Publicaciones de María José Guizado Alarcón (42)

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El certificado de origen es un  documento  de comercio  internacional que permite la  liberación de  tributos en el país destino ya que certifica que las mercancías en un envío concreto de exportación se han obtenido, producido, manufacturado o procesado totalmente en un país concreto. 

 

¿Cómo se hace?

 Se lo realiza en el sistema de ECUAPASS en la pestaña llamada  Ventanilla Única Ecuatoriana con las  siguientes opciones

  1. Elaboración de solicitud >> Documentos de soporte >> Certificado de Origen y DJO (Declaración Juramentada de Origen)
  2. Escoger la opción de certificado dependiendo del país a dónde se envíe el producto:
    • SGP – Australia, Bielorusia, Canada, Estados Unidos, Japón, Liechtenstein, Noruega, Nueva Zelanda, Rusia, Suiza, Turquía
    • ALADI - Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, México, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela
    • MERCOSUR -  Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay
    • ACE 65 (Acuerdo Chile – Ecuador)
    • Certificado Terceros países - se trata de un Certificado de Origen NO PREFERENCIAL.
    • Acuerdo de Cartagena (CAN)
    • Certificado SGTP
    • EUR1 - l Acuerdo Multipartes Unión Europea-Países Andinos

 

Las entidades que se encuentran  habilitadas para emitir este certificado son:

  •  Agencia Ecuatoriana De Aseguramiento De La Calidad Del Agcams
  • Agencia De Regulación Y Control Hidrocarburifero
  • Ministerio De Comercio Exterior
  • Ministerio De Industrias Y Productividad
  • Subsecretaria De Acuacultura
  • Subsecretaria De Recursos Pesqueros

 

Considerar que previo a este paso es necesario tener  realizada la DJO, en caso que se realice de forma  tardía en la parte de OBSERVACIONES indicar la leyenda  A POSTERIORI,  en la pestaña de Enviar (cargar los archivos que sustenten la información).

 

¿Qué documentos adjunto?

  •  Factura comercial
  • Documento transporte
  • Justificación *
  • DAE*

Cuando se realiza un CO en el Ministerio de Industrias y Productividad MIPRO,  se requiere ingresar al sistema SIGCO: sigco.produccion.gob.ec, para obtener código de pago en el opción RECAUDACION , el valor es de 10 dólares por certificado. El pago se realiza en el Banco del Pacífico indicando el código en Recaudación SENAE.

Si está aprobado el certificado se acerca a retirar en la institución respectiva

Previo enviar por  mail: nombre Institución, RUC, persona quien retira para evitar inconvenientes.

 

La correcta realización de este procedimiento brinda al  exportador un  valor diferenciador en sus  negociaciones internacionales puesto que se  utiliza los acuerdos comerciales vigentes del Ecuador con el resto de los países.

 

ELABORADO POR: María José Guizado A.

FUENTES:

https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2016/INSTRUCTIVO%20PARA%20LA%20EXPEDICION%20DEL%20CERTIFICADO%20DE%20CIRCULACION%20EUR-Exportador.pdf

https://expoflores.com/wp-content/uploads/2018/07/PROCESO-PARA-EMITIR-UN-CERTIFICADO-DE-ORIGEN-NO-PREFERENCIAL-CONSOLIDADO-POR-DAE.pdf

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Desde el  año 2014, el Servicio Nacional del Aduana  habilitó  otra forma de cancelación de las liquidaciones aduaneras  con el objetivo de  facilitar el pago de  estos tributo y dar apoyo a los importadores a través del pago con  tarjetas de crédito y débito VISA y MASTERCARD tanto en pagos diferidos como corrientes.  Más la tarifa que cobre la entidad financiera por su uso de la tarjeta (entre 0.35 a 0.60 USD). Sin embargo esta  medida  tuvo una mayor difusión a  inicios del 2018.

Para realizar este pago los valores serán receptados por  funcionarios de atención al  usuario  del Servicio Nacional del Aduana, el  importador  deberá acercarse personalmente a los  distritos  autorizados como son:

  • Tulcán
  • Puerto Bolívar
  • Subdirección de Zona de Carga Aérea
  • Plataforma Gubernamental
  • Aeropuerto Tababela
  • Aeropuerto José Joaquín de Olmedo
  • Aeropuerto Esmeraldas
  • Huaquillas
  • Puerto Marítimo

Este beneficio esta relacionado con cualquier tipo de liquidación ya sea para importadores, viajeros aéreos y  terrestres, compradores por Courier y todos aquellos que deban cumplir con el pago de liquidaciones aduaneras que se encuentren en estado NO PAGADO / EMITIDO.

Elaborado por: María José Guizado 0987512259 mjguizadoa@gmail.com

Fuente: ADUANA DEL  ECUADOR

https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-MEE-2-7-006-V1.pdf

https://www.aduana.gob.ec/aduana-mejora-sus-servicios-y-habilita-pago-con-tarjetas-de-credito-y-debito/

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INFRACCIONES ADUANERAS 2017

“La ley es de cumplimiento para todos, el desconocimiento no exime de responsabilidad” Art. 13 Código Civil

El entorno del comercio exterior es amplio pues involucra a Operadores de Comercio Exterior como: importadores, exportadores, logística, consolidadoras, agentes de aduana. Aquí radica la  importancia de conocer las infracciones aduaneras consideradas como delitos, contravenciones y faltas reglamentarias previstas en el Código Orgánico Integral Penal – COIP.

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Para la configuración del delito se requiere la existencia de DOLO (afectar con intensión de causar daño a la Administración Aduanera), para las contravenciones y faltas reglamentarias se sancionarán por la simple trasgresión a la norma.

¿Cómo se sanciona las contravenciones?

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¿Cuál es el procedimiento para sancionar contravenciones? Art. 241

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¿Cuáles son los delitos aduaneros?

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Sanción aplicable para delitos aduaneros

Pena privativa de libertad de tres a cinco años y multa de hasta diez veces el valor de los tributos que se pretendió evadir.

 

Elaborado por: María José Guizado - 0987512259 - mjguizadoa@gmail.com

 Fuente: SENAE – COIP - COPCI

 

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Según el Código Orgánico de  Comercio e Inversiones – COPCI  en su artículo 149 denominado Admisión Temporal para Perfeccionamiento  Activo , es una  herramienta  de comercio exterior  habilitada para productores, empresarios, personas naturales  que permite la suspensión  total del obligaciones  tributarias por  concepto de advalorem – fodinfa – IVA, para aquellos que opten por utilizar este  régimen.

¿Cuáles son los requisitos  básicos para acceder a este  régimen?

  1. RUC
  2. Registro de  Importador
  3. Token / firma  electrónica

¿Cuántas figuras tiene el Régimen?

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  • Garantía General, entrega a la  Aduana el  valor de los  tributos a pagarse por todo el año de operación (ADVALOREM, FODINFA, IVA)
  • Garantía Específica, entrega a la Aduana el valor de los  tributos a pagarse por proceso de importación, a ser devuelta siempre y cuando se cumplan con el Régimen 21.

