Publicaciones de ANA KAREN PEREZ (11)

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CONOCIMIENTO DE EMBARQUE

El Conocimiento de embarque es cuando se detalla a mercancía cuando se encuentra embarcada. Sin este documento de embarque es imposible retirar la mercancía cuando llegue a su lugar de destino. Según el medio de transporte se da el nombre específico del conocimiento de embarque marítimo o "Bill of Lading" o conocimiento de embarque aéreo "Airwail", guía aérea, si es por vía aérea.

El conocimiento de embarque  es el documento donde se observa el cierre del contrato para el transporte de la mercancía por medio marítimo. Es el equivalente a la ‘carta de porte’ en el transporte terrestre.

Este documento será entregado al transportador, capitán o agente marítimo, al cargador, y destinatario.

REQUISITOS:

  • Nombre, domicilio y firma del transportador-naviero (el deudor).
  • Nombre y domicilio del cargador, quien es el prestatario del servicio de transportación (el acreedor).
  • Nombre y domicilio de la persona a cuya orden se expide el conocimiento (ya que puede expedirse a la orden de persona distinta del cargador) que será el consignatario, o bien la indicación de ser al portador.
  • Número de orden del conocimiento.
  • Especificación de los bienes objeto del conocimiento, con la indicación de su naturaleza, calidad y demás circunstancias útiles para su identificación.
  • Indicación del costo del flete y demás gastos de transporte, de las tarifas de transporte (por metro cúbico, a granel, peso, etc.), con indicación de que ya fueron pagadas o si son por cobrar.
  • Indicación de los puertos de salida y de destino.
  • Nombre y matrícula del buque en el que la mercancía será transportada en caso de tratarse de un transporte por nave designada.
  • Bases para determinar la indemnización que el transportador pagará al cargador en caso de pérdida o avería, ya que el transportador será responsable de los daños o averías sufridas que le sean imputables.
  • El cargador puede dejar su mercancía a bordo del navío, en muelle o en bodega. En el primer caso, se expedirá un conocimiento de embarque y en el segundo, se expedirán conocimiento de recepción para embarque; el primero debe reunir la literalidad arriba señalada y el segundo debe reunir además, la siguiente:
  • La mención de recibido para embarque.
  • La indicación del lugar donde se almacenara la mercancía, mientras sean embarcadas.
  • El plazo estipulado para el embarque.

CLASES DE CONOCIMIENTOS

Existen algunas clases de conocimiento de embarque:

1.- la primera clasificación de los conocimientos de embarque es aquella que se basa en el momento de la carga de la mercancía en el buque y se divide en:

  • Conocimiento embarcado u ordinario.
  • Conocimiento recibido para el embarque.


2.- la segunda clasificación de conocimientos de embarque es la que se refiere a la persona titular del mismo, y por tanto se divide en:

  • Nominativos
  • A la orden
  • Al portador


3.- otra clasificación se hace en base al modo de transporte, dividiéndose en:

  • Mixto
  • Directo


4.- otra clasificación se refiere al momento del pago, así, el conocimiento del pago se puede dividir en:

  • Conocimiento de embarque pagado
  • Conocimiento de embarque por cobrar


5.- también se puede clasificar por el tipo de forma que se emplea, dividiéndose en:

  • Forma larga
  • Forma corta


6.- existe la clasificación que se establece en base a la facilidad de la negociación comercial del documento, se divide en:

  • Conocimiento de embarque negociable
  • Conocimiento de embarque no negociable

 

BASE LEGAL

Artículo 246.- Conocimiento de Embarque

El Conocimiento de Embarque representa las mercancías que son objeto de un contrato de transporte marítimo, lacustre o fluvial. Las normas de esta ley son de aplicación al Conocimiento de Embarque en todo aquello que corresponda a su naturaleza y alcances como título valor y no resulte incompatible con las disposiciones que rigen al Contrato de Transporte Marítimo de Mercancías.

Artículo 248.- Emisión

248.1. El Conocimiento de Embarque puede ser a la orden, nominativa o al portador. El endosatario o cesionario de dicho título se subroga en todas las obligaciones y derechos del endosante o cedente. Sin embargo, si el endosante o cedente es el Cargador, éste seguirá siendo responsable frente al Porteador por las obligaciones que le son inherentes de acuerdo a las disposiciones que rigen el Contrato de Transporte Marítimo de Mercaderías.

248.2 El endosante o cedente del título sólo responde por la existencia de las mercancías al momento de verificarse la transmisión del Conocimiento de Embarque, sin asumir responsabilidad solidaria ni proceder contra éste acción de regreso.

Artículo 249.- Acción Cambiaria

249.1 El Conocimiento de Embarque negociable confiere a su legítimo tenedor acción ejecutiva para reclamar la entrega de las mercaderías. La copia no negociable correspondiente al Porteador confiere a éste la misma acción para cobrar el flete que le corresponde.

