Publicaciones de Flores Calderon Mateo Sebastian (14)

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Según la resolución del SENAE SENAE-DGN-2015-0165-RE, establece la forma en la que se transmitirá la DAI por funcionarios  de cuerpos diplomáticos y organismos autorizados por la ley sobre inmunidades, privilegios y franquicias diplomáticas.

El proceso a seguir para la transmisión de la DAI es el siguiente:

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Para que se puedan acoger de las exenciones previstas en le literal h del artículo 125 del COPCI, deben tener con la resolución de exoneración de tributos al Comercio Exterior expedida por la Dirección Distrital competente, en caso de que se encuentre tramitando dicha resolución se podrá presentar una garantía específica según los términos en el literal k  del artículo 235 del Reglamento al COPCI y articulo 79 de la Ley de Inmunidades y Privilegios.

 

Conclusiones

  • El proceso de transmisión de la DAI es diferente al de una importación a consumo y goza de exenciones a los tributos al Comercio Exterior.

Recomendaciones

  • Leer la Ley de Inmunidades y Privilegios para conocer qué tipo de funcionarios diplomáticos y organismo pueden acogerse a este procedimiento.

Glosario

  • COPCI: Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones.
  • DAI: Declaración Aduanera de Importación.
  • SENAE: Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Autor

Mateo Flores

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El Régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo es el régimen en el cual las mercancías ingresan al territorio ecuatoriano para un proceso de perfeccionamiento, reparación, maquila o acondicionamiento. Este régimen se encuentra en el artículo 131 del Reglamento del Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones (COPCI), posee el código 21. Para poder importar mercancías bajo este régimen se debe:

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El plazo de permanencia de las mercancías dentro del territorio ecuatoriano será máximo de un año con una extensión de un año más.

El Régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo culmina cuando la mercancía ingrese a zona primario para su reexportación o cuando el importador solicite un cambio de régimen.

 

Conclusiones

  • El Régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo beneficia a los importadores con una suspensión del 100% de los tributos al comercio exterior a pagar.

Recomendaciones

  • Los importadores deberán determinar cuándo tiempo va a permanecer la mercancía en el territorio ecuatoriano para solicitarlo al SENAE y evitar extensiones innecesarias o incumplir con los plazos establecidos en el COPCI.

Glosario

  • COPCI: Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones.
  • Fuente Energética: Combustibles, Lubricantes o cualquier fuente que produzca calor o energía.

Autor

Mateo Flores

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A partir del 4 de enero del 2016 se podra tramitar a travez de la Ventanilla Unica Ecuatoriana para el Comercio Exterior el Certificado Fitosanitario para Exportacion CFE, para solicitar dicho certificado se debe seguir los siguientes pasos:

 

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Cabe mencionar que se seguira emitiendo este Certificado de forma manual unicamente en los siguientes casos:

  • Envíos con más de un producto.
  • Musáceas
  • Ornamentales para todos los destinos excepto Rusia y Panamá

 

Conclusiones

  • Con la implementación de este nuevo Certificado Fitosanitario en la VUE se sigue promoviendo el uso de las TIC’S en la sociedad.

Recomendaciones

  • Leer el manual publicado por Agrocalidad referente a la implementación del CFE en la VUE.

Glosario

  • VUE: Ventanilla Unica Ecuatoriana para el Comercio Exterior.
  • CFE: Certificado Fitosanitario para la Exportacion.

Autor

Mateo Flores

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Un Operador Economico Autorizado es toda persona natural o jurídica que se encuentra involucrada en el movimiento internacional de mercancías. El proceso para poder acreditarse como OEA es:

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Conclusiones

  • Los Operadores Económicos Autorizados facilitan las operaciones logísticas y aumentan la confiabilidad del operador en el comercio internacional.

Recomendaciones

  • Los OEA son un paso más allá de los OCE que gozan con más beneficios como ser más competitivo a nivel internacional y mayor facilitación en los trámites aduaneros.

Glosario

  • OEA: Operador Económico Autorizado
  • OCE: Operador de Comercio Exterior

Autor

Mateo Flores

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Traslado

Según el articulo 60 del Reglamento al Codigo Organico de la Produccion Comercio e Inversiones (COPCI) un traslado es una operación aduanera mediante la cual se transporta mercancías bajo postestad del SENAE de un punto a otro dentro del territorio aduanero ecuatoriano.

Para esta actividad se utilizara los medios de transporte de personas naturales o jurídicas, las cuales contaran con los permisos y autorizaciones que le permitan circular dentro del territorio nacional. Previo al traslado de la mercancía la Direccion General del SENAE exigirá al transportista el cumplimiento de todas las medidas de seguridad.

