Publicaciones de Paola Bayas (16)

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Mediante el boletín No. 154-2013 emitido por el SENAE, nos recuerda que es de manera obligatoria indicar el término de negociación- INCOTERM pactado y utilizado en la importación, el mismo que debe se debe establecer en la factura comercial utilizada como documento de soporte.

Para mayor información,  estos son:

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FUENTE: Boletín No.154-2013 SENAE

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Los documentos de acompañamiento se los cataloga como la base para comenzar un trámite, la nueva plataforma implementada por el SENAE, ha instaurado formatos basados en tecnologías estandarizadas a nivel mundial (XML) llamados E-DOCS, los cuales receptan información en base a los documentos físicos de acompañamiento: 

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Antes de iniciar un trámite es aconsejable tomar en cuenta ciertos  datos o características  de estos documentos, como en la:

  • FACTURA COMERCIAL:

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Con el fin de evitar estos inconvenientes, la Aduana vía ECUAPASS permite realizar una:

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Los pasos a seguir, son los siguientes:

1. Ingrese al portal de “ECUAPASS”: https://portal.aduana.gob.ec/

2. Ingresar el código de usuario y  clave personal.

3. Pulsar el botón “Iniciar Sesión”.

9241743083?profile=original4. En la barra Trámites Operativos, seleccionar la opción: 1.1 Elaboración de E-Doc. Operativo

5. En el siguiente menú, elegir la opción: 1.1.2 Formulario de Solicitud de Categoría.

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6.  Seleccionar la pestaña “Despacho Aduanero”

7. Buscar "Adm. de relación de OCE y Agente de Aduana", y junto a este hacer clic sobre el botón seleccionar.

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8.Al seleccionar  e ingresar información en  los campos "Fecha de registro" y "Código de OCEs", año y el tipo de OCE´s se puede acceder al registro histórico para encontrar al Agente de Aduana con el que se desea realizar la actualización de los Operadores Autorizados a prestar servicios a nombre del Importador-Exportador.

Hacer clic en  "consultar" y en la tabla de abajo aparecerá la información de los Agentes de Aduana que han realizado declaraciones aduaneras a nombre de este OCE.

9241743694?profile=original9. Al hacer clic sobre el nombre elAgente de Aduana elegido, se llenará automáticamente los campos inferiores, pudiendo ser modificados:

  • Fecha de Inicio: Seleccionar, día, mes y año en que se empezará a utilizar sus servicios.
  • Fecha de Finalización: Indicar la fecha hasta la que se utilizará al agente de aduana.

De igual manera se puede llenar independientemente estos campos si se desea agregar un nuevo Agente de Aduana

10. Pulsar el botón, si se desea:

  • Registrar: para el caso de registro de nuevos Agentes de aduanas.
  • Modificar: en el caso de actualizar datos de un Agente de Aduana autorizado a operar con dicho OCE.
  • Eliminar: si un Agente de Aduana ha dejado de realizar declaraciones aduaneras a nombre del OCE.

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ADMINISTRACIÓN DE LA RELACIÓN DE OCE Y AGENTE DE ADUANA

Todo OCE al realizar actividades de comercio exterior, debe administrar, es decir actualizar en el portal  ECUAPASS el registro del o los Agentes de Aduana que realizarán declaraciones aduaneras a su nombre como Importadores - Exportadores.

Para administrar la relación del OCE con el Agente de Aduana, el portal establece un formulario el cual enlaza información de los agentes de aduana que de acuerdo al registro histórico del SENAE del último año han presentado declaraciones aduaneras a nombre del OCE, pudiendo de igual manera agregar nuevos agentes de aduanas, modificar sus datos y eliminar su registro si ha dejado de realizar declaraciones aduaneras a nombre del OCE.

Es importante realizar esta vinculación antes de registrar trámites en el que el agente de aduana se involucre, pues en el portal, al momento que el agente de aduana envíe dicha información el sistema responderá explicando que no existe ninguna relación entre el Importador-Exportador con el Agente de Aduana.