249.2 Para el ejercicio de las acciones cambiarias derivadas del Conocimiento de Embarque, no se requiere de Protesto.

Artículo 250.- Conocimientos de Embarque Especiales

250.1 Los Conocimientos de Embarque sujetos a regímenes aduaneros especiales se regulan por la ley de la materia.

250.2 Igualmente, se observará la ley de la materia en el caso de transporte multimodal de mercaderías que comprende el transporte marítimo, lacustre o fluvial

 

COMENTARIO:

Al saber los diferentes tipos de conocimientos nos damos cuenta cual es el que debemos usar, ademas de que para cada medio de transporte tiene un documento especifico donde se expresa la cantidad, destino y diferentes datos indicados en el articulo, ademas que este documento es intransferible y no negociable para ningúna otra persona.

FUENTE:

http://comerciouna.wikispaces.com/Bill+of+Lading+(Conocimiento+de+Embarque)

http://www.monografias.com/trabajos31/conocimiento-embarque/conocimiento-embarque.shtml

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EL TRANSPORTE TERRESTRE

Utiliza una determinada red de transporte para el desplazamiento de objetos o personas (contenido) desde un lugar (punto de origen) a otro (punto de destino), y al transporte se lo considera como un sector terciario.

 

CARACTERISTICAS

 

  • Flexibilidad
  • Rapidez
  • Facilidad de coordinación  con otros modos
  • Adaptación a la rotación de inventarios
  • Servicio puerta a puerta

 

LINEAS REGULARES

 

  • EJES TRONCALES

Los que permiten la interconexión continua, directa, económica y segura

  • Rumichaca, Tulcán, Ibarra, Quito, Aloag, Santo Domingo, Quevedo, Babahoyo, Guayaquil, Machala, Huaquillas. 
  • Aloag, Ambato, Riombamba, Azogues, Cuenca, Loja, Veracruz, Macará.

 

  • EJES COMPLEMENTARIOS

Los que permiten la conexión de otras áreas internas de desarrollo con varias conexiones

  • Esmeraldas, Santo Domingo.
  • Puente San Miguel, Lago Agrio, Baeza, Pifo, Quito.
  • Manta, Montecristi, Jipijapa, Guayaquil.
  • Puerto Bolívar, Machala.

 

  • CRUCES DE FRONTERA PARA LOS EJES TRONCALES

Es cuando se cruza la frontera entre el territorio de las naciones ubicada en el torno a los límites internacionales de la misma como:

 

  • Entre Colombia y Ecuador: Puente Rumichaca, Puente San Miguel.
  • Entre Ecuador y Perú: Huaquillas – Aguas Verdes, Macará – La Tina

 

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE

 

Es un titulo de valor físico que representa las mercancías trasladadas bajo un contrato  sea de transporte marítimo, terrestre, aéreo.

 

PARTICIPANTES EN EL TRANSPORTE

 

REMITENTE

Es la persona que remite o envía los bienes

 

DESTINATARIO

Es la persona a quien va dirigida la mercancía.

 

TRANSPORTADOR

Es el sujeto que emite el título valor y el encargado de transportar de un lugar a otro los bienes y a quien tendrá que pagársele el monto del flete y los servicios prestados

CARTA DE PORTE

Documento que justifica el desplazamiento de las mercancías que se encuentran contenidos en las mismas y se lo redacta en papel o bien en formato electrónico.

 

Constan las mercancías que se transportan por vía terrestre y el documento se tiene conocimiento de la mercancía que se transporta, el transportador acredita que ha recibido determinadas mercancías para ser transportadas a otro lugar, situado en un país distinto, prueba de existencia de un contrato de transporte y, usualmente forma parte de la documentación para el cumplimiento de determinadas operaciones o formalidades aduaneras

 

DATOS DE LA CARTA DE PORTE

  • Lugar y fecha de expedición
  • Lugar y fecha donde se realizo el contrato
  • Nombre y dirección del destinatario y remitente
  • Lugar de entrega
  • Gastos de transporte
  • Cantidad de mercancía

 

Si la mercancía se transporta en más de un vehículo, o se trata de varias mercancías diferentes, el transportista tiene derecho a exigir tantas cartas de porte como vehículos utilice o lotes de mercancía transporte.

 

Al hacerse cargo de la mercancía el transportista deberá revisar la exactitud de las menciones de la carta de porte sobre número de bultos, marcas y números, estado aparente de la mercancía y de su embalaje.

 

La carta de porte da fe, salvo prueba en contrario, de las condiciones del contrato y de la recepción de las mercancías.

BASE LEGAL

Art. 46.

Consiste en trasladar a terceras personas y/o bienes, de un lugar a otro, dentro de las jurisdicciones definidas por la autoridad competente. La prestación de este servicio estará a cargo de las compañías o cooperativas legalmente constituidas y habilitadas para este fin.

