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Sistema Andino de Franjas de Precios (SAFP)

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El Sistema Andino de Franjas de Precios (SAFP) es un mecanismo adoptado mediante la  Decisión 371 con el objeto de estabilizar el costo de importación de un grupo especial de productos agropecuarios, caracterizados por una marcada inestabilidad en sus precios internacionales.

La estabilización se consigue aumentando el arancel ad-valorem cuando el precio internacional está por debajo del nivel piso, y rebajando dicho arancel, hasta cero, cuando dicho precio está por encima del techo. Es decir, la franja de precios equivale a convertir el arancel en un factor variable que se ajusta automáticamente para contrarrestar las fluctuaciones externas del precio internacional.

Aspectos Operativos del Sistema

  • La Secretaria General, órgano técnico de la Comunidad Andina, anuncia cada año, antes del 15 de diciembre, los Precios Piso y Techo de cada franja.

  • Los Precios Piso y Techo tienen una vigencia anual, contada a partir del primero de abril de cada año. Se actualizan añadiendo a la serie de precios históricos los últimos 12 meses y excluyendo los 12 meses iniciales de la serie de 60 meses.

  • Los Precios de Referencia quincenales son calculados y comunicados por la Secretaria General a los Países Miembros, no menos de una semana antes del inicio de la quincena durante la cual se aplican.

  • Los elementos del Sistema (productos marcadores y vinculados, mercados de referencia, reglas para el cálculo de los parámetros de la franja, etc.) sólo pueden ser modificados por la Comisión.

Reglas para determinar los Precios Piso y Techo

Cálculo de promedio de Precios Históricos CIF

Número de observaciones60 meses hasta octubre último
Cotizaciones observadasPrecios internacionales de Bolsa o FOB
Conversión a dólares actualesIndice de Precios al Consumidor Urbano de los Estados Unidos con base en octubre último
Conversión a precios CIFFletes correspondientes al producto marcador y seguros del 0,5% hasta puerto andino
Promedio de precios históricos CIFPromedio aritmético de la serie de precios CIF en dólares constantes

Factores de Ajuste de la Desviación Típica

Para las franjas de: soya, aceite crudo de soya, aceite crudo de palma, arroz, cebada, maíz blanco, trigo, trozos de pollo y carne de cerdo0,50
Para las franjas del azúcar blanco, azúcar crudo y leche entera+0,00
Para la franja del maíz amarillo-0,25

Precios Piso y Techo

Precio PisoPromedio de precios históricos CIF menos el factor de ajuste por la desviación típica
Precio TechoPrecio Piso más una desviación típica

A continuación se adjunta las franjas aplicables hasta el 15 de junio.

http://www.comunidadandina.org/comercio/circular461.pdf

Fuente: Comunidad Andina

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Cuatro cambios a la norma sobre etiquetado

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Luego de toda una operación compleja, múltiples reuniones y disposiciones rígidas en cuanto al contenido de azúcar, grasa y sal de los productos alimenticios,

el Ministerio de Industrias flexibilizo las regalas que obligan al sector productivo a poner "semáforos" para alertar al consumidor sobre el contenido de grasas, sal y azúcar en los productos alimenticios.

En noviembre pasado, el Ministerio de Salud expidió un reglamento para que la industria de alimentos y bebidas coloque en las etiquetas de sus productos círculos de colores para informar sobre el contenido de estos componentes.

Pero el Ministerio de Industrias ha introducido varios cambios a esta norma en los últimos meses y que serán oficializados esta semana, dijo el ministro coordinador de la Producción, Richard Espinosa.

El primero se refiere a la ubicación de los semáforos en los empaques. El Ministerio de Salud había establecido que estos debían mostrarse en la parte frontal de los envases.

Según la reforma, que ya fue enviada a consulta a la Organización Mundial de Comercio, las empresas tendrán la libertad de colocar estas etiquetas en la parte frontal o en la parte de atrás, donde hoy se coloca la información nutricional.

Además, los productos importados podrán poner estas advertencias utilizando adhesivos. La norma establece actualmente que estas deben venir en el empaque desde el país de origen. El tercer cambio se refiere a que las autoridades no exigirán los "semáforos" en los productos que se expenden en locales Duty Free.

