Publicaciones de Sugueidy Nathaly Calderón Tacuya (27)

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Un catálogo es una lista sistemática; en donde se encuentra productos o servicios ordenados y que pertenecen al mismo conjunto, que por su número precisan de esa codificación para facilitar su localización y permite llenar algunos requisitos de la Declaración Aduanera.

Ingresar al Portal SENAE

En la parte central izquierda hacer clic en 2.6 Catálogos.

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Posteriormente se abre una nueva pantalla, donde podemos buscar el catálogo que necesitamos o visualizar todos para conocimiento general, en este caso sería CÓDIGO DE PAÍS.9242227455?profile=original

Posteriormente se despliega automáticamente en la parte inferior el código de país, con su respectivo código y el país correspondiente.

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Finalmente, para obtener la información se puede descargar Excel.

CONCLUSIÓN

Los catálogos aduaneros nos permiten llenar correctamente los campos o requisitos y tiene como finalidad ayudar en la facilitación de los trámites aduaneros y el ahorro de tiempo y lograr que todos utilicemos la misma codificación con descripción general.

RECOMENDACIÓN

El uso de los catálogos aduaneros nos guía bajo un formato único y nos permite verificar la información a través del portal de aduna.

FUENTE https://portal.aduana.gob.ec/

AUTOR Calderón Sugueidy

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Este tipo de solicitud permite al usuario tener accesos a los servicios del ECUAPASS, cuando una persona no consta con RUC o pertenece a una entidad, además representa la aceptación de las condiciones para el uso de este servicio.

Primero se debe ingresar al portal ECUAPASS, luego dar clic en Nuevo Registro, a continuación, se abre una nueva ventana elige la opción Solicitud de registro para Usuario General.

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Llenar los datos de la Solicitud de registro para Usuario General.

9242227655?profile=originalID.Usuario: se establece alguna identificación ya que esta le va a servir para el ingreso al Portal de ECUAPASS.

Doc. Identificación: el número de cedula de la persona que se está registrando.

Nombre Usuario: Nombres y Apellidos del registrante.

Contraseña y Confirmación de contraseña: la que sea de su agrado, pero debe cumplir con la condición de 10 a 20 caracteres entre números y letras.

País, Provincia, Ciudad y Domicilio: de la persona que se está registrando.

Teléfono 1 y 2: deben ser números convencionales.

Número de celular: primero se debe seleccionar la operadora ya sea claro, movistar, cnt, Tuenti u otra, a continuación, se escribe el número.

Correo Electrónico y Confirmación de correo electrónico: debe ser la persona que se está registrando.

Ingrese código de seguridad: debe hacer clic en la opción Solicitar código de seguridad, lo cual le llegara un email al correo electrónico establecido anteriormente.

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SENAE correo electrónico: establecer el correo electrónico de la SENAE

Dar clic en REGISTRAR

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El registro es de manera automática, lo cual el acceso se puede realizar en ese momento.

Conclusión: Cada una de las solicitudes ofrecen diferentes funcionalidades, como en la solicitud de uso (Representante), no serán los mismos requisitos que la solicitud de uso (General), todo depende de los requisitos de cada solicitud.

Recomendación: El uso y acceso al portal ECUAPASS nos permitirá tener conocimiento de los servicios que este ofrece, por ende, es recomendable que la mayoría de las personas cree su usuario a través de la solicitud de uso (General).

Fuente: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

Autor: Calderón Sugueidy

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Empezando desde las definiciones de Uni-pass y Ecua-pass, tenemos que la palabra UNI-PASS se subdivide en UNI que significa universal, servicio único, mientras que PASS significa servicio de despacho rápido, es decir que unido significa un servicio One-Stop para toda operación aduanera, y la palabra ECU-PASS nace de Cupia que es una empresa que se encarga de desarrollar sistemas de aduanas, por ende ECUA – PASS se subdivide en  ECUA que significa que es adoptado por el Ecuador y PASS significa un servicio general y rápido, lo cual es el reflejo de UNIPASS adaptado a nuestra normativa.

El UNI-PASS es un sistema integral y flexible, cumple con lo mas altos estándares internacionales establecidos para la gestión aduanera, lo cual es una garantía de calidad para cualquier entorno de la administración aduanera, ademas sigue los códigos armonizados de la OMA y el sistema de codificación al modelo de datos de la OMA, se pueden adaptar nuevas funcionalidades ya que es un sistema integrado, flexible y configurable, lo mas importante que se ajusta a cualquier idioma y moneda.