Transporte terrestre de mercancías y sustancias tóxicas y peligrosas

 

El transporte terrestre de mercancías peligrosas tales como productos o sustancias químicas, desechos u objetos que por sus características peligrosas, corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, biológicas, infecciosas y radiactivas pueden generar riesgos que afectan a la salud de las personas expuestas, o causen daños a la propiedad y al ambiente; se regirán a lo establecido en las leyes pertinentes y en las normas INEN respectivas, y en los Tratados y Convenios Internacionales ratificados por el Ecuador relativos a estos temas.

 

 

Art. 53

Las operadoras habilitadas para realizar el servicio de transporte terrestre de sustancias peligrosas calificadas para el manejo de sustancias tóxicas y peligrosas, deberán presentar el Plan de Seguridad Industrial, previo a la obtención de su contrato, permiso o autorización de operación y para la renovación de los mismos.

Art. 54

Los vehículos de transporte terrestre de sustancias tóxicas y peligrosas no pueden circular por carriles centrales

Art. 55

1.Sobresalga de la parte delantera o de los costados, salvo cuando se obtenga el permiso correspondiente

2.Sobresalga la parte posterior por más de dos metros; y si pasa de 1,20, se obliga a utilizar banderolas en el día y luces en la noche

3.Obstruya la visibilidad del conductor

COMENTARIO:

Es importante al momento de contratar un transporte terrestre saber que documento es el principal para el transporte de la mercancía como en este caso es la Carta De PORTE, que es donde se debe detallar todo lo que va en el camión, ademas nos podemos dar cuenta en las diferentes lineas regulares que se encuentran en el país y se los puede usar rápidamente.

FUENTE:


wikipedia.com

gerencie.com

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VALORACION ADUANERA

El Valor de Bruselas es el Valor Normal en Aduana que se establece de acuerdo con las normas y técnicas elaboradas por el Consejo de Cooperación Aduanera (CCA) de Bruselas (Bélgica). El Valor de Bruselas es una noción aplicada por casi todos los países del mundo.

 Antecedentes de la Valoración Aduanera o Valor de Bruselas.

La definición de valor fue elaborada por el grupo de estudios para la Unión Europea Aduanera en 1.949 recoge y amplía los Principios Generales que en materia de valor señalaba el Acuerdo de Valor sobre Aranceles Aduaneros y Comercios. Tal definición de valor quedó recogida en el Convenio sobre Valoración Aduanera de Mercancías firmado en Bruselas el 15-10-1.950. Cuando se propuso la definición de valor se observó que su aplicación exigía algo más que la adopción de un texto único, la redacción de la definición había supuesto no sólo la teoría del valor sino también las prácticas hasta el punto de lograrse las formas de resolver la mayoría de los problemas del comercio que de acuerdo con las experiencias surgirían inevitablemente. Con el fin de garantizar una coordinación efectiva y la aplicación uniforme de la definición del valor, el Convenio sobre valoración previó el establecimiento de un Comité de Valoración con funciones específicas principalmente en materia de aplicación e interpretación que se ejerció bajo la autoridad del CCA y de conformidad con sus instrucciones. En Venezuela, la definición del Valor de Bruselas (Principios, Normas, Reglas y Elementos) las recoge el Reglamento Orgánica de la Ley de Aduanas a partir del Capítulo II ("Del Valor Normal"), Sección I ("Del Valor Normal en Aduana"), del Título V.

Principios de la Valoración Aduanera.

El Grupo de Estudios para la Unión Aduanera Europea formuló los siguientes principios a fin de redactar la Definición de Bruselas y sus Notas Interpretativas:

1- El valor en Aduana debe basarse en principios sencillos, equitativos, que no estén en contradicción con la práctica comercial.

2- La noción del valor en Aduana debe ser de fácil comprensión, tanto para el importador como para la Administración de Aduanas.

3- El sistema de valoración no debe constituir un obstáculo para el rápido despacho de las mercancías.

4- El sistema de valoración debe permitir al importador determinar de antemano el valor en Aduana con suficiente certeza.

5- El sistema de valoración debe asegurar al importador de buena fe una protección contra la competencia desleal resultante de una subvaloración, sea o no fraudulenta.

6- Cuando el servicio de Aduanas estime que el valor declarado puede ser inexacto, la comprobación de los elementos de hecho indispensables para determinar el valor en Aduana debe ser rápida y precisa.

7- Las valoraciones deben dentro de lo posible, basarse en los documentos comerciales.

8- El sistema de valoración debe reducir al mínimo las formalidades.

9- Las controversias que surjan entre el declarante y la Administración deben poder resolverse mediante un procedimiento sencillo, rápido, equitativo e imparcial.

