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Introducción: En la ley de comercio electrónico, firmas y mensajes de datos se hace mención a una parte fundamental cuando se requiere realizar un envío con firma electrónica, la desmaterialización, que es la transformación de toda información en papel o de forma física en mensajes de datos.


Desarrollo: Cuando se desea realizar una desmaterialización de un documento es importante que haya un respaldo el cual certifique que el documento firmado electrónicamente tendrá la misma validez legal, ya que si lo requiere posteriormente este deberá ser presentado cuando la ley lo requiera. Además, se menciona que, para desmaterializar información, se deberá contar con lo siguiente:
1. Comprobar la originalidad del documento físico a desmaterializarse.
2. Verificar en el documento físico, el acuerdo expreso para desmaterializar documentos conforme lo establece al Artículo 5 del Reglamento a la Ley de Comercio Electrónico Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, este acuerdo deberá constar en el documento físico con las firmas de las partes aceptando tal desmaterialización y confirmando que el documento original y el documento desmaterializado son idénticos; si estuviere en una hoja distinta al documento original también deberá ser digitalizado en un mismo archivo.
3. Seleccionar del catálogo del Libro de Certificaciones el acto “certificación electrónica documento desmaterializado” e ingresar el número de documentos a certificar. Luego de esto en la opción “Datos para Formulario” deberá ingresar en el campo “Descripción del documento” el nombre del documento original a desmaterializarse.
4. Guardar la información y verificar el documento provisional.
5. Si todo está correcto facturar, imprimir y firmar la razón de “Certificación de documento desmaterializado”.
6. Digitalizar (formato PDF) los documentos a desmaterializarse junto con la razón de certificación con la firma manuscrita.
7. Firmar electrónicamente el documento (el documento tendrá dos firmas, una manuscrita en la razón y otra electrónica).
8. Entregar al usuario el documento “Desmaterializado Certificado Electrónicamente” en un medio de almacenamiento electrónico (CD-Dispositivo de almacenamiento externo).
9. Almacenar un respaldo del documento “certificado electrónicamente”, en un archivo electrónico de la notaría.
10. Archivar la razón de “certificación de documento desmaterializado” en el Libro de Certificaciones con la respectiva firma manuscrita.

Conclusiones: La información al ser desmaterializada podrá ser usada en cualquier tipo de institución, siempre y cuando esta la acepte, ya que debido a la facilidad de acceso y envió facilita los procesos en los cuales se requiera esta documentación o información tendrá acceso de manera inmediata.


Recomendaciones: Es importante verificar con anticipación si las instituciones en las que se va a realizar los trámites o procesos aceptan este tipo de documentos, además es importante adaptarse a las nuevas tendencias y tecnologías

Fuentes:

Arellano, P. (20 de junio de 2019). Derecho Ecuador. Obtenido de Derecho Ecuador: https://derechoecuador.com/certificacion-de-documentos-electronicos/
Congreso Nacional. (2002). Ley de Comercio Electrónico, firmas y mensaje de datos . Quito: Lexis.
Gobierno Nacional. (2018). ARCOTEL. Obtenido de ARCOTEL: https://www.arcotel.gob.ec/listado-de-las-entidades-de-certificacion-de-informacion-y-servicios-relacionados-acreditados-y-terceros-vinculados-debidamente-acreditadas/

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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La firma electrónica y su reglamento

Introducción: Cuando se generan nuevas leyes estas siempre tienen un fin en cuanto al beneficio de la población en general, tal es el caso de la ley de comercio electrónico la cual su fin es la regulación de los mensajes de datos, firmas electrónicas, servicios de certificación electrónica y telemática, entre otros, todo esto en torno a la protección de los datos de los usuarios de este tipo de tecnología.