El traslado deberá realizarse dentro de los plazos, horarios y rutas que fueron fijados por la Direccion Distrital y en caso de incumplimientos se aplicara las sanciones estipuladas en el literal d del articulo 193 del COPCI.

Conclusiones

  • Para realizar el movimiento de cualquier tipo de mercancías de zona primara a cualquier destino aduanero se lo debe solicitar a la Direccion General del SENAE.

Recomendaciones

  • El traslado se lo puede utilizar para diversos fines por lo que el importador o exportador deberá conocer la legislación que lo ampara para evitar faltas reglamentarias.

Glosario

  • COPCI: Codigo Organico de la Produccion Comercio e Inversiones.
  • SENAE: Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Autor

Mateo Flores

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Las mercancías que fueron exportadas de forma definitiva al exterior pueden reimportarse por varias situaciones como:

  • Son de prohibida importación en el país de destino.

  • No cumplen con normas técnicas, sanitarias o fitosanitarias.

Es así que los Operadores de Comercio Exterior que necesiten importar dichas mercancías exportadas podrán hacer mediante el Régimen 32 “Reimportación en el mismo estado”, siguiendo el siguiente proceso:

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En los casos de que el exportador se haya beneficiado de la devolucion condicionada o credito de abono tributario, debera devolver dichos valores y el tecnico operador sera en encargado de corroborarlo al momento del aforo de las mercancias.

Conclusiones

  • En caso de que se tenga que importar mercancias que se hayan exportado de forma definitiva esta opcion permite al exportador recuperar sus mercancias y evitar perdidas.

Recomendaciones

  • Antes de exportar las mercancias se debe consultar con el importador que la mercancia cumpla con todas las exigencias del pais de destino para evitar demoras en la nacionalizacion de la mercancia.

Glosario

  • OCE: Operador de Comercio Exterior.

  • DAI: Declaracion Aduanera de Importacion.

  • DAE: Declaracion Aduanera de Exportacion.

Autor

Mateo Flores

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El Documento de Destinación Aduanera es un documento de soporte emitido por Agrocalidad para que productos animales o vegetales puedan ingresar al país, desde el 30 de noviembre del 2015 este documento será tramitado a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana para el Comercio Exterior, cabe mencionar que perros y gatos que vayan a ingresar como mascotas al país no deberán tramitar el DDA a través de la VUE sino que deberán hacerlo de manera física, el proceso para tramitar el DDA en la VUE es:

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  • Con la implemetancion de la DDA en la VUE se potencia aun mas el uso de los sistemas tecnologicos gubernamentales al servicio de la ciudadania.

  • Se ahorran tiempo y costo para los importadores en la solicitud del DDA para la importacion de mercancias animales o vegetales.

Recomendaciones

  • A todos los importadores que solicitaron y recibieron de forma fisica el DDA hasta el 29 de noviembre del 2015 podran utilizarlos en DAI hasta el 8 de diciembre del 2015.

  • Leer la Decision Comunitaria 737 de la CAN para un mejor conocimiento de que mercancias necesitan el DDA.

Glosario

DDA: Documento de Destinacion Aduanera

VUE: Ventanilla Unica Ecuatoriana para el Comercio Exterior.

Autor

Mateo Flores

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Solicitud de Abandono Expreso de las Mercancias

En el articulo 247 del Reglamento al Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones (COPCI) se explica que es un abandono expreso, es simples palabras se puede decir que un abandono expreso es la renuncia escrita de las mercancías importadas por parte del consignatario a favor del Fisco que sería el Estado para que estas puedan ser subastadas, donadas o vendidas según la autoridad pertinente considere más óptimo.

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Conclusiones

  • El abandono expreso permite al importador librarse de las obligaciones tributarias de la mercancía.

Recomendaciones

  • Como importador se debe tener bien claro si la mercancía que deseamos importador necesita de algún requisito previo ya que si no lo tenemos la mercancías se quedara retenida en zona primaria.

Glosario

COPCI: Codigo Organico de la Produccion Comercio e Inversiones.

Fuente

Manual SENAE-MEE-2-2-002-V2

Autor

Mateo Flores

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Conclusiones

  • El proceso de levantamiento de mercancias es diferente mediante el régimen de mensajería acelerada o Courier.

  • El proceso de salida de mercancias categoría A o Valija Diplomatica de Zona Primaria es distinto a el de mercancias categoría B, C, D, E,F.

Recomendaciones

  • Estudiar a detalle el manual SENAE-MEE-2-2-030 para el despacho de mercancias bajo el régimen de mensajería acelerada o Courier.

  • Conocer las categorías existentes en el régimen de mensajería acelerada o Courier y que nos mas contemplan cada categoría.

