Publicaciones de Carolina Ulloa Rodríguez (36)

Ordenar por

Es el envío de paquetes a través del Operador Público del Servicio Postal Oficial del Ecuador o de una Empresa Courier, cuyo valor no exceda del límite que se establece en el Reglamento y que serán despachados mediante formalidades simplificadas, conforme los procedimientos que establezca la Aduana del Ecuador.

Estos se clasifican en las siguientes categorías:

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GARANTÍAS ADUANERAS

Derecho de Prenda Se origina desde que la Mercancía se somete a la potestad aduanera y comprende la retención y/o secuestro, disposición de la mercancía, mientras el pago o extinción de la obligación tributaria aduanera se encuentre insoluto.

En la admisión temporal para perfeccionamiento activo, en las instalaciones industriales y en la maquila, el derecho de prenda se ejercerá tanto sobre las materias primas como sobre los productos terminados.

Garantía Aduanera Consiste en la obligación accesoria que se contrae a satisfacción de la Autoridad Aduanera, con el objeto de asegurar el pago de los Tributos al Comercio Exterior eventualmente exigibles aplicados a la importación o exportación; el cumplimiento de las formalidades determinadas por la administración aduanera; y, las obligaciones contraídas para con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador por los operadores del comercio exterior para el ejercicio de sus actividades.

Las garantías aduaneras son generales y específicas, y podrán constituirse en los siguientes medios:

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Garantías Generales  Deberá ser presentada ante la Dirección  de la SENAE en los siguientes casos:

  • Para el ejercicio de la actividad de Agente de Aduana
  • Para Personas Jurídicas Autorizadas para Prestar Servicios de Mensajería Acelerada y para el Tráfico Postal Internacional
  • Garantía para Depósitos Temporales Garantía para Despacho con Pago Garantizado
  • Garantía para los Almacenes Libres y los Almacenes Especiales
  • Garantías para el funcionamiento de Depósitos Aduaneros e Instalaciones Autorizadas para Operar habitualmente bajo el Régimen de Admisión Temporal con Perfeccionamiento Activo

 

Garantías Especificas podrán constituirse en dinero en efectivo depositado en cuenta, cheque certificado, nota de crédito del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador u otra administración tributaria central, garantía bancaria, o póliza de seguro. En los casos que corresponda, la garantía específica podrá constituirse en carta de garantía emitida por las máximas autoridades de las instituciones del sector público, excepto empresas públicas, y carta de garantía emitidas por las misiones diplomáticas y oficinas consulares acreditadas en el país. Se deberá presentar una garantía específica, a favor del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, expresada en dólares de los Estados Unidos de América, en los siguientes casos:

  • Para la admisión temporal con reexportación en el mismo estado o la admisión temporal para perfeccionamiento activo
  • Para las empresas nacionales que realicen transporte público de pasajeros, y de carga nacional o nacionalizada con naves o aeronaves que ingresen al país bajo del régimen de admisión temporal con reexportación en el mismo estado
  • Para el caso de arribo forzoso.
  • Para el régimen aduanero de tránsito
  • Para el ingreso al territorio nacional de los vehículos de uso privado para turismo
  • Para el ingreso al territorio nacional de naves o aeronaves destinadas a la reparación bajo al régimen de admisión temporal con perfeccionamiento activo
  • Para las mercancías que se importen al país bajo régimen de feria internacional
  • Cuando no se presente el Certificado de Origen o cuando habiendo sido presentado no cumple con las formalidades de los tributos arancelarios que se hubieran tenido que cancelar sin el beneficio tributario.
  • Cuando se presenten controversias, previo el pago de los tributos al comercio exterior declarados
  • Se encontrare en trámite la obtención de la visa requerida para gozar de la exención al ingreso del menaje de casa y/o equipo de trabajo
  • Cuando se encontrare en trámite la resolución administrativa de exoneración de tributos
  • En los casos de Descarga Directa
  • Cuando las misiones diplomáticas y oficinas consulares acreditadas en el país, ingresen mercancías exentas del pago de tributos

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MODALIDADES DE AFORO

Para el despacho de las mercancías que requieran Declaración Aduanera, se deberá utilizar cualquiera de las siguientes modalidades de aforo: automático, electrónico, documental o física (intrusivo o no intrusivo). La selección de la modalidad de aforo se realizará de acuerdo al análisis de perfiles de riesgo del Importador.