Tiene los siguientes módulos:

  • Customs Business (Negocio de Aduanas).
  • Integrated Risk Management (Gestión Integrada de Riesgos).
  • Single Window (Ventanilla Única).
  • IT Management (Gestión de IT).
  • Customs Administration. (Administración de Aduana).

El ECUA-PASS tiene las mismas funciones que el UNI-PASS debido a que una adaptación del mismo desde el 22 de octubre del 2012, lo cual permite realizar todo tipo de transacciones del comercio exterior , sus objetivos son generar transparencia y eficiencia en las operaciones aduanera, el uso mínimo de papel, asegurar simultáneamente el control aduanero y facilitar el comercio.

Tiene los siguientes módulos:

  • Portal de comercio exterior y ventanilla única.
  • Procesos de importaciones y exportaciones.
  • Control posterior.
  • Gestión de litigo aduaneros.
  • Data Warehouse.
  • Devolución condicionada de tributos.
  • Sistema de aleta temprana.
  • Gestión de riesgo.
  • Gestión de conocimientos.
  • Sistema de manejo de auditoria.

Conclusión:

Fue una excelente opción adaptar a nuestro sistema de aduanas, un sistema tan flexible y completo como lo es UNIPASS, ya que a partir de la adaptación del ECUPASS en nuestro país ha resultado de mucha ayuda y beneficioso porque facilita las transacciones del comercio exterior para los OCE’S.

Recomendación:

Estar siempre atento a los cambios que puedan existir en el sistema de aduanas UNIPASS, con la finalidad de que nuestro sistema ECUAPASS este en el margen de los estándares respecto a la ley aduanera vigente.

Fuente:

CUPIA. (2006). CUPIA. Obtenido de CUPIA: http://unipass.or.kr/about-us/#cupiaoverview

 

Autor: Calderón Sugueidy

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La figura del Operador Económico Autorizado (OEA) nace con el objetivo de aplicar medidas de seguridad más rigurosas y eficaces

Y a la vez facilitar el flujo de mercancías en el comercio internacional.

Esta figura es la respuesta de las siguientes iniciativas:

  • Organización Mundial de Aduanas: Marco normativo SAFE
  • Comisión Europea: Programa de seguridad en materia aduanera. Customs Security Programme (CSP)

¿Para quienes está dirigido este programa?

El Programa OEA está dirigido a todos los eslabones de la cadena logística, siempre que cumplan con los requisitos previstos en las normas legales vigentes.

Actualmente está disponible para el sector exportador e importador

Cuestiones a cumplir:

  • Completar la Solicitud y el “Formulario para obtener o renovar la calificación como OEA” en el sistema Informático Ecuapass según el eslabón a postularse.
  • Adjuntar la documentación solicitada en el formulario de condiciones.
  • Obtener confirmación del SENAE sobre el cumplimiento de las condiciones del Programa OEA.
  • Completar la sección de requisitos del “Formulario para obtener o renovar la calificación como OEA” y suscribirlo por parte del representante legal o persona natural y entregarlo en cualquier dependencia del SENAE junto con la documentación correspondiente.
  • El SENAE realizará la verificación documental y de campo (visitas in situ) del cumplimiento de los requisitos.
  • Evaluación final.
  • Resolución de la máxima autoridad del SENAE otorgando la calificación OEA.

 

Condiciones:

El solicitante debe poder demostrar que la empresa, sus accionistas y socios cuentan con un adecuado comportamiento aduanero, tributario y penal además de que la empresa cuenta con recursos suficientes que le permiten cubrir con sus obligaciones.

  1. Historial Satisfactorio
  2. Solvencia Financiera

Requisitos:

Se identifica que el OCE cuente con niveles de seguridad adecuados, es decir que el OEA esté en capacidad de demostrar que cuenta con medidas de seguridad apropiadas en relación a:

  1. Evaluación de riesgos en la cadena logística.
  2. Seguridad de las mercancías, unidades de carga y medios de transporte.
  3. Seguridad de los socios comerciales dentro de la cadena logística.
  4. Seguridad en el acceso físico.
  5. Seguridad de las instalaciones.
  6. Seguridad de la contratación y administración del personal.
  7. Seguridad de la información.

