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FIRMA ELECTRÓNICA EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN

INTRODUCCIÓN

A raíz de la pandemia por COVID-19 muchos procesos adoptaron nuevas técnicas de aplicación de varios sistemas, uno se ellos el proceso de SERCOP ( Servicio Nacional de Contratación Pública) en sus procesos que se llevan a cabo en toda entidad pública  a partir de Marzo de 2020 comunica a sus usuarios que sus usuarios y proveedores podrán implementar el servicio de firma electrónica es sus actividades, siendo este suceso un causal de a rápida expansión y aplicación de los procesos de firma electrónica, es importante en nuestra formación académica conocer cómo  funciona la normativa de una institución en la inserción de procesos de firma electrónica

DESARROLLO

El Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), es la entidad rectora del Sistema Nacional de Contratación Pública (SNCP), responsable de desarrollar y administrar el Sistema Oficial de Contratación Pública del Ecuador (SOCE) y de establecer las políticas y condiciones de la contratación pública a nivel nacional; ha enfocado su gestión sobre la base de los ejes de transparencia, calidad, eficiencia, eficacia y ahorro para el Estado, y garantiza el cumplimiento de sus principios, valores y política integrada de calidad y anti-soborno en los procesos de contratación pública y sabiendo que la firma electrónica es el documento virtual que certifica la vinculación de la firma electrónica con una persona determinada; es la equivalencia de la firma manuscrita ya que tiene la misma validez legal y está amparada en la Ley de Comercio Electrónico, es importante conocer la normativa con a que esta entidad adpt´a firma electrónica en sus procesos

A través de Resolución Interna Nro. R.I.-SERCOP-2020-00010 de 30 de junio de 2020, se emitió el “Instructivo para regular el procedimiento de emisión de los oficios circulares que expida el Servicio Nacional de Contratación Pública –SERCOP”. Así, el artículo 3, establece que: “Para efectos del presente Instructivo, se entenderá por oficio circular aquel instrumento jurídico por el cual la máxima autoridad del SERCOP o su delegado emite una información de interés general, relativa al Sistema Nacional de Contratación Pública, a los actores del referido Sistema”. Por consiguiente, las instrucciones, comunicados y circulares que emite este Servicio Nacional se limitan a reproducir el contenido de otras disposiciones normativas, o las decisiones de otras instancias, o a brindar orientaciones e instrucciones a sus destinatarios, a fin de que sean observadas adecuadamente. Adicionalmente, en función del principio de coordinación previsto en el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 28 del Código Orgánico Administrativo, le corresponde a este Servicio Nacional instar a los actores del SNCP al cumplimiento de las disposiciones normativas del ordenamiento jurídico ecuatoriano, a efectos de garantizar que las compras públicas cumplan con los mandatos prescritos en los artículos 227 y 288 de la Norma Suprema. A través de oficio circular Nro. SERCOP-SERCOP-2020-0014-C de 26 de marzo de 2020, publicado en la sede electrónica del SERCOP, se comunicó a los actores del SNCP, lo siguiente: “En definitiva, las citadas disposiciones legales dejan abierta la posibilidad de que todos los documentos generados en el ciclo de un procedimiento de contratación pública puedan ser emitidos de forma digital y firmados de igual forma. [...] En virtud de los argumentos expuestos y, considerando la situación emergente en la que se encuentra atravesando el país, se reitera que es obligación de las entidades contratantes previstas en el artículo 1 de la LOSNCP, la implementación de la firma electrónica en los procedimientos de contratación pública; la cual permitirá la apertura de una nueva vía de comunicación con los ciudadanos, de forma más ágil, a nivel organizativo, reducirá el tiempo de tramitación del procedimiento de contratación, y sobre todo garantizará la seguridad y precautelará la salud de todos los ciudadanos”.

El Servicio Nacional de Contratación Pública, amparado en los principios previstos en los artículos 226 y 227 de la CRE, tiene entre sus facultades, las que le confieren los numerales 5, 11, 12 y 17 del artículo 10 de la Ley Ibídem; esto es, ser el órgano encargado de desarrollar y administrar el Sistema Oficial de Contratación Pública del Ecuador [en adelante SOCE], establecer las políticas y condiciones de uso de la información y herramientas electrónicas del aludido sistema, e incorporar y modernizar herramientas conexas al SOCE

 

 

CONCLUSIONES

  • La firma electrónica como herramienta que colabora en diversos procesos se vuelve de vital importancia más aún cuando atravesamos una pandemia en la cual tuvimos que realizar todo esto a distancia
  • La firma electrónica es actualmente aplicable no solo a procesos de comercio exterior

RECOMENDACIONES

  • Es importante conocer a normativa vigente en cada proceso previo a la aplicación de firma electrónica
  • Tener en cuenta de la aplicabilidad que tiene a firma electrónica en todo proceso por  que obtenerla en el ámbito profesional se vuelve indispensable

 

FUENTES

SERCOP (2020) FIRMA ELECTRÓNICA EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA https://portal.compraspublicas.gob.ec/sercop/wp-content/uploads/2020/10/SERCOP-SERCOP-2020-0022-C.pdf  