Desarrollo: Un respaldo para cualquier contrato digital o escrito, requiere de una firma para que tenga validez jurídica, incluso si no contenida directamente en un mensaje de datos, siempre que figure en el mismo, en forma de remisión o de anexo accesible mediante un enlace electrónico directo y su contenido sea conocido y aceptado expresamente por las partes, es decir se desmaterializa los documentos científicos. Los documentos desmaterializados deberán contener las firmas electrónicas correspondientes debidamente certificadas ante una de las entidades autorizadas, y la recepción de estos serán los acordados por las partes, pueden ser sus domicilios legales o los que consten en el certificado de firma electrónica, del emisor y del destinatario. Si no se los pudiere establecer por estos medios, se tendrán por tales, el lugar de trabajo, o donde desarrollen el giro principal de sus actividades o la actividad relacionada con el mensaje de datos. La firma debe tener los siguientes requisitos para que sea válida:

  1. Ser individual y estar vinculada exclusivamente a su titular
  2. Que permita verificar inequívocamente la autoría e identidad del signatario, mediante dispositivos técnicos de comprobación establecidos por esta Ley y sus reglamentos
  3. Que su método de creación y verificación sea confiable, seguro e inalterable para el propósito para el cual el mensaje fue generado o comunicado.
  4. Que al momento de creación de la firma electrónica, los datos con los que se creare se hallen bajo control exclusivo del signatario
  5. Que la firma sea controlada por la persona a quien pertenece.

 

Conclusiones: Se han establecido las pautas necesarias para poder evitar las controversias que se podrían generar por el uso de la firma electrónica y todos los requisitos o aspectos que estén relacionados a esta firma, la firma es sumamente útil para varios procedimientos.

Recomendaciones: Es importante Realizar las preguntas e investigaciones necesarias antes de proceder a generar los documentos, para evitar contratiempos o inclusive multas las cuales perjudiquen de manera significativa a la persona.

 

Fuentes:  

Congreso Nacional. (2002). Ley de Comercio Electrónico, firmas y mensaje de datos . Quito: Lexis.

Gobierno Nacional. (2018). ARCOTEL. Obtenido de ARCOTEL: https://www.arcotel.gob.ec/listado-de-las-entidades-de-certificacion-de-informacion-y-servicios-relacionados-acreditados-y-terceros-vinculados-debidamente-acreditadas/

 

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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Tipos de firma electrónica

Introducción: Ante el nacimiento de nuevas tecnologías, es necesario que existan entidades las cuales brinden asesoría o que faciliten a los usuarios a que den el uso correcto de las mismas, con el fin de ir eliminando el analfabetismo digital y promover el uso de la tecnología para aumentar el comercio electrónico dentro de Ecuador.    

Desarrollo: Existen varios tipos de firmas, las cuales se van adaptando acorde a las necesidades de los usuarios. Dentro de las cuales encontramos las siguientes:

  • Firma biométrica: firma capturada a través de tabletas o pads de firmas con capacidad de recoger datos biométricos.
  • Firma electrónica con certificados digitales: firma con un certificado digital emitido por un organismo a través del cual se valida la propia firma y la identidad del firmante
  • Firma en la nube: firma mediante certificado digital que se aloja en un servidor seguro (HSM), con autenticación.
  • Firma electrónica desatendida: firma con certificado electrónico que no requiere intervención del usuario.
  • Código de un solo uso (OTP SMS y OTP email): firma asociada al envío de un código OTP (One Time Password) mediante SMS, al número de teléfono móvil del firmante.
  • Firma con huella dactilar: firma electrónica en la que se recoge la biometría dactilar.

Conclusiones: La entidad certificadora que se seleccione para adquirir la firma electrónica, dependerá del capital que se tenga y el uso que se le vaya a dar, se puede destacar que el uso de la firma electrónica elimina la posibilidad de falsificación de documentación, a su vez incentiva el desarrollo del comercio electrónico en Ecuador y optimiza los procesos de las distintas empresas o MIPYMES.

Recomendaciones: Se debe sondear los y conocer los servicios que ofrezca la entidad certificadora para así seleccionar la que más convenga e incluso hacer negociaciones para obtener precios más asequibles o mejores beneficios

Fuentes:

Congreso Nacional. (2002). Ley de Comercio Electrónico, firmas y mensaje de datos . Quito: Lexis.

