Publicaciones de Estefania Nayeli Naula Larrea (19)

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Tilin antipulgas gatillo 500ml | plazaVea - Supermercado

 

  • Acerca del producto

 

Tilin es un producto para acabar con las pulgas y garrapatas, es eficaz para el control externo en la mascota, también es una presentación para perros grandes o familias con muchos perros.

Aplicar el producto sobre la piel del animal a una distancia aproximada de 15 cm. Si fuera el caso, se debe aplicar a contrapelo del animal para que el producto ingrese hasta la piel.

 

  • Nota de subpartida 1 del Capítulo 38

 

  1. La subpartida 3808.50 comprende únicamente los productos de la partida 38.08 que contengan una o más de las sustancias siguientes: aldrina (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimefonm (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO» o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; fluoroacetamida (ISO); fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO», incluido ellindano (ISO, DCI); metamidofos (ISO); monocrotofos (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metil paratión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. La subpartida 3808.50 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO).
  • Nota de subpartida 2 del Capítulo 38
  1. Las subpartidas 3808.61 a 3808.69 comprende únicamente productos de la partida 38.08, que contengan alfacipermetrina (ISO), bendiocarb (ISO), bifentrina (ISO), ciflutrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (DCI, ISO), etofenprox (DCI), fenitrotión (ISO), lambda-cialotrina (ISO), malatión (ISO), pirimifos-metil (ISO) o propoxur (ISO). 

 

  • Notas Explicativas de la partida 38.08

 

Esta partida comprende un conjunto de productos (excepto los que tengan carácter de medicamentos para medicina humana o veterinaria comprendidos en las partidas 30.03 ó 30.04) concebidos para destruir o rechazar los gérmenes patógenos, los insectos (mosquitos, polilla, doríforas, cucarachas, etc,), los musgos y mohos, las malas hierbas, los roedores, los pájaros, etc. Los productos cuya finalidad es repeler los parásitos o la desinfección de las semillas se hallan también comprendidos en esta partida. 

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue: 

  1. I) Los insecticidas 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir:

  • Los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos. 
  • Los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa.
  • Los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos. 
  • Los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida.
  • Los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados.

 

  • Nota 2 de la Sección VI: 

 

Sin perjuicio de las disposiciones de la Nota 1 anterior, cualquier producto que, por su presentación en forma de dosis o por su acondicionamiento para la venta al por menor, pueda incluirse en una de las partidas 30.04, 30.05, 30.06, 32.12, 33.03, 33.04, 33.05, 33.06, 33.07, 35.06, 37.07 o 38.08, se clasifica en dicha partida y no en otra de la Nomenclatura.  Las Notas Explicativas 9 de la partida 38.0810 señalan que: “Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción”. En este caso, El Producto de acuerdo con la información presentada, se trata una diatomita natural, presentada en envase de 5 kg, usada como insecticida, por lo que cumple con lo referido en la Nota 2 de la Sección VI, en ese sentido, el producto se clasifica en la partida 38.08, en aplicación de la RGI .

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.19.00: Los demás. Para productos de uso agrícola y afines registrados en AGROCALIDAD

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

Que, cuando se presenta en envases de 180 ml, y 500 ml, es decir en envases para la venta al por menor o en artículos, está comprendido en la apertura NANDINA 3808.91.(10) Y por su composición queda incluido en la subpartida 3808.91.19. Esta subpartida no tiene aperturas a nivel nacional, en tal sentido, el producto denominado comercialmente "TILlN ANTIPULGA", compuesto de fipronil, alcohol isopropílico, etc., utilizado para matar y prevenir insectos (pulgas y garrapatas), se clasifica en la subpartida nacional 3808.91.19.00, en aplicación de las RGI 1  y 6.

 

  • Recomendaciones

 

Los productos se presentan en distintas formas, entre estos productos se pueden distinguir los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida". El Producto al matar y prevenir la aparición de insectos (pulgas y garrapatas) cumple con la definición de insecticida y queda incluido en esta subpartida.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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  • Cera Trap® | BioibericaAcerca del producto

 

 

Es un atrayente alimenticio líquido, 100% ecológico, para el control de la mosca de la fruta, altamente eficaz y selectivo. Consiste en una proteína líquida obtenida mediante hidrólisis enzimática, que posee un elevado poder de atracción para los adultos de esta plaga, especialmente para las hembras. Además, está libre de insecticidas en su composición y no necesita la adición de ninguno en su uso en campo. Se aplica dentro de mosqueros, trampas que vienen cargadas con el volumen suficiente de cebo alimenticio para mantener el poder de atracción durante toda la campaña y que están preparadas para ser colgadas directamente en el árbol. Una vez las moscas entran en el mosquero mueren por ahogamiento en el líquido.

 

  • Notas Explicativas de la partida 38.08

 

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue: 

  1. I) Los insecticidas 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir:

  • Los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos. 
  • Los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa.
  • Los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos. 
  • Los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida.
  • Los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados.

 

  • Notas de la Subpartida 1 

 

La subpartida 3808.50 comprende únicamente los productos de la partida 38.08 que contengan una o más de las sustancias siguientes: aldrina (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeform (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1, 1-tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; fluoroacetamida (ISO); fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido ellindano (ISO, DCI); metamidofos (ISO); monocrotofos (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metil paratión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. La subpartida 3808.50 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO).

 

  • Nota 2 de la Sección VI: 

 

Sin perjuicio de las disposiciones de la Nota 1 anterior, cualquier producto que, por su presentación en forma de dosis o por su acondicionamiento para la venta al por menor, pueda incluirse en una de las partidas 30.04, 30.05, 30.06, 32.12, 33.03, 33.04, 33.05, 33.06, 33.07, 35.06, 37.07 o 38.08, se clasifica en dicha partida y no en otra de la Nomenclatura.  Las Notas Explicativas 9 de la partida 38.0810 señalan que: “Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción”. En este caso, El Producto de acuerdo con la información presentada por El Solicitante, se trata una diatomita natural, presentada en envase de 5 kg, usada como insecticida, por lo que cumple con lo referido en la Nota 2 de la Sección VI, en ese sentido, El Producto se clasifica en la partida 38.08, en aplicación de la RGI .

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.19.00: Los demás. Para productos de uso agrícola y afines registrados en AGROCALIDAD

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

Siendo un atrayente alimenticio cinético efectivo para el control de la mosca de la fruta del mediterráneo “Cera Trap - Insecticida Agrícola”, para ser colocado en las trampas para mosca de la fruta, le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 3808.91.19.00.

 

  • Recomendaciones

 

En ese sentido, el producto es un atrayente alimenticio sintético para el control de la mosca que contiene acetato de amonio, hidrocloruro de trimetilamina, diamimobutano vamos a ubicar en esta subpartida.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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  • Acerca del producto

 

Es un producto natural para el control de insectos, orgánicamente formulado a base de frústulas silíceas, derivadas de un proceso natural de fosilización, ofreciendo una excelente eficacia en el control de diversas especies en un amplio rango de cultivos. Al actuar de forma mecánica – física, resulta apropiado para evitar la resistencia de los insectos. Es de baja toxicidad para el humano y animales de sangre caliente. 

