Publicaciones de Nathaly Escobar (29)

Ordenar por

Introducción

El usuario al momento de solicitar la corrección de manifiesto marítimo y aéreo (CDT), debe registrar en forma secuencial las tareas para agilitar la modificación al manifiesto marítimo y aéreo a través del sistema informático del Servicio Nacional de Aduanas (SENAE), denominado ECUAPASS, opción Solicitud de corrección de manifiesto marítimo y aéreo (CDT).

Desarrollo

La Solicitud de corrección de manifiesto marítimo y aéreo (CDT), está dirigida a las navieras, aerolíneas, consolidadoras y empresas Courier.

  • La aplicación, cumplimiento y realización de lo descrito en el presente documento, es responsabilidad de las aerolíneas navieras, consolidadoras, correos del Ecuador y empresas Courier.
  • La realización de mejoramiento cambios solicitador y gestionados por los distritos, le corresponde a la Dirección Nacional de Mejora Continua y tecnologías de la Información para su aprobación y difusión.

Procedimiento

  1. Acceda al navegador "ECUAPASS"
  • Ingrese Usuario y Contraseña
  • Seleccione el menú principal "TRÁMITES OPERATIVOS"
  • Sub menú "Elaboración de e-Doc. Operativo
  • Luego click en e-Docs.
  • Seleccionar la pestaña Solicitud de corrección de manifiesto marítimo y aéreo (CDT)

A continuación se realiza el llenado de todos los item por el usuario. 

  1.     Manifiestos de carga
  2. Documentos de transporte y detalles del mismo.

Una vez realizado el registro, hacer click en Guardar Temporal. Posterior se confirma el registro con un "si", cuando no existe ningún error en el llenado de la solicitud. 

Conclusiones

La Solicitud debe estar dirigida a las navieras, aerolíneas, consolidadoras y empresas Courier. los mismos que son responsables de la aplicación, cumplimiento y mejoramiento de los cambios solicitados.

Recomendaciones

Se recomienda que, al momento de realizar las correcciones al manifiesto, posterior al informe de llegada y previo a la transmisión de la Declaración Aduanera de Importación, debe contar con el documento electrónico el cual tendrá autorización automática.  

Referencias

Servicio Nacional de Aduanas -SENAE, (2014); Instructivo para el registro de la Solicitud de corrección de manifiesto marítimo y aéreo (CDT). Obtenido de: https://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2014/senae-isee-2-3-007-v2.pdf

Autor: Escobar Nathaly

Leer más…

INTRODUCCIÓN

Este trámite está orientado a la emisión de la autorización requerida para obtener la licencia de importación para la exoneración de tributos al comercio exterior y se lo realiza a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana - VUE del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

DESARROLLO

El trámite “Autorización de Licencias de Importación en la Ventanilla Única Ecuatoriana” está dirigido a las entidades contratantes del Sistema Nacional de Contratación Pública, consideradas dentro del Art. 1 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública- LOSNCP.

A continuación, detallare los requisitos obligatorios y especiales para el trámite:

9242252288?profile=original

La realización del trámite de autorización debe ser verificada y seguida de acuerdo a las siguientes condiciones.

9242252885?profile=originalConclusiones

Las licencias de autorización de importación son emitidas a las entidades contratantes del Sistema Nacional de Contratación Pública, con una vigencia de 6 meses sin ningún costo.

Recomendaciones

Se recomienda a las entidades públicas que para realizar el trámite para la obtención de licencias de importación deben cumplir con los documentos requeridos y primero realizar los respectivos trámites en el Servicio Nacional de Contratación

Referencias

Portal único de trámites ciudadanos. (2020). Autorización de Licencias de Importación en la Ventanilla Única Ecuatoriana. Obtenido de:

https://www.gob.ec/sercop/tramites/autorizacion-licencias-importacion-ventanilla-unica-ecuatoriana#:~:text=Se%20han%20considerado%20como%20beneficiarios,Nacional%20de%20Contrataci%C3%B3n%20P%C3%BAblica%2D%20LOSNCP

Autor: Nathaly Escobar

Leer más…

Introducción

El Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE),es un organismo de acreditación reconocido a nivel regional, su objetivo es Acreditar la competencia técnica de los organismos que operan en materia de evaluación de la conformidad, algunos importadores gestionan la verificación de certificados de conformidad de producto o informes de ensayos a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE), sin embargo, mediante la situación actual que estamos enfrentando a nivel mundial por la pandemia COVID-19 el SAE ha dada algunos comunicados sobre su funcionamiento, procedimientos para la reanudación de sus actividades, etc.