Finalmente, la nueva normativa oficializará la ampliación del plazo para cumplir con esta norma, de mayo a agosto próximo para la industria grande y mediana, como lo había anunciado días atrás Espinosa.

Se mantiene la prohibición de atribuir al producto virtudes nutricionales o también efectos terapéuticos. Ambos atributos eran una parte de las estrategias de mercadeo.

Espinosa dijo que las empresas que ya imprimieron las nuevas etiquetas estuvieron de acuerdo con el cambio.

Para María José Troya, de la Tribuna del Consumidor, el cambio debilita el acceso a información del consumidor respecto de la intención original de la política pública. "Si (el semáforo) está en la parte frontal es de más fácil acceso".

Fuente: Ministerio de Industrias y Productividad, El Comercio

Elaborado por: Ricardo Agurto

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Contrabando de Textiles

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Los textiles incautados el 2013, como parte del contrabando que ingresa al país, sumaron $ 8,1 millones, cifra que preocupa a empresarios y a autoridades , se presume que estas incautaciones son una décima parte de lo que ingresa ilegalmente. El año pasado, el país importó $ 302,1 millones en textiles, por ello el monto que ha logrado detectarse como ilícito constituye el 2,6%. Además, las aprehensiones de mercadería de contrabando en el rubro textiles triplica a lo que se incauta por otros productos como licores, cosméticos, productos electrónicos, entre otros.

Las autoridades explican que existen varias vías por las cuales ingresa la mercadería al país: fronteras, aeropuertos e incluso el sistema 4x4 (que permite realizar compras por Internet de 4 kilos o $ 400 sin declarar). Por ello, el ministro de Industrias, Ramiro González, anunció que como una medida de control se revisará el sistema 4x4, porque se ha prostituido y muchas personas aprovechan esta herramienta para importar ropa a través de compras por Internet, y comercializarlas internamente a precios que afectan al mercado y a los productores nacionales. El 28 de noviembre del 2013 ya se habían realizado cambios a la reglamentación sobre couriers, que regía desde el 2008. Hasta ese momento,  si un ciudadano excedía lo establecido simplemente pagaba impuestos. Pero desde finales del 2013, si la persona sobrepasa el valor hasta alcanzar $ 500, por una sola vez al año, se aplica la misma medida. Sin embargo, si es reincidente, esta tendrá que presentar el certificado de calidad del Instituto Ecuatoriano de Normalización (Inen), lo que conlleva una serie de trámites en el Ministerio de Industrias. González señaló que esta práctica será revisada, como una medida para proseguir con el combate al contrabando de textiles, que afecta a la industria nacional.

A estas complicaciones se suma la subfacturación en las declaraciones que realizan los importadores de cantidades que no guardan relación con el peso.

Se ha detectado ademas de personas que operan haciendo contrabando 'hormiga', es decir, aquellas personas que arriban al país cargadas con varias maletas de ropa, que luego las comercializan entre sus conocidos y hasta en almacenes.

En el 2008, el Ecuador importó 24 000 toneladas de ropa por lo que se impuso una salvaguardia, de esta forma las importaciones cayeron a 2 400 toneladas pero la demanda continuó. Hoy, las importaciones suman unas 10 000 toneladas, por lo que habría una demanda no atendida de 14 000 toneladas. Las estadísticas sugieren que los productores nacionales solo podrían aportar con 7000 toneladas, las otras 7000 se presume que se lo cubre con el contrabando.  


Estadísticas de producción total de textiles y prendas de vestir al 2010:

FABRICACIÓN DE PRODUCTOS TEXTILES $379.292.790 

FABRICACIÓN DE PRENDAS DE VESTIR $240.738.188

Fuentes: El Comercio, INEC
Elaborado por: Ricardo Agurto 

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IMPORTACIÓN DE COSMÉTICOS

9241772099?profile=originalEsta semana, representares del MIPRO y de una multinacional de cosméticos visitaron las instalaciones de una empresa ecuatoriana que provee de productos a la multinacional, localizadas en Manta, con el objetivo de conocer los procesos de producción y evidenciar los primeros resultados en la provisión de productos de calidad nacional para la línea de aseo de la corporación estadounidense de cosméticos.

