Certificados de Origen (MIPRO):
- Registro del Apoderado (contar con el documento de apoderamiento), requiere la aprobación del MIPRO.
- Registro de Comercializador (lo realiza el exportador o apoderado).
- Registro de Declaración Juramentada de Origen (DJO) completa, en caso que no haya sido registrada, enviada y aprobada la DJO simplificada en el MIPRO.
- Solicitud de Certificados de Origen (CO) en la VUE (de los que se requerían al MIPRO (SGP y ATPDEA), excepto sector florícola). Debe contar con una DJO por lo menos la simplificada y aprobada en el MIPRO.
Adicionalmente las Entidades Habilitadas continuarán emitiendo los certificados de origen solicitados a ellos: Fedexpor, Cámaras de Comercio e Industrias correspondientes.
Como requisito para tramitar en estas entidades está la Declaración Juramentada de Origen o completa en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE); lo cual los funcionarios de estas entidades podrán consultar en el MIPRO.
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