Ventajas:

  • Relación directa y rápida al enlazar al Importador y al Agente de Aduana en el nuevo sistema informático de aduana ECUAPASS, el OCE puede informar automáticamente al sistema, con que Agente de Aduana desea trabajar.
  • Por medio de comandos de búsqueda, el Importador puede buscar a su Agente de aduana, lo que facilita escoger al agente de aduana que requiere el Importador, pues el sistema proyectará información de los agentes de aduana que de acuerdo al registro histórico del SENAE del último año han presentado declaraciones aduaneras a nombre del Importador/Exportador.
  • El OCE tiene la facilidad de elegir por el período de tiempo que desee trabajar con el agente de aduana seleccionado; pudiendo realizar estos cambios a través  del sistema, sin necesidad de realizar cartas de permisos, certificaciones de modificaciones, etc.
  • A través de este formulario el Importador posee  la facultad de realizar varias actualizaciones:
    • Registrar: para el caso de registro de nuevos Agentes de aduanas.
    • Modificar: en el caso de actualizar datos de un Agente de Aduana autorizado a operar con dicho Importador.
    • Eliminar: si un Agente de Aduana ha dejado de realizar declaraciones aduaneras a nombre del Importador.

Estructura:

El formulario de Administración de la relación de OCE y Agente de Aduana presenta la siguiente estructura:

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MATRIZ DE CAMPOS ADMINISTRACIÓN DE LA RELACIÓN DE OCE Y AGENTE DE ADUANA

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CONCLUSIÓN:

El formularioDE  ADMINISTRACIÓN DE LA RELACIÓN DE OCE Y AGENTE DE ADUANA establecido en el portal ECUAPASS, tiene como objetivo mantener, autorizar y enlazar en la plataforma, la relación entre el OCE y el Agente o Agentes de Aduana designados por el mismo, el cual podrá realizar declaraciones aduaneras a su nombre como Importador-Exportador.

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PROCEDIMIENTO ACTUAL PARA EL USO DEL PORTAL

El procedimiento que debe realizar el operador de comercio exterior para poder usar el nuevo sistema ECUAPASS como primer paso es el registro de usuario, el cual ha sido modificado. Los pasos seguir los siguientes: 

 

PASOS

1. 

Autoridad Certificadora (BCE, Security Data) emitirá al OCE o representante,  el certificado de emisión.

    2.        

En el portal web: https://portal.aduana.gob.ec/ dependiendo a qué tipo de usuario se pertenezca, se elegirá y se registrará llenando el  formulario  de solicitud de uso.

3.    

La aduana junto con los organismos competentes procederá a validar la calificación de manera directa, sin necesidad de que el interesado se acerque personalmente.

  • Si el OCE ya se ha registrado anteriormente en el SICE, la validación será inmediata.
  • Cuando el ingreso de un OCE es por primera vez, se validará en primer plano con el Servicio de Rentas Internas SRI. Este proceso tendrá una duración aproximada de 48 horas para recibir una respuesta.
    • Si en caso existiera algún tipo de retraso o mora con el SRI, la solicitud de uso ingresada se eliminará del sistema, teniendo que esperar hasta que se haya solucionado dicho percance.
4.   El SENAE otorgará el permiso respectivo, emitirá  la aprobación de uso generada en la bandeja de e-Documento.
   5.       

Ya aprobada la solicitud de uso del representante principal (REPRESNTANTE, REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD), se podrá  añadir el registro de usuarios adicionales (EMPLEADO, ENTIDAD) , de igual manera ingresando la solicitud de uso  por medio del portal web.

6.     

La aprobación de la solicitud de uso del empleado, dependerá si el representante principal lo autoriza y agrega a este funcionario.

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CONCLUSIÓN: El proceso se ha modificado, pues uno de los principales objetivos de este nuevo sistema, es que el usuario u OCE no se acerque al SENAE, ha realizar el trámite, sino al contrario, que el proceso de registro sea netamente on-line.

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  • REGISTRO Y ENVIO DAI

1. Se procede a entregar por parte del Importador al Agente de Aduana la documentación física, es decir los documentos de control previo (Factura, Guía Aérea, Póliza)  y si existiera el caso, documentos de control previo (Licencias previas, autorizaciones, certificaciones, certificado de origen, etc.)

