Publicaciones de Cristian Hernán Pozo Fuentes (19)

Ordenar por

 

Persona Natural

  • Copia de Cédula o pasaporte a Color
  • Copia de Papeleta de votación actualizada, (exceptuando a personas mayores a sesenta y cinco años, las ecuatorianas y ecuatorianos que habitan en el exterior, los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, y las personas con discapacidad)
  • Copia de la última factura de pago de luz, agua o teléfono

Persona Jurídica

  • Conocer el número de RUC de la empresa
  • Copia de Cédula o pasaporte a Color
  • Copia de Papeleta de votación actualizada, (exceptuando a personas mayores a sesenta y cinco años, las ecuatorianas y ecuatorianos que habitan en el exterior, los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, y las personas con discapacidad)
  • Copia del nombramiento o certificado laboral firmado por el Representante Legal
  • Autorización firmada por el Representante Legal. 

Funcionario Público

  • Conocer el número de RUC de la institución
  • Copia de Cédula o pasaporte a Color
  • Copia de Papeleta de votación actualizada, (exceptuando a personas mayores a sesenta y cinco años, las ecuatorianas y ecuatorianos que habitan en el exterior, los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, y las personas con discapacidad)
  • Copia del nombramiento o acción de personal o certificado de recursos humanos
  • Autorización firmada por el Representante Legal. 

 

FUENTE: http://www.eci.bce.ec/web/guest/solicitud-de-certificado1

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FIRMA ELECTRONICA

¿Qué es una Firma Electrónica?

Son los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, adjuntados o lógicamente asociados al mismo, y que puedan ser utilizados para identificar al titular de la firma en relación con el mensaje de datos, e indicar que el titular de la firma aprueba y reconoce la información contenida en el mensaje de datos.

La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio.

 

¿Qué no es una Firma Electrónica?

Las firmas manuscritas, digitalizadas o escaneada.

 

¿Qué es Certificado de Firma Electrónica?

Es un documento digital mediante el cual la autoridad de certificación asegura la vinculación entre la identidad del usuario, su clave pública, y privada

 

¿Qué contiene un Certificado Digital?

a) Identificación de la Entidad de Certificación de Información

c) Los datos del titular del certificado que permitan su ubicación e identificación

e) Las fechas de emisión y expiración del certificado;

f) El número único de serie que identifica el certificado

i) Clave pública del titular del certificado

j) Puntos de distribución (URL) para verificación de la CRL

 

¿Qué garantiza la Firma Electrónica?

  • Autenticidad:La información del documento y su firma electrónica se corresponden indubitablemente con la persona que ha firmado.
  • Integridad:La información contenida en texto electrónico, no ha sido modificada luego de su firma.
  • No repudio: La persona que ha firmado electrónicamente no puede decir que no lo ha hecho.
  • Confidencialidad: La información contenida ha sido cifrada y por voluntad del emisor, solo permite que el receptor pueda descifrarla.

 

¿Qué es un dispositivo Token?

Es un dispositivo electrónico USB los cuales no solo permiten almacenar contraseñas y certificados, sino que permiten llevar la identidad digital de la persona.

Tiene un tiempo de vida útil de 10 años, es seguro pues tiene un chip al interior que al momento de romper el TOKEN pierde la información contenida en el chip.

 

¿En qué documentos podemos utilizar la Firma Electrónica?

Una firma electrónica puede utilizarse para firmar electrónicamente: correos electrónicos, facturas electrónicas, contratos electrónicos, ofertas del Sistema Nacional de Contratación Pública, transacciones electrónicas, trámites
tributarios electrónicos o cualquier otro tipo de aplicaciones donde se pueda reemplazar la firma manuscrita y se encuentre facultado para hacerlo dentro del ámbito de su actividad o límites de su uso. Un certificado de firma electrónica puede ser utilizado por personas naturales, jurídicas (representante legal y/o pertenecientes a empresas), funcionarios o servidores públicos de acuerdo a su actividad y conveniencia.

 

¿Se puede tener más de un Certificado Digital por titular?

Una persona podrá disponer de más de un certificado dentro de los niveles de firma que existen para el efecto: persona natural, persona jurídica (representante legal y/o perteneciente a empresa) o, funcionario o servidor público.

 

¿Qué pasa si pierdo el dispositivo criptográfico Token?

Debe solicitar la revocatoria a la Entidad de Certificación a través del Portal de Certificación Electrónica.

 

¿Cuáles pueden ser las causas de revocación de un Certificado Digital?

Los Certificados Digitales pueden ser revocados por alguna de las siguientes razones:

  • Solicitud voluntaria del Suscriptor.
  • Solicitud voluntaria del Solicitante.
  • Pérdida o daños del Token.
  • Fallecimiento del suscriptor, incapacidad sobrevenida, total o parcial, de cualquiera de ellos, terminación de la representación o extinción de la persona jurídica representada.
  • Cese en su actividad del suscriptor.
  • Cese en su actividad del prestador de servicios de certificación salvo que los certificados expedidos por aquel sean transferidos a otro prestador de servicios.
  • Inexactitudes graves en los datos aportados por el suscriptor para la obtención del certificado, así como la concurrencia de circunstancias que provoquen que dichos datos, originalmente incluidos en el Certificado, no se adecuen a la realidad.
  • Que se detecte que las claves privadas del Suscriptor o de la AC han sido comprometidas
  • Por incumplimiento por parte de la AR, AC o el Suscriptor de las obligaciones establecidas en la DPC.
  • Por la disolución del contrato
  • Por cualquier causa que razonablemente induzca a creer que el servicio de certificación haya sido comprometido hasta el punto que se ponga en duda la fiabilidad del Certificado.
  • Por resolución judicial o administrativa que lo ordene.
  • Por las causas que se establecen en los artículos 26, literal b) y artículo 37 literal b) de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensaje de Datos.
  • Por la concurrencia de cualquier otra causa especificada en la DPC o en las PC de cada tipo de Certificado.