Formularios:

Descargue las dos secciones de los formularios:

  • Sección Condiciones: Este formulario se llena en línea en el sistema informático Ecuapass y si la pre validación en el sistema es favorable, se deberá ingresar la documentación requerida a la Aduana.
  • Sección Requisitos: Esta postulación actualmente no es en línea, por lo que deberá imprimir el formulario y entregarlo junto con la documentación.

Postulación:

Para presentar su postulación OEA, debe ingresar el sistema informático Ecuapass y acceder con su RUC, Id de Usuario y Clave https://ecuapass.aduana.gob.ec/

Dirigirse a la sección Trámites Operativos e ingresar a la opción 1.12 “Formulario para obtener o renovar la calificación como Operador Económico Autorizado”

Llenar la solicitud, el formulario y firmarlo electrónicamente.

Conclusión:

Se puede decir que la finalidad última para convertirse en OEA es reducir al máximo posible el número de controles y facilitar el flujo de mercancías en el comercio internacional, además los programas OEA son compatibles y cumplen con las normas y principios establecidos en el Marco SAFE.

Recomendación:

Este proceso implicaría previamente compatibilizar los programas OEA y alinearlos a las normas y principios establecidos en el Marco SAFE y, de ser el caso, a lo que establezcan otras organizaciones intergubernamentales sobre normas y requisitos de seguridad.

Fuente:

Reglamento que regula la actividad de los Operadores Económicos Autorizados (OEA)https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2017/05/SENAE-GOE-2-4-003-V1.pdf)

Autor: Calderón Sugueidy

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El EDI sirve para el intercambio de información industrial, comercial, financiera, permite el intercambio de facturas, declaraciones aduaneras, ya que proporciona normas de sintaxis que definen los documentos electrónicos y son de uso internacional.

 

Existen dos métodos para la aplicación del EDI en el ECUAPASS, el primer método es el uso de la aplicación brindada por la Aduana ECUAPASS, y el segundo método mediante el uso de aplicaciones que utilizan operadores de comercio exterior, basados en los estándares que establece la Aduana.

 

En lo referente a las Aplicaciones de Escritorio, son de uso pagado, no son de uso gratuito como el ECUAPASS, cualquier Operador de Comercio Exterior puede realizar sus trámites mediante estas aplicaciones. 

Primero transmitir los diferentes documentos de acompañamiento, de soporte y de control previo, los cuales son entregados por el Importador al Agente de Aduana, en la aplicación de escritorio se realiza los siguientes pasos:

  • Validar los elementos de datos.

De aquellos documentos que estén digitalizados en un archivo PDF, consiste en autentificar aquella información plasmada en estos documentos, con la finalidad de evitar errores al momento de transmitir los documentos a la Aduana.

  • Ingreso información.

Se realiza mediante la aplicación de escritorio, una vez realizada correctamente la validación de los elementos de datos.

  • Genera los e-DOCs.

Ya que el proceso se realiza en la aplicación de escritorio la generación de los e-DOCs es automáticamente.

  • Firma electrónicamente.

Ya no es necesario tener un aplicativo adicional para realizar la firma electrónica.

  • Enviar.

Debemos tener en cuenta que todos estos procesos se realizan dentro de la misma aplicación, hasta la firma electrónica ya no es necesario como en el ECUAPASS que se debe apoyar del aplicativo de firma electrónica, en este tipo de aplicación permite al OCE realizar en ese momento la firma y poder enviar la información en ese instante.

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Cuando no cumpla con algunos de los elementos de validación en las fases 1 y 2 el proceso se detiene y se produce una instancia de error, en cambio en la fase 3 si no cumple con algún elemento de validación esta fase no se detiene, y sigue validando los siguientes elementos, cuando la instancia de error llega a la aplicación de escritorio, el OCE debe corregir los errores que puedan producirse y volver a transmitir, cumpliendo con todas las fases de validación requeridas, con ello se produce una instancia de aceptación, lo cual la Aduana acepta la declaración, estableciendo una obligación con la Aduana generando un refrendo.

 

Conclusiones:

Los dos métodos para la aplicación del EDI en el ECUAPASS son funcionales, con la diferencia que el sistema de ECUAPASS es de uso gratuito, en cambio las aplicaciones de escritorio tienen un costo adicional ya que nos brinda un mayor servicio como el respaldo de la información, el uso de hojas informáticas que permite realizar prorrateo en la misma aplicación de escritorio.