En el caso de mercancías perecederas y animales vivos u otras mercancías autorizadas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador en virtud de su naturaleza, tendrán prioridad en su reconocimiento físico, de ser el caso. La SENAE podrá realizar inspecciones de la mercancía a través de un sistema tecnológico de escaneo con rayos X o similares, inclusive indistintamente de la modalidad de despacho al que ésta fuere sometida.

Para el acto de aforo dispuesto en el COPCI, se tendrán en cuenta las normas siguientes:

  • La naturaleza de las mercancías.
  • La clasificación arancelaria se efectuará con la aplicación de las reglas generales.
  • El valor en Aduana de las mercancías importadas será determinado según las normas del Acuerdo sobre valoración de la Organización Mundial de Comercio (OMC), y las disposiciones de carácter nacional y supranacional que rijan la valoración aduanera.

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MÉTODOS DE VALORACIÓN ADUANERA

Al momento de decidir importar debemos tomar en cuenta varios puntos importantes, como es el hecho de que el precio realmente pagado o por pagar de las mercancías se encuentren dentro de la franja de precios que utiliza el Servicio Nacional de Aduana para realizar una comparación y así determinar la liquidación de tributos.

La Información necesaria sobre este tema se la puede encontrar en el Artículo VII del GATT, en este se habla sobre los procesos que se debe seguir para ajustar el precio de la mercancía, la influencia o no sobre el precio si se presenta algún tipo de vinculación entre importador y exportador además sobre los métodos que se usa para determinar el valor de transacción, los cuales los mencionaré a continuación:

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DECLARACIÓN ADUANERA DE IMPORTACIÓN

PROCESO:

  1. El importador entrega la documentación al agente de aduana, en el cual el agente de aduana registra la información en el sistema ecuapass: Factura Comercial, conocimiento de embarque, póliza, certificado de origen, licencias previas, entre otros, en este existen dos posibilidades:
    1. Aceptación: Se recibe el mensaje de aceptación con los datos de refrendo, numero de entrega, número de pago,  el nombre del funcionario que estará a cargo del trámite, fecha de aceptación y  el tipo de aforo a realizarse
    2. Rechazo: se recibe un mensaje con la explicación de la existencia de un error en el trámite y se procede al reenvío de la información siguiendo el proceso antes mencionado.
  2. Autoliquidación: Procede la liquidación una vez hecho el trámite con la aduana de manera inmediata y se lo realiza en base a pagos por transferencias bancarias o de forma directa presentándose en la ventanilla de las instituciones bancarias con el número de pago o la impresión de la liquidación. El importador tiene un lapso de 48 horas para el pago de los tributos sino no cumple el mismo la mercancía es considerada en abandono tácito en esta situación se  puede  efectuar una segunda instancia de pago (tributos adicionados el interés por los días de mora) hasta obtener un aforo
  3. AFOROS: Pueden ser asignados tres tipos de aforos: físico documental o automático con el funcionario antes designado.
    1. Automático: es un pago inmediato y la mercancía se la retira en dos o tres horas
    2. Físico: se constata la mercancía y el precio y la esta se la puede retirar al día siguiente o máximo en tres días.

                       i.    Duda de valor – Franja de Precios: se debe justificar el precio con trasferencias bancarias, depósitos efectuados o una justificación directa del exportador (proveedor)

                       ii.    Cambio de partida arancelaria: se debe generar un informe del porque se utilizó esta clasificación arancelaria

                       iii.    Mala utilización de certificado de origen

  1. Documental: Se revisa todos los documentos presentados como justificación a la importación, la mercancía se retira en un día.
  2. REGISTRO DE SALIDA: Se registra el pago de almacenaje y salida de la mercancía, en este paso puede originarse dos situaciones:
    1. Estado declaración: el funcionario asignado aprueba la salida de la mercancía
    2. Pago de almacenaje: en base al tiempo que permanece en el almacén y el peso de la mercancía.

Para finalizar la mercancía es entregada en la bodega de la aduana, está será otorgada al agente o su auxiliar debidamente registrados.

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NOTA DE PEDIDO

Nota de Pedido de Importación

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  • IMPORTANCIA

Es de suma importancia su emisión puesto que en este documento se detalla o indica específicamente la cantidad, calidad, precio unitario y condiciones en que se solicitan las mercaderías que el comprador o importador desea comprar para ingresarlas a  su país.