Glosario

  • SENAE: Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

Fuente

  • Manual SENAE-MEE-2-2-030

Autor

Mateo Flores

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Desde el 30 de noviembre del año en curso se habilitara en la Ventanilla Única Ecuatoriana para el Comercio Exterior (VUE), para que de esta manera ya no se presenten dichas solicitudes en los Ministerio Coordinar de la Productividad, Empleo y Competitividad y el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

Todos los documentos emitidos de forma manual por el Instituto Nacional de Pesca (INP0) serán publicados en la VUE para que puedan ser constatados por quienes lo requieran.

La estructura de solicitud del certificado es:

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Con este nuevo certificado se eliminara la necesidad de ir tanto al MIPRO como al MAGAP para realizar la solicitud de emisión, de esta manera se reduce costos, tiempo y se agilizan los trámites burocráticos de todo el sector público.

Conclusiones

  • Con la implementación de este Certificado en la VUE se utiliza el sistema de interconexión entre todas las entidades públicas del Estado para agilizar los procesos.

Recomendaciones

  • Para todos los OCES y público en general leer a detalle el Manual del INP en los boletines del SENAE para conocer los requisitos mínimos exigidos y el proceso de solicitud.

Glosario

  • VUE: Ventanilla Única Ecuatoriana para el Comercio Exterior.

  • MIPRO: Ministerio de la Productividad.

  • MAGAP: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

  • INP: Instituto Nacional de Pesca.

  • OCE: Operadores de Comercio Exterior.

Fuente

Autor

Mateo Flores

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En este blog se explicara cómo podemos consultar en el sistema ECUAPASS la vigencia de una nota de crédito:

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Siguiendo este proceso se nos va a presentar la pantalla Consulta de vigencia de Nota de Crédito.

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Para que se muestre la información que necesitamos debemos:

  1. Ingresar Numero de Nota de Crédito o el Plazo de Vencimiento:

     

    1. Número de Nota de Crédito: Número asignado por el sistema a la Nota de Crédito.

       

    2. Plazo de vencimiento: Rango de la fecha de vencimiento de la Nota de Crédito.

       

Una vez ya ingresado los datos deseados se nos desplegara toda la información como:

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  • No: Indica la cantidad de resultados obtenidos según los datos ingresados anteriormente.

     

  • Número de Nota de Crédito: Se muestra el número asignado por el sistema a la nota de crédito cuando esta fue emitida.

     

  • Fecha de emisión: Fecha en la que la Nota de Crédito fue emitida.

     

  • Fecha de vencimiento: Fecha en la que culmina la vigencia de la Nota de Crédito.

     

  • Valor de Nota de Crédito: Refleja el valor total de la Nota de Crédito consultada.

     

  • Periodo de Vigencia: Números d día de plazo de vigencia de las Notas de Crédito.

     

  • Estado: Se muestra el estado de las Notas de Crédito, estos estados pueden ser

    • Vigente.

    • Vencida.

    • Disponible.

    • No Disponible.

Conclusiones

  •  Esta opción del sistema ECUAPASS permite a los OCE consultar todas sus Notas de Credito y anticiparse a su fecha de vencimiento.

Recomendaciones

  • Conocer todas las fechas de vencimiento de las Notas de Credito para evitar moras por no pagarlas.

Glosario

  • OCE: Operador de Comercio Exterior.

Fuentes

  • "SENAE-ISEE-2-7-006-V1 INSTRUCTIVO DE SISTEMAS PARA CONSULTAR LA VIGENCIA DE NOTA DE CRÉDITO".

Autor

Mateo Flores

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Manifiesto de Importacion Maritimo

Como dije en el blog de la anterior semana en este hablare acerca del Manifiesto de Importación Marítimo (MIM) el cual lo dividiré en partes para una mejor compresión suya, este tipo de manifiesto debe ser transmitido por el capitán del buque a las autoridades aduaneras del país de destino, siendo en el caso del Ecuador los Agentes de Aduana del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE).

Como todo manifiesto de carga este debe ser llenado de la manera correcta para evitar errores en su aceptación y evitar demoras en el trámite aduanero. En el manual SENAE-GOE-2-3-004-V1 de junio del 2013 se explica todo el proceso a seguir para la transmisión del MIM, cabe recalcar que este manual es exclusivamente para el MIM y no para el Manifiesto de Exportación Marítimo MEM, el MIM puede ser transmitido ya sea por el software del Operador de Comercio Exterior (OCE) o mediante el sistema ECUAPASS.

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Ilustración 1 Manifiesto de Importación Marítimo

 

Como se pueda observar en la Ilustración 1 el MIM en el sistema ECUAPASS puede ser llenado de manera sencilla por cualquier persona, pero recordando que este debe ser transmitido únicamente por el capitán de la Línea Naviera, Consolidadora o Agentes de Carga Internacional.