Gobierno Nacional. (2018). ARCOTEL. Obtenido de ARCOTEL: https://www.arcotel.gob.ec/listado-de-las-entidades-de-certificacion-de-informacion-y-servicios-relacionados-acreditados-y-terceros-vinculados-debidamente-acreditadas/

VIAFIRMA. (2019). VIAFIRMA. Obtenido de VIAFIRMA: https://www.viafirma.com/faq/es/firma-electronica-en-ecuador/

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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¿Cómo firmar un documento?

Introducción: El internet y el uso de sistemas de la información han ganado importancia en los últimos años tanto a nivel privado como público, por lo cual es importante saber usarlas e irlas implementando de a poco a los emprendimientos o MIPYMES, para ir mejorando y creciendo en el mercado en el que se encuentran.

Desarrollo: Una vez que hayas obtenido la firma electrónica con el proveedor de tu preferencia será sencillo realizar la firma, solo sigue los siguientes pasos:

  1. Se necesita descargar el programa llamado “FirmaEC”. Se deberá escoger la opción adecuada para el sistema operativo que se tenga. 
  2. En la opción “Firmar documento” se deberá completar los campos que solicite el programa. 
  3. En el botón “Examinar” que se encuentra en la esquina inferior derecha se puede escoger el archivo que se vaya a firmar.
  4. Hacer clic en “Firmar” y elegir el lugar del documento en el que se requiera colocar la firma. 
  5. Finalmente, se selecciona “Estampar” y el documento ya firmado se guardará en el mismo sitio en el que se lo tenía anteriormente.

Conclusiones: Dentro de la Constitución del Ecuador existe el derecho a la intimidad, lo que busca esta ley es dar mayor privacidad, confidencialidad y al secreto de los datos que se proporcionen en documentación, convenios o cualquier documento de tipo vinculatorio, por lo cual el uso del programa garantiza que se respetarán estos derechos.

Recomendaciones: Es importante tener el control total de los documentos electrónicos que se generan y tenerlos adecuadamente guardados y organizados para poder acceder a ellos de forma inmediata.

Fuentes:

Congreso Nacional. (2002). Ley de Comercio Electrónico, firmas y mensaje de datos . Quito: Lexis.

Gobierno Nacional . (2017). Portal único de trámites ciudadanos. Obtenido de Portal único de trámites ciudadanos: https://www.gob.ec/articulos/firmaec

 

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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Introducción: La firma electrónica esta vigente desde el año 2002, en Ecuador, y ha facilitado los trámites que requieren de una firma la cual certifique que esa persona está de acuerdo en los documentos que se plasme la firma, generando ahorro no solo de tiempo, sino que también de dinero, permitiendo realizar otras actividades relacionadas al comercio

Desarrollo: Para casi todos los documentos que requieran de una validez local, se puede usar la firma electrónica, pero existen excepciones como las notarías ya que están no aceptan contratos firmados electrónicamente, esto cuando se requiere la certificación de los mismos. Solo aplica a documentos enviados digitalmente pero no para los contratos que se realizaron en formato físico. Para que la notaría pueda certificar un contrato firmado electrónicamente se requiere del archivo en formato PDF y se debe realizar el proceso de desmaterialización del documento. Para desmaterializar el contrato el notario debe revisar el mismo, la firma electrónica y firmar electrónicamente. Luego de haberse realizado la desmaterialización del contrato, se procede a la certificación del mismo. La notaria cobra dos valores, el primero por la desmaterialización y el segundo por la certificación. Las notarías no permiten la firma electrónica en un poder o en una declaración juramentada.

Conclusiones: Existen documentos que requieren necesariamente de una firma manuscrita, sin embargo, la firma electrónica sigue siendo útil para otros procesos o trámites.

Recomendaciones: Realizar las preguntas necesarias antes de proceder a generar los documentos, para evitar contratiempos o inclusive multas las cuales perjudiquen de manera significativa a la persona.

Fuentes:

Derecho Ecuador. (2017). Derecho Ecuador . Obtenido de Derecho Ecuador: https://derechoecuador.com/firma-electronica/

Nacional, G. (28 de noviembre de 2019). GOB. Obtenido de GOB: https://www.gob.ec/articulos/firmaec

Nacional, G. (2019). Registro Civil. Obtenido de Registro Civil: https://www.registrocivil.gob.ec/certificado-de-firma-electronica/

 

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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Introducción: Con la aparición de nuevas tecnologías, muchas dudas se generan en las personas que recién empiezan a utilizar dicha tecnología o aparatos electrónicos, existen muchas palabras o términos los cuales son difíciles de comprender o generan confusión, estos pequeños inconvenientes pueden generar controversias y pérdidas económicas, si no se las llega a comprender, por lo cuál es importante mantenerse familiarizado con los términos que normalmente se usan en este tipo de procesos de digitalización de documentos.