¿Qué condiciones  habilitan a este  régimen?

  • Transformación Materia Prima
  • Elaboración de  nuevas mercancías – ensamblaje
  • Reparación, restauración  y acondicionamiento

     * NO SE DIRIGE PARA: lubricantes, equipos de  oficina, maquinas

Cómo  aprovechar el Régimen 21 de  exportación para ser  más  competitivo?

Este régimen está enfocado a la producción nacional que será directamente  exportada por lo que  conviene hacer una investigación de cuáles son las  empresas que operan  bajo este régimen  para poder aprovechar  de materias primas, insumos,  embalaje a menor costo por la  suspensión total del tributos al comercio exterior.

Eso sí, recuerde realizar a  tiempo  sus anexos compensatorios  para evitar multas, pagos tributarios y demás costos extras.

 

Anexos compensatorios Que son?

Son los  documentos que regularizan al   Régimen  21 para el descargo de los  tributos, que deben ser  presentados antes, durante  y después del proceso de  exportación

En detalle un  anexo compensatorio es  un  formulario donde  se registran los insumos  utilizados en  un proceso productivo, generado por  el  importador natural u industrial y exportador.

Cuando el  importador / exportador no presenta los anexos  compensatorios, Aduana tiene la  facultad de  iniciar un proceso sumario pues  esta  incurriendo en una Falta  Reglamentaria  que significa una sanción del 50% de un salario  básico por cada Declaración de Exportación realizada

 

 

¿Cómo culmina este  régimen?

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Salvedades

En caso se venda  esa materia prima  a otro exportador cuyo  producto tenga por fin salir del país,  deben  firmar un contrato de Cesión de  Titularidad indicando que cumple con los requisitos para  acogerse a este régimen.

Mayor información: Resolución Nro- SENAE-DNG-2015-0775-RE

Fuente: Aduana del Ecuador- COPCI

Elaborado por: María José Guizado

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El ICE es el Impuesto a los Consumos Especiales el cual está regulado por la Ley de Régimen Tributario Interno, es un tributo aplicado a los bienes y servicios de procedencia nacional o importados como son: cigarrillos, bebidas alcohólicas incluida la cerveza, perfumes y aguas de tocador por venta directa, vehículos híbridos y eléctricos y otros bienes. Debe ser pagado por los productores o importadores de los bienes gravados únicamente en su primera etapa de producción

Base imponible para el cálculo del ICE

  1. Costo de producción del bien 
  2. Tasas arancelarias (Advalorem, Fodinfa, Salvaguardias)
  3. Tasas extraordinarias recaudadas por la autoridad aduanera en el proceso de desaduanización del producto. (Depende del producto)
  4. Para saber el valor de la base imponible del ICE se aplicará la siguiente fórmula.

Fórmula de cálculo:

ICE = [Valor ExAduana + (Valor ExAduana* %ICE1)]*%ICE2

Valor ExAduana= CIF+ ADValorem + Tasas

         * El porcentaje ICE1e ICE2 depende el producto a importar.

Fuente: SRI
Elaborado por: María José Guizado

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Un perfil de  riego es una  combinación determinada  de  indicadores de  riesgo, basada en la  información  que  ha sido  jerarquizada.

Modelos de herramientas de perfiles de  riesgo 

Modelo Determinístico (Reglas Fijas).- Normas Legales / Administrativas y Riesgos Puntuales

Se da en función de reglas fijas determinadas y establecidas como condicionamientos dados en función de disposiciones de Ley o normas administrativas que no enmarcan un verdadero análisis de riesgo. También se utiliza para condicionar la revisión de declaraciones que presentan potenciales riesgos puntuales

Modelo Probabilístico (Pronóstico).- Análisis de Riesgo

Evalúa estadísticamente el comportamiento individual y combinado de algunas variables (5 en la actualidad) de la Declaración Aduanera y pronostica la probabilidad de que en una próxima importación pueda existir una novedad que requiera ser revisada físicamente

Modelo Aleatorio

Selecciona al azar un número determinado de declaraciones que no hayan si do escogidos por el modelo determinístico y probabilístico, para ser aforadas por la autoridad aduanera.

Conclusión:

El sistema de perfiles de riesgo asigna el canal de aforo que pueden ser automático, documental  y físico.

Realizado por: María José Guizado

Fuente: SENAE

 

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¿Qué es?

Es una  medida  no arancelaria  en  materia de Comercio Exterior y funciona como  un  procedimiento  administrativo utilizado  para la  aplicación de los  regímenes de  importación o exportación de mercancías, que  requiere  la presentación de  una  solicitud u  documentación, distinta de la necesaria para efectos  aduaneros.  

Se convierte  en  un  documento de  control  previo por ejemplo: registros, permisos,  autorizaciones, notificaciones  obligatorias, certificados  y similares, exigidos mediante  resolución del COMEX

Las partidas  arancelarias que deben cumplir con el  documento de control previo se revisaran en base a dos puntos primordiales:

  • Que no haya Producción Nacional
  • Productos que hayan generado problemas al consumidor por falta de garantías.

¿Quién otorga estas licencias?

Mediante la página del MIPRO, se comunicó a todos los Operadores de Comercio Exterior (OCE´S) que a partir del día martes 26 de marzo de 2013 el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO) receptará únicamente Solicitudes de Documentos de Control Previo (Licencias de Importación) de manera electrónica a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana, la cual se debe ingresar de la siguiente manera

  1. Acceder con su ID de Usuario y clave al portal de Ecuapass:   https://portal.aduana.gob.ec
  2. Acceder al link “Ventanilla Única” o al acceso rápido “VUE”.
  3. Seleccionar las siguientes opciones: “Elaboración de Solicitud”; “Documentos de Acompañamiento”; “Listado de Documento de Acompañamiento” – Institución: [MIPRO] MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD; Solicitud de Documentos de Control Previo.

El MIPRO no emitirá licencias por cada embarque, sino únicamente de acuerdo a lo autorizado en la licencia manual (física) conforme a la fecha de vigencia, alcance y saldo.

En los casos de solicitudes de licencia de nuevas marcas, deberá presentar al MIPRO un oficio dirigido al Subsecretario de Comercio y Servicios, adjuntando la certificación de marca debidamente apostillada en el exterior por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país correspondiente, para luego realizar la solicitud  a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE).

¿Cuántos tipos de licencia de importación hay?

Pueden ser de carácter automática  y no automática

Licencia automática de importación – Condiciones:

  • Cumplir con las condiciones legales para  realizar operaciones  de importación/exportación referente a los  productos sujetos al  trámite de licencias  automáticas.
  • Pueden ser  presentadas con  anterioridad al despacho aduanero de las mercancías.
  • Pueden  mantenerse mientras  perduren las  circunstancias que  originaron su  implantación.