4.- Términos de Cotización:

a) CIF (Cost, Insurance, Freight): Costo, Seguro y Flete. Esta mención va seguida del nombre del puerto de destino. Expresión utilizada en la cotización de precios. Significa que el precio se entiende mercancía puesta en puerto de destino, flete pagado y seguro pagado.

b) CyF: Abreviatura de Costo y Flete. Esta mención va seguida del nombre del puerto de destino convenido y significa que el precio se entiende mercancía puesta en puerto de destino, flete pagado, pero seguro no cubierto.

c) FAS (Free Along Side): Franco o libre al costado del navío. Esta mención va seguida del nombre del puerto de embarque. Término utilizado en la cotización de precios. Significa que el precio se entiende mercancía puesta al costado del navío en el puerto convenido, con todos los gastos y riesgos hasta dicho puerto a cargo del vendedor.

d) FOB (Free On Board): Franco a bordo. Esta mención va seguida del nombre del puerto de embarque. Término utilizado en la cotización de los precios. Significa que el precio se entiende mercancía puesta a bordo del barco, con todos los gastos, derechos, impuestos y riesgos a cargo del vendedor hasta el momento en que la mercancía ha pasado la borda del barco.

Definición de Términos Básicos:

1- Valor Normal: Es el precio normal de las mercancías y constituye su base imponible. Son elementos constitutivos del valor normal de las mercancías: el precio, el tiempo, el lugar, la cantidad y el nivel comercial. El valor de las mercancías en Aduanas se establecerá en Bolívares. A tal fin, la conversión de los valores expresados en monedas extranjeras se hará al tipo de cambio nominal establecido (referenciado por el BCV) para la fecha de la llegada de las mercancías al lugar venezolano de destino habilitado para la importación. También se define como Valor Normal el precio que en el momento en que son exigibles los gravámenes arancelarios, se estima que pudiera fijarse para las mercancías de importación como consecuencia de una venta efectuada en condiciones de libre competencia entre un comprador y un vendedor independiente uno de otro.

2- Precio Normal: Es el precio comparable realmente pagado o por pagar en el curso de operaciones comerciales ordinarias por el bien presuntamente objeto de dumping, cuando el mismo es destinado al consumo en el país de exportación o de origen según sea el caso.

3- Valor Real: Es el precio a que son vendidas las mercancías de libre competencia.

4- Valoración: En el Comercio Internacional tiene gran importancia la valoración de las mercancías efectuadas en las Aduanas, comúnmente se le denomina Valoración en Aduana y consiste en el procedimiento por el cual la Aduana y país importador verifica si el precio de una mercancía, declarado por su importador coincide con el llamado precio normal conocido también como Valor Normal en Aduanas.

5- Valor Normal en Aduanas: Se entiende por Valor Normal en Aduanas el nivel de precios que la Aduana estima conveniente fijar el precio a una mercancía importada, por considerar que se trata de un precio surgido en una transacción ajustada a las condiciones normales de la competencia y el comercio, transacción realizada libremente entre un comprador y un vendedor independiente uno de otro.

6- Precio Normal en Aduanas: El Precio Normal en Aduanas constituye la llamada base imponible, es decir, el nivel de precios que la Aduana acepta como adecuado por haberlo verificado y sobre el cual se aplica el Arancel Aduanero Nacional correspondiente con la finalidad de obtener el tributo fiscal a que da lugar la importación.

7- Justiprecio: Significa cálculo o apreciación de las cosas, aumento del precio de algo por cualesquiera circunstancias.

 Elementos del Valor Normal:

1- El Precio: El precio pagado o por pagar expresado en la administración se tomará como factor fundamental para la administración del valor normal si se cumplen condiciones como éstas:

* Que el contrato se ejecute en un plazo que esté de acuerdo con las prácticas y usos mercantiles.

* Que el precio corresponda al de libre competencia entre un comprador y un vendedor, independientes uno de otro. En caso contrario, podrán realizarse ajustes y rectificaciones necesarias para adecuarlo a tal exigencia, afectando principalmente, a los descuentos anormales, a las reducciones de precios concedidos únicamente a los representantes exclusivos o concesionarios únicos.

* Que si los gastos no estuvieren incluidos en el precio, se adicionan al mismo.

2- El Tiempo: El momento a considerar para la valoración será la fecha en la cual se registre ante la autoridad aduanera el manifiesto de importación acompañado de la documentación respectiva.

3- El Lugar: Se considerará como lugar de introducción para las importaciones efectuadas por vía marítima, el puerto habilitado que se indique en el conocimiento de embarque. En las importaciones efectuadas por vía terrestre, se considerará como lugar de introducción el puerto de cruce efectivo de la frontera. Para las importaciones efectuadas por vía aérea, se estimará como lugar de introducción aquel por el cual la aeronave cruce la frontera marítima o terrestre venezolana.