 

  • Notas de la Subpartida 1 

 

La subpartida 3808.50 comprende únicamente los productos de la partida 38.08 que contengan una o más de las sustancias siguientes: aldrina (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeform (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1, 1-tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; fluoroacetamida (ISO); fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido ellindano (ISO, DCI); metamidofos (ISO); monocrotofos (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metil paratión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. La subpartida 3808.50 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO).

 

  • Nota 2 de la Sección VI: 

 

Sin perjuicio de las disposiciones de la Nota 1 anterior, cualquier producto que, por su presentación en forma de dosis o por su acondicionamiento para la venta al por menor, pueda incluirse en una de las partidas 30.04, 30.05, 30.06, 32.12, 33.03, 33.04, 33.05, 33.06, 33.07, 35.06, 37.07 o 38.08, se clasifica en dicha partida y no en otra de la Nomenclatura.  Las Notas Explicativas 9 de la partida 38.0810 señalan que: “Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción”. En este caso, El Producto de acuerdo con la información presentada por El Solicitante, se trata una diatomita natural, presentada en envase de 5 kg, usada como insecticida, por lo que cumple con lo referido en la Nota 2 de la Sección VI, en ese sentido, El Producto se clasifica en la partida 38.08, en aplicación de la RGI .

 

  • Notas Explicativas de la partida 38.08

 

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue: 

  1. I) Los insecticidas 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir:

  • Los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos. 
  • Los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa.
  • Los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos. 
  • Los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida.
  • Los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados.

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.19.00: Los demás. Para productos de uso agrícola y afines registrados en AGROCALIDAD.

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El Producto por clasificar es un insecticida que está compuesto por diatomita , presentado en envase de 5 kg, por lo tanto, está comprendido en la subpartida NANDINA 3808.91.19, el producto denominado comercialmente “MATASIL ”, le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 3808.91.19.00.

 

  • Recomendaciones

 

La clasificación depende si El Producto se presenta en envases para venta al por menor y si contienen bromometano, bromoclorometano, permetrina o cipermetrina o demás sustitutos sintéticos del piretro mirex o endrina. 

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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¿Cómo importar el insecticida CRUCIAL FS?

CRUCIAL FS1

 

  • Acerca del producto

 

Es un insecticida innovador para el tratamiento de semillas, contiene dos ingredientes activos, los cuales combinan su espectro de control para de esta manera obtener una germinación rápida, uniforme y con mayor resistencia al ataque de plagas cortadoras y chupadoras que pueden afectar el desarrollo inicial de las plántulas.

 

  • Notas de la Subpartida 1 

 

La subpartida 3808.50 comprende únicamente los productos de la partida 38.08 que contengan una o más de las sustancias siguientes: aldrina (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeform (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1, 1-tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; fluoroacetamida (ISO); fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido ellindano (ISO, DCI); metamidofos (ISO); monocrotofos (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metil paratión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. La subpartida 3808.50 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO).

 

  • Notas de la Subpartida 2

 

Las subpartidas 3808.61 a 3808.69 comprende únicamente productos de la partida 38.08, que contengan alfacipermetrina (ISO), bendiocarb (ISO), bifentrina (ISO), ciflutrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (DCI, ISO), etofenprox (DCI), fenitrotión (ISO), lambda-cialotrina (ISO), malatión (ISO), pirimifos-metil (ISO) o propoxur (ISO).

 

  • Notas Explicativas de la partida 38.08

 

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue: 

  1. I) Los insecticidas 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir:

  • Los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos. 
  • Los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa.
  • Los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos. 
  • Los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida.
  • Los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados.

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.19.00: Los demás. Para productos de uso agrícola y afines registrados en AGROCALIDAD

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El Producto se presenta en envases de 250 ml., es decir en envases para la venta al por menor, entonces está comprendido en la subpartida NANDINA 3808.91.(10) y ésta se apertura en las subpartidas 3808.91.12.00, 3808.91.14.00, 3808.91.15.00 y 3808.91.19.00; por lo tanto, teniendo en cuenta su composición queda incluido en esta última subpartida y al no tener aperturas a nivel NANDINA ni a nivel nacional, El Producto denominado comercialmente “CRUCIAL FS”, se clasifica en la subpartida nacional 3808.91.19.00, en aplicación de las RG 1 y 6.

 

  • Recomendaciones

 

En la partida 38.08, la subpartida 3808.(90) comprende los demás productos que no están incluidos en las subpartidas 3808.(50) y 3808.(60), es decir, los productos que no están mencionados en la Nota de subpartida 16 y la Nota de subpartida 27 del Capítulo 38. La subpartida 3808.91 incluye a los insecticidas. El Producto al tener como ingredientes activos los químicos thiodicarb e imidacloprid, queda incluido en esta subpartida.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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Lo que debes saber para importar Bt-NOVA WP

Bt-Nova WP - Novagro-AG

 

  • Acerca del producto

 

Es un insecticida biológico que contiene una cepa especial de Bacillus thuringiensis var. kurstaki, patógena de insectos plagas del orden Lepidóptera. Es altamente selectivo a la fauna benéfica y no se conocen efectos adversos para el hombre, los animales domésticos, aves, peces ni toxicidad a las plantas. Actúa exclusivamente por ingestión, durante la aplicación se debe cubrir todos los sitios de alimentación de las larvas para tener un buen efecto en el control de la plaga. El volumen de aplicación recomendado, es aquel que sea necesario para cubrir completamente la planta y los órganos susceptibles de ataque.

 

  •  Partida 38.08

 

Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases  para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas y papeles matamoscas. 

 

  • Notas de la Subpartida 1 

 

La subpartida 3808.50 comprende únicamente los productos de la partida 38.08 que contengan una o más de las sustancias siguientes: aldrina (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeform (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1, 1-tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; fluoroacetamida (ISO); fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido ellindano (ISO, DCI); metamidofos (ISO); monocrotofos (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metil paratión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. La subpartida 3808.50 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO).

 

  • Notas de la Subpartida 2

 

Las subpartidas 3808.61 a 3808.69 comprende únicamente productos de la partida 38.08, que contengan alfacipermetrina (ISO), bendiocarb (ISO), bifentrina (ISO), ciflutrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (DCI, ISO), etofenprox (DCI), fenitrotión (ISO), lambda-cialotrina (ISO), malatión (ISO), pirimifos-metil (ISO) o propoxur (ISO).

 

  • Notas Explicativas de la partida 38.08

 

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue: 

  1. I) Los insecticidas 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir:

  • Los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos. 
  • Los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa.
  • Los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos. 
  • Los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida.
  • Los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados.