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FIRMA ELECTRÓNICA EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN

INTRODUCCIÓN

A raíz de la pandemia por COVID-19 muchos procesos adoptaron nuevas técnicas de aplicación de varios sistemas, uno se ellos el proceso de SERCOP ( Servicio Nacional de Contratación Pública) en sus procesos que se llevan a cabo en toda entidad pública  a partir de Marzo de 2020 comunica a sus usuarios que sus usuarios y proveedores podrán implementar el servicio de firma electrónica es sus actividades, siendo este suceso un causal de a rápida expansión y aplicación de los procesos de firma electrónica, es importante en nuestra formación académica conocer cómo  funciona la normativa de una institución en la inserción de procesos de firma electrónica

DESARROLLO

El Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), es la entidad rectora del Sistema Nacional de Contratación Pública (SNCP), responsable de desarrollar y administrar el Sistema Oficial de Contratación Pública del Ecuador (SOCE) y de establecer las políticas y condiciones de la contratación pública a nivel nacional; ha enfocado su gestión sobre la base de los ejes de transparencia, calidad, eficiencia, eficacia y ahorro para el Estado, y garantiza el cumplimiento de sus principios, valores y política integrada de calidad y anti-soborno en los procesos de contratación pública y sabiendo que la firma electrónica es el documento virtual que certifica la vinculación de la firma electrónica con una persona determinada; es la equivalencia de la firma manuscrita ya que tiene la misma validez legal y está amparada en la Ley de Comercio Electrónico, es importante conocer la normativa con a que esta entidad adpt´a firma electrónica en sus procesos

A través de Resolución Interna Nro. R.I.-SERCOP-2020-00010 de 30 de junio de 2020, se emitió el “Instructivo para regular el procedimiento de emisión de los oficios circulares que expida el Servicio Nacional de Contratación Pública –SERCOP”. Así, el artículo 3, establece que: “Para efectos del presente Instructivo, se entenderá por oficio circular aquel instrumento jurídico por el cual la máxima autoridad del SERCOP o su delegado emite una información de interés general, relativa al Sistema Nacional de Contratación Pública, a los actores del referido Sistema”. Por consiguiente, las instrucciones, comunicados y circulares que emite este Servicio Nacional se limitan a reproducir el contenido de otras disposiciones normativas, o las decisiones de otras instancias, o a brindar orientaciones e instrucciones a sus destinatarios, a fin de que sean observadas adecuadamente. Adicionalmente, en función del principio de coordinación previsto en el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 28 del Código Orgánico Administrativo, le corresponde a este Servicio Nacional instar a los actores del SNCP al cumplimiento de las disposiciones normativas del ordenamiento jurídico ecuatoriano, a efectos de garantizar que las compras públicas cumplan con los mandatos prescritos en los artículos 227 y 288 de la Norma Suprema. A través de oficio circular Nro. SERCOP-SERCOP-2020-0014-C de 26 de marzo de 2020, publicado en la sede electrónica del SERCOP, se comunicó a los actores del SNCP, lo siguiente: “En definitiva, las citadas disposiciones legales dejan abierta la posibilidad de que todos los documentos generados en el ciclo de un procedimiento de contratación pública puedan ser emitidos de forma digital y firmados de igual forma. [...] En virtud de los argumentos expuestos y, considerando la situación emergente en la que se encuentra atravesando el país, se reitera que es obligación de las entidades contratantes previstas en el artículo 1 de la LOSNCP, la implementación de la firma electrónica en los procedimientos de contratación pública; la cual permitirá la apertura de una nueva vía de comunicación con los ciudadanos, de forma más ágil, a nivel organizativo, reducirá el tiempo de tramitación del procedimiento de contratación, y sobre todo garantizará la seguridad y precautelará la salud de todos los ciudadanos”.

El Servicio Nacional de Contratación Pública, amparado en los principios previstos en los artículos 226 y 227 de la CRE, tiene entre sus facultades, las que le confieren los numerales 5, 11, 12 y 17 del artículo 10 de la Ley Ibídem; esto es, ser el órgano encargado de desarrollar y administrar el Sistema Oficial de Contratación Pública del Ecuador [en adelante SOCE], establecer las políticas y condiciones de uso de la información y herramientas electrónicas del aludido sistema, e incorporar y modernizar herramientas conexas al SOCE

 

 

CONCLUSIONES

  • La firma electrónica como herramienta que colabora en diversos procesos se vuelve de vital importancia más aún cuando atravesamos una pandemia en la cual tuvimos que realizar todo esto a distancia
  • La firma electrónica es actualmente aplicable no solo a procesos de comercio exterior

RECOMENDACIONES

  • Es importante conocer a normativa vigente en cada proceso previo a la aplicación de firma electrónica
  • Tener en cuenta de la aplicabilidad que tiene a firma electrónica en todo proceso por  que obtenerla en el ámbito profesional se vuelve indispensable

 

FUENTES

SERCOP (2020) FIRMA ELECTRÓNICA EN PROCESOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA https://portal.compraspublicas.gob.ec/sercop/wp-content/uploads/2020/10/SERCOP-SERCOP-2020-0022-C.pdf  

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Introducción

En la actualidad la firma electrónica tiene la misma validez e incluso mayor seguridad que la firma manuscrita, es por esto que sus niveles de aplicación se han dinamizad de manera exponencial, responde a un proceso ordenado tanto en la obtención cuanto en la aplicación, cm se ha venido mencionando en publicaciones anteriores de esta necesidad surgen las entidades certificadoras como es el Banco Central del Ecuador, esto hablando en procesos de obtención y cuando hablamos de aplicación surgen aplicativos como Intisign  que es la herramienta usada para aplicar la  firma electrónica en documentos digitales.