 

¿Después de vencido mi certificado de Firma Electrónica puedo seguir firmando archivos digitalmente?

Podrá seguir firmando documentos, pero la firma no tendrá validez pues se encuentra caducado el certificado digital y por ende, los documentos no gozarán de confianza.

 

¿Qué beneficios me da tener una Firma Electrónica?

  • Ahorro de dinero y tiempo
  • Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Comercio Electrónico y el eGovernment
  • Desarrollo Banca en Línea
  • Agilitar la tramitología del Estado
  • Protección jurídica
  • Reducción en volumen de papeleo, correo, fax y otros gastos fijos.
  • Mejor utilización de espacios físicos.
  • Reducción en tiempos operativos
  • Protección tecnológica
  • Desmaterialización de valores y documentos
  • Agilitar los negocios y trámites (incrementa productividad).
  • Disminución considerable de costos (materiales, mano de obra, etc).
  • Contribuye con el medio ambiente
  • Mejorar la competitividad

 

¿Cuál es la importancia de utilizar Certificados Digitales de Firma Electrónica?

La firma electrónica resulta vital para desarrollar y expandir el comercio electrónico en nuestro país, al dotar de una protección técnica y jurídica a los documentos y transacciones comerciales electrónicas.

Muchos usuarios, tendrán la oportunidad de realizar una vasta gama de trámites, documentos y demás, sin necesidad de desplazarse largas distancias para legalizar sus operaciones de manera ágil, confiable y segura. Constituye un impulso a la innovación apoyando la formación de empresas en sectores emergentes.

 

¿Existe riesgo de falsificación de la Firma Electrónica?

El riesgo es prácticamente nulo.

 

¿Cuál es la ley de Comercio Electrónico en Ecuador?

Mediante Ley No. 67, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 577 de 17 de abril del 2002 se expidió la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos.

Art. 1.- Objeto de la Ley.- Esta Ley regula los mensajes de datos, la firma electrónica, los servicios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos, a través de redes de información, incluido el comercio electrónico y la protección a los usuarios de estos sistemas.

 

¿Qué Resolución ampara al Banco Central del Ecuador para la emisión de Certificados Digitales?

El Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) mediante Resolución No. 481-20-CONATEL-2008 de 8 de octubre de 2008, aprobó la petición de Acreditación del Banco Central del Ecuador como Entidad de Certificación de Información y Servicios Relacionados.

 

¿La firma electrónica protege el contenido del documento digital?

Así es, cualquier cambio realizado a los datos del documento, incluso alterando una sola letra, invalidará la firma electrónica, después de cualquier cambio. El receptor del documento digital al validar la firma electrónica recibe la
notificación que la firma es inválida

 

¿Qué pasa con los documentos que han sido firmado electrónicamente y quiero ver la validez del mismo a futuro?

Los documentos firmados mantienen la validez de la firma, pese a que el certificado haya caducado, para lo cual es necesario indicar al programa de lectura del documento digital que la verificación de la firma electrónica se lo realice en la hora en que se creó la firma (Adobe).

 

¿Puedo proteger a mi firma electrónica una vez que haya firmado en un documento, es decir que no la borren o la eliminen?

Si, es posible proteger a la firma, Adobe Writer Versión 9.0 o mayor, tiene esas características

 

¿Hay alguna alternativa para cambiar mi clave del Token?

Si, al momento de instalar el Software del Token (driver), podemos cambiar por una nueva clave (PIN).

Nota:Hay que tener cuidado con este programa, podríamos reinicializar al token y quedar sin funcionamiento por perdida del certificado de firma electrónica, lo cual implicaría realizar un nuevo trámite con la Entidad de Certificación de Información.

 

¿Se puede firmar en forma masiva?

SI, es posible, existe en el mercado programas especializados para el efecto.

 

¿En caso de una auditoria, como demuestro la validez y autenticidad de los documentos firmados
electrónicamente?

La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en su artículo 2, reconoce el valor jurídico de los mensajes de datos, otorgándoles igual valor jurídico que los documentos escritos;

La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en su artículo 8, determina las características para el archivo en la conservación de los mensajes de datos;

La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en su artículo 14, establece que la firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio;

La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en su artículo 15, establece los requisitos de validez de la firma electrónica, para garantizar autenticidad, fiabilidad e integridad de los mensajes de datos;

La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, en su artículo 51, otorga la calidad de instrumento público y reconoce la validez jurídica de los mensajes de datos otorgados, conferidos, autorizados o
expedidos por y ante autoridad competente y firmados electrónicamente;

 

¿Como entrego mi llave pública del certificado Digital, para que otra persona instale en su computador?

Todo certificado tiene un par de llaves, pública y privada. En el caso de la llave pública se puede consultar en el Portal de Certificación Electrónica, se debe descargar el certificado (.cer) de la persona e instalarlo en el
computador.

La otra opción es mediante un documento firmado electrónicamente, en las propiedades de la firma se puede ver el certificado y se lo puede exportar.

 

¿Al imprimir un documento que contiene Firma Electrónica tiene valor legal?

Un documento electrónico una vez impreso pierde validez legal, su validez radica en la integridad y autenticidad del documento electrónico.

 

¿Existe alguna normativa o resolución que indique que las entidades del sector público deban aceptar y generar documentos electrónicos con firma electrónica?