  • ESTRUCTURA

Los datos o campos de llenado que se encuentren en la nota de pedido no siempre van a ser iguales ya que este se ajusta a las necesidades de cada empresa, pero si es necesario que cuente principalmente con la información que detallaremos a continuación:

  • Fecha de emisión.
  • Nombre y domicilio del comprador.
  • Nombre y domicilio de la empresa.
  • Desglose de productos requeridos con características.
  • Número de orden (folio).
  • Forma de pago.
  • Modificadores al precio (cargos por envío, impuestos, descuentos).
  • Firma del comprador.
  • Firma del empleado autorizado.
  • PROCESO

    Para la emisión de la Nota de pedido, hay que seguir un proceso sencillo de realizar, en base a las necesidades de la Empresa solicitante, esta emite su pedido a la empresa exportadora en base a las características que necesitan cumplir sus productos.

    Una vez que se determina la nota de pedido correctamente esta es enviado al Exportador y este acepta o no para que se realice el contrato de compra venta de la mercadería.

  • Conclusión

La nota de pedido es un documento en el que se detalla específicamente las características que necesita cumplir los productos que el importador desea comprar, y esta es enviada al proveedor o exportador de los mismos para iniciar una negociación.

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La Resolución 116 entró en vigencia desde Diciembre del año pasado y con ella se busca un establecer un control previo a las importaciones de alrededor de 293 productos.

Esta resolución fue considerada por la Comunidad Andina de Naciones como una restricción al comercio pues constituye un obstáculo a las comercializaciones internacionales, razón por la cual este organismo otorgo al Ecuador un plazo no mayor a quince días para que levantase esta medida.

Esta decisión (Resolución 1695)es tomada por la CAN luego de una investigación que empezó en el mes de abril del 2014 en la que se tuvo como resultados que dicha resolución, es restrictiva y no cumple con los acuerdos establecidos en el Tratado de Cartagena.

Por otra parte el COMEX – Ministerio de Comercio Exterior, tiene planeado solicitar a la CAN que dicha resolución se suspenda, pues la Resolución 116 adoptada por Ecuador, tiene como finalidad  establecer el cumplimiento de estándares tanto nacionales como internacionales de calidad en beneficio del consumidor, del mandato constitucional y del derecho  ciudadano  a disponer de bienes y servicios públicos y privados de primera calidad

Como se puede observar no hay un acuerdo tanto de la CAN como del COMEX, en lo relacionado con la Resolución 116, es por eso que el Secretario General de la Comunidad Andina de Naciones Sr. Pablo Guzmán visitará el país con el objetivo de llegar a un acuerdo que beneficie a ambas partes.

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Conclusión:

La medida adoptada por nuestro país al aplicar la Resolución 116 es fomentar la reducción de las importaciones y desarrollar las exportaciones, lo que ayudaría a la Economía Nacional, además en base a las investigaciones que ha realizado la CAN, claramente se puede ver que dicha resolucion solo busca mejorar la calidad de los productos que ingresen a nuestro territorio, estas medidas también son aplicadas en otros países como Perú y Colombia, es así que esto no constituye un obstáculo o medida restrictiva al comercio internacional.

Fuente:

 - El Tiempo (Prensa Escrita)

 - El Universo

 - Comercio Exterior

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Términos de Negociación - INCOTERMS 2010

En la actualidad, los negocios se concretan en base a una gestión ágil y segura con la implementación de diferentes acuerdo comerciales.

Una persona que desea emprender actividades comerciales a nivel internacional, debe conocer sobre los Términos de Negociación que puede utilizar en sus diferentes transacciones.

Es por esto que a continuación se mostrará un resumen básico y sencillo de entender de los INCOTERMS 2010, se podrá definir las resposabilidades que tiene cada una de las partes que interviene en estas negociaciones.

INCOTERMS 2010

 

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Existen gastos en los que deben incurrir ya sea el vendedor o el comprador o para nuestro caso en importador y el exportador, a continuación los vamos a enumerar con el objetivo de facilitar el entendimiento del traspaso de resposabilidades de una de las partes a la otra.