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.19.00: Los demás. Para productos de uso agrícola y afines registrados en AGROCALIDAD

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto es un insecticida agrícola que contiene una cepa especial de Bacillus thuringiensis var. Kurstaki, patógena de insectos plagas del orden Lepidóptera, presentado en tambores de 20 y 25 kg, en la subpartida nacional 3002.90.10.00 del Arancel de Aduanas.

 

  • Recomendaciones

 

El Producto actúa por ingestión y después de ser ingerido, la larva del insecto muere en un lapso de 2 a 4 días, por lo que es considerado un insecticida. En ese sentido, en aplicación de la Nota 2 de la Sección VI, El Producto, cuando se presenta en bolsa trilaminada de 1 y 0.5 kg, se clasifica en la partida 38.08 en aplicación de la 1° RGI

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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  • Descripción  del producto

 

Es un suplemento líquido de ácido fúlvico concentrado. Tiene una estructura molecular relativamente pequeña que fácilmente penetra las raíces, tallos y hojas de las plantas. La capacidad de intercambio catiónico (CEC) es casi el doble que la de los ácidos húmicos. Ácidos fúlvicos son los compuestos conteniendo carbonos más efectivos como agentes de quelatación. Ellos transportan microelementos directo a los sitios metabólicos en las células de las plantas y también son solubles en agua para todas las condiciones de pH. 

 

  • Notas de la Partida

 

La partida 38.24 comprende entre otras, las preparaciones de la industria química o de las industrias conexas (incluidas las mezclas de productos naturales) no expresadas ni comprendidas en otra parte del Sistema Armonizado. El Producto al ser una preparación de productos de origen mineral, utilizado en la agricultura, que no está comprendido en otra parte de la nomenclatura, ni en los textos de las partidas 38.01 a 38.23, le corresponde clasificarse en la partida 38.24.

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.24: Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos de fundición; productos químicos y preparaciones de la industria química o de las industrias conexas (incluidas las mezclas de productos naturales), no expresados ni comprendidos en otra parte.

Subpartida 3824.99.99.99: Los demás.

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

En consecuencia, el producto denominado comercialmente “FULVEX”, preparado de origen mineral, presentado en envases de 5 galones (18.9 l), 55 galones (207.9 l), y 275 Galones (1,039.5 l), utilizado en la agricultura, le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 3824.99.99.99, en aplicación de la 1° y 6° RGI de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas.

 

  • Recomendaciones

 

Esta subpartida se desagrega en la subpartida 3824.99, subpartida NANDINA 3824.99.99, subpartida nacional 3824.99.99.99 que incluye a las demás preparaciones.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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¿Cómo importar Matabicheras Fort Dodge?

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  • Acerca del producto

Matabicheras Fort Dodge es un moderno larvicida, repelente y cicatrizante, formulado a base de Vapona y Supona, dos productos insecticidas fosforados y Violeta de Genciana, quimioterapéutico y cicatrizante. La profunda acción inicial de la Vapona permite la eliminación activa de larvas. Al mismo tiempo, la Supona con su poder residual protege las partes tratadas, evitando la aproximación de insectos y la reinfección de las heridas. El elevado poder cicatrizante del Violeta de Genciana conduce a una inmediata recuperación de los tejidos afectados. La coloración violeta conferida por el producto es pasajera y permite identificar las lesiones en los animales tratados.

  •  Notas Explicativas de la partida 38.08

Esta partida comprende un conjunto de productos (excepto los que tengan carácter de medicamentos para medicina humana o veterinaria comprendidos en las partidas 30.03 ó 30.04) concebidos para destruir o rechazar los gérmenes patógenos, los insectos (mosquitos, polilla, doríforas, cucarachas, etc.), los musgos y mohos, las malas hierbas, los roedores, los pájaros, etc. Los productos cuya finalidad es repeler los parásitos o la desinfección de las semillas se hallan también comprendidos en esta partida. 

  • Notas de la Subpartida 1 

La subpartida 3808.50 comprende únicamente los productos de la partida 38.08 que contengan una o más de las sustancias siguientes: aldrina (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeform (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1, 1-tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; fluoroacetamida (ISO); fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido ellindano (ISO, DCI); metamidofos (ISO); monocrotofos (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metil paratión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. La subpartida 3808.50 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO).

  • Notas de la Subpartida 2

Las subpartidas 3808.61 a 3808.69 comprende únicamente productos de la partida 38.08, que contengan alfacipermetrina (ISO), bendiocarb (ISO), bifentrina (ISO), ciflutrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (DCI, ISO), etofenprox (DCI), fenitrotión (ISO), lambda-cialotrina (ISO), malatión (ISO), pirimifos-metil (ISO) o propoxur (ISO).

  • Notas Explicativas de la partida 38.08

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue: 

  1. I) Los insecticidas 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir:

  • Los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos. 
  • Los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa.
  • Los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos. 
  • Los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida.
  • Los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados.
  • Reglas Generales Interpretativas

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  • Descripción Arancelaria

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.19.00: Los demás. Para productos de uso agrícola y afines registrados en AGROCALIDAD

  • Tributos Vigentes

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP
  • Conclusiones

El producto Matabicheras Fort Dodge Agrícola se clasifica en la secciòn VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, partida 38.08 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas y la subpartida aplicable para la matabicheras será la 3808.91.19.00 Subpartida National (ARIAN).

  • Recomendaciones

Los productos se presentan en distintas formas, entre estos productos se pueden distinguir los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida. El Producto al matar las larvas de insectos cumple con la definición de insecticida y queda incluido en la subpartida.

  • Fuentes

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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¿Cómo importar Matabicheras Fort Dodge?

10934381096?profile=RESIZE_400x

 

  • Acerca del producto

 

Matabicheras Fort Dodge es un moderno larvicida, repelente y cicatrizante, formulado a base de Vapona y Supona, dos productos insecticidas fosforados y Violeta de Genciana, quimioterapéutico y cicatrizante. La profunda acción inicial de la Vapona permite la eliminación activa de larvas. Al mismo tiempo, la Supona con su poder residual protege las partes tratadas, evitando la aproximación de insectos y la reinfección de las heridas. El elevado poder cicatrizante del Violeta de Genciana conduce a una inmediata recuperación de los tejidos afectados. La coloración violeta conferida por el producto es pasajera y permite identificar las lesiones en los animales tratados.

 

  •  Notas Explicativas de la partida 38.08

 

Esta partida comprende un conjunto de productos (excepto los que tengan carácter de medicamentos para medicina humana o veterinaria comprendidos en las partidas 30.03 ó 30.04) concebidos para destruir o rechazar los gérmenes patógenos, los insectos (mosquitos, polilla, doríforas, cucarachas, etc.), los musgos y mohos, las malas hierbas, los roedores, los pájaros, etc. Los productos cuya finalidad es repeler los parásitos o la desinfección de las semillas se hallan también comprendidos en esta partida. 

 

  • Notas de la Subpartida 1 

 

La subpartida 3808.50 comprende únicamente los productos de la partida 38.08 que contengan una o más de las sustancias siguientes: aldrina (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeform (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1, 1-tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; fluoroacetamida (ISO); fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido ellindano (ISO, DCI); metamidofos (ISO); monocrotofos (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metil paratión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5-triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. La subpartida 3808.50 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO).

