Exportación temporal para reimportación en el mismo estado

Exportación temporal para reimportación en el mismo estado

 

Es el régimen aduanero que permite la salida temporal del territorio aduanero de mercancías en libre circulación con un fin y plazo determinado, durante el cual deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna, las mercancías deberán ser susceptibles de identificación.

El código para el régimen de Exportación temporal para reimportación en el mismo estado es el 50.

 

Documentos necesarios.

 

  • Solicitud de autorización de ingreso al régimen.
  • Carta del exportador justificando en motivo de la exportación temporal.
  • Cronograma firmado por el exportador justificando el tiempo aproximado de permanencia en el exterior.
  • Factura Proforma.
  • Si las mercancías exportadas van a ser destinadas a la ejecución de obras o prestación de servicios deben adjuntar el contrato correspondiente.

 

La reimportación de las mercancías exportadas bajo este régimen deberá realizarse, dentro del plazo máximo de dos años a partir de la fecha de embarque hacia el exterior, con excepción de las mercancías nacionales o nacionalizadas destinadas a la ejecución de obras o prestación de servicios, las que podrán permanecer en el exterior hasta noventa días después de la finalización del respectivo contrato u obra.

Para prorrogas del régimen de Exportación temporal para reimportación en el mismo estado, el OCE debe realizar mediante el ECUAPASS una solicitud de prórroga en la Dirección Distrital donde se autorizó la salida del bien.

El régimen de Exportación temporal para reimportación en el mismo estado puede compensarse con la reimportación o la exportación definitiva, sea está declarada por el exportador o de manera tácita por el Servicio de Aduana del Ecuador.

 

Conclusión.

 

Este régimen especial que está dentro de los regímenes de exportación sin transformación, es muy importante en cuando al caso, por ejemplo se debe tomar en cuenta para contratos de construcción en otros países, ya que podemos ser nosotros los prestadores del servicio y es necesario que sepamos como funciona.

 

Recomendación.

 

Hay que tomar en consideración los plazos que vamos a solictar, ya que el plazo corre desde el embarque de la mercadería, es decir que esta incluido el tiempo de transporte de la mercadería.

 

Bibliografía.

 

Autor: Natividad Zúñiga

 

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