Autorización de etiquetado y/o reetiquetado de mercancías sujetas a reglamentación técnica
Estas autorizaciones tendrán que solicitarse cuando:
La empresa importadora o importador que solicite el tramite deberá escoger el régimen que se va a aplicar, ya sea régimen 70 o régimen 10, según sean las condiciones de la mercancía. Para cada uno de estos regímenes existen ciertas consideraciones:
Requisitos
Conclusiones
- Este trámite permite que las mercancías puedan ser ingresadas al sistema de comercialización dentro del país, con la finalidad de evitar la reexportación de los productos.
- Actualmente, por la emergencia sanitaria este tramite se puede realizar en línea, a través de un formulario en línea proporcionado por el Ministerio de Gobierno y el escaneo de la respectiva documentación. Sin embargo, en el caso de ser presencial, la solicitud del trámite se deberá dirigir al Subsecretario/a de Calidad y demás requisitos en Secretaría General o en Direcciones Zonales del MPCEIP.
Recomendaciones
- Previo a iniciar el tramite para la solicitud de la mencionada autorización es necesario identificar de forma correcta el régimen al cual aplica la mercancía en cuestión. Considerando detenidamente si existen procesos administrativos que incurran alguna multa por la falta de validación por las autoridades correspondientes
- Dadas las circunstancias actuales, lo mas recomendable es realizar este tipo de tramite online, teniendo en cuenta cada uno de los requisitos necesarios según lo dispuesto por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.
Fuente: Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP) https://www.gob.ec/mpceip/tramites/autorizacion-etiquetado-reetiquetado-mercancias-sujetas-reglamentacion-tecnica
Autora: Shannon Geraldine Flores Cortez
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