios afines, incluyendo también a la ropa para el hogar (sábanas, cobijas, cubrecamas, manteles, toallas, cortinas y similares), cinturones, maletería y sombrerería; se excluye al calzado de juguete; pertenicentes a las partidas: 61, 62, 63, 64 así como 94.04, 94.04.900, 42.02, 42.03, 43 y 43.03

Esta norma, establece los requisitos que debe cumplir el etiquetado de los productos anteriormente mencionados, que se comercializan en el país, para proteger la vida y la salud de las personas, así como para prevenir prácticas que puedan inducir a error a los consumidores, proteger el medio ambiente, y proteger a la industria nacional.

DESARROLLO:

REQUISITOS ESPECÍFICOS

9242104854?profile=originalLas etiquetas técnicas y de marca deben estar adheridas o cosidas a la prenda en un sitio que facilite su rápida observación.  La información de la etiqueta técnica y  la de marca puede ser unificada  en una sola etiqueta

La norma establece que previo a la importación de una prenda o calzado, la etiqueta debe estar puesta en su lugar de origen, con la siguiente información:

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TEXTILES

La información de la composición textil debe expresarse en porcentaje en relación a la masa de las diferentes fibras que integran el producto, en orden decreciente de predominio. 

Dimensiones para ropa de hogar. Deben expresarse de acuerdo al Sistema Internacion de unidades SI, sin perjuicio de que además se presentE la información en otros sistemas de unidades de medida.

CALZADO

Los materiales principales que conforman el calzado deben estar presentes en al menos 80 %
de la superficie, para la capellada, el forro y la plantilla y en al menos el 80 % en volumen de la firme
o suela.
Para determinar el 80 % de la capellada no se tomará en cuenta los accesorios o refuerzos tales como ribetes, protectores de tobillos, adornos, hebillas, orejas, anillos para ojetes o dispositivos análogos

CONCLUSIÓN:

El reglamento técnico de etiquetado textil existe desde el 2007, pero hay una modificación: el cambio básico es la inclusión del RUC con dos objetivos: que el consumidor esté bien informado para evitar engaños y que la autoridad tenga una herramienta de control en el mercado y pueda detectar el contrabando.

RECOMENDACIONES:

La difusión de esta norma, ayuda a que fabricantes nacionales así como los importadores conozcan lo que se debe incluir en las etiquetas a coser permanentemente en la ropa que se comercializan en el país para evitar sanciones y tener informado permanentemente al consumidor

AUTOR:

Jackeline Becerra

Fuente:

http://normaspdf.inen.gob.ec/pdf/nte/1875-3R.pdf

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Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE)

TEMA: Ventanilla Única Ecuatoriana

La Ventanilla Única Ecuatoriana para el comercio exterior (VUE) es una herramienta electrónica por medio de la cual todo usuario de los servicios aduaneros y, en general todos los operadores de comercio exterior, presentará los requisitos, trámites y documentos necesarios para la realización de operaciones de comercio exterior. El objetivo general de la VUE es optimizar e integrar procesos de comercio exterior.

DESARROLLO:

BENEFICIOS:

9242093285?profile=originalInstalación de la Opción de Ventanilla Única:

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Servicios Principales:

Se provee de 4 menús principales:

1.- Trámites operativos: Declaración de Importación, Declaración de Exportación.

2.- Servicios de Información: Estadísticas, Catálogos, Rendimiento de la empresa.

3.- Soporte al Cliente: Boletines, Preguntas Frecuentes, Guías de uso.

4.- Ventanilla Única Ecuatoriana: Elaboración de DJO, Elaboración de Certificados de Origen.

Conclusiones:

La ventanilla única es un portal que nos permite ahorrar tiempo y dinero en la presentación de requisitos  trámites y documentos necesarios para la realización de operaciones de comercio exterior.

Recomendaciones:

Para el uso de este portal es necesario contar con una computadora, internet y firma electrónica que se la puede obtener a través del Banco Central del Ecuador (BCE) o Security Data, para poder realizar todo tipo de operación de Comercio Exterior en la VUE.

Autor:Jackeline Becerra

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REQUISITOS PARA SER IMPORTADOR

INTRODUCCIÓN

Todas las personas Naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país que se encuentren registrados como importador en el ECUAPASS y aprobado por el SENAE.