4- La Cantidad: Si el precio normal depende de la cantidad a que alcance la venta, dicho precio se determinará suponiendo que ésta se limita a la habida cuenta de las circunstancias comerciales de la operación.

5- El Nivel Comercial: Podrán admitir para la determinación del precio normal los descuentos que por este concepto se puedan hacer, siempre que estén documentalmente justificados, que tengan carácter de generalidad y el comprador,, a quien se conceden, esté situado realmente al nivel comercial de cuyo descuento se beneficie.

 Gastos Admisibles en la determinación de precios:

El vendedor soporta todos los gastos relacionados con la venta y entrega de las mercancías en le puerto o lugar de introducción, por lo cual estos gastos se incluyen en el precio normal, entre ellos se encuentran:

* Los de transporte.

* Los de carga y estiba en el puerto de embarque.

* Los de seguro.

* Los de almacenes, manipulación u otros causados fuera del territorio nacional.

* Los de formulación, fuera del país, de la documentación necesaria para la introducción de las mercancías en el territorio nacional.

* Las contribuciones y gravámenes exigibles fuera del país, con exclusión de aquellos de los cuales las mercancías hayan sido exoneradas o cuyo importe haya sido o deba ser reembolsado.

* Los gastos de verificación, extracción de muestras ensayos, exámenes y análisis, aunque deban realizarse en territorio venezolano, siempre que tales operaciones estén previstas en el contrato de venta o sean necesarias para que quede perfeccionada.

* Las comisiones a la compra y a la venta y los corretajes.

* El costo de los embalajes, excepto si éstos siguen su régimen aduanero propio, así como los gastos de embalajes tales como de obra, materiales y otros gastos similares.

* Cualquier otro gasto inherente a la fabricación gestión de compra, venta, expedición o entrega de las mercancías en el lugar de introducción.

  FUENTE

http://www.monografias.com/trabajos26/valoracion-aduanera/valoracion-aduanera

 

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La valoración en aduana es el procedimiento aduanero aplicado para determinar el valor en aduana de las mercancías importadas. Si se aplica un derecho ad valorem, el valor en aduana es esencial para determinar el derecho pagadero por el producto importado.

Los derechos de aduana pueden ser específicos, ad valorem, o una combinación de ambos. En el primer caso, se recauda una suma concreta por unidad cuantitativa de la mercancía. No hace falta determinar el valor en aduana de la mercancía, ya que el derecho no se basa en ese valor sino en otros criterios. En este caso no se precisan normas sobre valoración en aduana y no es aplicable el Acuerdo sobre Valoración en Aduana. En cambio, el derecho ad valorem depende del valor de la mercancía. Con arreglo a este régimen, el valor en aduana se multiplica por un tipo de derecho ad valorem es decir por un porcentaje con el fin de calcular el derecho que se va a pagar por el producto importado.

 

VALOR DEDUCTIVO

 

Deducción del valor a partir del precio a que se venda la mayor cantidad total

En el Acuerdo se dispone que, cuando no pueda determinarse el valor en aduana sobre la base del valor de transacción de las mercancías importadas o de mercancías idénticas o similares, se determinará sobre la base del precio unitario al que se venda a un comprador no vinculado con el vendedor la mayor cantidad total de las mercancías importadas, o de otras mercancías importadas que sean idénticas o similares a ellas, en el país de importación. El comprador y el vendedor en el país importador no deben estar vinculados y la venta debe realizarse en el momento de la importación de las mercancías objeto de valoración o en un momento aproximado. Si no se han realizado ventas en el momento de la importación o en un momento aproximado, podrán utilizarse como base las ventas realizadas hasta 90 días después de la importación de las mercancías objeto de valoración.
  

Determinación de la mayor cantidad total vendida

El valor en aduana debe establecerse sobre la base del precio unitario al que se venda la mayor cantidad total de las mercancías importadas o de otras mercancías importadas que sean idénticas o similares a ellas. El precio unitario a que se venda la mayor cantidad total de las mercancías es el precio a que se venda el mayor número de unidades a personas no vinculadas al primer nivel comercial después de la importación al que se efectúen dichas ventas. Esa mayor cantidad total de mercancías, se reúnen todas las ventas realizadas a un precio dado y se compara la suma de todas las unidades de mercancías vendidas a ese precio con la suma de todas las unidades de mercancías vendidas a cualquier otro precio. El mayor número de unidades vendidas a un precio representa la mayor cantidad total.
  

Deducciones del precio al que se haya vendido la mayor cantidad total

Como el punto de partida para calcular el valor deductivo es el precio de venta en el país de importación, es preciso efectuar las siguientes deducciones para reducir ese precio al valor en aduana pertinente:

- las comisiones pagadas o convenidas usualmente, la suma de los suplementos por beneficios y gastos generales cargados en relación con las ventas;

- los gastos habituales de transporte y seguros en que se incurra en el país de importación;

- los derechos de aduana y otros gravámenes internos pagaderos en el país importador por la importación o venta de las mercancías;

- cuando proceda, el valor añadido por el montaje o ulterior elaboración de las mercancías.