Desarrollo: La firma digital hace referencia a los caracteres que se añaden a un documento, comúnmente al final, es un método seguro ya que está cifrado y son los datos consignados en un mensaje de datos, archivos adjuntos asociados al mismo, los cuales son utilizados para identificar al titular de la firma en relación con el mensaje de datos. Mientras que el certificado digital es un documento electrónico el cual identifica a la persona en internet, el certificado digital se genera a través de una entidad certificadora que da veracidad de la información que se está adjuntando a ese certificado, comúnmente es en tres procesos esta verificación los cuales son la identificación, autenticación y validación.

Conclusiones: Tanto el certificado digital como la firma electrónica son mecanismos o tecnologías empleadas para poder realizar operaciones en la web, el primero ayuda a cerciorarse que la persona sea el titular, mientras que la segunda solo identifica a la persona que firma el documento en concreto. Ambos se complementan es decir no puede existir el uno sin lo otra, para que tenga una validez legal.  

Recomendaciones: Es importante tener un glosario de términos para poder comprenderlos y evitar controversias o posibles errores, es decir debemos mantener la información actualizada respecto a lo que sucede en la web o las nuevas tecnologías que aparecen día con día

Fuentes:

Congreso Nacional. (2002). Ley de Comercio Electrónico, firmas y mensaje de datos. Quito: Lexis.

Gobierno Nacional. (2019). Portal Único de Trámites Ciudadanos. Obtenido de Portal Único de Trámites Ciudadanos: https://www.gob.ec/articulos/firmaec

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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Introducción: Las nuevas tecnologías han triado consigo practicidad al momento de realizar actividades diarias, e incluso han sido un complemento necesario para el crecimiento y desarrollo de nuevos negocios, ya que pueden generar un ahorro de dinero y a su vez mejorar su efectividad al momento de realizar sus actividades de negociación y emisión de documentos. Dentro de esto se encuentra la facturación electrónica, la cual permite una mejor gestión de documentos y a su vez crear una base de datos de los clientes, para generar análisis y a través de esto generar promociones para poder generar un mayor crecimiento al negocio.

Desarrollo: La facturación electrónica es considerado como la emisión de un documento que cumple con los requisitos legales y reglamentarios que exige el SRI para todos los comprobantes de venta, con el fin de garantizar de que estos documentos son auténticos desde su origen y que mantienen la integridad de su contenido, con el fin de que este no sea alterado y pueda generar conflictos entre el comprador y el vendedor. La mayor ventaja, adicional a la de reducción del uso de papel, es que la transacción realizada mediante el software de facturación digital queda encriptada, luego de que la facturación haya sido aprobada por el SRI. Se debe tener en cuenta estas responsabilidades:

  • Advertir al usuario (comprador) que recibirá una factura electrónica
  • Enviar el comprobante autorizado por el SRI al usuario al correo electrónico que se haya proporcionado.

Los requisitos para tener facturación electrónica son sencillos pero obligatorios, se requiere de una firma electrónica, plataforma o software que generen comprobantes electrónicos, conexión a internet y la clave de acceso al SRI en línea.

Conclusiones: La facturación ayuda a dinamizar la actividad económica que realice cualquier empresa, ya que genera ahorro de dinero y sobre todo tiempo, que es lo fundamental a la hora de generar negociaciones. Además, se puede ver que la firma electrónica es de suma importancia y es obligatoria cuando se desea generar comprobantes electrónicos, además que se tendrá un negocio que este a la vanguardia de la tecnología, ya que esta permitirá realizar los procesos de la facturación desde cualquier dispositivo tecnológico, además que el usuario y el emisor están protegidos bajo la ley de comercio electrónico, lo cual da más seguridad en el uso de estas tecnologías.