Desarrollo

INTISIGN v2: Es una aplicación que sirve para firmar, sellar y validar archivos tanto en formato PDF, así como en formato binario P7M, funciona en distintas plataformas:  Windows, Linux o MAC. Además añade la funcionalidad de sellos de tiempo con lo que se tiene una firma longeva, mediante el uso de certificados de firma electrónica en archivo o TOKEN (Banco Central del Ecuador, 2020), emitidos por el Banco Central del Ecuador, es importante conocer los requerimientos que esta aplicación necesita para10088113281?profile=RESIZE_710x

Es importante destacar que como este hay muchos aplicativos que permiten firmar de manera digital, sin embargo, Intisign es un aplicativo propio del Banco Central del Ecuador, su aplicación no es compleja, es importante denotar el acuerdo de us en donde se expresa

Este SOFTWARE se entrega para uso personal. Usted sólo puede instalar el SOFTWARE en sus computadores, y darle al SOFTWARE aquellos usos que se desprendan naturalmente de sus características, absteniéndose de cualquier uso que vaya en contra de los términos establecidos en la presente licencia. Salvo que expresamente se autorice a través de documento suscrito por EL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, usted deberá especial, pero no exclusivamente, abstenerse de:

  1. a) Alterar o modificar el SOFTWARE, en todo o en parte, o permitir que terceras personas lo hagan.
  2. b) Realizar ingeniería reversa, desensamblar o realizar cualquier tipo de acción tendiente a conocer o descifrar el código fuente u otra información relevante respecto del SOFTWARE, reproducir el SOFTWARE.
  3. c) Permitir que terceras personas se beneficien de o utilicen, directa o indirectamente, el SOFTWARE.
  4. d) Explotar económicamente en cualquier forma el SOFTWARE (Banco Central del Ecuador, 2019).

Conclusiones

  • El proceso de firma electrónica hasta ser plasmado en un documento digital pasa por varios procesos en el que están inmersas herramientas necesarias para su correcto funcionamiento.
  • Intisign resulta ser una herramienta de gran utilidad ya que facilita la aplicación de firma electrónica en documentos digitales.

 

Recomendaciones

  • Conocer a fondo los requerimientos y pasos a seguir para poder instalar Instisign a acorde a nuestro sistema operativo
  • Escoger el aplicativo que más se adapte a nuestras necesidades en general

Fuente

Banco Central del Ecuador. (2019). Acuerdo de Uso Intisign. Obtenido de file:///C:/Users/Toshiba/Downloads/acuerdo%20de%20uso%20%20intisign.pdf 

Banco Central del Ecuador. (2020). Banco Central del Ecuador. Obtenido de Intisign: https://www.eci.bce.ec/intisign-firma-archivos-y-pdf

 

 

 

 

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Introducción:

Es innegable la creciente utilidad y presencia de los certificados de firma electrónica en todo tipo de proceso, este método de firma se ha dinamizado a nivel global, y, se lleva a cabo a través de la sinergia de varios factores necesarios, iniciando desde una entidad que sea la emisora y respaldo del certificado de firma electrónica, en Ecuador una entidad que ha destacado en este ámbito es el Banco Central del Ecuador, en esta publicación se proveerá de la información necesaria acerca de las tarifas que grava esta actividad

Desarrollo

Se entenderá como tarifa a todo aquel valor que deba cancelarse como precio unitario fijado de forma oficial por el Estado para los servicios públicos realizados a su cargo, en concordancia a esto el Banco Central del Ecuador en cuanto a su normativa de tarifas señala lo siguiente

Las tarifas de los certificados digitales de acuerdo a la Resolución Administrativa No. BCE-GG-024-2020 de 8 de Diciembre de 2020, son las siguientes:

Artículo 1.- Aprobar el servicio en línea para certificados digitales en contenedor archivo que comprende la emisión, renovación, revocación o recuperación por olvido de clave, a proveer por parte de la Entidad de Certificación de Información del Banco Central del Ecuador (ECIBCE), a través de Terceros Vinculados mediante la implementación de una plataforma que lo soporte, con sistemas de identificación biométrica facial, habilitación de un botón de pagos o transferencias para el pago de servicios y canal de acceso en línea para los usuarios.

Artículo 2.- Establecer las siguientes tarifas a cobrar por los servicos prestados por la Entidad de Certificación de Información del Banco Central del Ecuador (ECIBCE) de forma directa o través de sus Terceros Vinculados; de acuerdo al siguiente detalle:

10075283464?profile=RESIZE_710x

                                                     Tarifas Vigentes, (Banco Central del Ecuador, 2020)

 

Es importante mencionar que de las tarifas mostradas anteriormente se les deberá sumar el IVA respectivamente.