 

 Que se debe tomar en cuenta para llegar al valor:

Como el punto de partida para calcular el valor deductivo es el precio de venta en el país de importación, para llegar al valor en aduanas se realizan las deducciones:

• Las comisiones pagadas o convenidas usualmente, la suma de los suplementos por beneficios y gastos generales cargados en relación a las ventas

• Los gastos habituales de transporte y seguros en que se incurra en el país de importación

• Los derechos de aduana y otros gravámenes internos pagaderos en el país importador

• Cuando proceda, el valor añadido por el montaje o transformación de la mercancía

FUENTE

http://www.sigaltda.com/valor_aduana_cua.html

http://www.wto.org/spanish/tratop_s/cusval_s/cusval_info_s.htm#4

 

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NEGOCIACIONES CON LA UE

La gira del presidente que la realizo por Europa fue optimistas para los empresarios, para los protectores del libre comercio y a los negociadores europeos y ecuatorianos que habían pensado que ya no iba a ver más negociaciones debido a que se abandono las negociaciones.

El impulso político que dio el Presidente para cerrar el acuerdo comercial con la Unión Europea (UE) reconoce la importancia del bloque europeo para el comercio ecuatoriano, que mostró signos de deterioro el año pasado. Ecuador ha mantenido tradicionalmente un saldo favorable en la balanza comercial con la alianza del Viejo Continente, es decir, vende más de lo que compra.

Se menciona que el año que viene terminarán las preferencias arancelarias que otorgó la UE de forma unilateral a los países pobres, nuestro país dejo de ser un país en vías de desarrollo lo cual complicará las exportaciones , donde hay una buena participación de pymes ecuatorianas y una buena exportación para la UE.

Si el Gobierno consideró el peso del comercio bilateral para impulsar el acuerdo con la UE, no hay mayores barreras para hacer lo mismo con Estados Unidos, que es el principal socio comercial del país, que dejó el año pasado un saldo favorable.

Con USA se tiene un problema con la terminación de la ATPDEA y no existe una renovación o propuesta para renovar, ya que se tiene suspendida las negociaciones con el país.

El país tiene una gran exportación hacia la UE ya que en el último año tiene una balanza comercial favorable, especialmente por países de Alemania, Italia, España 

COMENTARIO

Las negociaciones con UE es un paso gigante debido a que se esta avanzando en cuanto a negociaciones, con eso se podría tener mas exportaciones de diferentes productos y poner un valor agregado a los productos que se los usa como materia prima, ademas de ver que es un país que ya no se lo esta considerando como país en desarrollo por sus constantes exportaciones y la cantidad que manda.

FUENTE

EL COMERCIO

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BAJA EL COMERCIO CON ESTADOS UNIDOS

El comercio de Estados unidos con otros países Latino y países que se encuentran en crisis caen en un 38,7% debido a un superávit de los países de América Latina y del Caribe en su comercio de bienes con Estados Unidos llegando a un total de comercio de $1 542 millones.

El superávit latinoamericano y caribeño representó en septiembre de 2012 el 3,3% del déficit en el comercio de bienes estadounidenses que en ese mes sumó $46 077 millones.

En los dos primeros meses del 2013 el superávit latinoamericano y caribeño ha sumado $4 059 millones, comparado con un saldo favorable de $11 303 millones en el periodo similar de 2012.
En esta baja de comercio de excluyen al país de México y de Colombia.

El superávit de México en su comercio de bienes con EEUU subió de $3 600 millones en enero a $4 255 millones en febrero. En los dos primeros meses del año el superávit mexicano ha sumado $7 855 millones, comparado con uno de $10 054 millones con el 2012.

Entre Enero y Febrero de este año Argentina ha acumulado un saldo negativo en su comercio con EEUU por $806 millones comparado con uno de $696 millones en los dos primeros meses de 2012.

Entre enero y febrero de este año Brasil sumó un déficit de unos $2 571 millones. (EFE)

COMENTARIO

Nos podemos dar cuenta que Estados Unidos cada vez tiene menos comerci con los paises Latinos debido a que estan desarrollandose y en su pais esta desarrollando ciertos bienes sustitutos de los que se comercializan con USA.

FUENTE

DIARIO HOY

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REDUCCIÓN DE REMESAS ENVIADAS POR MIGRANTES

REMESAS: Envío de algo desde un lugar hacia otro diferente. Se hace referencia a diversos objetos, lo más frecuente es que la palabra se use para nombrar al giro de dinero que los emigrantes realizan a sus familias, que siguen viviendo en su tierra.