DESARROLLO:

Requisitos para ser Importador en la Aduana

1. Obtener el Registro Único de Contribuyente (RUC) que expide el Servicio de Rentas Internas (SRI).
2. Obtener el  Certificado digital para la firma electrónica y Autenticación  otorgado por el Banco Central del Ecuador y Security Data en:  http://www.eci.bce.ec/web/guest  y  http://www.securitydata.net.ec
3. Registrarse en el Portal de ECUAPASS: http://www.ecuapass.aduana.gob.ec
4. A través de un Agente de Aduana se procederá a  realizar los trámites de desaduanización de las mercancías, quien asesorará al importador que mercancía se puedo o no importar, así como las respectivos requisitos que cumplir el producto según los requisitos establecidos por la ley.

Quiénes pueden importar a consumo: Todas las personas Naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país que se encuentren registrados como importador en el ECUAPASS y aprobado por el SENAE.

Qué es una importación al consumo: Es la nacionalización de mercancías extranjeras ingresadas al País para su libre disposición; uso o consumo definitivo, una vez realizado el pago respectivo de impuestos y ordenado el levante de las mismas por parte del funcionario de Aforo.

 

CONCLUSIÓN:

Todo aquel que desee realizar compras de mercaderías en el exterior para luego ingresarlas a territorio ecuatoriano para su comercialización, deberá registrarse como Importador en el sistema de la Aduana.

 

RECOMENDACIÓN:

Verificar que los datos registrados sean los correctos previos a la importación a realizar.

FUENTE

COPCI, SENAE

AUTOR

Jackeline Andrea Becerra Anchala

 

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Sustitución de Importaciones

INTRODUCCIÓN

La política de diversificación e incremento del valor agregado en la producción nacional como eje estratégico para el Cambio de la Matriz Productiva se evidencia en las sinergias público-privadas, para fomentar la sustitución selectiva de importaciones.

Entre los múltiples acuerdos que el Ministerio de Industrias ha suscrito con sectores de alto potencial de incremento de la producción local, destacan las ensambladoras automotrices. Para avanzar en los compromisos acordados con este sector, se desarrolló, en conjunto con la Cámara de la Industria Automotriz Ecuatoriana (Cinae), un taller de trabajo para delinear las bases de una política que priorice el aumento planificado del componente nacional en el ensamblaje final del producto.

DESARROLLO:

Alex Zapata, Director de Industria Metalúrgica de la Subsecretaría de Industrias Básicas, informó que las ensambladoras nacionales, con las que el Ministerio de Industrias y Productividad firmó el año anterior acuerdos para incorporar más componente nacional, han identificado la sustitución de importaciones en aproximadamente USD 90 millones entre el 2014 y el 2017.

Otra línea que busca dinamizar, el compromiso acordado con el sector, refiere al encadenamiento productivo entre las ensambladoras, como industrias intermedias, y el mercado autopartista nacional. La industria automotriz ensambló durante el 2012 aproximadamente 81 mil vehículos que representan USD 121,446 millones, de los cuales la industria autopartista ecuatoriana facturó USD 43 millones.

Para fortalecer la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, mipymes, dedicadas a la fabricación de partes y piezas para el ensamblaje de automóviles, el Ministerio de Industrias y Productividad y la Cinae suscribirán, un convenio de cooperación para priorizar el encadenamiento productivo sostenible con las industrias autopartista, para la provisión de accesorios automotrices, aire acondicionado, carrocerías internas y externas, pisos, neumáticos, sistemas de frenos, dirección, suspensión, entre otros insumos que se están identificando para que la industria autopartista ecuatoriana los fabrique y así disminuir sus importaciones.

A esta política de industrialización sustitutiva de importaciones se suman otros grupos empresariales para mejorar la balanza comercial del país. Un grupo azuayo, conformado por 15 empresas, realizará una inversión aproximada de USD 40 millones para la construcción y operación de una nueva fábrica de juguetes. Además incrementará su producción de motos y bicicletas con alto componente nacional, y otra de las industrias del Grupo de inversionistas cuencanos, le apostará a la producción de tablets con tarjetas electrónicas nacionales.

CONCLUSIÓN:

se evidencia estrategias de trabajo entre empresas público-privadas, para fomentar la sustitución selectiva de importaciones, para avanzar en los compromisos acordados en conjunto para la sustitución de importaciones exitosa.

RECOMENDACIÓN:

Es necesario delinear las bases de una política que priorice imporatciones de materia prima necesaria que no se encuentre en el país para luego realizar su manufacturación.