Conclusiones

  • Un certificado de firma electrónica para que sea válido es necesario que provenga de una entidad certificadora confiable.
  • La entidad certificadora acorde a su normativa podrá definir un precio fijo dependiendo de cada proceso que se quiera llevar a cabo

Recomendaciones

  • Analizar entre las posibles opciones de entidades certificadora y determinar cual se ajusta más a nuestras necesidades.
  • Conocer que precio grava cada proceso, para mantenerse informado y determinar que entidad ofrece un servicio más efectivo

Fuentes:

Banco Central del Ecuador. (2021). Banco Central del Ecuador. Obtenido de https://www.eci.bce.ec/tarifas  

 

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Introducción

La firma electrónica en la actualidad constituye una herramienta necesaria y de aplicación amplia, dada su necesidad tanto de uso cuanto de seguridad entidades gubernamentales están a cargo de la entrega de las mismas, principalmente para los servidores del sector público, uno de ellos es el Banco Central del Ecuador, esta entidad otorga el certificado de firma electrónica desde 2018 aproximadamente, en esta publicación se ahondará a temática en cuestión

Desarrollo

El Banco Centra de Ecuador se ha posicionado como una entidad certificada a partir del año 2018, a más de sus funciones propias esta institución ha otorgado alrededor de 67.428 usuarios. Sin embargo, la demanda por este servicio ha aumentado de forma masiva en las últimas semanas debido a la necesidad de varios contribuyentes de emitir facturas electrónicas,

El Registro Civil de la mano con el Banco Central del Ecuador dan a conocer los pasos que se deben seguir para poder obtener el certificado de firma electrónica mediante a entidad

  1. Ingrese a la página de la Entidad de Certificación Electrónica: https://www.eci.bce.ec/
  2. Si es una persona jurídica debe registrar la empresa. Si es persona natural avance directamente a la solicitud para obtener una firma electrónica.
  3. Si se ha registrado debe esperar que llegue un mensaje de la entidad de certificación al correo electrónico que determinó como el que va a usar en todo el proceso. El mensaje le indicará si el registro fue aprobado.
  4. Si el registro fue aprobado, solicite la firma electrónica. Caso contrario puede reiniciar el proceso.
  5. Una vez que ha solicitado la firma digital espere a que llegue un nuevo correo electrónico que le indicará que puede acercarse a realizar el pago en las oficinas del Registro Civil registradas en las 24 provincias del país. El momento en que pida la firma electrónica usted puede elegir en qué provincia va a realizar el pago y conocer cuáles son las agencias del Registro Civil habilitadas para este servicio.
  6. Cuando se acerque a cancelar el valor para adquirir la firma electrónica a las oficinas habilitadas del Registro Civil, se le entregará el producto según los turnos disponibles en esa fecha (Banco Central del Ecuador, 2021)

Es importante seguir los pasos antes expuestos de manera ordenada, así como cumplir los requisitos necesarios para seguir un proceso que desencadene en la obtención correcta del certificado de firma electrónica.

 

Conclusiones

  • La firma electrónica es un certificado que debe estar debidamente respaldado por una entidad certificadora veraz para asi brindarle seguridad al dueño de la firma.
  • El certificado de firma electrónica es una herramienta útil a nivel global por lo que las necesidades de entidades certificadoras crecerán con el tiempo.

Recomendaciones

  • Escoger una entidad certificadora fiable y que facilite el proceso de obtención de certificado de firma electrónica.
  • En el caso del Banco Central del Ecuador como entidad certificadora es necesario empezar el proceso con antelación, ya que se asignará turnos acordes a la disponibilidad.

Fuentes:

Banco Central del Ecuador. (2021). Banco Central del Ecuador. Obtenido de https://www.bce.fin.ec/index.php/boletines-de-prensa-archivo/item/1146-conozca-los-pasos-que-debe-seguir-para-obtener-su-firma-electronica

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FIRMA ELECTRÓNICA VS FIRMA MANUSCRITA

 

Introducción

Los avances tecnológicos han dado un giro a casi todas las actividades tradicionales, en consecuencia, a esto la llegada de la tecnología ha permitido digitalizar varias actividades, una que no pasó por alto fue la manera de firmar, de manera tradicional y que hasta hace algunos años se aplicaba de manera universal, mediante un bolígrafo de manera física se sumillaba  documentos, se han registrado algunos casos de falsificación ya que a ser un medio físico con una caligrafía similar se podía obtener una firma manuscrita falsa, en la actualidad a más de esta, ahora se cuenta con la posibilidad de firmar de manera digital a través de un certificado de firma electrónica, el presente ensayo busca analizar y relacionar ambos métodos

Desarrollo

En términos de definición La firma manuscrita es la representación gráfica mediante garabatos que realiza un apersona en un documento físico. Esta a su vez representa su voluntad y responsabilidad de representar el documento que se firma o suscribe, esta firma es realizada por el puño y letra del emisor y no existe manera de comprobarla, más que visualmente por otro lado a diferencia de la firma manuscrita, la firma electrónica es un certificado digital, que no puede ser falsificada ya que cuenta con una serie de algoritmos cifrados vinculados a una persona o entidad, lo cual permite identificarlos y garantizar la integridad de los datos (Loor, 2020) .