Las remesas que los inmigrantes de España enviaron a sus países de origen se redujeron el 8,3 % en el 2012, hasta los 1.654 millones de euros (2.120 millones de dólares), según los datos actualizados por el Banco de España.


Por el contrario, las remesas que se recibieron en España desde el extranjero se incrementaron este último año un 6,7 %, hasta situarse en 1.395 millones de euros (unos 1.789 millones de dólares), frente a los 1.307 millones (1.600 millones de dólares) que se registraron en el 2011.

Estos datos ponen a observación que la crisis que vive España ha provocado que muchos españoles hayan tenido que salir fuera para buscar trabajo y que también un nutrido grupo de inmigrantes haya vuelto a sus países de origen.

Según datos de la compañía internacional de envío de dinero Moneygram, los principales países de destino de las remesas enviadas desde España son Rumanía, Marruecos y Latinoamérica, y, dentro de esta, fundamentalmente Ecuador, Colombia y Bolivia.


Los ciudadanos de Ecuador envían remesas por un importe medio de 217 euros (278 dólares), los de Bolivia por 202 euros y los de República Dominicana, por 217 euros.

El importe medio más elevado corresponde a los ucranianos, con 362 euros de media por envío, y los más bajos, a los de Mali, con 150 euros.

COMENTARIO


Con esto nos damos cuenta que los países que parecían tener un estado económico estable, también se encuentran en crisis y están saliendo de su país para buscar trabajo en el exterior, ademas que España es el país donde mas inmigrantes haya nos vemos afectados por que las remesas en el país disminuyen.

FUENTE

EL UNIVERSO

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DEFINICIÓN DE UN PROYECTO DE INVERSIÓN EXTRANJERA

Este proyecto que se esta desarrollando, tiene un objetivo principal que es el poder tratar de incrementar la Inversión Extranjera Directa (IED) entre 15% a 20%, en los próximos cuatro años siguientes, este proyecto se presentó debido a la Atracción de Inversiones a cargo del Viceministerio de Comercio Exterior, y de un representante del sector representativo en la economía del país, es el Ministerio de la Producción y del Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones (Pro Ecuador).

Ademas se podría realizar una institución en donde se priorizarán los sectores de metalmecánica; cadena agroforestal y productos elaborados; turismo; petroquímica; alimentos frescos, congelados e industrializados; energías renovables; biotecnología y software aplicado; farmacéutica; servicios logísticos; para poder encontrar mas inversión extranjera, que ayude al país. 

El Ministerio de la Producción, en los últimos seis meses han firmado contratos de inversiones por un monto aproximado de $ 2.350 millones.

Ademas se tiene que el país obtiene varios contratos firmado el IED con varios países por un tiempo esto es  alrededor 6 meses.


Este proyecto de llevara acabo en el mes de abril del 2013, ademas este proyecto atraerá una costo de $ 18 millones.

COMENTARIO

Este proyecto de inversión extrajera sera positivo, para el país debido a que el nivel de riesgo país sera disminuido, y los países se interesaran en invertir continuamente.

FUENTE

EL UNIVERSO

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Las grandes cantidades de demandas internacionales por varios dolares que enfrenta el país, en especial la que fue iniciada por la petrolera estadounidense Chevron, reactivaron la intención del Gobierno de poner fin al Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) con EE.UU.

Un comunicado del mandatario Rafael Correa señala que este TBI contiene, cláusulas que se contradicen a la Constitución y pueden llegar hacer ofensivas para los intereses nacionales del país como la de someter al Estado ecuatoriano a arbitrajes internacionales.

El pedido se efectúa en medio de fallos opuestos al país. En febrero pasado, un tribunal arbitral de la Corte de La Haya concluyó que Ecuador incumple leyes internacionales al no haber impedido la ejecución de un fallo contra Chevron que le obliga a pagar USD 19 000 millones por un caso de contaminación a favor de un grupo de habitantes de la Amazonía ecuatoriana donde se realizaba la explotación del petróleo.

La petrolera planteó que la sentencia contra el país en el 2009 para pedir que las indemnizaciones por daños ambientales se recojan a Ecuador, invocando el TBI con EE.UU. Chevron argumenta que cuando utilizó Texaco, posteriormente adquirida por Chevron, lo hizo de manera conjunta con la ex estatal CEPE (luego Petroecuador) y una vez realizada la re mediación   Por lo cual indican que los daños se deben arreglan en el país mismo porque no fue dañada con anterioridad por una empresa nacional. 

Para el titular del Comité Empresarial Ecuatoriano, el tema crea preocupación, por su posible efecto en la inversión extranjera en el país. 



COMENTARIO

Esta inversión es importante en una economía dolarizada como la que es Ecuador debido , ya que como se sabe en el país no existe una inversión extrajera alta, si no mínima por lo cual hay que conservar lo poco que se tiene ya que si no tenemos inversiones que nos podrían cerrar puertas de referentes al comercio.

