Introducción:
El Representante aduanero de comercio exterior y su auxiliar, son considerados partícipes en el comercio exterior, debido a las actividades que deben desarrollar con responsabilidad y bajo las leyes que rigen el comercio internacional. De tal manera, que estas personas deben cumplir con ciertas acciones representando a su correspondiente OCE.
Por definición tanto el RACE como el auxiliar, no asumen el riesgo de las operaciones que promueven y concluyen, ya que éstas estarán debidamente soportadas por el OCE al que pertenezca.
Diferencia del RACE y el auxiliar del RACE, por definición:
Los dos son personas naturales que actúan bajo relación de dependencia del OCE; la diferencia radica en que solo el Auxiliar del OCE actuará bajo dependencia del RACE. Los dos desarrollarán actividades relacionadas con el despacho aduanero de mercancías de importación o exportación, sin intervención de un agente de aduana.
Desarrollo:
Art 30.- Obligaciones del RACE.- Además de cumplir con las disposiciones contenidas en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, su reglamento, la presente resolución, y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes, el RACE deberá:
Fuente: Resolución del RACE
Artículo 32.- Obligaciones del auxiliar de RACE:
Elaborado por: Andrea Quilumba
Fuente: Resolución del RACE
Conclusiones:
- Los representantes aduaneros de comercio exterior y auxiliares son de gran importancia para las grandes empresas de exportación e importación, debido a que agiliza los trámites encargándose una sola persona de manejar la documentación necesaria para actuar en el comercio internacional.
- Las obligaciones suscritas en la resolución de RACE, son una base legal mediante la cual se procederá a multas reglamentarios o infracciones contra los mismos, en caso de que suscite el incumplimiento o trasgredan la ley de cualquier manera, asegurando la transparencia, buena gestión y eficacia en el sistema de aduanas del Ecuador.
- Las obligaciones del RACE y auxiliar de RACE, son las mismas. Sin embargo, por definición el auxiliar está bajo una relación de dependencia con el RACE, el único literal que excluye es el 6 que solo el RACE tiene como obligación transmitir las declaraciones aduaneras debidamente firmadas.
Recomendaciones:
- Estás figuras del comercio internacional, deberán conocer y representar de manera adecuada a su OCE, verificar los documentos , realizar actividades relacionadas con exportaciones e importaciones proporcionando seguridad al mismo y velar por los intereses de la aduana del Ecuador, en caso de que exista alguna situación que pueda ser perjudicial.
- Los representantes aduaneros de comercio exterior y auxiliares , deberán mantenerse informados sobre las nuevas resoluciones o modificaciones que se realicen a las obligaciones para no transgredir la ley, y ajustarse a cada parámetro que así requiera las leyes que rigen el comercio internacional.
- Entender la diferencia que existe entre el RACE y auxiliar de RACE y sus obligaciones correspondientes, el auxiliar deberá tomar en cuenta las excepciones que existen entre los dos cargos.
Fuente:
- E- comex. (27 de 01 de 2018). Obtenido de https://www.e-comex.com/race-despacho-aduanero-sin-agente-aduana/
- SENAE. (07 de 10 de 2015). Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2015/SENAE-DGN-2015-0840-RE.pdf
Autora: Andrea Quilumba.
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