SI, existe el Acuerdo 039 - Norma de Control Interno emitido por la Contraloría General de Estado, publicado en el registro oficial No. 78 del 1 de Diciembre del 2009

 

 

FUENTE: BANCO CENTRAL DEL ECUADOR

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ECUAPASS

 

Objetivos del ECUAPASS

  • Transparencia y eficiencia de las operaciones aduaneras
  • Minimizar el uso de papel
  • Simultáneamente asegurar el control aduanero y facilitar el comercio
  • Establecer el sistema de operaciones aduaneras basado en el modelo del sistema de despacho electrónico coreano (UNI-PASS)
  • Establecer la Ventanilla Única de Comercio Exterior

Beneficios Ventanilla Única

  • Envio y recepcion de electronica de informacion hacia y desde entidades de certificacion
  • Aumentar la eficiencia en los procesos relacionados relacionados al comercio exterior
  • Reduccion en tiempos totales de importacion y exportacion
  • seguridad de la informacion (uso de firma electronica)
  • Declarantes y entidades publicas o privadas pueden conocer el estado de los tramites
  • Disponibilidad inmediata de registros entre las instituciones puiblicas involucradas
  • Informacion suficiente para que las entidades publicas puedan realizar eficientemente el control

 

Procedimiento de solicitud para el uso del portal

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certificados de seguridad

Certificados de Servidor

El Certificado de Servidor aporta a un WEB SITE la característica de seguridad y confianza necesaria para poder entablar cualquier tipo de relación con los potenciales usuarios. Es el elemento necesario para poder aprovechar la gran vía de negocio que supone el comercio a través de Internet con la máxima rentabilidad y seguridad. Los Certificados de Servidor permiten incorporar el protocolo SSL (Secure Socket Layer) en un servidor Web. Gracias a este protocolo toda comunicación entre el cliente y el servidor permanece segura, cifrando la información que se envía a ambos puntos protegiendo los datos personales, datos de tarjetas de crédito, números de cuenta, passwords, etc. Cobra especial importancia dentro del área del comercio electrónico, donde la seguridad de los datos es la principal barrera para el desarrollo de este sistema.

Certificados para WAP

Los Certificados WAP permiten a las WEB comerciales existentes y de nueva creación la realización de transacciones seguras con los consumidores móviles. Los nuevos portales basados en transacciones móviles seguras expandirán el comercio electrónico entre los usuarios móviles y los WEB SITES dedicados al comercio. Los servidores WAP necesitan proporcionar seguridad y confianza a los usuarios potenciales. Esta es la base para que se establezca una contraprestación que satisfaga a ambas partes. Los Certificados WAP permiten mantener conexiones seguras basadas en encriptación y autenticación con dispositivos de telefonía móvil.

Certificados Personales

Otorgan seguridad a los correos electrónicos basados en un standard S/MIME. Podrá firmar o cifrar los mensajes de correo para asegurarse de que sólo el receptor designado sea el lector de nuestro mensaje.

CAs Corporativas

Es la solución óptima para las empresas que quieran disponer de un sistema de generación de cualquier tipo de Certificado para sus usuarios (trabajadores, proveedores, clientes, etc.) y servidores. Una CA Corporativa puede generar cualquier tipo de certificado, ya sean Certificados Personales, de Servidor, para WAP, para firmar Código e incluso para IPSec-VPN. En función del tipo de funcionalidad que se le quiera dar a la CA se deberá escogerse un diferente tipo de CA Corporativa.

Certificados para firmar Código

El Certificado para la Firma de Código, permitirá a un Administrador, Desarrollador o Empresa de Software firmar su Software (ActiveX, Applets Java, Plug-ins, etc.) y Macros, y distribuirlo de una forma segura entre sus clientes.

Certificados para IPSec-VPN

Los Certificados para VPN son los elementos necesarios para que la empresa aproveche las cualidades y ventajas de la utilización de las VPNs de un modo plenamente seguro. Las VPNs surgen como consecuencia de la creciente demanda de Seguridad en las comunicaciones ya sea entre Router-Router o Cliente-Servidor. La apertura de las redes corporativas a empleados remotos (con gran importancia en el caso del Teletrabajo, sucursales, business, partners o clientes.

Ventajas

Mediante la utilización de los certificados electrónicos, tanto las transacciones electrónicas como cualquier otra clase de transmisión de información a través de Internet, estará más protegida, originándose de esta forma una mayor confianza y seguridad en los usuarios en relación con los contenidos de los mensajes enviados y recibidos.

Clases de Certificados

Su mayor ventaja es la certeza que produce sobre la identificación de la persona que envía un determinado mensaje, ya que autentifica fehacientemente la identidad del emisor.

 

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Obtención de la firma electrónica

  • Ingrese al Portal de Certificación Electrónica en www.bce.fin.ec enlace Certificación Electrónica o directamente a www.eci.bce.ec En la sección Firma Electrónica seleccione Solicitud de Certificado y regístrese en línea.

