Ferias Internacionales

Ferias Internacionales
Es un régimen especial aduanero por el cual se autoriza el ingreso de mercancías de permitida importación con suspensión del pago de tributos, por un tiempo determinado, destinadas a exhibición en recintos previamente autorizados, así como de mercancías importadas a consumo con fines de degustación, promoción y decoración, libre del pago de impuestos, previo el cumplimiento de los requisitos y formalidades señaladas en el Reglamento.

Plazo.- En el caso de las ferias el plazo de permanencia será el de la duración del evento más 15 días luego de finalizado.

Requisitos.- Para beneficiarse de este régimen se deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Para el caso de las mercancías destinadas a exhibición con suspensión del pago de tributos:
- Que el recinto ferial sea declarado y calificado como zona primaria aduanera por parte de Gerente General o Subgerente Regional de la Corporación Aduanera Ecuatoriana.
- Que las mercancías vengan manifestadas a este régimen.
- Que las mercancías sean plenamente identificables.

b) Para el caso de las mercancías importadas a consumo para fines de degustación, promoción y decoración:
- Que no se trate de cantidades comerciales.
- Que vengan rotuladas para ese fin.
- Que se señale el lugar donde se llevará a cabo la exposición, demostración y/o degustación.
- Declaración jurada que señale el fin.




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