GASTOS EN ORIGEN

1. Embalaje

2. Manipulación (Carga)

3. Transporte Interno en Origen

4. Trámites de Exportación

5. Manipulación en Origen

GASTOS INTERNACIONALES

6. Transporte Internacional

7. Seguro

GASTOS EN DESTINO

8.  Manipulación en destino

9.  Formalidades de Importación

10. Transporte internos en destino

11. Entrega de la Mercancía

En base a los gastos detallados anteriormente, haremos un resumen simple sobre las responsabilidades y obligaciones que tiene el vendedor (exportador) y donde traspasa las mismas al improtador:

- EXW : El vendedor entrega la mercadería en su fábrica al importador, solo la entrega acondicionada para el envio.

- FCA - FAS: La responsabilidad del exportador llega hasta el momento en que realiza las Formalidades de exportación de la mercancía.

- FOB: Este INCOTERMS es similar al FCA, tan solo que en este el vendedor o comprador pueden asumir la responsabilidad de manipulación de las mercancias en origen.

 - CFR - CPT : Aquí la responsabilidad llega hasta el momento en el que vendedor contrata el Transporte Principal Iternacional

- CIF - CIP: El vendedor es responsable hasta el momento en el que contrata un seguro para la mercancía.

- DAT: La obligación del vendedor es entregar la mercadería descargada del medio de transporte, en el puerto oterminal designada por las partes

- DAP: El vendedor entrega la mercancía, cuando esta se pone a disposicón del comprador en el medio de transporte en lugar convenido anteriormente.

- DDP: El vendedor entre la mercadería en la fábrica del importador .

CONCLUSIÓN

Es primordial conocer los términos en los cuales podemos negociar, pues en estos se especifican o determinan las responsabilidades que tienen cada una de las partes que realzan los contratos.

Los costos pueden variar dependiendo de las instituciones en as cuales solicitemos los diferentes servicios, es por eso que es importante conocer y tener varía información sobre entidades que presten servicio de tranpsote internacional, empresas que aseguren la mercadería con un mejor porcentaje, entre otros ejemplos.

 FUENTE:

Compra - Venta Internacional

Incoterms 2010

Análisis de Incoterms 2010

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REGÍMENES DE IMPORTACIÓN

Introducción

Importar , se lo puede definir como la acción de ingresar mercancías extranjeras al país cumpliendo con las formalidades y obligaciones aduaneras, dependiendo del RÉGIMEN DE IMPORTACION al que se haya sido declarado.

Desarrollo

Para ejecutar una operación exitosa de importación, es necesario que el comprador en este caso el importador planifique algunos puntos base para que el proceso de desaduanización sea ágil y se lo realice en el menos tiempo posible, pues se busca la optimización de recursos.

La mercadería puede ingresar en diferentes modalidades, ya sea esta para consumo o para presentarse en una feria internacional, o solo ingrese y después de un período determinado sea devuelta a su país de origen, todos estos son factores que se debe tomar en cuenta para que dicha mercadería se ajuste a algunos de los regímenes que nombraremos a continuación:

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Conclusión

Toda persona relacionada con las actvidades de comercio exterior en este caso relacionadas principalmente con las importaciones debe tener siempre en su mente que antes de ingresar al pais mercadería procedente de otro destino de origen debe determinar que va a realizar con la misma, es decir si esta mercadería va a ser vendida una vez que ingrese al territorio aduanero, esta mercadería podrá ingresar mediante el Regímen 10 que es Importación para el Consumo, si fuese otra la actividad que piensa realizar el dueño de la mercaderia, deberá decidir a que regímen se acoge en base a la actividad comercial que piensa ejecutar.

Fuente:

- Prensa Escrita

- Página oficial SENAE

 - Trámites de Importación, Ing. Marco Guayasamín.

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Entre Noviembre del año pasado y marzo del presente año en curso se han tenido como resultado 530 millones de dólares de la sustitución de importaciones.
Una importación es la acción de ingresar bienes o mercadería de diferentes países ya sea con fines comerciales, particulares, entre otros, generando cierto porcentaje de ganancias, con las restricciones al ingreso de ciertos productos y nuevas normas de calidad que deben cumplir los mismos el único objetivo que se persigue es la protección a la producción nacional y además fomentar el consumo de productos de origen ecuatoriano.
Es por todo esto que varias empresas cumpliendo con lo establecido por el COMEX, prefirieron hacer convenios para comprar a proveedores locales hasta tramitar los permisos necesarios para el ingreso de sus productos.
A continuación hablaremos de conceptos básicos sobre este tema:

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CONCLUSIÓN:
Quizás para muchos la sustitución de importaciones puede ser una traba al comercio, pero más allá de esto, tenemos que observar que lo que se busca es proteger a la producción nacional y crear una cultura de consumo de productos originarios en nuestro país, si esto se diera de una manera exitosa la balanza comercial cambiaría, se podría invertir en ampliar las actividades productivas que existen en este momento incluso fomentar el desarrollo y creación de nuevas fuentes de ingreso.