Licencia no automática de importación:

Este sistema  guarda relación en cuanto a su alcance y  duración  dependiendo  para qué este  destinado, no implicará más  cargas  administrativas que las  necesarias. No  tendrá efectos de restricción o distorsión adicionales a los  resultantes del establecimiento de la  restricción.

Emisión: No mayor a  48 horas de haberse realizado la solicitud

Requisitos  para la  presentación de  solicitudes

La persona jurídica que quiera obtener una de estas licencias deberá presentar una serie de documentos, entre los cuales se destacan:

  1. Copia notariada del nombramiento del representante legal;
  2. Certificado de cumplimiento de obligaciones con la Superintendencia de Compañías;
  3. Certificado de cumplimiento de obligaciones con el SRI;
  4. Certificado de estar al día en las obligaciones con el IESS;
  5. Certificado de cumplimiento de las normas sobre inserción laboral de discapacitados; y,
  6. Certificado de la representación de marca automotriz en el país, cuando se trate de vehículos.

Conclusión:

Con la  aplicación de  un sistema  informático para  apoyar a la  obtención de licencias  a los operadores de comercio exterior es una manera muy cómoda eficiente, no existen gastos ni demoras, lo cual hace que se agilite el proceso de importación.

Recomendación:

Esta medida no  arancelaria  aparte de  generar una  barrera comercial ayuda al contrabando de  mercancías,  sin  embargo es  importante  proteger  el desarrollo de la  industria  nacional junto con  programas que  ayuden a  esta a ser  más  competitiva en  una economía  globalizada,  y que tenga la capacidad de  satisfacer la demanda  local, continuando con  la sustitución  inteligente de importaciones y cuando esto suceda  ir liberando las  licencias de  importación.

 

Glosario

COMEX: Comité de Comercio Exterior

Fuente: Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones - COPCI, MIPRO

Realizado por: María José Guizado.

Links relacionados:

Resolución 17 MIPRO:

 http://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2013/01/RESOLUCION-17.pdf

Instructivo licencia no automática:

http://aplicaciones.mipro.gob.ec/mushoq/frontEnd/files/11_282.pdf

 

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Catálogos aduaneros – Preguntas frecuentes

¿Qué es un catálogo aduanero?

Catálogo: se refiere a una lista o registro; en donde existe una relación ordenada de elementos pertenecientes al mismo conjunto, que por su número precisan de esa catalogación para facilitar su localización. Es comparable a cualquier base de datos.

Catálogo aduanero: es una nómina sistemática de productos o servicios, que costa del nombre del catálogo, un código y una descripción, mismos que además se encuentran clasificados.

¿Para qué sirve? Son utilizados para identificar la clasificación de productos o servicios que constan dentro del portal Ecuapass, y permiten el llenado de ciertos campos en la DAE (Declaración Aduanera de Exportación) y la DAI (Declaración Aduanera de Importación).

¿Cuántos catálogos aduaneros existen?

Actualmente existe una lista con 110 catálogos con su respectivo número, código y nombre.

¿Cómo busco la información referente a mi actividad?

Ingresamos a la siguiente dirección electrónica: https://portal.aduana.gob.ec

Dentro de la estructura del portal Ecuapass, esta opción se encuentra en la sección 3, específicamente dentro de SERVICIOS INFORMATIVOS, numeral 2.6 CATÁLOGOS

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Recuerde que: para acceder a esta opción, no es necesario estar registrado, es decir, tener un ID USUARIO y una CONTRASEÑA, ya que es información a la cual cualquier persona puede acceder y utilizar.

A continuación se abre una nueva pantalla, donde podemos buscar el catálogo que necesitamos o visualizar todos para conocimiento general. Si optamos por la primera opción, debemos dar clic en CONSULTAR, o caso contrario podemos ver los 110 códigos de grupos de catálogos.

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Cuando se escoge código de grupo de catálogo, se despliega en la parte inferior, el código del catálogo correspondiente al grupo escogido.

Lista de Catálogos Aduaneros

Nombre del Sistema Subsistema de ADM
Subsistema de ADT Subsistema de IPT
Subsistema de ICL Subsistema de ECL
Subsistema de ICG Subsistema de ECG
Subsistema de PCT Subsistema de LST
Subsistema de RMG Subsistema de DBK
Subsistema de KMS Subsistema de DWH
Subsistema de ENC Confirmar
Criterios de búsqueda Idioma
Tipo de Contacto Periodo de búsqueda
Código de Aduana Código de Tipo de solicitud de servicio
Código de Tipo de documento de identificación Código de Tipo de tratamiento
Código de Tratamiento preferencial por convenio internacional Código de Régimen Aduanero
Código de Tipo de unidad Código de Tipo de unidades comerciales
Código de Tipo de unidades físicas (cantidades) Código de Tipo de documento
Código de Nivel Comercial de proveedor Código de Entidad
Código de clase de vehículos Código de tipo de combustible
Código de color de vehículo Código de transmisión de vehículo
Código de tracción de vehículo Código de tipo de carrocería
Código de tipo de embalaje de bulto Código de país
Código de moneda Código de aduanas de los países miembros
Código de tipo de plazo  Tipo de error
Nomenclatura de unidades territoriales estadisticas Código de sustancias peligrosas
Código de aerolíneas Código de bancos
Código de provincias del Ecuador Código de grupo de distritos
Código de tipo de operador de comercio exterior Código de provincias del Ecuador
Código de ciudades del Ecuador Código de CIIU
Código de naturaleza de envíos de socorro Código de naturaleza de envíos urgentes
Código de opciones de aplicativo de diligencia Código de tipo de producto
Código de tipo de traslado Clasificación operativa
Código de procesamiento de estado  Estado

Conclusiones: El uso de los catálogos permite agilizar los trámites de importación / exportación con el ahorro sustancial de tiempo y dinero, puesto que se puede obtener información correcta sobre los campos que conforman la DAI /DAE.

Ingresar al portal Ecuapass, esta opción se encuentra en la sección 3, específicamente dentro de SERVICIOS INFORMATIVOS, numeral 2.6 CATÁLOGOS

Recomendación: Revisar con anterioridad cuáles son los códigos que se aplican en su actividad de comercio exterior, con el objetivo de reducir el tiempo estimado de llenado de DAE / DAI.

Fuente: SENAE

Elaborado por: María José Guizado

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Contrabando, cifras 2014

¿Qué es?

Contrabando es  evadir el control y  vigilancia  aduanera sobre  mercancía cuya cuantía sea superior a diez salarios  básicos  unificados del trabajador en general.

Actos:

  • Ingresar o extraer mercancías clandestinamente.
  • Movilizar de mercancías  sin el documento que acredite la  legal tenencia.
  • Ocultar mercancías en  unidades de carga marítimas, aérea o terrestre.

Sanción:

  • Prisión de  2 a 5 años
  • Multa de hasta  tres veces el valor en  aduana de la mercancía objeto del  delito e incautación definitiva de las  mismas.

