Publicaciones de Génesis Nicole Naveda Clavijo (28)

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Introducción

Las personas con discapacidad y las personas jurídicas que se encargan de su atención, tienen permitido importar bienes y vehículos para su uso exclusivo, con exenciones del pago de tributos al comercio exterior de acuerdo a su porcentaje de discapacidad; para lo cual se debe registrar la solicitud de exoneración de tributos. De acuerdo a esto, serán beneficiarias aquellas personas que hayan sido debidamente calificados por la Autoridad Sanitaria Nacional (Ministerio de Salud Pública) con un porcentaje de discapacidad del 30% o superior.

Los porcentajes de exoneración, valores máximos de importación y requisitos necesarios podrán ser revisados en la página de la Aduana del Ecuador (https://www.aduana.gob.ec/para-personas-con-discapacidad/).

Desarrollo

Cómo parte de los requisitos que se asocian a la solicitud de exoneración y que son necesarios para la realización del respectivo trámite, las personas con discapacidad y las personas jurídicas que se encargan de su atención requieren registrar el contrato de compra-venta del vehículo a importar, el mismo que se realiza a través del sistema ECUAPASS.

A continuación, con la finalidad de aclarar el uso de ECUAPASS para este trámite, se procede a describir en forma secuencial el procedimiento que debe ser llevado a cabo por las personas con discapacidad para registrar el respectivo contrato de compraventa del vehículo.

1. Ingresar al portal ECUAPASS: https://ecuapass.aduana.gob.ec/ ; e ingresar su USUARIO y CONTRASEÑA.

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2. Elegimos la opción -> Contrato de compraventa de Vehículo para persona con discapacidad.

3. A continuación, se visualiza una pantalla para llenar la información correspondiente; se divide en cinco (5) secciones:

Primera sección: Cabecera del Contrato

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Segunda sección: Datos del Representante Legal

En caso de existir un Representante Legal, se llena la siguiente información:

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Tercera sección: Datos de la Compañía/Concesionaria

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Cuarta sección: Datos del Representante Legal

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Quinta sección: Datos del Vehículo

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4. Click en el botón Generar Contrato; se genera el archivo en PDF, el mismo que debe ser impreso y firmado por el concesionario y la persona con discapacidad.

Conclusiones

  • Las personas con discapacidad accederán a los beneficios de exoneración si cumplen con los requisitos necesarios y uno de ellos es el registro del Contrato de Compraventa, para lo cual necesario contar con los datos correctos del vehículo a importar como, por ejemplo: marca, origen del vehículo, N° de chasis, modelo, color, tipo, entre otros que deben ser provistos por el concesionario, para de esta manera generar el contrato de manera correcta.

 

Recomendaciones

  • Se recomienda a las personas con discapacidad o personas jurídicas que se encargan de su atención, visitar la página web de la ADUANA, en la opción Servicio al Ciudadano -> Servicios para personas con Discapacidad, en la cual se detallan los requisitos a cumplir al igual los porcentajes de discapacidad, valores máximos de importación, etc., y otra información necesaria para que sean partícipes de los beneficios como la exoneración de los impuestos dependiendo del porcentaje de discapacidad.

Fuentes

Autor

Naveda Nicole

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Introducción

La Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) es una herramienta electrónica que permite a los Operadores de Comercio Exterior (OCE's) presentar los requisitos, trámites y documentos necesarios para que se realicen las operaciones de comercio exterior. Por ello, el objetivo principal de la VUE es optimizar en integrar los procesos relacionados al comercio exterior para garantizar a los usuarios la reducción significativa del tiempo y costos de transacción en la realización de actividades de comercio exterior, al igual que facilitar la tramitación de autorizaciones y certificaciones en un solo punto de acceso vía Internet y brindar a los operadores de comercio exterior información sobre los requisitos vigentes y el estado de los trámites en curso.