A pesar de que método de firma electrónica no está recién llegado a Ecuador, el uso del mismo se está volviendo cada vez más fuerte en los últimos tiempos algo e indispensable para los trámites en las plataformas en línea sin embargo se puede firmar un documento con puño y letra de manera escrita, ambos métodos son considerados como válidos ante la justicia, ya dependerá del contexto de los mismos se pueda determinar cuál método de firma resulta más útil

Sin embargo, aunque las dos representan la voluntad de quien la suscribe, la firma electrónica cuenta con un nivel mucho más alto de seguridad lo que garantiza la autenticidad del documento y de quien la representa.

 

 

Conclusiones

El avance tecnológico ha traído consigo herramientas útiles y aplicables en procesos del diario vivir.

La firma manuscrita sigue siendo válida, sin embargo, hay procesos en los que dada la distancia o confidencialidad es necesario aplicar el certificado de firma electrónica

La seguridad y dificultad de falsificación vuelven a la firma electrónica un método de más amplia aplicación.

Recomendaciones

Es necesario analizar el contexto en donde se desarrolle para determinar que firma es más aplicable.

Ambas firmas tienen validez por lo que es necesario analizar su aplicabilidad a fondo y mantenerlas siempre seguras.

Fuentes

Loor, J. C. (2020). ECUFIRMA. Obtenido de https://ecuafirma.com/que-es-mas-seguro-la-firma-manuscrita-o-la-firma-electronica-cualificada/#:~:text=A%20diferencia%20de%20la%20firma,la%20integridad%20de%20los%20datos.

 

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Introducción

Gracias a los avances tecnológicos se ha logrado contener archivos enormes en dispositivos que caben en la palma de la mano, este es el caso de token, similar a una memoria USB que la mayoría hemos usado, sin embargo, de forma más detallada este es un dispositivo criptográfico de alta seguridad, útil para almacenar la firma electrónica en esta publicación se hablará sobre el token, su utilidad, aplicación y a quienes esta dirigido.

Desarrollo

Empecemos dando una definición de lo que es un token, entendamos como token a un dispositivo criptográfico que contiene la firma electrónica aplicable a cualquier tipo de e-Doc, son dispositivos seguros en el modo HID, no requieren instalación ni configuración si se utiliza la aplicación que contienen los tokens, para trabajar con los dispositivos solo se necesita un puerto USB libre en el computador..

Beneficios de adquirir un token 

  • Minimiza significativamente el riesgo de fraudes y otros delitos electrónicos
  • Generalmente adquirir un token no tiene costo elevado y no genera cuota de manejo
  • Es fácil de utilizar y movilizar, su tamaño es similar al de un llavero estándar(Moreano, 2019

¿Quién puede adquirirlo?

Los beneficiarios del trámite son personas naturales ecuatorianas o extranjeras y personas jurídicas públicas o privadas quienes pueden obtener el certificado de firma electrónica en contenedor token

  • Persona Jurídica – Privada
  • Persona Jurídica - Pública,
  • Persona Natural - ecuatoriana,
  • Persona Natural - Extranjera.

 

¿Cómo pueden adquirirlo?

Cumpliendo con los requisitos

Obligatoriamente:

  1. Comprobante de pago
  2. Digitalizado de la cédula de identidad y/o ciudadanía a color vigente
  3. Digitalizado de la papeleta de votación vigente
  4. Digitalizado de la última factura de un servicio básico
  5. Digitalizado del nombramiento del representante legal
  6. Digitalizado de la autorización firmada por el representante legal

Especiales:

  1. Digitalizado del pasaporte vigente
  2. Digitalizado de la acción de personal o certificado laboral (Registro Civil del Ecuador, 2020)

 

Conclusiones

El token como dispositivo contenedor de firma electrónica brinda muchos beneficios al usuario dada su diseño compacto de características de seguridad

Para obtener un token es necesario cumplir con los requisitos para obtener una firma electrónica misma que estará contenida en el token

Recomendaciones

Informarse sobre usos y aplicación de dispositivos criptográficos cm el token.

Conservar el token y las claves de manera segura a fin de evitar inconvenientes y minimizar riesgos  

Autor: Selena Solis Campaña

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Introducción

La creciente demanda del uso de esta herramienta en todo tipo de proceso es común en la actualidad, con la llegada de la globalización en un sinnúmero de actividades de carácter legal, en las que se necesita de manera obligatoria la firma de uno o más responsables, hace que a firma manuscrita quede obsoleta y se dé la bienvenida a este tipo de procesos más innovadores, pero ¿Todo es realmente color de rosa? A continuación, te mostramos una breve reseña de los posibles inconvenientes que tiene la firma electrónica y sus usos.