Cifras al 2014 contrabando Ecuador:

Según  las  aprehensiones de la SENAE ha sido  más  de 30 millones de  mercancía de  contrabando

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Mecanismos de  control:

  • La Aduana de   los países vecinos deberán  facilitar las cifras de las mercancías que  partieron  formalmente  con destino a Ecuador, para  realizar un  cruce de datos.
  • Perfiles de  riesgo de  Agentes de  Aduana.
  • Proceso de escaneo que  dura 3 minutos.

Conclusión:

El principal enemigo del  comerciante  formal es el  comerciante  informal, porque  disfruta de  ventajas  como  la  exoneración de  pago de  tributos, por ende la  mercancía se  vende a menores precios.

Fuente: SENAE

Realizado por: María José Guizado

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Una vez identificadas las partidas arancelarias de los productos que deseamos importar, el conocimiento de los aranceles o tributos al comercio exterior son un factor determinante para proceder al siguiente para como la realización de la operación en sí. Para empezar ingresamos a la página web de la Aduana del Ecuador: http://www.aduana.gob.ec/index.action

PASO 1 

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PASO 2

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PASO 3

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PASO 4

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Ponemos en la parte de descripción de Elemento, en la parte de resultados se proporciona todas las opciones que coincidan con la descripción; en caso de que no de resultado alguno a través de este método se puede buscar entre partidas o subpartidas para poder encontrar la partida adecuada.

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PASO 5

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PASO 6

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PASO 7

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Tenemos la información sobre qué tributos debe pagar nuestra importación

Conclusiones: Esta herramienta nos permite la búsqueda de manera muy dinámica de la clasificación y búsqueda de información de aranceles de todo tipo de mercancías, con base en el arancel de importaciones con la estructura de secciones, capítulos, partidas o subpartidas.

Recomendaciones: La opción de Consulta de Arancel de la página web http://www.aduana.gob.ec/ , es una de las herramientas más importantes que debe consultar un operador porque permite obtener la información relevante y necesaria para cualquier trámite o proceso de importación.

Fuente: SENAE

Elaborado por: María José Guizado

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Las  solicitudes de postulación para obtención de la Licencia de Agentes de Aduana persona natural, podrán ser presentadas en las Direcciones de Secretaria General a nivel nacional, las mismas que deberán remitir a la Dirección de Autorizaciones y Expedientes Oce ́s la documentación presentada en el término de 48 horas, a fin de que dicha documentación sea analizada.

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Agente de Aduana: Es la  persona  natural  o  jurídica cuya licencia, le  faculta a gestionar de manera habitual  y por cuenta ajena, el despacho de mercancías.

Requisitos obtención  licencia:

  1. Cédula de  ciudadanía
  2. Título profesional universitario o nivel  técnico otorgado por instituciones legalmente reconocidas por SENESCYT, debe  constar en la  página Web del organismo competente.
  3. Hoja de  vida  con  certificados que  avalen  un  mínimo de  cinco  años de  experiencia en  actividades de comercio  exterior en el sector  público  y  privado.
  4. Declaración juramentada otorgada ante Notario Público que certifique: (actualizar anualmente)
    1. Estar en  plena  capacidad de  contratar
    2. No  haber  sido  destituido de la  función pública
    3. No  encontrarse incurso en  ninguna de las  causales de  impedimentos contempladas  en  el Art. 260 del Reglamento, del Libro V del COPCI.
    4. No haber  sido sentenciado en materia  penal aduanera.
    5. Certificación de antecedentes penales expedida  por la  autoridad  competente de la Policía Nacional en original.
    6. Certificado o  reporte original, emitido por  un buró de crédito  autorizado por la Superintendencia de  Bancos y Seguros, en el que conste que el solicitante no es deudor en  mora de las  entidades  u organismo del sistema financiero  público.
    7. Registro Único de Contribuyentes, RUC  actualizado.
    8. Comprobante de  pago de la tasa de  postulación.

Se  otorga una vez al  año,   mismo que iniciará en el mes de  enero, y  siempre  que la  Dirección General del Servicio Nacional de Aduana determine la  necesidad de contar con un mayor número de Agentes de  Aduana.

Convocatoria a examen:

El  Tribunal  Examinador, señalará lugar, día y la  hora para la  recepción  del  examen de suficiencia, que  será publicada mediante boletín en la  página Web institucional  con  15 días calendario de  anticipación a la fecha señalada  para la recepción del examen de  suficiencia.

Para  continuar  con la  siguiente fase  del proceso, el postulan deben  tener  en el  examen un  puntaje  mínimo del  80%,   ADICIONAL  presentarse a la  prueba  con  un  documento de  identificación, caso contrario no  podrá  rendir el  examen.

Calificación:

El  Tribunal Examinador deberá  calificar los exámenes  en un  plazo  máximo de cinco  días, desde la  fecha que  rindieron  el  examen.

Inspección Física:

Una  vez aprobado la  evaluación  teórica, el  postulante deberá  solicitar  a la Dirección Nacional de  Intervención  que  les realice  la  inspección física a las instalaciones  en las  que operará  como  Agente de Aduana. (Plazo 6 meses improrrogable)

Adicional:

La Licencia de autorización de  Agente de Aduana será  intransferible  y tendrá un plazo de vigencia de 5 años

Impedimentos.- No podrán ser agentes de Aduana a título personal, ni socios de personas jurídicas, ni sus representantes legales, dedicados a esta actividad, las siguientes personas:

  • Quienes hayan sido condenados mediante sentencia ejecutoriada en materia penal aduanera o tributaria.
  • Quienes mantengan obligaciones en mora con la Autoridad Aduanera o que consten en los registros de la Contraloría General del Estado como contratistas incumplidos.
  • Quienes hayan sido declarados insolventes o en quiebra, mientras no hayan sido rehabilitados.
  • Quienes ocupen cargos públicos con excepción la docencia universitaria.
  • Quienes no cuenten con la garantía general vigente acorde a lo establecido en este reglamento y las disposiciones del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
  • Aquellas personas naturales o jurídicas que sean operadores de comercio exterior autorizados por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o en calidad de concesionarios de servicios aduaneros de aforo, valoración, control y vigilancia.
  • Aquellos a quienes la Autoridad Aduanera les haya cancelado o revocado la licencia de agentes de aduana.
  • El cónyuge, los parientes hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, y/o la pareja en unión de hecho de los funcionarios y trabajadores del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, al momento de otorgar la licencia.
  • Los ex - servidores públicos, ex - funcionarios y ex -trabajadores del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador que por cualquier causa legal hayan sido destituidos de su cargo o función.
  • Además de estos impedimentos, no podrá ejercer la actividad individual de agente de aduana, la persona que ostente el cargo de representante legal de una persona jurídica que opere como agente de aduana. En estos casos, la licencia de Agente de Aduana a título personal quedará suspendida por el tiempo que dure el nombramiento, la misma que no constituirá causal de sanción administrativa.