Los puntos que deben ser llenados son:

  • Tipo de Manifiesto.

  • Distrito.

  • Clasificación del manifiesto.

  • Terminal de Descarga.

  • Peso Total.

  • Empresa propietaria del transporte.

  • Nombre/Matricula del medio de transporte.

  • Puerto de Origen.

  • Numero de Master.

  • Puerto de Descarga.

  • Nombre de la Empresa dueña del medio de transporte.

Conclusiones

  • El MIM puede transmitirse por dos vías, ya sea ECUAPASS o por el software del Operador de Comercio Exterior.

  • La transmisión del MIM debe hacerse seis horas antes del arribo del buque para puertos cercanos y cuarenta y ocho para los de más puertos.

Recomendaciones

  • Llenar todos los campos del MIM detenidamente para evitar errores en la transmisión por el sistema ECUAPASS.

  • Leer el manual del SENAE para la Transmisión del MIM donde se detalla las consideraciones a tomar en cuenta al momento de realizar una importación por vía marítima.

Glosario

  • SENAE: Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.

  • MIM: Manifiesto de Importación Marítimo.

  • OCE: Operador de Comercio Exterior.

Fuentes

  • Manual para la Transmisión del Manifiesto de Importación Marítimo.

Autor

Mateo Flores

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Manifiesto de Carga

Antes de explicar que es un manifiesto de carga marítimo debemos tener en claro la definición del manifiesto de carga y porque es obligatorio su expedición, un manifiesto de carga ya sea este terrestre, marítimo o aéreo es el documento legal habilitante que ampara el transporte de mercancías desde y hacia el exterior antes las autoridades aduaneras correspondientes de cada país.

En el artículo 31 de la Sección II del Reglamento al Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones (COPCI) del 19 de mayo del 2011 se detalla las consideraciones generales a tomar en cuenta al momento de transmisión electrónica o física del manifiesto de carga a las autoridades aduaneras ya sea este por vía terrestre, aérea o marítima, en este blog se explicara todo lo pertinente al manifiesto de carga para después poder centrarse en el Manifiesto de Importación Marítimo (MIM).

 

Como ya se explicó anteriormente el manifiesto de carga es el documento habilitante para el transporte de mercancías que ingresen o salgan del país, existen tres tipos de manifiestos de carga

  • Manifiesto de Carga Marítimo

  • Manifiesto de Carga Terrestre

  • Manifiesto de Carga Aéreo

Cada uno tiene un trato diferente con respecto a su transmisión electrónica a las autoridades aduaneras. Es así que para el Manifiesto Marítimo la transmisión se la debe hacer con seis horas de anticipación para puertos cercanos y cuarenta y ocho horas para los demás. El Manifiesto Terrestre será transmitido hasta el momento que se realiza la operación de cruce de frontera y el Manifiesto Aéreo su transmisión se la debe hacer hasta antes del arribo del medio de transporte salvo el caso que el tiempo de vuelo sea igual o superior a cuatro horas en cuyo caso se realizara la transmisión hasta dos horas antes del arribo del medio de transporte.

En los elementos mínimos que debe contener un manifiesto de carga para que sea aceptado por la autoridad aduanera debe constar:

  1. Identificación del medio de transporte y del transportista.

  2. Identificación del lugar de salida y de destino de las mercancías.

  3. Fecha de salida y de arribo de las mercancías.

  4. Numero de cada uno de los conocimientos de embarque, guías aéreas o carta de porte según corresponda.

  5. La identificación de la unidad de carga en el caso de transporte marítimo

  6. Cantidad de bultos o mercancías a granel según corresponda

  7. El peso e identificación genérica de las mercancías

  8. Indicación de la carga consolidada en caso de que existiere, señalando el número de documento de transporte que la contiene.

Conclusiones

  • Sin un Manifiesto de Carga la mercancía no podrá salir o ingresar del territorio nacional.

  • Con el actual sistema ECUAPASS se puede presentar el Manifiesto de Carga de forma electrónica y mejorar el trámite de desaduanizacion y arribo de las mercaderías.

Recomendaciones

  • Se debe tener en claro los tiempos máximos de transmisión del Manifiesto de Carga para evitar sanciones por parte de las autoridades aduaneras.

Glosario

  • COPCI: Código Orgánico de La Producción Comercio e Inversiones.

  • MIM: Manifiesto de Importaciones Marítimo.

 

Fuentes

  • Artículo 31 de la Sección II del Reglamento de Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones (COPCI) 2011

Autor

Mateo Flores

 

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