Desarrollo

La firma electrónica como se ha venido mencionando a lo largo de publicaciones anteriores, actualmente cuenta con carácter legal, tanto como la firma manuscrita, en donde más se la aplica es en los negocios y empresas en dónde se han detectado algunos inconvenientes, uno de ellos y e principal en el que a mayoría de herramientas relacionadas a ámbito tecnológico están inmersas es el riesgo de hackeo, esto dependerá en gran manera de lo cuidadosos que seamos, ya que si operamos de manera adecuada los riesgos serán mínimos (Polanco, 2019).

Tenemos que tener muy en cuenta de que nuestros certificados han sido otorgados por un organismo confiable y de que las claves están conveniente guardadas, no disponibles para terceros, solo así se evitarán situaciones problemáticas frente a la seguridad de nuestra firma, otro de los inconvenientes que las firmas electrónicas presentan es el coste, se considera un coste elevado, en cuanto a la tecnología necesaria para la creación de la misma.

El tener al descubierto la clave privada es un riesgo muy grave, ya que la custodia exclusiva de la misma es la garantía de no repudio de nuestras futuras firmas electrónicas, por lo que cualquier persona que disponga de la misma podrá realizar firmas fraudulentas con el mismo valor legal que si firmara a mano alzada. Por ello, es un riesgo muy grave ya que el conocimiento de una tercera persona de la clave puede traer consigo la suplantación de identidad, se podrá hacer pasar por nosotros y firmar en cualquier sitio.

Lo que ocurre muchas veces entre las empresas y los usuarios es que presuponen que únicamente ya el uso de una firma electrónica avanzada es una garantía de seguridad, pero esto es un error muy grave si no se tienen en cuenta dos reglas que son claves en este tema.

 

Conclusiones

La firma electrónica nos brinda amplias posibilidades de aplicación, sin embargo, cuenta con algunas desventajas que pueden afectar su correcto funcionamiento.

Gran responsabilidad sobre la incidencia de estos inconvenientes recae sobre e usuario, quien debe tomar previsiones y proteger su información.

Recomendaciones

Pese a la gran utilidad que se le da hoy en día es importante considerar las características que ponen a la firma electrónica en desventaja, para poder tomar previsiones.

Antes de usar un elemento tecnológico que sea aplicable a procesos laborales, legales y demás, se debe investigar a fondo tanto su utilidad cuanto las desventajas que puede traer consigo.

Fuentes

Polanco, C. (2019). Peritos caligráficos. Obtenido de https://peritoscaligrafosjudicial.es/2020/02/17/6-ventajas-y-desventajas-de-las-firmas-electronicas/

Vivaz, C. (2020). "Riesgos de no utilizar una firma electrónica avanzada". Obtenido de https://blog.signaturit.com/es/los-riesgos-de-no-utilizar-la-firma-electronica-avanzada

Autor Martha Selena Solis Campaña

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Introducción:

No es nuevo que si realizamos una compra ya no nos entreguen una factura física, si no una que llegará a nuestro correo, pues a lo largo del tiempo se ha detectado una digitalización abismal de todos los documentos que manejemos, en donde efectuar una firma manuscrita  resulta una tarea prácticamente imposible, cuando hablamos de una firma debemos entender la implicación legal que esta engloba, la persona que firma está reconociendo, que conoce y asume la responsabilidad del documento que firma,  dependiendo el caso, es por esto que a más de tener carácter digital la firma cuenta con procesos, técnicas y elementos que vuelven segura su aplicación.

Desarrollo:

A continuación, se muestran todos los procesos que conforman de una firma electrónica que hacen que esta herramienta sea un mecanismo funcional y de segura aplicación, en primera instancia está compuesta de dos partes

1) Un método para firmar un documento de modo infalsificable y

2) Otro para verificar que la firma ha sido generada por la persona a quien representa. 

Cabe mencionar que los protocolos de autenticación pueden estar basados en sistemas de encriptación de tipo simétrico o asimétrico. La autenticación y la integridad se salvaguardan con sistemas asimétricos de dos claves

Los componentes principales de una firma electrónica son

  • Llave púbica
  • Dueño del certificado
  • Emisor de certificado
  • Periodo de validez identificador único
  • Firma digital de emisor

La estructura de la firma electrónica está dada bajo el siguiente formato

9947919655?profile=RESIZE_710x

Estructura de la firma electrónica

En cuanto a la entidad certificadora, en Ecuador las más comúnmente usadas son Security Data y el Banco Central, ambas tienen la misma funcionalidad, la entidad certificadora es una entidad que emite certificados digitales para ser utilizados por terceros, la validez de un Certificado Digital dependerá de la confianza que se tenga en el emisor del mismo

Cualquier individuo o institución puede generar un certificado digital, por lo que si el emisor no es reconocido por quienes interactúen con el propietario del certificado, el valor del mismo es prácticamente nulo.

Por ello, los emisores de certificados digitales deben acreditarse: proceso por la cuál entidad reconocida, generalmente públicas, otorgan validez a la institución certificadora, de forma que su firma pueda ser reconocida como fiable, transmitiendo esa fiabilidad a los certificados que emite.

 

Conclusiones:

El proceso de firma electrónica engloba una seria de elementos y técnicas que hacen que funcione de forma eficiente.