FUENTE

El Comercio, Ministerio de Industrias y Productividad

AUTOR

Jackeline Andrea Becerra Anchala

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INTRODUCCIÓN:

Como medida para disminuir las importaciones y para promover el cambio de la mtariz productiva El COMEX ha dado nuevas medidas para las importaciones tanto en límite de dinero como en límite de cantidad.

DESARROLLO:

Para  Automotores y Anexos S.A Ayasa, que maneja las marcas Nissan y Renault, el cupo de importación en monto se redujo de USD 92 millones a USD 50 millones. Es decir, un recorte del 46%. De igual manera para Negocios Automotrices Neohyundai S.A., que comercializa los vehículos de la marca Hyundai, el cupo bajó de USD 82 millones a USD 46 millones. Es decir, un recorte del 44%. Mientras que para General Motors (marca Chevrolet), el cupo de importación de vehículos se redujo de USD 63 millones a USD 27 millones, es decir, un 57%.

El recorte también corre para las partes y piezas de vehículos o CKD que sirven para el ensamblaje de autos en el país. Por ejemplo, para la ensambladora de General Motors Omnibus BB, el cupo de importación de CKD se redujo de USD 333 millones a USD 261 millones. Es decir, una restricción adicional del 22%.

El cupo de vehículos y CKD no corre solo para montos de importación sino también para el número de unidades, lo que se cumpla primero. Por ejemplo, un importador puede tener un cupo de USD 1 millón anual o 70 unidades. Es decir que se cierra automáticamente el cupo si se pasa del monto o del número de unidades importadas, lo primero que ocurra. El Comex también abrió un cupo de importación de vehículos eléctricos de hasta USD 25 millones o 1000 unidades.

RESUMEN:

Unos 48.000 vehículos nuevos menos que en el 2014, entre importados y ensamblados en el país, equivaldría para el mercado ecuatoriano la prórroga de las “restricciones cuantitativas” anuales dispuesta por el Gobierno, tanto en el ingreso de carros como de partes y piezas (CKD) de automotores y la respectiva reducción de cupos.

Según un análisis comparativo de la Asociación Ecuatoriana Automotriz (AEA), en el 2014, eran 128.090 unidades nuevas en Ecuador y en el 2015 serían 80.098, una diferencia de 47.992 vehículos (37%).

Conclusión:

A los imporadores les inquietan las medidas puesto que algunas tendrán que cambiar de actividad o cerrar sus puertas porque con esta cantidad de autos no se hace sustentable la actividad.

Recomendación:

El nuevo tablero de juego marcado por la sumatoria de estos factores obliga al sector empresarial a ejercer su creatividad para diseñar nuevas estrategias de negocios, que permitan, como en otras ocasiones, afrontar y superar esta crisis, resguardando sus inversiones, los intereses de sus ejecutivos y trabajadores y de la economía nacional.

Autor:

Jackeline Andrea Becerra Anchala

Fuente:

http://www.elcomercio.com/actualidad/ecuador-restringe-importaciones-autos-2015.html

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Introducción:

Con el objetivo de prevenir el ingreso, establecimiento y propagación de plagas y otras enfermedades que puedan afectar a la calidad de producción ecuatoriana y a su población, el Ministerio de Agricultura a través de su entidad adscrita AGROCALIDAD, ha reglamentado el procedimiento para aquellos importadores que deseen ingresar al país productos fito sanitarios. En este sentido el proceso para realizar este tipo de importaciones es: 

Desarrollo: 

Pasos para importar productos Fito sanitarios:

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   1.- Pasos para el registro como importador:

 

            INGRESAR AL LINK  y hacer click en:
             http://www.agrocalidad.gob.ec/ ;

          

            En el caso de estar inscrito, ingresar su usuario y contraseña, caso contrario registrarse con los                    nombres y datos completos del importador

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2.- Tipo de Operador y Operación:

9241970494?profile=original3. Solicitud para importación: 

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RESUMEN:

Para realizar actividades referentes a agricultura,producción agrícola entre otros,en torno a las operaciones aduaneras se utiliza en el momento que se va a importar determinado producto que tiene las características antes mencionadas.

CONCLUSIÓN:

Con la implementación de la Ventanilla Única Ecuatoriana se logra optimizar recursos que generan reducción de costos y tiempo favoreciendo al sector gubernamental así como a los ciudadanos o usuarios que pueden realizar sus trámites virtualmente .

RECOMENDACIÓN:

En el caso de las importaciones previo al embarque es fundamental que se identifique la subpartidas arancelarias correctas  y se revisen los requisitos que debe cumplir las mercaderías con el objetivo de conocer e identificar los procesos virtuales a seguir ,agilizando la operación y evitando inconvenientes que pueden generarse previo y durante el despacho de importación de la carga.