Como resultado  de la política gubernamental de sustitución selectiva, planificada y estratégica de importaciones para promover el desarrollo y competitividad de la industria ecuatoriana, la multinacional suscribió una alianza con La Fabril para la provisión nacional de varios productos. El recorrido estuvo liderado por Andrea Samaniego, analista de la Dirección de Petroquímica del MIPRO, María Cristina Torres, coordinadora de Abastecimiento y Marcos Padilla, coordinador de Asuntos Regulatorios de la multinacional.

César Leiton, jefe de la Planta de Productos de Hogar y Cuidados Personal (HCP) da la empresa productora ecuatoriana, explicó los procesos de fabricación, aseguramiento de la calidad y capacitación del talento humano para salvaguardar la conformidad del producto final con los mismos estándares internacionales que maneja la multinacional; “Al momento ya estamos elaborando tres tipos de shampoo y una silicona, y la meta es aumentar a 10 ítems de producción, en el corto plazo, para la línea capilar de la multinacional”.

Según los directivos da la productora ecuatoriana, con 48 años en el mercado de productos de consumo masivo y de aseo personal,  para noviembre de este año, fabricarán, con mano de obra ecuatoriana, aproximadamente 30 productos más aprovechando el apoyo del Gobierno Nacional, a través de la reducción selectiva de importaciones, para que dichos productos sean elaborados con igual o mayor calidad que los que ingresaban del exterior.

La calidad de los productos, que desde hace 23 años son exportados a Estados Unidos,  Venezuela, Colombia, Perú, Chile, México, Argentina, Brasil, entre los principales destinos de América Latina, fue uno de los puntos a favor para que la multinacional realice el encadenamiento productivo.

Se espera que como resultado de la aplicación de la política de encadenamiento productivo, impulsados por el Ministerio de Industrias y Productividad, se reduzcan las importaciones de estos productos que hasta el año 2013 han crecido en un 11% aproximadamente pero es difícil determinar el verdadero por qué de la decisión de la empresa multinacional, ya que además existen ciertas regulaciones que encarecen las importaciones de estos productos como el certificado de reconocimiento exigido por el INEN.

Elaborado por: Ricardo Agurto

Fuente: Ministerio de Industrias y Productividad, TradeMap

 

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Etiquetado de Tabacos

9241772483?profile=originalEl Reglamento a la Ley Orgánica para la Regulación y Control del Tabaco, en el artículo 8, dispone que cada año, hasta el 15 de marzo, las  empresas productoras o importadoras registradas, retirarán del Ministerio de Salud Pública, en versiones impresas y electrónicas, las advertencias  sanitarias con las que se comercializará el producto.

Esta Ley Orgánica para la Regulación y Control del Tabaco, establece: “Art. 18.- Del empaquetado y etiquetado.- En los empaquetados y etiquetados externos de los productos de tabaco, que se expendan dentro del territorio nacional, deberán figurar leyendas y pictogramas o imágenes de advertencia que muestren los efectos nocivos del consumo de los mismos, sujetándose a las siguientes disposiciones: 

  • Las advertencias serán elaboradas y aprobadas por la Autoridad Sanitaria Nacional;

  • Se imprimirán en forma rotatoria y rotativamente cada año directamente en los empaques;

  • Serán de alto impacto preventivo, claras, visibles, legibles y no deberán ser obstruidas por ningún medio;

  • Incluirán pictogramas y mensajes relativos a los efectos nocivos del tabaco, deberán ocupar el sesenta por ciento (60%) de las caras principales, y se ubicarán en la parte inferior de cada cara;

  • La información sanitaria deberá ser impresa directamente en el empaque, ocupando el setenta (70%) de una de las caras laterales;

  • La información sobre los componentes y emisiones del tabaco será únicamente cualitativa;

  • Se prohíbe el empaquetado en presentaciones menores a diez unidades. En caso de otros productos del tabaco, el empaque no deberá contener menos de diez gramos; y,

  • Tanto las leyendas de advertencia como la información textual deberá constar en idioma castellano.”;

Las empresas comercializadoras de cigarrillos deben adaptar sus productos a las nuevas medidas de etiquetado que regirán desde julio, conforme el acuerdo del Ministerio de Salud, publicado en el Registro Oficial del 15 de marzo pasado.