 

Desarrollo

En ocasiones la Entidad Gateway (institución interconectada a la VUE utilizando su propio servidor y sistema interno) necesitan respaldar y eliminar archivos con formato PDF que están adjuntos a los documentos de acompañamiento y soporte que son realizados mediante la Ventanilla Única Ecuatoriana. Los procesos que se pueden realizar para la administración de estos archivos adjuntos son:

  • Respaldo de documentos con extensión .PDF
  • Eliminación de documentos con extensión .PDF

NOTA: Los únicos archivos que se eliminan son los de extensión .PDF

 

A continuación, se describe el proceso de cada uno de los procedimientos:

  • SOLICITUD DE RESPALDO DE ARCHIVOS

Las Entidades Gateway son responsables de solicitar el respaldo de la información en un período de 15 días calendarios antes de la eliminación mensual de los datos por parte del SENAE.

1. Elabora solicitud y anexa el dispositivo físico de almacenamiento

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2. Almacenamiento de la información en el dispositivo

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3. Confirma respaldo de la información

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4. Recepción del dispositivo

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  • ELIMINACIÓN DE ADJUNTOS

SENAE eliminará los archivos adjuntos a las solicitudes que se realicen en la VUE en forma mensual, considerando únicamente las solicitudes enviadas 6 meses antes. Cabe resaltar que no se requiere enviar una notificación a las entidades una vez se haya realizado el proceso de eliminación mensual.

1. Remite archivos a ser eliminados

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NOTA: Se deben mantener almacenados los archivos seis meses antes de la fecha de eliminación mensual.

2. Elimina archivos adjuntos

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3. Confirma espacio liberado

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4. Confirma eliminación

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Conclusiones

  • La Entidad Gateway que necesite el respaldo o la eliminación de los archivos adjuntos a los documentos de acompañamiento y soporte que se realizan en la VUE deben conocer el respectivo proceso a seguir para cada uno de los procedimientos, al igual que tomar en consideración las respectivas fechas para realizar el respaldo antes de la eliminación mensual que realiza SENAE.

Recomendaciones

  • Se recomienda a la Entidades Gateway realizar con anticipación la solicitud para la respectiva eliminación o respaldo de archivos, ya que es necesario que la misma sea transmitida seis meses antes de que SENAE proceda a la eliminación mensual de adjuntos; y recordarles que una vez que los adjuntos hayan sido eliminados por SENAE, los usuarios tanto internos como externos si en algún momento llegan a requerir algunos de los documentos asociados a una solicitud realizada en la VUE, deben requerir dichos adjuntos a la entidad responsable de la atención de las solicitudes en la VUE.  

Fuentes

Autor

Naveda Nicole

 

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Introducción

     El Sistema Armonizado es un sistema de clasificación que se basa en 6 Reglas Generales Interpretativas (RGI) las cuales se definen como un conjunto de normas que ayudan a clasificar las mercancías de forma correcta, con base en diferentes parámetros y criterios de aplicación. Permitiendo de esta forma la correcta clasificación de las mercancías en sus partidas arancelarias y con ello se procede a la aplicación de la correcta tarifa arancelaria para el producto importado.

Desarrollo

     Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará con base en la RGI 3. Esta regla prevé tres métodos de clasificación de las mercancías que, a priori, podrán incluirse en varias partidas. Estos métodos se aplican en el orden en que figura en la regla, es decir sólo se podrá aplicar la Regla 3b) si la Regla 3a) no aporta solución al problema de clasificación.          

El orden a considerar es el siguiente:                                              

  • 3a) La partida más específica.
  • 3b) El carácter esencial del producto.
  • 3c) La partida más alta por orden numérico.

NOTA: La Regla solo se aplica si no es contraria a los textos de las partidas y de las Notas de sección o capítulo.

3a) La partida más específica.

La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa

En esta primera Reglas la mercancía se clasificará de acuerdo a los siguientes criterios:

  • La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Por lo que, una partida que designe nominalmente un artículo determinado es más específica que una partida que comprenda una familia de artículos.
  • Debe considerarse más específica la partida que identifique más claramente y con una descripción más precisa y más completa la mercancía importada.

