Documentos de soporte

 Constituirán la base de la información de la Declaración Aduanera a cualquier régimen. Estos documentos originales, ya sea en físico o electrónico, deberán reposar en el archivo del declarante o su Agente de Aduanas al momento de la presentación o transmisión de la Declaración Aduanera, y estarán bajo su responsabilidad conforme a lo determinado en la Ley. (Art. 73 Reg. COPCI)

  •  Factura Comercial
  • Certificado de Origen (cuando proceda)
  • Documentos que el SENAE o el Organismo regulador de Comercio Exterior considere necesarios.

 

 Documentos de acompañamiento

 

Se constituyen documentos de acompañamiento aquellos que denominados de control previo, deben tramitarse y aprobarse antes del embarque de la mercancía deben presentarse, física o electrónicamente, en conjunto con la Declaración Aduanera, cuando estos sean exigidos. (Art. 72 Reg. COPCI)

a)    Original o copia negociable del conocimiento de embarqueguía aérea o carta de porte;

b)    Guía completamente  diligenciada

c)    Lista de  empaque

 

 Fuente: Boletines Aduana del Ecuador

Elaborado por: María José Guizado A.

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