  • Realice el pago por su Certificado Digital

  • Acérquese a la Entidad de Certificación para la firma del Contrato y entrega del Certificado Digital en Token.

 para acceder a la firma electrónica, deberá cumplir con el pago según la siguiente tabla:   

Tarifas Vigentes

Las tarifas de los certificados de firma electrónica de acuerdo a la Resolución No.BCE-003-2012, son las siguientes:

TOKEN (Es un dispositivo criptográfico USB, donde se almacena su certificado digital de forma segura) - vigencia 2 años

Emisión del Certificado de Firma Electrónica (token)$ 30,00 + iva
Dispositivo Portable Seguro - Token$ 26,00 + iva
TOTAL$ 56,00 + iva
Renovación del Certificado (válido por 2 años)$ 15,00 + iva

HSM (Hardware Security Module, es un dispositivo criptográfico ideal para altos volumenes de transacciones, ejemplo: facturación electrónica) - vigencia 3 años

Emisión del Certificado de Firma Electrónica (HSM)$ 90,00 + iva
HSM - Puede adquirir a distribuidores locales-----------------
Renovación del Certificado (válido por 3 años)$ 90,00 + iva

Nota:  El modelo de HSM debe ser compatible con la plataforma PKI del Banco Central del Ecuador. Mayor información telf.: 02 2572522 ext.: 2122 o 2777


ARCHIVO (Es un certificado estandar x.509 en formato p12, que puede ser integrado en cualquier sistema operativo) - vigencia 1 año

Emisión del Certificado de Firma Electrónica (Archivo)
$ 15,00 + iva
TOTAL
$ 15,00 + iva
Renovación del Certificado (válido por 1 año)
$ 15,00 + iva

ROAMING(Certificado almacenado de forma segura en servidores de la ECIBCE, que le permite realizar operaciones mediante el uso del applet  publicado por la ECIBCE- ROAMING o un aplicativo opcional llamado ESP- vigencia 2 años

Emisión del Certificado de Firma Electrónica (Roaming)$ 30,00 + iva
TOTAL$ 30,00 + iva
Renovación del Certificado (válido por 2 años)$ 15,00 + iva

RECUPERACIÓN DEL CERTIFICADO (TOKEN - ROAMING - ARCHIVO - HSM) - vigencia tiempo restante correspondiente a emisión

Recuperación del certificado$ 0,00

En caso de olvido de la clave o inutilización del soporte donde se encuentra su certificado, el usuario deberá acceder <<aquí>>


OTRAS TARIFAS

Aplicativo ESP (Entrust Security Provider) - Opcional Usuarios Roaming$ 25,00 + iva
Dispositivo Token ECIBCE$ 26,00 + iva

• Renovación:

 

Al finalizar el segundo año de vigencia del contrato se puede renovar el certificado por dos años adicionales. El precio consulte en la sección de tarifas publicada en la página del BCE

BIBLIOGRAFIA

Pagina del Banco Central del Ecuador


Cristian Pozo

Jairo Verdezoto

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ECUAPASS

ECUAPASS

Es el sistema aduanero ecuatoriano  que permitirá a los Operadores de Comercio Exterior poder realizar todas sus operaciones  aduaneras de importación y exportación.

Objetivos del ECUAPASS

• Transparencia y eficiencia de las operaciones aduaneras Minimizar el uso de papel

• Simultáneamente asegurar el control aduanero y facilitar el comercio

• Establecer el sistema de operaciones aduaneras basado en el modelo del sistema de despacho electrónico coreano (UNI-PASS)

• Establecer la Ventanilla Única de Comercio Exterior

Módulos que conforman el  ECUAPASS

Los módulos que conforman el ECUAPASS son los siguientes:

• Portal de Comercio Exterior y Ventanilla Única Ecuatoriana

• Procesos de Importaciones y Exportaciones (Despacho y Carga)

• Control Posterior

• Gestión de Litigios Aduaneros

• Data Warehouse

• Devolución Condicionada de Tributos

• Sistema de Alerta Temprana

• Gestión de Riesgos (Incluye la Gestión Avanzada)

• Gestión del Conocimiento 

• Sistema de Manejo de Pistas de Auditoria


Enviar la información al ECUAPASS

Podrá realizarlo de tres formas:

1. Ingresando directamente al Portal del ECUAPASS e ingresando la información que quiere trasmitir a la Aduana.

2. Desarrollando o adaptando su software para que transmita la información de los nuevos documentos electrónicos que desea transmitir a la aduana.

3. Descargándose el software que otorgará la aduana para que transmita la información de los nuevos documentos electrónicos que desea transmitir a la aduana. 

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Firma Electrónica

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La firma digital es una firma tecnológicamente específica y creada mediante los denominados sistemas de criptografía de clave asimétrica y cuyo funcionamiento se basa en que el titular posee dos claves: una clave pública y una clave privada. La clave privada sólo la conoce el emisor y está asociada a la información que envía, mientras que los que la reciban, sólo conocerán su clave pública. Las dos claves se necesitan y se complementan para conseguir que el mensaje cifrado aparezca como el original.

Mediante un sistema de operaciones matemáticas se protege la información que queremos enviar mediante el cifrado de datos, se oculta el texto al aplicarle unas instrucciones al mensaje y se convierte en un galimatías de números y letras (mensaje cifrado). El mensaje resultante sólo podrá ser descifrado por los que conozcan las instrucciones y la clave utilizada.

Actualmente la firma electrónica cumple un rol muy importante respecto a los problemas de seguridad que existen en la internet al realizar operaciones de negocio o simplemente al enviar un e-mail, ya que su utilización puede garantizar la integridad del mensaje, su reconocimiento y su autenticación; es decir, es el procedimiento por el cual se asegura la identidad del remitente del mensaje

Para garantizar la seguridad de las firmas digitales es necesario a su vez que estas sean:

  • Únicas: Las firmas deben poder ser generadas solamente por el firmante y por lo tanto infalsificable. Por tanto la firma debe depender del firmante
  • Infalsificables: Para falsificar una firma digital el atacante tiene que resolver problemas matemáticos de una complejidad muy elevada, es decir, las firmas han de ser computacionalmente seguras. Por tanto la firma debe depender del mensaje en sí.
  • Verificables: Las firmas deben ser fácilmente verificables por los receptores de las mismas y, si ello es necesario, también por los jueces o autoridades competentes.
  • Innegables: El firmate no debe ser capaz de negar su propia firma.
  • Viables: Las firmas han de ser fáciles de generar por parte del firmante.