AUTOR:

Jackeline Andrea Becerra Anchala

Fuente:

http://www.agrocalidad.gob.ec/importaciones-sanidad-vegetal/

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INTRODUCCIÓN

Un certificado de Orígen es el documento que certifica el país de origen de la mercancía que en él se detalla, es decir, acredita que la mercancía ha sido fabricada en ese país. Se utiliza sólo para exportaciones e importaciones con países extracomunitarios, de tal forma que los productos puedan acogerse a los regimenes preferenciales y a la aplicación de los aranceles que les corresponden.

DESARROLLO:

Ingresamos al portal de Ecuapass: portal.aduana.gob.ec

Luego se abrirá la siguiente pantalla no se requiere de ingresar el usuario ni la contraseña; nos dirigimos al bloque donde dice “Servicios Informáticos” donde hacemos click en la opción “2,7 Consulta de Verificación de Certificado de Origen”

 A continuación se desplegará la siguiente página donde ingresaremos el Nª de Certificado de Origen Digital que el sistema genero al momento de realizar el certificado, es por ello; que ingresaremos en el “Número de Entrega”.

Con solo ingresar el número de entrega no es necesario llenar los demás campos y elegimos la opción consultar. Si surgiera el caso de que no conociera el número de entrega el solicitante puede ingresar los demás campos para visualizar el documento

 Al momento de elegir “VER ORIGINAL”  permite visualizar el certificado digital en formato PDF, se debe tomar en cuenta que las firmas autógrafas que consten en el documento no será posible visualizar debido a que son firmas electrónicas que ya se encuentran codificadas en el archivo XML.

CONCLUSIÓN:

La verificación del certificado de origen digital permite al solicitante  consultar algún dato que se encuentre con dudas o posible presunción de error en el certificado, así mismo los OCE´S deben tomar en cuenta el procedimiento para verificar el certificado  

RECOMENDACIÓN:

Previo a la importación es necesario revisar si es posible adquirir un certificado de origen del producto que ingresará a territorio aduanero, lo cual permitirá rebaja de aranceles.

 

 FUENTE

http://www.proecuador.gob.ec/glossary/certificado-de-origen/

AUTOR

Jackeline Andrea Becerra Anchala

 

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Cómo usar los Incoterms 2010

Introducción:

El objetivo fundamental de los incoterms consiste en establecer criterios definidos sobre la distribución de los gastos y la transmisión de los riesgos entre la parte compradora y la parte vendedora en un contrato de compraventa internacional.

En este sentido es importante que sepamos que al momento de tomar un incoterm para algúna transacción debemos tomar en cuenta los siguientes puntos:

DESARROLLO:

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INCOTERMS 2010

9241952069?profile=originalRESUMEN:

Además de las estipulaciones propias de cada incoterm, un contrato de compraventa internacional de mercancías puede admitir otras condiciones adicionales. Estos casos se deben establecer cuidadosamente porque los incoterms están redactados con gran armonía y recogen la práctica de infinitas experiencias comerciales internacionales.

 Concretamente, en un contrato de venta internacional los Incoterms clarificarán los siguientes puntos:

  1. Situar el punto crítico de la transferencia de los riesgos del vendedor al comprador en el proceso de envío de mercancías (riesgos de pérdida, deterioro, hurto de las mercancías), permitiendo así que quien asume estos riesgos pueda tomar medidas preventivas, sobre todo en cuanto a seguros;
  2. Indicar quién –el vendedor o el comprador– debe cerrar el contrato de transporte;
  3. Repartir entre ambas partes los gastos logísticos y administrativos en las diferentes etapas del proceso;
  4. Precisar quién está a cargo del embalaje, el marcado de la mercancía, las operaciones de manutención, de carga y descarga de las mercancías, o la carga o transferencia del contenido de los contenedores, al igual que las operaciones de inspección;
  5. Fijar las obligaciones respectivas para la realización de las formalidades de exportación y/o importación, el pago de los derechos e impuestos de importación, al igual que el suministro de los documentos.

CONCLUSIÓN:

Los INCOTERMS, son cláusulas estandarizadas y reconocidas que permiten evitar litigios, distribuyendo responsabilidades claramente entre el comprador y el vendedor

RECOMENDACIÓN:

Las reglas Incoterms 2010 han introducido algunos cambios significativos en relación a la versión anterior que fue la del año 2000. Estos cambios se han realizado para adaptarse a los nuevos usos de la logística internacional, las comunicaciones vía Internet y los procedimientos de seguridad que se han instaurado en las fronteras de los países.