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Figura 1. Clasificación de alfombras para vehículo según Regla 3a).

3b) El carácter esencial del producto.

Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasificarán según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo.

Este segundo método de clasificación, específicamente se refiere a los siguientes casos:

  1. Productos mezclados.
  2. Manufacturas compuestas de materias diferentes.
  3. Manufacturas constituidas por la unión de artículos diferentes.
  4. Mercancías presentadas en surtidos acondicionados para la venta al por menor. Para la aplicación de esta regla se considera que se presentan en surtidos, si cumplen simultáneamente las siguientes condiciones: constituidos por lo menos por dos artículos diferentes; constituidos por productos que se presenten juntos para satisfacer una necesidad; acondicionados para venderse directamente.

NOTA: Esta regla sólo se aplica si la Regla 3a) es inoperante. El factor que determina el carácter esencial varía según la clase de las mercancías, y se consideran.

9242229283?profile=originalFigura 2. Clasificación de un Exersaucer según Regla 3b).

3c) La partida más alta por orden numérico.

Cuando las Reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.

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Figura 3. Clasificación de un Infocus según Regla 3c).

Conclusiones

  • La correcta clasificación de las mercancías se debe realizar de acuerdo a las Reglas Generales de Interpretación, las cuales presentan las condiciones para que una mercancía sea clasificada y se evite así una doble clasificación. 
  • La RGI 3, presenta tres métodos de clasificación que deben ser aplicados de forma correcta y según los criterios que cada método describe, cabe mencionar que es necesario tomar en consideración las notas explicativas correspondientes a las partidas, secciones y capítulos; las mimas que presentan más detalles de la forma de clasificación, y así se logrará una correcta aplicación de la tarifa arancelaria que corresponda.

Recomendaciones

  • Las Reglas Generales de Interpretación (RGI) son aplicadas de acuerdo a diferentes criterios, por lo cual es importante que se conozca y se entienda de forma clara cada una de las RGI y en qué tipo de mercancías son aplicables dichos criterios, con el objetivo de una correcta clasificación y evitar errores que interrumpan un proceso de importación o exportación.

Fuentes

Autor

Naveda Nicole

 

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OBTENCIÓN DEL REGISTRO DEL EXPORTADOR

Introducción

Un exportador es toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que realice operaciones de comercio exterior, cuente con un RUC y esté registrado como importador/exportador en el Ecuapass.

Según Senae (2017) la exportación es el régimen aduanero que permite la salida definitiva de mercancías en libre circulación, fuera del territorio aduanero ecuatoriano o a una Zona Especial de Desarrollo Económico, con sujeción a las disposiciones establecidas en la normativa legal vigente.

Desarrollo

Para ser considerado exportador ante el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE) se deben cumplir los siguientes requisitos:

1. Obtención del RUC (Registro Único de Contribuyentes), otorgado por el SRI.

2. Obtención del certificado de forma electrónica o TOKEN, otorgado por las siguientes entidades:

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Figura 1. Registro Civil. (BCE, 2020)

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Figura 2. Security Data. (Security Data, 2019)

3. Registrarse como exportador en el Ecuapass, ingresando al siguiente link (https://ecuapass.aduana.gob.ec/)

Una vez realizados los pasos anteriores se procede al Registro de Usuario/autenticación electrónica. Aquí se podrá:

  1. Actualizar base de datos
  2. Crear usuario y contraseña
  3. Aceptar las políticas de uso
  4. Registrar firma electrónica

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Figura 3. Registro de Exportador. (SENAE, 2017)

NOTA: El Consejo Nacional de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI) estableció que los exportadores adicionalmente se registren con el Ministerio de Industrias y Competitividad cuando se refieran a:

  • Exportaciones de chatarra y desperdicios metales ferrosos y no ferrosos.
  • Exportaciones de cueros y pieles.