Glosario:

SENESCYT: Secretaria Nacional de  Educación  Superior, Ciencia  y Tecnología e  Innovación.

Conclusiones:

  • Un Agente de Aduana es la  persona  natural  o  jurídica cuya licencia, le  faculta a gestionar de manera habitual  y por cuenta ajena, el despacho de mercancías.
  • Licencia de Agentes de Aduana persona natural se  otorga una vez al  año,   mismo que iniciará en el mes de  enero, y  siempre  que la  Dirección General del Servicio Nacional de Aduana determine la  necesidad de contar con un mayor número de Agentes de  Aduana.
  • Tiene  una  validez de  5  años.

Recomendación:

Cumplir con los  requisitos  establecidos  anteriormente y estar  preparado para la  evaluación teórica.

Fuente:

Reglamento  COPCI Art. 256

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

SENAE-DGN-2015-0001-OF.pdf

Realizado por:

María  José Guizado A.

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A partir del  5 de  enero de 2015  se implementan  para  todas  las  subpartidas, la Resolución N° 050-2014 emitida  por el COMEX,  con la aplicación de las  salvaguardias para  productos originarios de  Colombia  y  Perú.

Según la  Constitución de la República del Ecuador en  su Art. 304 estipula que: La política  comercial tendrá el  objetivo de desarrollar, fortalecer, dinamizar los mercados  internos  a partir del  objetivo estratégico establecido en  el  Plan  Nacional de Desarrollo, para  fortalecer el aparato productivo y la  producción  nacional.

El 24 de  diciembre del  2014, Ecuador  solicitó a  la CAN su pronunciamiento  breve  frente a la aplicación de  medidas  correctivas de emergencia,  por la  alteración de las condiciones de competencia causada por las devaluaciones monetarias del  peso  colombiano  y  el  sol peruano que tiene  efectos desfavorables  para la  economía nacional.

La  medida  correctiva  adoptada por el estado ecuatoriano fue  impuesta en  términos  del  artículo 98 del Acuerdo de  Cartagena para  productos  originarios de  Colombia  y Perú.

  • Ad valorem 7% productos  peruanos
  • Ad valorem 21% productos colombianos

Nota: El derecho aduanero  no podrá  superar la  tarifa arancelaria de  nación  más  favorecida

EJEMPLO:

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Adicional se  informa que para  acceder a  la consulta de los  valores aplicados, debe  hacerlo  a través de la opción  “Consulta de  Detalle de Cupos” del sistema Ecuapass

Conclusión:

Resolución N° 050-2014 ya  está en  funcionamiento , busca  la protección de la  economía  nacional frente a la  devaluación de las  monedas de los países de  Colombia  y Perú, los  porcentajes  impuestos  son del 21%  y el 7%  respectivamente.

Si la  importación de Colombia  o Perú viene  con  Certificado de  Origen  NO  se paga el  arancel, pero  la salvaguardia. En  cambio si no se presenta con  Certificado  de  Origen se paga  el  arancel  y  NO  la  salvaguardia.

La tasa de la salvaguardia nunca será  superior a la  tasa del arancel.

Recomendaciones:

Ingresar al porta del sistema Ecuapass para  consultar el Detalle de Cupos dependiendo  la  subpartida arancelaria del  producto  a importar.

Glosario

  • COMEX: Comité de  Comercio Exterior
  • CAN: Comunidad Andina de  Naciones
  • Salvaguardia: Restricción temporal de importaciones  de un  producto que  cause  o amenace causar daño grave a  determinada  rama de producción.
  • Ad-valórem: Términos  porcentuales del valor de  aduana de la mercadería.
  • Asignación de  cupos: Es  la determinación del  volumen  o valor de  cupos, donde  se tomará en  cuenta las condiciones de  abastecimiento y la  oferta nacional del  producto sujeto a  contingentes.

Fuente: Servicio  Nacional de  Aduana del  Ecuador – COPCI

Realizado  por: María José Guizado A.                 

 

 

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A partir del  5 de  enero de 2015  se implementan  para  todas  las  subpartidas, la Resolución N° 050-2014 emitida  por el COMEX,  con la aplicación de las  salvaguardias para  productos originarios de  Colombia  y  Perú.

Según la  Constitución de la República del Ecuador en  su Art. 304 estipula que: La política  comercial tendrá el  objetivo de desarrollar, fortalecer, dinamizar los mercados  internos  a partir del  objetivo estratégico establecido en  el  Plan  Nacional de Desarrollo, para  fortalecer el aparato productivo y la  producción  nacional.

El 24 de  diciembre del  2014, Ecuador  solicitó a  la CAN su pronunciamiento  breve  frente a la aplicación de  medidas  correctivas de emergencia,  por la  alteración de las condiciones de competencia causada por las devaluaciones monetarias del  peso  colombiano  y  el  sol peruano que tiene  efectos desfavorables  para la  economía nacional.

La  medida  correctiva  adoptada por el estado ecuatoriano fue  impuesta en  términos  del  artículo 98 del Acuerdo de  Cartagena para  productos  originarios de  Colombia  y Perú.

  • Ad valorem 7% productos  peruanos
  • Ad valorem 21% productos colombianos

Nota: El derecho aduanero  no podrá  superar la  tarifa arancelaria de  nación  más  favorecida

EJEMPLO:

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Adicional se  informa que para  acceder a  la consulta de los  valores aplicados, debe  hacerlo  a través de la opción  “Consulta de  Detalle de Cupos” del sistema Ecuapass

Conclusión:

Resolución N° 050-2014 ya  está en  funcionamiento , busca  la protección de la  economía  nacional frente a la  devaluación de las  monedas de los países de  Colombia  y Perú, los  porcentajes  impuestos  son del 21%  y el 7%  respectivamente.

Si la  importación de Colombia  o Perú viene  con  Certificado de  Origen  NO  se paga el  arancel, pero  la salvaguardia. En  cambio si no se presenta con  Certificado  de  Origen se paga  el  arancel  y  NO  la  salvaguardia.

La tasa de la salvaguardia nunca será  superior a la  tasa del arancel.

Recomendaciones:

Ingresar al porta del sistema Ecuapass para  consultar el Detalle de Cupos dependiendo  la  subpartida arancelaria del  producto  a importar.

Glosario

  • COMEX: Comité de  Comercio Exterior
  • CAN: Comunidad Andina de  Naciones
  • Salvaguardia: Restricción temporal de importaciones  de un  producto que  cause  o amenace causar daño grave a  determinada  rama de producción.
  • Ad-valórem: Términos  porcentuales del valor de  aduana de la mercadería.
  • Asignación de  cupos: Es  la determinación del  volumen  o valor de  cupos, donde  se tomará en  cuenta las condiciones de  abastecimiento y la  oferta nacional del  producto sujeto a  contingentes.

Fuente: Servicio  Nacional de  Aduana del  Ecuador – COPCI

Realizado  por: María José Guizado A.                 