 

  • Notas de la Subpartida 2

 

Las subpartidas 3808.61 a 3808.69 comprende únicamente productos de la partida 38.08, que contengan alfacipermetrina (ISO), bendiocarb (ISO), bifentrina (ISO), ciflutrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (DCI, ISO), etofenprox (DCI), fenitrotión (ISO), lambda-cialotrina (ISO), malatión (ISO), pirimifos-metil (ISO) o propoxur (ISO).

 

  • Notas Explicativas de la partida 38.08

 

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue: 

  1. I) Los insecticidas 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir:

  • Los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos. 
  • Los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa.
  • Los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos. 
  • Los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida.
  • Los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados.

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.19.00: Los demás. Para productos de uso agrícola y afines registrados en AGROCALIDAD

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto Matabicheras Fort Dodge Agrícola se clasifica en la secciòn VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, partida 38.08 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas y la subpartida aplicable para la matabicheras será la 3808.91.19.00 Subpartida National (ARIAN).

 

  • Recomendaciones

 

Los productos se presentan en distintas formas, entre estos productos se pueden distinguir los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida. El Producto al matar las larvas de insectos cumple con la definición de insecticida y queda incluido en la subpartida.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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¿Cómo importar ¨LEKKER¨ , insecticida?

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  • Descripción  del producto

 

Es un insecticida que actúa por contacto e ingestión. Posee acción translaminar del haz al envés de la hoja. La acción de control es inmediata y se observa en la inmovilización de la plaga, afectando su alimentación y reproducción ocasionando su muerte

Es un insecticida que bloquea la respiración celular, inhibiendo el transporte de electrones en el complejo I mitocondrial; por lo que evita la reacción de óxido-reducción en la cadena de transporte de electrones. Finalmente se corta la producción del ATP, inmovilizando al insecto. 

 

  • Notas de la Subpartida

 

  1. La subpartida 3808.50 comprende únicamente los productos de la partida 38.08 que contengan una o más de las sustancias siguientes: aldrina (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeform (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO,DCI); dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; fluoroacetamida (ISO); fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI); metamidofos (ISO); monocrotofós (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión metílico (ISO) (metil paratión); pentaclorofenol (ISO); 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5- triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. 

 

  • Nota Explicativa de Partida

 

Notas de subpartida 2:

Las subpartidas 3808.61 a 3808.69 comprende únicamente productos de la partida 38.08, que contengan alfa-cipermetrina (ISO), bendiocarb (ISO), bifentrina (ISO), ciflutrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (DCI, ISO), etofenprox (DCI), fenitrotión (ISO), lambda-cialotrina (ISO), malatión (ISO), pirimifos-metil (ISO) o propoxur (ISO). 

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.19.00: Los demás. Para productos de uso agrícola y afines registrados en AGROCALIDAD.

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto LEKKER - Insecticida se clasifica en la sección VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas,. En consecuencia, el producto denominado comercialmente “LEKKER”, siendo un insecticida a base de tolfenpyrad, presentado en envases de 1 l, le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 3808.91.19.00, en aplicación de las RGI 1 y 6 de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas.

 

  • Recomendaciones

 

Se recomienda tener en consideración que la subpartida 3808.91.19.00 está concebida para destruir o rechazar los gérmenes patógenos, los insectos (mosquitos, polilla, cucarachas, etc.), etc, presentado en envase de 13 g, en la subpartida nacional, al entender estas notas nos explica que puede formar parte de esta subpartida.

 

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

Leer más…

Limpiador De Carburador Y Partes Abro | Cuotas sin interés

 

  • Descripción  del producto

 

Producto de excelente calidad, penetra y disuelve la suciedad, goma, carbón y depósitos de barniz que puedan impedir el movimiento de las piezas del carburador.

  • Libera atascos manuales o automáticos
  • Disuelve los depósitos nocivos del sistema de combustible
  • Remueve residuos de suciedad, resina y sedimentos
  • Limpia el obturador y la válvula PCV

 

  • Notas de la Partida

 

Tomamos en cuenta el Capítulo 29 el cual nos da una mayor guía para saber donde le podemos ubicar al producto.

Notas 1a): Conviene sin embargo observar que estas sustancias no se consideran siempre impurezas autorizadas por la Nota 1 a).

Cuando estas sustancias se dejan deliberadamente en el producto para hacerlo más apto para usos determinados que para uso general, no se consideran impurezas cuya presencia sea admisible. Así, un producto constituido por una mezcla de acetato de metilo con metanol dejado deliberadamente para hacerlo más apto para su uso como disolvente está excluido (partida 38.14). Para ciertos productos (por ejemplo, el etano, benceno, fenol o piridina) existen criterios específicos de pureza que se indican en las Notas Explicativas de las partidas 29.01, 29.02, 29.07 y 29.33.

 

  • Nota Explicativa de Partida

 

  1. Las preparaciones para el desgrasado de piezas mecánicas, constituidas por una mezcla: 

1°)  de white spirit y tricloroetileno 

2°) gasolina, productos clorados y xileno. Se admiten también en esta partida las preparaciones que se utilizan para quitar la pintura o el barniz viejos, constituidas por las mezclas mencionadas anteriormente, con pequeñas cantidades de parafina (para retardar la evaporación de los disolventes), emulsionantes, gelificantes, etc.

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.14: Disolventes y diluyentes orgánicos compuestos, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones para quitar pinturas o barnices.

Subpartida 3814.00.90.00: Los demás.

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                7,5%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto Limpia Carburador ABRO se clasificará en la secciòn VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, partida 38.14 Disolventes y diluyentes orgánicos compuestos, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones para quitar pinturas o barnices y la subpartida aplicable para el Limpia Carburador ABRO será la 3814.00.90.00 Subpartida NALADISA.

 

  • Recomendaciones

 

Es importante tomar en cuenta que al momento de clasificar nos podemos confundir con los productos por su contenido en este caso nos basamos en el capítulo 29 con las notas explicativas las cuales nos direccionaron a la partida 38.14.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Limpiador De Carburador Y Partes Abro | Cuotas sin interés

 

  • Descripción  del producto

 

Producto de excelente calidad, penetra y disuelve la suciedad, goma, carbón y depósitos de barniz que puedan impedir el movimiento de las piezas del carburador.

  • Libera atascos manuales o automáticos
  • Disuelve los depósitos nocivos del sistema de combustible
  • Remueve residuos de suciedad, resina y sedimentos
  • Limpia el obturador y la válvula PCV

 

  • Notas de la Partida

 

Tomamos en cuenta el Capítulo 29 el cual nos da una mayor guía para saber donde le podemos ubicar al producto.

Notas 1a): Conviene sin embargo observar que estas sustancias no se consideran siempre impurezas autorizadas por la Nota 1 a).