Recomendaciones: Se debe ir adaptando poco a poco las nuevas tecnologías a los nuevos negocios o emprendimientos ya que estos serán inversiones mas no gastos, lo cual permita que el negocio sea tomado con más seriedad y se pueda tener un valor agregado y poder acaparar más mercados, generando así mejores beneficios económicos.

Fuentes:

Congreso Nacional. (2002). Ley de Comercio Electrónico, firmas y mensaje de datos . Quito: Lexis.

Security Data. (2020). Security Data. Obtenido de https://www.securitydata.net.ec/facturacion-electronica-en-ecuador/?utm_term=facturacion%20electronica&utm_campaign=FacturacionElectronica_Search&utm_source=adwords&utm_medium=ppc&hsa_acc=4696842988&hsa_cam=1629247606&hsa_grp=70528834228&hsa_ad=3167553196

 

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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El sistema Quipux

Introducción: Con la digitalización de los datos y la creación de sitios web especializados en comercio electrónico han ganado terreno de una manera significativa en los últimos años, ya que ayudan a simplificar procesos a empresas o instituciones públicas, debido a que manejan un sin número de información o documentos, los cuales al estar digitalizados pueden ser mejor almacenados y tener una mejor protección para evitar la filtración de información.

Desarrollo: El gobierno nacional y las entidades que promueven el crecimiento y desarrollo del comercio a nivel nacional e internacional promueven la eliminación o simplificación de trámites, la eficiencia en la gestión pública y procuran cuidar el medio ambiente, ya que el uso de papel se reduce al mínimo. Al hacer uso de sistemas de la información se procura que las personas o empresas tengan una mejor competitividad, que los emprendimientos logren tener una mayor presencia en el mercado, mejor eficiencia económica y sobre todo están bajo una seguridad jurídica que le da más garantías y protección.

Dentro de estas tecnologías se encuentra la plataforma Quipux, que fue desarrollada MINTEL, esta plataforma es utilizada por entidades públicas y personas en general para generar un registro, control, flujo, organización y trazabilidad de documentos digitales o físicos que se envían o reciben en una institución, la información se clasifica automáticamente entre servidores públicos y ciudadanía en general. Con este sistema se busca obtener los siguientes beneficios

  1. Uso libre de software
  2. Tiempo de duración de hasta 10 años
  3. Gestión de documentos
  4. Cero papeles
  5. Ahorro en gasto público
  6. Productividad
  7. Reducir el impacto ambiental
  8. Acceso desde cualquier parte del mundo
  9. Uso de firma electrónica
  10. Acercamiento con la ciudadanía
  11. Gobierno eficaz y eficiente
  12. Busca ser usado a nivel local e internacional

Todos los documentos que se ingresen en esta plataforma podrán ser firmados electrónicamente, para dar una mayor seguridad y buscar la inviolabilidad de información

Conclusiones: Los gobiernos de turno han implementado tecnologías que permiten a Ecuador ser un país más competitivo no solo a nivel comercial, sino también a nivel tecnológico, se es conocido que la plataforma Quipux se encuentra en la posición 50 del ranking Alexa, que mide las visitas únicas al día.  

Recomendaciones: Se recomienda implementar el uso de esta plataforma ya que ayuda a evitar el uso de papel y esto daría una ventaja como empresa, ya que en la actualidad para muchos tratados se busca que las empresas sean eco amigables, lo que llevaría a tener más posibilidades de mercados potenciales, además que al ser una página web se puede ingresar desde cualquier parte del mundo.

Fuentes:

Gobierno Nacional. (2019). Gestión Documental . Obtenido de Gestión Documental : https://web.gestiondocumental.gob.ec/que-es-quipux/

Gobierno Nacional. (2019). Ministerio de Telecomunicaciones . Obtenido de Ministerio de Telecomunicaciones : https://www.telecomunicaciones.gob.ec/gob-ec-y-quipux-entre-los-portales-mas-visitados-de-ecuador/

Nacional, G. (28 de noviembre de 2019). GOB. Obtenido de GOB: https://www.gob.ec/articulos/firmaec

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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Introducción: Ante el nacimiento de nuevas tecnologías, es necesario que existan entidades las cuales brinden asesoría o que faciliten a los usuarios a que den el uso correcto de las mismas, con el fin de ir eliminando el analfabetismo digital y promover el uso de la tecnología para aumentar el comercio electrónico dentro de Ecuador.     