La seguridad del proceso de firma electrónica depende de la eficiencia en la que actúen los elementos que componen dicha firma.

La entidad certificadora es pieza clave de proceso de firma electrónica, pues es la entidad que emite esta herramienta que desde su inicio debe contar con los procesos y características que son necesarias para su funcionalidad

Recomendaciones:

Conocer acerca de los componentes de una firma electrónica nos ayuda a entender los procesos bajo los cuáles funciona

Escoger la entidad certificadora que más se acope a nuestras necesidades como profesionales

Esquematizar los procesos los vuelve más dinámicos y entendibles

Fuentes:

http://www.iimv.org/iimv-wp-1-0/resources/uploads/2015/01/CarlosRivasG.pdf

https://www.icert.fje.gob.ec/preguntas-frecuentes

https://eosiberica.es/blog-firma-digital/

 

Autor: Martha Selena Solís Campaña

 

 

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Introducción:

 

El movimiento de bienes, valores y servicios alrededor del mundo es una de las principales actividades de desarrollo de cada nación, un sistema complejo que consigo trae una serie de pasos y procesos, así como actividades logísticas, tramitología y demás, estas actividades de carácter legal y vinculante necesitan siempre una persona responsable de los procesos, al hablar de comercio internacional comp sabemos son operaciones que están alrededor del mundo, entre distintos países en donde el método asumir responsabilidad a través de firma autógrafa se torna imposible, es aquí en donde surge la necesidad de herramientas con el mismo carácter vinculante y seguro que puedan ser aplicadas mediante e-Docs que pueden circular a través del mundo.

 

Desarrollo:

 

La firma electrónica es un método seguro que permite verificar la identidad del firmante, mismo que al incrustarla en cualquier documento toma todo el carácter vinculante legal del mismo, en la Ley de Comercio Electrónico y Firmas Electrónicas textualmente señala que “El uso de sistemas de información y de redes electrónicas, incluida la Internet ha adquirido importancia para el desarrollo del comercio y la producción, permitiendo la realización y concreción de múltiples negocios de trascendental importancia, tanto para el sector público como para el sector privado” aquí surge entonces la importancia de estos sistemas dentro de esta actividad, la firma electrónica tiene una estrecha relación con actividades de comercio internacional, está herramienta que le brinda al usuario la posibilidad de realizar varias operaciones por medios electrónicos conectando al mundo entero mediante la red.

El estar en la red implica una serie de consideraciones una de ellas la vulneración de la información que viaja a través de ella, sin embargo el método de firma electrónica con sus elementos brinda al usuario una funcionalidad completa en los ámbitos de seguridad, las claves de la misma al tener complementariedad son de difícil hackeó y afines, este tipo de procesos da un salto tecnológico rompiendo las barreras de distancia.

Conclusiones:

El comercio internacional es una de las principales actividades de desarrollo de las naciones, por lo que de su adecuado funcionamiento depende el éxito o fracaso de dicha actividad.

Los procesos que se deben hacer entre distintos países requieren herramientas que rompan barreras y al mismo tiempo sean seguras, uno de estas es la firma electrónica.

 

Recomendaciones:

Capacitarse constantemente acerca de la aplicación de medios electrónicos en las operaciones de comercio exterior.

Seguir los protocolos de seguridad para evitar vulnerar nuestro certificado de firma electrónica

 

Fuentes:

Ley de Comercio Electrónico y Firmas Electrónicas recuperado de: https://www.oas.org/juridico/spanish/cyb_ecu_ley_comelectronico.pdf

 

Autor: Selena Solís Campaña

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Introducción

Con la llegada de la tecnología aparecieron términos nuevos que hacen referencia al giro de esta actividad en la que todas las personas estamos inmersos, entre ellos destacan, el término electrónico, digital, digitalizado, entre otros, hablando en conceptualizaciones generales podemos afirmar que hacen referencia a lo mismo,  más sin embargo hay actividades en las que estos tienen un carácter diferenciador entre sí, este es el caso de la firma electrónica que en conjunto con estos términos denota diferencias que serán explicadas en este post.

Desarrollo:

Como se ha venido mencionando en publicaciones anteriores acerca de la firma electrónica una forma de conceptualizarla de manera comprensible es atribuirle a ser el conjunto de datos electrónicos que contienen información bajo el mismo formato que es utilizada para sumillar un documento y así garantiza la identidad de un individuo, quien garantiza su voluntad a través de este medio, en el ámbito legal tiene la misma validez de una firma manuscrita.

El concepto firma digital hace referencia a un mecanismo conocido como criptográfico aplicada al contenido de un e-Doc. o mensaje en general, esta tiene el objetivo de demostrar a 1uien recibe uno de estos elementos que el emisor es quien lo envía, es decir lo autentica, y este no tiene la capacidad de negar que lo envió y que llego sin alteraciones, es por esto que lejos de ser lo mismo que una firma electrónica, la firma digital es una parte de la firma electrónica (Reyes Krafft, s/f), su carácter también es legal,  sin embargo no cumple con el criterio de dar fe a la voluntad del firmante, si no que se limita a un proceso de encriptación de datos.