Desarrollo

El Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE), frente a la emergencia sanitaria declarada por la pandemia COVID-19, ha tomado acciones importantes para mantener la confianza de autoridades y partes interesadas en relación a la gestión de los procesos de evaluación, reevaluación, vigilancia, seguimiento y actividades extraordinarias de los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC).

Los puntos en consideración por los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC)son los siguientes:

9242246256?profile=original

Los procedimientos e instructivos a conocer por los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC)son los siguientes son los siguientes:

  • Guía para mantener la trazabilidad metrológica durante la pandemia COVID-19 – IAAC
  • Eventos o circunstancias extraordinarias que afecten los procesos de acreditación
  • Bioseguridad para el SAE
  • Uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) para fines de evaluación remota.

Conclusiones

El Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE), mediante una guía a proporcionado información para los organismos de evaluación de la conformidad (CAB) para garantizar un buen servicio a los usuarios como los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC); gestión que está alineada a las disposiciones del Gobierno Nacional y a las directrices emitidas por los organismos internacionales de acreditación.

Recomendaciones

Se recomienda a los usuarios del servicio de Acreditación Ecuatoriano tomar en cuenta los siguientes links para más información https://www.iaac.org.mx, IAF https://www.iaf.nu/articles/IAF_COVID19_FAQs  e ILAC  https://ilac.org.

Referencias

Servicio de Acreditación Ecuatoriano, S. (2020). Obtenido de: https://www.acreditacion.gob.ec/acciones-sae-pandemia-covid-19/

de Acreditación Ecuatoriano, S. (2017). Servicio de acreditación ecuatoriano. Obtenido de : https://www.acreditacion.gob.ec/

Autor: Escobar Nathaly

 

Leer más…

Manifiesto de Exportación Marítimo – MEM

Introducción

Un manifiesto de carga es un documento físico o electrónico que contiene información del medio del transporte, numero de bultos, peso e identificación genérica de la mercancía que comprende la carga, este documento debe ser presentado por todo transportista internacional o su operador de transporte a la entrada o salida del país de aduana.

Desarrollo

El manifiesto de Exportación marítima – MEM puede ser transmitido por web services o mediante el portal del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.


El proceso de envió electrónico de datos consta de9242227466?profile=original

Cuando se realiza la transmisión electrónica del Manifiesto de Exportación Marítimo – MEM a través del portal, el sistema automáticamente le puede asignar cualquiera de los siguientes estados:

  • Transmisión Inicial
  • Re transmisión
  • Anulación

El manifiesta de Exportación Marítimo-MEM a través del sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, denominado ECUAPASS, está compuesto por:

9242227499?profile=original

Conclusión

El manifiesto de Exportación marítima – MEM es un documento electrónico (E-Docs), el mismo que contienen la información de los conocimientos de embarque máster o hijo referente al medio de transporte, en este caso es utilizado en el medio de transporte marítimo.

Recomendación

Se recomienda al responsable del Manifiesto de Exportación Marítimo –MEM, que, al momento de la transmisión de dicho documento electrónico, debe tomar en cuenta las consideraciones que se encuentran en el servicio informático del SENAE.

Referencias

https://jorgeluisaviles.com/agencia/images/pdf/SENAE-GOE-2-3-002-V2.PDF 

Autor: Escobar Nathaly 

Leer más…

FALSIFICACIÓN ELECTRÓNICA

Introducción

En la actualidad con el desarrollo de nuevas tecnologías, han aparecido diferentes formas de criminalidad una de ellas en la falsificación electrónica o informática, que es un tipo de conducta criminal que se lo conoce más comúnmente como la “Falsedad Vía Computarizada” porque a través de la misma, se pueden elaborar tarjetas de crédito, cheques, títulos valores, en general todo tipo de documentos públicos y privados.