 

 

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Facturación electrónica

Esta iniciativa nace con el objetivo de  avanzar hacia una cultura de trámites virtuales en el país "cero papeles”,   alguno de  los  beneficios que  supone  esta nueva  modalidad son: la  reducción de requisitos  para  hacer  un trámite, facilidad  para  realizar los pagos de manera electrónica, ahorro de  tiempo y dinero  para  la ciudadanía.

Según el registro oficial No. 956 (Viernes 17 de mayo),  los sujetos pasivos, excepto las entidades públicas, deberán emitir facturas, comprobantes de retención, guías de remisión, notas de crédito, y, notas de débito únicamente a través de mensajes de datos y firmados electrónicamente, de acuerdo con el siguiente calendario:

A partir del 01 de junio de 2014

  • Instituciones financieras bajo el control de la Superintendencia de Bancos y Seguros, excepto mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda y sociedades emisoras y administradoras de tarjetas de crédito.

A partir del 01 de octubre de 2014

  • Exportadores calificados por el SRI como contribuyentes especiales.

Debido a solicitudes enviadas  a SRI se aumentó el plazo:

A partir del 01 de enero de 2015

  • Los demás contribuyentes especiales no señalados en los tres grupos anteriores.
  • Contribuyentes que posean autorización de impresión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, a través de sistemas computarizados (auto-impresores).
  • Contribuyentes que realicen ventas a través de internet.
  • Los sujetos pasivos que realicen actividades económicas de exportación.

Obligatoriedad de emisión de los documentos mencionados a través de mensajes de datos y firmados electrónicamente, aplicará únicamente para transacciones que sustenten crédito

¿Cómo  solicitar la autorización de comprobantes electrónicos?

Se solicita a través de las ventanillas de atención del SRI: ingresa a Servicio en Línea con el RUC y contraseña y solicita autorización para realizar pruebas y posterior facturación electrónica.

Pero, si se refiere a la clave que necesita para verificar si es que un comprobante de venta es válido o no, esta se la registra con la representación impresa del documento electrónico, o con el XML al que tiene la clave de acceso. XML es una estructura tecnológica informática que permite leer ciertos campos como el RUC, por ejemplo.

¿Cuándo se emiten facturas a Consumidor Final se debe dar factura electrónica? Sí, si el consumidor final necesita un comprobante electrónico lo puede solicitar. Por ejemplo: voy a un supermercado y esa empresa está en la obligación de emitir comprobantes electrónicos, como consumidor final puedo solicitar ese comprobante o el RIDE que es la representación impresa del documento electrónico.(ACR)

¿Qué tiempo de validez tiene la facturación electrónica? A diferencia de los pre-impresos que tienen una fecha de caducidad, en la facturación electrónica no existe una caducidad para emitir y entregar comprobantes electrónicos, siempre que cumpla con los lineamientos que se establecen en las fichas técnicas.

¿De qué manera se garantizará que los XML de los comprobantes electrónicos no serán modificados luego de su emisión? La factura electrónica consta de una firma electrónica, esto garantiza que el comprobante electrónico, que está constituido por un XML, más la firma electrónica, tengan integridad de la información que se tiene, en este caso, si ha sido modificado automáticamente perderá la validez del comprobante electrónico.

¿El proceso de retención es el mismo que de la facturación electrónica? Por supuesto, esto no cambia.

¿Dónde se pueden revisar las facturas electrónicas de años pasados? El SRI pondrá a disposición en su web: Consultas de Históricos, y a medida que los contribuyentes van emitiendo los comprobantes electrónicos, según la periodicidad o rango de fechas podrán ir consultarlo.

Adicional

En general, no depende del monto de activos de una empresa para la obligación de facturar.

¿Cómo emitir factura electrónica a quien no conoce qué es correo electrónico? si es consumidor final puede seguir emitiendo f. física; la electrónica por parte del Municipio a gente del área rural se puede poner en web.

¿Qué constancia debe tener el proveedor de que su cliente aceptó recibir comprobantes electrónicos? a través de citación por parte del contribuyente y si se le emite al correo electrónico se considera como documento entregado.

Glosario

Factura Electrónica: Es el envío mediante "mensajes de datos", de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, los cuales contienen una firma electrónica del contribuyente emisor, se envían en tiempo real y tienen validez tributaria.

Conclusiones:

  • La  implementación de la  política “cero papel” entra en  vigencia  a partir del  01 de  enero del 2015. Incluye a los  exportadores.

Recomendaciones:

  • Informarse en  detalle a  través medios de  comunicación virtuales como  estos  foros, o las páginas  oficiales de las  diferentes  instituciones públicas.

Fuente: Servicio de Rentas  Internas

Elaborado por: María José Guizado

 

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Certificado de Origen Digital (COD)

Con esta medida se eliminará la exigencia de presentación del documento en físico en los procesos de desaduanamiento, sino que se consultará directamente el documento emitido, generando importantes beneficios para los operadores de comercio  exterior OCE´s (Importador – Exportador) y las autoridades, en cuanto a reducciones de tiempos y costos de operación, disminución de revisiones manuales, y brindando mayor predictibilidad, seguridad y trazabilidad a toda la cadena.

 

El  trámite puede ser  realizado a  través del portal web de la aduana, ECUAPASS (www.ecuapass.aduana.gob.ec),  a través del sistema de Ventanilla Única Ecuatoriana para el Comercio Exterior (VUE).

 

Según el Ministerio de Comercio Exterior, el procedimiento consiste en los siguientes pasos:

  1. 1.      Ingresar al portal de la aduana ECUAPASS; opción Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE).
    2. Registrar el Certificado de Origen de cualquier producto ecuatoriano con destino a Colombia.
    3. Se firma de forma electrónica el registro del Certificado por medio de un token.
    4. El funcionario de la Entidad Habilitada revisa la solicitud en el Sistema de Gestión de Certificación de Origen (SIGCO) que interactúa con VUE.
    5. El funcionario finalmente firma el certificado de origen de forma electrónica.
    6. Para confirmar el proceso, el exportador puede ingresar a Consulta de Verificación de Certificado de Origen y verificar todo lo ejecutado. De esta manera podrá descargarse el COD firmado por el funcionario habilitado.

 Ecuador es el cuarto socio comercial de Colombia en América Latina, después de México, Brasil y Panamá. Los principales productos exportados hacia Ecuador en ese año fueron medicamentos, vehículos automóviles para transporte de mercancías, aceites de petróleo, energía eléctrica y polímeros de polipropileno, mientras los principales productos importados fueron preparaciones y conservas de pescado, aceite de palma y sus fracciones y automóviles de turismo.

Conclusión:

Esta  nueva herramienta  tecnológica favorece al comercio  internacional reduciendo el papeleo y un ahorro de  costos.

Recomendación:

Socializar esta información  a través de las  cámaras de comercio de  cada provincia del  país con el  objetivo de  favorecer a cada  operador  de comercio  exterior que mantenga relaciones comerciales con el  hermano país de  Colombia.