FUENTE:

- Prensa Escrita Revista Líderes
- Página Web PUDELECO Comercio Exterior

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MERCADERÍA DE CONTRABANDO

Hasta el mes de mayo del presente año, según informes  del Servicio Nacional de Aduanas de Ecuador, se han clausurado alrededor de 80 locales comerciales en diferentes ciudades del país, el motivo de estas acciones es que se estaría comercializando en dichos lugares mercadería de contrabando.

A continuación explicamos a que se le considera como contrabando.

Por este motivo, el miércoles 8 de Mayo la Aduana clausuró temporalmente 13 locales en un centro comercial de Quito, el operativo se llevo a cabo con ayuda de la policía, en estos lugares se comercializaban prendas de cestir y calzado.

Como resultados en estos operativos se detectaron mercancías que se asume no cumplieron con las debidas formalidades aduaneras, es por tanto que habria ingresado de manera clandestina al país, si se habla de un contrabando esto afecta a la producción nacional puesto que no se estaría realizando un comercio justo y leal, pues se podrían vender dichos productos a precios más bajos.

Es por eso que los operativos se van a extender a nivel nacional.

Conclusión:

El contrabando es una manera de ingresar ilegalmente al país mercancía, la cual no cumple con el debido proceso de desaduanización y no paga tributos, esto genera malestar a nivel del Estado y a principalmente es un atentado a la producción nacional, pues el precio de venta al público de estos productos no estarían dentro de la franja de precios y no habría una competencia justa.

Si se lográ disminuir de forma significativa estas malas prácticas comerciales, se estaría brindando seguridad y estabilidad a los comerciantes nacionales de un comercio justo.

Fuente:

Noticias Nacionales

Código Orgánico  de la Producción, comercio e Inversiones

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Para realizar de una manera ágil y correcta este proceso resulta necesario contar con la asesoría y servicios de un Agente que este acreditado por el SENAE.

Para estos porcesos la DAI - Declaración Aduanera de Importación se encuentra de manera electrónica como física esto en relación a lo que fije la Dirección General de Aduanas del Ecuador.

- Asignación de Aforo Físico: si resulta que se asignará un Aforo Físico o Documental en la declaración, está acción deberá completarse el mismo día a través del traspaso digital de los documentos de acompañamiento y de soporte, debido a que estos no ser pueden presentar de forma electrónica, si por algún motivo no se cumpliera con lo mencionado en el lapso de treinta días apartir de la fecha de arribo de los productos se generará un Abandono Tácito.


Los documentos digitales que acompañan a la DAI por medio de ECUAPASS son:

- Documentos de Soporte:
Es la base de información referente a cualquier régimen, por lo que estos documentos deben ser originales y deben estar a la mano ya sea del declarante o su agente de aduanas en el momento de la presentación de la Declaración de Aduana. Estos son los siguientes:
- Factura Comercial
- Certificado de Origen (opcional cuando proceda)
- Documento del SENAE o del organismo regulador de control

- Documentos de Acompañamiento:
Estos son los documentos de control previo, los mismos deben tramitarse con fecha anterior al embarque de la mercancía , pues debe ser aprobados antes del Embarque, además hay que mencionar que estos documentos se los presenta de manera electrónica o Física.

Una vez trasmitida la Declaración Aduanera, el sistema genera un número de referencia o validación y también el canal de aforo que le corresponda.

Conclusión:
El proceso de Importación y desaduanización de la mecadería, constituye pasos a seguir que son fáciles de ejecutar siempre y cuando, el importador cuente con información y asesoría necesaria, con el fin de evitar cualquier tipo de error dentro de los trámites que se realizan.

Autor:
Carolina Ulloa Rodríguez

Fuente:
SENAE - Portal Web

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En ambos países se vienen desarrollando controles que buscan minimizar la ejecución de actividades ilegales de comercio.
Es por este motivo que se llevó a cabo la I Reunión de Presidentes del Grupo de Trabajo Multisectorial (GTM) de la comisión binacional de lucha contra el contrabando (CBLCC) Ecuador-Perú.