Desarrollo

Falsificación electrónica. - Son delincuentes de falsificación electrónica la persona o personas que con ánimo de lucro o bien para causar un perjuicio a un tercero, utilizando cualquier medio; alteren o modifiquen mensajes de datos, o la información incluida en éstos, que se encuentre contenida en cualquier soporte material, sistema de información o telemático, ya sea:

1.- Alterando un mensaje de datos en alguno de sus elementos o requisitos de carácter formal o esencial;

2.- Simulando un mensaje de datos en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad;

3.- Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido o atribuyendo a las que han intervenido en el acto, declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieren hecho.

Tipos de delitos electrónicos

Delitos que tiene como fin las computadoras:

  • Daño Informático
  • Extorsión informática
  • Espionaje informático
  • Acceso no autorizado a sistemas de Procesamiento de datos
  • Abuso de confianza informático
  • Hurto informático

Delitos que tienen como instrumento las computadoras

  • Falsedad Informática
  • Fraude Informático
  • Corrupción de menores

CASO 1

Un caso muy sonado en nuestro País es cuando la fiscal acusaba a dos servidores del registro civil de Quito por falsificación electrónica, por su presunta participación en el delito. La juez de Flagrancia Ximena Rodríguez dicto medidas cautelares contra los servidores públicos, quienes fueron detenidos en la mañana del 9 de junio del 2014.

Los procesados trabajaban en la Dirección General del Registro Civil, ubicado al norte de Quito. Ellos habrían modificado datos de las cédulas de ciudadanía sin contar con el respectivo respaldo documental.

Conclusiones

La evolución tecnológica a la vez que nos brinda oportunidades y facilidades para el manejo de la información, sin embargo, también ha traído complicaciones en cuanto a la seguridad, por lo que las legislaciones severas para poder sostener este nuevo hecho social normado por la informática. Las nuevas figuras delictivas, como la falsificación electrónica generan alto riesgo para los usuarios de estos medios debido a que si realizan modificaciones del contenido.

Recomendaciones

Se recomienda a los usuarios siempre tomar atención respecto a la autenticidad de la página o portal Web al que está ingresando, puesto que siempre existen páginas fantasmas que tienen un perfil con características originales y su finalidad es robar información de los usuarios como claves o datos privados.

Referencias

 Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos. (17 Abril, 2002). Obtenido de: https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/...

Autor: Escobar Nathaly 

 

Leer más…

Programa Operador económico Autorizado (OEA)

Introducción

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) alineado siempre a los estándares internacionales establecidos por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), implementa el Programa Operador Económico Autorizado (OEA).

Este programa voluntario y gratuito en el cual el Operador de Comercio Exterior (OCE) cumple con normas de seguridad en la cadena logística. Actualmente, está disponible para el sector exportador e importador y está dirigido a todos los eslabones de la cadena logística, siempre que cumplan con los requisitos previstos en las normas legales vigentes. 

Desarrollo

El Operador Económico Autorizado (OEA) nace con el objetivo de aplicar medidas de seguridad más rigurosas y eficaces y a la vez facilitar el flujo de mercancías en el comercio internacional. Para postularte y obtener la calificación de operador económico el postulante debe cumplir con ciertas Condiciones y Requisitos los cuales son

Condiciones: El solicitante debe poder demostrar que la empresa, sus accionistas y socios cuentan con un adecuado comportamiento aduanero, tributario y penal:

  • Historial Satisfactorio
  • Solvencia Financiera

Requisitos: Se identifica que el Operador de Comercio Exterior (OCE) cuente con niveles de seguridad adecuados, es decir que el Operador Económico Autorizado (OEA) esté en capacidad de demostrar que cuenta con medidas de seguridad apropiadas en relación a:

  • Evaluación de riesgos en la cadena logística.
  • Seguridad de las mercancías, unidades de carga y medios de transporte.
  • Seguridad de los socios comerciales dentro de la cadena logística.
  • Seguridad en el acceso físico.
  • Seguridad de las instalaciones.
  • Seguridad de la contratación y administración del personal.
  • Seguridad de la información.

El hecho que el postulante cuente con certificaciones de programas de seguridad, gestión o calidad hará que el Operador de Comercio Exterior (OCE) se encuentre mejor preparado puesto que ha implementado modelos y estándares de gestión en sus operaciones.