Cuando estas sustancias se dejan deliberadamente en el producto para hacerlo más apto para usos determinados que para uso general, no se consideran impurezas cuya presencia sea admisible. Así, un producto constituido por una mezcla de acetato de metilo con metanol dejado deliberadamente para hacerlo más apto para su uso como disolvente está excluido (partida 38.14). Para ciertos productos (por ejemplo, el etano, benceno, fenol o piridina) existen criterios específicos de pureza que se indican en las Notas Explicativas de las partidas 29.01, 29.02, 29.07 y 29.33.

 

  • Nota Explicativa de Partida

 

  1. Las preparaciones para el desgrasado de piezas mecánicas, constituidas por una mezcla: 

1°)  de white spirit y tricloroetileno 

2°) gasolina, productos clorados y xileno. Se admiten también en esta partida las preparaciones que se utilizan para quitar la pintura o el barniz viejos, constituidas por las mezclas mencionadas anteriormente, con pequeñas cantidades de parafina (para retardar la evaporación de los disolventes), emulsionantes, gelificantes, etc.

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.14: Disolventes y diluyentes orgánicos compuestos, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones para quitar pinturas o barnices.

Subpartida 3814.00.90.00: Los demás.

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                7,5%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto Limpia Carburador ABRO se clasificará en la secciòn VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, partida 38.14 Disolventes y diluyentes orgánicos compuestos, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones para quitar pinturas o barnices y la subpartida aplicable para el Limpia Carburador ABRO será la 3814.00.90.00 Subpartida NALADISA.

 

  • Recomendaciones

 

Es importante tomar en cuenta que al momento de clasificar nos podemos confundir con los productos por su contenido en este caso nos basamos en el capítulo 29 con las notas explicativas las cuales nos direccionaron a la partida 38.14.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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Limpiador De Carburador Y Partes Abro | Cuotas sin interés

 

  • Descripción  del producto

 

Producto de excelente calidad, penetra y disuelve la suciedad, goma, carbón y depósitos de barniz que puedan impedir el movimiento de las piezas del carburador.

  • Libera atascos manuales o automáticos
  • Disuelve los depósitos nocivos del sistema de combustible
  • Remueve residuos de suciedad, resina y sedimentos
  • Limpia el obturador y la válvula PCV

 

  • Notas de la Partida

 

Tomamos en cuenta el Capítulo 29 el cual nos da una mayor guía para saber donde le podemos ubicar al producto.

Notas 1a): Conviene sin embargo observar que estas sustancias no se consideran siempre impurezas autorizadas por la Nota 1 a). Cuando estas sustancias se dejan deliberadamente en el producto para hacerlo más apto para usos determinados que para uso general, no se consideran impurezas cuya presencia sea admisible. Así, un producto constituido por una mezcla de acetato de metilo con metanol dejado deliberadamente para hacerlo más apto para su uso como disolvente está excluido (partida 38.14). Para ciertos productos (por ejemplo, el etano, benceno, fenol o piridina) existen criterios específicos de pureza que se indican en las Notas Explicativas de las partidas 29.01, 29.02, 29.07 y 29.33.

 

  • Nota Explicativa de Partida

 

  1. Las preparaciones para el desgrasado de piezas mecánicas, constituidas por una mezcla: 

1°)  de white spirit y tricloroetileno 

2°) gasolina, productos clorados y xileno. Se admiten también en esta partida las preparaciones que se utilizan para quitar la pintura o el barniz viejos, constituidas por las mezclas mencionadas anteriormente, con pequeñas cantidades de parafina (para retardar la evaporación de los disolventes), emulsionantes, gelificantes, etc.

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.14: Disolventes y diluyentes orgánicos compuestos, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones para quitar pinturas o barnices.

Subpartida 3814.00.90.00: Los demás.

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                7,5%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto Limpia Carburador ABRO se clasificará en la secciòn VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, partida 38.14 Disolventes y diluyentes orgánicos compuestos, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones para quitar pinturas o barnices y la subpartida aplicable para el Limpia Carburador ABRO será la 3814.00.90.00 Subpartida NALADISA.

 

  • Recomendaciones

 

Es importante tomar en cuenta que al momento de clasificar nos podemos confundir con los productos por su contenido en este caso nos basamos en el capítulo 29 con las notas explicativas las cuales nos direccionaron a la partida 38.14.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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OCAREN | POSNET

 

  • Descripción  del producto

 

OCAREN es un insecticida de amplio espectro, con acción por contacto e ingestión. Posee rápido y extraordinario poder de penetración en el tejido de la planta, con actividad translaminar, también tiene acción sistémica, principalmente cuando se utiliza en tratamientos al suelo. Es muy persistente, tanto en el follaje como en el suelo y tiene un prolongado efecto residual. OCAREN está formado por dos ingredientes activos: Profenofos y fipronil.

 

  • Notas de la Partida

 

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue: 

  1. I) Los insecticidas 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir: 

  • Los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos.
  • Los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa.
  • Los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos. 
  • Los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida. 
  • Los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados. 

 

  • Nota Explicativa de Partida

 

Notas de subpartida 1:

Las subpartidas 3808.52 y 3808.59 comprenden únicamente los productos de la partida 38.08, que contengan una o más de las sustancias siguientes: ácido perfluorooctano sulfónico y sus sales; alaclor (ISO); aldicarb (ISO); aldrina (ISO); azinfosmetil (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeformo (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; endosulfán (ISO); éteres penta- y octabromodifenílicos; fluoroacetamida (ISO); fluoruro de perfluorooctano sulfonilo; fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI); metamidofós (ISO); monocrotofós (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metilparatión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; perfluorooctano sulfonamidas; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5- triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. 

La subpartida 3808.59 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO). 

Notas de subpartida 2:

Las subpartidas 3808.61 a 3808.69 comprende únicamente productos de la partida 38.08, que contengan alfa-cipermetrina (ISO), bendiocarb (ISO), bifentrina (ISO), ciflutrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (DCI, ISO), etofenprox (DCI), fenitrotión (ISO), lambda-cialotrina (ISO), malatión (ISO), pirimifos-metil (ISO) o propoxur (ISO).

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.99.00: Los demás. Solamente para productos de uso agrícola y afines.

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto OCAREN - Insecticida Agrícola se clasifica en la secciòn VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, partida 38.08 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas y la subpartida aplicable para el OCAREN será la 3808.91.99.00 Subpartida National (ARIAN).

 

  • Recomendaciones

 

Es importante tomar en cuenta que al momento de clasificar nos podemos confundir con los productos por su contenido ya que si presentado en envases de 250 ml y de 1 litro, se clasifica en la subpartida nacional 3808.91.19.00 y como en este caso que tiene 200 L, podemos decir que si cumple con lo que nos dice en este caso sería que si presentado en envases de 200 litros, se clasifica en la subpartida nacional 3808.91.99.00.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/



Leer más…

 

OCAREN | POSNET

 

  • Descripción  del producto

 

OCAREN es un insecticida de amplio espectro, con acción por contacto e ingestión. Posee rápido y extraordinario poder de penetración en el tejido de la planta, con actividad translaminar, también tiene acción sistémica, principalmente cuando se utiliza en tratamientos al suelo. Es muy persistente, tanto en el follaje como en el suelo y tiene un prolongado efecto residual. OCAREN está formado por dos ingredientes activos: Profenofos y fipronil.

