INTRODUCCIÓN:
Para la importación de productos que tengan contacto directo con los humanos, la legislación del país exige la presentación de una licencia previa a la importación de dichos productos, ésta licencia previa se la conoce como NSO.
DESARROLLO:
Es un documento previo de comunicación en el cual se informa a las Autoridades Nacionales Competentes, bajo declaración jurada, que un producto cosmético será comercializado a partir de la fecha determinada por el interesado, lo obtienen las personas naturales o jurídicas que elaboren, distribuyan, comercialicen o importen productos para el uso y consumo humano en éste caso cosméticos, a través de la Agencia de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria.
El costo es de 904,34 y el tiempo estimado de entrega es de 15 días laborables.
RESUMEN
Es un documento previo de comunicación en el cual se informa a las Autoridades Nacionales Competentes, bajo declaración jurada, que un producto cosmético será comercializado a partir de la fecha determinada por el interesado.
CONCLUSIONES:
Es un documento que garantiza la calidad para el contacto humano
RECOMENDACIONES:
Solicitarlo mínimo 20 días antes del embarque de la mercadería.
FUENTE:
ARCSA
SENAE
AUTORA: Nicole Díaz
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