Desarrollo: Las entidades certificadoras son empresas unipersonales o jurídicas las cuales su fin consta en emitir certificados de la firma electrónica o servicios relacionados a esta, las entidades deberán estar autorizadas por el CONATEL con el fin de evitar daños y perjuicios a personas naturales o jurídicas que hagan uso de sus servicios, para regular estas empresas y evitar la creación excesiva de estas, se solicita una garantía de responsabilidad cuyo monto es de $400000 dólares o más, este valor se considerará acorde a la evolución del mercado y la protección de los derechos de los usuarios.

En Ecuador existen varias entidades certificadoras tales como:

  • Banco central del Ecuador
  • Registro Civil
  • ANFAC
  • Consejo de la judicatura
  • Security Data
  • Eclipsoft S.A.

Conclusiones: La entidad certificadora que se seleccione para adquirir la firma electrónica, dependerá del capital que se tenga y el uso que se le vaya a dar, las más comunes y usadas a nivel nacional son las firmas electrónicas del Banco central del Ecuador y de Security Data, el uso de la firma electrónica evita la falsificación de documentación, a su vez incentiva el desarrollo del comercio electrónico en Ecuador y optimiza los procesos de las distintas empresas o MIPYMES, en caso de ser un servidor público la firma electrónica deberá ser adquirida obligatoriamente en el Banco Central del Ecuador.

Recomendaciones: Se debe conocer los servicios que ofrezca la entidad certificadora, aunque la mayoría ofrece el mismo producto y servicio, se debe tener en cuanta los tiempos y el precio que ofrece para así seleccionar la que más convenga.

Fuentes:  

Congreso Nacional. (2002). Ley de Comercio Electrónico, firmas y mensaje de datos . Quito: Lexis.

Gobierno Nacional. (2018). ARCOTEL. Obtenido de ARCOTEL: https://www.arcotel.gob.ec/listado-de-las-entidades-de-certificacion-de-informacion-y-servicios-relacionados-acreditados-y-terceros-vinculados-debidamente-acreditadas/

 

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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Introducción: La globalización del mundo ha sido un punto fundamental para el desarrollo de los países y no solo en materia de comercio exterior, sino que también ha traído consigo cambios importantes a nivel tecnológico, en un mundo más interconectado la mayoría de personas quiere obtener la información al instante para poder realizar todas sus actividades sin tener que preocuparse por la pérdida de tiempo, en especial al momento de realizar trámites de importación o exportación, ya que en este ámbito el ahorrar tiempo es fundamental.

Desarrollo: El comercio y la tecnología van a ir siempre de la mano, ya que estas pueden generar nuevos mercados hacia donde llegar, abre las oportunidades a empresas o emprendimientos, siempre que estas estén al pendiente de los cambios que se generan en el entorno, un punto importante dentro de todo este avance es la digitalización de la documentación, es decir el paso de papeles físicos por digitalizados de los mismos, para el uso con fines comerciales y para que estos documentos tengan validez es importante la firma, que de igual manera será electrónica, ya que esta es un conjunto de datos que están asociados a un documento electrónico  cuya función principal es la de identificar al firmante, asegurarse de la integridad del documento firmado y que este tenga validez. El uso de la firma electrónica es variado, pero hablando de transmisión de datos, generalmente es usada cuando se envía un documento, puede ser de la vida cotidiana y esta requiere de una firma digital. 

Es conocido que la firma electrónica garantiza la identidad de la persona que firma, mantiene niveles de seguridad bastante confiables, puede ser utilizada en múltiples sistemas y ámbitos, como, por ejemplo:

  • Compras públicas
  • Gestión documental Quipux
  • Trámites en línea
  • Comercio electrónico
  • Facturación electrónica
  • ECUAPASS

 

Conclusiones: La tecnología ha facilitado la vida cotidiana de las personas, haciendo que puedan optimizar tiempo y dinero, ya que evita que las personas se trasladen de un lado a otro, hablando del comercio internacional las tecnologías digitales han afectado positivamente, ya que permite automatizar algunos procesos y transacciones aduaneras, y sobre todo poder cerciorarse que quien ha realizado la firma del documento sea la persona con quien se realizó la negociación.