 

  • Notas de la Partida

 

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue: 

  1. I) Los insecticidas 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir: 

  • Los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos.
  • Los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa.
  • Los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos. 
  • Los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida. 
  • Los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados. 

 

  • Nota Explicativa de Partida

 

Notas de subpartida 1:

Las subpartidas 3808.52 y 3808.59 comprenden únicamente los productos de la partida 38.08, que contengan una o más de las sustancias siguientes: ácido perfluorooctano sulfónico y sus sales; alaclor (ISO); aldicarb (ISO); aldrina (ISO); azinfosmetil (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeformo (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; endosulfán (ISO); éteres penta- y octabromodifenílicos; fluoroacetamida (ISO); fluoruro de perfluorooctano sulfonilo; fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI); metamidofós (ISO); monocrotofós (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metilparatión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; perfluorooctano sulfonamidas; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5- triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. 

La subpartida 3808.59 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO). 

Notas de subpartida 2:

Las subpartidas 3808.61 a 3808.69 comprende únicamente productos de la partida 38.08, que contengan alfa-cipermetrina (ISO), bendiocarb (ISO), bifentrina (ISO), ciflutrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (DCI, ISO), etofenprox (DCI), fenitrotión (ISO), lambda-cialotrina (ISO), malatión (ISO), pirimifos-metil (ISO) o propoxur (ISO).

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.99.00: Los demás. Solamente para productos de uso agrícola y afines.

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto OCAREN - Insecticida Agrícola se clasifica en la secciòn VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, partida 38.08 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas y la subpartida aplicable para el OCAREN será la 3808.91.99.00 Subpartida National (ARIAN).

 

  • Recomendaciones

 

Es importante tomar en cuenta que al momento de clasificar nos podemos confundir con los productos por su contenido ya que si presentado en envases de 250 ml y de 1 litro, se clasifica en la subpartida nacional 3808.91.19.00 y como en este caso que tiene 200 L, podemos decir que si cumple con lo que nos dice en este caso sería que si presentado en envases de 200 litros, se clasifica en la subpartida nacional 3808.91.99.00.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

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DICARZOL 500 1 KG % - Comprar Online

 

  • Descripción  del producto

 

Es un insecticida de contacto a base de Formetanato, perteneciente a la familia de los carbamatos, activo contra diversas especies de trips y con efecto complementario contra ácaros tetraníquidos. El ingrediente activo, Formetanato, actúa por ingestión y contacto, (inhibiendo la acetil-colinesterasa) en las especies sensibles, tanto en estado de larva como adulto. Dicarzol, es compatible en tanque con la mayoría de agroquímicos, pero es incompatible con productos alcalinos ya que los mejores resultados se obtienen al aplicarlo a pH inferiores a 6.

 

  • Notas de la Partida

 

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue: 

  1. I) Los insecticidas 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

 

  • Nota Explicativa de Partida

 

Notas de subpartida 1:

Las subpartidas 3808.52 y 3808.59 comprenden únicamente los productos de la partida 38.08, que contengan una o más de las sustancias siguientes: ácido perfluorooctano sulfónico y sus sales; alaclor (ISO); aldicarb (ISO); aldrina (ISO); azinfosmetil (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeformo (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; endosulfán (ISO); éteres penta- y octabromodifenílicos; fluoroacetamida (ISO); fluoruro de perfluorooctano sulfonilo; fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI); metamidofós (ISO); monocrotofós (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metilparatión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; perfluorooctano sulfonamidas; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5- triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. 

La subpartida 3808.59 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO). 

Notas de subpartida 2:

Las subpartidas 3808.61 a 3808.69 comprende únicamente productos de la partida 38.08, que contengan alfa-cipermetrina (ISO), bendiocarb (ISO), bifentrina (ISO), ciflutrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (DCI, ISO), etofenprox (DCI), fenitrotión (ISO), lambda-cialotrina (ISO), malatión (ISO), pirimifos-metil (ISO) o propoxur (ISO).

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.61.00: Acondicionados en envases con un contenido en peso neto inferior o igual a 300 g

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto Dicarzol - Insecticida Agrícola se clasifica en la secciòn VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, partida 38.08 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas y la subpartida aplicable para el Dicarzol será la 3808.91.19.00 Subpartida National (ARIAN).

 

  • Recomendaciones

 

Se recomienda tener en consideración que la subpartida 3808.91.10, presenta seis desdoblamientos, donde la subpartida 3808.91.19 incluye a los demás insecticidas no comprendidos en las subpartidas anteriores y concluir la selección de la subpartida con la ayuda de las notas  de subpartida, donde detalla algunos de los elementos químicos que estas deben tener para encajar en la subpartida

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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¿Cómo importar ¨Insecticida Fruit Fly Ninja¨?

Insecticida Fruit Fly Ninja 12ud

 

 

  • Descripción  del producto

 

Fruit Ninja es una solución biológica en la forma de una pequeña y discreta trampa. Profesionales de los sectores de hostelería y supermercados ya lo utilizan. Es el producto de prevención y control de moscas de frutas más eficaz del mercado. La tecnología de vapor controlado por el tiempo elimina las moscas, cucarachas, ácaros de araña, mosquitos, arañas, polillas, durante 4 meses.

La trampa contiene el líquido más atractivo para los drosofos y funciona inmediatamente, el Ninja no contiene ningún producto tóxico y es food-grado (autorizado en contacto con alimentos), el frasco está fabricado completamente en plástico reciclado.

Composición: Acetato de amonio, trimetilamina hidrocloruro.

 

  • Notas de la Subpartida

 

  1. La subpartida 3808.50 comprende únicamente los productos de la partida 38.08 que contengan una o más de las sustancias siguientes: aldrina (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeform (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro-2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO,DCI); dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; fluoroacetamida (ISO); fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI); metamidofos (ISO); monocrotofós (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión metílico (ISO) (metil paratión); pentaclorofenol (ISO); 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5- triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. 

 

  • Nota Explicativa de Partida

 

Notas de subpartida 1:

Cuando se presenten en envases (tales como recipientes metálicos o cajas de cartón) para la venta al por menor como insecticidas, desinfectantes, etc., o en formas tales (bolas, sartas de bolas, tabletas, pastillas, comprimidos y formas similares) que su venta al por menor para dichos fines no ofrezca ninguna duda. Los productos así presentados pueden ser mezclas. Los que no sean mezclas son, generalmente, productos de constitución química definida que se clasifican en el Capítulo 29: por ejemplo, naftaleno o 1,4-diclorobenceno. 