2. El Agente de Aduana apoyado en la plataforma ECUAPASS, procederá a transmitir dicha información, en el formulario de la DAI prediseñado, llenará todos los campos requeridos para posteriormente generar el envió.

3. Al generar el Agente de Aduana el envió, se presenta la instancia de: Envió y Recepción, es decir a la vez que se envíe información por parte del Agente de Aduana, se espera una respuesta del SENAE, la cual puede ser:

  • ACEPTACIÓN DEL TRÁMITE: es decir que la información fue aprobada sin ningún problema.
  • ERROR EN EL TRÁMITE: sucede cuando la información ingresada es errónea, en este caso el Agente de Aduana  procederá a corregir el error para nuevamente ser enviada.

4. Al ser aceptado el trámite, se obtiene información más detallada de este, como por ejemplo: el número de refrendo, que funcionario está asignado a este trámite (aforo universal), tipo de aforo (automático, documental, físico), número de referencia de pago.

  • PAGO Y AUTOLIQUIDACIÓN:

5. Con el número de referencia de pago se genera una primera instancia de pago de la autoliquidación, la cual debe ser cancelada dentro de dos días (48 horas), sea por medio de una institución bancaria, pago electrónico, transferencia, etc.; no se necesitará ningún otro documento, solo el número de referencia de pago.

  • AFORO

6. El funcionario aduanero designa que tipo de aforo se realizará, pudiendo ser:

  • Aforo Automático: no existe ningún tipo de inspección, el paso a seguir solo sería el Registro de Salida.
  • Aforo Documental: el funcionario aduanero revisará los documentos digitalizados que se ingresaron que se adjuntaron al trámite.
  • Aforo Físico: el funcionario aduanero llevará copias de los documentos que se presentaron para que en el momento de la inspección de la mercancía se pueda comprobar lo declarado.

En el proceso del aforo se puede  dar cualquier tipo de percances, si la declaración es errónea, en este momento se crea una segunda instancia de pago, es decir una nueva autoliquidación, ajuste (hacia arriba) y se cancelará la diferencia que ha de existir.

Al cancelar esta diferencia al funcionario le llegará el estado de pago, lo que permitirá que se dé por concluido el trámite y se autorice la salida de la mercancía.

  • REGISTRO DE SALIDA

7. En el almacén establecido se cancela el costo de almacenaje y se genera la salida de la mercancía.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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CONTENIDO DEL PORTAL DE VUE

Para poder ingresar y conocer el contenido de la VUE, la plataforma del sistema ECUAPASS establece dos modos diferentes de acceso a la Ventanilla Única Ecuatoriana, estos son:

1) En la parte central derecha de la pantalla principal del ECUAPASS, seleccionando VUE en el QUICK menú.

2) En la parte superior de la pantalla de menús del ECUAPASS, seleccionando la opción VUE.

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Ilustración 1: Acceso y Estructura de la pantalla principal del portal de VUE

Después de ingresar al portal de VUE, se desplegará una pantalla principal, la cual está compuesta por cinco áreas:

1) Gestión de datos del usuario y sesiones: Área en la que constan datos del usuario que ingresa al sistema desde el ECUAPASS, código del OCE y el botón de cerrar cesión, que permite cerrar el sistema.

2) Portal de ECUAPASS: Al presionar sobre el logotipo de ECUAPASS que se encuentra bajo el área No. 1,  nos enlaza al portal de ECUAPASS.

3) Menú de funciones de la VUE: Principales pestañas que permite:

  • Elaboración de Solicitud: Menú en el que se puede verificar las solicitudes y los certificados emitidos:
    • Documentos de control previo
  • Proceso de Solicitud: Menú en el que se puede verificar las tasas, procesos y documentos sobre la solicitud efectuada.
    • Detalles de procesamientos de Pago-e.
    • Administración Empresa Solicitante.
    • Funciones de Conveniencia - Actualidad de Procesamiento de Solicitud (Usuario),
    • Personalización de la Configuración de Correo-e, Listado de
    • Administración de Empresas - Transferencia de Información del Solicitante a Otro
    • Almacenamiento de Temporal, Listado de Documentos Previo,  Listado de Documento
  • Soporte al Usuario: Proporciona funcionalidades de conveniencia como el repositorio, entre otros
    • Aviso
    • Repositorio
    • Preguntas Frecuentes
    • Consulta de catálogos