 

Fuente. Ministrio de Comercio Exterior

 

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ECUAPASS – ¿Qué es?

Este  es un sistema informático que  nace el  22 de octubre del 2012 con la finalidad de reemplazar  al SICE (Sistema Interactivo de Comercio Exterior) y permite  a los  OCE´s (Operadores de Comercio Exterior) realizar sus actividades aduaneras de  importación,  exportación y  trámites aduaneros de manera rápida, segura  y  eficiente, utilizando el portal de la aduana. https://portal.aduana.gob.ec/

Beneficios

-          Eliminación del  papeleo.

-          Ahorro  movilización, gastos papelería

-          Optimización del tiempo de OCE´s  - Aduana

-          En caso de  necesitar correcciones en las  declaraciones o manifiestos  los  harán mediante el sistema  informático.

-          Transparencia y responsabilidad  en las  operaciones aduaneras.

¿Cómo se  usa?

El Operador de  Comercio Exterior (OCE´s), se  registra en la Ventanilla Única incluyendo a  sus  colaboradores (ayudantes  y  auxiliares), el sistema le permite  ingresar la  Declaración  Juramentada de Origen, así como los  documentos de control  previo.

 

¿Cómo podré enviar la información al ECUAPASS?

Existen 3 maneras de enviar la información:

1. Ingresando directamente al portal del ECUAPASS

2. Instalando un  software para que transmita la información de los  nuevos documentos electrónicos.

3. Descargándose el software que otorgará la aduana para que transmita la información de  los nuevos documentos electrónicos que desea transmitir a la aduana.

Conclusión: 

Al estar  relacionados  en las  actividades de comercio exterior debemos tener conocimiento de cómo funciona el Sistema Ecuapass para aplicar a nuestras importaciones, exportaciones y  trámites aduaneros

Recomendación:

Dar a conocer este  sistema  informático a  todos los  Operadores de  Comercio Exterior.

Fuente: SENAE

Elaborado por: María José Guizado A.

 

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Garantía Aduaneras, datos adicionales

Esta  información está dirigida a Operadores de Comercio Exterior que  realicen trámites  específicos relacionados con la actividad.

Clausulas garantías

  • Debe ser  incondicional, irrevocable y de  cobro  inmediato.
  • Se otorga 30  días adicionales a la  Aduana para acción de  cobro, en caso de  incumplimiento total  o parcial.
  • La  garantía se sujeta a las condiciones  establecidas en el COPCI y el  Reglamento del Libro V del  COPCI
  • Debe estar  registrada  previo a la transmisión de una Declaración Aduanera de Importación. Excepto cuando se  indique la  necesidad de  rendir  garantía  posterior
    • Documentos  escaneados necesarios
      • Factura Comercial
      • Documento de Transporte

En caso de ser necesario:

  • Seguro de  transporte
  • Póliza
  • Archivo de  liquidación en  formato PDF

 

Renovaciones de  garantía o  modificación de monto:

Procedimiento:

  1. Usar portal SENAE https://portal.aduana.gob.ec/
  2. Pestaña Trámites operativos
  3. Opción: 1.12.Formulario de solicitud de categoría
  4. Despacho aduanero
  5. Modificación de plazo o monto de la garantía

Recuerde que:

  • El procedimiento para su  aprobación  es el mismo  detallado en el  numeral 6.1 “Aprobación de garantías”
  • Debe  coincidir los  datos contenidos en el  documento físico con los  registrados  en el  sistema, así como  verificar el  contenido íntegro del texto de la garantía.

Formas de garantías

  • Notas de crédito del Senae o SRI (Son aprobadas automáticamente, no se debe presentar documentos)
  • Prenda especial: Contrato en Registro Mercantil, tiene  valor desde la  fecha de anotación.
  • Bienes  hipotecados: Presentar la escritura  pública abierta a  favor de  la Senae debidamente inscrita en el  Registro de la Propiedad del cantón donde se ubique el bien ubicado.

Adicional:

  • Los registros de nuevas garantías como sus modificaciones, deben ser realizado por el OCE y aprobados  por el responsable de la  aprobación de las garantías.
  • Las garantías deben mantenerse  vigentes por el tiempo que se encuentre vigente el régimen, operación o actividad  garantizada.
  • Cuando se  presenta  una  renovación de garantía después del vencimiento de la misma, se debe generar una  liquidación  manual por falta reglamentaria a nombre del OCE y  notificada según el Art. 240 de Reglamento del Libro V COPCI                                   

Conclusiones:

El desconocimiento de  estos  detalles  puede hacer la diferencia entre ahorro de tiempo y costes.

Recomendaciones:

Informarse  paulatinamente  de los  cambios que  son  notificado  por la  Aduana a través de los  boletines para  OCE´s

Fuente: Manual específico para la  Administración de Garantías Aduaneras http://www.aduana.gob.ec/

Elaborado por: María José Guizado

 

 

 

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Garantía Aduaneras, complementos

Esta  información está dirigida a Operadores de Comercio Exterior que  realicen trámites  específicos relacionados con la actividad.

Notificaciones:

El sistema  informático  envía una notificación a la dirección electrónica de la  persona natural  o  jurídica por cuenta de quien se emitió  30 días  antes de  su vencimiento.

Garantías específicas

Se levantan automáticamente en los siguientes casos:

  • Admisión temporal para reexportación en el mismo estado
  • Admisión temporal para  perfeccionamiento activo
  • Feria  internacional
  • Traslados
  • Transbordo con traslados
  • Desaduanamiento directo
  • Descargas directas

En caso de liquidaciones pendientes de pago de la DAI o garantía, el levante se debe realizar en  forma manual, debiendo verificar para el efecto, que  todas  las formalidades se hayan cumplido  y no haya valors pendientes de pago por parte del importador.

 

Cobro de garantías

La notificación  de  oficio de cobro de la garantía se hace efectiva hasta  dentro de  20 días, tiempo en que el OCE debe pagar la deuda o impugnar dicho acto.

El emisor tiene plazo de 1 día hábil, contado desde que se  volvió firme el acto administrativo notificado al  importador, para  pagar la  garantía; de no hacerlo, el caso debe remitirse a la Dirección Distrital correspondiente solicitando el inicio del juicio coactivo,  y adjuntar los siguientes documentos,  y adjuntar los siguientes documentos

  • Copia de Acto Administrativo mediante el cual se declaró el incumplimiento de la obligación aduanera garantizada, con la fe de recepción del OCE que  incumplió.
  • Liquidación  impaga emitida por el sistema  informático.
  • Oficio de notificación de cobro dirigido al  emisor.

Intereses

Se cuentan desde el día  hábil siguiente a la notificación de cobro hasta el  día efectivo de pago, tomando en cuenta que no hay lugar a cálculo de intereses por fracción de mes.

Valores  impagos

 Si un  emisor  o  ha  pagado tres garantías notificadas al cobro, veinte  días hábiles después de haber sido notificado el acto administrativo de incumplimiento, el sistema no acepta  más  garantías de ese emisor, a no ser que se trate de una  modificación del plazo o monto de la misma garantía  modificada.

