¿Qué es?
Es el envío de paquetes y/o bultos a través del Operador Público del Servicio Postal Oficial del Ecuador o de una Empresa Courier, cuyo valor no exceda del límite que se establece en el Reglamento y que serán despachados mediante formalidades simplificadas, conforme los procedimientos que establezca la Aduana del Ecuador. Los envíos o paquetes que excedan el límite establecido, se sujetarán a las normas aduaneras generales.
Base legal
Las mercancías amparadas bajo los regímenes de excepción de “Tráfico Postal Internacional” y “Mensajería Acelerada o Courier” deberán ser categorizadas en la DAS de acuerdo a lo establecido en el Capítulo 98 del Arancel Nacional de Importaciones.
CATEGORIA DE PAQUETES
CATEGORIA A
Peso y valor de los paquetes N/A
Descripción: Cartas, periódicos, fotografías, títulos, revistas, catálogos, libros, tarjetas, chequeras, cecogramas (grabaciones destinadas para personas ciegas), información contenida en medios de audio, de vídeo, magnéticos, electromagnéticos, electrónicos, que no sean sujetos a licencias, pudiendo ser de naturaleza judicial, comercial, bancaria, entre otros., pero desprovistos de toda finalidad comercial y que no sean de prohibida importación.
CATEGORIA B
Peso y valor de los paquetes: Menor o igual a 4 kilogramos y su valor FOB sea menor o igual a USD 400,00
Descripción: Mercancías sin fines comerciales, las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea. Sólo se permitirán paquetes categoría “B” cuando el consignatario de la guía hija sea una persona natural.
Tributos:
- Ad-valorem, I.V.A, Fodinfa, Impuestos específicos no gravan (0%)
- Documentos de Control Previo en el caso de Categoría B
- Solo en partidas específicas, que requieran registros, permisos, autorizaciones o licencias de cualquier clase emitidos por el CONCEP, inclusive las medicinas, CC.FF y la CEEA.
IMPORTANTE
FUENTE: http://www.aduana.gob.ec/
ELABORADO POR: Ma. José Guizado A.
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