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Ilustración 2:Estructura de menús del portal de VUE

4) Servicios adicionales: En esta sección se establece: Avisos, Repositorio, Help Desk, banner (link de las páginas web de las entidades involucradas)

5) Área de contenido: Muestra Información del estado actual de tramitación (Formularios principales, listado de trámites pendientes, actualidad de tasas pendientes de pago, listado de certificados por vencer), visualización de los detalles y el estado del trámite de cada contenido.

 

FUENTE: 

MANUAL DE VUE PARA OCEs
(PARA LOS USUARIOS DE INEN)

Código: MCPEC-1.1.001
Versión: 1
Fecha: Oct / 2012
Página 28, 29 de 166

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BENEFICIOS:

El sistema de la Ventanilla Única Ecuatoriana VUE,  como conocemos permite a los OCE´s, es decir a los usuarios del servicio aduanero y aquellos vinculados con el comercio exterior, procesar a través de un solo sistema,  una ventanilla única; los documentos, procedimientos y requerimientos necesarios para realizar los trámites del comercio exterior.

Existen varios beneficios que comparando el antes y el después de la implementación de la VUE se ha identificado, por ejemplo:

 

  • Promover la cooperación entre las instituciones públicas acreditadoras que se encuentra involucradas en actividades de comercio exterior.
  • Minimizar  tiempos y costos de transacción en la realización de actividades de comercio exterior.
  • Poner a disposición de las instituciones públicas la información suficiente para realizar un con-trol de una manera óptima.
  • Disponer de forma inmediata los registros entre las instituciones públicas involucradas y reducir las probabilidades de inconsistencia entre los registros.
  • Facilitar la tramitación de autorizaciones y certificaciones en un solo punto de acceso vía internet.
  • Transmitir a los operadores de comercio exterior información sobre los requisitos vigentes y el estado de los trámites en curso.

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Ilustración 1: Comparación del antes y después de la implementación de la VUE

FUNCIONES:

La Ventanilla Única Ecuatoriana para el Comercio Exterior (VUE),  proporciona principalmente 5 funciones:

 

  1. Recepción de detalles de la solicitud: Brinda a los solicitantes soporte para la elaboración, entrega, y de igual manera verificar la aprobación e imprimir las solicitudes para cada entidad
  2. Procesamiento de trámites por parte de la entidad aprobadora: La entidad aprobadora receptará la solicitud para posteriormente, revisar, evaluar y aprobar o rechazar la misma.
  3. Enlace con las entidades vinculadas:  Datos de la entidad, administración de resultados de aprobaciones anteriores
  4. Tasas (Pago-e): Permite imprimir las tasas, consulta de la tasa estimada
  5. Conexión con el ECUAPASS:  Conexión con el ECUAPASS para el procesamiento de trámites relacionados con la declaración de importación y exportación

En el siguiente diagrama conceptual, se puede observar la conexión entre la VUE, OCE´s, ECUAPASS y el funcionario encargado de SENAE

9241736291?profile=originalIlustración 2: Diagrama Conceptual del Sistema VUE

FUENTE: Manual VUE para OCEs de INEN - PDF SENAE

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“Optimizar e integrar procesos de Comercio Exterior” es el objetivo de la Ventanilla Única Ecuatoriana, objetivo que se lo ha estado cumpliendo desde su implementación. En el ámbito de importaciones que se requiere de requisitos, documentos, trámites indispensables para poder ejecutar operaciones de comercio exterior, esta herramienta electrónica ha ido evolucionando y optimizando su contenido, agregando de poco diferentes entidades públicas que se encuentran involucradas en el sector del comercio internacional.