INTEGRANTES

Jairo verddezoto

Cristian Pozo


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9241718488?profile=originalLas licencias que se otorgan para la importación de 42 subpartidas arancelarias, entre las que figuran los CKD, celulares y neumáticos principalmente esto ha generado grandes preocupaciones y que alrededor de estas resluciones se han dado muchas dudas y confusiones lo que ha generado malestar en importadores y empresarios.

Referente a esto se han determinado dos problemas puntuales para la industria automotriz que esperan que el Ministerio de Industrias y Productividad (Mipro) pueda ayudar a solucionar.

  • el primer problema radica en que la Cartera de Estado no debe solicitar que las subpartidas  del capítulo vehículos especialmente en las que se otorgan licencias, con el objetivo de que los empresarios puedan importar según los requerimientos del mercado.
  • Ademas el sector necesita conocer cuáles serán las condiciones para las importaciones de 2012, a fin de que las compañías puedan tener una pronta y eficiente planificación que genere utilidades para la misma.


Acontando a esto se observa que si las restricciones a las importaciones continúan, los empresarios venderán menos autos y podría generarse reducción en las plazas de trabajo, ya que ninguna empresa trabaja para perder y en consecuencia los perjudicados seran los consumidores y en efecto los obreros.

en cuanto a los sectores de celulares y neumáticos ven que no es necesario tener cupos para realizar compras al exterior, las licencias se utilizarán para formalizar el proceso de importaciones a esto se espera que el Mipro emita licencias con la aprobación de las importaciones.

Estas restricciones  en las importaciones, a medida que el regimen busca reducir el déficit de la balanza comercial, el sector importador es el que deba asumir nuevas reducciones en sus compras debido al freno de las mismas con excesivos aranceles.Es por esto que los empresarios esperan que el Gobierno no imponga más trabas a la importación de productos ya que estas medidas producen problemas en el mercado. 

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El Comex realizó cambios en la resolución número 18, lque trata sobre la aplicacion de  los aranceles para la importación de partes (CKD) para vehículos y camionetas y el porcentaje de reducción de estos al momento de utilizar CKD nacionales. Las modificaciones se dan despues de que el sector automotriz pondria en conocimiento la gran preocupación por la elevación a su parecer excesiva de los aranceles.

En la publicacion del Comex se señala que los autos con menos de 2 000 centímetros cúbicos (cc) con 0% de CKD nacional no tendrá ningún descuento y que el arancel aplicado será del 10%, de la misma manera, en el momento de incorporar el 20% de autopartes nacionales, no tendrán aranceles.

Por el lado de los autos de entre:

  • 2 001 cc y 3 000 cc, cuyo arancel más alto es del 14%, obtendrán descuentos de 1,4 puntos del arancel si aplican entre 2% y 3,99% de CKD nacional
  • 2,80 puntos si usan de 4% a 5,99% de autopartes nacionales, hasta llegar a la reducción del 14% si aplican 20% de CKD nacional.
  • Los vehículos de más de 3 000 cc, que pagan un máximo del 18% de arancel, también tendrán descuentos si introducen CKD nacionales. Si aplican 2% a 3,99% de autopartes nacionales, la reducción del arancel será de 1,80 puntos hasta llegar a la reducción total del arancel cuando hayan utilizado el 20% de CKD nacional.

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Yasuni ITT

La Embajadora Daisy Espinel de Alvarado destacó que el Yasuní ITT es proyecto emblemático del Presidente Rafael Correa, e hizo un llamado a la comunidad internacional para colaborar con la iniciativa que beneficiará al mundo y que además presenta nuevas concepciones sobre las interrelaciones entre sociedad y ambiente. Se refirió a la iniciativa desde la perspectiva ambiental e histórica y destacó que no solo se trata de un proyecto de conservación ecológica sino de una apuesta ética por un modelo de desarrollo sostenible y cambio de la matriz energética del Ecuador y la región. 

La conferencia fue anunciada en Diario La Nación de Costa Rica, el de mayor circulación en este país, en un espacio especial de actividades de la UCR. El acto se realizó en coordinación con la ingeniera Verónica Vivar, estudiante ecuatoriana de la maestría de desarrollo sostenible, quien realizó una presentación informativa sobre el Yasuní ITT conjuntamente con el Subjefe de Misión, Javier Llorca. Al término de la conferencia los asistentes manifestaron su apoyo a la iniciativa y los profesores su compromiso para difundir el proyecto a los estudiantes y público en general. Realizaron además una contribución simbólica en un ánfora que permanecerá en las instalaciones de la Universidad con el propósito de recaudar fondos

 

Integrantes:

Cristian Pozo

Jairo Verdezoto

Estefania Perez

 

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Inversión Española

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Ayer en la tarde, en los Salones de la Cancillería, tuvo lugar una reunión de trabajo entre Miembros de la Cámara Oficial Española de Comercio e Industria, con representantes del sector público Ecuatoriano.

Entre las empresas que visitaron el país se encuentran aquellas vinculadas con sectores de ingeniería y servicios de transporte, medio ambiente y energías renovables.

Héctor Egüez, Subsecretario de Comercio e Inversiones del MRECI, destacó el papel del Estado ecuatoriano, como facilitador de estos procesos de acercamiento para que las empresas  extranjeras cuenten con el apoyo e información adecuada para la toma de decisiones.

“En el marco de la UNASUR estamos planteando una fuerte inversión en el ámbito de desarrollo de la infraestructura que es fundamental para el comercio, entre ella infraestructura física como vías, transporte que faciliten la logística.

Pero también temas de agua potable, energía alternativa para la región”, aseguró.

