DEFINICIÓN
Puede definirse el trámite de licencias de importación como el procedimiento administrativo que requiere la presentación de una solicitud u otra documentación (distinta de la necesaria a efectos aduaneros) al órgano administrativo pertinente, como condición previa para efectuar la importación de mercancías.
FUNDAMENTO LEGAL
El artículo VIII del GATT (titulado Derechos y formalidades referentes a la importación y a la exportación) trata de los procedimientos para el trámite de licencias de importación de manera no específica.
Licencias automáticas de importación
Se entiende por trámite de licencias automáticas de importación (que se mantiene para reunir información estadística y otras informaciones concretas sobre las importaciones) un sistema de licencias de importación en virtud del cual se aprueben las solicitudes en todos los casos.
Condiciones
Los procedimientos de trámite de licencias automáticas no se han de administrar de manera que tengan efectos restrictivos en las importaciones; no se harán discriminaciones entre los solicitantes de licencias automáticas de importación.
CARACTERÍSTICAS
- aprobación dentro de un plazo de 10 días hábiles: Las solicitudes de licencias podrán ser presentadas en cualquier día hábil con anterioridad al despacho de aduanas
- utilización: es necesario cuando no se disponga de otros procedimientos adecuados
Trámite de licencias no automáticas de importación
El trámite de licencias no automáticas se utiliza para administrar restricciones al comercio tales como las restricciones cuantitativas que se justifican en el marco jurídico de la OMC.
Principales disposiciones
1. no tendrán efectos de restricción o distorsión adicional; y guardan relación en su alcance y duración. | 2. se publicará toda la información pertinente; de la aplicación de restricciones cuantitativas, excepciones o exenciones, cuantía de los contingentes, fechas de apertura y cierre de los contingentes y asignaciones contingentarías por países específicos | 3. no se harán discriminaciones entre los solicitantes; | 4. plazos de tramitación no superan los 30 días, ni superior a 60 días si las solicitudes se examinan simultáneamente. |
Disposiciones
- Los miembros van a solicitar toda la información pertinente
- Cuando se asignan las licencias, los Miembros deben tener en cuenta las importaciones realizadas por el solicitante y procurarán hacer una asignación razonable de licencias a los nuevos importadores.
- si los contingentes no se asignan por países, los titulares de licencias podrán elegir libremente las fuentes de importaciones, si se reparten entre países abastecedores, deberán estipularse claramente en la licencia los países
CONCLUSIÓN
* Las licencias de importación son importantes y mediante la Ventanilla Única, se puede solicitar este tipo de formularios, son medidas no arancelarias que son emitidos por la totalidad de volumen asignado o por porcentajes.
* Son documentos que permiten a los países receptores de la mercadería postergar el ingreso de productos que puede considerar perjudiciales para ciertos sectores productivos.
RECOMENDACIÓN
Existen casos donde se deben presentar solicitud al MIPRO, dirigido al Subsecretario de Comercio y Servicios, adjuntando la certificación de marca debidamente apostillada en el exterior por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país.
AUTORA: AMBAR ALVAREZ
FUENTE: ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO
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