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La Resolución Nro. SENAE regula el proceso de elaboración, transmisión y aforo de una Declaración Aduanera en el distrito correspondiente, en los plazos y condiciones establecidos por la normativa aduanera vigente.

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CONCLUSIÓN

La declaración regula el proceso de transmisión y aforo de la Declaración Aduanera y establecen plazos y condiciones señaladas bajo cada modalidad.

RECOMENDACIÓN

Como usuario debe asegurarse bajo que modalidad arriba la mercadería para conocer los plazos y condiciones que correspondan a cada uno.

FUENTE

Resolución Nro. SENAE-DGN-2013-0129-RE

AUTORA

Josselyn Asimbaya

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INSPECCIONES EN CARGA DE IMPORTACIÓN

El Manual Específico detalla las actividades que se deben realizar los operadores de Comercio Exterior para realizar inspecciones en carga de importación que ingresan por las zonas primarias del país, con el fin de estandarizar los procesos a realizarse, reduciendo tiempos y mejorar el uso de herramientas informáticas eficientes.

PROCESO DE INSPECCIÓN

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CONCLUSIÓN

El manual establece todos los procedimientos para la inspección de las importaciones con el afán de reducir tiempos y el correcto registro de las solicitudes en ECUAPASS.

RECOMENDACIÓN

El OCE debe conocer el presente manual para conocer el procedimiento en las inspecciones, para evitar malos entendidos y que dichas operaciones sean todo un éxito.

FUENTE

Manual Específico para las Inspecciones en Carga de Importación

AUTORA

Josselyn Asimbaya

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PAGO GARANTIZADO

Es una modalidad que permite a los Operadores de Comercio Exterior previamente calificador por la administración aduanera, obtener el levante de las mercancías inmediatamente después de liquidada la Declaración Aduanera,  sin que se autorice el pago de tributos y demás recargos; siempre y cuando, el operador otorgue una garantía general al SENAE.

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La autorización de pago se generará el quinto día hábil del mes calendario siguiente de generada la liquidación de la obligación tributaria aduanera.

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Una vez que la liquidación sea satisfecha y pagada totalmente, se acreditará el monto a la garantía general, restituyéndose el mismo para cubrir, en lo posterior, otras importaciones de ser el caso.

La autorización de pago deberá ser emitido con todas las liquidaciones pendientes de pago acumuladas durante el mes calendario anterior, y sus pagos serán exigibles desde el día que se emita la autorización; se debe cumplir los plazos para el pago, caso contrario se deberán establecer intereses. Si dentro de los 20 días de su autorización no se verifica el pago, se procederá a la ejecución de la garantía general por el monto de la obligación tributaria aduanera más los respectivos intereses.

En el caso de que los operadores de comercio exterior no cumplan con lo mencionado anteriormente:

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En ambos casos, las garantías rendidas serán devueltas al operador cuando se haya verificado que el sujeto pasivo no mantenga obligaciones vencidas por ese concepto a favor del SENAE.

CONCLUSIÓN

El despacho con pago garantizado permite que los Operadores de Comercio Exterior puedan realizar el levante de las mercancías después de liquidada la Declaración Aduanera, siempre y cuando se otorgue una garantía general; permitiendo realizar el pago se la obligación tributaria aduanera el quinto día hábil del mes calendario siguiente.

RECOMENDACIÓN

El Operador de Comercio Exterior debería conocer las infracciones para que puedan evitar situaciones de cometimiento y continúe teniendo el beneficio de Pago Garantizado

FUENTE

Reglamento Al Título De La Facilitación Aduanera Para El Comercio, Del Libro V Del Código Orgánico De La Producción, Comercio E Inversiones

AUTORA

Josselyn Asimbaya

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Es una organización internacional que se ocupa de las normas que rige el comercio entre los países. Fue establecida en 1995 y actualmente cuenta con 130 miembros.

El principal objetivo es ayudar a los productos de bienes y servicios, los exportadores y los importadores a llevar a cabo sus actividades.

Nació como consecuencia de unas negociaciones y todo lo que hace es el resultado de sus negociaciones, la mayor parte proviene de las negociaciones de la Ronda Uruguay y de anteriores negociaciones celebradas en el marco del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT).

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La OMC es una organización que garantiza la apertura del comercio y bajo desde otra perspectiva puede actuar como un foro para que los gobiernos negocien acuerdos comerciales. Los acuerdos suelen ser extensos y complejos y esto se debe a que tratan temas jurídicos que abarcan una gran variedad de actividades, como por ejemplo: agricultura, textiles, servicios bancarios, telecomunicaciones, contratación pública, normas industriales y seguridad de los productos, reglamentos sobre sanidad de los alimentos, entre otros…

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Conclusión

La OMC es la única organización internacional que se ocupa de las reglas de comercio entre las naciones.