La evolución que ha ido presentando la VUE se ha proporcionado a los diferentes OCE´s por varas fases, como por ejemplo la segunda fase de operaciones dio lugar al incremento de cinco nuevas entidades que han adjuntado manuales de uso sujetos a cambios posteriores, pero que en su esencia ayudan en gran parte a los OCE´s en la utilización de la Ventanilla Electrónica Ecuatoriana.

En  los siguientes cuadros se podrá verificar algunas entidades públicas con sus respectivos permisos, certificados, documentos, autorizaciones que otorgan:

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Fuente: Boletín Aduana No. 29-2013

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El traslado al nuevo aeropuerto ha causado muchos contratiempos para firmas de Courier, cargueros, importadores, etc. con respecto al despacho de carga que llega esta terminal. Se puede encontrar que una de las causas es que la única bodega temporal de un total de tres, que se encontraba operando es Frioexport desde el 28 de marzo. 

El retraso del edificio de Tababela Cargo Center (TABACARCEN), el cual aún no se culmina de construir, ha provocado  que Frioexport opere en la zona de distribución de carga de la Aduana del Ecuador.

 

Estos inconvenientes han afectado lógicamente a los usuarios, que han manifestado que el problema existente no es con la Aduana en sí, sino con la logística que presenta la bodega a cargo, han existido ocasiones que habido apagones que afectan a mercancías perecibles o que necesitan mantenerse en refrigeración.  De igual manera señalan que la mercancía se acumula y el proceso de despacho se convierte más tardío, a más de eso la mercancía es trasladada al antiguo aeropuerto para su respectiva desaduanización, requiriendo de custodios de la Aduna que operan irregularmente solo tres días a la semana.

 

Es así que el SENAE ha decidido implementar varias medidas, entre estas comenzar a operar para finales de abril en el Tabacarcen  y exigir que la mercancía sea retirada por los importadores en un máximo de 48 horas.

 

FUENTE: El Comercio

 

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A partir del primer día del mes de abril, el Ministerio de Relaciones Exteriores,  Comercio e Integración se integrará a la VUE; tramites como:

  • Permisos para la importación y desaduanamiento referente a menaje de casa, menaje diplomático.
  • Solicitud de   importación,  reexportación, venta o donación de vehículos.

Se podrán efectuar en el MMRREE de forma directa,  para que posteriormente  el usuario pueda consultar o verificar la aprobación de  dicha solicitud por medio del  sistema de la VUE.

Pasos para consultar las solicitudes de autorización aprobadas:

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FUENTE: Boletin No. 108-2013 Mejoras en VUE para Ministerio Relaciones Exteriores.

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El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador en octubre del año anterior publicó un documento de gran ayuda tanto para operadores como para estudiantes que requieren manejar el nuevo servicio ECUAPASS, cuyo tema se trata de un Glosario de Términos Generales ECUAPASS. 

En esta ocasión publicaremos términos de la A a la E:

Agente de carga internacional.- Empresa que puede realizar y recibir embarques, consolidar, y desconsolidar mercancías, actuar como Operador de Transporte Multimodal sujetándose a las leyes de la materia y emitir documentos propios de su actividad tales como conocimientos de embarque, guías aéreas, certificados de recepción, certificados de transporte y similares.

Arribo Forzoso: se considera cuando un medio de transporte por razones climáticas, fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado por la Autoridad Competente, obligue a arribar a un punto del territorio aduanero no previsto en su ruta original.

Autoridad Competente: Son todas aquellas autoridades u organismos designados como tal en cada Estado.

Bill of Lading: Conocimiento de embarque.

Bienes de Capital: Aquellas mercancías que no se destinan al consumo, sino a seguir un proceso productivo, en forma directa o indirecta para incrementar el patrimonio material o financiero.

Boya de Mar.- Es una baliza flotante situada en el mar y generalmente anclada al fondo, la cual permite que la embarcación pueda ser amarrada, ésta a su vez está conectada con mangueras que permiten la descarga de hidrocarburos.

Buzón de Zona Primaria del Distrito: es una cuenta electrónica en el cual el transportista efectivo operador o agente de carga, deberá remitir con su respectiva firma digital, la información necesaria para el Registro de Informe de Llegada/Salida del medio de transporte, esta información será recibida por el o los servidores públicos del Servicio Nacional de Aduana de Ecuador responsables de dicho registro.