Los mensajes de alerta y las figuras de calavera que se imprimen en las cajetillas, para advertir sobre los peligros de fumar, ahora aparecerán en color amarillo, reemplazando al negro y blanco.

Con ello se busca, que el consumidor tenga una mejor visualización de los textos; disminuir las importaciones y que se pueda detectar más rápido entre los productos fabricados en el país de los que entran ilícitamente (evadiendo el pago de impuestos y poniendo en riesgo al consumidor).

En estos días, personal vinculadas al control aduanero y tributario han recibido capacitación sobre cómo identificar los productos ilícitos.

Entre otras cosas, los productos que entran ilegalmente al país no tienen el texto de precaución en el lateral y tampoco incorporan las fotografías sobre la afectación por el cigarrillo, que deben cubrir el 60% del espacio de la cajetilla. Además, su precio de venta es inferior a USD 1,93 por el cartón de 20 tabacos.

Fuente: Ministerio de Salud Pública, El Comercio, TradeNosis

Elaborado por: Ricardo Agurto

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images?q=tbn:ANd9GcSpx2T8x1wj0528KJ98mX2h6hhAcnIUKSg_QA8bp_zqiAO_XNA95ALa Secretaría General de la Comunidad Andina inició una investigación a fin de determinar si la Resolución 116 del Comité de Comercio Exterior de la República del Ecuador (COMEX) y sus posteriores modificaciones, constituyen una restricción al comercio en los términos establecidos en el Acuerdo de Cartagena.

La Resolución 116 establece la presentación de un “Certificado de Reconocimiento”, así como de sus Reglamentos Técnicos Ecuatorianos (RTEs) como parte del control previo a la importación para un conjunto de 293 subpartidas arancelarias, lo cual podría estar configurando una restricción al comercio en los términos establecidos en las normas andinas.

El lunes, el vicepresidente de la Cámara de Industrias de Guayaquil (CIG), Alberto Salvador, expresó su preocupación por la medida tomada por Perú de exigir a determinados productos ecuatorianos un aval bancario, además del certificado de origen, lo que incrementa los costos y entorpece la exportación.

Salvador considera esta medida como una clara retaliación comercial del país vecino. El sector más afectado sería el de los electrodomésticos.

No obstante, esta exigencia fue catalogada como positiva, especialmente para el productor y el emprendedor ecuatoriano  ya que con esta resolución se prevé reducir 800 millones de dólares en importaciones. La aplicación de esta resolución y el entorno comercial del país ha logrado que empresas embasadoras  extranjeras y ecuatorianas amplíen su capacidad de producción y así evitar el trámite de un certificado de reconocimiento que tiene costos, tiempos de vigencia y plazos.

A continuación se adjunta información importante para la obtención del certificado previo a la importación de las subpartidas especificadas en la Resolución 116 la cual afecta a la Resolución 450 del COMEX:

Información básica para obtener el reconocimiento de los Certificados de conformidad con Norma emitidos en origen a través del formulario INEN-1

Certificado de Reconocimiento de Conformidad con Reglamento 247,00  USD
Certificado de Productos no sujeto a Reglamento Técnico 247,00 USD

certificado-de-conformidad-de-primera-parte.PDF

Fuente: Comunidad Andina, Ministerio de Industrias y Competitividad, Instituto Ecuatoriano de Normalización

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Importación de Vehículos de Carga Pesada

9241760463?profile=originalEl Ing. Antonio Salguero, director de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad vial del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informó que para efectuar un buen control de carga en el país fue indispensable partir con la modificación de la Ley de Caminos, lo que permitió implementar ciertas exigencias como la Licencia Previa a la Importación de vehículos desde 3,5 toneladas.