Recomendación

Las personas naturales o jurídicas deben conocer la normativa y conocer de las normas que rigen el comercio en todo el mundo, ya que al conocer las normas se fomenta la transparencia y que sean previsibles.

Fuente

https://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/whatis_s.htm

http://www.fao.org/3/y5136s/y5136s0e.htm#:~:text=7.2%20PRINCIPIOS%20B%C3%81SICOS%20DE%20LA,de%20comercio%20entre%20las%20naciones.&text=La%20OMC%20fue%20establecida%20en,Aduaneros%20y%20Comercio%20(GATT).

https://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/fact2_s.htm

Autor

Josselyn Asimbaya

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Métodos de Valoración Aduanera

El Acuerdo Relativo a la Aplicación del Art. VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 en el Art. 1 establece el ajuste del precio realmente pagado o por pagar, en los Art. 2 al 7 nos detallan otros métodos secundarios para determinar el valor en aduana en todos los casos en que no pueda determinarse con arreglo a lo dispuesto en el Art.1.

Los criterios o métodos de valoración se aplican en orden sucesivo en que están expuestos, previa consulta a la Administración de Aduanas y el importador.

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CONCLUSIÓN:

Los métodos de valoración se aplican en un orden sucesivo. Cuando no se pueda determinar de acuerdo a las disposiciones del primer método, ya sea porque no cumple con requisitos o porque no se puedan practicar loas ajustes, se podría pasar al segundo, y si no se puede determinar el valor bajo la normativa se continúa al siguiente método y así sucesivamente.

RECOMENDACIÓN:

Si el usuario presenta alguna duda sobre el método utilizado en el cual se valoró su mercancía, puede solicitar la información y será informado por escrito.

 

FUENTE:

Acuerdo Relativo a la Aplicación del Art. VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994

Procesos y Procedimientos Técnicos para Determinar el Valor en Aduana de las Mercancías Importadas

AUTOR:

Josselyn Asimbaya

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INFRACCIONES INFORMÁTICAS

Las infracciones informáticas son aquellas acciones de carácter administrativo anti jurídicas y culpables que se da por vías informáticas o que tiene como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de internet.

En el Art. 62 de la ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos nos detalla información sobre la apropiación ilícita y la sanción por falsificación electrónica.

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Conclusión

La apropiación ilícita al ser un delito, en el Art. 62 se solicita que se añada al Artículo 553 del Código Penal la sanción por dicha infracción informática.

Recomendación

Es de gran relevancia analizar la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos para tener pleno conocimiento de las infracciones informáticas a las que se puede estar expuesto y que se puedan tomar ciertas precauciones.

Fuente

https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/Ley-de-Comercio-Electronico-Firmas-y-Mensajes-de-Datos.pdf

Autor

Josselyn Asimbaya

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CERTIFICADO DE FIRMA ELECTRÓNICA

Definición

Es el mensaje de datos que certifica la vinculación de una firma electrónica con una persona determinada, a través de un proceso de comprobación que confirma su identidad.

Dicho certificado tiene la información necesaria para firmar electrónicamente e identificar a su propietario con sus datos, como: Nombre, claves, fecha de expiración y organismo que lo expide.

El certificado garantiza identificación del suscriptor, integridad del documento firmado y no repudio de origen.

Los certificados de firma electrónica pueden ser obtenidos en token que es un dispositivo criptográfico de alta seguridad, donde se almacena la firma electrónica; o en archivo que es seguro, versátil y útil para trámites ciudadanos y para procesos de firma masiva (facturación electrónica).

Uso

El certificado de firma electrónica se empleará para certificar la identidad del titular de una firma electrónica y para otros usos.

Requisitos

PERSONA NATURAL

  1. Digitalizado de cédula o pasaporte a color.
  2. Digitalizado de papeleta de votación actualizada.
  3. Digitalizado de la última factura de pago de luz, agua o teléfono.

PERSONA JURÍDICA

  1. Digitalizado de cédula o pasaporte a color.
  2. Digitalizado de papeleta de votación actualizada.
  3. Digitalizado del nombramiento o certificado laboral firmado por el representante legal.
  4. Autorización firmada por el representante legal.