 

Candado Electrónico: Dispositivo físico de seguridad que se coloca en las unidades de carga (contenedores) bajo control aduanero de manera que aseguren la integridad de la carga mediante registro de todos los cierres y aperturas que experimente y que permite la ubicación en tiempo real de la Unidad de Transporte durante su recorrido por el territorio nacional, con la ayuda de un sistema de monitoreo. Su denominación será Precinto Electrónico de Monitoreo Aduanero (PEMA). 

Carga de Correos Rápidos o Postal.-  Carga agrupada y trasladada bajo nombre y responsabilidad de una persona jurídica pública o privada operadora de encomiendas internacionales

Carga mal codificada.- Son mercancías arribadas a determinado destino por error de origen en la codificación del código IATA del destino, que no vienen manifestadas y que son calificados por las Empresas Autorizadas como MC (miss code), que serán re-enrutados a su destino correcto inmediatamente después de detectar el error.

Carga mal enrutada.- Son mercancías arribadas a determinado destino por error en la clasificación del material en el exterior, que tendrán guía y/o etiqueta con información de su lugar de destino final, que no vienen manifestadas y que son clasificadas por las personas jurídicas autorizadas como MS (miss sort).  Los paquetes serán re-enrutados a su destino correcto inmediatamente después de detectar el error.

Carga suelta.- Bienes individuales que por su tamaño o naturaleza no son transportados en unidades de carga y que se manipulan y embarcan como unidades separadas, o que como consecuencia de una desconsolidación, adquieren este estado.

Carga y descarga: La mercancía que provenga del exterior, por cualquier vía, deberá estar expresamente descrita en el manifiesto de carga. 

Carga y descarga: La mercancía que provenga del exterior, por cualquier vía, deberá estar expresamente descrita en el manifiesto de carga. 

Carta de Porte Internacional por Carretera (CPIC).- es el documento que prueba que el transportista autorizado ha tomado las mercancías bajo su responsabilidad y se ha obligado a transportarlas y entregarlas de conformidad con las condiciones establecidas en ella o en el contrato correspondiente.

Carta de Porte Internacional por Carretera (CPIC).- es el documento que prueba que el transportista autorizado ha tomado las mercancías bajo su responsabilidad y se ha obligado a transportarlas y entregarlas de conformidad con las condiciones establecidas en ella o en el contrato correspondiente.

Certificado de Compras Locales de Insumos No Procesados.- Es el documento electrónico mediante el cual un importador cede los derechos de los tributos pagados en la importación de los insumos que fueron vendidos a un exportador, es decir, con este documento el importador vende los ítems en su estado original, de una o varias importaciones.

Certificado de Compras Locales de Insumos Procesados.- Es el documento electrónico mediante el cual un importador cede los derechos de los tributos pagados en la importación de los insumos que fueron utilizados para fabricar un producto el cual es vendido al exportador, es decir, con este documento el importador vende un producto procesado por el importador.

Certificado de Compras Locales.- Es el documento electrónico mediante el cual un importador cede los derechos de los tributos pagados en la importación de los insumos a un exportador que será beneficiario de la Devolución Condicionada. En este documento se especifican todos los productos vendidos al exportador.

CIIS - Solicitud de Corrección - Informe de Ingreso y Salida.- Es un documento electrónico en el cual se podrán corregir datos ingresados incorrectamente o eliminar registros..

Código IATA.- El código de aeropuertos de IATA es un código de tres letras que se designa a cada aeropuerto en el mundo. Estos códigos son decididos por la organización internacional para el transporte aéreo (International Air Transport Association) IATA.

Coeficiente de Devolución Condicionada de tributos.- Es el documento electrónico mediante el cual se detalla el producto que el operador exporta definitivamente y los insumos que son utilizados para la producción o fabricación del producto en mención. Además, es el documento donde se determina el porcentaje de devolución que aplica para el tributo Ad-valorem, el mismo que no podrá superar el 5%.