Además se realiza un estricto control en los pasos de frontera en Huaquillas y San Miguel, donde hay varios controles de transporte internacional de cargas y pasajeros, con el objetivo de controlar las cargas que ingresan al país. Cabe recalcar que para mejorar el control y estar a la vanguardia con otros países del mundo, se han compartido experiencias con países vecinos, que están enmarcados dentro de los acuerdos internacionales.

En vista de que la seguridad vial es una responsabilidad compartida, se llegó a varios acuerdos con quienes generan la carga para que sean corresponsables de la seguridad vial y para evitar los accidentes de tránsito ocasionados por el exceso de peso.

Asimismo se manifesta que, el control debe iniciar en los puertos porque de ahí parte el mayor porcentaje de carga y es donde se genera conflictos a causa de que aún existe informalidad en el sector del transporte. Al momento, se incorpora sistemas informáticos para detectar la carga que sale de los puertos.

Respecto a los requisitos para la circulación en carretera se hace referencia a los Certificados de Operación Regular (permite el ingreso a los puertos y la circulación en la Red Vial Estatal) y el Certificado de Operación Especial (emitido cuando se transporta sobrecarga). En este marco hay que destacar que, cuando hay vehículos que transitan con sobrecarga se realiza un estudio previo de la infraestructura vial.

Para concluir, se hacen esfuerzos permanentes para mejorar la atención al ciudadano y hacer cumplir la ley, con el objeto de garantizar la seguridad de los ecuatorianos y de la inversión en obra pública, tomando en cuenta que todos somos usuarios viales y debemos estar comprometidos con la seguridad vial.

Fuente: Ministerio de Transporte y Obras Públicas

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9241758477?profile=originalLa política de diversificación e incremento del valor agregado en la producción nacional como eje estratégico para el Cambio de la Matriz Productiva se evidencia en las sinergias público-privadas, para fomentar la sustitución selectiva de importaciones.

Entre los múltiples acuerdos que el Ministerio de Industrias ha suscrito con sectores de alto potencial de incremento de la producción local, destacan las ensambladoras automotrices. Para avanzar en los compromisos acordados con este sector, se desarrolló, en conjunto con la Cámara de la Industria Automotriz Ecuatoriana (Cinae), un taller de trabajo para delinear las bases de una política que priorice el aumento planificado del componente nacional en el ensamblaje final del producto.

Alex Zapata, Director de Industria Metalúrgica de la Subsecretaría de Industrias Básicas, informó que las ensambladoras nacionales, con las que el Ministerio de Industrias y Productividad firmó el año anterior acuerdos para incorporar más componente nacional, han identificado la sustitución de importaciones en aproximadamente USD 90 millones entre el 2014 y el 2017.

Otra línea que busca dinamizar, el compromiso acordado con el sector, refiere al encadenamiento productivo entre las ensambladoras, como industrias intermedias, y el mercado autopartista nacional. La industria automotriz ensambló durante el 2012 aproximadamente 81 mil vehículos que representan USD 121,446 millones, de los cuales la industria autopartista ecuatoriana facturó USD 43 millones.

Para fortalecer la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, mipymes, dedicadas a la fabricación de partes y piezas para el ensamblaje de automóviles, el Ministerio de Industrias y Productividad y la Cinae suscribirán, un convenio de cooperación para priorizar el encadenamiento productivo sostenible con las industrias autopartista, para la provisión de accesorios automotrices, aire acondicionado, carrocerías internas y externas, pisos, neumáticos, sistemas de frenos, dirección, suspensión, entre otros insumos que se están identificando para que la industria autopartista ecuatoriana los fabrique y así disminuir sus importaciones.

A esta política de industrialización sustitutiva de importaciones se suman otros grupos empresariales para mejorar la balanza comercial del país. Un grupo azuayo, conformado por 15 empresas, realizará una inversión aproximada de USD 40 millones para la construcción y operación de una nueva fábrica de juguetes. Además incrementará su producción de motos y bicicletas con alto componente nacional, y otra de las industrias del Grupo de inversionistas cuencanos, le apostará a la producción de tablets con tarjetas electrónicas nacionales.

