Introducción
El certificado de firma electrónica podrá ser revocado por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones, de conformidad con lo previsto en esta Ley, cuando:
- a) La entidad de certificación de información cese en sus actividades y los certificados vigentes no sean asumidos por otra entidad de certificación
- b) Se produzca la quiebra técnica de la entidad de certificación judicialmente declarada
La revocatoria y sus causas deberán…