Co-loaded.- O “Carga compartida” en su traducción al español, es una práctica internacional que consiste en el embarque de carga entre dos o más consolidadores, sean estos transportistas no operadores del medio de transporte efectivo, agentes de carga o transitorios, a través de otro similar (consolidador) que por necesidades de logística combinan una cantidad inferior a la carga de un camión para crear una carga completa. Esta actividad se pude dar cuando un consolidador de carga, no logra el volumen de mercancías previsto para llenar un contenedor en una fecha de salida acordada. Con la finalidad de no retrasar el despacho se consolida con otra compañía en un mismo contenedor completándose así el volumen total de la unidad de transporte y respetándose la fecha de despacho y de entrega de la mercancía. Según el Art. 2, literal q) del Reglamento al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

 Consolidación.- Es un servicio del Transporte Internacional que consiste en agrupar varias cargas de embalajes distintos o iguales, pertenecientes a diferentes consignatarios dentro de un mismo contenedor o paleta, para ser transportados, como una unidad, por vía aérea o marítima.

Consolidador de carga.- Operador distinto del porteador, que transporta carga en forma agrupada, bajo su nombre y responsabilidad, destinada a uno o más consignatarios finales, debidamente autorizado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Según el Art. 2, literal u) del Reglamento al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

Correos del Ecuador o el Operador de Carga Courier.- según sea el caso, deberá transmitir el respectivo manifiesto de carga para las mercancías que arriben mal enrutadas, debiendo reportar la novedad mediante la transmisión del informe de novedades al ingreso de las mercancías.

Centro único de Monitoreo Aduanero Ecuatoriano.- será la unidad operativa encargada de dar seguimiento respectivo a las alarmas que generen los candados electrónicos dentro del monitoreo geo-referenciado, esta unidad será quien coordinará según sea el caso con la Dirección Distrital de destino, Policía Nacional u otra fuerza pública. El Director Nacional de la Unidad de Vigilancia Aduanera designará de entre los funcionarios de su dirección a los miembros que cumplirán funciones en el CUMAE.

Cruce de la Frontera Aduanera.- El ingreso o salida de personas, mercancías o medios de transporte, al o del territorio nacional se efectuará únicamente por los lugares y en los días y horas habilitados por la Directora o el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Todo medio o unidad de transporte que ingrese al territorio aduanero queda sujeto al control del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

D.A.I.: Declaración Aduanera de Importación.

D.A.E.: Declaración Aduanera de Exportación.

Declaración Aduanera Simplificada de Devolución Condicionada (DAS-DC).- Es el documento electrónico mediante el cual el exportador solicita la devolución de los tributos pagados en las importaciones de insumos que hayan utilizados en la producción o fabricación de productos que luego hayan sido exportados.

Desconsolidación.- Descarga o vaciado de un contenedor con mercancía destinada a uno, dos o más consignatarios.

Devolución Condicionada de Tributos.- Es el régimen por el cual se permite obtener la devolución automática total o parcial de los tributos al comercio exterior pagados por la importación de las mercancías que se exportaron definitivamente y que además cumplan con los tres puntos que indica el Art. 157 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, a) las utilizadas en el país en un proceso de transformación, b) las incorporadas a la mercancía y c) los envases y acondicionamientos.

Documento de transporte: Documento que materializa el acuerdo de voluntades entre un Operador de Transporte y un usuario de su servicio, por el cual el primero se compromete a transportar la carga desde un determinado lugar de origen hasta el destino final que se le indique, a cambio de un precio determinado (flete).  En el caso del transporte aéreo, las Líneas Aéreas o Agentes de Carga Internacional emitirán las respectivas Guías Aéreas Máster (con sus siglas en inglés, Master Airwaybill).  Cuando se trate de las Consolidadoras de Carga, Empresas de Tráfico Postal Internacional y Correos; y Correos del Ecuador, generarán las respectivas Guías Aéreas Hijas (con sus siglas en inglés, House Airwaybill). 

En el caso del transporte marítimo, las Líneas Navieras o Agentes de Carga Internacional emitirán los respectivos Conocimientos de Embarque Máster (con sus siglas en inglés, Master Bill of Lading).  Cuando se trate de las Consolidadoras de Carga generarán los respectivos Conocimientos de Embarque Hijos (con sus siglas en inglés, House Bill of Lading).