Como parte de los acuerdos se destaca la planificación e implementación de operativos binacionales los mismos que serán a largo plazo con el objetivo de determinar como es que operan y funcionan estas actividades ilegales que generan malestar en el ambos Gobiernos pues tienen como resultado cuantiosas pérdidas en la recaudación de impuestos.

El trabajo de la Comisión Binacional de Lucha contra el Contrabando está estructurado en cinco metas principales que son:

1. Contrabando de Hidrocarburos
2. Contrabando de Medicamentos e insumos químicos y productos fiscalizados
3. Contrabando de plaguicidas, flores, hidrobiológicos, agrícolas, etc.
4. Asistencia Mutua - Cooperación Aduanera
5. Tráfico Ilícito - Contrabando de Armas y municiones.

En las próximas reuniones que se llevarán a cabo, se tendrá como orden del día, la revisión y cumplimiento de la hoja de ruta, la misma que incluye el intercambio de información y buenas prácticas, así como también la organización de nuevos operativos de control que sirvan ya para desmantelar a las organizaciones y redes involucradas en el contrabando.



Conclusión:
Este tipo de reuniones que se han conseguido reflejan el compromiso que ambas naciones tienen tanto Ecuador como Perú de terminar completamente con actividades ilegales de comercio en este caso se desea disminuir el nivel de contrabando que se genera en las líneas fronterizas de estos países, si se logrará definir cual es el modo en que operan estas redes, se llegaría a dejar de lado las malas prácticas al comercio que lo único que producen es la evasión del pago de impuestos destinados a varias obras públicas.
Hay que destacar que estos acuerdos de control binacional resultaran muy beneficiosos para Ecuador y Perú.

Fuente:
- Prensa Digital - Confirmado Net


Autor:
Carolina Ulloa Rodríguez

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9241757489?profile=original La ensambladora Ciauto funciona en Ambato, es la primera ensambladora  de vehículos de la Sierra Centro y la cuarta a nivel del país. Aquí se producen los modelos del automóvil Haval H5 y la camioneta  Wingle que son de la empresa china Great Wingle.

 

           En el 2013, exactamente en Septiembre a través de la Resolución 106 del Comex (Comité de Comercio Exterior) se determina un cupo para las importaciones de CKD tan solo para 930 unidades, pero ahora en el 2014 este cupo aumento a través de la Resolución 111 del Cómite de Comercio Exterior emitida el 21 de marzo aquí se establece un nuevo cupo de importaciones para el 2014 de partes y piezas para 2851 unidades de chasis de transportes de personas y mercaderías.

 

          El aumento en el cupo de importaciones se debe a que en el 2013 la reducción del mismo originó varios problemas en el ámbito económico ya que se redujeron plazas de trabajo incluso no se renovaron contratos a algunos colaboradores y sobre todo el nivel de producción disminuyo notablemente de 12 a 7 unidades, la preocupación por estos acontecimientos llego a las autoridades locales(Concejo Municipal), quienes se vieron en la necesidad de a través de un comunicado solicitar un nuevo cupo para la Empresa además de que todas las empresas ensambladoras a nivel nacional tengan un mismo Tratamiento Arancelario.

 

          La solicitud fue aceptada diez días más tarde por el COMEX donde se estableció el cupo para las dos partidas arancelarias vinculadas con CKD de chasis. 

         

          Para los ambateños cualquier problema por el que pueda atravesar la empresa repercute directamente en su economía.

Conclusión

         Con la nueva resolución del COMEX, la Empresa CIAUTO pordrá mantener su nivel productivo incluso podría aumentar ligeramente el mismo, además de esto lo que se refiere a plazas de trabajo se mantendrían igual y no existiría la necesidada de reducir personal como se lo mencionó anteriormente.