AUTOR:

Jackeline Andrea Becerra Anchala

FUENTE:

http://comercioexterior.banesto.es/es/cuente-con-nosotros/guia/incoterms-2010#haut

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INTRODUCCIÓN:

A partir del pasado 5 de Enero de 2015, fecha en la que el COMEX emitió la resolución No. 050-2014 se prevee la aplicación de un valor arancelario ad-valorem del 7% a los productos originarios de Perú y  del 21% para los originarios de Colombia.

La posición de nuestro país se ha tomado como respuesta a la caída de los precios del petróleo y a la devaluación del peso colombiano y del sol peruano: elementos que podrían poner en riesgo nuestar estabilodad económica.

DESARROLLO:

Ecuador basa sus medidas en base a las siguientes causas:

 

9241930853?profile=originalLa medida adopatada se encuentra sustentada en la siguiente ley:

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Reacciones de los países vecinos:

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RESUMEN:

Ecuador puso en vigencia una salvaguardia cambiaria a los productos provenientes de Colombia y Perú ante la depresiación de sus monedas, en un intento por proteger su economía afectada por la caída del precio del petróleo y la apreciaciónd el dólar.

Con este objetivo el gobierno ecuatoriano resolvió fijar desde el lunes y de manera temporal un derecho aduanero de hasta el 7% para los productos peruanos que ingresen a su territorio y del 21% para los provenientes de Colombia.

Tanto las autoridades colombianas como las peruanas han asegurado que van a pedir a la Secretaría General de la CAN detener cualquier medida que pudiera poner en peligro el comercio de la región.

CONCLUSIÓN:

Ante las diferentes situaciones cambiarias en la economía del Ecuador, él gobierno ha tomado medidas de salvaguardia en cuanto a las importaciones originarias de Colombia y Perú, lo que ha generado incertidumbre y malestar con respecto a las futuras relaciones comerciales.

RECOMENDACIÓN:

Pése a que ecuador tiene motivos para adoptar medidas de protección, éstas podrían afectar el comercio de la región y malestar en las relaciones con nuestras naciones vecinas por lo que se recomienda llegar a un acuerdo que medie los intereses de los países implicados.

AUTOR:

Jackeline Andrea Becerra Anchala

FUENTE:

http://www.eldiarioexterior.com/ecuador-castiga-importaciones-de-colombia-45091.htm


 

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INTRODUCCIÓN:

Se conoce como regímenes de importaciones al tratamiento aplicable a las mercancías, solicitado por el declarante o importador basado en la legislación aduanera vigente. En este sentido se clasifican bajo otros regímenes aduaneros a las importaciones que se realizan bajo circunstancias expeciales, las cuales será libradas de tributos.

El régimen de almcén especial permite liberar de tributos a la mercaderia que ingresa para el arreglo de transporte público y de carga.

DESARROLLO:

El régimen 75 permite importar mercadería destinada a la reparación de transporte público y de carga, a un almacén que ha dispuesto la autoridad aduanera, en la cual la mercadería podrá permanecer allí en un máximo de 5 años. La mercadería no podrá ser modificada en absoluto. Este régimen culminará con el cambio de régimen a counsumo.

9241921299?profile=original9241922463?profile=originalRESUMEN:

Es el régimen especial aduanero que permite almacenar mercancías destinadas al aprovisionamiento, reparación y mantenimiento de naves, aeronaves y unidades de carga destinadas para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros y carga, libre de todo tributo al comercio exterior. Bajo este régimen podrán ingresar repuestos, partes, piezas y provisiones destinados a reparación, aprovisionamiento y mantenimiento de medios de transportes y unidades de carga.

CONCLUSION:

Esté régimen permite el ingreso de mercadería que ayuda al mantenimiento y mejoramiento del transporte público lo cual genera facilidades en los profesionales que se dedican a este tipo de catividad tan necesaria en el país.

RECOMENDACIÓN:

Existe la posibilidad de enviar a destrucción la m ercadería que haya sido abandonada, considero que al tratarse de mercadería para uso en el transporte público, esta posibilidad no debería considerarse.

AUTOR:

Jackeline Andre Becerra Anchala

FUENTE

http://www.aduana.gob.ec/pro/special_regimes.action

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