Introducción
El régimen de exportación temporal para perfeccionamiento pasivo permite que las mercancías salgan del territorio para ser perfeccionadas sin pago de impuestos y reimportadas mediante despacho a libre práctica en el interior de dicho territorio, con exención de los derechos de importación de diferente grado.
Desarrollo
Este tipo de exportación le interesa a empresas industriales que quieran producir bienes en el extranjero y reimportarlos de nuevo, dado que puede realizar dicha producción fuera sin coste o con un coste menor al coste de producirla o transformarla en el país, o para empresas que quieran enviar mercancías a reparar al extranjero desprovistas o no de carácter comercial, incluyendo su reparación y su puesta a punto.
El pago de esta mercancía puede ser:
La administración aduanera podrá autorizar el régimen de perfeccionamiento pasivo cuando se cumpla con lo siguiente:
Para el pago de los tributos al comercio exterior causado por las partes y piezas agregadas o incorporadas a los productos reparados en el exterior, se deberá presentar a factura comercial.
Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo
Conclusiones
El régimen de exportación temporal para perfeccionamiento permite la transformación de la mercancía fuera del territorio nacional sin quedar sujetas al pago de tributos y recargos del comercio exterior pudiendo ser total o parcial siempre que se presente los documentos que lo justifiquen.
Recomendaciones
Los exportadores que usen este régimen deberán tener presente el proceso para una correcta exportación de la mercancía
Bibliografía
Resolución Nro. SENAE-GOE-2-2-005-V3 Recuperado de: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2017/05/SENAE-GOE-2-2-005-V3.pdf
Autor: Angélica Dávila
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