El Sistema Andino de Franjas de Precios (SAFP) es un mecanismo adoptado mediante la Decisión 371 con el objeto de estabilizar el costo de importación de un grupo especial de productos agropecuarios, caracterizados por una marcada inestabilidad en sus precios internacionales.
La estabilización se consigue aumentando el arancel ad-valorem cuando el precio internacional está por debajo del nivel piso, y rebajando dicho arancel, hasta cero, cuando dicho precio está por encima del techo. Es decir, la franja de precios equivale a convertir el arancel en un factor variable que se ajusta automáticamente para contrarrestar las fluctuaciones externas del precio internacional.
Aspectos Operativos del Sistema
La Secretaria General, órgano técnico de la Comunidad Andina, anuncia cada año, antes del 15 de diciembre, los Precios Piso y Techo de cada franja.
Los Precios Piso y Techo tienen una vigencia anual, contada a partir del primero de abril de cada año. Se actualizan añadiendo a la serie de precios históricos los últimos 12 meses y excluyendo los 12 meses iniciales de la serie de 60 meses.
Los Precios de Referencia quincenales son calculados y comunicados por la Secretaria General a los Países Miembros, no menos de una semana antes del inicio de la quincena durante la cual se aplican.
Los elementos del Sistema (productos marcadores y vinculados, mercados de referencia, reglas para el cálculo de los parámetros de la franja, etc.) sólo pueden ser modificados por la Comisión.
Reglas para determinar los Precios Piso y Techo
Cálculo de promedio de Precios Históricos CIF
Número de observaciones | 60 meses hasta octubre último |
Cotizaciones observadas | Precios internacionales de Bolsa o FOB |
Conversión a dólares actuales | Indice de Precios al Consumidor Urbano de los Estados Unidos con base en octubre último |
Conversión a precios CIF | Fletes correspondientes al producto marcador y seguros del 0,5% hasta puerto andino |
Promedio de precios históricos CIF | Promedio aritmético de la serie de precios CIF en dólares constantes |
Factores de Ajuste de la Desviación Típica
Para las franjas de: soya, aceite crudo de soya, aceite crudo de palma, arroz, cebada, maíz blanco, trigo, trozos de pollo y carne de cerdo | 0,50 |
Para las franjas del azúcar blanco, azúcar crudo y leche entera | +0,00 |
Para la franja del maíz amarillo | -0,25 |
Precios Piso y Techo
Precio Piso | Promedio de precios históricos CIF menos el factor de ajuste por la desviación típica |
Precio Techo | Precio Piso más una desviación típica |
A continuación se adjunta las franjas aplicables hasta el 15 de junio.
http://www.comunidadandina.org/comercio/circular461.pdf
Fuente: Comunidad Andina