La postulación para obtener la certificación se la debe realizar de la siguiente manera:

  • Se debe ingresar el sistema informático ECUAPASS y acceder con su RUC, Id de Usuario y Clave.
  • Dirigirse a la sección Trámites Operativos e ingresar a la opción 1.12 “Formulario para obtener o renovar la calificación como Operador Económico Autorizado”
  • Llenar la solicitud, el formulario y firmarlo electrónicamente.

 

Conclusiones

El programa Operador Económico Autorizado tiene la finalidad de fortalecer la seguridad en la cadena logística en el cual convierte a los Operadores de Comercio Exterior (OCE), en operadores más seguros y confiables para el comercio internacional.

Recomendaciones

Se recomienda al postulante para obtener la calificación como Operador Económico Autorizado completar la solicitud, adjunte la documentación requerida y cumpla con los requisitos sin problema alguno.

Referencias

https://www.aduana.gob.ec/oea/informacion-oea/

 

 Autor: Escobar Nathaly 

Leer más…

Introducción

El artículo 22 del Reglamento a la Ley de Comercio Electrónico acerca de: “Envío de mensajes de datos no solicitados.”

Desarrollo

Según el reglamento a la Ley del Comercio Electrónico las solicitudes de no envío de mensajes de datos periódicos, se harán directamente por parte del titular de la dirección electrónica de destino.

El envío periódico de información, publicidad o noticias promocionando productos o servicios de cualquier tipo observará las siguientes disposiciones:

 9242199681?profile=original

Los proveedores de servicios electrónicos o comunicaciones electrónicas afectado por el envío periódico de mensajes de datos no solicitados, procederán a notificar al remitente de dichos correos sobre el requerimiento del cese de dichos envíos y de comprobarse que el remitente persiste en enviar mensajes de datos periódicos no solicitados podrá bloquear el acceso del remitente a la dirección electrónica afectada.

Conclusión

El envió de mensajes de datos no solicitados se refiere al envío periódico de información, publicidad o noticias promocionando productos o servicios de cualquier tipo, esta solicitud se hará directamente por parte del titular de la dirección electrónica de destino

Recomendación

Aquellos proveedores de servicios electrónicos o titulares de las firmas que no deseen recibir estos mensajes deben solicitar a la entidad que les otorgó el certificado, que se comuniquen con el emisor de los mensajes para que se detengan, ya que en los mismos aparece la identidad del emisor, y si estos continúan el titular de la firma puede solicitar el bloqueo de los mismos.

Referencias

Reglamento A La Ley De Comercio Electrónico. Obtenido de

https://cursos.todocomercioexterior.com.ec/ecuapassm/documentos/REGLAMENTO-A-LA-LEY-DE-COMERCIO-ELECTRONICO.pdf

 

Autor: Nathaly Escobar

 

 

Leer más…

Métodos aplicados a ECUAPASS

Introducción

El ECUAPASS está basado en un modelo de sistema de despacho electrónico coreano (UNI-PASS). Para trabajar bajo mecanismo del ECUAPASS, todos los documentos de las empresas

  • Consolidadoras
  • Agentes de carga deben ser enviados electrónicamente al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE).

Para ello, el organismo rector provee de dos métodos aplicativos para la elaboración y entrega de los documentos electrónicos (también conocidos como e-Docs) los cuales son: 

9242193483?profile=original

Desarrollo

Para el acceso al Portal las empresas consolidadoras o agentes de carga deben hacer uso del Procedimiento de Solicitud para el Uso del Portal que incluye:

Este es el procedimiento para registrar a un nuevo usuario en el Portal de ECUAPASS.

  1. La emisión de certificado de autenticación,
  2. Solicitud de uso del Portal,
  3. Presentación de documentos requeridos,
  4. Validar la calificación,
  5. Aprobación de uso y
  6. Registro del usuario adicional por parte del funcionario de la aduana.

Después de todo eso todos los documentos deben ser enviados electrónicamente al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE). Para ello el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) provee de dos métodos para la elaboración y entrega de los documentos electrónicos.

Primer método: Acceder al portar, elaborar y enviar los e-Docs.

El primero método prácticamente es accediendo directamente al Portal para elaborar y enviarlos al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) a través de interfaces gráficas (páginas Web) también provistas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE).