Esta partida comprende igualmente los productos siguientes, siempre que estén acondicionados para la venta al por menor como fungicidas, desinfectantes, etc.: 

  1. a) Productos y composiciones orgánicas tensoactivas, de catión activo (tales como sales de amonio cuaternario), dotadas de propiedades antisépticas, desinfectantes, bactericidas o germicidas. 
  2. b) Poli(vinilpirrolidona)- yodo obtenido por reacción del yodo con la poli(vilnilpirrolidona). 

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.19.00: Los demás. Para productos de uso agrícola y afines registrados en AGROCALIDAD

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto Fruit Fly Ninja - Insecticida Agrícola se clasifica en la secciòn VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, partida 38.08 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas y la subpartida aplicable para el insecticida Fruit Fly Ninja será la 3808.91.19.00 Subpartida National (ARIAN).

 

  • Recomendaciones

 

Se recomienda tener en consideración que la subpartida 3808.91.19.00 está concebida para destruir o rechazar los gérmenes patógenos, los insectos (mosquitos, polilla, cucarachas, etc.), presentado en envase de 13 g, en la subpartida nacional, al entender estas notas nos explica que puede formar parte de esta subpartida.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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metralla-100-G.jpg

 

  • Descripción  del producto

 

Es un insecticida formulado a base de 2 ingredientes absolutamente complementarios que le confieren al producto un modo de acción de contacto e ingestión. Actúa interfiriendo el proceso de formación de la cutícula durante la muda y la eclosión de huevos.

Insecticida agrícola a base de imidacloprid y lambda cyalotrina en suspensión acuosa para el control de la mosquita blanca en cultivos de Aguacate, berenjena, cítricos, tomate, okra, papa, pimiento morrón, tomate verde.

 

  • Notas de la Partid

I) Los insecticidas 

 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir: 

  • los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos 
  • los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa
  • los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos.
  • los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida.
  • los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados.

 

  • Nota Explicativa de Partida

 

Notas de subpartida 2:

Cuando tienen el carácter de preparaciones, cualquiera que sea la presentación (incluso los líquidos, papillas y polvo a granel). Estas preparaciones consisten en suspensiones del producto activo en agua o en otros líquidos (por ejemplo, dispersión de DDT (ISO) (clorofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro-2,2-bis (pclorofenil)etano), en agua o en mezclas de otras clases. Las disoluciones de un producto activo en un disolvente, excepto el agua, se consideran igualmente como preparaciones; por ejemplo, una disolución de extracto de pelitre (excepto el extracto de pelitre tipificado) o de naftenato de cobre en un aceite mineral. 

Se clasifican igualmente en esta partida, siempre que presenten ya propiedades insecticidas, fungicidas, etc., las preparaciones intermedias que exijan la mezcla para producir un insecticida, un fungicida, un desinfectante, etc., listo para el uso. 

Las preparaciones insecticidas, desinfectantes, etc., pueden ser a base de compuestos cúpricos (por ejemplo, acetato, sulfato o acetoarsenito de cobre), de azufre, de productos sulfurados (sulfuro de calcio, bisulfuro de carbono, etc.), de aceite de creosota mineral o de aceites antracénicos, de DDT (ISO) (clorofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro-2,2-bis (p-clorofenil)etano), de lindano (ISO, DCI), de paranitrofeniltiofosfato de dietilo, de derivados de los fenoles o de los cresoles, de productos arsenicales (arseniato de calcio, arseniato diplúmbico, etc.) de materias de origen vegetal (nicotina, polvos o jugos de tabaco, rotenona, pelitre, escila marina, aceite de colza, etc.), de reguladores del crecimiento vegetal naturales o sintéticos (por ejemplo, 2,4-D), de virus, de cultivos de microorganismos, etc. 

Entre otros ejemplos de preparaciones comprendidas en esta partida, se pueden citar los cebos envenenados, que consisten en productos alimenticios (granos de trigo, salvado, melazas, etc.), mezclados con sustancias tóxicas.

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.61.00.10: Acondicionados en envases con un contenido en peso neto inferior o igual a 300 g

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto METRALLETA - Insecticida Agrícola se clasifica en la secciòn VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, partida 38.08 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas y la subpartida aplicable para el insecticida Metralleta será la 3808.61.00.10 Subpartida National (ARIAN).

 

  • Recomendaciones

 

Se recomienda tener en consideración que la subpartida 3808.61.00.10 Acondicionados en envases con un contenido en peso neto inferior o igual a 300g,, nos da una guia para la ubicación de subpartida las Notas de subpartida 2 y concluir la selección de la subpartida con la ayuda de las notas  de subpartida, donde detalla algunos de los elementos químicos que estas deben tener para encajar en la subpartida

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

 

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Conoce más sobre el Carbón Activado

Carbón activado Terra Mater 50 g

  • Introducción

El carbón activado se utiliza para purificar líquidos y gases en una variedad de aplicaciones,
que incluyen agua potable municipal, procesamiento de alimentos y bebidas, eliminación de
olores y control de la contaminación industrial. La materia prima principal utilizada para el
carbón activado es cualquier material orgánico con un alto contenido de carbono.
El carbón activado se produce a partir de materiales de origen carbonoso, como cocos,
cáscaras de nuez, carbón, turba y madera, se producen en diferentes tamaños y formas como
carbón granulado extruido y carbón activado en polvo, que contiene productos lavados con
ácido e impregnados y que es un medio de adsorción muy extendido, utilizado en casi todos
los sectores industriales.

  • Reglas Generales Interpretativas (RGI)

Regla General Interpretativa 1
Los títulos de las secciones, capítulos y subcapítulos se proporcionan sólo para facilitar la
referencia; para los efectos legales, la clasificación se determinará de acuerdo con los
términos de las partidas y las correspondientes notas de sección o de capítulo.
Regla General Interpretativa 6
Esta regla establece el principio de jerarquía en la clasificación: al clasificar los bienes, debe
comenzar con las notas de sección, capítulo y subcapítulo y luego continuar con los títulos y
subtítulos. Si tiene un bien para clasificar, primero debe clasificarlo por sección, luego por
capítulo, luego por subcapítulo y luego por título.

  • Notas Explicativas de la Partida 38.02

Un material carbónico o mineral natural se considera activo cuando su estructura superficial
ha sido modificada mediante un tratamiento adecuado para adecuarlo a usos específicos, tales
como la decoloración, adsorción de gases o humedad, catálisis, intercambio iónico o
filtración.

A. – CARBONES ACTIVADOS; MATERIAS MINERALES NATURALES ACTIVADAS
El carbón activado se obtiene mediante el procesamiento a alta temperatura de vegetales,
minerales u otro carbón, generalmente en presencia de vapor, dióxido de carbono o por
calcinación seca (activación química) de un material de celulosa presaturado con una
solución de un producto químico particular.
Cabe señalar que el carbón activado se utiliza en forma de polvo fino para decolorar líquidos
en muchas industrias, en forma de gránulos se utiliza para absorber gases o vapores.
Asimismo se puede utilizar para la recuperación de solventes volátiles (ej. limpieza en seco y
operaciones de eliminación de gases de carbón), purificador de agua, limpieza del aire y
protección contra gases tóxicos, se utiliza como catalizador o para eliminar los gases que se
acumulan alrededor de los electrodos durante el proceso de electrólisis (despolarización).