Fuente: El Comercio, Ministerio de Industrias y Productividad

Autor: Ricardo Agurto

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SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES: INVERSIÓN EXTRANJERA

Para multinacionales extranjeras de bebidas, el Ecuador puede ser un punto estratégico para exportar sus productos a la región y al continente, estas empresas han anunciado que invertirán mas de 1.400 millones de dólares en el país, para impulsar este objetivo comercial.

Estas empresas también trabajan cercanamente con el Ministerio de Industrias, para operar con las nuevas reglas de sustitución de importaciones. Por ejemplo una de las empresas importaba el 80% de las tapas para las botellas de sus bebidas y localmente solo producía el 20. Ahora esta empresas está implementado un proceso para revertir este porcentaje. Lo que dejará más dinero y puestos de trabajo en el país.

Producto de la inversión extranjera, se han efectuado absorciones de empresas locales de yogures y té por 400 millones de dólares, esto con el objeto de mejorar el nivel de producción y así abastecer la demanda local(reduciendo así las importaciones) y expandirse a nivel regional.

También se ha anunciado que empresas colombianas y brasileñas inaugurararán plantas especializadas en la producción de botellas plásticas, componentes y mezclas de material reciclado, lo cual generará alrededor de 500 plazas de empleo directo e indirecto. Además uno de los principales grupos industriales de Colombia instalará una planta de amortiguadores y repuestos automotrices.

En conclusión la política de diversificación e incremento de valor agregado en la producción nacional como eje estratégico para el cambio de la matriz productiva y sustitución de importaciones está dejando como resultado aproximaciones a la inversión extranjera pero sería mejor que el Estado trabaje en conjunto con las empresas locales ofertando financiamiento para que estás puedan aumentar su capacidad productiva, así se evitan las absorciones de importantes marcas ecuatorianas y la salida de divisas.

Redactado por: Ricardo Agurto

Fuente: El Comercio

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REESTIBA DE MERCANCÍAS AL MEDIO DE TRANSPORTE

Esta operación consiste en la re-estiba de la carga dentro del medio de transporte o con descarga temporal a muelle o a plataforma, durante la operación de un medio de transporte, con el fin de reprogramar la descarga en los próximos destinos internacionales que se encuentren en su ruta, para garantizar la estabilidad física y flotabilidad o peso y balance del medio de transporte. Posteriormente, las mercancías deben ser embarcadas en el mismo medio de transporte del cual fueron descargados.

Este tipo de operaciones deben ser registradas por el transportista o agente de carga internacional, a través del portal externo del ECUAPASS. Para el registro se necesitará el Numero de Manifiesto de Carga (MRN).

En el caso que la descarga requiera de ingreso físico a depósito temporal, este será el responsable del control, custodia y conservación de las mercancías.

La SENAE considera dos tipos de re-estibas:

  • Planificada, cuando el registro de re-estiba del medio se efectúa antes del registro de informe de llegada.
  • No planificada, cuando el registro se efectúa después del registro de informe de llegada.

Procedimiento de la operación:

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REESTIBA DE MERCANCÍAS AL MEDIO DE TRANSPORTE

Esta operación consiste en la re-estiba de la carga dentro del medio de transporte o con descarga temporal a muelle o a plataforma, durante la operación de un medio de transporte, con el fin de reprogramar la descarga en los próximos destinos internacionales que se encuentren en su ruta, para garantizar la estabilidad física y flotabilidad o peso y balance del medio de transporte. Posteriormente, las mercancías deben ser embarcadas en el mismo medio de transporte del cual fueron descargados.

Este tipo de operaciones deben ser registradas por el transportista o agente de carga internacional, a través del portal externo del ECUAPASS. Para el registro se necesitará el Numero de Manifiesto de Carga (MRN).

En el caso que la descarga requiera de ingreso físico a depósito temporal, este será el responsable del control, custodia y conservación de las mercancías.

La SENAE considera dos tipos de re-estibas:

  • Planificada, cuando el registro de re-estiba del medio se efectúa antes del registro de informe de llegada.
  • No planificada, cuando el registro se efectúa después del registro de informe de llegada.

Procedimiento de la operación:

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