Proveer el API para el software

  • Proveedor el API de PC parea la interconexión del software.
  • WSDL para la comunicación API para el cifrado y la firma electrónica.

Debemos tener en cuenta que la empresa desarrolladora modifica las funciones para la elaboración de e-Docs y la administración de envío y recibo del software.

Proveer el estándar del E-DOC

  • Estándar de comunicación (HTTP) para el envió y recibo de e-docs.
  • Estándar de definición de e-Docs (XML).
  • Estándar de seguridad y firma electrónica.

Segundo método: Elaborar y enviar los e-Docs mediante el software propio del declarante.

El segundo método aplicativo del ECUAPASS es registrando y enviando los documentos por un Sistema o módulo construidos por el propio declarante o por el proveedor del declarante.

Consisten en sistemas que deben cumplir con los formatos XML entregados por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) y que deben estar debidamente firmados electrónicamente provisto por el Banco Central del Ecuador.

Conclusiones

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) a través del servicio instalado ECUAPASS tiene el objetivo de realizar trámites operativos con un sólo acceso en cualquier momento, desde cualquier lugar y en cualquier dispositivo. El cual ofrece dos métodos aplicativos los cuales son Acceder al portar, elaborar y enviar los e-Docs y Elaborar y enviar los e-Docs mediante el software propio del declarante.

Recomendaciones

Para trabajar bajo el mecanismo ECUAPASS, las empresas Consolidadoras/Agentes de carga deben estar registrados debidamente como usuario en el ECUAPASS se recomienda seguir el procedimiento de registro de usuario en sus seis pasos.

 

Referencias

https://cursos.todocomercioexterior.com.ec/ecuapassm/modulo-ii/m2-7-metodos-aplicados-ecuapass.pdf

Antor: Escobar Nathaly

 

Leer más…

INTRODUCCIÓN

El Operador de Comercio Exterior (OCE) al momento de realizar el proceso de Renovación de la Autorización del Representante Aduanero de Comercio Exterior (RACE), deberá enfocarse en dos artículos que le especifican los requisitos que debe cumplir, además de como la Solicitud para la Renovación de la Autorización del RACE al Tercer Año debe presentarse.

9242195458?profile=original

DESARROLLO

Artículo 13.- Requisitos para la Renovación de la Autorización de RACE al Tercer Año. - AEl Operador de Comercio Exterior (OCE) al momento de realizar el proceso de Renovación de la Autorización del RACE deberá cumplir con los requisitos:

9242195873?profile=original

9242196457?profile=originalArtículo 14.- Solicitud para la Renovación de la Autorización del RACE al Tercer Año.

La solicitud de Renovación puede ser presentada:

  • Con seis (6) meses calendario de antelación
  • Hasta un máximo de tres (3) meses calendario, antes del vencimiento de la autorización.

Si la solicitud no fuere presentada dentro del plazo, el SENAE no dará inicio al proceso administrativo para la renovación.

  • La solicitud para la renovación deberá estar dirigida al Director General del SENAE y estar suscrita por el representante legal del OCE, indicando lo siguiente:

Número de liquidación de la tasa de renovación por cada RACE, la cual deberá estar pagada.

Y deberá estar acompañada de lo siguiente:

  • Certificado emitido por una Universidad o Escuela Politécnica, o por una entidad avalada por el SENAE, que acredite que el RACE asistió a 48 horas académicas de capacitación y actualización de conocimientos en materia de comercio exterior.

Conclusiones

  • La Renovación de la Autorización del Representante Aduanero de Comercio Exterior (RACE) al Tercer año es un proceso administrativo riguroso que se debe cumplir con ciertos lineamientos y requisitos antes de presentar la Solicitud en un determinado plazo. 

Recomendaciones 

  • El Operador de Comercio Exterior para realizar el proceso administrativo de   renovación de la autorización del RACE deberá asesorarse con personal profesional en la materia, con la finalidad de cumplir con los requisitos necesarios y no llegar al punto de incurrir en una falta que te pueda caducar la solicitud de Renovación. 

Fuentes

https://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2015/SENAE-DGN-2015-0840-RE.pdf 

Autor: Escobar Nathaly 

Leer más…