Documento de Transporte House.- (House Bill of Lading – HBL) Conocimiento Marítimo expedido por un transitario  para un envío de grupaje / consolidado marítimo

Documento de Transporte Máster.-  (Máster Bill of Lading – MBL) Conocimiento Marítimo con un transitario en origen como embarcador (shipper) y otro transitario en destino como Consigntario (consignee). Este documento es expedido por la línea naviera. Un MBL ampara "x" número de Documentos de Transporte House (HBL) y materializa el acuerdo de voluntades entre un Operador de Transporte y un usuario de su servicio, por el cual el primero se compromete a transportar la carga desde un determinado lugar de origen hasta el destino final que se le indique a cambio de un flete. Según el Art. 1, literal dd) del Reglamento al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

 

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El primer paso que debe realizar el operador de comercio exterior para poder usar el nuevo sistema ECUAPASS es el registro de usuario, por lo cual debe seguir los siguientes pasos:

  1. La Autoridad Certificadora (BCE, Security Data) emitirá al OCE o representante,  el certificado de emisión,9241730481?profile=original el cual va a ser verificado su validez en el  portal de Internet.
  2. En el portal web: https://portal.aduana.gob.ec/ se registrará llenando el  formulario  de solicitud de uso y se lo imprimirá.
  3. El empleado se dirigirá a la aduana presentando la solicitud de uso impresa anteriormente junto con los documentos requeridos.
  4. El funcionario aduanero revisará el registro de la aprobación, validará la calificación y
  5. El SENAE otorgará el permiso respectivo, emitirá  la aprobación de uso generada en la bandeja de e-Documento.
  6. Ya aprobada la solicitud de uso, se podrá  añadir el registro de usuario adicional (funcionario de la aduana), esta solicitud se la enviará por medio del portal web.
Leer más…

9241730265?profile=originalComo bien nos indica el SENAE, el ECUAPASS es el NUEVO sistema informático aduanero ecuatoriano que permitirá a los operadores de comercio exterior facilitar todas sus operaciones, reduciendo tiempos asociados al cumplimiento de formalidades aduaneras.

Es así, que actualmente ya se puede observar diferentes cambios y mejoras en varios procesos, especialmente en los cálculos de tributos aduaneros.

Una de las herramientas primordiales que hoy en día se necesita de una correcta aplicación es los términos de negociación “INCOTERMS” 

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Antes de la implementación de este nuevo sistema informático, los cálculos de tributos aduaneros se lo calculaban solo a nivel de sub-partidas arancelarias, actualmente se lo realiza por cada una de las mercancías (ítems) que comprende la importación, por lo que los valores de tributos son más exactos.

Al ser una nueva implementación, el desconocimiento de muchos Operadores de Comercio Exterior (OCEs) sobre esta nueva modalidad de cálculo de tributos aduaneros es inminente,  no cuentan con información que les permita proactivamente gestionar sus presupuestos de importación de una forma exacta y tampoco tienen acceso a información que les permita realizar un costeo exacto de pagos aduaneros de cada una de sus mercancías importadas.

El uso de nuevas tecnologías como Firmas Electrónicas, Certificados Digitales, Web Services, etc. que se han implementado en EcuaPass, ha sido muy importante que los OCEs cuenten con herramientas tecnológicas que les permita gestionar sus cálculos y presupuestos de pagos aduaneros de acuerdo a los estándares que maneja Ecuapass.

COMENTARIO

Considero que es fundamental difundir de una manera práctica, mas que teórica a todos los OCEs, personas naturales, jurídicas y a todos quienes necesitamos conocer las implementaciones que se estan incormporando periodicamente en este nuevo sistema ECUAPASS, con el fin de manejar de una manera fácil, competente como es el objetivo principal de este servicio implementado por el SENAE.

AUTOR

Andrea Paola Bayas Ulloa 

FUENTE

E-comex-plus

http://e-comex-plus.com/noticias/importaciones-cambios-que-impuso-el-nuevo-sistema-aduanero-ecuapass-en-los-procesos-de-impo

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