Recomendaciones: Se debe realizar un análisis tanto a nivel de uso de la firma como financiero para ver si la inversión en una firma electrónica beneficia o no al negocio, emprendimiento o proyecto que se tiene, ya que si se realiza la compra de la firma electrónica se le deberá dar uso para poder sacar el máximo provecho, ya que si son pocos movimientos, contratos o envió de documentos no será de mucha utilidad y será considerada una mala inversión en cuanto a costo beneficio.

Fuentes:

Gobierno Nacional (28 de noviembre de 2019). GOB. Obtenido de GOB: https://www.gob.ec/articulos/firmaec

Gobierno Nacional (2019). Registro Civil. Obtenido de Registro Civil: https://www.registrocivil.gob.ec/certificado-de-firma-electronica/

Poncela , M. (2019). Impacto de las tecnologías digitales en la transformación del comercio internacional. Economía Internacional, 65-76.

 

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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Regulación de la firma electrónica

Introducción: El internet y el uso de sistemas de la información han ganado importancia en los últimos años tanto a nivel privado como público, por lo cual el acceso a ellos se ha aumentado, por lo cual es indispensable que el gobierno cuente con un marco regulatorio y reglas jurídicas para el uso de servicios electrónicos y que estos sean de fácil acceso para todos los ecuatorianos para que a su vez puedan ingresar y realizar negocios a nivel internacional. Con la creación de la ley se busca regular todos los mensajes de datos, servicios de certificación, prestación de servicios y lo más fundamental la protección de la información de todos los usuarios, esto desde el momento de la generación de la firma electrónica hasta su extinción, con el fin de generar una comprensión a los usuarios y evitar vacíos legales.

Desarrollo: La ley pone a conocimiento que todos los documentos electrónicos, así como su firma tendrán un valor jurídico similar que el de documentos escritos, anexos, mensajes remitidos, entre otros siempre y cuando estos sean conocidos y aceptados por las partes que conformen el documento. Pero siempre deberá contar con requisitos como:

  • Individualidad
  • Comprobación de autoría e identidad del signatario, mediante dispositivos electrónicos
  • Que sea inalterable
  • Que la firma sea controlada exclusivamente por el signatario, esto desde el momento que se realiza la firma del o los documentos digitalizados.

Esta ley también contempla y da validez a las firmas electrónicas generadas en el exterior, ya que busca armonizar los procesos y con ellos a su vez la protección de los usuarios de estos sistemas, siempre y cuando estos países se encuentren bajo convenios o tratados internacionales.

La firma electrónica podrá ser admitida como prueba en juicio, el generar una extinción de firma electrónica no exime al signatario de las obligaciones que se hayan generado con anterioridad.

Conclusiones: Dentro de la Constitución del Ecuador existe el derecho a la intimidad, lo que busca esta ley es dar mayor privacidad, confidencialidad y al secreto de los datos que se proporcionen en documentación, convenios o cualquier documento de tipo vinculatorio, para así evitar fuga de información sensible que pueda perjudicar, no solo a los signatarios, sino al Ecuador, ya que en un mundo más interconectado donde la información se encuentra fácilmente en la red, esta puede ser manipulada y generar conflictos con terceros, lo cual perjudicaría no solo a nivel económico, sino también social.

Recomendaciones: Es importante tener el control total de los documentos electrónicos que se generan para terceros y a su vez tener conocimiento de las leyes que rijan a los mismos, para evitar controversias o posibles conflictos por el desconocimiento de la misma, por lo cual es importante estar actualizado con los diferentes portales, páginas oficiales del gobierno y registros oficiales relacionados a materia comercio exterior, tecnologías de la información o en este caso de firma electrónica.

Fuentes:

Congreso Nacional. (2002). Ley de Comercio Electrónico, firmas y mensaje de datos . Quito: Lexis.

 

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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