La visión entre los países de América del Sur es la necesidad de desarrollar capacidades para generar infraestructura para el desarrollo y ahí nos interesa mucho la posibilidad de asociarse estratégicamente con países y/o empresas que estén en esa línea, acotó.

María Fernanda de Luca, Directora de PRO ECUADOR, puso a disposición de los inversionistas los servicios del Instituto. “Siempre es grato contar con la presencia de delegaciones internacionales interesadas en nuestro país, para darle vida al motor del comercio exterior y de las inversiones que a través de los contactos cercanos y directos se potencializa. Una parte del equipo de PRO ECUADOR está presente, para conocer las expectativas que la delegación tendría, e ir definiendo en conjunto futuras acciones que puedan hacer realidad los proyectos que tengan”, reiteró.

Edgar Brito, Director de Servicios al Inversionista de Ministerio de la Producción, presentó a los inversionistas el Código de la Producción, su aplicabilidad y el incentivo que éste ofrece a las nuevas inversiones.

Señaló que debe conocerse lo que los inversionistas necesitan para instaurar sus inversiones en el país. “Se trabaja en líneas críticas y en base a eso se desarrolla acciones tendientes a facilitar las operaciones de inversión extranjera en el país, entonces se propician acercamientos con otros actores públicos y privados”, explicó.

En el mismo contexto, Ana María Páramo, Jefa del Área para América Latina y el Caribe de la Cámara de Comercio Española,  indicó que esta es una delegación de empresas  de ingeniería que trabajan y quieren trabajar en el ámbito de los  proyectos financiados por Organismos Multilaterales.  “En este sentido, hemos estado en Washington, visitando las sedes del BID y del Banco Mundial.  El objetivo de nuestra visita a Quito, es conocer de primera mano los programas, proyectos y sectores que tiene Ecuador de cara a los proyectos de inversión”

 

Integrantes: 

Estefania Perez

Cristian Pozo

Jairo Verdezoto

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Ecuador y Perú impulsan su integración

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El pasado 25 de noviembre se mantuvo una reunión entre los cancilleres de Ecuador Ricardo Patiño y de Perú Rafael Roncagliolo.

En el encuentro además estuvieron presentes Francisco Ribadeneira, Viceministro de Comercio Exterior e Inversiones; José María Borja, Subsecretario de América Latina y el Caribe; Juan Salazar, Director de Relaciones Vecinales y Soberanías y Guillermo Lara, Coordinador del Capítulo Ecuador de la Comisión de Vecindad.

El Canciller peruano junto y a su comitiva, arribaron alrededor de las 16:00, a la Base Aérea Mariscal Sucre, en un vuelo privado procedente de Lima.

Posteriormente, se trasladó al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, en donde fue recibido por su homólogo, Ricardo Patiño, alrededor de las 17:00. Ahí mantuvieron una reunión privada e iniciaron la agenda de trabajo a fin de dar seguimiento a los temas de la X Reunión de la Comisión de Vecindad Ecuatoriano-Peruana, realizada en Piura, el pasado 27 de octubre.

Uno de los puntos principales de la reunión fue el próximo Gabinete Binacional de Jefes de Estado, para lo cual se definirá una nueva fecha, en el primer trimestre del 2012, donde se analizarán cuatro ejes: productivo, seguridad, temas sociales e infraestructura.

Los Cancilleres suscribieron una Declaración Conjunta, donde se recogen los principales acuerdos de la reunión y se resaltan aspectos de la integración regional como la presencia de Ecuador y Perú, en la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), y en especial los Derechos Humanos; la convergencia entre la CAN – MERCOSUR y UNASUR; el CELAC; el papel de la Presidencia Témpore y la Declaración por la Democracia

 

Integrantes:

Cristian Pozo

Jairo Verdezoto

Estefania Perez

 

 

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Ecuador y México

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El pasado miércoles 23 de noviembre, en DF, México, se presentó de manera oficial la Oficina Comercial del Ecuador en México. Este es un importante paso para afianzar las relaciones comerciales con este país, especialmente para fortalecer el actual proceso de negociación con miras a reducir el déficit en la balanza comercial que al momento tiene Ecuador con México.

Esta actividad a la que asistieron importantes empresarios mexicanos, representantes de las cámaras de la producción y varias autoridades locales y nacionales vinculadas a la actividad comercial en el país, contó con la participación especial de la Embajadora Plenipotenciaria para el Proyecto Yasuní ITT, Ivonne Baki, quien invitó a todos los asistentes a sumarse a esta innovadora iniciativa propuesta por el Ecuador al mundo.

Mientras, la Presidenta de la Asociación de Ecuatorianos Residentes en México, anunció el compromiso de los compatriotas, de iniciar acciones conjuntas con la comunidad ecuatoriana residente en otros países para apoyar este tema.

 

INTEGRANTES

Jairo Verdezoto

Cristian Pozo

Estefania Perez

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Al parecer el Fondo Monetario Internacional FMI esta pensando en ayudar a Italia si su crisis se agrava con un crédito de entre 400.000 y 600.000 millones de euros, lo cual ayudara a que Italia supere su endeudamiento, para lo cual se plantea un interés del 6% por el supuesto de que se realice el crédito.

Italia dispondrá de entre 12 y 18 meses para efectuar planes de reducciones presupuestarias y cambios que fortalezcan el crecimiento económico. Debido a la gran cantidad de dinero que supone este crédito, no solo bastara la intervención del FMI sino también del Banco Central Europeo, a lo cual, Alemania se opone como afirma el diario italianao La Stampa.

