INTRODUCCIÓN:
De manera general son requisitos (físicos o electrónicos que deben cumplir determinadas mercancías para su posterior ingreso a territorio ecuatoriano.
Se entenderá por procedimientos o documentos de control previo: los registros, permisos, autorizaciones, notificaciones obligatorias y certificados, que se encuentren identificados en el Anexo 1 de la resolución (Res.364).
DESARROLLO:
El cumplimiento de los procedimientos de control, se verificará a través de un sistema electrónico de Documentos de Control Previo que permita consultas electrónicas e interconecte las bases de datos de los organismos nacionales de control correspondientes.
Ejemplo:
De acuerdo a la Resolución 73 del COMEX determinan unas subpartidas que requieren documentos de control previo.
CONCLUSIONES
Los documentos de control previo son requisitos que deben cumplir ciertas mercancías para poder ingresar a territorio nacional. Son indispensables puesto sin el cumplimiento de estos documentos no se podrá nacionalizar las mercancías.
RECOMENDACIONES
Contar con la Ventanilla Única Ecuatoriana es una ventaja que se posee debido a que es un proceso electrónico, podemos acceder a ella de forma sencilla, más ágil y evitando perder recursos como el tiempo. Pero es importante mantenerse informado constantemente para saber si han emitido una resolución nueva referente a los documentos de control previo.
BIBLIGRAFÍA:
http://www.lacamaradequito.com/uploads/tx_documents/dcp_quito_final.pdf
http://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/09/RESOLUCION-N-73.pdf
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