Conclusiones

El Registro como Exportador es un proceso sencillo, lo único importante es que se debe hacer de acuerdo a los pasos anteriormente mencionados, cumpliendo de forma correcta con cada uno de los requisitos establecidos por el SENAE y por las entidades certificadoras. Este registro permite que el exportador pueda realizar los trámites relacionados al comercio exterior comprenda los compromisos y responsabilidades que tiene ante el SENAE.

 

Recomendaciones

  • Se recomienda al exportador que antes de hacer su registro, cuente con la documentación necesaria para obtener principalmente el certificado de firma electrónica, y revisar de manera cuidadosa los requisitos que cada entidad requiere (Registro Civil y Security Data) para otorgarlo.
  • Es importante que los documentos principales como la cédula de identidad, y el RUC estén en formato digitalizado.

Fuentes

 

Autor

Naveda Nicole

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Introducción

Se entiende por mensaje de datos a la información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como, por ejemplo: Internet, correo electrónico, EDI, etc. De acuerdo a la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensaje de Datos en su Artículo 2 menciona que los mensajes de datos tendrán igual validez jurídica que los documentos escritos, además estos mensajes de datos estarán sometidos a las leyes, reglamentos y acuerdos internacionales relativos a la propiedad intelectual.

Los mensajes de datos se basan en dos principios fundamentales, de acuerdo a lo mencionado en el Artículo 5 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensaje de Datos:

  • Confidencialidad
  • Reserva

Desarrollo

Los mensajes de datos según el Artículo 10 referente a su procedencia e identidad, provienen de quien lo envía y, autoriza a quien lo recibe para que actúe conforme al contenido de dicho mensaje de datos, siempre y cuando se haya verificado que existe concordancia entre la identificación del emisor y su firma electrónica, se exceptúan los siguientes casos:

  1. Si se hubiere dado aviso que el mensaje de datos no proviene de quien consta como emisor; en este caso, el aviso se lo hará antes de que la persona que lo recibe actúe conforme a dicho mensaje. En caso contrario, quien conste como emisor deberá justificar plenamente que el mensaje de datos no se inició por orden suya o que el mismo fue alterado; y,
  2. Si el destinatario no hubiere efectuado diligentemente las verificaciones correspondientes o hizo caso omiso de su resultado.

La verificación anteriormente mencionada se realizará comprobando la vigencia y los datos del certificado de firma electrónica que la respalda.

NOTA:  En otros tipos de firmas o sistemas de identificación y autenticación, esta verificación se realizará mediante la verificación de los registros acordados o requeridos.

Finalmente, es importante mencionar que, de acuerdo a las leyes, se podrá recurrir a peritos para determinar la procedencia y otro tipo de relaciones de un mensaje de datos con quien lo remite de modo directo o indirecto.

Conclusiones

  • Bajo los principios de confidencialidad y reserva, se entiende que un mensaje de datos permanece íntegro si su contenido se mantiene completo e inalterable y salvo pruebas que muestren lo contrario este mensaje de datos proviene directamente de quien consta como emisor.

Recomendaciones

  • Es importante que se conozcan los artículos de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensaje de Datos, relacionados a los mensajes de datos, ya que cualquier falta o violación principalmente aquellas referidas a la intrusión electrónica, transferencia ilegal de mensajes de datos o violación del secreto profesional conllevan sanciones según lo establecido en esta Ley y su reglamento.

Fuentes

Autor

Naveda Nicole

 

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Introducción

     Según la Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0840-RE de octubre 2015, se define al RACE (Representante Aduanero de Comercio Exterior) como persona natural, la cual está bajo relación de dependencia del OCE y ejerce la función administrativa y operativa de gestionar ante la administración aduanera, de manera habitual y directa actividades relacionadas con el despacho aduanero de mercancías de importación/exportación. 