" Este escenario ha sido ideado debido a la oposición de Alemania a un mayor rol del BCE en la ayuda a los países en dificultades, y permitirá superar las reticencias alemanas si el préstamo es efectuado bajo estricto control del FMI "

 

Integrantes:

Cristian Pozo

Jairo Verdezoto

Estefania Perez

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MENAJE DE CASA

ANÁLISIS DEL DECRETO 888 SOBRE MENAJE DE CASA Y EQUIPOS DE TRABAJO

Con el decreto 888 emitido por el Sr presidente Rafael Correa sobre menaje de casa y equipos de trabajo que entro en vigencia el pasado 29 de septiembre, se trata de corregir varias irregularidades que se han venido dando por parte de los migrantes que intentan constantemente de introducir al territorio nacional mercancías exentas del pago de tributos y comercializarlas obteniendo beneficios económicos a costillas de las facilidades que otorga el estado para su regreso al país.

Primero hay que mencionar claramente lo que es un menaje de casa para que no haya dudas al respecto.

Menaje de casa.- Son todos los elementos nuevos o usados, de uso cotidiano de una familia, tales como electrodomésticos, ropa, elementos de baño, cocina, muebles de comedor, sala y dormitorios, enseres de hogar, computadoras, adornos, cuadros, vajillas, libros, herramientas de uso domestico y demás elementos propios del lugar  donde una persona natural o núcleo familiar habita en forma permanente., adquirido antes de su viaje de retorno al Ecuador, embarcados en el país donde habitó de forma permanente previo a su cambio de domicilio al Ecuador.

Las modificaciones se realizan en los siguientes artículos:

El art. 2 se establece que para el ingreso exento de tributos de prendas de vestir, calzado y accesorios, no debe sobrepasar de 200kg por cada miembro del núcleo familiar, en caso de que  no se cumpla con esta disposición, es decir, si se superan los 200 kg por cada miembro del núcleo familiar se cobraran los tributos del excedente siempre y cuando las tallas guarden relación con los miembros del núcleo familiar en tallas y volumen. En caso de no hacerlo se considerara como mercancía de prohibida importación.

Cabe recalcar con respecto al resto del menaje de casa, también serán exentos del pago de tributos mientras las cantidades no puedan ser consideradas comerciales y pertenezcan a los miembros del núcleo familiar.

Los continentes que se utilicen para transportar las prendas de vestir, calzado y accesorios, deben estar debidamente identificados dependiendo de lo que contenga.

 

En el art. 3 se producen cambios importantes ya que aquí se da la facilidad de traer un automóvil, ahora se establece que para acogerse a este beneficio como menaje de casa, debe haberse establecido en el exterior por 3 años como mínimo. Mientras que en el anterior decreto se establecía que el migrante solo debía haber estado en el exterior por un periodo mínimo de un año.

Otros aspectos importantes dentro del nuevo decreto son las especificaciones que se dan para que se puedan traer automóviles como menaje de casa.

Para automóviles: El valor máximo del vehículo no podrá exceder de 20.000 USD y su cilindrada no podrá ser mayor a 3.000 cc. “Para determinar este valor, se tomará el precio de venta en el que ese año modelo salió al mercado”.

Para motocicletas: El valor máximo permitido no podrá exceder de 8.000 USD y su cilindrada no podrá ser mayor a 650 cc. “Para determinar este valor, se tomará el precio de venta en el que ese año modelo salió al mercado”.

En caso de que los vehículos no cumplan con lo señalado no podrán ser considerados como menaje de casa y deberán cumplir con todas las formalidades aduaneras correspondientes.

También se establece que si se incorporan dos vehículos al menaje de casa que cumplan con los requisitos antes establecidos, solo se aceptara  el de mayor valor dentro del menaje y los demás en condiciones de nuevos deberán cumplir con todas las formalidades aduaneras. En caso de que el vehículo no cumpla la condición de nuevo será considerado como mercancía de prohibida importación y se ordenara su reembarque obligatorio.

Estas especificaciones o limitaciones no existían en el reglamento anterior. Con esto lo que se trata es de parar la importación de vehículos  con exoneración de impuestos por parte de los migrantes, ya que las facilidades dadas antes del presente decreto, daba lugar a que traigan automóviles nuevos de lujo exonerados de los pagos de tributos, y esto conllevaba a que los migrantes los comercialicen en el país, lo que significa una clara evasión al fisco y perjuicio al estado.

Para seguir con el análisis del art. 4 debemos aclarar lo que son herramientas y equipo de trabajo.

Herramientas y equipo de trabajo.- Es el conjunto de utensilios, instrumentos y/o equipos profesionales, nuevos o usados, para el ejercicio de una tarea productiva o de un oficio, vinculados o no a la actividad, profesión, u oficio del migrante o su núcleo familiar, necesarios para emprender una única actividad productiva en el país, por cónyuge o conviviente.  Los equipos de trabajo no solo son portátiles, por lo tanto pueden ser herramientas de trabajo estacionarias o fijas, que son susceptibles de ser desarmadas o desmontadas, instrumentos, estructuras, máquinas.

Bajo el nuevo decreto se establecen ciertas limitaciones también a este tipo de beneficio entre las cuales se impone un valor máximo de los equipos de trabajo de 30.000 USD, en el caso de que se supere este monto el migrante tiene que presentar un proyecto de inversión. También limita las mercancías que puedan ser consideradas como equipos de trabajo estableciendo varios capítulos 87, 88, 89 y partidas arancelarias como 8428.90.10.00, 8428.90.90.00, 8429.11.00.00, 8429.20.00.00, 8429.40.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00, 8430.31.00.00

En lo concerniente al art. 5 se establece quienes pueden ser considerados dentro del núcleo familiar, en el nuevo decreto se establece que no solo pueden pertenecer al núcleo familiar cónyuge e hijos sino también abuelos, nietos, tíos, sobrinos hermanos y hermanas, debiendo la cabeza de familia demostrar con documentos la dependencia económica y/o tutoría legal del miembro adicional.