Estados que  pueden tener las  garantías  específicas:

  1. 1.    Registrada: Obligatorio, primera acción del OCE
  2. 2.    Eliminada: Puede ser realizada por el OCE, o  en forma  automática si durante los 30 días siguientes al registro de la garantía, no ha cambiado de estado.
  3. 3.    En solicitud de aprobación: Cuando el servidor aduanero la recibe, solicita la aprobación de la misma al responsable de aprobación de garantías
  4. 4.    Aprobada
  5. 5.    Rechazada: por algún  motivo relacionado con errores en su emisión o registro, que no puedan ser subsanados por el servidor aduanero en el sistema informático.
  6. 6.    Utilizada: cuando es asociada a una declaración aduanera numerada o un  número de solicitud en el caso de desaduanamiento directo, descargas directas, facilidades de pago.
  7. 7.    Modificada.
  8. 8.    Notificada: automática y se efectúa 30 días previos al vencimiento de la garantía.
  9. 9.    Notificada  para el  cobro:  una  vez vencida la obligación garantizada.
  10. 10.  Enviada a coactiva: cobro por  vía administrativa
  11. 11.  Efectivizada: acción de cobro de la garantía.
  12. 12.  Levantada: realizada en forma automática por el sistema Ecuapass.
  13. 13.  Devuelta.

 

Conclusiones:

El desconocimiento de  estos  detalles  puede hacer la diferencia entre ahorro de tiempo y costes.

Recomendaciones:

Informarse  paulatinamente  de los  cambios que  son  notificado  por la  Aduana a través de los  boletines para  OCE´s

Fuente: Manual específico para la  Administración de Garantías Aduaneras http://www.aduana.gob.ec/

Elaborado por: María José Guizado

 

 

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¿Qué es la matriz insumo producto?

La matriz insumo -  producto es un registro ordenado de las transacciones entre los sectores productivos orientados a la satisfacción de bienes para la demanda final, así como de bienes intermedios que se compran y se venden entre sí. Permite analizar la interrelación entre el producto y su impacto directo e indirectos, adicional de cuantificar el incremento de la producción del sector.

Beneficios

• Ofrece una ruta detallada que siguen los bienes y servicios hasta llegar a la demanda final.

• La estructura de costos, la compra de insumos y pago de los factores productivos.

• La participación de los factores productivos en la generación del valor agregado. • Es una herramienta importante para el análisis económico.

• Identifica el destino de la producción

Tipos de matrices:

En la contabilidad nacional y en el análisis económico se utilizan dos clases de matrices insumo producto:

a. Cuadros de oferta y utilización

Registra la forma en que las actividades internas, junto con las importaciones, proporcionan u ofertan bienes y servicios que luego se distribuyen entre usos intermedios y finales.

b. Cuadros simétricos de insumo –producto.

Es una herramienta para análisis relacionados con la producción, se refiere a la valoración de los productos importados y a la clasificación entre filas y columnas. 

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           Fuente: http://www.urosario.edu.co/ ;

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Conclusión: 

Una  correcta aplicación de la  matriz  Insumo -  Producto puede  hacer la  diferencia en  cuanto a una mejor  competitividad  en  la  importación / exportación de  productos, ya  que nos  permite  identificar detalladamente los  costos,  gastos para  producir el  bien final.

Elaborado por: María José Guizado

Fuente: http://bibdigital.epn.edu.ec/

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En este “ régimen  se permite el  ingreso al territorio aduanero ecuatoriano con suspensión al pago de derechos e impuestos a la importación y recargos  aplicables a mercancías destinadas a ser exportadas luego de haber sido sometidas a una operación de perfeccionamiento, bajo la  forma de  productos  compensadores.”

Declaración aduanera (número de referendo):

  • Seguir normas  generales de despacho
  • Documentos de  soporte (factura, conocimiento de embarque)
  • Documentos de acompañamiento.

Pago de tributos:

  • Debe presentar una garantía general/específica de los tributos suspendidos.
  • Pago por servicios  aduaneros
  • Se realiza  una  liquidación

Plazo:

Hasta un año  contabilizado a partir de la  fecha del  levante y podrá ser  prorrogable por igual periodo

Modalidades:

  • Importación individual: persona natural  o jurídica
  • Maquila:
  • Instalación industrial

Condición para ser cumplida:

  • Transformación
  • Elaboración de  nuevas mercancías – ensamblaje
  • Reparación, restauración  y acondicionamiento

Abandono  tácito:

Será  considerado cuando el importador  no  cancele  sus  tributos dentro  de los  20  días que son exigibles, excepto cuando se hayan concedido facilidades de pago.

Culminación del  régimen:

Con el ingreso de la mercancía en zona primaria para  su  rexportación o  cambio de destino aduanero.

Multas:

Se contabilizará desde el día calendario siguiente al de aquel en que culminare el plazo del régimen aduanero, salvo que las   mercancías sean puestas a disposición de órgano jurisdiccional, en cuyo caso la contabilización de la multa quedará suspendida de pleno derecho y se reanudará sin necesidad de acto administrativo previo desde que la autoridad judicial dispusiere la devolución de las  mismas.

Ejecución de garantías

Luego de haber transcurrido 15 días calendario desde el vencimiento del plazo del régimen sin que se haya producido la compensación efectiva, el Director Distrital respectivo o su delegado cobrará los tributos suspendidos con la ejecución de la garantía aduanera, sin perjuicio del derecho del administrado a interponer reclamo administrativo de pago indebido. En todo caso, el valor que tuviere que devolverse se compensará con el monto al que asciendan las multas impuestas.

Glosario:

Productos compensadores: Productos exportados a terceros países, obtenidos como consecuencia de una operación de elaboración, transformación o reparación, utilizando mercancías que desaparecen total o parcialmente en el curso de su perfeccionamiento.  

Número  de referendo: Es el número que sale después de subida al  sistema  Ecuapass la  declaración  Aduanera.

Maquila: Sistema económico y de producción que consiste en el ensamblaje manual o unitario de piezas en talleres industriales ubicados en países con mano de obra barata, cuyo resultado son productos que tienen generalmente como destino un país desarrollado.

Zona primaria: Está constituida  por el  área interior de los  puertos y aeropuertos, recintos  aduaneros y  locales habilitados en las  fronteras  terrestres, así  como  en otros lugares que  fijare la  administración aduanera, en los  cuales se efectúen en operaciones de carga, descarga y  movilización de  mercaderías procedentes del  exterior  o  con  destino a él.

Comentario:

Una correcta  aplicación de los  regímenes  de importación  puede ser la  diferencia entre la  competitividad  o no de  una empresa, su amplio  y  detallado estudio puede ayudar en  gran medida a reducir  costos  y  optimizar gastos.

Fuentes:

  • Art. 149 COPCI
  • Art. 142 literal b COPCI
  • SENAE
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