Autor:

Cinthya Carolina Ulloa Rodríguez

Fuente:

Resolución 111 del COMEX

Prensa Escrita

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La directora del Servicio de Rentas Internas (SRI) XImena Amoroso, realizó varios operativos en el Sector Textil teniendo como resultados en las últimas semanas la incautación de 2.44 millones de dólares en mercadería que era introducida al país de manera ilegal, ya que se genero un fraude tributario debido a que se colocaba etiquetas nacionales en prendas y complemetos de vestir que eran de origen extranjero. Está mercadería ingreso por contrabando. (Contrabando Art. 177 COPCI)

Los productos llegaban por varias vías ilegales desde paises como Vietnam, China, Brasil, Estados Unidos, Italia y Cambodia, luego una empresa instrumental incoporaba etiquetas nacionales, con esto se pretendía llamar industria nacional a productos originados en otro lugar.

Las autoridades del SRI no descartan que los distribuidores de la mercadería conozcan el verdadero origen de la misma por lo que esto configuraría un delito de defraudación tributaria, por parte de los comercializadores.

Los operativos se realizaron en varias ciudades del pais como:
- Quito, se decomisó en ropa 730 mil dólares
- Cuenca, 453 mil dólares
- Guayaquil 400 mil dólares
- Ambato 406 mil dólares,
- Loja, 114 mil dólares y
- Portoviejo 87 mil dólares.

Es por esto que los controles se intensificaran en los sectores de producción de calzado, cuero, cigarrillos y licores, reduciendo así el contrabando de ciertos productos.

Hay que señalar que todo lo incauto será donado a personas de escasos recursos económicos.

Conclusiones:

- Con el ingreso de mercadería por contrabado, la producción nacional esta en desventaja ya que estos productos podrían comercializarse a un precio que no este dentro de los precios referencia.

- Los controles por parte de las autoridades debería ser mas riguroso y exhaustivo con el fin de ir erradicando de raíz problemas como el contrabando y la defraudación tributaria.

Fuente:
- Prensa Escrita
- Noticas Ecuavisa
- COPCI
- Código Tributario

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La Resolución 116, fue adoptada en sesión el 19 de Noviembre de 2013, tiene como finalidad reformar el Anexo I de la Resolución 450 del Comexi, en la que se encuetra un listado de varios productos que deben estar sujetos a controles antes de ser importados además de que deben presentar el "Certificado de Reconocimiento", el mismo será exigible como un documento de sorporte a la Declaración Aduanera para todas las mercanciás embarcadas a partir de entrada en vigencia de la presente Resolución y del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTN - INEN. 

 

Esta resolución entró en vigencia el 3 de Diciembre del 2013 determinando que 293 subpartidas arancelarias que deberán cumplir con la presentación del Certificado de Reconocimiento INEN-1, es así que las importaciones tuvieron una disminución de 85 millones de dólares, en base a cifras del Servicio Nacional de la Aduana del Ecuador,al realizar una comparación entre Diciembre del 2012 y Enero del 2013 donde el rumbro de importaciones alcanzaba los 130 millones de dólares mientras que en el mismo período pero de este añor tan solo existió un valor de 45 millones de dólares, una de las principales causas para esta redución es que existieron productos que no pudieron ingresar al país por no contar con este requisito.

 

Esta situación es una gran oportunidad para el comercio nacional, debido a que los consumidores se verán en la obligación de adquirir productos nacionales para satisfacer sus necesidades, pero no hay que olvidar que con las importaciones también se generan otros rubros como el pago de aranceles, impuestos, tasas, IVA, porcentajes destinados para el FODINFA, todos estos también se verán afectados pues los ingresos por estos conceptos disminuirá.

 

El Ministerio de Industrias y Productividad concretó alrededor de 60 convenios con empresas importadoras de productos clasificados dentro de las subpartidas que son parte de la Resolución 116, con esto después de dos meses de negociaciones se inicio con el proceso de desaduanización de los productos sujetos a esta nueva norma de calidad del instituto Ecuatoriano de Normalización. 

 

 CONCLUSIONES:

* Con la aplicación de la Resolución 116, las importaciones se irán reduciendo notoriamente, lo que ocasionará que los Ecuatorianos formemos una cultura de preferir consumir productos nacionales.

* El Gobierno al reformar la Resolución 450, buscaba ejercer más control sobre la calidad de ciertos productos que son utilizados en nuestro país, con el fin de proteger a los consumidores.

* La única desventaja que generaría la disminución de Importaciones, sería que ya no ingresarían rubros al Fisco por motivos de pago de aranceles, impuestos, tasas, etc.

 

AUTOR:

Carolina Ulloa R.

 

FUENTE:

RESOLUCIÓN No. 116 - Comité de Comercio Exterior

 

 

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