  • Posición arancelaria

- Sección: VI Productos de las industrias químicas
- Capítulo: 38 Productos diversos de las industrias químicas
- Partida: 38.02 Carbón activado; materias minerales naturales activadas; negro de
origen animal, incluido el agotado.
- Subpartida: 3802.10.00.00 - Carbon activado

  • Tributos vigentes

- Arancel ad valorem: 0%
- IVA: 12%
- Fodinfa: 0.5%
- Salvaguardia: 0%
- ICE: 0%
- Código de Unidad Física: kilogramo bruto

  • Medidas de restricción y prohibición

- Código de régimen: Todos los regímenes - Corea del Norte
- Institución: Comité de Comercio Exterior
- Tipo de restricción: Prohibición
- Codigo de restriccion: Documento de Control Previo

  • Conclusión

El carbón activado es un material increíblemente diverso que se presta a miles de
aplicaciones a través de sus capacidades adsorbentes superiores, el cual, se clasificará en la
sección VI productos de las industrias químicas, capítulo 38 productos diversos de las
industrias químicas, partida 38.02 carbón activado; materias minerales naturales activadas;
negro de origen animal, incluido el agotado y en la subpartida nacional (ARIAN)
3802.10.00.00 carbon activado.

  • Recomendación

El carbón activado tiene un gran número de aplicaciones, dependiendo de la aplicación, hay
un tipo distintivo de carbón activado que se utiliza. Por lo tanto, es fundamental elegir el
grado y el tamaño adecuados teniendo en cuenta el contaminante que pretende eliminar o el
grado de pureza que desea lograr. El carbón activado se utiliza para eliminar pesticidas y
otros productos químicos orgánicos, compuestos de sabor y olor, toxinas de cianobacterias y
carbono orgánico total.

  • Referencias

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS
NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMAARMONIZADO (VUENESA). Recuperado de:
http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf
Consulta del Arancel. Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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ENGEO - Insecticida Agrícola

Agrizon: Agroquímico, Insecticidas - Engeo 250 ml.

 

  • Introducción

 

Producto que controla masticadores, chupadores y raspadores, producto seguro para operarios, es un nuevo insecticida que contiene dos ingredientes activos: thiamethoxam y lambdacihalotrina.

Esta combinación hace que el producto sea muy eficaz en el control de insectos plaga.

Thiamethoxam es un insecticida que es tomado rápidamente por la planta, se mueve hacía arriba por el xilema y se distribuye en toda la planta. Lambdacihalotrina es un insecticida moderno de gran poder de choque, buena persistencia sobre la hoja y el efecto de repelencia sobre los insectos.

 

  • Notas de la Partida

 

Los productos de la partida 38.08 pueden subdividirse como sigue: 

  1. I) Los insecticidas 

Por insecticida se entiende no sólo los productos concebidos para matar los insectos, sino también los productos que posean sobre aquéllos un efecto repulsivo o una atracción. Los productos se presentan en distintas formas, tales como pulverizadores o bloques (para destruir la polilla), aceites y barritas (contra los mosquitos), polvo (contra las hormigas), tabletas contra las moscas o diatomita o cartón impregnados de cianógeno (contra las pulgas y los piojos). 

Varios insecticidas se caracterizan por su modo de actuar o el sistema de utilización. Entre estos productos se pueden distinguir:

  • Los reguladores de crecimiento de los insectos: productos que interfieren los procesos bioquímicos y fisiológicos de los insectos. 
  • Los fumigantes: productos químicos que se difunden en la atmósfera en forma gaseosa.
  • Los esterilizantes químicos: productos químicos que se utilizan para esterilizar ciertas partes de la población de insectos. 
  • Los productos de efecto repulsivo: sustancias que impiden el ataque de los insectos haciendo desagradables u hostiles los alimentos o las condiciones de vida.
  • Los productos de efecto atractivo: utilizados para atraer los insectos hacia cepos o cebos envenenados.

 

  • Nota Explicativa de Partida

 

Notas de subpartida 1:

Las subpartidas 3808.52 y 3808.59 comprenden únicamente los productos de la partida 38.08, que contengan una o más de las sustancias siguientes: ácido perfluorooctano sulfónico y sus sales; alaclor (ISO); aldicarb (ISO); aldrina (ISO); azinfosmetil (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeformo (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; endosulfán (ISO); éteres penta- y octabromodifenílicos; fluoroacetamida (ISO); fluoruro de perfluorooctano sulfonilo; fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI); metamidofós (ISO); monocrotofós (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metilparatión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; perfluorooctano sulfonamidas; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5- triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres. 

La subpartida 3808.59 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO). 

Notas de subpartida 2:

Las subpartidas 3808.61 a 3808.69 comprende únicamente productos de la partida 38.08, que contengan alfa-cipermetrina (ISO), bendiocarb (ISO), bifentrina (ISO), ciflutrina (ISO), clorfenapir (ISO), deltametrina (DCI, ISO), etofenprox (DCI), fenitrotión (ISO), lambda-cialotrina (ISO), malatión (ISO), pirimifos-metil (ISO) o propoxur (ISO).

 

  • Reglas Generales Interpretativas

 

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

  • Descripción Arancelaria

 

Sección VI: Productos de las industrias químicas

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.08: Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida 3808.91.19.00: Los demás. Para productos de uso agrícola y afines registrados en AGROCALIDAD

 

  • Tributos Vigentes

 

Ad valorem:                0%

Fodinfa:                      0.5%

IVA:                            12%

Unidad de medida:      Kg

 

  • Medidas de Restricción y prohibición - Presentación de requisitos

 

CODIGO DE REGIMEN

  1. Todos los regímenes que ingresen o salgan las mercancías.
  2. Todos los regímenes Corea del Norte

PROHIBICIÓN / RESTRICCIÓN

  1. Presentación de requisito control fito y zoosanitario
  2. Prohibición

DOCUMENTOS

  1. DCP - Certificado fito y zoosanitario
  2. DCP

 

  • Conclusiones

 

El producto ENGEO - Insecticida Agrícola se clasifica en la secciòn VI Productos de las industrias químicas, capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, partida 38.08 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas y la subpartida aplicable para el engeo será la 3808.91.19.00 Subpartida National (ARIAN).

 

  • Recomendaciones

 

Se recomienda tener en consideración que la subpartida 3808.91.10, presenta seis desdoblamientos, donde la subpartida 3808.91.19 incluye a los demás insecticidas no comprendidos en las subpartidas anteriores y concluir la selección de la subpartida con la ayuda de las notas  de subpartida, donde detalla algunos de los elementos químicos que estas deben tener para encajar en la subpartida.

 

  • Fuentes

 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) 

Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta del Arancel 

Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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