Importante: No habrá intervención de un Agente de Aduana, y el RACE no asumirá pecuniariamente el riesgo de las operaciones que promueve y concluye.

Desarrollo

     El Operador de Comercio Exterior (OCE) que desee solicitar la autorización para un RACE y auxiliar de RACE debe cumplir distintos requisitos y procedimientos administrativos (tanto el OCE como el RACE) según lo establecido en la Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0840-RE (Regulaciones para OCE's que requieran a un Representante Aduanero de Comercio Exterior para actuar en trámites de gestión aduanera) para realizar aspectos como:

  • Postulación e inscripción del RACE o auxiliar de RACE
  • Obtención de autorización del RACE o auxiliar de RACE
  • Renovación de autorización del RACE (3er año)
  • Emisión de credenciales
  • Inspección de instalaciones

     De los casos anteriormente mencionados se derivan diferentes tarifas dependiendo de la actividad que se vaya a realizar, según el Artículo 24.- Tasas de la Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0840-RE, se debe dar cumplimiento y cancelar los rubros que se han establecido para cada caso:

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Figura 1. Tasas para RACE's. (SENAE, 2015)

Elaborado por: Naveda Nicole

  1. Tasa de Postulación de RACE: 1 SBU por cada postulante (incluye la emisión de la credencial, en caso de ser aprobada la autorización).
  2. Tasa de Registro de Auxiliares de RACE: 0.25 SBU por cada auxiliar (incluye la emisión de la credencial, en caso de ser aprobado).
  3. Tasa de Renovación al Tercer Año: 1 SBU por cada RACE y 0.25 SBU por cada auxiliar, valor que incluye la emisión de la credencial, en caso de ser aprobada la renovación al tercer año
  4. Tasa de Reposición de Credencial:15 SBU por cada credencial.
  5. Tasa de Inspección de Establecimientos: 1 SBU por OCE.

NOTA: En caso de que alguno de los requisitos o algún procedimiento administrativo por los cuales se pagan las respectivas TASAS, no se haya realizado conforme a lo dispuesto en la Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0840-RE no se procederá la devolución de la tasa correspondiente, previamente pagada. Por ejemplo:

  1. Proceso Administrativo para la Obtención de la Autorización de RACE: De no satisfacerse el requisito en el término otorgado, se dispondrá la devolución de la documentación presentada y el archivo de la solicitud, entendiéndose como no presentada, en cuyo caso no procederá la devolución de la tasa correspondiente, previamente pagada.
  2. Inspección de instalaciones: Si realizada la inspección se determina que no se ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos en el presente artículo, no se procederá con la devolución de la tasa de inspección previamente pagada.

Conclusiones

  • El Operador de Comercio Exterior que requiera solicitar a la administración aduanera, que un empleado suyo actúe como Representante Aduanero de Comercio Exterior (RACE) o auxiliar del mismo, debe tener pleno conocimiento de todos los requisitos y el procedimiento administrativo que se debe llevar a cabo para que el RACE obtenga la respectiva autorización y pueda realizar distintos trámites relacionados al despacho aduanero de importación/exportación.

Recomendaciones

  • El Operador de Comercio Exterior antes del inicio del proceso administrativo para obtener la autorización del RACE o auxiliar de RACE, deberá revisar previamente en la Respectiva Resolución los requisitos que debe cumplir y las obligaciones que como OCE le corresponden, además de consultar que TASAS debe pagar por concepto de cada caso, evitando así errores que detengan el proceso de autorización.

Fuentes

SENAE. (07 de Octubre de 2015). Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0840-RE. Obtenido de Aduana.gob.ec: https://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2015/SENAE-DGN-2015-0840-RE.pdf

Autor

Naveda Nicole

 

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INTRODUCCIÓN

     Los Operadores de Comercio Exterior (OCE's) para hacer uso del portal ECUAPASS deben registrarse de acuerdo a la actividad que realicen, este registro debe ser realizado a través del formulario Solicitud de Uso. En ECUAPASS se muestran 6 formularios, acordes a la actividad que desempeña cada OCE.