En el art. 7 que es sobre la justificación de la propiedad de los bienes se establece un cambio.

En el anterior reglamento se establecía que para justificar la propiedad se debía acudir ante un notario y ante un cónsul, ahora solo es necesaria la presentación de una declaración juramentada ante la SENAE.

 

INTEGRANTES:

JAIRO VERDEZOTO

CRISTIAN POZO

ESTEFANIA PEREZ

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ECUADOR, BUSCA ASEGURAR A SUS TRASPORTISTAS DE CARGA INTERNACIONAL

En reacción a la violenta actitud que tuvieron algunos transportistas de la Asociación de Camioneros de Colombia aduciendo que los transportistas ecuatorianos frente a ellos mantienen una competencia desleal, pues en el Ecuador se posee combustible subsidiado a más bajos precios lo que no sucede en Colombia, en respuesta a no solamente la denuncia sino también al ataque al que fueron presos los trasportistas, el gobierno Ecuatoriano solicito garantías tanto para sus conductores como para el normal tránsito de carga entre Ecuador y Colombia.

La Asociación de Camioneros de Colombia mantiene la suspensión de actividades que impide que transportistas ecuatorianos introduzcan las tractomulas en el mercado interno Colombiano, las cargas cruzan el puente Rumichaca pero únicamente llegan hasta los centros de acopio y bodegas de Ipiales donde son descargadas, evitando internarse dentro del territorio Colombiano y sufrir agresión por parte de los camioneros Colombianos.

 

ESTEFANIA PEREZ

JAIRO VERDEZOTO

CRISTIAN POZO 

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NO SE EMITEN ABONOS TRIBUTARIOS

 

AUN NO SE ESTAN EMITIENDO ABONOS TRIBUTARIOS

Al parecer los CERTIFICADOS DE ABONO TRIBUTARIO no se estan emitiendo por parte del estado, los mismos que fueron impulsados para minimizar el impacto que provocaría la no renovacion del ATPDEA con Estados Unidos.

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Varios empresarios se quejaron de que al parecer existen trabas administrativas para la emisión de estos certificados, pero, el Viceministro de la Producción (MCPEC) señalo que no existen dichas trabas para los exportadores, sino que al momento de presentar los documentos por parte de los exportadores tienen errores en los mismos, ademas tienen que solicitar los documentos de exportación hacia los EEUU. otros de los aspectos por lo que algunas empresas aun no han solicitado el certificado de abono tributario es por que tienen la expectativa de que Estados Unidos renueve el ATPDEA debido a que el congreso de dicho país aprobó el Sistema Generalizado de Preferencias con lo que algunos productos ecuatorianos siguen ingresando sin pagar aranceles.

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POSIBLE GUERRA DE MERCADO ENTRE CHINA Y EEUU.

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El país asiático China rechaza la iniciativa de Estados Unidos de imponer sanciones comerciales debido a que China mantiene al Yuan por debajo de su precio real, lo que perjudica a las exportaciones de EEUU, así como la perdida de competitividad de sus productos en el mercado mundial lo que recae en la perdida de empleos. 

Según las ultimas cifras el Yuan alcanzó una marca histórica en su cambio con el dólar situándose en 6,3549. Pero a pesar de esto debido a las medidas tomadas por China hacen que el Yuan se mantenga subvalorado o infravalorado lo que beneficia a sus exportaciones pero a la vez impide el reajuste de la economia mundial.

 

China afirma que esta iniciativa de EEUU va en contra de las políticas de la OMC, y que las mismas no resolverán sus problemas de déficit comercial y desempleo, al contrario lo que esta haciendo es conducir a una guerra comercial. 

La actual ley se encuentra en discusión por el senado de los Estados Unidos. El portavoz de China Ma Zhaoxu, afirma que el debate sobre la imposición del mencionado proyecto de ley "viola seriamente las reglas de la Organización Mundial del Comercio (OMC)".

 

Cristian Pozo 

Estefania Perez

Jairo Verdezoto

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FUENTE: EL COMERCIO Redacción Negocios 12:00 Jueves 22/09/2011

 

Al parecer los intereses de Rusia por invertir en el pais, mas específicamente en el proyecto Toachi-Pilaton se va concretando con la contratación de la empresa estatal rusa Inter Rao, la cual esta enviando técnicos al país desde octubre del año pasado para la instalación de equipos electromecánicos. El contrato con la empresa estatal rusa fue firmado en Agosto de 2009 y con un credito de USD 123 millones.

 

Al parecer en abril pasado Inter Rao firm{o con el gibierno ecuatoriano un protocolo de intencion para la construccion de varias centrales hidroelectricas entre las pricipales estan Chontal, Chirapi y Manduriacu. Estas centrales son una prioridad para el estado las tienen un costo aproximado de USD 700 millones. Todas estas construcciones contaran con el credito de Eximbank de Rusia la cual entregara al parecer el 70%, mientras que el restante 30% sera financiado por el IESS.

 

La intencion de Rusia es invertir tambien tanto en el sector petrolero como en el minero, en este primero al parecer el estado ecuatoriano ofrecio el bloque 31 a la empresa estatal rusa, Rosneft. Mientras que con la empresa mixta rusa Zarubezhtsvetmet se está negociando desde el 2010 con la Estatal Minera del Ecuador para desarrollar proyectos.

 

INTEGRANTES: Jairo Verdezoto

Cristian Pozo

Estefania Perez 

 

 

 

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