Introducción
Son los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, adjuntados o lógicamente asociados al mismo, y que puedan ser utilizados para identificar al titular de la firma en relación con el mensaje de datos, e indicar que el titular de la firma aprueba y reconoce la información contenida en el mensaje de datos.
Desarrollo
Según la Ley de comercio electrónico, firmas electrónicas y mensajes de datos:
Art. 14.- Efectos de la firma electrónica: La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio.
Por ende, el único medio para que un documento digital ya sea este un WORD, EXCEL, PDF, o XML, tenga validez legal, es que deba ser firmado con firmas electrónicas emitidas por una autoridad de certificación autorizada por ARCOTEL.
Conclusiones
La firma electrónica tendrá la misma validez que la firma manuscrita de su solicitante, por lo que podrá firmar documentos digitalmente con la misma.
El almacenamiento de la firma electrónica y su certificado puede emitirse de manera digital a manera de archivo o en un token.
Recomendaciones
Es recomendable, al momento de solicitar la firma electrónica, hacerlo con una vigencia de entre uno a dos años.
Se deberá cambiar la contraseña privada de la misma con un tiempo prudente, elegido a criterio del propietario por cuestiones de seguridad.
Bibliografía
Congreso Nacional. (17 de abril de 2002). LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS Y MENSAJES DE DATOS. Quito, Ecuador.
Facturero Móvil. (s.f). Facturero Móvil. Obtenido de Firma electrónica en Ecuador: Usos y Solicitud: https://www.factureromovil.com/firma-electronica-en-ecuador-usos-y-solicitud
Macrosol. (19 de febrero de 2009). Macrosol Systems. Obtenido de Firma Electrónica Avanzada: http://macrosol.com.mx/firmaelectronica.htm
Autor
Alejandra Robalino
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