CERTIFICADO DE FIRMA ELECTRÓNICA DE PERSONA NATURAL

El certificado sirve para todo propósito dentro de las limitaciones legales y técnicas, permite identificar a una persona natural, quien será la responsable a título personal de todo lo que firme en forma electrónica, dentro del ámbito de su actividad y límites de su uso que correspondan.

CERTIFICADO DE FIRMA ELECTRÓNICA DE PERSONA JURÍDICA

Dicho el certificado sirve para todo propósito dentro de las limitaciones legales y técnicas, permite identificar a una persona jurídica de derecho privado o público a través de su representante legal o de las personas funcionarias de una determinada empresa, con determinado cargo, quienes serán responsables en tal calidad de todo lo que firme dentro del ámbito de su actividad y límites de uso que correspondan o asigne la empresa.

 

Toda la información contenida en el certificado es suministrada a la entidad que actúa como Autoridad de Registro, estos datos están bajo su entera responsabilidad y resulta como información del suscriptor verificada.

El solicitante deberá presentarse Ante la Autoridad portando su documento de identificación (claro y actualizado).

Conclusión

El certificado de firma electrónica es un documento virtual que vincula a una persona con una firma electrónica; tiene la misma validez que una firma manuscrita; es decir, es legal y está amparada en la Ley de Comercio Electrónico.

Recomendación

Si una persona desea obtener un certificado de firma electrónica debe revisar la normativa vigente y conocer la base normativa, ámbito de aplicación, solicitud, requisitos, plazos, entre otros...

Fuente

Políticas de Certificado - PC de la entidad de Certificación de Información del Banco Central del Ecuador

Registro Civil, Identificación y Cedulación

Banco Central del Ecuador

Autor

Josselyn Asimbaya

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SENAE-ISEE-3-2-002-V1 nos indica el proceso para agilitar el registro de la solicitud de uso del portal externo del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador denominado ECUAPASS, a través de la opción Solicitud de Uso (Organismos Internacionales).

Se deben considerar algunos criterios técnicos en el dispositivo para el adecuado funcionamiento:

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PROCEDIMIENTO

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Esta resolución ofrece una guía completa para los usuarios con pasos muy detallados para registrar la Solicitud de Uso (Organismos Internacionales).

RECOMENDACIÓN

Los usuarios deben de conocer los factores técnicos del ordenador, ya que ayudará al funcionamiento de la página. Luego, se deberá familiarizar con los términos para desarrollar de manera eficiente la Solicitud de Uso (Organismos Internacionales).

FUENTE

https://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-ISEE-3-2-002-V1.pdf

AUTOR

Josselyn Asimbaya

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La Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0840-RE da las pautas para que un OCE (Operador de Comercio Exterior) pueda solicitar ante la administración aduanera una la autorización para que un empleado suyo en relación de dependencia actúe como Auxiliar.

Un Auxiliar de RACE es una persona natural que bajo la relación de dependencia del OCE  ejerce a nombre de ésta  actividades relacionadas al despacho de las mercancías ya sea en importación o exportación, sin asumir pecuniariamente el riesgo de las operaciones que realiza y culmina.

El Servicio Nacional de Aduanas otorga una autorización para que un empleado del OCE actúe como Auxiliar y  pueda realizar actividades aduaneras relacionadas con el despacho de mercancías de importación o exportación. La persona postulante debe cumplir con varios requisitos legales y reglamentarios. Este permiso administrativo tiene una validez por 3 años.

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Una vez que se hayan cumplido los requisitos ya mencionados, se puede iniciar el proceso:

  1. Presentar la petición del representante legal del OCE a través de la solicitud de postulación (cualquier día hábil del año).
  2. Prueba Operativa sobre conocimientos aduaneros y para ser aprobada se requerirá una calificación mínima del 80% (ejecutada por la Jefatura de Atención al Usuario en coordinación con la Dirección Nacional de Intervención)

Una vez cumplidos todos los requisitos previamente mencionados,

  1. La Jefatura de Atención al Usuario emitirá la credencial.

Conclusión

Para obtener  la Autorización de los Auxiliares de RACE es indispensable que tanto el postulante como el OCE deben cumplir requisitos, ya que actúan de forma complementaria.


Recomendación

Tanto el OCE  como su representante legal deben conocer la normativa e informar todos los requisitos al postulante, de esta forma se hace un seguimiento y apoyo.

La obtención de este certificado hará que la empresa sea más eficiente, con menos  costos al momento de realizar operaciones.


Fuentes

Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0840-RE


Autor

Josselyn Asimbaya

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