Pero entonces ¿Que es una firma digitalizada? Este es un proceso más simple en comparación de ambos procesos antes expuestos, el término firma digitalizada es la transformación de una firma manuscrita a una digital a través de un scanner, se firma en un papel y se la digitaliza a través de un escáner para aplicarla a un documento que no este de manera física, en este método la falsificación es de fácil aplicación (Villavicencio, 2020), carece de seguridad y no hay manera de garantizar la identidad del firmante, sin embargo, si es un proceso utilizado.

Conclusiones:

La firma electrónica es el método más completo y verificable dentro de la tecnología pues su completo proceso de inicio a fin permite brindarle al usuario seguridad y fácil aplicación.

Las diferencias entre estos términos ayudan a tener una comprensión más eficaz de lo que es cada uno, y así tener un panorama general para saber cual es de factible aplicación dependiendo nuestra ocupación.

Recomendaciones:

Indagar términos que nos resulten confusos nos permite enriquecernos de conocimientos de un tema en general y poder tener una visión correcta de lo que se está tratando.

Aplicar los términos adecuados cuando estemos hablando de los procesos afines a firmas, ya que como se analizó pueden confundirse al aplicar palabras que creamos iguales.

Fuente:

Reyes Krafft, A. A. (s/f). La firma electrónica y el mundo digital.

Villavicencio, J. (2020). Signaturit Blog. Obtenido de https://blog.signaturit.com/es/en-que-se-diferencian-la-firma-electronica-la-firma-digital-y-la-firma-digitalizada

 

Autor: Selena Solís Campaña

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Introducción

El avance agigantado que la globalización ha traído consigo en diferentes aspectos, ha hecho que métodos tradicionales tomen su lugar en el ámbito tecnológico, retrocedamos un poco en el tiempo, hace no mucho tal vez 5 o 10 años atrás, cuando escuchábamos el término firmar a nuestra mente venía un esferográfico y un papel, pues ese era el único método de sumillar tu identidad, más sin embargo la tecnología ha hecho lo suyo, creando métodos innovadores y sobre todo seguros, un ejemplo de ello es la firma electrónica método que simplifica una serie de procesos sin perder la seguridad de usuario, a continuación se describirá de manera concisa  lo que es una firma electrónica y como esta ha facilitado varios procesos


Desarrollo

Empezando por la conceptualización de lo que es una firma electrónica varios autores señalan que esta es un conjunto de datos electrónicos que persiguen un objetivo, validar la identidad del firmante, generando un vínculo entre la persona y el documento, que en procesos de carácter legal se tomará como prueba de declaración de su voluntad, esta firma es insertada de manera electrónica, en un documento de la misma característica de esta manera le permite al receptor verificar la autenticidad del emisor

 


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Ilustración 1 Proceso de Firma Electrónica recuperado de: https://www.descom.es/blog/correo-electronico/firma-digital/como-funciona-una-firma-digital.html  

 

De acuerdo a (Murillo-Rosado et al., 2017) la firma electrónica de un documento es el resultado de aplicar cierto algoritmo matemático, denominado función hash, a su contenido y, seguidamente, aplicar el algoritmo de firma (en el que se emplea una clave privada) al resultado de la operación anterior, generando la firma electrónica , esta herramienta entonces sirve para asegurar el proceso de comunicaciones electrónicas, que en la actualidad y dadas las circunstancias globales se han vuelto el medio más usado para validar la identidad de las personas, por la seguridad que este brinda.

Es importante entonces, conocer que este procesos de firma electrónica tiene la misma validez de la firma conocida como autógrafa, su diferencia es el modo de aplicar, la firma electrónica es aplicada a documentos digitales, también conocidos como e-docs y tiene la capacidad de ser firmado rompiendo barreras de distancia y tiempo, a cualquier hora en cualquier lugar, es por esto que la mayoría de personas inmersas en procesos corporativos y demás la usan cono una herramienta de suma relevancia.

 
Conclusiones

  • La firma electrónica como recurso de validación de identidad es una herramienta que facilita una serie de trámites que por su legalidad es necesario que consten con la responsabilidad del firmante.
  • La seguridad y método de funcionamiento de la firma electrónica hace que su falsificación o métodos afines sean inaplicables, brindándole al usuario seguridad.

Recomendaciones

  • Precautelar el dispositivo que genera la firma electrónica y su clave, ya que, si un tercero logra firmar desde el mismo, será responsabilidad del propietario lo que se sumille con su identidad.
  • Conocer el funcionamiento de la firma electrónica para un mayor entendimiento y aplicación de la misma


  • Fuentes

Murillo-rosado, J. U., Amen-chinga, C. R., Portoviejo, G. De, Portoviejo, S. G. De, & Comercial, I. (2017). Algo sobre la firma electrónica en el contexto actual Something about electronic signature in the current context Alguma coisa sobre assinatura eletrônica no contexto atual. 2(7), 1016–1028. https://doi.org/10.23857/pc.v2i7.322

Pérez, Federico., Firma Electrónica  recuperado de: https://www.descom.es/blog/correo-electronico/firma-digital/como-funciona-una-firma-digital.html   

 


Autor:
Selena Solis Campaña

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