     En el presente blog, le daremos una guía acerca de la Solicitud de Uso: EMPLEADO. Este tipo de solicitud la usan los empleados que trabajan para una empresa, sea esta: compañía jurídica, compañía limitada, sociedad anónima, etc. La información debe ser llenada por el empleado de la empresa, para lo cual debe seguir el procedimiento descrito en la parte de Desarrollo.  

Nota: El usuario que desee registrarse mediante Solicitud de uso, debe contar con un certificado digital (TOKEN), para poder utilizar el sistema ECUAPASS y la VUE.

DESARROLLO

     A continuación, se realiza una descripción detallada del procedimiento a seguir para el registro mediante Solicitud de uso (Empleado):

Importante: El usuario previamente debe tener instalado el portal ECUAPASS. 

1. Ingresar al portal ECUAPASS (https://portal.aduana.gob.ec/)

2. Elegir la opción --> Solicitud de uso

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Figura 1. Solicitud de uso. (ARCSA, 2015)

3. Seleccionamos el formulario correspondiente --> Solicitud de uso EMPLEADO

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Figura 2. Solicitud de uso Empleado. (ARCSA, 2015)

4. Se procede a llenar la información correspondiente: 

  • PARTE I: Información de la empresa

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Figura 3. Información de la empresa

Elaborado por: Naveda Nicole

Nota: Una vez que el usuario ingrese el número de RUC --> Consultar, se desplegará automáticamente toda la información relacionada a la empresa.

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Figura 4. Información de la empresa. (ARCSA, 2015)

  • PARTE II: Información del empleado

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Figura 5. Información del usuario

Elaborado por: Naveda Nicole

Para realizar este último paso: Identificación única del Certificado digital, el proceso a seguir es:

  • a) Para registrar el certificado digital (TOKEN), clic en el ícono de búsqueda.
  • b) Se abrirá el PKI del SENAE, el cual consultará de acuerdo al RUC el certificado digital correspondiente y escogemos la opción TOKEN.

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Figura 6. PKI del SENAE. (ARCSA, 2015)

  • c) Luego, se desplegará una ventana de Contraseña de Token, se elige el modelo de Token correspondiente --> Confirmar.
  • d) Se desplegará una nueva ventana, en la cual se ingresa la contraseña del Token-> Aceptar.
  • e) Se despliega una nueva ventana, clic opción --> Confirmar

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Figura 7. Confirmación del proceso. (ARCSA, 2015)

5. Una vez que todos los campos han sido ingresados, se hace clic en el botón Registrar, ubicado en la parte inferior derecha.

6. Finalmente, se dará por concluido el procedimiento y se generará el trámite de registro como EMPLEADO.

Conclusiones

  • Es importante que un OCE realice su registro a través de los formularios Solicitud de uso, de acuerdo a la actividad que desempeñe. Debido a que esto le permitirá hacer uso del portal ECUAPASS y la VUE. Una vez realizada su respectiva Solicitud de uso, Aduana recibe la información acerca de las operaciones que como OCE voy a realizar y el tipo de usuario correspondiente.

 

Recomendaciones

  • Antes de realizar el registro de Solicitud de uso, se recomienda al Operador de Comercio Exterior seguir las instrucciones de instalación y revisión del programa indispensable (JAVA 7 Update 15) para el uso del portal de ECUAPASS.
  • Al momento de asignar una contraseña, se recomienda que la misma contenga números, letras mayúsculas/minúsculas y/o caracteres con la finalidad de que sea más segura. Además, procurar dar respuestas sencillas y fáciles de recordar a las preguntas de seguridad que le permitirán recuperar la contraseña en caso de olvidarla.