Recomendaciones:

Sería fundamental que el sistema de la Aduana ECUAPASS mejore en lo referente al respaldo de la información ya que los OCEs deben tener dicho respaldo en algún dispositivo de almacenamiento.

Debido a que el uso de estas aplicaciones de escritorio tiene un costo elevado, es necesario tratar de implementar estas aplicaciones ya sea que su costo sea más accesible para los OCEs.

 

Fuente:

Comunidad todo comercio exterior-Teledespacho Ing. Marco Guayasamin

 

Autor: Calderón Sugueidy

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Debido a lo necesario que es tener hoy en día la firma electrónica, ya que facilita y agilita los trámites necesarios referente al Comercio Exterior y dentro de las organizaciones como contratos electrónicos, correo seguro, e/o.

Según el Art 15 de la Ley de Comercio Electrónico y de Firmas (Electrónico, 2011)los requisitos para la obtención de la firma electrónica son los siguientes:

  1. Ser individual y estar vinculada exclusivamente a su titular;
  2. Que permita verificar inequívocamente la autoría e identidad del signatario, mediante dispositivos técnicos de comprobación establecidos por esta ley y sus reglamentos;
  3. Que su método de creación y verificación sea confiable, seguro e inalterable para el propósito para el cual el mensaje fue generado o comunicado;
  4. Que, al momento de creación de la firma electrónica, los datos con los que se creare se hallen bajo control exclusivo del signatario, y,
  5. Que la firma sea controlada por la persona a quien pertenece.

Según el Art 19 de la Ley de Comercio Electrónico y de Firmas (Electrónico, 2011), menciona que la firma electrónica se extinguirá por:

  1. Voluntad de su titular;
  2. Fallecimiento o incapacidad de su titular;
  3. Disolución o liquidación de la persona jurídica, titular de la firma; y,
  4. Por causa judicialmente declarada. La extinción de la firma electrónica no exime a su titular de las obligaciones previamente contraídas derivadas de su uso.

La extinción de la firma electrónica no exime a su titular de las obligaciones previamente contraídas derivadas de su uso.

Como ejemplo en las causas para la extinción de la firma electrónica:

Por la voluntad del titular ésta causa se puede presentar siempre y cuando el titular comunique de tal decisión a la entidad de certificación, lo cual por el momento traería consigo, el hecho de dejar sin efecto el certificado de Firma Electrónica.

En el caso de fallecimiento del titular la extinción se hará efectiva con la partida de defunción, pudiéndose también presentar el caso de muerte presunta, para lo cual será necesaria la declaración judicial; el caso de incapacidad del titular de la firma, tiene concordancia con lo determinado en el Código Civil, por lo cual habría que determinar el hecho de la incapacidad, si es absoluta o relativa.

En el caso de disolución o liquidación de la persona jurídica, titular de la firma, en materia societaria, previa la disolución o liquidación de una compañía, ésta debe ser considerada por la Junta de Accionistas, y aprobada por resolución de la Superintendencia de Compañías, para finalmente ser inscrita en el Registro Mercantil, solo en ese instante surte efectos, este procedimiento toma tiempo por lo cual mientras tanto la Firma Electrónica estaría vigente. Debe reformarse la Ley en este sentido, haciendo referencia a la Ley de Compañías.

Por causa judicialmente declarada; ésta expresada en materia de infracciones informáticas o administrativas, el juez podrá según sus facultades legales de oficio, dar por extinguida una Firma Electrónica. En esta circunstancia, el bien jurídico protegido es la propiedad del titular.

Conclusiones:

Los requisitos establecidos por la Ley de Comercio son de carácter obligatorio para la obtención de la Firma Electrónica.

La firma electrónica facilita los tramites de Comercio Exterior y de las organizaciones.

Recomendaciones:

Es necesario cumplir y tener conocimiento de los requisitos establecidos por la Ley de Comercio para la obtención de la Firma Electrónica.

Las causas para la extinción de la Firma Electrónica siempre se deben sustentar con documentos establecidos por esa causa, ya sea partida de defunción, y si es por voluntad propiedad a través de un comunicado hacia la entidad certificadora.

 Fuente:

Electronico, C. (13 de 10 de 2011). Ley de Comercio Electronico de Firmas. Obtenido de Ley de Comercio Electronico de Firmas: oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_ecu_comer.pdf

 

Autor: Calderón Sugueidy

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