FUENTE

"EL COMERCIO"

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A PESAR DE LAS RESTRICCIONES AUMENTA LAS IMPORTACIONES


A pesar que las medidas de restricción que están destinadas hasta el 2014, para la protección de la producción nacional, han aumentado las importación de materias primas, bienes de consumo, combustibles y otros bienes de capital, ha comparación de los años anteriores. 

Las importaciones que se realizaron en el 2012 hasta la mitad del periodo, llegaron ha aumentar en un 9,7%, esto quiere decir se importo $13825,3 millones, esto es debido a que las medidas de restricción no se sienten completamente en los diferentes negocios; a pesar de que los precios aumentaron de las diferentes mercancías de primer uso como alimenticios y de materia prima que son importados, no se han dejado de consumir por que son productos necesarios para varias empresas y hogares, por eso es el aumento de las importaciones en cuanto al dinero.

El estado ha querido justificar la salida de divisas por medio de la salud y del medio ambiente, pero esto no a disminuido el déficit de la balanza comercial como se a tenia como objetivo.

El excesivo gasto público permite que las personas tengan más dinero y que puedan acceder a más bienes. Sin embargo, como la producción nacional es deficiente y no cumple con toda la demanda, se necesita importar productos y servicios.

El estado ha pensado reducir el déficit disminuyendo las compras externas.

El problema para las empresas que venden autos, celulares y motos radica en que las medidas gubernamentales restringen sus compras en dólares y unidades. A cada empresa se le asignó un cupo que no puede exceder hasta diciembre de 2014.


Asimismo, se espera que aumente la presencia de partes (CKD) nacionales en el proceso de ensamblaje de autos y motos, hasta llegar al 20% durante los próximos 10 años.

Las resoluciones impuestas por el COMEX perjudican a las empresas nacionales que se dedican a la actividad de ensamblaje, ya que benefician a los importadores de motos debido a que los aranceles solo están dirigidos a los CKD que se utilizan para fabricar motos en el país y no a las motos que ya ingresan fabricadas al 100%.

El Gobierno espera que la reducción de cupos incentive la creación de empresas dedicadas a la fabricación de CKD nacionales.

CONCLUSIONES

 

  • A pesar de que los precios son altos de los productos importados en las diferentes mercancías  las personas no han dejado de consumirlas debido a que son productos de primera necesidad o simplemente lo consumen por costumbre.
  • Las empresas ensambladoras nacionales de motos se verán afectadas, ya que las partes CKD se aumentaran los aranceles y a las motos importadas armadas al 100% no se las aumentaran nada.

FUENTE

EL TELEGRAFO 

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LA IMPORTACION DE VEHICULOS BAJARA EN 36,5%

Para este año en el 2013 el Comité de Comercio Exterior (COMEX), a definido un cupo de importaciones de 49203 unidades, en donde intervienen en esta actividad 47 empresas y 3 personas naturales que deberán dividirse estos cupos.

En COMEX menciona que a pesar que no se retiraran a las empresas los vehículos que se trajeron en exceso el año anterior, este 2013 se las empresas se verán afectadas por la disminución de mercancías en sus empresas ya que no todas cuentan con el mismo cupo si no se basaran las porciones por los inventarios que presenten al COMEX.

Por estas restricciones las empresas están observando la posibilidad de importar por CKDs ya que se importaran 74236 partes para el ensamblaje de los vehículos ya que así se podrán tener mas unidades en las concesionarias y tendrán mayor oferta del mismo; con esta manera posible de importación las empresas tendrán un menor costo en los autos y a su vez percibir más en sus utilidades ya que al importar un vehículo armado es mayor su costo por diferentes causas.

Para empresas que se dedican a vender carros foráneos si se ven afectadas por que no tienen una infraestructura adecuada para el ensamblaje además que estos vehículos representan el 50% del mercado total, además se verán afectados otros sectores que se encuentran relacionados como en los repuestos y el de servicios de mantenimiento.

La presidenta de la Asociación de Empresas Automotrices del Ecuador (Aeade), menciono que esta medida a sido muy fuerte debido a que esta reducción de vehículos disminuye el ingreso a la empresas y por ende en algunos existió la reducción del personal en varias empresas.

CONCLUSION

La restricción con los automóviles pienso que es una manera para evitar la salida de divisas del país, esta medida afecta en el ámbito del comercio ya que existen empresas que disminuyeron su personal de trabajo porque no se iba a vender el mismo número de autos, ademas es una medida brusca por la reducción de mas de la cuarta parte que se importaba anteriormente.

Es una medida cuidadosa pensando en el medio ambiente en la reducción de contaminación.

FUENTE

EL UNIVERSO

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