Fuentes

Autor

Naveda Nicole

 

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Firma Electrónica: Usos y Beneficios

Introducción

     Actualmente, las Tecnologías de la Información están transformando velozmente los procesos de negocio, a la vez que digitalizan las operaciones de las empresas. Entonces, surge la firma electrónica con el objetivo de aumentar la eficiencia, lograr la reducción de costos y tiempos y agilizar diferentes trámites y procesos en distintos ámbitos, como por ejemplo el Comercio Exterior.

Desarrollo

     La Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos en su Artículo 13 define a las firmas electrónicas como “los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, adjuntados o lógicamente asociados al mismo, y que puedan ser utilizados para identificar al titular de la firma en relación con el mensaje de datos”.

     La firma electrónica está vinculada a un certificado de firma electrónica. El mismo que certifica la vinculación de dicha firma con una persona determinada. Además, a la firma electrónica se le reconocerá la misma validez legal que una firma manuscrita.

Es importante resaltar los usos y beneficios que la firma electrónica brinda a los usuarios:

USOS: Firma electrónica

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Figura 1. Usos de la Firma electrónica. Security Data (2019)

Elaborado por: Naveda Nicole

A la firma electrónica se le puede dar los siguientes usos:

  • Facturación electrónica: creación y firmado de facturas electrónicas.
  • Servicio Nacional de Aduana del Ecuador: Aduana usa el certificado de firma electrónica para firmar e-docs. Uso en ECUAPASS y la VUE.
  • Sistema Documental QUIPUX: permite el registro, control, circulación y organización de los documentos digitales y/o físicos.
  • Compras públicas: uso de la firma electrónica en procesos de contratación pública.
  • Firmar contratos electrónicos
  • Generación de pólizas electrónicas

 

NOTA: El uso más importante de la firma electrónica se presenta en la gestión documental de distintos instrumentos que son firmados y almacenados en la nube, la firma electrónica les otorga a dichos documentos su respectiva validez legal.

BENEFICIOS: Firma electrónica

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Figura 2. Beneficios de la Firma Electrónica. SeguriData (2018)

Elaborado por: Naveda Nicole

Entre los beneficios que brinda la firma electrónica se encuentra:

  • Incremento de la eficiencia de la gestión pública.
  • Mayor agilidad en los procesos de documentación, debido a la automatización de los flujos de operaciones.
  • Brinda mayor seguridad, ya que es difícil alterar o manipular la información contenida en documentos con firma electrónica.
  • Integridad, se garantiza la autenticidad de la información después de transcurridos varios años.
  • Mejor interacción, debido a la eliminación de distancias físicas entre usuarios permitiéndoles la realización de trámites electrónicos legalmente válidos.
  • Respaldo legal, en Ecuador mediante la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, garantizando la transparencia de autoridades y usuarios.
  • Entorno libre de papel, para firmar un documento ya no es necesaria su impresión, por lo que se reduce el uso del papel.

 

Conclusiones

     La firma electrónica es usada en un sinnúmero de actividades y sectores debido a que, a través de su utilización se consigue la reducción de tiempos logrando de esta forma que los trámites sean fáciles y rápidos de realizar. Lo que se traduce en beneficios a nivel operativo, económico y ambiental. Además, la firma electrónica goza de la misma validez legal que una firma manuscrita. Por lo tanto, se garantiza plena seguridad y confianza de los datos contenidos en los documentos electrónicos.

     En resumen, la firma electrónica ofrece integridad de la información, reduce costos, agiliza procesos, elimina distancias físicas, brinda respaldo legal, facilita el acceso a la información, etc. permitiendo que su correcta implementación contribuya en el mejoramiento de los procesos en la empresa y con ello adquieran una posición más competitiva en el contexto de la evolución digital.

Recomendaciones

     La firma electrónica aparece para romper con el esquema de la firma tradicional, por ello es recomendable y necesario que los usuarios conozcan los usos que se le puede dar a la firma electrónica, al igual que las obligaciones que se adquieren una vez obtenido el certificado de firma electrónica para evitar sanciones procedentes del uso indebido de la misma.

Fuentes

 

Autor: Naveda Nicole

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